1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Caso práctico
(Impuesto Sobre La Renta)
YERIKA LOMBANO
C.I: 24.719.260
SAIA-A
2. El Sr. Héctor Azuaje, es un comerciante, cuyo Enriquecimiento Neto para el
Ejercicio Fiscal 01/01/2016 al 31/12/2016 fue de Bs. 3.620.000,00, el mismo
asume el Desgravamen Único y su grupo familiar está conformado por las
siguientes personas:
A. Héctor su padre (residente en Guadalajara, México).
B. Rosa su madre.
C. Alejandra su cónyuge (de la cual se encuentra separado de bienes).
D. Carla su hermana de 40 años (quien a raíz de haber sufrido una
Meningitis Bacteriana, quedó incapacitada para el trabajo).
E. Beatriz su hija de 25 años (es estudiante de Derecho en la Universidad
Fermín Toro).
F. Alejandro su hijo de 22 años (es Ingeniero Industrial y devenga sueldo
en C.A. Goodyear de Venezuela).
G. Carolina su hija (proviene de una relación de hecho que tuvo con Paula,
tiene 15 años es estudiante de bachillerato y reside en Barcelona,
España junto a su madre y a sus hermanos Abraham y Rodrigo).
H. Abraham su hijo (proviene de una relación de hecho que tuvo con
Paula, tiene 5 años es estudiante de primaria y reside en Barcelona,
España junto a su madre y a sus hermanos y Rodrigo).
Interrogantes planteadas:
1. Donde se aplica.
Este impuesto se aplica en todo el territorio del país, es decir, se trata
de un impuesto nacional.
2. A quien aplica.
Se aplica a toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en
el país, ya sea que la causa o fuente de ingreso esté situada dentro o
3. fuera del territorio nacional. (De acuerdo a lo establecido en el caso
práctico sería el Sr. Héctor Azuaje)
3. Por conceptos de que actos realizados se aplica.
Se aplica por el enriquecimiento neto y disponible obtenido en dinero o
especies, la Ley de Impuesto Sobre La Renta define como
enriquecimiento neto, el incremento del patrimonio que resulte después
de restado los ingresos brutos, los costos y las deducciones. (En este
caso son las actividades comerciales y que le originó un incremento de
3.620.000,00)
4. Cada cuanto se ejecuta.
Se ejecuta de forma anual de acuerdo a lo establecido en el artículo 1
de la Ley de Impuesto Sobre La Renta.
5. Indicar algún desgravamen, rebaja, exenciones u exoneraciones y
si las mismas están vigentes.
En este caso práctico se evidencia que el comerciante asumió un
desgravamen único de 774 U.T., el cual está estipulado en el artículo
58 de la Ley de Impuesto Sobre La Renta; así como también una rebaja
de 10 U.T. por cada ascendiente o descendientes menores de edad (a
menos que estén estudiando y tengan menos de 25 años o estén
incapacitados para trabajar) residenciados en el país, para este caso
práctico solo se tendrá una rebaja de 30 U.T. divididos de la siguiente
manera 10 U.T por Rosa su mamá, 10 U.T por Carla su hermana
incapacitada y 10 U.T por su hija Beatriz.