2. Es ilegal que tu jefe te trate de forma
menos favorable debido a tu
embarazo.
La mujer trabajadora que se encuentre
en esa condición deberá demostrar con
dictamen médico su embarazo.
3.
4. La legislación protege a todas las mujeres
embarazadas o en período de lactancia, no
sólo en su derecho a conservar su puesto de
trabajo, sino en que se las debe eximir de
tareas peligrosas o penosas en su estado. En
este último caso, embarazadas tenemos
derecho a solicitar un cambio de puesto si
nuestro empleo corriente incluye
obligaciones como levantar peso, inhalar
sustancias nocivas.
La ley nos garantiza 90 días de licencia por
maternidad, siendo obligatorio comenzar a
tomarlos 30 días antes de la fecha estimada
de parto.
5.
6. Cuando retornamos al trabajo, es
obligación que se nos devuelva nuestro
empleo anterior o un puesto inferior o
superior, pero de común acuerdo entre
nuestros superiores y nosotras.
Lactancia: desde que nos reincorporamos
al trabajo y hasta que la lactancia cumple
un año, tenemos derecho a dos
descansos diarios de media hora (por
jornada completa) para amamantar al
bebé.
7.
8. Ser protegidas durante sus embarazos y en
el ejercicio de su maternidad.
Ser atendidas por el personal de salud, en
caso de enfermedad, de embarazo o
departo, con respeto y cuidado y de
acuerdo con sus necesidades.
9.
10. Ser consultadas sobre si desean que se les
aplique algún método anticonceptivo y ser
respetadas cualquiera que sea su decisión al
respecto.
Exigir que sus derechos laborales no queden
condicionados por la renuncia a la
maternidad; es decir, que no se les niegue un
trabajo que soliciten, ni se les despida de uno
que tienen, porque están embarazadas.
Recibir las prestaciones que otorguen a las
madres las normas específicas y los contratos
colectivos de trabajo.
11.
12. 7- Se prestará especial atención a la
embarazada adolescente, así como a
aquellas otras embarazadas en situación de
especial vulnerabilidad.
8- En aquellos supuestos en que la
embarazada todavía esté cursando estudios
de enseñanza obligatoria y post obligatoria el
Sistema Educativo facilitará la adecuación a
sus necesidades durante su embarazo y en los
dos años siguientes al parto.