Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Evolucion historica del derecho agrario
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
Alumno:
Manuel Molinari
CI: 25854750
Evolución Histórica del Derecho
Agrario en Venezuela
Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2016
2. Como se puede observar dentro de la historia de
Venezuela, antes de ser un país exportador de petróleo,
solía ser un país agricultor el cual se dedicaba al cultivo,
producción y venta de rubros, cacao, café (del cual
predominaba), entre otros. Todo esto debido a las tierras
fértiles que ofrecían nuestro país, por consiguiente lo
estipulado anteriormente marca lo que se conoce como el
‘‘Periodo Agrícola’’.
Evidentemente durante el siglo XIX los derechos de las
propiedades de grandes extensiones de tierra y a la vez las
mas prosperas estaban bajo el control de los que eran
denominados ‘‘Terratenientes’’, los cuales estaban
conformados por civiles y militares debido a su estatus social
(debido en su mayoría descendían de razas como los
mantuanos, la oligarquía criolla, entre otras).
Inicios del Derecho Agrario
3. Cabe mencionar que esto hizo que en los años
siguientes (durante el siglo XX) se considerara
eliminar estos ‘‘Derechos Exclusivos’’, en otras
palabras el dominio tradicional de las tierras en ese
entonces, por consiguiente se decidió crear leyes
más justas e igualitarias en este tema, en el cual el
interés colectivo debía privar sobre el interés
particular, la cual llego a ser conocida como Ley de
Reforma Agraria del año 1945 y a la vez provoco
grandes avances dentro del Derecho Agrario.
4. Ley de Reforma Agraria de 1945
De acuerdo a lo estipulado anteriormente sobre esta ley
promulgada en 1945, cabe mencionar que tenía como finalidad
cambiar la estructura del país en materia agraria (entre estos,
mejorar la condición de vida campesina), se pueden mencionar
como aspectos mas destacados, los siguientes:
•Estipulaba que toda tierra que pudiese ser explotada y no
estuviese siendo cultivada, podía ser expropiada para darla a
agricultores
que sí quisieran aprovecharla.
•Establecía la facilitación de créditos agrícolas, asistencia técnica,
entre otros.
Sin embargo hay que mencionar que esta ley no fue publicada
por la Gaceta Oficial en ese entonces en consecuencia al
derrocamiento del gobierno del presidente Isaias Medina Angarita
y por consiguiente fue derogada.
5. Ley Agraria de 1948
Esta ley establecía en materia agraria, la prohibición de que
toda tierra pueda ser expropiada, siempre que la tierra se
mantuviese en producción.
Estatuto Agrario de 1949
El Estatuto Agrario de 1949, empezó como un reemplazo de la
ley mencionada anteriormente y por consiguiente fue
pronunciada por la Junta Militar de ese entonces, por otra parte
este estatuto se caracterizó por poseer un enfoque empresarial
agrícola de colonización, dentro del cual la agricultura era
considerada como elemento importante para la colonización o
en otras palabra, para la “conversión de las tierras inexplotadas
en tierras de producción", en consecuencia termino inversión
muy concentrada de los recursos.
6. Ley de Reforma Agraria de 1960
Esta ley tenía como propósito solucionar los problemas en
cuanto a la tenencia de la tierra. Por otra parte se basaba en
la teoría de la función social y el derecho del campesino a la
propiedad de la tierra y en consecuencia establecía normas
para que al campesino se le pudiese otorgar créditos,
asistencia técnica, entre otras normas. Sin embargo no
toleraba la ocupación violenta de la tierra sino a través de
métodos pacíficos ajustados a normas jurídicas. También
establecía que el estado tenía que estimular, apoyar y
respaldar a quienes se hayan dedicado al trabajo del campo.
En resumen trataba de mejorar el sistema económico agrario
del país para que de esta manera contribuyera con el mismo y
a la vez buscaba mejorar la forma de vida del campesino.
7. Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
del 2001
Estableció dentro de la mayor parte de sus artículos desarrollo
agroalimentario del Venezuela a través de la justa distribución y
redistribución de la tierra. Por ello el régimen de tenencia de la
tierra es igual a la relación jurídica entre el titular que sea
dueño de la tierra y la comunidad jurídica, en todo aquello que
este relacionado al poder del titular de disponer de la cosa o de
usarla solamente o de usufructuarla.
Dicho todo esto, establece los siguientes aspectos:
1.- Tiene por objeto establecer las Bases del Desarrollo, Rural,
Integral y Sustentable y la eliminación del Latifundio como
sistema contrario al interés social y a la armonía en el campo.
2.- Procura una justa distribución de la riqueza y una
planificación estratégica, democrática y participativa en cuanto
a la tenencia de la tierra y desarrollo de toda la actividad
agraria.
8. 3.- Procura el aseguramiento de la Biodiversidad, la vigencia
efectiva de los derechos de protección ambiental y agroalimentario
de las presentes y futuras generaciones.
4.- Contempla los principios de Seguridad Alimentaria y de
Función Social de las Tierras.
5.- Rige lo referente a la producción agraria, afectación al uso de
las tierras, adjudicación de las tierras.
6.- Establece los Niveles Básicos de Productividad Agraria en:
Fincas Ociosas e Incultas, Fincas Mejorables y Fincas Productivas.
7.- Persigue la incorporación del campesino al proceso productivo
del país, otorgándoles garantías y beneficios.
8.- Se crean 3 Institutos Agrarios en sustitución del Instituto
Agrario Nacional: Instituto Nacional de Tierras, Corporación
Venezolana Agraria e Instituto Nacional de Desarrollo Rural.
9. 9.- Regula la jurisdicción agraria tanto en lo referente a la
jurisdicción ordinaria agraria, como a la jurisdicción contenciosa
administrativa en materia agraria.
10.- Aparece la figura de las poligonales Rurales como zonas
estratégicas para la aplicación de los planes de desarrollo agrario
y sustentable.
En conclusión se debe señalar que este decreto produjo cambios
resaltantes dentro del aspecto agrario en el país, debido a que
trato de muchas formas fomentar la propiedad o el uso de la
tierra de forma individual o colectiva, y pretendía concentrar el
derecho de dominio dentro de un solo titular.
10. Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Del 18 de Mayo de 2005
Fue promulgada el 18 de Mayo de 2005 por la Asamblea Nacional,
al igual que el Decreto con Fuerza de ley de Tierras y Desarrollo
Agrario del 2001, esta ley mantiene la misma finalidad que la
anterior.
Sin embargo fueron cambiados algunos aspectos que la diferencian
de la misma como:
1.- Definición de latifundio, articulo 7 de la Ley.
2.- Obligación de inscribirse en el Registro Agrario.
3.- Se suprime el término de Poligonales Rurales por el de tierras
con vocación de uso agrario.
11. Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario, e l 29 de Julio de 2010
Fue promulgada el 29 de julio de 2010, estableciendo como
aspecto importante:
•La eliminación del latifundio,
•La eliminación de la tercerización correspondiente a los sistemas
contrarios al interés social y a la vez la paz en el campo, por
consiguiente las tierras ya no son de uso agrario sino que son de
uso agrícola.”
•Esta ley también estipula la autorización del órgano regulador y
ejecutor Instituto Nacional de Tierras (INTI), a proceder con el
estudio documental de las propiedades, determinando por medio
de la existencia del título, suficiente como motivo de prueba del
derecho de propiedad.
•Al mismo tiempo esta ley permite la actuación de la INTI para
declarar ociosas y/o rescatar tierras con uso no conforme.
12. Gracias a todas leyes que han sido
promulgadas y derogadas con el paso
de los años el Derecho en materia
Agraria se puede visualizar la
importancia que le daba a la población
campesina ‘‘ dentro de sus leyes’’, tanto
como en años anteriores como en la
actualidad.