2. Concepto:
Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera
Es el conjunto de actos en los que interviene la
autoridad aduanera con la finalidad de determinar
contribuciones omitidas y en su caso, imponer las
sanciones que correspondan en materia de
comercio exterior.
3. Marco Normativo:
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal
Ley Aduanera y su Reglamento
Ley del SAT
Código Fiscal de la Federación
Código Federal de Procedimientos Civiles
Reglamento Interior del SAT
4. Autoridades:
¿Quiénes pueden Iniciar un Procedimiento Administrativo en
Materia Aduanera?
S.H.C.P. (SAT)
AGAFF, ACCE, ALAF´S, AGA y ADUANAS
Entidades Federativas.
5. Origen:
¿Cuándo se origina un Procedimiento Administrativo en
Materia Aduanera?
Cuando las autoridades aduaneras encuentran
alguna irregularidad en la importación y
exportación de las mercancías al país.
6. Actos de fiscalización:
¿Qué actos de fiscalización por parte de la autoridad generan
un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?
Visitas domiciliarias.
Revisiones de Gabinete.
Verificaciones de las Aduanas (Reconocimientos
Aduaneros).
Verificaciones de mercancías y vehículos extranjeros
en tránsito.
7. Causas:
Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
el artículo 151 de la Ley Aduanera:
Introducción de mercancía a territorio nacional por lugar no autorizado
Desvío de las rutas fiscales, de mercancías extranjeras en tránsito internacional
Transportación de mercancías, en tránsito interno, en medios distintos a los
autorizados
Mercancía de importación o exportación prohibida
Incumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias
Incumplimiento de normas oficiales mexicanas, tratándose de NOM´s de
información comercial sólo cuando el incumplimiento se detecte en visita domiciliaria
o verificación de mercancías en transporte u omisión de cuotas compensatorias
8. Causas:
Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
el artículo 151 de la Ley Aduanera:
a) Sin documentación que acredite que se sometió a los trámites de ley para su
introducción al país
b) Sin documentación que acredite que se sometieron a los trámites de ley para su
internación al resto del país
c) Cuando no se acredite la legal estancia o tenencia de la mercancía o vehículos
en el país
Cuando se trate de vehículos conducidos por personas no autorizadas.
Pasajeros, el embargo sólo procederá respecto de las mercancías no declaradas.
Mercancía no declarada o excedente en más de un 10% del valor total declarado
en la documentación aduanera
9. Causas:
Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
el artículo 151 de la Ley Aduanera:
Introducción de vehículos, con carga, a recinto fiscal sin pedimento
Pedimento o factura con nombre o domicilio fiscal, falso o inexistente, del
proveedor o importador
Cuando en el domicilio fiscal señalado en el pedimento o en la factura no
se pueda localizar al proveedor
Cuando la factura sea falsa.
Cuestiones de valor
10. Plazos:
¿Qué plazo tienen las autoridades aduaneras para resolver un
Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?
De conformidad con el artículo 152 de la Ley Aduanera, las
autoridades tendrán un plazo de 4 meses para emitir la resolución
administrativa, contados a partir del día siguiente a que se
encuentre debidamente integrado el expediente, es decir, cuando
hayan vencido los plazos para la presentación de todos los escritos
de pruebas y alegatos o, en caso de resultar procedente, la
autoridad encargada de emitir la resolución haya llevado a cabo
las diligencias necesarias para el desahogo de las pruebas
ofrecidas por los promoventes.
11. Medios de Impugnación:
¿Qué medios de defensa existen para impugnar una
resolución de un Procedimiento Administrativo en Materia
Aduanera?
Recurso de Revocación.
Juicio de Nulidad.
Juicio de Amparo.
12. ¡Gracias por su atención!
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