2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA
• CAP 2 Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son
servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el
acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
• Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad
física, la salud y la seguridad social
• Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la
de su comunidad
3. LEY 9/79
• ARTICULO 1o. Para la protección del Medio Ambiente la presente Ley
establece: a) Las normas generales que servirán de base a las disposiciones
y reglamentaciones necesarias para preservar, restaurar u mejorar las
condiciones necesarias en lo que se relaciona a la salud humana;
• TITULO III. SALUD OCUPACIONAL Objeto. ARTICULO 80. para preservar,
conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la
presente Ley establece normas tendientes a: a) Prevenir todo daño para la
salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;
• DECRETO 614/84, : FUNCIONAMIENTO DEL COPASST
4. • LEY 100/93: En el año 1991 en Colombia con la reforma de la
Constitución política, se introduce el derecho a la seguridad social.
Esto lleva a la expedición de la Ley 100 de 1993 con la cual se crea
el Sistema General de Seguridad social, que incluye los sistemas de
pensiones, salud y riesgos laborales. A partir de allí se comenzaron a
generar leyes, decretos y resoluciones. El Decreto Ley 1295 de 1994
que incluye un capítulo denominado “Prevención y promoción de
riesgos profesionales”, se orienta a “garantizar la seguridad y
prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales”, y defiende las sanciones en caso de incumplimiento
(Ministerio de Trabajo, 1994).