1. Análisis del sistema de ordenación
educativa español en la ley Moyano de
1857, Ley General de Educación de 1970 y
Ley de Ordenación General del Sistema
Educativo, de 1990
Educación y sociedad
Selene Moreno
Triana Rodríguez
Ruth Suárez
2ºB Magisterio Educación Infantil
2. Ordenación y objetivos de la
enseñanza primaria elemental en
la Ley de instrucción Pública de
1857.
• Ordenación: La Ley Moyano consta de cuatro
secciones. La primera, «De los estudios», regula los niveles
educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en
elemental (obligatoria y gratuita para quien no pueda
costearla) y superior; segunda enseñanza, que
comprende seis años de estudios generales y estudios de
aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel
superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas
superiores y las enseñanzas profesionales. En la sección
«De los establecimientos de enseñanza» se regulan los
centros de enseñanza públicos y privados. La tercera, «Del
profesorado público», regula la formación inicial, forma
de acceso y cuerpos del profesorado de la enseñanza
pública.
3. Por último, en la sección «Del gobierno y administración de la
instrucción pública» se establecen tres niveles de administración
educativa (central, provincial y local) perfectamente
jerarquizados, y se regulan unos tímidos intentos de participación
de la sociedad en el asesoramiento a las diversas
Administraciones.
• Objetivos:
- Relacionar la configuración de la enseñanza y la situación del
profesorado con lo que cabría esperar.
- Comprobar si ha contribuido al mejor funcionamiento del
sistema.
- Dar respuesta adecuada a los problemas que se han
planteado.
4. Ordenación y objetivos de la
enseñanza infantil en la Ley
General de Educación de 1970.
• Ordenación: La Ley introdujo una cierta diferenciación entre
las etapas que corresponderían a la enseñanza Primaria y
Secundaria. La primera etapa (6 – 11 años) acentuaba el
carácter globalizado de las enseñanzas (en los cursos de 1º a
5º). La segunda (11 – 14 años) introducía una “moderada
diversificación de las enseñanzas por áreas de conocimiento”
(6º a 8º). Los alumnos que cursaran con éxito toda la EGB
recibirían el título de “graduado escolar”.
La organización de este nivel nunca ha llegado a resolverse
completamente -especialmente en lo que se refiere a la
segunda etapa que establecía la L.G.E- como demuestra la
persistencia de porcentajes todavía significativos de alumnos
que, aún hoy, no llegan a alcanzar sus objetivos, no obtienen
el título de graduado escolar y deben conformarse con el
“certificado de escolaridad”.
5. De hecho, el porcentaje de graduados escolares fue
disminuyendo, con una sola excepción, año tras año a lo
largo de la década de los setenta, conforme se
avanzaba hacia la plena escolarización
• Objetivos:
- Hacer partícipe de la educación a toda la población
española, ya que es y era injusto negarle a un español su
derecho a recibir una educación.
- Completar la educación general con una preparación
profesional que capacite para la incorporación fecunda
del individuo al mundo laboral.
- Ofrecer a todos la igualdad de oportunidades
educativas, sin más limitaciones que la de la capacidad
para el estudio. Es decir, no dar más oportunidades a los
que tenían más poder adquisitivo, sino a los que
verdaderamente se lo merecieran.
- Establecer un sistema educativo que se caracterice por
su unidad, flexibilidad e interrelación, al tiempo que se
facilita una amplia gama de posibilidades de educación
permanente.
6. la Ley Orgánica de Ordenación
General del Sistema Educativo, de
1990.
• Ordenación: La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo
da forma jurídica a la propuesta y se convierte en el instrumento
esencial de le reforma. Con la consecución de objetivos tan
fundamentales como la ampliación de la educación
básica, llevándola hasta los dieciséis años edad mínima legal de
incorporación al trabajo, en condiciones de obligatoriedad y
gratuidad; con la reordenación del sistema educativo
estableciendo en su régimen general las etapas de educación
infantil educación primaria, educación secundaria –que
comprenderá la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y
la formación profesional de grado medio–, la formación profesional
de grado superior y la educación universitaria; con la prestación a
todos los españoles de una enseñanza secundaria; con la reforma
profunda de la formación profesional y con la mejora de la calidad
de la enseñanza, esta ley trata no sólo de superar las deficiencias
del pasado y del presente sino, sobre todo, de dar respuesta
7. La ley se refiere a la Ordenación General del Sistema
Educativo, y, en la provisión de la educación como servicio
público, íntegra tanto a la enseñanza pública como a la
enseñanza privada y a la enseñanza privada concertada. La
reforma requerirá y asegurará su participación en la necesaria
programación de la enseñanza.
•Objetivos:
- Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción.
- Relacionarse con los demás través de las distintas formas de
expresión y de comunicación.
- Observar y explorar su entorno natural, familiar y social.
- Adquirir progresivamente una autonomía en sus actividades
habituales.