SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 9
• Viene de la voz latina
“excipere”
• Que significa
“reclamar” “observar”
etc.
ETIMOLOGI
A
• Todo medio legal de defensa del
demandado que tiende a diferir o
retardar o destruir la accion
intentada por le demandante
EXCEPCIO
N
CONCEPTO DE
EXCEPCION
M. OSSORIO: en SENTIDO LATO equivalente a
oposicion del demandado frente a la demanda,
contrapartida de la accion.
En SENTIDO RESTRINGIDO, constituye la oposicion
que son negar el fundamento de la demanda trata de
impedir la prosecucion del jucio paralizandolo
momentaneamente depende si son dilatorias y
perentorias
G. CABANELLAS: en materia procedimental
es el titulo o motivo que, como medio de
defensa, contradiccion o repulsa alega el
demandado para excluir o dilatar la accion o
demanda del actor
TRATADISTAS BOLIVIANOS: no dan una
definicion propia y otman por esta la ue nos
da el codigo civil de 1832 en su art 72
“exepcion es la exclusion de la accion o una
contradiccion por la que el reo porcura diferir
o extinguir accion intentada.
EN SINTESIS: podemos decir que las
excepciones son un arma de defensa que
utilizan los demandados en contra de la accion
propuesta por el demandante, se opone a la
accion ya sea para paralizar p extinguir los
efectos de la demanda
CLASES DE EXCEPCIONES
Codigo de
Procedimiento
Civil de 1832
Perentoria
Dilatoria
J.R.
CANEDO
Perentorias
Dilatorias
Anomalas
Codigo de
Procedimiento
Civil de 1975
Previas
Perentorias
CON
RELACION
AL
JUEZ
Se refiere a la
carencia de
competencia y
jurisdiccion
necesarias para
conocer de un
asunto. La parte q
haya sido
demandada ante un
juez incompetente
podra pedir su
remision a su
CON
RELACION
A
LAS
PARTES
Puede referirse al
demandante o
demandado, segun
jurisprudencia la
falta de personeria
constituye una
excepcion anomala.
PERSONERIA:
capacidad que tiene
en juicio para ser
demandante o
demandado, aptitud
CON
REL.
A
LAS
CAUSAS
O
MATERIA
DE
JUICIO
Relativas a la
naturaleza
de la
obligacion de
la demanda
como falta
del
vencimiento
CON
REL.
A
LA
FORMA
MISMA
DE
LA
DEMANDA
Se presenta
cuando los
terminos son
obscuros, e
impresisos que
hacen dificil su
inteligibilidad
yendo contra
lo que
EXCEPCIONES DILATORIAS (PREVIAS),
son de forma, tienden a obstaculizar, impedir o
retadar el ejercicio de accion intentada por el
demandante actor debiendo proponerse antes
de la contestacion de la demada siendo
inadmisible si se deduce despues.
CABANELLAS, CARACTERISTICA
PROCESAL: tratarse y resolverse como
articulo de previo pronunciamiento y con
suspension mientras tanto del juicio
principal.
Son cuatro las clases de excepciones
dilatorias:
EXCEPCIONES
PERENTORIAS
Constituye la defensa mediante
la cual el demandado se opone a
la pretension del actor por
razones inherentes al contenido
de la misma. Extingue por tanto
el derecho del demandante o la
que destruye o enerva la accion
principal poniendo fin al litigio.
TRATADISTA, MARIO DIEZ
DE MEDINA: dice que las
excepciones perentorias
pueden presentarse al
contestar a la demanda o en
cualquier estado del juicio,
debiendo resolverse junto con
la causa principal.
EXCEPCIONES
ANOMALAS O
MIXTAS
Estas no estan comprendidas en nuestros
codigos, son producto de la doctrina y se
caracterizan porque participan de as
dilatorias como de las perentorias. Pueden
interponerse en cualquier estado de la
causa por falta de accion o por falta de
derecho.
DILATORIAS
(PREVIAS)
PERENTORIAS
1. Son de forma
2.Deberan ser
propuestas a un
mismo tiempo antes
de la contestacion
3.Cuando no son
probadas se sanciona
con multa al
demandado
1. Son de fondo
2.Pueden proponerse
en cualquier estado
de la causa aunque
este en ejecucion de
sentencia
3.No existe multa
DIFERENCIAS ESENCIALES ENTRE
EXCEPCIONES DILATORIAS Y
PERENTORIAS
INCIDENTES Y
ARTICULOS
Son la
emergencia
desprendid
a del
mismo
proceso
Se diferencia
de las
excepciones en
que estas se
despreden de la
accion
retardandola,
mientras que
los incidentes
emergen de las
actuaciones y
de los tramites
del juicio
Los incidentes
paralizan la
accion
temporalmente
y las
excepciones
pueden
paralizar
definitivament
e
COUTURE Incidente: “litigio
accesorio sucitado
con ocasion del
juicio, sobre
circunstancias de
orden procesal y
se decide
mediante una
sentencia
interlocutoria”
BRAILOVSKY
Indica que
es una
cuestion
accesoria
que se
plantea
dentro del
proceso pero
siempre
dentro del
curso de la
instancia.
J.
RAFAEL
CANEDO
Incidentes se
proponen en
cualquier
estado de la
causa, en
cualquier
instancia y en
todo tiempo
aunque en la
ejecucion de
la sentencia
En el articulo 88 del
antiguo procedimiento
civil nos dice que solo
seran admisibles como
resolucion previa:
1. Las que se sucitan sobre la nulidad de
algunas actuaciones reclamadas en tiempo
oportuno.
2. Sobre el recibimiento de la causa
sobre prorroga o suspension de terminos
probatorios
3. Sobre la falsedad de un instrumento
que influye esencialmente en la cuestion
del litigio.

Más contenido relacionado

Similar a LAS EXCEPCIONES.pptx

Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civil
Oscar Vielich Saavedra
 
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
melimar2
 
Las excepciones procesales
Las excepciones procesalesLas excepciones procesales
Las excepciones procesales
EdwinJavier15
 

Similar a LAS EXCEPCIONES.pptx (7)

Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demandaCuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
Cuestiones previas-contestacion-de-la-demanda
 
Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civil
 
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
413504183-TALLER-DE-LA-CONTESTACION-A-LA-DEMANDA.docx
 
EXCEPCIONES EN DERECHO MERCANTIL....pptx
EXCEPCIONES EN DERECHO MERCANTIL....pptxEXCEPCIONES EN DERECHO MERCANTIL....pptx
EXCEPCIONES EN DERECHO MERCANTIL....pptx
 
Trabajo informe derecho procesal civil 2 unidad 3
Trabajo  informe  derecho procesal civil 2  unidad 3Trabajo  informe  derecho procesal civil 2  unidad 3
Trabajo informe derecho procesal civil 2 unidad 3
 
Trabajo informe derecho procesal civil 2 unidad 3 María José Patiño
Trabajo  informe  derecho procesal civil 2  unidad 3 María José PatiñoTrabajo  informe  derecho procesal civil 2  unidad 3 María José Patiño
Trabajo informe derecho procesal civil 2 unidad 3 María José Patiño
 
Las excepciones procesales
Las excepciones procesalesLas excepciones procesales
Las excepciones procesales
 

Último

Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
PilarStefannyBuitrag
 

Último (20)

gobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografiagobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografia
 
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO PERUANO.pptx
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO  PERUANO.pptxINCOACIÓN PROCESO INMEDIATO  PERUANO.pptx
INCOACIÓN PROCESO INMEDIATO PERUANO.pptx
 
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicasPRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
PRONTUARIo Clinica Labora.pdf en Guatemala para clinicas
 
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptxAutopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
Autopsia Medico Legal facultad de derecho.pptx
 
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdfTríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
Tríptico sobre el maximato _20240513_120721_0000.pdf
 
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
 
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFCircular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
 
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
CUARTO GRADO PROGRAMACION ANUAL DPCC - 2024
 
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro socialCapitulo 5 legislacion laboral y seguro social
Capitulo 5 legislacion laboral y seguro social
 
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdfConstitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
 
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdfAnexo 1.  DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
Anexo 1. DIRECTIVA PRESIDENCIAL 01-2023.pdf
 
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
 
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México PosrevolucionarioEnsayo sobre el tema de México Posrevolucionario
Ensayo sobre el tema de México Posrevolucionario
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEOINTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL DENTRO DEL ESTADO MEXICANO CONTEMPORANEO
 
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
 
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdfTANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
 
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdfPDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
PDF LA PRIMERA DECLARACIÓN Y LAS MEDIDAS DESJUDICIALIZADORAS (2).pdf
 
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptxCONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
 
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docxCronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
 

LAS EXCEPCIONES.pptx

  • 1.
  • 2. • Viene de la voz latina “excipere” • Que significa “reclamar” “observar” etc. ETIMOLOGI A • Todo medio legal de defensa del demandado que tiende a diferir o retardar o destruir la accion intentada por le demandante EXCEPCIO N CONCEPTO DE EXCEPCION
  • 3. M. OSSORIO: en SENTIDO LATO equivalente a oposicion del demandado frente a la demanda, contrapartida de la accion. En SENTIDO RESTRINGIDO, constituye la oposicion que son negar el fundamento de la demanda trata de impedir la prosecucion del jucio paralizandolo momentaneamente depende si son dilatorias y perentorias G. CABANELLAS: en materia procedimental es el titulo o motivo que, como medio de defensa, contradiccion o repulsa alega el demandado para excluir o dilatar la accion o demanda del actor TRATADISTAS BOLIVIANOS: no dan una definicion propia y otman por esta la ue nos da el codigo civil de 1832 en su art 72 “exepcion es la exclusion de la accion o una contradiccion por la que el reo porcura diferir o extinguir accion intentada. EN SINTESIS: podemos decir que las excepciones son un arma de defensa que utilizan los demandados en contra de la accion propuesta por el demandante, se opone a la accion ya sea para paralizar p extinguir los efectos de la demanda
  • 4. CLASES DE EXCEPCIONES Codigo de Procedimiento Civil de 1832 Perentoria Dilatoria J.R. CANEDO Perentorias Dilatorias Anomalas Codigo de Procedimiento Civil de 1975 Previas Perentorias
  • 5. CON RELACION AL JUEZ Se refiere a la carencia de competencia y jurisdiccion necesarias para conocer de un asunto. La parte q haya sido demandada ante un juez incompetente podra pedir su remision a su CON RELACION A LAS PARTES Puede referirse al demandante o demandado, segun jurisprudencia la falta de personeria constituye una excepcion anomala. PERSONERIA: capacidad que tiene en juicio para ser demandante o demandado, aptitud CON REL. A LAS CAUSAS O MATERIA DE JUICIO Relativas a la naturaleza de la obligacion de la demanda como falta del vencimiento CON REL. A LA FORMA MISMA DE LA DEMANDA Se presenta cuando los terminos son obscuros, e impresisos que hacen dificil su inteligibilidad yendo contra lo que EXCEPCIONES DILATORIAS (PREVIAS), son de forma, tienden a obstaculizar, impedir o retadar el ejercicio de accion intentada por el demandante actor debiendo proponerse antes de la contestacion de la demada siendo inadmisible si se deduce despues. CABANELLAS, CARACTERISTICA PROCESAL: tratarse y resolverse como articulo de previo pronunciamiento y con suspension mientras tanto del juicio principal. Son cuatro las clases de excepciones dilatorias:
  • 6. EXCEPCIONES PERENTORIAS Constituye la defensa mediante la cual el demandado se opone a la pretension del actor por razones inherentes al contenido de la misma. Extingue por tanto el derecho del demandante o la que destruye o enerva la accion principal poniendo fin al litigio. TRATADISTA, MARIO DIEZ DE MEDINA: dice que las excepciones perentorias pueden presentarse al contestar a la demanda o en cualquier estado del juicio, debiendo resolverse junto con la causa principal. EXCEPCIONES ANOMALAS O MIXTAS Estas no estan comprendidas en nuestros codigos, son producto de la doctrina y se caracterizan porque participan de as dilatorias como de las perentorias. Pueden interponerse en cualquier estado de la causa por falta de accion o por falta de derecho.
  • 7. DILATORIAS (PREVIAS) PERENTORIAS 1. Son de forma 2.Deberan ser propuestas a un mismo tiempo antes de la contestacion 3.Cuando no son probadas se sanciona con multa al demandado 1. Son de fondo 2.Pueden proponerse en cualquier estado de la causa aunque este en ejecucion de sentencia 3.No existe multa DIFERENCIAS ESENCIALES ENTRE EXCEPCIONES DILATORIAS Y PERENTORIAS
  • 8. INCIDENTES Y ARTICULOS Son la emergencia desprendid a del mismo proceso Se diferencia de las excepciones en que estas se despreden de la accion retardandola, mientras que los incidentes emergen de las actuaciones y de los tramites del juicio Los incidentes paralizan la accion temporalmente y las excepciones pueden paralizar definitivament e
  • 9. COUTURE Incidente: “litigio accesorio sucitado con ocasion del juicio, sobre circunstancias de orden procesal y se decide mediante una sentencia interlocutoria” BRAILOVSKY Indica que es una cuestion accesoria que se plantea dentro del proceso pero siempre dentro del curso de la instancia. J. RAFAEL CANEDO Incidentes se proponen en cualquier estado de la causa, en cualquier instancia y en todo tiempo aunque en la ejecucion de la sentencia En el articulo 88 del antiguo procedimiento civil nos dice que solo seran admisibles como resolucion previa: 1. Las que se sucitan sobre la nulidad de algunas actuaciones reclamadas en tiempo oportuno. 2. Sobre el recibimiento de la causa sobre prorroga o suspension de terminos probatorios 3. Sobre la falsedad de un instrumento que influye esencialmente en la cuestion del litigio.