2. Tierras para el asentamiento
humano
1. Zona de urbanización y fundo legal
2. Reserva de crecimiento de la zona
de urbanización
3. Superficie para los servicios
públicos
4. Solares
5. Parcelas con destino especifico.
Carlos Mejia Pinzón
2º "F" 2/10
3. Solares
• Cuando se asigna el
solar al ejidatario y se
inscribe dicho solar en
el Registro Agrario
Nacional se
desincorpora del
régimen de propiedad
social y queda sujeto al
derecho común como
propiedad individual.
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 3/10
4. Ejecutorias…
• “SOLARES UBICADOS EN LA ZONA
URBANA EJIDAL.NO SON DE INDOLE
AGRARIO NI AFECTAN LOS DERECHOS
COLECTIVOS LAS CONTROVERSIAS
RELATIVAS A”
• TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO.ES
COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS
CONFLICTOS SURGIDOS ENTRE
AVECINDADOS CON MOTIVO DE LA
TENENCIA DE SOLARES URBANOS NO
TITULADOS.
Carlos Mejia Pinzon 2º "F"
4/10
6. “Parcela escolar”
• Es una facultad de la asamblea asignar un área
determinada para la investigación, enseñanza y
divulgación de practicas agrícolas que permitan
un uso mas eficiente de los recursos humanos y
materiales del ejido.
• Esta regulado por el reglamento interno ( Art.
70, Ley Agraria).
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 6/10
7. Unidad agrícola industrial para la
mujer
• “Es facultad de la asamblea crear y determinar
la extensión y localización de esta unidad
destinada al establecimiento de granjas
agropecuarias o de industrias rurales para
mujeres mayores de dieciséis años del núcleo
de población, donde se podrán integrar las
instalaciones que tengan como destino el
servicio y protección de la mujer campesina”
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 7/10
8. • Art. 71 de la Ley
Agraria.
• Se encuentra
regulada en el
Reglamento Interno
de cada ejido.
“Mujer ejidal, de cuidado…”
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 8/10
9. Unidad productiva para el
desarrollo integral de la juventud
• Es facultad de la asamblea constituir, y
determinar su extension, un area destinada a las
actividades productivas, culturales, recreativas y
de capacitacion para los hijos de los ejidatarios,
comuneros y avecindados mayores de dieciseis
menores de veinticuatro años.
• Debe ser administrada por un comité especial,
designado solo por los integrantes de la unidad.
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 9/10
10. • Art. 72 Ley Agraria
• Ley Federal de Reforma Agraria
• Exclusión de la juventud campesina sin
relación filial de parentesco.
Carlos Mejia Pinzon 2º "F" 10/10