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Elementos del contrato
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Yurleidys Aranguren
C.I: V- 28.609.538
Los contratos: Elementos
2. Elementos del Contrato
Son una serie de parámetros básicos que deben estar presentes para que el
contrato exista.
Los Contratos pueden estar estructurados de muchas formas, sin embargo, se debe
cuidar que cumplan con los elementos esenciales para lograr la validez legal de los
acuerdos pactados.
El contrato debe cumplir con el interés común de la sociedad plasmado en sus
legislaciones (leyes) y a su vez debe representar la voluntad de cada una de las
partes que entran en él.
Son cinco elementos del
contrato: capacidad, consentimiento, objeto, causa y forma.
Estos se pueden organizar en tres categorías: personales, reales y formales.
3. Elementos Personales
Capacidad - Consentimiento
Es necesario que cada parte que entre en un acuerdo, tenga los derechos sobre
dichos acuerdos pactados.
Es decir, cada parte participante debe ser legalmente válida para reclamar los
derechos que se pacten y para cumplir con las obligaciones establecidas en
el Contrato.
Estos derechos son comúnmente conocidos como Capacidad, la cual puede
clasificarse en Capacidad de Goce y Capacidad de Ejercicio.
Capacidad de Goce: la Capacidad de Goce es básicamente el derecho de
propiedad sobre algo.
Capacidad de Ejercicio: La Capacidad de Ejercicio es básicamente el derecho
que se tiene para realizar todos o ciertos actos jurídicos.
Por ejemplo, un menor de edad puede tener la Capacidad de Goce de una
residencia de la cual es propietario ya que la ha heredado, pero no tener la
Capacidad de Ejercicio ya que por ser menor de edad no podrá contraer un
Contrato de Compra Venta de Vivienda o un Contrato de Arrendamiento de la
residencia.
Por lo tanto, al momento de redactar un Contrato es importante que las partes
tengan la Capacidad Jurídica para celebrar dicho contrato con todos los
derechos y obligaciones que en dicho contrato se acuerden, ya que este
aspecto es uno de los elementos del contrato.
El Consentimiento otro de los elementos del contrato
fundamentales no es más que una manifestación libre,
voluntaria y consiente en la que el titular revela o
expresa de forma indiscutible su voluntad de aceptar un
acuerdo.
El Consentimiento puede ser anulado o no valedero
cuando es producto de la intimidación, el fraude, la
violencia y la equivocación.
•Por intimidación – Ya que produce una coacción en el
ánimo del contratante intimidado. Hay intimidación
cuando se inspira temor racional y fundado de sufrir un
mal inminente en personas o bienes.
•Por dolo (Fraude) – Cuando con palabras o
maquinaciones se incita a celebrar el contrato que sin
ellas no se hubiese hecho. Una de las partes actúa con
ánimo de engañar a la otra.
•Por violencia – Ya que representa la ausencia absoluta
de voluntad.
•Por equivocación – Ya que el error supone una
discrepancia entre la voluntad interna (Consentimiento) y
la voluntad declarada.
4. Elementos Reales
Objeto - Causa
El Objeto no es más que los bienes o servicios que
son contemplados en el intercambio que ocurre en
todo contrato.
El objeto inmediato del contrato puede ser la
obligación motivo por el cual se crea el Contrato.
Por lo general esta obligación tiene por objeto hacer
algo o dar algo, debido a que son cosas o servicios los
que se hacen o se dan, son estas cosas o servicios
los que comúnmente conocemos como el objeto del
contrato.
Los requisitos que deberá reunir un objeto de contrato
son:
•El objeto ha de ser real o posible; es decir que
cuando se celebre el contrato exista o pueda llegar a
existir.
•El objeto ha de ser sea lícito; es decir no contrario a
la ley.
•El objeto ha de ser determinado; es decir que no
pueda confundirse con otros de su especie.
La causa no es más que el motivo o fin del contrato, es el
hecho que explica y justifica la creación de las
obligaciones y derechos de las partes.
En ciertos contratos, como los de compraventa, la causa
es la promesa de ambas Partes de dar una cosa a
cambio de la otra.
5. Elementos Formales
Forma
Es cuando se exige una determinada forma de celebrar el contrato (escrita, firma ante
un notario, ante testigos, etc.), aunque esta forma pueda variar según el tipo de
contrato.
La forma la encontramos en el contrato como parte natural del mismo, ya que las
partes han de procurarse un medio que posibilite que la otra parte y el resto de la
sociedad conozcan las voluntades pactadas.
En la práctica entendemos por forma cuando es la ley aplicable de cada país exige a
las Partes que su declaración de voluntad (contrato) se realice de una manera en
específico.
Por ejemplo, algunas regulaciones requieren que el Contrato de Trabajo sea
apostillado ante el Ministerio de Trabajo, sin tenemos un documento firmado por las
Partes con todos los elementos personales y reales, pero sin el apostillado del
Ministerio de Trabajo pues dicho documento no será un contrato y no tendrá validez
alguna ante la ley.