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Del Directivo Docente
COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE FATIMA VALLEDUPAR
NIT. 830042321-0
Carácter: OFICIAL CON REGIMEN ESPECIAL
Dirección: Calle 28 Nº 5 - 51 Barrio Santa Rosa
Correo electrónico: deces.nusefa-convivencia@policia.gov.co
Teléfono Fax: 5 5717032
Código DANE 120001000271 ICFES 035238 SABER 13400602
Jornadas: MAÑANA Y TARDE
Modalidad: TECNICO COMERCIAL E INFORMATICA
Calendario: A
Rectora Subteniente ANDREA YADIRA ARIAS RAMIREZ
Categoría ICFES Superior 2013
Niveles: PREESCOLAR, BASICA PRIMARIA, SECUNDARIA Y
MEDIA TECNICA
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Calendario Institucional 2015
Actividades de desarrollo Institucional
20 al 24 de enero (1) semanas
14 al 18 de abril (1) semanas
06 al 10 de octubre (1) semanas
01 al 12 de diciembre (2) semanas
Receso docentes: 1 al 19 de enero (2) semanas
23 de junio al 07 de julio (2) semanas
15 al 31 de diciembre (3) semanas
Periodos académicos: Primero 28 de enero al 04 de abril
Segundo 07 de abril al 20 de junio
Tercero 07 de julio al 12 de septiembre
Cuarto 15 de septiembre al 28 de noviembre
Receso de estudiantes: 1 al 27 de enero (3) semanas
14 al 18 de abril (1) semanas
23 de junio al 07 de julio (2) semanas
06 al 10 de octubre (1) semanas
01 al 31 de diciembre (4) semanas
Horários: Pré-escolar: 07h30min a 11h45min A.M.
Primaria: 12h20min P.M. a 06h00min P.M.
Secundaria 06h15min a.m 12h20min P.M.
Media: 06h15min A.M. a 01h10min P.M.
Lema: “Ciencia y Deber”
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Del Directivo Docente
PROPÓSITO
En el documento se identifican las situaciones de mayor relevancia en que incurren los
Directivos Docentes en materia disciplinaria y de Convivencia Ciudadana. Se desarrolla una
temática concreta que les sirve de consulta ya que incluye, normatividad vigente, sentencias
de la Corte Constitucional en materia de tutelas que resuelven situaciones de interés entre
estudiantes, docentes, directivos y padres de familia en la Institución Nuestra Señora de
Fátima , minutas de ayuda: para interponer y responder derechos de petición, para interponer
tutelas, para presentar recursos de reposición ante los actos de la administración pública,
además se hacen recomendaciones que le sirvan para un buen desempeño como Directivos
Docentes, este resultado es soportado bajo los parámetros establecidos en la legislación
Colombiana y la doctrina de gerencia educativa institucional.
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CONTENIDO
TÍTULO I GENERALIDADES
CAPÌTULO I LA INSTITUCIÓN (nombre, NIT, carácter, dirección, correo
electrónico, teléfonos, código DANE, jornada, modalidad, calendario, nombre del rector,
organigrama, categoría ICFES, niveles que ofrece, calendario institucional, otros)
CAPÌTULO II RESEÑA HISTÒRICA
CAPITÌLO III Símbolos (himno, bandera, escudo, otros)
CAPÍTULO IV FILOSOFÍA INSTITUCIONAL (principios y valores – horizonte
institucional- Misión, visión, política de calidad, objetivos de calidad – mapa e procesos)
CAPÍTULO V MARCO LEGAL (Constitución Política, Ley de Infancia y
Adolescencia, Ley General de Educación, otros. Sentencias Corte Constitucional,
resolución rectora de adopción manual de convivencia).
CAPÌTULO VI EL MANUAL DE CONVIVENCIA (definición, objetivos, justificación)
TÍTULO II DE LAS ADMISIONES, MATRÍCULAS Y UNIFORMES
CAPÍTULO I DE LAS ADMISIONES
De los Beneficiarios (citar resolución)
Proceso de Admisión
Del rango de edad
Del ingreso por reintegro
Disponibilidad de cupos
CAPÍTULO II DE LAS MATRÍCULAS
De los requisitos
De la matricula
De la renovación de matrícula
Clases de Matrícula
De los costos educativos
CAPÍTULO III DE LOS UNIFORMES (fotografías)
De la normatividad
Del uniforme de diario para los estudiantes
Del uniforme de diario para las estudiantes
Del uniforme de Educación Física
Del uniforme de preescolar
TÍTULO III DE LOS ESTUDIANTES CARACTERÍSTICAS Y ROLES
CAPÍTULO I GENERALIDADES
De la Calidad del estudiante
Perfil del estudiante
De la pérdida de la calidad de estudiante
TITULO IV DE LOS DERECHOS, DEBERES, Y GARANTÍAS DE LOS
ESTUDIANTES
Capítulo I. Derechos Fundamentales (Constitución Nacional y Ley de
Infancia)
Capítulo II Derechos de los estudiantes
Capítulo III Deberes de los estudiantes (académicos, medio ambiente,
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convivenciales, presentación personal, conservación bienes de uso personal y colectivo)
Capítulo IV De los estímulos y distinciones
Capítulo V De la Conciliación escolar
Capitítuo VI Comité de Convivencia Escolar
Definición
Integrantes
Funciones
TÍTULO V DE LAS FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS
PEDAGÓGICOS APLICADOS A LOS ESTUDIANTES
Capítulo I De las Faltas
Definición
Correctivo pedagógico (definición y finalidad).
Circunstancias de atenuación y agravación
Clasificaciones (leves, graves y muy graves)
Del Procedimiento general para las faltas graves y muy graves
CAPÍTULO II De las Faltas Leves
Definición
Enunciación
Del Procedimiento
De los Correctivos
CAPÍTULO II I De las Faltas graves
Definición
Enunciación
Del Procedimiento
De los Correctivos
CAPÍTULO IV De las Faltas muy graves
Definición
Enunciación
Del Procedimiento
De los Correctivos
CAPÍTULO V De los correctivos (definición)
Principios Reguladores del debido proceso
CAPÍTULO VI De las normas académicas (Reglamento académico, servicio
social, prácticas, salidas pedagógicas, convivencias)
TÍTULO VI DE LOS DOCENTES – CARACTERÍSTICAS Y ROLES
CAPÍTULO I GENERALIDADES
Del Perfil
De los Derechos
De los deberes
Del perfil del Director de Curso
De las Prohibiciones
CAPÍTULO II DE LOS ESTÍMULOS
De los estímulos
TÍTULO VII DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES –
CARACTERÍSTICAS Y ROLES
Del perfil
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De la calidad de acudiente o tutor
De los Derechos
De los deberes
De las prohibiciones
De los estímulos
TÍTULO VII GOBIERNO ESCOLAR
CAPÍTULO I GENERALIDADES
De los organismos del Gobierno Escolar
CAPÍTULO II DEL CONSEJO DIRECTIVO
Del Consejo Directivo
De la conformación
De las funciones
CAPÍTULO III DEL RECTOR
Del Rector
De las funciones
CAPÍTULO IV DEL CONSEJO ACADÉMICO
Del Consejo Académico
De la Conformación
De las funciones
TÍTULO VIII DE LOS ORGANISMOS DE APOYO
CAPÍTULO I DEL PERSONERO
Del Personero de los estudiantes
Del Perfil
De las funciones
De la elección
De la Remoción y revocatoria
CAPITULO II DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
Del Consejo de estudiantes
De la conformación
De la elección
De las funciones
Vocero del grado
CAPÍTULO III DE LOS ORGANISMOS DE APOYO POR PARTE DE LOS
PADRES DE FAMILIA
Del Consejo de Padres de Familia
De la Asociación de Padres de Familia
CAPÍTULO IV DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS
Conformación
Funciones
OTROS Casos Especiales (embarazo, consumo sustancias
psicoactivas, salud, seguridad, estudios en el exterior, otros).
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CAPÌTULO II
RESEÑA HISTÒRICA
El 12 de julio de 1953, en la ciudad de Bogotá, bajo la dirección de la Hermana María de San Luís,
se inician cursos de capacitación en diferentes artes y oficios a esposas de agentes y suboficiales.
Posteriormente, en apoyo a las madres que trabajaban se abrió un jardín y una sala cuna y año tras
año se fueron creando los diferentes niveles de educación. El 18 de julio de 1963 se reorganiza
Bienestar Social de la Policía Nacional.
El Colegio “Nuestra Señora De Fátima” de Valledupar fue iniciado en 1968, en un garaje que se
acondicionó como aula de clases en el Comando de Departamento con 20 alumnos, con el profesor
y director el Señor Agente Edgardo Lazcarro Barraza.
En febrero de 1969 se construyó la primera etapa del colegio, en un terreno de 100 metros
cuadrados obsequiado a la Policía por los señores Dámaso Villazón Baquero y Vicente Pérez
Pérez, y se inició el año lectivo con la dirección de la profesora Fanny Parra y Jefe de disciplina el
Señor Agente Lazcarro.
El 20 de enero de 1974 llegó la Hermana Martha Celina Zapata Granda, e inmediatamente hizo la
solicitud ante la Secretaría de Educación para el permiso de fundación y realizó las diligencias para
la Licencia de funcionamiento y aprobación por Bienestar para la básica primaria.
En 1978, se abrió el 9º grado, cuyos alumnos recibieron título de Auxiliares De Contabilidad y
Secretariado.
En 1983 se graduó la primera promoción de bachilleres técnicos comerciales y fue aprobada la
Educación Media Vocacional modalidad Comercial.
En el año 1994, se creó el nivel de Preescolar, con 32 alumnos, y se duplicó el número de alumnos
y cursos de la básica Primaria y hubo necesidad de trasladarla a la jornada de la tarde.
Al finalizar el año lectivo 2004 la hermana Martha Celina Zapata Granda es llamada a calificar
servicios y es así como recibe la rectoría el Licenciado Alfredo Sierra Plata, quien venía
desempeñándose como Coordinador de Convivencia, hasta mediados de 2008 cuando la Dirección
de Bienestar Social envió como Rectora a la Señora Mayor María Eugenia Contreras Bello, quien
designó al licenciado Sierra Plata como Coordinador de Calidad y junto con su equipo de trabajo se
logró para siguiente año la certificación de Calidad ISO9001:2008 e IQNet para el Colegio, otorgada
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por ICONTEC; finalizado el año lectivo 2009 la Señora Rectora es llamada a curso de ascenso y en
su reemplazo es enviada la Señorita Subteniente Claudia Jiménez Díaz.
El Colegio desde 1986 hasta la presente se ha destacado deportivamente a través del voleibol en
campeonatos intercolegiados, municipales y departamentales así: 28 veces campeón, 16 veces
subcampeón y 10 veces tercer puesto.
Un aspecto a destacar es que desde al año 2010 el colegio asciende a la categoría Superior de las
Pruebas SABER 11º del ICFES.
El 27 de junio asume la rectoría la Subteniente Andrea Yadira Arias Ramírez, como gerente
educativa de la institución Nuestra Señora de Fátima, con el propósito de continuar con las
políticas Institucional, fortalecer la gestión curricular a través del diseño y ejecución de proyectos
significativos, innovación e investigación.
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CAPITÌLO III
Símbolos (himno, bandera, escudo, otros)
HIMNO DEL COLEGIO.
IPor lo aprendido en mis años de infancia,
Oh! Hermoso colegio, tu alumno te canta,
un himno de amor, compendio de fe
un himno de amor y esperanza.
II
Dios y Patria, el nombre de la Virgen lo animan,
ciencia y deber, y el Dios de los cielos ilumina,
a estudiar con tesón, a vencer la ignorancia,
luchar por saber me lo inspira.
III
Llevo en mi pecho del honor la llama prendida,
mediste del niño la esencia,
marcaste la pauta, mi proyecto de vida,
defender con fervor tu enseñanza.
IV
Dios bendiga este claustro sagrado, donde niño
llegue temprana, aquí mi sueño si fue realizando,
el convertirme en hombre de bien,
ciudadano ejemplar, admirado.
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ESCUDO ADAPTADO AL COLEGIO
BANDERA
LOGOTIPO IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO
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CAPÍTULO IV
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL (principios y valores – horizonte institucional- Misión,
visión, política de calidad, objetivos de calidad – mapa e procesos)
Filosofía institucional
El quehacer pedagógico de los colegios de la policía nacional se fundamenta en un enfoque
humanista, vivenciando la educación como un proceso en el cual el estudiante es el centro de la
acción pedagógica y en búsqueda de su capacidad de reflexión e indagación, dando espacio para la
creatividad, la imaginación y la autorrealización, generando desarrollo de competencias y
habilidades personales, familiares, sociales, culturales y espirituales, que le permitan su crecimiento
y contribución a la vivencia de una sociedad justa y equilibrada, aceptando las diferencias culturales,
raciales, religiosas, políticas y grupales como oportunidades de crecimiento mutuo.
La institución educativa, brinda una educación de calidad, generando espacios y oportunidades a
cada estudiante desde una propuesta pedagógica democrática humanizante, ofreciendo medios y
procesos que permitan al ser humano crecer en los saberes, el desarrollo de competencias básicas
y laborales, esta filosofía tiene presente que el ser humano nace y crece en familia, siendo esta el
núcleo central de la sociedad, principal agente socializador, dinamizador y constructor del desarrollo
cognitivo y afectivo; donde se posibilitan las primeras formas de aprendizaje de valores,
complementándose desde el momento en que se incorpora el estudiante a nuestra institución
educativa, creando vínculos cooperativos entre las partes.
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HORIZONTE INSTITUCIONAL
Describe los elementos orientadores fundamentales del PEI, como respuesta estructurada,
construida de manera participativa desde el colegio a la necesidad prioritaria detectada en el
diagnóstico de la comunidad.
Antecedentes de la Institución: Historia desde la fundación.
La sensibilidad social de la reverenda Madre María de San Luis, rectora de la clínica de la Policía
Nacional se plasmo en la concepción del Bienestar Social que empezó el 2 de julio de 1953 en la
carrera 8ª # 18-25 casa arrendada donde funciono el centro de las madres.
Fue aquí donde se albergaron los niños pequeños de las primeras alumnas que integraron el taller
de modistería, sastrería, artesanías, bordados y educación para el hogar.
En 1954, 28 niñas dieron comienzo al jardín infantil de la casa de Bienestar Social. En este mismo
año la fundadora organizó clases para los agentes, en la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada y
en algunas estaciones naciendo así el bachillerato nocturno que buscó elevar el nivel cultural de los
integrantes de la Policía Nacional.
En el año de 1967, el 21 de diciembre, se creó el Departamento del Cesar bajo la Presidencia del
Doctor Carlos Lleras Restrepo; en el desarrollo de la Ley 25 de junio 21 de 1967.
Hecho que origina la creación del Comando del Departamento de Policía Cesar, para dar paso a un
suceso muy importante en Valledupar, esto motiva abrir el Colegio de la Policía, satisfaciendo la
necesidad Educativa de los hijos del personal de la Institución.
Contexto Institucional
El colegio “Nuestra Señora de Fátima” de la ciudad de Valledupar, es una Institución Oficial de
régimen especial, propiedad de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional del Ministerio
de Defensa Nacional; está ubicada en el barrio Santa Rosa.
La mayoría de los estudiantes pertenecen a familias de empleados de la Policía Nacional,
predominan hijos de personal en servicio activo.
Misión
Ofrecer un servicio educativo de alta calidad en los niveles de preescolar, básica y media,
cimentado en una filosofía humanista, con el fin de contribuir al desarrollo personal, familiar y social
de la comunidad policial.
Visión
Al año 2019, los colegios de la Policía Nacional serán reconocidos por su excelencia pedagógica y
administrativa, que han contribuido al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad policial y
de la sociedad.
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Política de la calidad.
Los colegios de la Policía Nacional nos comprometemos a prestar un servicio de alta calidad en
Educación formal y, para el trabajo y el desarrollo humano, con el fin de satisfacer las necesidades
del cliente, así:
 Asegurando la mejora continua del Sistema de Gestión Integral en los COLEGIOS.
 Contando con el Talento Humano que tenga los perfiles y competencias que requiere el
COLEGIO y el cargo.
 Gestionando y generando los recursos necesarios para la prestación de los servicios de
EDUCACIÓN, para la ampliación de la Cobertura y así brindar los servicios adecuados para la
Comunidad policial que lo solicite.
Artículo. 7. Objetivos de la calidad
 Asegurar la mejora continua del Sistema de Gestión Integral en los COLEGIOS.
 Contar con el Talento Humano que tenga los perfiles y competencias que requiere el COLEGIO
y el cargo.
 Gestionar y generar los recursos necesarios para la prestación de los servicios de
EDUCACIÓN, para la ampliación de la Cobertura y así brindar los servicios adecuados para la
Comunidad policial que lo solicite.
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CAPÍTULO V
MARCO LEGAL (Constitución Política, Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General
de Educación, otros. Sentencias Corte Constitucional, resolución rectora de
adopción manual de convivencia).
Constitución Política de Colombia de 1991, Ley General de Educación 115 de 1994, Decreto 1860
de 1994
Aprobado según resolución n° 0168 del 21 de noviembre de 2007, emanada de la Secretaria de
Educación Municipal para los niveles de educación preescolar, básica primaria, básica secundaria y
media, especialidad técnico comercial e informática, según ley 115, decreto 1860 de 1992.
Naturaleza jurídica
El Colegio “Nuestra Señora de Fátima” de la ciudad de Valledupar es una organización de carácter
oficial con régimen especial (resolución 06500 de 3 de agosto de 1994), a cargo de la Dirección de
Bienestar Social y direccionados por las políticas del Ministerio de Educación Nacional, Secretarias
Departamentales y lineamientos del Área de Educación de la Dirección de Bienestar Social, de
acuerdo Decreto 1512 del 11 de agosto de 2000 en su artículo 47, así como la resolución 3787 del
18 de diciembre de 1998, en concordancia con la resolución 1707 del 10 de julio de 2002.
Justificación
Los artículos 67 y 68 de la Constitución Política de Colombia y en concordancia con los artículos 73
y 87 de la ley 115 del 94 y el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, establece que todos los
establecimientos educativos tendrán un manual de convivencia.
Teniendo en cuenta que la actividad educativa requiere una directriz con aspectos fundamentales
que conduzcan a una formación humana; el manual de convivencia permite a todos los estamentos
de la comunidad educativa conocer las normas que rigen y armonizan su actividad.
El hombre es un ser social, por tanto su convivencia necesita estar enmarcada por principios claros
que le permitan dirigir sus acciones en busca del desarrollo y crecimiento, logrando sus objetivos
personales e institucionales, con una conciencia democrática, y el cumplimiento de los derechos y
deberes.
La vivencia de los principios requiere de normas escritas que regulen los comportamientos humanos
y direccionen los procesos disciplinarios y estos conduzcan al entendimiento, la conciliación y la
facilitación de una convivencia tranquila, sana y segura promoviendo el aprendizaje significativo y
los estándares de calidad en la prestación del servicio educativo.
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CONCEPTOS JURISPRUDENCIALES ORIENTADORES.
Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos
fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la
Honorable Corte Constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por
instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de
los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones
oficiales y privadas. Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental
incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias producidas, como
criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos,
procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por parte de los integrantes de la comunidad
educativa.
Derecho – deber de la educación
(Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos
constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la
Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona
humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es
impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y frente a los demás.”
(Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con
el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo
hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para
excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela,
alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es
imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo
como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente
justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del
educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.”
(Sentencia T-092 del 03 de marzo de 1994) “El derecho a la educación comporta dos aspectos: es
un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política y un deber
que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas
por el centro educativo, obligaciones que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el
del rendimiento académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el
incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el
estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede
dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable
que allí se prevea, pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la
persona.”
(Sentencia T-316 del 12 de julio de 1994) “La educación sólo es posible cuando se da la
convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y
se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la
participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento.
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Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso
activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente
entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo
logra por su propia causa.
Alcances del manual de convivencia.
(Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los
establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de
su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos
reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se
les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y
mediata de la Constitución Política.”
(Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no
podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente
como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la
consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como
tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de
personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social
principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos
sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las
sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la
arbitrariedad.”
(Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base
fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel
de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor
interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores.
No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender
la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.”
(Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia
elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las
disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos
fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los
centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que
se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y
social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad
(artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad
(artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su
consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y
adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada.
Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su
cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer límites
razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos
fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros
derechos fundamentales protegidos también por la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y
efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones
constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.”
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Disciplina escolar.
(Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica
de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a
respetar la dignidad del estudiante
La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del
imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos
que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta
voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al
libre desarrollo de la personalidad.”.
(Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para
asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en
cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea
concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien
a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están
obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que
cumple la educación".
(Sentencia T-569 de 1994) “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del
estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de
comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia
permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se
observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de
la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los
estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas
costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de
presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y
de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que
el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus
deberes de alumno.”
"Cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas, en materia académica, disciplinaria,
moral y física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como
cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel
de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del
educando sino, por el contrario, entregando a este la calidad de educación que la Constitución
desea".
(Corte Constitucional, sentencia T-341 de 1993).
"La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existan
elementos razonables -incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante- que
lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada".
(Corte Constitucional, sentencia C-555 de 1994)
"Las Instituciones Educativas deben proceder a dar cumplimento a las normas y actualizar su
reglamento interno ajustándolo a las leyes vigentes,… empero, esto no significa que los educadores
no puedan exigir mayores meritos objetivamente calificados, y que se Ie pueda obligar a mantener
en el plantel a un alumno que no los satisfaga". (Corte Constitucional, sentencia T-035 de 1995).
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“La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y
perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y
sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante
a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive
mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor, en este
orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si
reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado
en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94).
Concurrencia de padres de familia.
(Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio
de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio
alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo
67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del
adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación".
No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter
de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa
cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos
todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.”
Formación integral del educando
(Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su
hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses
educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción
enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere
de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y
la familia son responsables de la educación".
Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de
estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su
formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su
desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley
general de educación (Ley 115/94, art. 5o.).
No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no
pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos
constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón
a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular
aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su
autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa
del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la
institución educativa.”
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Debido proceso
(Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la
garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos
disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de
ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un
procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa
y controvertir las pruebas presentadas en su contra.”
«El debido Proceso …No consiste solamente en las posibilidades de defensa o en la oportunidad
para interponer recursos… si no que exige, además, como lo expresa el artículo 29 de la carta, el
ajuste a las normas preexistentes al acto que se le imputa; la competencia de la autoridad judicial o
administrativa que orienta el proceso; la aplicación del principio de favorabilidad en materia penal; el
derecho a una resolución que defina las cuestiones jurídicas planteadas sin dilaciones injustificadas;
la ocasión de presentar pruebas y de controvertir las que se alleguen en contra y desde luego, la
plena observancia de las formas propias de cada proceso según sus características». Corte Const.
Sentencia T-460 del 15 de julio de 1992.MP. José Gregorio Hernández Galindo
Observaciones:
• “No es vulnerado el derecho a la educación por reprobación de grado o por exclusión de los
estudiantes del plantel educativo por bajo rendimiento académico o por faltas disciplinarias.”
• El derecho a la educación no se vulnera por la pérdida del año (Sentencia t-092 del 3 de marzo de
1994).
• El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento
(Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994).
• No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un estudiante por mal
rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 1994).
• Tampoco se vulnera el derecho a la educación si el colegio sanciona a los estudiantes por mal
rendimiento académico (Sentencia T-439 del 12 de octubre de 1993).
“De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, se deduce lo siguiente”:
• La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado.
• La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez,
demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los
estudiantes y a los padres de familia.
• Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico acorde
con las exigencias del colegio.
* El colegio puede sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento, tanto con la pérdida de año
como con la exclusión del establecimiento.
* El respeto por la disciplina y el orden en el colegio es parte del derecho de los estudiantes a la
educación.
* El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo
derecho, es el derecho de los demás.
* Los estudiantes que no cumplen con el deber de rendir académicamente están violando el derecho
a la educación de los demás.
* Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y la disciplina,
necesarios para permitir el buen rendimiento académico.
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* “Por fortuna para la Educación Colombiana, la Corte Constitucional ha defendido la calidad de la
educación y la disciplina. Al sentenciar que los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden
lo que ha hecho es salvaguardar el servicio educativo del desastre al que se han visto enfrentados
los programas educativos de varios países, entre otros los Estados Unidos, en donde las
instituciones educativas se convirtieron en antros de crimen, hasta el punto de que el Congreso tuvo
que aprobar una ley prohibiendo el porte de armas en las escuelas. Se instauró la teoría dejar hacer
y dejar pasar con consecuencias fatales, nefastas, no sólo para la disciplina sino para los logros de
la excelencia académica. Defender la disciplina no significa caer en uno de dos extremos, o
permitirlo todo para no violar la intimidad de los estudiantes, o prohibirlo todo, con normas
hitlerianas, en aras del orden”
CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
El Colegio como institución líder en el campo de la educación y en acatamiento a las normas que
regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales frente a la
población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de Convivencia las
obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el artículo 42 del Código de la
Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), y que desarrolla en los apartes específicos de este
Manual. Estas obligaciones son:
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su
permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso
educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje
o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y
psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y
extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal
fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y
promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al
establecimiento de una biblioteca adecuada.
10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio
ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.
12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición
socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.
De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general del COLEGIO asumen
las obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la Infancia y la
Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en coordinación y
según los casos, con la participación de organismos estatales, coadyuvantes en el cumplimiento de
estas responsabilidades.
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Estas responsabilidades se refieren a:
1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato,
abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas
contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física
y moral dentro de la convivencia escolar.
5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión
física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o
profesores.
6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y
reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y
humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o
hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia
dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas
contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la
integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de
trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida
en pareja.
Resolución adopción Manual de Convivencia Escolar.
Resolución No 011 de 08 de marzo por la cual se adopta y aprueba el Manual de
Convivencia Escolar Anexo No 1.
CAPITULO VI MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INTRODUCCIÓN
El Manual de Convivencia es un reglamento donde se encuentran las normas que regulan la
vinculación, permanencia y desvinculación de los estudiantes a la institución educativa. Éstas han
sido aprobadas mediante acuerdos con la participación de los distintos estamentos de la comunidad
educativa y en este sentido tiene carácter de ley o norma, puesto que son productos de acuerdos
con la comunidad escolar de la institución y para la institución. Posee el carácter de normativo
puestos que todos los agentes escolares pueden referirse a él y encontrar allí la relación que tienen
con los estudiantes, sus derechos y deberes, rigen los procedimientos que la institución educativa
pone en práctica cuando se trata de dirimir un conflicto y de manera justa, superar la subjetividad
de las circunstancias.
Es Manual porque allí se consignan los procedimientos o la manera como la institución sigue el
conducto con el que regularmente se resuelven los conflictos, se aplica con correctivos formativos
que se consideren necesarios frente al incumplimiento de los deberes, se otorgan estímulos y
reconocimientos para quienes se destaquen en el alcance de los propósitos educativos.
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Es de Convivencia porque el espíritu último que subyace a las normas y procedimientos que rigen
la conducta de los integrantes de la comunidad educativa ésta en línea de lograr y garantizar la
sana, cordial y agradable convivencia de todos ellos, y de hacer de la institución educativa un
espacio de construcción de ciudadanía y de participación democrática, con el propósito de formar
mujeres y hombres íntegros, social y políticamente capaces de transformar realidades.
Aunque el ser humano posee una tendencia natural a convivir con los otros, la convivencia social es
construida, no se da naturalmente. Si queremos tener nuevas formas de convivencia social que
garanticen la protección de la vida, los derechos humanos y la felicidad, debemos construirlas. La
convivencia se aprende, se promueve y se enseña. Es tarea es de toda la vida de una persona y de
una sociedad.
Por tanto, se considera relevante tener como referente teórico los siete principios del aprendizaje
social (*) Toro A. José Bernardo. 7 Aprendizajes básicos para la educación en la convivencia social.
Educando para hacer posibles la vida y la felicidad. Fundación social. Bogotá 1992
SIETE PRINCIPIOS PARA EL APREDIZAJE SOCIAL
Para todos los días, para toda la vida.
1. APRENDER A NO AGREDIR AL CONGÈNERE. Fundamento de todo modelo de
convivencia social.
En el hombre la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad hacia el otro. Es necesario
aprender a dejar el combate sin perder la competitividad, a ser fuerte sin perder la ternura y la
compasión por el otro, quien, por ser diferente, puede ser mi complemento o quizá mi opositor, pero
nunca mi enemigo.
Dentro de los mamíferos superiores, el Hombre es una de las pocas especies que ataca y destruye
a sus congéneres: conoce la tortura y es capaz de matar a los de su propia especie. Los
especialistas en comportamiento animal (Los Etólogos) dicen que el Hombre tiene un bajo nivel de
inhibición genética frente a la vida de su congénere. Esto, a diferencia de la mayoría de los animales
superiores que naturalmente están inhibidos para matar a otro animal de su propia especie.
Por eso el ser humano debe aprender y debe ser enseñado a no agredir, ni física ni
psicológicamente, a los otros seres humanos.
La agresividad es natural y fundamental en todos los animales, incluido el Hombre. La agresividad
es la que genera la fuerza para afrontar las situaciones difíciles, abordar los problemas y emprender
los grandes propósitos: cuidar de los hijos, la investigación, la política, el trabajo por la justicia, etc.
En el Hombre la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad (en odio) hacia el otro, y esto
depende en gran parte, de las enseñanzas y de las experiencias de vida que se hayan tenido.
El hombre debe ser enseñado a no agredir a su congénere (ni psicológica ni físicamente)
enseñándole a orientar su agresividad hacia el amor, entendido éste como la “lucha constante por
hacer la vida positiva”. Hay que enseñarle a dejar el combate pero sin perder la combatividad. A ser
fuerte pero sin perder la ternura ni la compasión por el otro.
La agresividad se convierte en amor enseñando y aprendiendo a conocer al otro, el cual siendo
diferente es plenamente humano como yo. El otro por ser diferente puede ser complemento o
quizás mi opositor pero nunca mi enemigo.
Aprender a no agredir al otro significa:
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Aprender a valorar la vida del otro como mi propia vida.
Aprender que no existen enemigos; existen opositores con los cuales puedo acordar reglas para
resolver las diferencias y los conflictos, y luchar juntos por la vida.
Aprender a valorar la diferencia como una ventaja que me permite ver y compartir otros modos de
pensar, de sentir y de actuar.
Aprender a buscar la unidad pero no la uniformidad.
Aprender a tener el cuidado y defensa de la vida como el principio máximo de toda convivencia.
Aprender a respetar la vida íntima de los demás.
La no agresión al semejante es un aprendizaje que debe cultivarse todos los días de la vida.
2. APRENDER A COMUNICARSE.
Base de la autoafirmación personal y grupal.
Toda comunicación busca transmitir un sentido que espera sea reconocido por otros. Yo me afirmo
cuando el otro me reconoce y el otro se afirma con mi reconocimiento. Una sociedad que aprende a
comunicarse de muchas maneras, siempre encuentra formas para solucionar sus conflictos
pacíficamente.
La autoafirmación se puede definir como el reconocimiento que le dan los otros a mi forma de ver,
de sentir e interpretar el mundo.
Yo me afirmo cuando el otro me reconoce y el otro se afirma con mi reconocimiento.
Todo acto de comunicación (verbal, gestual, escrito, etc.), busca transmitir un sentido, una forma de
ver el mundo, que se espera sea reconocida por los otros.
La primera función de la comunicación es la búsqueda de reconocimiento, por eso el rechazo a la
comunicación del otro produce hostilidad y afecta su autoestima.
El medio básico de la comunicación es la conversación porque el habla es un medio de
comunicación totalmente autónomo y todos lo poseen.
La Convivencia Social requiere aprender a conversar.
A través de la conversación podemos expresarnos, comprendernos, aclararnos, coincidir, discrepar
y comprometernos.
En una conversación auténtica cada uno busca convencer a los otros, pero también acepta poder
ser convencido.
Y es, en este propósito mutuo, como se construye la autoafirmación de cada uno y la de todo el
grupo.
Por eso la mentira deteriora toda comunicación.
La construcción de la convivencia social requiere el fortalecimiento y creación de espacios para la
conversación: cafeterías y clubes en donde los jóvenes pueden conversar; espacios para que los
niños conversen entre sí, con los mayores de su familia y de su comunidad.
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Espacios para que los gobernantes puedan conversar con sus gobernados, las minorías con las
mayorías, etc.
Sociedad que aprende a comunicarse de muchas maneras siempre encuentra formas de solucionar
sus conflictos pacíficamente.
La conversación en la familia es el primer espacio para aprender a comunicarnos.
3. APRENDER A INTERACTUAR.
Base de los modelos de relación social.
Aprender a recibirme y a percibir a los otros como personas que evolucionamos y cambiamos en las
relaciones ínter subjetivas, pero guiados por unas reglas básicas universales: los Derechos
Humanos.
Aprender a interactuar supone varios aprendizajes:
Aprender a acercarse a los otros: esa es la importancia de las reglas de saludo y cortesía.
Aprender a comunicarse con los otros: saber reconocer los sentires y los mensajes de los otros y
lograr que mis mensajes y sentidos sean reconocidos. Saber conversar y saber deliberar.
Aprender a estar con los otros: percibir que los otros “están conmigo” en el mundo buscando y
deseando ser felices como yo.
Aprender a ponerme de acuerdo y a disentir sin romper la convivencia. Aprender a ceder y a recibir
cesiones.
Aprender a vivir la intimidad: esa es la importancia de aprender a cortejar y aprender a amar.
Aprender a percibirme y a percibir a los otros como personas: que evolucionamos y cambiamos en
las relaciones intersubjetivas pero guiados por unas reglas básicas universales: los Derechos
Humanos.
Esto significa aprender que cualquiera sea el modelo de convivencia que construyamos, éste debe
siempre respetar los Derechos Humanos. Estos son los Derechos de todos los hombres que
preceden a toda ley, religión, partido o creencia y que están reafirmados en la Constitución. (Abrirse
al otro, acogerle, respetarle, escucharle, comunicarse, utilizar un lenguaje común, compartir la
reflexión y la crítica, darse serenidad y tiempo mutuamente.) y Desechar (el miedo, la excesiva
prudencia y el trato irónico o despectivo).
4. APRENDER A DECIDIR EN GRUPO.
Base de la política y de la economía.
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El grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses y futuros,
de forma participada, a todos los niveles. Aprendiendo a concertar en grupo se puede aprender el
máximo nivel de concertación: la concertación del interés general o el Bien Común.
Aprender a convivir supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos tres propósitos
fundamentales del Hombre no son posibles si no se aprende a concertar, con los otros, los intereses
y los futuros.
Aprender a decidir en grupo implica aprender que los intereses individuales y de grupo existen; que
dichos intereses forman parte constitutiva del ser humano y que son un factor dinamizador de la
convivencia social si aprendemos a concertar.
La concertación es la condición de la decisión en grupo. La concertación la podemos definir como la
selección de un interés compartido que, al ubicarlo fuera de cada uno de nosotros, hacemos que
nos oriente y nos obligue a todos los que lo seleccionamos.
A ese interés que hemos seleccionado le ponemos diversos nombres: propósito, meta, estatuto,
acta, convenio, capitulación, contrato…, y cuando es una concertación de toda una sociedad lo
llamamos constitución.
Una verdadera concertación supone además que aceptamos evitar o rechazar los intereses y los
propósitos que van contra o en deterioro de lo que se ha concertado.
Para que la concertación sea útil para la convivencia social, es decir que genere obligación y sirva
de orientación para el comportamiento, se requiere de la participación directa o indirecta de todos a
los que va a comprometer.
Cuando una concertación excluye a alguien (persona o grupo) éste no se siente obligado y buscará
transgredir o atacar la concertación.
El grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses de una
forma participada a todo nivel: familiar, barrial, veredal, regional, nacional e internacional.
Toda organización social (escuela, barrio, empresa, partido, club, grupo, etc.) es tanto más fuerte
cuanto pueda hacer concertaciones sobre intereses más elevados que obliguen, orienten y
beneficien a la mayoría.
Aprendiendo a concertar en grupo se puede llegar a aprender el máximo nivel de concertación:
concertar el Interés General o Bien Común.
Por ser toda concertación un acto creado por el Hombre, puede ser cambiada o modificada si los
concertantes están de acuerdo con ese cambio.
Por eso toda buena concertación (como toda buena constitución) establece las reglas para cambiar
o modificar la concertación.
Cuando se entiende la importancia de la Concertación, se entiende la importancia de conocer y
proteger una constitución que ha sido hecha con la participación directa o indirecta de toda una
sociedad.
5. APRENDER A CUIDARSE.
Base de los modelos de salud y seguridad social.
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La convivencia supone aprender a cuidar el “bien estar” físico y psicológico de si mismo y de los
otros; Esta es una forma de expresar el amor por la vida. Aprender a cuidarse significa también
aprender a crear condiciones de vida adecuadas para todos.
La Salud es un bien personal que se construye y se desarrolla a base de comportamientos. La
convivencia supone aprender a cuidar el “bien estar” físico y psicológico de sí mismo y de los otros,
porque el cuidado del “bien estar” del propio cuerpo y el de los otros es una forma de expresar el
amor a la vida.
Aprender a cuidarse significa también aprender a crear condiciones de vida adecuadas para todos:
vivienda, alimentación, salud, recreación, trabajo, etc. Si el otro no tiene condiciones de vida
adecuadas, la convivencia no es posible, porque la supervivencia es condición para la convivencia.
Aprender a cuidarse supone:
Aprender a proteger la salud propia y la de todos como un bien social (esta es la importancia de los
hábitos de Higiene y los comportamientos de prevención).
Aprender y valorar las normas de seguridad industrial.
Tener una percepción positiva del cuerpo a nivel personal y colectivo como forma de expresión (la
importancia del deporte, la danza, el teatro, la gimnasia, etc.).
Sin una cultura de cuidado del cuerpo y de las condiciones de vida, no es posible el desarrollo
adecuado de los sistemas de salud y de seguridad social: No es posible protegerlos a todos, si cada
uno no sabe cuidarse.
Toda Ética supone una ética del amor propio; y el cuidado de sí mismo, es la primera premisa de
esta ética.
6. APRENDER A CUIDAR EL ENTORNO.
Fundamento de la supervivencia
Aprender a vivir socialmente es ante todo aprender a estar en el mundo; Es aceptar que somos
parte de la naturaleza y del universo y que no es posible herir al planeta tierra sin herirnos a
nosotros mismos. Una ética de la convivencia social supone el cuidado del lugar donde todos
estamos: la biosfera.
Aprender a convivir socialmente es ante todo aprender a estar en el mundo.
La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del Universo, y
que no es posible herir al planeta Tierra sin herirnos nosotros mismos.
Si destruimos el planeta a dónde iremos?
Una ética de la convivencia social supone el cuidado del lugar
donde estamos todos: la Biósfera.
Aprender a cuidar el entorno supone no confundir la riqueza con el dinero.
Por conseguir dinero estamos destruyendo la riqueza: el agua, el
oxígeno, el ozono, la selva tropical, la biodiversidad.
Actualmente una de las mayores concertaciones que debemos decidir es el cuidado del planeta.
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Para nosotros no es posible sobrevivir si el planeta muere, y el planeta Tierra no puede sobrevivir
como “nuestra casa” sin nuestro cuidado.
La convivencia social implica educar en una visión planetaria de la vida.
Eso parece obvio pero no es fácil, porque no nos sentimos como una parte de la naturaleza: aún
creemos que somos “los amos de la naturaleza”.
Aprender a cuidar el entorno significa:
Aprender a percibir el planeta Tierra como un ser vivo del cual formamos parte, porque si el planeta
muere moriremos nosotros.
Aprender a cuidar, a valorar y a defender el aire, el ozono, la selva tropical, la Biodiversidad, el
agua, los manglares, las reservas naturales, etc., como la verdadera riqueza común, la cual no
puede ser apropiada para beneficios privados o particulares.
Aprender a conocer todas las formas de vida de la naturaleza y la forma como ellas dependen de
nosotros y nosotros de ellas; esa es la importancia del conocimiento y la difusión pública de las
Ciencias Naturales y las Ciencias de la Tierra.
Aprender a defender y cuidar el espacio público en las ciudades y los campos como los lugares en
donde los hombres nos encontramos y nos expresamos como seres en el mundo.
Aprender a manejar y controlar la basura y los desperdicios, valorando el reciclaje de la basura
como la mejor estrategia para proteger el ambiente y la vida.
Aprender a oponerse a la producción de desperdicios y residuos que dañan el planeta y destruyen
la vida (residuos atómicos, productos no –biodegradables).
Aprender a negociar los conflictos para volver la guerra un acto inútil e impensable.
7. APRENDER A VALORAR EL SABER SOCIAL.
Base de la evolución social y cultural.
El conocimiento y contacto con los mejores saberes culturales y académicos de una sociedad,
produce hombres y mujeres más racionales. Mas vinculados a la historia y a la vida cotidiana de la
sociedad y más capaces de comprender los beneficios y posibilidades de la convivencia social.
El saber social lo podemos definir como el conjunto de conocimientos, prácticas, destrezas,
procedimientos, valores, símbolos, ritos y sentidos, que una sociedad juzga válidos para sobrevivir,
convivir y proyectarse.
Todo saber es creado por el Hombre, es un producto cultural y, como tal, tiene forma de ser
producido, acumulado, transferido y difundido; y como cualquier producto humano es susceptible de
modificarse, deteriorarse o perecer.
En la sociedad existen dos grandes tipos de saberes:
a. EL SABER CULTURAL: producido a través de la práctica diaria o de la observación comunitaria
de los fenómenos, el cual se acumula y se perfecciona a través de largos períodos de tiempo, se
transmite de mayores a menores, en las rutinas de trabajo, en la vida diaria y generalmente de
forma oral; se conserva en la memoria de los mayores, en las tradiciones y en los ritos. A esta
categoría pertenecen saberes tan importantes como los hábitos de crianza de los niños, las formas
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de arreglar la casa, las costumbres de la mesa y la comida, las formas de cortejar, la formación en
valores, etc.
b. EL SABER ACADEMICO: Producido a través de metodologías internacionalmente reconocidas
(el método científico), clasificado en disciplinas; acumulado a través de libros, textos, revistas, bases
de datos, etc. A este grupo pertenecen las ciencias conocidas: física, química, economía,
psicología, etc.
Ambos saberes son igualmente importantes para la Convivencia Social, porque es dentro del Saber
Social (el Cultural y el Académico) en donde evoluciona el Hombre como Hombre. Lo que llamamos
naturaleza humana no es algo ya hecho, el ser humano se modela y evoluciona dentro de la cultura
y el saber académico que le toca vivir.
El conocimiento y contacto con los mejores Saberes Culturales y Académicos de cada sociedad
produce hombres más racionales, más vinculados a la historia y a la vida cotidiana de la sociedad y
por tanto más capaces de comprender los beneficios y posibilidades de la convivencia social.
La reglamentación propuesta en este MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL, tiene obligatoriedad
de cumplimiento, una vez los padres de familia han decidido matricular su hijo en la Institución, pues
se están acogiendo al artículo 68 de la Constitución Política de Colombia.
TITULO II
ADMISIONES MATRICULAS UNIFORMES
CAPITULO I
ADMISIONES:
De los Beneficiarios En coherencia a la resolución No 00986 del 31 de marzo de 2011 en el articulo
3° Prioridad en la asignación de cupos en los colegios de la Policía Nacional establece:
a. Hijos del personal fallecido en actos especiales del servicio en combate en actos meritorios
del servicio o como consecuencia de la acción del enemigo
b. Hijos del personal fallecido en actos del servicio
c. Hijos del personal que haya sufrido lesiones en actos del servicio con incapacidad física o
mental de carácter permanente ya sea relativa o absoluta
d. Hijos del personal que haya sido víctima del secuestro
e. Hijos del personal en servicio activo de la policía nacional
f. Hijos del personal retirado de la Policía Nacional con asignación de retiro o pensión
g. Familia extensa del personal en servicio activo y/o con asignación de retiro y/o pensión de la
Policía Nacional
h. Hijos de los usuarios excepcionales descripto en el artículo 2 de la presente resolución.
(familia extensa nietos y sobrinos del personal en servicio activos, retirado y pensionado)
Proceso de admisión
Teniendo en cuenta los criterios establecidos por la Dirección General de la Policía Nacional, la
Dirección del Bienestar Social de la Policía Nacional y el Área de Educación se tiene lo siguiente:
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Artículo I. Disponibilidad de Cupos
Se tendrá en cuenta los topes máximos de estudiantes por curso establecido por el Ministerio de
Educación, previo estudio de capacidad instalada y las políticas de cobertura establecidas por el
Área Educativa de la Policía Nacional de Colombia
Artículo II. Proceso de inscripción
Es el acto por el cual el aspirante solicita por escrito su deseo de ingresar a la organización
educativa y de acuerdo con las condiciones y términos fijados por el área educativa en las fecha
estipuladas por la Institución.
Artículo III. Proceso de selección
A través de este proceso, la Coordinación de Orientación realiza una entrevista a los aspirantes que
hayan cumplido con los requisitos exigidos, de acuerdo a la disponibilidad de cupos y prioridades
establecidas por la Dirección de Bienestar Social y el Área Educación. Para los aspirantes de cupos
restringidos deberán presentar un examen de habilidades Académicas según el grado que aspira de
acuerdo a los requerimientos legales.
En la selección de estudiantes para ingresar por primera vez al colegio se tendrán en cuenta los
siguientes criterios:
La edad correspondiente al grado que solicita
La muerte del padre en actos especiales del servicio (viudas)
El servicio activo de los padres
No tener hijos estudiando en el colegio
El sorteo como última instancia de selección a los que cumplen todo los requisitos considerados; y
los aspirantes sobrepasan la cobertura permitida por grados, dado el caso de superar ampliamente
las habilidades académicas exigidas en un examen de admisión.
Además se establece como requisito de ingreso de los estudiantes una edad mínima cumplida 4
años para jardín y 5 años para transición.
Los aspirantes para el nivel de básica secundaria, que procedan de colegios cuya modalidad sea
diferente a la de técnico comercial e informática, su admisión podrá ser avalada por un comité
integrado por los directivos docentes y docentes de las áreas de comercio e informática, siempre y
cuando aspirante y acudiente adquieran el compromiso de nivelar las asignaras que sea necesario.
Para aspirar al nivel de Educación Media Vocacional es requisito indispensable proceder de Colegio
de modalidad técnico comercial e informática
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Una vez seleccionado el aspirante, la Rectoría a través de la Secretaría Académica expedirá la
correspondiente orden de matrícula, la cual deberá formalizar dentro de los términos y condiciones
establecidas por el área educativa y el Colegio.
El estudiante que a solicitud propia se retire del Colegio y requiere nuevamente el cupo deberá
someterse al proceso de admisión establecido por la Dirección de Bienestar Social.
CAPITULO II
DE LA MATRICULA
Matrícula
La matrícula es al acto que formaliza la vinculación del aspirante como estudiante regular del
colegio. Se realiza por una sola vez, al ingresar a la organización educativa y se podrá renovar para
cada año académico, esta se realizará, siempre y cuando el estudiante y los padres o acudientes
cumplan con los requisitos exigidos para tal fin, así: (Ley 115 Art. 95)
1) Haber sido seleccionado (orden de matrícula)
2) Presentarse en la hora y fecha señaladas por el colegio con los siguientes documentos:
 Registro Civil de nacimiento
 Constancia de vinculación institucional con fecha reciente
 Fotocopia del carné de sanidad del empleado de la Policía Nacional
 Fotocopia del carné de sanidad del aspirante
 Certificado de estudios cursados en otra (s) instituciones educativas
 Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad expedido por EPS a la cual
pertenezca el empleado, con vigencia no mayor de 30 días.
 Para estudiantes del nivel de Preescolar se debe presentar fotocopia del carnet de
vacunación que le correspondan según su edad y concepto médico de agudeza visual y
audiometría.
 Formulario diligenciado para autorizar los descuento por costos educativos, a través del
procedimiento de nómina.
 Diligenciamiento del contrato de matrícula, pagaré y carta instrucción del pagaré.
 Fotocopia del observador del estudiante, si es de un colegio de la Policía Nacional. Se hará
el estudio correspondiente para el cupo.
 Diligenciamiento del observador y ficha socio demográfica
 Tres fotos (3x4) fondo azul, con uniforme de gala, reciente.
 Adquirir un seguro estudiantil obligatorio
3) Firma de los padres o acudientes y estudiante en la correspondiente hoja de matrícula.
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Artículo 16. Renovación de la matrícula
La renovación de la matrícula es el acto mediante el cual el estudiante legaliza su permanencia en
la organización educativa para año lectivo.
Ésta podrá renovarse en los siguientes casos:
a. Cuando el estudiante haya sido promovido al siguiente grado al término del año lectivo.
b. Cuando repruebe el grado cursado por primera vez, y manifieste su voluntad de continuar y, no
tenga antecedentes comportamentales calificados como graves y exista la cobertura para el grado a
repetir.
Requisitos para la renovación de la matricula
El estudiante que aspire a la renovación de la matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a). No estar inhabilitado para renovar la matrícula.
b). Presentarse a la hora y fecha señaladas acompañado de sus padres o acudiente con los
siguientes documentos:
 Paz y salvo de las obligaciones adquiridas con el plantel
 Fotocopia del carné de Sanidad del empleado.
 Fotocopia del carné de Sanidad del estudiante.
 Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad expedido por la EPS a la cual esté
afiliado el empleado, con vigencia no mayor de 30 días.
 Formulario diligenciado para autorizar los descuento por costos educativos, a través del
procedimiento de nómina.
 Diligenciamiento del contrato de matrícula, pagaré y carta instrucción del pagaré.
 Diligenciar el observador del estudiantes con la totalidad de los datos y la fotografía
 Firma de los padres o acudiente y del estudiante en la hoja de renovación de matrícula.
 Fotocopia del carné escolar y escuela de padres con los debidos sellos de asistencia y la
firma del Coordinador de Orientación.
 Tres fotos de 3x4 recientes del estudiante fundo azul con el uniforme.
 Boletín de estudios del último grado cursado.
 Seguro Estudiantil Obligatorio
 La orden de matrícula.
Clases de matrícula
1. Ordinaria. Se efectúa dentro de los plazos y fechas señaladas por el colegio y las disposiciones
del Área de Educación.
2. Extraordinaria. Se realiza en los siguientes eventos:
 Cuando se autoriza para realizarla fuera de los términos previstos previa solicitud escrita y
justificada.
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 Cuando ingresen estudiantes al colegio por transferencia de otros colegios de la Policía
Nacional, o por cambio de domicilio durante el periodo académico.
3. Matrícula en observación. Hace relación al compromiso especial que adquiere el estudiante y el
padre de familia o acudiente, en los casos de dificultades de orden comportamental y académico,
que amerita permanentemente un seguimiento, y en este caso debe tener en cuenta los siguientes
aspectos.
 Cumplimiento estricto de los horarios establecidos
 Disposición de tiempo requerido para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones
académicas y formativas que señale el colegio con apoyo de los padres de familia o
acudientes.
 Compromiso de orientar sus comportamientos hacia una sana convivencia.
 El estudiante y el padre de familia o acudiente debe solicitar por escrito al rector la derogatoria
de la matrícula en observación, argumentando su buen comportamiento y rendimiento
académico según registros en el observador durante un periodo después de haber sido
sancionado y reiterando su voluntad de cambio.
 Si el estudiante termina el año lectivo con Matrícula en observación pierde el cupo
definitivamente en el Colegio.
De los costos educativos:
El capítulo III de la resolución 00406 del 04 de febrero de 2013 por la cual se actualiza el reglamento
de costos educativo para los colegios de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones:
CATEGORIA O GRADO PORCENTAJE O VALOR
Oficiales, Suboficiales y Agente 4.5% del salario básico o asignación básica
Nivel Ejecutivo 3.5% del salario básico de asignación básica
Personal no uniformado vinculado a carrera
Administrativa, nombramiento provisional y
libre nombramiento y remoción
4.0% del salario básico o asignación básica
Personal no uniformado beneficiarios de los
decretos 1214 de 1990 y 1260 de 1994
4.5% del salario básico o asignación básica
Personal en Comisión de la SEM 3.5% del salario básico de un Subintendente
Particular, usuarios excepcionales,
funcionario del INPEC y personal uniformado
y no uniformado que no se encuentre afiliado
a los servicios del Bienestar Social
$122.920, incrementado anualmente de acuerdo
con el porcentaje de índice de precio al
consumidos (I.P.C.)
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TITULO III
DE LOS ESTUDIANTES CARACTERÍSTICAS Y ROLES
CAPITULO I GENERALIDADES
De la calidad del estudiante: Para adquirir la calidad de estudiante, es necesario aceptar su
filosofía y manual de convivencia, tener alto sentido de pertenencia y compromiso Institucional;
haber sido oficialmente admitido, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Área
de Educación de la Dirección de Bienestar Social y haber formalizado la matrícula.
Perfil del estudiante: Los estudiantes deben ser protagonistas de su propia educación,
asumiendo los criterios formativos que el colegio les ofrece, con el ánimo de propiciar su crecimiento
y madurez personal, partiendo de la realidad socioeconómica y cultural. Por lo tanto los estudiantes
deben:
 Ser autónomos, responsables y comprometidos con la sociedad en que vive.
 Ser poseedores de un alto nivel de autoestima.
 Vivenciar de valores institucionales y principios de convivencia.
 Proyectar gran sentido de pertenencia y compromiso frente a la Institución.
 Aceptarse a sí mismo.
 Compartir conocimientos y desarrollar relaciones humanas positivas.
 Emplear moderadamente los recursos naturales y la conservación del medio ambiente.
 tener habilidades en la toma de decisiones, siendo asertivo ( su si signifique si y su no signifique
no)
 Ser gestores en la defensa de los derechos humanos.
 Ser analíticos, críticos y constructivos dentro del quehacer educativo.
 Actuar con principios que orienten su vida y generen expectativas de aprendizaje.
 Tener disposición para la conciliación frente a los conflictos.
 Tener sensibilidad por los propósitos de Dios para la humanidad, reflejando actitudes altruista,
humildes con disposición para el cambio, sentido común, razonable y una conciencia
fundamentada en la práctica del bien universal.
 Ser capaz de amar a Dios y al prójimo como así mismo
De la pérdida de la calidad de estudiante: Se pierde la calidad de estudiante del colegio por
los siguientes motivos:
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 Cuando no se formaliza la matrícula o su renovación durante los plazos fijados y no cumple los
requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional (Secretaria de Educación
Municipal) Área de Educación de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional.
 Por reincidencia en las faltas graves con cancelación de la matrícula en cualquier época del año
por el rector(a).
 Cuando el estudiante y los padres o acudientes no hayan cumplido con sus obligaciones
establecidas en el Manual de Convivencia Escolar.
 Cuando el estudiante deje de asistir a la cuarta parte de las actividades programadas en el plan
de estudios para cada grado, por periodos acumulado5s, sin causa justificada o sin permiso
respectivo del colegio registrada por cada docente en al asignatura.
 Solicitud por escrito de los padres de familia del estudiante.
 Por reprobación de 2 años consecutivos en el colegio.
 Antecedentes jurídicos por denuncias ante juzgados y otras autoridades competentes
TITULO IV
DE LOS DERECHOS, DEBERES, Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES
Capítulo I.
Derechos Fundamentales (Constitución Nacional y Ley de Infancia)
Se entiende por derecho la garantía que tiene todo ser humano, de disfrutar de una vida digna
dentro de un grupo social, amparado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los
Derechos del Niño, la Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la adolescencia, la Ley
General de Educación, el Decreto 1860 de 1994, resolución 2343 de 1996, el decreto 1290 2009 y
los demás contemplados en el presente Manual
Capítulo II
Derechos de los estudiantes
1. Recibir una educación integral, en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de discriminación y
de acuerdo con la filosofía del plantel (filosofía humanista).
2. Conocer sus derechos y deberes.
3. Conocer toda la información sobre las normas que rigen la vida estudiantil.
4. Gozar de un ambiente de respeto y cordialidad que propicie el crecimiento personal.
5. Ser escuchado y atendido en forma respetuosa, cuando haga reclamos o aclaraciones.
6. Ser escuchado antes de ser sancionado.
7. Participar y disfrutar en forma proactiva de las actividades, recursos y servicios que se han
diseñado para complementar la formación.
8. Recibir las clases completas que contribuyan al crecimiento intelectual, cultural y personal del
estudiante.
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9. Participar en eventos que puedan representar al colegio sin que la inasistencia al aula implique
fallas y/o evaluación insuficiente en las asignaturas del día, pero con el compromiso de
adelantar los temas vistos en clase las cuales no asistió.
10. Elegir y ser elegido como representante al Consejo Directivo, Personero de los estudiantes y
otras formas de organización que se establezcan en la institución de acuerdo a la normatividad
vigente.
11. Resolver sus conflictos a través de la negociación y conciliación escolar agotando las instancias
del conducto regular.
12. Conservar la permanencia en el colegio en coherencia a lo contemplados en el Manual de
Convivencia.
13. Ser protegido en el plantel contra toda forma de violencia, abandono, peligro, acoso o abuso
sexual, descuido o trato negligente, maltrato físico o mental.
14. Ser respetado ideológica, política, religiosa y étnicamente, (Constitución Nacional artículos 18,
19 y 20).
15. Justificar ausencias con certificación médica o explicación escrita o personalmente de padres o
acudientes, ante la Coordinación de Convivencia, al día siguiente de su inasistencia.
16. Presentar las evaluaciones y trabajos que se hicieron durante el día en que estuvo ausente,
siempre y cuando sea justificado.
17. Recibir información completa oportuna y clara de su situación académica o comportamental.
18. Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los tiempos y
lugares previstos para ello.
19. Recibir explicaciones o aclaraciones de los temas de difícil comprensión cuando lo requiera,
dentro de los espacios de desarrollo de cada actividad.
20. Disfrutar de un ambiente sano y saludable.
Capítulo III
Deberes de los estudiantes (académicos, medio ambiente, convivenciales,
presentación personal, conservación bienes de uso personal y colectivo)
Son acciones obligatorias que garantizan el normal desarrollo de una comunidad:
Académicos:
1. Asistir a todas las clases y participar en las actividades programadas, si por alguna razón se
ausenta debe solicitar el permiso a los profesores, según el caso.
2. Llevar los materiales necesarios para las clases y dejar en casa aquellos objetos que puedan
distraerlo. (teléfonos móviles, audífonos, mp4, Ipon, computadores portátiles, juguetes).
3. Mantener limpios y ordenados los salones de clase, talleres y sitios que utiliza.
4. Utilizar adecuadamente todos los implementos, materiales, muebles y enseres que estén a
disposición.
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5. Presentarle oportunamente a los profesores los trabajos y tareas, en la fecha y hora asignadas.
6. Evitar el intento de fraude en las evaluaciones, trabajos y otros aspectos de la vida escolar y
personal.
7. Abstenerse de ingerir alimentos y bebidas en el desarrollo de actividades académicas.
8. Ingresar únicamente con los elementos necesarios y autorizados por el docente a cargo del
Taller.
9. Evitar sacar elementos de cualquier salón o taller de las instalaciones del colegio.
10. Responder por cada uno de los elementos, accesorios y equipos puestos bajo su
responsabilidad.
11. Llevar los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades académicas.
12. Evitar utilizar sin autorización en los equipos del plantel.
13. Evitar toda operación que afecte la configuración de los computadores.
Medio Ambiente:
1. Participar en las actividades del proyecto ambiental escolar
2. Respetar la fauna y la flora del colegio y otros lugares naturales
3. Contribuir al cuidado y conservación de los animales evitando el maltrato, y abandonos de las
mascotas.
4. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas lo cual impacta el ambiente
5. Usar de manera racional el agua y la energía eléctrica, apagando las luces, ventiladores y
equipos cuando no son necesarios o se abandona el aula de clases sea para el descanso a
actividades fuera de la misma.
6. Contribuir a la limpieza del aula de clases, patios y corredores del colegio a través de depositar
las hojas, papel, empaques y otros desechos en las canecas establecidas para tal fin en
coherencia a las especificaciones y colores de las mismas
7. Participar en campañas de limpieza y ornato de las instalaciones del plantel educativo
8. Colaborar haciendo aseo del aula cuando se requiera pero en especial evita ensuciarla.
Convivenciales:
14. Conocer, comprender y cumplir las directrices del Manual de Convivencia.
15. Respetar dentro y fuera del colegio a todas las personas que integran la comunidad educativa.
16. Aceptar y obedecer las sugerencias y correctivos que hagan las directivas y docentes que le
permitan un comportamiento fundamentado en las buenas costumbres y la convivencia pacífica
17. Respetar y cuidar los símbolos patrios y del colegio dando ejemplo de civismo, rectitud y
pertenencia.
18. Utilizar adecuadamente el tiempo libre.
19. Informar a los padres sobre las citaciones o reuniones programadas por el colegio.
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20. Solicitar permiso con un día de anticipación o presentar la excusa respectiva a más tardar al día
siguiente; si falta más de dos días injustificadamente deberá presentarse con el acudiente.
21. Desplazarse con prontitud al escuchar el timbre, al lugar correspondiente.
22. Mantener el pupitre asignado limpio y en buen estado, siendo requisito para que se expida el
paz y salvo respectivo al final del año.
23. Respetar las opiniones, creencias y diferencias de los miembros de la comunidad educativa.
24. Tener un comportamiento basado en las buenas costumbres que contribuyan al bienestar
general y conduzcan a mejorar la calidad de los procesos pedagógicos.
25. Ser solidario ante las calamidades, accidentes y emergencias que se le puedan presentar al
prójimo.
26. Evitar las (relaciones de noviazgo) sugieren quitar manifestaciones amorosas de afecto
indecorosas, dentro y fuera del colegio (portando el uniforme).
27. Utilizar el servicio de tienda escolar únicamente en la hora de descanso, o en otras ocasiones
autorizadas por el rector(a).
28. Respetar la fila y permanecer en ella hasta que llegue el turno para ser atendido en la tienda
escolar, ordenadamente y en silencio.
29. Observar las normas de comportamiento en los deportes acordes a la competencia.
30. Llegar puntual al colegio como a la formación y a todas las actividades escolares programadas.
31. Portar el uniforme escolar cuando asista al colegio (en jornada contraria o fines de semana) a
realizar actividades académicas.
32. Revisar el correo electrónico asignado por la Institución semanalmente y enterarse de las
respectivas informaciones.
33. Aceptar las sugerencias que le haga la patrulla escolar en el cumplimiento de sus funciones.
34. Evitar la permanencia fuera del aula durante la jornada escolar con o sin la presencia del
docente (anexar)
Presentación Personal:
1. Permanecer siempre limpio con una excelente presentación personal.
2. Evitar el uso de prendas o accesorios diferentes al uniforme.
3. Usar el uniforme correspondiente de acuerdo al horario establecido.
4. El cabello debe conservar su color natural.
5. La camisa o camiseta se llevará siempre por dentro del pantalón, sudadera o falda.
6. El corte de cabello para los niños debe ser adecuado, formal o clásico. (Patillas cortas, el
cabello no debe sobrepasar el cuello de la camisa o el contorno del mismo
7. Las uñas deben ser cortas y sin pintar.
8. Las niñas no deben hacer uso de maquillaje y joyas con el uniforme.
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9. Las niñas deben usar ganchos o moñas pequeñas(os) de color negro para ambos uniformes o
de color blanco para el uniforme de educación física.
10. Los zapatos de diario deben permanecer lustrados.
11. Portar el uniforme correspondiente, en forma adecuada, bien arreglado y limpio, dentro y fuera
del colegio.
12. El uniforme de gala debe tener las anteriores especificaciones de acuerdo al sexo, con la
diferencia que la camisa debe ser manga larga, sin logotipo en el bolsillo y con corbata azul
oscuro.
13. En todas las salidas que hagan los estudiantes en visitas de carácter pedagógico, académico o
social, se usará el uniforme sugerido o correspondiente.
Conservación de bienes personales y colectivos:
1. Ingresar únicamente con los elementos necesarios y autorizados por el docente a cargo del
Taller.
2. Evitar sacar elementos de cualquier salón o taller de las instalaciones del colegio.
3. Responder por cada uno de los elementos, accesorios y equipos puestos bajo su
responsabilidad.
4. Llevar los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades académicas.
5. Evitar utilizar sin autorización en los equipos del plantel.
6. Evitar toda operación que afecte la configuración de los computadores.
7. Mantener limpias las paredes del colegio, evitando acciones que las puedan ensuciar o
deteriorar.
8. Respetar los objetos que no le pertenezcan, devolviéndolos a sus propietarios cuando estos los
abandonan o pierden; en caso de ignorar el dueño, entregarlos al Coordinador de Convivencia
9. Responder por los daños causados en forma intencional a los muebles y enseres, planta física,
material didáctico, implementos deportivos o cualquier otro elemento de propiedad del colegio o
alrededores, individual o colectivamente. (aún no se identifiquen los responsables)
Capítulo IV
De los estímulos y distinciones
 Destacar en el observador del estudiante las acciones positivas.
 Otorgar beca para el estudiante, que obtenga el primer puesto en el rendimiento
académico, en su respectivo grado.
 Una beca por destacarse deportiva y cultural
 Otorgar premio a los estudiantes de grado 11 en la ceremonia de clausura, que se hayan
distinguido en los siguientes aspectos:
 Rendimiento Académico
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 Compañero
 Deportista
 Artista
 ICFES
 Perseverancia (preescolar a 11º)
 Mención de honor por comportamiento y participación.
 Izar el pabellón
 Representar al colegio en salidas y delegaciones especiales.
 Ser monitor o representante del curso
 Publicación cuadro de honor bimestral los estudiantes más destacados en las diferentes
actividades.
 Reconocimientos en forma verbal o escrita por las acciones positivas.
 Ser eximidos de la evaluación final por su rendimiento académico.
 Otorgar reconocimiento en público, a los estudiantes que se destaquen exitosamente.
 Ser asignado como conciliador escolar.
Capítulo V
De la Conciliación escolar
El conciliador o mediador, debe ser un(a) estudiante que goce de reconocimiento entre sus
compañeros, por su capacidad dar orientaciones frente a sus problemas más comunes, de tal forma
que pueda infundir respeto, el cual ha ganado por su liderazgo. En otras palabras, son estudiantes
que gozan de credibilidad al interior de sus compañeros. El papel del Conciliador o mediador es
servir como facilitador para la solución de un problema, y por lo tanto, no tiene poder ni facultad para
imponer una solución o recomendar sanciones. Su actitud será positiva frente al conflicto para lograr
acuerdos y soluciones pactadas.
Son funciones del conciliador escolar las siguientes:
1. Escuchar Atentamente la exposición de motivos y sucesos por parte de cada una de las partes
en conflicto.
2. Crear un ambiente que facilite la negociación, estableciendo respeto y una comunicación clara y
constructiva entre los participantes.
3. Informar a las partes sobre el proceso de conciliación.
4. Presentar alternativas u otras formas diferentes a las sanciones para resolver las dificultades en
la convivencia escolar.
5. Ayudar a las partes a identificar sus valores e intereses dentro del conflicto, y a conocer las
consecuencias que tendrán que afrontar si no llegan a un acuerdo.
6. Recoger y analizar las formulas de solución que propongan las partes.
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7. Buscar y proponer soluciones que beneficien las partes, siendo imparcial y equitativo.
8. Calmar los ánimos y mostrar amablemente las ventajas de continuar con la negociación, si
alguna de las partes amenaza con suspender el proceso o impide el mismo
9. Obtener el consentimiento de las partes sobre algunas de las formulas discutidas o propuestas.
10. Consignar en un acta el proceso de conciliación y los resultados obtenidos.
Parágrafo: Los estudiantes que lleguen a un acuerdo a través de un acta de conciliación, se
encuentran obligados a cumplirla, de lo contrario se aplicará correctivo de acuerdo al presente
manual de convivencia escolar.
Capítulo VI
Comité de Convivencia Escolar, Definición, Integrantes, Funciones
DEFINICIÓN Y COMPETENCIA:
Es una instancia del establecimiento educativo encargada de apoyar la labor de promoción y
seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos,
Sexuales y Reproductivos, así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y
Mitigación de la Violencia Escolar. Corresponde a este comité mediar y ayudar en la conciliación y
resolución de los conflictos escolares mediante la aplicación del manual de convivencia,
garantizando en todo caso, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este último y una
vez agotadas las instancias directas de mediación.
El Comité podrá incorporar recomendaciones de los Comités Municipales, Distritales o
Departamentales de Convivencia Escolar, en el marco de la autonomía escolar y apoyará la
implementación de mecanismos de prevención y mitigación de la violencia escolar.
El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por:
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El personero estudiantil.
El Coordinador de Desarrollo Humano y/o orientador escolar
El coordinador Académico
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes.
Un representante de los docentes ante el Consejo Directivo
Funciones del Comité de Convivencia escolar:
1. Liderar la revisión periódica del manual de convivencia y garantizar la participación activa de toda
la comunidad educativa, particularmente de los estudiantes, en este proceso.
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2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los
Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar
entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que
respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten
la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. El
estudiante, estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del
establecimiento educativo que haga las veces de amigable conciliador.
5. Documentar, analizar y mediar los conflictos que se presenten entre estudiantes, entre docentes y
estudiantes, directivos y estudiantes, y entre docentes.
6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, frente a situaciones específicas
de conflicto, de acoso escolar, de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido
en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, razón por la cual deben ser
atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte del Sistema y de la Ruta.
7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos.
8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de
convivencia, así como de los casos o situaciones que hayan sido mediados y conciliados por este.
TÍTULO V
DE LAS FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS APLICADOS A LOS
ESTUDIANTES
Capítulo I
De las Faltas
DEFINICIÓN DE FALTA O CONFLICTO:
FALTA: No cumplir a alguien con lo que debe o se esperaba de él. EJ: faltar a sus obligaciones;
faltar al trabajo, otros.
CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS: Son acciones educativas mediante las cuales se buscan que el
estudiante reflexione sobre su proceso de crecimiento personal con el objeto de generar cambios de
actitud, que le permitan ser mas conscientes de la responsabilidad personal ante su propia
formación y renovar y consolidar su sentido de pertenencia a la comunidad educativa.
Los correctivos deben ser empleados por los docentes o directivos docentes para reorientar el
comportamiento, antes de que incurran en alguna falta de disciplina o de conducta, igualmente,
cuando se trata de un hecho que por su transcendencia y efecto sobre la comunidad educativa o en
el público en general, no admite sanción disciplinaria.
Los correctivos pedagógicos no tienen el carácter de sanción sino fundamentalmente, una finalidad
preventiva y orientadora del comportamiento de los estudiantes, se deben utilizar, en consecuencia,
como mecanismos orientadores, disuasivos, de dialogo.
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Dentro del proceso formativo integral de los estudiantes la institución educativa se proponen
algunos procedimientos que permiten a los mismos un cambio de comportamiento cuando
presenten acciones negativas que perjudiquen su actuar, tanto a nivel personal como social, por el
incumplimiento de las normas de la institución y de sus deberes como estudiantes.
Procedimiento general a seguir en caso de faltas tipo uno o dos
Etapa informativa:
Conocimiento de la falta cometida.
Narración oral y escrita del hecho por parte de los afectados, testigo y/o protagonista.
Identificación de posibles responsables.
Etapa analítica:
Presentación de pruebas y antecedentes disciplinarios de los involucrados en el hecho.
Confrontación de los hechos narrados, análisis de la situación
Análisis de motivos atenuantes y agravantes que llevaron al hecho.
Tipo de falta en que se incurrió.
Etapa decisoria
Determinación del tipo de falta.
Análisis por la autoridad correspondiente dentro del Colegio.
Notificación a los padres o acudientes.
Aplicación de la medida correctiva.
Compromisos personales del estudiante y de los padres de familia o acudientes.
Revisión (observación- valoración) del compromiso para la consideración del levantamiento de la
falta.
Circunstancias a tener en cuenta para la aplicación de un correctivo pedagógico
Edad cronológica
Desarrollo mental, motriz y afectivo
Condiciones familiares y personales
Atenuantes de las faltas
Antecedentes convivenciales de buena conducta
La confesión oportuna y voluntaria de la falta.
El haber enaltecido el nombre de la institución
El haber actuado inducido por un tercero.
El haber actuado para defender derechos personales o comunitarios.
Que haya actuado impulsado por motivos nobles o altruistas.
Buen desempeño académico y sentido de pertenencia
Reparación del daño
Manifiesto compromiso de los padres en cuanto al cumplimiento de sus deberes
Agravantes de las faltas
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La manifiesta falta de compromiso del estudiante frente al cumplimiento de sus deberes
El mentir, encubrir y/o entorpecer las investigaciones adelantadas en el colegio
El haber sido sancionado con anterioridad por faltar a los compromisos académicos o
comportamentales.
El efecto perturbador que su comportamiento produzca en los demás miembros de la comunidad
educativa.
El haber preparado la falta y haber actuado en complicidad con otros.
El cometer la falta para obtener provecho propio o para un tercero.
El cometer la falta abusando de la confianza depositada por los directivos, profesores o
compañeros.
Bajo desempeño académico
Afectar la imagen de la institución educativa
CAPÍTULO II
Tipo Uno
Descripción: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso
generan daños al cuerpo o a la salud.
1. Permanecer en salones y otros sitios diferentes al patio durante el recreo.
2. Desobedecer las sugerencias de los directivos, docentes y patrulla escolar de acuerdo las
normas del manual de convivencia.
3. No traer los materiales para el desarrollo de las actividades académicas o culturales.
4. La no presentación oportuna de las actividades académicas a los respectivos docentes.
5. Actitud de irrespeto a los símbolos patrios.
6. Comprar comestibles u otros elementos a través de los muros o puertas del colegio o la salida
del mismo.
7. Comercializar ventas dentro de las instalaciones del colegio sin previa autorización de la
rectoría
8. Ignorar el timbre para ingresar a los salones, salir a recreo o formar.
9. Observar mal comportamiento en las formaciones.
10. No respetar el turno en la fila para los diferentes eventos que sean necesarios.
11. Asistir al colegio o actividades académicas fuera del horario normal con blusas ombligueras o
escotadas, minifaldas o short, pantaloneta o suéter esqueleto y chanclas.
12. Portar el uniforme con prendas diferentes, incompleto, desarreglado o rayado.
13. Portar el uniforme no correspondiente sin justificación válida.
14. Portar adornos, joyas, manillas y accesorios no contemplados como parte del uniforme.
15. La falta de cuidado en la higiene y presentación personal.
16. Utilizar colorantes o tintes, rasuras o exageraciones en el cabello.
17. No devolver los elementos facilitados por los docentes
18. Uso de maquillaje con uniforme del colegio.
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19. No asistir al colegio sin justificación.
20. Ingerir bebidas o alimentos en el desarrollo de las actividades pedagógicas.
21. Las uñas pintadas o postizas.
22. Incrustaciones en la piel (diferentes a los aretes, los cuales deben ser un par) al igual que los
tatuajes.
23. Tirar basura o envases fuera de las canastas indicadas para ello.
24. Usar vocabulario soez, vulgar o indecoroso incluso los dobles sentidos
25. No usar casco, chaleco reflexivo, pase de conducir cuando se transporta en moto.
26. Llegar tarde al colegio o a las actividades académicas.
27. No entregar a padres de familia o acudientes las informaciones, circulares y citaciones que
envía el colegio por escrito.
28. Lanzar objetos contundentes de manera deliberada, papeles durante el desarrollo de la clase o
en ausencia del docente. (agregado por los docentes)
29. Uso inapropiado de los enseres y elementos propios o del Colegio.
30. Ingresar a los salones durante el descanso (recreo) y actos culturales sin la autorización del
docente o directivo. (agregado por la mesa de trabajo)
31. Promover el acometimiento de faltas tipo uno.
PROCEDIMIENTO Y CORRECTIVOS PEDAGOGICOS PARA CONFLICTOS TIPO UNO
El Docente o Directivo docente que conoce la situación presentada cometida por un
estudiante deberá realizar el siguiente procedimiento:
Amonestación verbal: El docente dialogará con el estudiante para establecer y/o aclarar
lo sucedido. Hará un llamado de atención verbal al estudiante para que haga una reflexión
sobre la falta cometida.
Amonestación escrita: cuando el estudiante incurre por segunda vez en la comisión de
una falta leve, el docente o directivo procederá a registrar en el observador del estudiante
la falta cometida, e informará al respectivo director del curso.
Pacto de aula: Se realizará cuando el estudiante incurre en falta leve por tercera vez,
después de haber tenido llamado de atención verbal y amonestación escrita. El pacto de
aula es un compromiso escrito en presencia del docente y de otro estudiante. De este
pacto de aula quedara registro en observador y en la historia escolar del estudiante, por lo
tanto debe ser entregado al Coordinador de Desarrollo Humano designado.
Parágrafo: En caso de incumplimiento a lo pactado, se realizará procedimiento de este
tipo de conflicto.
CAPÍTULO III
Tipo dos
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
Manual de Convivencia Colegio Nuestra Señora de Fatima
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  • 1. Página 1 de 81 Del Directivo Docente COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE FATIMA VALLEDUPAR NIT. 830042321-0 Carácter: OFICIAL CON REGIMEN ESPECIAL Dirección: Calle 28 Nº 5 - 51 Barrio Santa Rosa Correo electrónico: deces.nusefa-convivencia@policia.gov.co Teléfono Fax: 5 5717032 Código DANE 120001000271 ICFES 035238 SABER 13400602 Jornadas: MAÑANA Y TARDE Modalidad: TECNICO COMERCIAL E INFORMATICA Calendario: A Rectora Subteniente ANDREA YADIRA ARIAS RAMIREZ Categoría ICFES Superior 2013 Niveles: PREESCOLAR, BASICA PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIA TECNICA
  • 2. Página 2 de 81 Calendario Institucional 2015 Actividades de desarrollo Institucional 20 al 24 de enero (1) semanas 14 al 18 de abril (1) semanas 06 al 10 de octubre (1) semanas 01 al 12 de diciembre (2) semanas Receso docentes: 1 al 19 de enero (2) semanas 23 de junio al 07 de julio (2) semanas 15 al 31 de diciembre (3) semanas Periodos académicos: Primero 28 de enero al 04 de abril Segundo 07 de abril al 20 de junio Tercero 07 de julio al 12 de septiembre Cuarto 15 de septiembre al 28 de noviembre Receso de estudiantes: 1 al 27 de enero (3) semanas 14 al 18 de abril (1) semanas 23 de junio al 07 de julio (2) semanas 06 al 10 de octubre (1) semanas 01 al 31 de diciembre (4) semanas Horários: Pré-escolar: 07h30min a 11h45min A.M. Primaria: 12h20min P.M. a 06h00min P.M. Secundaria 06h15min a.m 12h20min P.M. Media: 06h15min A.M. a 01h10min P.M. Lema: “Ciencia y Deber”
  • 3. Página 3 de 81 Del Directivo Docente PROPÓSITO En el documento se identifican las situaciones de mayor relevancia en que incurren los Directivos Docentes en materia disciplinaria y de Convivencia Ciudadana. Se desarrolla una temática concreta que les sirve de consulta ya que incluye, normatividad vigente, sentencias de la Corte Constitucional en materia de tutelas que resuelven situaciones de interés entre estudiantes, docentes, directivos y padres de familia en la Institución Nuestra Señora de Fátima , minutas de ayuda: para interponer y responder derechos de petición, para interponer tutelas, para presentar recursos de reposición ante los actos de la administración pública, además se hacen recomendaciones que le sirvan para un buen desempeño como Directivos Docentes, este resultado es soportado bajo los parámetros establecidos en la legislación Colombiana y la doctrina de gerencia educativa institucional.
  • 4. Página 4 de 81 CONTENIDO TÍTULO I GENERALIDADES CAPÌTULO I LA INSTITUCIÓN (nombre, NIT, carácter, dirección, correo electrónico, teléfonos, código DANE, jornada, modalidad, calendario, nombre del rector, organigrama, categoría ICFES, niveles que ofrece, calendario institucional, otros) CAPÌTULO II RESEÑA HISTÒRICA CAPITÌLO III Símbolos (himno, bandera, escudo, otros) CAPÍTULO IV FILOSOFÍA INSTITUCIONAL (principios y valores – horizonte institucional- Misión, visión, política de calidad, objetivos de calidad – mapa e procesos) CAPÍTULO V MARCO LEGAL (Constitución Política, Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación, otros. Sentencias Corte Constitucional, resolución rectora de adopción manual de convivencia). CAPÌTULO VI EL MANUAL DE CONVIVENCIA (definición, objetivos, justificación) TÍTULO II DE LAS ADMISIONES, MATRÍCULAS Y UNIFORMES CAPÍTULO I DE LAS ADMISIONES De los Beneficiarios (citar resolución) Proceso de Admisión Del rango de edad Del ingreso por reintegro Disponibilidad de cupos CAPÍTULO II DE LAS MATRÍCULAS De los requisitos De la matricula De la renovación de matrícula Clases de Matrícula De los costos educativos CAPÍTULO III DE LOS UNIFORMES (fotografías) De la normatividad Del uniforme de diario para los estudiantes Del uniforme de diario para las estudiantes Del uniforme de Educación Física Del uniforme de preescolar TÍTULO III DE LOS ESTUDIANTES CARACTERÍSTICAS Y ROLES CAPÍTULO I GENERALIDADES De la Calidad del estudiante Perfil del estudiante De la pérdida de la calidad de estudiante TITULO IV DE LOS DERECHOS, DEBERES, Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES Capítulo I. Derechos Fundamentales (Constitución Nacional y Ley de Infancia) Capítulo II Derechos de los estudiantes Capítulo III Deberes de los estudiantes (académicos, medio ambiente,
  • 5. Página 5 de 81 convivenciales, presentación personal, conservación bienes de uso personal y colectivo) Capítulo IV De los estímulos y distinciones Capítulo V De la Conciliación escolar Capitítuo VI Comité de Convivencia Escolar Definición Integrantes Funciones TÍTULO V DE LAS FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS APLICADOS A LOS ESTUDIANTES Capítulo I De las Faltas Definición Correctivo pedagógico (definición y finalidad). Circunstancias de atenuación y agravación Clasificaciones (leves, graves y muy graves) Del Procedimiento general para las faltas graves y muy graves CAPÍTULO II De las Faltas Leves Definición Enunciación Del Procedimiento De los Correctivos CAPÍTULO II I De las Faltas graves Definición Enunciación Del Procedimiento De los Correctivos CAPÍTULO IV De las Faltas muy graves Definición Enunciación Del Procedimiento De los Correctivos CAPÍTULO V De los correctivos (definición) Principios Reguladores del debido proceso CAPÍTULO VI De las normas académicas (Reglamento académico, servicio social, prácticas, salidas pedagógicas, convivencias) TÍTULO VI DE LOS DOCENTES – CARACTERÍSTICAS Y ROLES CAPÍTULO I GENERALIDADES Del Perfil De los Derechos De los deberes Del perfil del Director de Curso De las Prohibiciones CAPÍTULO II DE LOS ESTÍMULOS De los estímulos TÍTULO VII DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES – CARACTERÍSTICAS Y ROLES Del perfil
  • 6. Página 6 de 81 De la calidad de acudiente o tutor De los Derechos De los deberes De las prohibiciones De los estímulos TÍTULO VII GOBIERNO ESCOLAR CAPÍTULO I GENERALIDADES De los organismos del Gobierno Escolar CAPÍTULO II DEL CONSEJO DIRECTIVO Del Consejo Directivo De la conformación De las funciones CAPÍTULO III DEL RECTOR Del Rector De las funciones CAPÍTULO IV DEL CONSEJO ACADÉMICO Del Consejo Académico De la Conformación De las funciones TÍTULO VIII DE LOS ORGANISMOS DE APOYO CAPÍTULO I DEL PERSONERO Del Personero de los estudiantes Del Perfil De las funciones De la elección De la Remoción y revocatoria CAPITULO II DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES Del Consejo de estudiantes De la conformación De la elección De las funciones Vocero del grado CAPÍTULO III DE LOS ORGANISMOS DE APOYO POR PARTE DE LOS PADRES DE FAMILIA Del Consejo de Padres de Familia De la Asociación de Padres de Familia CAPÍTULO IV DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS Conformación Funciones OTROS Casos Especiales (embarazo, consumo sustancias psicoactivas, salud, seguridad, estudios en el exterior, otros).
  • 7. Página 7 de 81 CAPÌTULO II RESEÑA HISTÒRICA El 12 de julio de 1953, en la ciudad de Bogotá, bajo la dirección de la Hermana María de San Luís, se inician cursos de capacitación en diferentes artes y oficios a esposas de agentes y suboficiales. Posteriormente, en apoyo a las madres que trabajaban se abrió un jardín y una sala cuna y año tras año se fueron creando los diferentes niveles de educación. El 18 de julio de 1963 se reorganiza Bienestar Social de la Policía Nacional. El Colegio “Nuestra Señora De Fátima” de Valledupar fue iniciado en 1968, en un garaje que se acondicionó como aula de clases en el Comando de Departamento con 20 alumnos, con el profesor y director el Señor Agente Edgardo Lazcarro Barraza. En febrero de 1969 se construyó la primera etapa del colegio, en un terreno de 100 metros cuadrados obsequiado a la Policía por los señores Dámaso Villazón Baquero y Vicente Pérez Pérez, y se inició el año lectivo con la dirección de la profesora Fanny Parra y Jefe de disciplina el Señor Agente Lazcarro. El 20 de enero de 1974 llegó la Hermana Martha Celina Zapata Granda, e inmediatamente hizo la solicitud ante la Secretaría de Educación para el permiso de fundación y realizó las diligencias para la Licencia de funcionamiento y aprobación por Bienestar para la básica primaria. En 1978, se abrió el 9º grado, cuyos alumnos recibieron título de Auxiliares De Contabilidad y Secretariado. En 1983 se graduó la primera promoción de bachilleres técnicos comerciales y fue aprobada la Educación Media Vocacional modalidad Comercial. En el año 1994, se creó el nivel de Preescolar, con 32 alumnos, y se duplicó el número de alumnos y cursos de la básica Primaria y hubo necesidad de trasladarla a la jornada de la tarde. Al finalizar el año lectivo 2004 la hermana Martha Celina Zapata Granda es llamada a calificar servicios y es así como recibe la rectoría el Licenciado Alfredo Sierra Plata, quien venía desempeñándose como Coordinador de Convivencia, hasta mediados de 2008 cuando la Dirección de Bienestar Social envió como Rectora a la Señora Mayor María Eugenia Contreras Bello, quien designó al licenciado Sierra Plata como Coordinador de Calidad y junto con su equipo de trabajo se logró para siguiente año la certificación de Calidad ISO9001:2008 e IQNet para el Colegio, otorgada
  • 8. Página 8 de 81 por ICONTEC; finalizado el año lectivo 2009 la Señora Rectora es llamada a curso de ascenso y en su reemplazo es enviada la Señorita Subteniente Claudia Jiménez Díaz. El Colegio desde 1986 hasta la presente se ha destacado deportivamente a través del voleibol en campeonatos intercolegiados, municipales y departamentales así: 28 veces campeón, 16 veces subcampeón y 10 veces tercer puesto. Un aspecto a destacar es que desde al año 2010 el colegio asciende a la categoría Superior de las Pruebas SABER 11º del ICFES. El 27 de junio asume la rectoría la Subteniente Andrea Yadira Arias Ramírez, como gerente educativa de la institución Nuestra Señora de Fátima, con el propósito de continuar con las políticas Institucional, fortalecer la gestión curricular a través del diseño y ejecución de proyectos significativos, innovación e investigación.
  • 9. Página 9 de 81 CAPITÌLO III Símbolos (himno, bandera, escudo, otros) HIMNO DEL COLEGIO. IPor lo aprendido en mis años de infancia, Oh! Hermoso colegio, tu alumno te canta, un himno de amor, compendio de fe un himno de amor y esperanza. II Dios y Patria, el nombre de la Virgen lo animan, ciencia y deber, y el Dios de los cielos ilumina, a estudiar con tesón, a vencer la ignorancia, luchar por saber me lo inspira. III Llevo en mi pecho del honor la llama prendida, mediste del niño la esencia, marcaste la pauta, mi proyecto de vida, defender con fervor tu enseñanza. IV Dios bendiga este claustro sagrado, donde niño llegue temprana, aquí mi sueño si fue realizando, el convertirme en hombre de bien, ciudadano ejemplar, admirado.
  • 10. Página 10 de 81 ESCUDO ADAPTADO AL COLEGIO BANDERA LOGOTIPO IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO
  • 11. Página 11 de 81 CAPÍTULO IV FILOSOFÍA INSTITUCIONAL (principios y valores – horizonte institucional- Misión, visión, política de calidad, objetivos de calidad – mapa e procesos) Filosofía institucional El quehacer pedagógico de los colegios de la policía nacional se fundamenta en un enfoque humanista, vivenciando la educación como un proceso en el cual el estudiante es el centro de la acción pedagógica y en búsqueda de su capacidad de reflexión e indagación, dando espacio para la creatividad, la imaginación y la autorrealización, generando desarrollo de competencias y habilidades personales, familiares, sociales, culturales y espirituales, que le permitan su crecimiento y contribución a la vivencia de una sociedad justa y equilibrada, aceptando las diferencias culturales, raciales, religiosas, políticas y grupales como oportunidades de crecimiento mutuo. La institución educativa, brinda una educación de calidad, generando espacios y oportunidades a cada estudiante desde una propuesta pedagógica democrática humanizante, ofreciendo medios y procesos que permitan al ser humano crecer en los saberes, el desarrollo de competencias básicas y laborales, esta filosofía tiene presente que el ser humano nace y crece en familia, siendo esta el núcleo central de la sociedad, principal agente socializador, dinamizador y constructor del desarrollo cognitivo y afectivo; donde se posibilitan las primeras formas de aprendizaje de valores, complementándose desde el momento en que se incorpora el estudiante a nuestra institución educativa, creando vínculos cooperativos entre las partes.
  • 12. Página 12 de 81 HORIZONTE INSTITUCIONAL Describe los elementos orientadores fundamentales del PEI, como respuesta estructurada, construida de manera participativa desde el colegio a la necesidad prioritaria detectada en el diagnóstico de la comunidad. Antecedentes de la Institución: Historia desde la fundación. La sensibilidad social de la reverenda Madre María de San Luis, rectora de la clínica de la Policía Nacional se plasmo en la concepción del Bienestar Social que empezó el 2 de julio de 1953 en la carrera 8ª # 18-25 casa arrendada donde funciono el centro de las madres. Fue aquí donde se albergaron los niños pequeños de las primeras alumnas que integraron el taller de modistería, sastrería, artesanías, bordados y educación para el hogar. En 1954, 28 niñas dieron comienzo al jardín infantil de la casa de Bienestar Social. En este mismo año la fundadora organizó clases para los agentes, en la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada y en algunas estaciones naciendo así el bachillerato nocturno que buscó elevar el nivel cultural de los integrantes de la Policía Nacional. En el año de 1967, el 21 de diciembre, se creó el Departamento del Cesar bajo la Presidencia del Doctor Carlos Lleras Restrepo; en el desarrollo de la Ley 25 de junio 21 de 1967. Hecho que origina la creación del Comando del Departamento de Policía Cesar, para dar paso a un suceso muy importante en Valledupar, esto motiva abrir el Colegio de la Policía, satisfaciendo la necesidad Educativa de los hijos del personal de la Institución. Contexto Institucional El colegio “Nuestra Señora de Fátima” de la ciudad de Valledupar, es una Institución Oficial de régimen especial, propiedad de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa Nacional; está ubicada en el barrio Santa Rosa. La mayoría de los estudiantes pertenecen a familias de empleados de la Policía Nacional, predominan hijos de personal en servicio activo. Misión Ofrecer un servicio educativo de alta calidad en los niveles de preescolar, básica y media, cimentado en una filosofía humanista, con el fin de contribuir al desarrollo personal, familiar y social de la comunidad policial. Visión Al año 2019, los colegios de la Policía Nacional serán reconocidos por su excelencia pedagógica y administrativa, que han contribuido al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad policial y de la sociedad.
  • 13. Página 13 de 81 Política de la calidad. Los colegios de la Policía Nacional nos comprometemos a prestar un servicio de alta calidad en Educación formal y, para el trabajo y el desarrollo humano, con el fin de satisfacer las necesidades del cliente, así:  Asegurando la mejora continua del Sistema de Gestión Integral en los COLEGIOS.  Contando con el Talento Humano que tenga los perfiles y competencias que requiere el COLEGIO y el cargo.  Gestionando y generando los recursos necesarios para la prestación de los servicios de EDUCACIÓN, para la ampliación de la Cobertura y así brindar los servicios adecuados para la Comunidad policial que lo solicite. Artículo. 7. Objetivos de la calidad  Asegurar la mejora continua del Sistema de Gestión Integral en los COLEGIOS.  Contar con el Talento Humano que tenga los perfiles y competencias que requiere el COLEGIO y el cargo.  Gestionar y generar los recursos necesarios para la prestación de los servicios de EDUCACIÓN, para la ampliación de la Cobertura y así brindar los servicios adecuados para la Comunidad policial que lo solicite.
  • 14. Página 14 de 81 CAPÍTULO V MARCO LEGAL (Constitución Política, Ley de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación, otros. Sentencias Corte Constitucional, resolución rectora de adopción manual de convivencia). Constitución Política de Colombia de 1991, Ley General de Educación 115 de 1994, Decreto 1860 de 1994 Aprobado según resolución n° 0168 del 21 de noviembre de 2007, emanada de la Secretaria de Educación Municipal para los niveles de educación preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, especialidad técnico comercial e informática, según ley 115, decreto 1860 de 1992. Naturaleza jurídica El Colegio “Nuestra Señora de Fátima” de la ciudad de Valledupar es una organización de carácter oficial con régimen especial (resolución 06500 de 3 de agosto de 1994), a cargo de la Dirección de Bienestar Social y direccionados por las políticas del Ministerio de Educación Nacional, Secretarias Departamentales y lineamientos del Área de Educación de la Dirección de Bienestar Social, de acuerdo Decreto 1512 del 11 de agosto de 2000 en su artículo 47, así como la resolución 3787 del 18 de diciembre de 1998, en concordancia con la resolución 1707 del 10 de julio de 2002. Justificación Los artículos 67 y 68 de la Constitución Política de Colombia y en concordancia con los artículos 73 y 87 de la ley 115 del 94 y el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, establece que todos los establecimientos educativos tendrán un manual de convivencia. Teniendo en cuenta que la actividad educativa requiere una directriz con aspectos fundamentales que conduzcan a una formación humana; el manual de convivencia permite a todos los estamentos de la comunidad educativa conocer las normas que rigen y armonizan su actividad. El hombre es un ser social, por tanto su convivencia necesita estar enmarcada por principios claros que le permitan dirigir sus acciones en busca del desarrollo y crecimiento, logrando sus objetivos personales e institucionales, con una conciencia democrática, y el cumplimiento de los derechos y deberes. La vivencia de los principios requiere de normas escritas que regulen los comportamientos humanos y direccionen los procesos disciplinarios y estos conduzcan al entendimiento, la conciliación y la facilitación de una convivencia tranquila, sana y segura promoviendo el aprendizaje significativo y los estándares de calidad en la prestación del servicio educativo.
  • 15. Página 15 de 81 CONCEPTOS JURISPRUDENCIALES ORIENTADORES. Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la Honorable Corte Constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas. Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por parte de los integrantes de la comunidad educativa. Derecho – deber de la educación (Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y frente a los demás.” (Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T-092 del 03 de marzo de 1994) “El derecho a la educación comporta dos aspectos: es un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea, pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la persona.” (Sentencia T-316 del 12 de julio de 1994) “La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento.
  • 16. Página 16 de 81 Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa. Alcances del manual de convivencia. (Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” (Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad.” (Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores. No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.” (Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada. Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer límites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.”
  • 17. Página 17 de 81 Disciplina escolar. (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.”. (Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". (Sentencia T-569 de 1994) “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.” "Cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas, en materia académica, disciplinaria, moral y física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a este la calidad de educación que la Constitución desea". (Corte Constitucional, sentencia T-341 de 1993). "La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existan elementos razonables -incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante- que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada". (Corte Constitucional, sentencia C-555 de 1994) "Las Instituciones Educativas deben proceder a dar cumplimento a las normas y actualizar su reglamento interno ajustándolo a las leyes vigentes,… empero, esto no significa que los educadores no puedan exigir mayores meritos objetivamente calificados, y que se Ie pueda obligar a mantener en el plantel a un alumno que no los satisfaga". (Corte Constitucional, sentencia T-035 de 1995).
  • 18. Página 18 de 81 “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94). Concurrencia de padres de familia. (Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.” Formación integral del educando (Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, art. 5o.). No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la institución educativa.”
  • 19. Página 19 de 81 Debido proceso (Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.” «El debido Proceso …No consiste solamente en las posibilidades de defensa o en la oportunidad para interponer recursos… si no que exige, además, como lo expresa el artículo 29 de la carta, el ajuste a las normas preexistentes al acto que se le imputa; la competencia de la autoridad judicial o administrativa que orienta el proceso; la aplicación del principio de favorabilidad en materia penal; el derecho a una resolución que defina las cuestiones jurídicas planteadas sin dilaciones injustificadas; la ocasión de presentar pruebas y de controvertir las que se alleguen en contra y desde luego, la plena observancia de las formas propias de cada proceso según sus características». Corte Const. Sentencia T-460 del 15 de julio de 1992.MP. José Gregorio Hernández Galindo Observaciones: • “No es vulnerado el derecho a la educación por reprobación de grado o por exclusión de los estudiantes del plantel educativo por bajo rendimiento académico o por faltas disciplinarias.” • El derecho a la educación no se vulnera por la pérdida del año (Sentencia t-092 del 3 de marzo de 1994). • El derecho a la educación no se vulnera por excluir un estudiante debido a su mal comportamiento (Sentencia T-569 del 7 de diciembre de 1994). • No se vulnera el derecho a la educación si el colegio prescinde de un estudiante por mal rendimiento académico (Sentencia t-316 del 12 de julio de 1994). • Tampoco se vulnera el derecho a la educación si el colegio sanciona a los estudiantes por mal rendimiento académico (Sentencia T-439 del 12 de octubre de 1993). “De estas sentencias de la corte, ya convertidas en doctrina constitucional, se deduce lo siguiente”: • La educación es un derecho fundamental, pero no es absoluto, sino limitado. • La educación es un derecho-deber, por cuanto otorga reconocimientos y derechos y, a la vez, demanda el cumplimiento de deberes y obligaciones, tanto a las instituciones, como a los estudiantes y a los padres de familia. • Una de las obligaciones de los estudiantes consiste en tener un rendimiento académico acorde con las exigencias del colegio. * El colegio puede sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento, tanto con la pérdida de año como con la exclusión del establecimiento. * El respeto por la disciplina y el orden en el colegio es parte del derecho de los estudiantes a la educación. * El límite del derecho a la educación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como todo derecho, es el derecho de los demás. * Los estudiantes que no cumplen con el deber de rendir académicamente están violando el derecho a la educación de los demás. * Lo mismo sucede con la indisciplina que viola el derecho de los demás al orden y la disciplina, necesarios para permitir el buen rendimiento académico.
  • 20. Página 20 de 81 * “Por fortuna para la Educación Colombiana, la Corte Constitucional ha defendido la calidad de la educación y la disciplina. Al sentenciar que los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden lo que ha hecho es salvaguardar el servicio educativo del desastre al que se han visto enfrentados los programas educativos de varios países, entre otros los Estados Unidos, en donde las instituciones educativas se convirtieron en antros de crimen, hasta el punto de que el Congreso tuvo que aprobar una ley prohibiendo el porte de armas en las escuelas. Se instauró la teoría dejar hacer y dejar pasar con consecuencias fatales, nefastas, no sólo para la disciplina sino para los logros de la excelencia académica. Defender la disciplina no significa caer en uno de dos extremos, o permitirlo todo para no violar la intimidad de los estudiantes, o prohibirlo todo, con normas hitlerianas, en aras del orden” CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA El Colegio como institución líder en el campo de la educación y en acatamiento a las normas que regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales frente a la población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de Convivencia las obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el artículo 42 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), y que desarrolla en los apartes específicos de este Manual. Estas obligaciones son: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general del COLEGIO asumen las obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en coordinación y según los casos, con la participación de organismos estatales, coadyuvantes en el cumplimiento de estas responsabilidades.
  • 21. Página 21 de 81 Estas responsabilidades se refieren a: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. Resolución adopción Manual de Convivencia Escolar. Resolución No 011 de 08 de marzo por la cual se adopta y aprueba el Manual de Convivencia Escolar Anexo No 1. CAPITULO VI MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR INTRODUCCIÓN El Manual de Convivencia es un reglamento donde se encuentran las normas que regulan la vinculación, permanencia y desvinculación de los estudiantes a la institución educativa. Éstas han sido aprobadas mediante acuerdos con la participación de los distintos estamentos de la comunidad educativa y en este sentido tiene carácter de ley o norma, puesto que son productos de acuerdos con la comunidad escolar de la institución y para la institución. Posee el carácter de normativo puestos que todos los agentes escolares pueden referirse a él y encontrar allí la relación que tienen con los estudiantes, sus derechos y deberes, rigen los procedimientos que la institución educativa pone en práctica cuando se trata de dirimir un conflicto y de manera justa, superar la subjetividad de las circunstancias. Es Manual porque allí se consignan los procedimientos o la manera como la institución sigue el conducto con el que regularmente se resuelven los conflictos, se aplica con correctivos formativos que se consideren necesarios frente al incumplimiento de los deberes, se otorgan estímulos y reconocimientos para quienes se destaquen en el alcance de los propósitos educativos.
  • 22. Página 22 de 81 Es de Convivencia porque el espíritu último que subyace a las normas y procedimientos que rigen la conducta de los integrantes de la comunidad educativa ésta en línea de lograr y garantizar la sana, cordial y agradable convivencia de todos ellos, y de hacer de la institución educativa un espacio de construcción de ciudadanía y de participación democrática, con el propósito de formar mujeres y hombres íntegros, social y políticamente capaces de transformar realidades. Aunque el ser humano posee una tendencia natural a convivir con los otros, la convivencia social es construida, no se da naturalmente. Si queremos tener nuevas formas de convivencia social que garanticen la protección de la vida, los derechos humanos y la felicidad, debemos construirlas. La convivencia se aprende, se promueve y se enseña. Es tarea es de toda la vida de una persona y de una sociedad. Por tanto, se considera relevante tener como referente teórico los siete principios del aprendizaje social (*) Toro A. José Bernardo. 7 Aprendizajes básicos para la educación en la convivencia social. Educando para hacer posibles la vida y la felicidad. Fundación social. Bogotá 1992 SIETE PRINCIPIOS PARA EL APREDIZAJE SOCIAL Para todos los días, para toda la vida. 1. APRENDER A NO AGREDIR AL CONGÈNERE. Fundamento de todo modelo de convivencia social. En el hombre la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad hacia el otro. Es necesario aprender a dejar el combate sin perder la competitividad, a ser fuerte sin perder la ternura y la compasión por el otro, quien, por ser diferente, puede ser mi complemento o quizá mi opositor, pero nunca mi enemigo. Dentro de los mamíferos superiores, el Hombre es una de las pocas especies que ataca y destruye a sus congéneres: conoce la tortura y es capaz de matar a los de su propia especie. Los especialistas en comportamiento animal (Los Etólogos) dicen que el Hombre tiene un bajo nivel de inhibición genética frente a la vida de su congénere. Esto, a diferencia de la mayoría de los animales superiores que naturalmente están inhibidos para matar a otro animal de su propia especie. Por eso el ser humano debe aprender y debe ser enseñado a no agredir, ni física ni psicológicamente, a los otros seres humanos. La agresividad es natural y fundamental en todos los animales, incluido el Hombre. La agresividad es la que genera la fuerza para afrontar las situaciones difíciles, abordar los problemas y emprender los grandes propósitos: cuidar de los hijos, la investigación, la política, el trabajo por la justicia, etc. En el Hombre la agresividad puede convertirse en amor o en hostilidad (en odio) hacia el otro, y esto depende en gran parte, de las enseñanzas y de las experiencias de vida que se hayan tenido. El hombre debe ser enseñado a no agredir a su congénere (ni psicológica ni físicamente) enseñándole a orientar su agresividad hacia el amor, entendido éste como la “lucha constante por hacer la vida positiva”. Hay que enseñarle a dejar el combate pero sin perder la combatividad. A ser fuerte pero sin perder la ternura ni la compasión por el otro. La agresividad se convierte en amor enseñando y aprendiendo a conocer al otro, el cual siendo diferente es plenamente humano como yo. El otro por ser diferente puede ser complemento o quizás mi opositor pero nunca mi enemigo. Aprender a no agredir al otro significa:
  • 23. Página 23 de 81 Aprender a valorar la vida del otro como mi propia vida. Aprender que no existen enemigos; existen opositores con los cuales puedo acordar reglas para resolver las diferencias y los conflictos, y luchar juntos por la vida. Aprender a valorar la diferencia como una ventaja que me permite ver y compartir otros modos de pensar, de sentir y de actuar. Aprender a buscar la unidad pero no la uniformidad. Aprender a tener el cuidado y defensa de la vida como el principio máximo de toda convivencia. Aprender a respetar la vida íntima de los demás. La no agresión al semejante es un aprendizaje que debe cultivarse todos los días de la vida. 2. APRENDER A COMUNICARSE. Base de la autoafirmación personal y grupal. Toda comunicación busca transmitir un sentido que espera sea reconocido por otros. Yo me afirmo cuando el otro me reconoce y el otro se afirma con mi reconocimiento. Una sociedad que aprende a comunicarse de muchas maneras, siempre encuentra formas para solucionar sus conflictos pacíficamente. La autoafirmación se puede definir como el reconocimiento que le dan los otros a mi forma de ver, de sentir e interpretar el mundo. Yo me afirmo cuando el otro me reconoce y el otro se afirma con mi reconocimiento. Todo acto de comunicación (verbal, gestual, escrito, etc.), busca transmitir un sentido, una forma de ver el mundo, que se espera sea reconocida por los otros. La primera función de la comunicación es la búsqueda de reconocimiento, por eso el rechazo a la comunicación del otro produce hostilidad y afecta su autoestima. El medio básico de la comunicación es la conversación porque el habla es un medio de comunicación totalmente autónomo y todos lo poseen. La Convivencia Social requiere aprender a conversar. A través de la conversación podemos expresarnos, comprendernos, aclararnos, coincidir, discrepar y comprometernos. En una conversación auténtica cada uno busca convencer a los otros, pero también acepta poder ser convencido. Y es, en este propósito mutuo, como se construye la autoafirmación de cada uno y la de todo el grupo. Por eso la mentira deteriora toda comunicación. La construcción de la convivencia social requiere el fortalecimiento y creación de espacios para la conversación: cafeterías y clubes en donde los jóvenes pueden conversar; espacios para que los niños conversen entre sí, con los mayores de su familia y de su comunidad.
  • 24. Página 24 de 81 Espacios para que los gobernantes puedan conversar con sus gobernados, las minorías con las mayorías, etc. Sociedad que aprende a comunicarse de muchas maneras siempre encuentra formas de solucionar sus conflictos pacíficamente. La conversación en la familia es el primer espacio para aprender a comunicarnos. 3. APRENDER A INTERACTUAR. Base de los modelos de relación social. Aprender a recibirme y a percibir a los otros como personas que evolucionamos y cambiamos en las relaciones ínter subjetivas, pero guiados por unas reglas básicas universales: los Derechos Humanos. Aprender a interactuar supone varios aprendizajes: Aprender a acercarse a los otros: esa es la importancia de las reglas de saludo y cortesía. Aprender a comunicarse con los otros: saber reconocer los sentires y los mensajes de los otros y lograr que mis mensajes y sentidos sean reconocidos. Saber conversar y saber deliberar. Aprender a estar con los otros: percibir que los otros “están conmigo” en el mundo buscando y deseando ser felices como yo. Aprender a ponerme de acuerdo y a disentir sin romper la convivencia. Aprender a ceder y a recibir cesiones. Aprender a vivir la intimidad: esa es la importancia de aprender a cortejar y aprender a amar. Aprender a percibirme y a percibir a los otros como personas: que evolucionamos y cambiamos en las relaciones intersubjetivas pero guiados por unas reglas básicas universales: los Derechos Humanos. Esto significa aprender que cualquiera sea el modelo de convivencia que construyamos, éste debe siempre respetar los Derechos Humanos. Estos son los Derechos de todos los hombres que preceden a toda ley, religión, partido o creencia y que están reafirmados en la Constitución. (Abrirse al otro, acogerle, respetarle, escucharle, comunicarse, utilizar un lenguaje común, compartir la reflexión y la crítica, darse serenidad y tiempo mutuamente.) y Desechar (el miedo, la excesiva prudencia y el trato irónico o despectivo). 4. APRENDER A DECIDIR EN GRUPO. Base de la política y de la economía.
  • 25. Página 25 de 81 El grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses y futuros, de forma participada, a todos los niveles. Aprendiendo a concertar en grupo se puede aprender el máximo nivel de concertación: la concertación del interés general o el Bien Común. Aprender a convivir supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos tres propósitos fundamentales del Hombre no son posibles si no se aprende a concertar, con los otros, los intereses y los futuros. Aprender a decidir en grupo implica aprender que los intereses individuales y de grupo existen; que dichos intereses forman parte constitutiva del ser humano y que son un factor dinamizador de la convivencia social si aprendemos a concertar. La concertación es la condición de la decisión en grupo. La concertación la podemos definir como la selección de un interés compartido que, al ubicarlo fuera de cada uno de nosotros, hacemos que nos oriente y nos obligue a todos los que lo seleccionamos. A ese interés que hemos seleccionado le ponemos diversos nombres: propósito, meta, estatuto, acta, convenio, capitulación, contrato…, y cuando es una concertación de toda una sociedad lo llamamos constitución. Una verdadera concertación supone además que aceptamos evitar o rechazar los intereses y los propósitos que van contra o en deterioro de lo que se ha concertado. Para que la concertación sea útil para la convivencia social, es decir que genere obligación y sirva de orientación para el comportamiento, se requiere de la participación directa o indirecta de todos a los que va a comprometer. Cuando una concertación excluye a alguien (persona o grupo) éste no se siente obligado y buscará transgredir o atacar la concertación. El grado de convivencia de una sociedad depende de su capacidad de concertar intereses de una forma participada a todo nivel: familiar, barrial, veredal, regional, nacional e internacional. Toda organización social (escuela, barrio, empresa, partido, club, grupo, etc.) es tanto más fuerte cuanto pueda hacer concertaciones sobre intereses más elevados que obliguen, orienten y beneficien a la mayoría. Aprendiendo a concertar en grupo se puede llegar a aprender el máximo nivel de concertación: concertar el Interés General o Bien Común. Por ser toda concertación un acto creado por el Hombre, puede ser cambiada o modificada si los concertantes están de acuerdo con ese cambio. Por eso toda buena concertación (como toda buena constitución) establece las reglas para cambiar o modificar la concertación. Cuando se entiende la importancia de la Concertación, se entiende la importancia de conocer y proteger una constitución que ha sido hecha con la participación directa o indirecta de toda una sociedad. 5. APRENDER A CUIDARSE. Base de los modelos de salud y seguridad social.
  • 26. Página 26 de 81 La convivencia supone aprender a cuidar el “bien estar” físico y psicológico de si mismo y de los otros; Esta es una forma de expresar el amor por la vida. Aprender a cuidarse significa también aprender a crear condiciones de vida adecuadas para todos. La Salud es un bien personal que se construye y se desarrolla a base de comportamientos. La convivencia supone aprender a cuidar el “bien estar” físico y psicológico de sí mismo y de los otros, porque el cuidado del “bien estar” del propio cuerpo y el de los otros es una forma de expresar el amor a la vida. Aprender a cuidarse significa también aprender a crear condiciones de vida adecuadas para todos: vivienda, alimentación, salud, recreación, trabajo, etc. Si el otro no tiene condiciones de vida adecuadas, la convivencia no es posible, porque la supervivencia es condición para la convivencia. Aprender a cuidarse supone: Aprender a proteger la salud propia y la de todos como un bien social (esta es la importancia de los hábitos de Higiene y los comportamientos de prevención). Aprender y valorar las normas de seguridad industrial. Tener una percepción positiva del cuerpo a nivel personal y colectivo como forma de expresión (la importancia del deporte, la danza, el teatro, la gimnasia, etc.). Sin una cultura de cuidado del cuerpo y de las condiciones de vida, no es posible el desarrollo adecuado de los sistemas de salud y de seguridad social: No es posible protegerlos a todos, si cada uno no sabe cuidarse. Toda Ética supone una ética del amor propio; y el cuidado de sí mismo, es la primera premisa de esta ética. 6. APRENDER A CUIDAR EL ENTORNO. Fundamento de la supervivencia Aprender a vivir socialmente es ante todo aprender a estar en el mundo; Es aceptar que somos parte de la naturaleza y del universo y que no es posible herir al planeta tierra sin herirnos a nosotros mismos. Una ética de la convivencia social supone el cuidado del lugar donde todos estamos: la biosfera. Aprender a convivir socialmente es ante todo aprender a estar en el mundo. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del Universo, y que no es posible herir al planeta Tierra sin herirnos nosotros mismos. Si destruimos el planeta a dónde iremos? Una ética de la convivencia social supone el cuidado del lugar donde estamos todos: la Biósfera. Aprender a cuidar el entorno supone no confundir la riqueza con el dinero. Por conseguir dinero estamos destruyendo la riqueza: el agua, el oxígeno, el ozono, la selva tropical, la biodiversidad. Actualmente una de las mayores concertaciones que debemos decidir es el cuidado del planeta.
  • 27. Página 27 de 81 Para nosotros no es posible sobrevivir si el planeta muere, y el planeta Tierra no puede sobrevivir como “nuestra casa” sin nuestro cuidado. La convivencia social implica educar en una visión planetaria de la vida. Eso parece obvio pero no es fácil, porque no nos sentimos como una parte de la naturaleza: aún creemos que somos “los amos de la naturaleza”. Aprender a cuidar el entorno significa: Aprender a percibir el planeta Tierra como un ser vivo del cual formamos parte, porque si el planeta muere moriremos nosotros. Aprender a cuidar, a valorar y a defender el aire, el ozono, la selva tropical, la Biodiversidad, el agua, los manglares, las reservas naturales, etc., como la verdadera riqueza común, la cual no puede ser apropiada para beneficios privados o particulares. Aprender a conocer todas las formas de vida de la naturaleza y la forma como ellas dependen de nosotros y nosotros de ellas; esa es la importancia del conocimiento y la difusión pública de las Ciencias Naturales y las Ciencias de la Tierra. Aprender a defender y cuidar el espacio público en las ciudades y los campos como los lugares en donde los hombres nos encontramos y nos expresamos como seres en el mundo. Aprender a manejar y controlar la basura y los desperdicios, valorando el reciclaje de la basura como la mejor estrategia para proteger el ambiente y la vida. Aprender a oponerse a la producción de desperdicios y residuos que dañan el planeta y destruyen la vida (residuos atómicos, productos no –biodegradables). Aprender a negociar los conflictos para volver la guerra un acto inútil e impensable. 7. APRENDER A VALORAR EL SABER SOCIAL. Base de la evolución social y cultural. El conocimiento y contacto con los mejores saberes culturales y académicos de una sociedad, produce hombres y mujeres más racionales. Mas vinculados a la historia y a la vida cotidiana de la sociedad y más capaces de comprender los beneficios y posibilidades de la convivencia social. El saber social lo podemos definir como el conjunto de conocimientos, prácticas, destrezas, procedimientos, valores, símbolos, ritos y sentidos, que una sociedad juzga válidos para sobrevivir, convivir y proyectarse. Todo saber es creado por el Hombre, es un producto cultural y, como tal, tiene forma de ser producido, acumulado, transferido y difundido; y como cualquier producto humano es susceptible de modificarse, deteriorarse o perecer. En la sociedad existen dos grandes tipos de saberes: a. EL SABER CULTURAL: producido a través de la práctica diaria o de la observación comunitaria de los fenómenos, el cual se acumula y se perfecciona a través de largos períodos de tiempo, se transmite de mayores a menores, en las rutinas de trabajo, en la vida diaria y generalmente de forma oral; se conserva en la memoria de los mayores, en las tradiciones y en los ritos. A esta categoría pertenecen saberes tan importantes como los hábitos de crianza de los niños, las formas
  • 28. Página 28 de 81 de arreglar la casa, las costumbres de la mesa y la comida, las formas de cortejar, la formación en valores, etc. b. EL SABER ACADEMICO: Producido a través de metodologías internacionalmente reconocidas (el método científico), clasificado en disciplinas; acumulado a través de libros, textos, revistas, bases de datos, etc. A este grupo pertenecen las ciencias conocidas: física, química, economía, psicología, etc. Ambos saberes son igualmente importantes para la Convivencia Social, porque es dentro del Saber Social (el Cultural y el Académico) en donde evoluciona el Hombre como Hombre. Lo que llamamos naturaleza humana no es algo ya hecho, el ser humano se modela y evoluciona dentro de la cultura y el saber académico que le toca vivir. El conocimiento y contacto con los mejores Saberes Culturales y Académicos de cada sociedad produce hombres más racionales, más vinculados a la historia y a la vida cotidiana de la sociedad y por tanto más capaces de comprender los beneficios y posibilidades de la convivencia social. La reglamentación propuesta en este MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL, tiene obligatoriedad de cumplimiento, una vez los padres de familia han decidido matricular su hijo en la Institución, pues se están acogiendo al artículo 68 de la Constitución Política de Colombia. TITULO II ADMISIONES MATRICULAS UNIFORMES CAPITULO I ADMISIONES: De los Beneficiarios En coherencia a la resolución No 00986 del 31 de marzo de 2011 en el articulo 3° Prioridad en la asignación de cupos en los colegios de la Policía Nacional establece: a. Hijos del personal fallecido en actos especiales del servicio en combate en actos meritorios del servicio o como consecuencia de la acción del enemigo b. Hijos del personal fallecido en actos del servicio c. Hijos del personal que haya sufrido lesiones en actos del servicio con incapacidad física o mental de carácter permanente ya sea relativa o absoluta d. Hijos del personal que haya sido víctima del secuestro e. Hijos del personal en servicio activo de la policía nacional f. Hijos del personal retirado de la Policía Nacional con asignación de retiro o pensión g. Familia extensa del personal en servicio activo y/o con asignación de retiro y/o pensión de la Policía Nacional h. Hijos de los usuarios excepcionales descripto en el artículo 2 de la presente resolución. (familia extensa nietos y sobrinos del personal en servicio activos, retirado y pensionado) Proceso de admisión Teniendo en cuenta los criterios establecidos por la Dirección General de la Policía Nacional, la Dirección del Bienestar Social de la Policía Nacional y el Área de Educación se tiene lo siguiente:
  • 29. Página 29 de 81 Artículo I. Disponibilidad de Cupos Se tendrá en cuenta los topes máximos de estudiantes por curso establecido por el Ministerio de Educación, previo estudio de capacidad instalada y las políticas de cobertura establecidas por el Área Educativa de la Policía Nacional de Colombia Artículo II. Proceso de inscripción Es el acto por el cual el aspirante solicita por escrito su deseo de ingresar a la organización educativa y de acuerdo con las condiciones y términos fijados por el área educativa en las fecha estipuladas por la Institución. Artículo III. Proceso de selección A través de este proceso, la Coordinación de Orientación realiza una entrevista a los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, de acuerdo a la disponibilidad de cupos y prioridades establecidas por la Dirección de Bienestar Social y el Área Educación. Para los aspirantes de cupos restringidos deberán presentar un examen de habilidades Académicas según el grado que aspira de acuerdo a los requerimientos legales. En la selección de estudiantes para ingresar por primera vez al colegio se tendrán en cuenta los siguientes criterios: La edad correspondiente al grado que solicita La muerte del padre en actos especiales del servicio (viudas) El servicio activo de los padres No tener hijos estudiando en el colegio El sorteo como última instancia de selección a los que cumplen todo los requisitos considerados; y los aspirantes sobrepasan la cobertura permitida por grados, dado el caso de superar ampliamente las habilidades académicas exigidas en un examen de admisión. Además se establece como requisito de ingreso de los estudiantes una edad mínima cumplida 4 años para jardín y 5 años para transición. Los aspirantes para el nivel de básica secundaria, que procedan de colegios cuya modalidad sea diferente a la de técnico comercial e informática, su admisión podrá ser avalada por un comité integrado por los directivos docentes y docentes de las áreas de comercio e informática, siempre y cuando aspirante y acudiente adquieran el compromiso de nivelar las asignaras que sea necesario. Para aspirar al nivel de Educación Media Vocacional es requisito indispensable proceder de Colegio de modalidad técnico comercial e informática
  • 30. Página 30 de 81 Una vez seleccionado el aspirante, la Rectoría a través de la Secretaría Académica expedirá la correspondiente orden de matrícula, la cual deberá formalizar dentro de los términos y condiciones establecidas por el área educativa y el Colegio. El estudiante que a solicitud propia se retire del Colegio y requiere nuevamente el cupo deberá someterse al proceso de admisión establecido por la Dirección de Bienestar Social. CAPITULO II DE LA MATRICULA Matrícula La matrícula es al acto que formaliza la vinculación del aspirante como estudiante regular del colegio. Se realiza por una sola vez, al ingresar a la organización educativa y se podrá renovar para cada año académico, esta se realizará, siempre y cuando el estudiante y los padres o acudientes cumplan con los requisitos exigidos para tal fin, así: (Ley 115 Art. 95) 1) Haber sido seleccionado (orden de matrícula) 2) Presentarse en la hora y fecha señaladas por el colegio con los siguientes documentos:  Registro Civil de nacimiento  Constancia de vinculación institucional con fecha reciente  Fotocopia del carné de sanidad del empleado de la Policía Nacional  Fotocopia del carné de sanidad del aspirante  Certificado de estudios cursados en otra (s) instituciones educativas  Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad expedido por EPS a la cual pertenezca el empleado, con vigencia no mayor de 30 días.  Para estudiantes del nivel de Preescolar se debe presentar fotocopia del carnet de vacunación que le correspondan según su edad y concepto médico de agudeza visual y audiometría.  Formulario diligenciado para autorizar los descuento por costos educativos, a través del procedimiento de nómina.  Diligenciamiento del contrato de matrícula, pagaré y carta instrucción del pagaré.  Fotocopia del observador del estudiante, si es de un colegio de la Policía Nacional. Se hará el estudio correspondiente para el cupo.  Diligenciamiento del observador y ficha socio demográfica  Tres fotos (3x4) fondo azul, con uniforme de gala, reciente.  Adquirir un seguro estudiantil obligatorio 3) Firma de los padres o acudientes y estudiante en la correspondiente hoja de matrícula.
  • 31. Página 31 de 81 Artículo 16. Renovación de la matrícula La renovación de la matrícula es el acto mediante el cual el estudiante legaliza su permanencia en la organización educativa para año lectivo. Ésta podrá renovarse en los siguientes casos: a. Cuando el estudiante haya sido promovido al siguiente grado al término del año lectivo. b. Cuando repruebe el grado cursado por primera vez, y manifieste su voluntad de continuar y, no tenga antecedentes comportamentales calificados como graves y exista la cobertura para el grado a repetir. Requisitos para la renovación de la matricula El estudiante que aspire a la renovación de la matrícula deberá cumplir con los siguientes requisitos: a). No estar inhabilitado para renovar la matrícula. b). Presentarse a la hora y fecha señaladas acompañado de sus padres o acudiente con los siguientes documentos:  Paz y salvo de las obligaciones adquiridas con el plantel  Fotocopia del carné de Sanidad del empleado.  Fotocopia del carné de Sanidad del estudiante.  Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad expedido por la EPS a la cual esté afiliado el empleado, con vigencia no mayor de 30 días.  Formulario diligenciado para autorizar los descuento por costos educativos, a través del procedimiento de nómina.  Diligenciamiento del contrato de matrícula, pagaré y carta instrucción del pagaré.  Diligenciar el observador del estudiantes con la totalidad de los datos y la fotografía  Firma de los padres o acudiente y del estudiante en la hoja de renovación de matrícula.  Fotocopia del carné escolar y escuela de padres con los debidos sellos de asistencia y la firma del Coordinador de Orientación.  Tres fotos de 3x4 recientes del estudiante fundo azul con el uniforme.  Boletín de estudios del último grado cursado.  Seguro Estudiantil Obligatorio  La orden de matrícula. Clases de matrícula 1. Ordinaria. Se efectúa dentro de los plazos y fechas señaladas por el colegio y las disposiciones del Área de Educación. 2. Extraordinaria. Se realiza en los siguientes eventos:  Cuando se autoriza para realizarla fuera de los términos previstos previa solicitud escrita y justificada.
  • 32. Página 32 de 81  Cuando ingresen estudiantes al colegio por transferencia de otros colegios de la Policía Nacional, o por cambio de domicilio durante el periodo académico. 3. Matrícula en observación. Hace relación al compromiso especial que adquiere el estudiante y el padre de familia o acudiente, en los casos de dificultades de orden comportamental y académico, que amerita permanentemente un seguimiento, y en este caso debe tener en cuenta los siguientes aspectos.  Cumplimiento estricto de los horarios establecidos  Disposición de tiempo requerido para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que señale el colegio con apoyo de los padres de familia o acudientes.  Compromiso de orientar sus comportamientos hacia una sana convivencia.  El estudiante y el padre de familia o acudiente debe solicitar por escrito al rector la derogatoria de la matrícula en observación, argumentando su buen comportamiento y rendimiento académico según registros en el observador durante un periodo después de haber sido sancionado y reiterando su voluntad de cambio.  Si el estudiante termina el año lectivo con Matrícula en observación pierde el cupo definitivamente en el Colegio. De los costos educativos: El capítulo III de la resolución 00406 del 04 de febrero de 2013 por la cual se actualiza el reglamento de costos educativo para los colegios de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones: CATEGORIA O GRADO PORCENTAJE O VALOR Oficiales, Suboficiales y Agente 4.5% del salario básico o asignación básica Nivel Ejecutivo 3.5% del salario básico de asignación básica Personal no uniformado vinculado a carrera Administrativa, nombramiento provisional y libre nombramiento y remoción 4.0% del salario básico o asignación básica Personal no uniformado beneficiarios de los decretos 1214 de 1990 y 1260 de 1994 4.5% del salario básico o asignación básica Personal en Comisión de la SEM 3.5% del salario básico de un Subintendente Particular, usuarios excepcionales, funcionario del INPEC y personal uniformado y no uniformado que no se encuentre afiliado a los servicios del Bienestar Social $122.920, incrementado anualmente de acuerdo con el porcentaje de índice de precio al consumidos (I.P.C.)
  • 33. Página 33 de 81 TITULO III DE LOS ESTUDIANTES CARACTERÍSTICAS Y ROLES CAPITULO I GENERALIDADES De la calidad del estudiante: Para adquirir la calidad de estudiante, es necesario aceptar su filosofía y manual de convivencia, tener alto sentido de pertenencia y compromiso Institucional; haber sido oficialmente admitido, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Área de Educación de la Dirección de Bienestar Social y haber formalizado la matrícula. Perfil del estudiante: Los estudiantes deben ser protagonistas de su propia educación, asumiendo los criterios formativos que el colegio les ofrece, con el ánimo de propiciar su crecimiento y madurez personal, partiendo de la realidad socioeconómica y cultural. Por lo tanto los estudiantes deben:  Ser autónomos, responsables y comprometidos con la sociedad en que vive.  Ser poseedores de un alto nivel de autoestima.  Vivenciar de valores institucionales y principios de convivencia.  Proyectar gran sentido de pertenencia y compromiso frente a la Institución.  Aceptarse a sí mismo.  Compartir conocimientos y desarrollar relaciones humanas positivas.  Emplear moderadamente los recursos naturales y la conservación del medio ambiente.  tener habilidades en la toma de decisiones, siendo asertivo ( su si signifique si y su no signifique no)  Ser gestores en la defensa de los derechos humanos.  Ser analíticos, críticos y constructivos dentro del quehacer educativo.  Actuar con principios que orienten su vida y generen expectativas de aprendizaje.  Tener disposición para la conciliación frente a los conflictos.  Tener sensibilidad por los propósitos de Dios para la humanidad, reflejando actitudes altruista, humildes con disposición para el cambio, sentido común, razonable y una conciencia fundamentada en la práctica del bien universal.  Ser capaz de amar a Dios y al prójimo como así mismo De la pérdida de la calidad de estudiante: Se pierde la calidad de estudiante del colegio por los siguientes motivos:
  • 34. Página 34 de 81  Cuando no se formaliza la matrícula o su renovación durante los plazos fijados y no cumple los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional (Secretaria de Educación Municipal) Área de Educación de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional.  Por reincidencia en las faltas graves con cancelación de la matrícula en cualquier época del año por el rector(a).  Cuando el estudiante y los padres o acudientes no hayan cumplido con sus obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia Escolar.  Cuando el estudiante deje de asistir a la cuarta parte de las actividades programadas en el plan de estudios para cada grado, por periodos acumulado5s, sin causa justificada o sin permiso respectivo del colegio registrada por cada docente en al asignatura.  Solicitud por escrito de los padres de familia del estudiante.  Por reprobación de 2 años consecutivos en el colegio.  Antecedentes jurídicos por denuncias ante juzgados y otras autoridades competentes TITULO IV DE LOS DERECHOS, DEBERES, Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES Capítulo I. Derechos Fundamentales (Constitución Nacional y Ley de Infancia) Se entiende por derecho la garantía que tiene todo ser humano, de disfrutar de una vida digna dentro de un grupo social, amparado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Derechos del Niño, la Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la adolescencia, la Ley General de Educación, el Decreto 1860 de 1994, resolución 2343 de 1996, el decreto 1290 2009 y los demás contemplados en el presente Manual Capítulo II Derechos de los estudiantes 1. Recibir una educación integral, en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de discriminación y de acuerdo con la filosofía del plantel (filosofía humanista). 2. Conocer sus derechos y deberes. 3. Conocer toda la información sobre las normas que rigen la vida estudiantil. 4. Gozar de un ambiente de respeto y cordialidad que propicie el crecimiento personal. 5. Ser escuchado y atendido en forma respetuosa, cuando haga reclamos o aclaraciones. 6. Ser escuchado antes de ser sancionado. 7. Participar y disfrutar en forma proactiva de las actividades, recursos y servicios que se han diseñado para complementar la formación. 8. Recibir las clases completas que contribuyan al crecimiento intelectual, cultural y personal del estudiante.
  • 35. Página 35 de 81 9. Participar en eventos que puedan representar al colegio sin que la inasistencia al aula implique fallas y/o evaluación insuficiente en las asignaturas del día, pero con el compromiso de adelantar los temas vistos en clase las cuales no asistió. 10. Elegir y ser elegido como representante al Consejo Directivo, Personero de los estudiantes y otras formas de organización que se establezcan en la institución de acuerdo a la normatividad vigente. 11. Resolver sus conflictos a través de la negociación y conciliación escolar agotando las instancias del conducto regular. 12. Conservar la permanencia en el colegio en coherencia a lo contemplados en el Manual de Convivencia. 13. Ser protegido en el plantel contra toda forma de violencia, abandono, peligro, acoso o abuso sexual, descuido o trato negligente, maltrato físico o mental. 14. Ser respetado ideológica, política, religiosa y étnicamente, (Constitución Nacional artículos 18, 19 y 20). 15. Justificar ausencias con certificación médica o explicación escrita o personalmente de padres o acudientes, ante la Coordinación de Convivencia, al día siguiente de su inasistencia. 16. Presentar las evaluaciones y trabajos que se hicieron durante el día en que estuvo ausente, siempre y cuando sea justificado. 17. Recibir información completa oportuna y clara de su situación académica o comportamental. 18. Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los tiempos y lugares previstos para ello. 19. Recibir explicaciones o aclaraciones de los temas de difícil comprensión cuando lo requiera, dentro de los espacios de desarrollo de cada actividad. 20. Disfrutar de un ambiente sano y saludable. Capítulo III Deberes de los estudiantes (académicos, medio ambiente, convivenciales, presentación personal, conservación bienes de uso personal y colectivo) Son acciones obligatorias que garantizan el normal desarrollo de una comunidad: Académicos: 1. Asistir a todas las clases y participar en las actividades programadas, si por alguna razón se ausenta debe solicitar el permiso a los profesores, según el caso. 2. Llevar los materiales necesarios para las clases y dejar en casa aquellos objetos que puedan distraerlo. (teléfonos móviles, audífonos, mp4, Ipon, computadores portátiles, juguetes). 3. Mantener limpios y ordenados los salones de clase, talleres y sitios que utiliza. 4. Utilizar adecuadamente todos los implementos, materiales, muebles y enseres que estén a disposición.
  • 36. Página 36 de 81 5. Presentarle oportunamente a los profesores los trabajos y tareas, en la fecha y hora asignadas. 6. Evitar el intento de fraude en las evaluaciones, trabajos y otros aspectos de la vida escolar y personal. 7. Abstenerse de ingerir alimentos y bebidas en el desarrollo de actividades académicas. 8. Ingresar únicamente con los elementos necesarios y autorizados por el docente a cargo del Taller. 9. Evitar sacar elementos de cualquier salón o taller de las instalaciones del colegio. 10. Responder por cada uno de los elementos, accesorios y equipos puestos bajo su responsabilidad. 11. Llevar los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades académicas. 12. Evitar utilizar sin autorización en los equipos del plantel. 13. Evitar toda operación que afecte la configuración de los computadores. Medio Ambiente: 1. Participar en las actividades del proyecto ambiental escolar 2. Respetar la fauna y la flora del colegio y otros lugares naturales 3. Contribuir al cuidado y conservación de los animales evitando el maltrato, y abandonos de las mascotas. 4. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas lo cual impacta el ambiente 5. Usar de manera racional el agua y la energía eléctrica, apagando las luces, ventiladores y equipos cuando no son necesarios o se abandona el aula de clases sea para el descanso a actividades fuera de la misma. 6. Contribuir a la limpieza del aula de clases, patios y corredores del colegio a través de depositar las hojas, papel, empaques y otros desechos en las canecas establecidas para tal fin en coherencia a las especificaciones y colores de las mismas 7. Participar en campañas de limpieza y ornato de las instalaciones del plantel educativo 8. Colaborar haciendo aseo del aula cuando se requiera pero en especial evita ensuciarla. Convivenciales: 14. Conocer, comprender y cumplir las directrices del Manual de Convivencia. 15. Respetar dentro y fuera del colegio a todas las personas que integran la comunidad educativa. 16. Aceptar y obedecer las sugerencias y correctivos que hagan las directivas y docentes que le permitan un comportamiento fundamentado en las buenas costumbres y la convivencia pacífica 17. Respetar y cuidar los símbolos patrios y del colegio dando ejemplo de civismo, rectitud y pertenencia. 18. Utilizar adecuadamente el tiempo libre. 19. Informar a los padres sobre las citaciones o reuniones programadas por el colegio.
  • 37. Página 37 de 81 20. Solicitar permiso con un día de anticipación o presentar la excusa respectiva a más tardar al día siguiente; si falta más de dos días injustificadamente deberá presentarse con el acudiente. 21. Desplazarse con prontitud al escuchar el timbre, al lugar correspondiente. 22. Mantener el pupitre asignado limpio y en buen estado, siendo requisito para que se expida el paz y salvo respectivo al final del año. 23. Respetar las opiniones, creencias y diferencias de los miembros de la comunidad educativa. 24. Tener un comportamiento basado en las buenas costumbres que contribuyan al bienestar general y conduzcan a mejorar la calidad de los procesos pedagógicos. 25. Ser solidario ante las calamidades, accidentes y emergencias que se le puedan presentar al prójimo. 26. Evitar las (relaciones de noviazgo) sugieren quitar manifestaciones amorosas de afecto indecorosas, dentro y fuera del colegio (portando el uniforme). 27. Utilizar el servicio de tienda escolar únicamente en la hora de descanso, o en otras ocasiones autorizadas por el rector(a). 28. Respetar la fila y permanecer en ella hasta que llegue el turno para ser atendido en la tienda escolar, ordenadamente y en silencio. 29. Observar las normas de comportamiento en los deportes acordes a la competencia. 30. Llegar puntual al colegio como a la formación y a todas las actividades escolares programadas. 31. Portar el uniforme escolar cuando asista al colegio (en jornada contraria o fines de semana) a realizar actividades académicas. 32. Revisar el correo electrónico asignado por la Institución semanalmente y enterarse de las respectivas informaciones. 33. Aceptar las sugerencias que le haga la patrulla escolar en el cumplimiento de sus funciones. 34. Evitar la permanencia fuera del aula durante la jornada escolar con o sin la presencia del docente (anexar) Presentación Personal: 1. Permanecer siempre limpio con una excelente presentación personal. 2. Evitar el uso de prendas o accesorios diferentes al uniforme. 3. Usar el uniforme correspondiente de acuerdo al horario establecido. 4. El cabello debe conservar su color natural. 5. La camisa o camiseta se llevará siempre por dentro del pantalón, sudadera o falda. 6. El corte de cabello para los niños debe ser adecuado, formal o clásico. (Patillas cortas, el cabello no debe sobrepasar el cuello de la camisa o el contorno del mismo 7. Las uñas deben ser cortas y sin pintar. 8. Las niñas no deben hacer uso de maquillaje y joyas con el uniforme.
  • 38. Página 38 de 81 9. Las niñas deben usar ganchos o moñas pequeñas(os) de color negro para ambos uniformes o de color blanco para el uniforme de educación física. 10. Los zapatos de diario deben permanecer lustrados. 11. Portar el uniforme correspondiente, en forma adecuada, bien arreglado y limpio, dentro y fuera del colegio. 12. El uniforme de gala debe tener las anteriores especificaciones de acuerdo al sexo, con la diferencia que la camisa debe ser manga larga, sin logotipo en el bolsillo y con corbata azul oscuro. 13. En todas las salidas que hagan los estudiantes en visitas de carácter pedagógico, académico o social, se usará el uniforme sugerido o correspondiente. Conservación de bienes personales y colectivos: 1. Ingresar únicamente con los elementos necesarios y autorizados por el docente a cargo del Taller. 2. Evitar sacar elementos de cualquier salón o taller de las instalaciones del colegio. 3. Responder por cada uno de los elementos, accesorios y equipos puestos bajo su responsabilidad. 4. Llevar los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades académicas. 5. Evitar utilizar sin autorización en los equipos del plantel. 6. Evitar toda operación que afecte la configuración de los computadores. 7. Mantener limpias las paredes del colegio, evitando acciones que las puedan ensuciar o deteriorar. 8. Respetar los objetos que no le pertenezcan, devolviéndolos a sus propietarios cuando estos los abandonan o pierden; en caso de ignorar el dueño, entregarlos al Coordinador de Convivencia 9. Responder por los daños causados en forma intencional a los muebles y enseres, planta física, material didáctico, implementos deportivos o cualquier otro elemento de propiedad del colegio o alrededores, individual o colectivamente. (aún no se identifiquen los responsables) Capítulo IV De los estímulos y distinciones  Destacar en el observador del estudiante las acciones positivas.  Otorgar beca para el estudiante, que obtenga el primer puesto en el rendimiento académico, en su respectivo grado.  Una beca por destacarse deportiva y cultural  Otorgar premio a los estudiantes de grado 11 en la ceremonia de clausura, que se hayan distinguido en los siguientes aspectos:  Rendimiento Académico
  • 39. Página 39 de 81  Compañero  Deportista  Artista  ICFES  Perseverancia (preescolar a 11º)  Mención de honor por comportamiento y participación.  Izar el pabellón  Representar al colegio en salidas y delegaciones especiales.  Ser monitor o representante del curso  Publicación cuadro de honor bimestral los estudiantes más destacados en las diferentes actividades.  Reconocimientos en forma verbal o escrita por las acciones positivas.  Ser eximidos de la evaluación final por su rendimiento académico.  Otorgar reconocimiento en público, a los estudiantes que se destaquen exitosamente.  Ser asignado como conciliador escolar. Capítulo V De la Conciliación escolar El conciliador o mediador, debe ser un(a) estudiante que goce de reconocimiento entre sus compañeros, por su capacidad dar orientaciones frente a sus problemas más comunes, de tal forma que pueda infundir respeto, el cual ha ganado por su liderazgo. En otras palabras, son estudiantes que gozan de credibilidad al interior de sus compañeros. El papel del Conciliador o mediador es servir como facilitador para la solución de un problema, y por lo tanto, no tiene poder ni facultad para imponer una solución o recomendar sanciones. Su actitud será positiva frente al conflicto para lograr acuerdos y soluciones pactadas. Son funciones del conciliador escolar las siguientes: 1. Escuchar Atentamente la exposición de motivos y sucesos por parte de cada una de las partes en conflicto. 2. Crear un ambiente que facilite la negociación, estableciendo respeto y una comunicación clara y constructiva entre los participantes. 3. Informar a las partes sobre el proceso de conciliación. 4. Presentar alternativas u otras formas diferentes a las sanciones para resolver las dificultades en la convivencia escolar. 5. Ayudar a las partes a identificar sus valores e intereses dentro del conflicto, y a conocer las consecuencias que tendrán que afrontar si no llegan a un acuerdo. 6. Recoger y analizar las formulas de solución que propongan las partes.
  • 40. Página 40 de 81 7. Buscar y proponer soluciones que beneficien las partes, siendo imparcial y equitativo. 8. Calmar los ánimos y mostrar amablemente las ventajas de continuar con la negociación, si alguna de las partes amenaza con suspender el proceso o impide el mismo 9. Obtener el consentimiento de las partes sobre algunas de las formulas discutidas o propuestas. 10. Consignar en un acta el proceso de conciliación y los resultados obtenidos. Parágrafo: Los estudiantes que lleguen a un acuerdo a través de un acta de conciliación, se encuentran obligados a cumplirla, de lo contrario se aplicará correctivo de acuerdo al presente manual de convivencia escolar. Capítulo VI Comité de Convivencia Escolar, Definición, Integrantes, Funciones DEFINICIÓN Y COMPETENCIA: Es una instancia del establecimiento educativo encargada de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Corresponde a este comité mediar y ayudar en la conciliación y resolución de los conflictos escolares mediante la aplicación del manual de convivencia, garantizando en todo caso, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este último y una vez agotadas las instancias directas de mediación. El Comité podrá incorporar recomendaciones de los Comités Municipales, Distritales o Departamentales de Convivencia Escolar, en el marco de la autonomía escolar y apoyará la implementación de mecanismos de prevención y mitigación de la violencia escolar. El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por: El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité. El personero estudiantil. El Coordinador de Desarrollo Humano y/o orientador escolar El coordinador Académico El presidente del consejo de padres de familia. El presidente del consejo de estudiantes. Un representante de los docentes ante el Consejo Directivo Funciones del Comité de Convivencia escolar: 1. Liderar la revisión periódica del manual de convivencia y garantizar la participación activa de toda la comunidad educativa, particularmente de los estudiantes, en este proceso.
  • 41. Página 41 de 81 2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. El estudiante, estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo que haga las veces de amigable conciliador. 5. Documentar, analizar y mediar los conflictos que se presenten entre estudiantes, entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, y entre docentes. 6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte del Sistema y de la Ruta. 7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos. 8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, así como de los casos o situaciones que hayan sido mediados y conciliados por este. TÍTULO V DE LAS FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS APLICADOS A LOS ESTUDIANTES Capítulo I De las Faltas DEFINICIÓN DE FALTA O CONFLICTO: FALTA: No cumplir a alguien con lo que debe o se esperaba de él. EJ: faltar a sus obligaciones; faltar al trabajo, otros. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS: Son acciones educativas mediante las cuales se buscan que el estudiante reflexione sobre su proceso de crecimiento personal con el objeto de generar cambios de actitud, que le permitan ser mas conscientes de la responsabilidad personal ante su propia formación y renovar y consolidar su sentido de pertenencia a la comunidad educativa. Los correctivos deben ser empleados por los docentes o directivos docentes para reorientar el comportamiento, antes de que incurran en alguna falta de disciplina o de conducta, igualmente, cuando se trata de un hecho que por su transcendencia y efecto sobre la comunidad educativa o en el público en general, no admite sanción disciplinaria. Los correctivos pedagógicos no tienen el carácter de sanción sino fundamentalmente, una finalidad preventiva y orientadora del comportamiento de los estudiantes, se deben utilizar, en consecuencia, como mecanismos orientadores, disuasivos, de dialogo.
  • 42. Página 42 de 81 Dentro del proceso formativo integral de los estudiantes la institución educativa se proponen algunos procedimientos que permiten a los mismos un cambio de comportamiento cuando presenten acciones negativas que perjudiquen su actuar, tanto a nivel personal como social, por el incumplimiento de las normas de la institución y de sus deberes como estudiantes. Procedimiento general a seguir en caso de faltas tipo uno o dos Etapa informativa: Conocimiento de la falta cometida. Narración oral y escrita del hecho por parte de los afectados, testigo y/o protagonista. Identificación de posibles responsables. Etapa analítica: Presentación de pruebas y antecedentes disciplinarios de los involucrados en el hecho. Confrontación de los hechos narrados, análisis de la situación Análisis de motivos atenuantes y agravantes que llevaron al hecho. Tipo de falta en que se incurrió. Etapa decisoria Determinación del tipo de falta. Análisis por la autoridad correspondiente dentro del Colegio. Notificación a los padres o acudientes. Aplicación de la medida correctiva. Compromisos personales del estudiante y de los padres de familia o acudientes. Revisión (observación- valoración) del compromiso para la consideración del levantamiento de la falta. Circunstancias a tener en cuenta para la aplicación de un correctivo pedagógico Edad cronológica Desarrollo mental, motriz y afectivo Condiciones familiares y personales Atenuantes de las faltas Antecedentes convivenciales de buena conducta La confesión oportuna y voluntaria de la falta. El haber enaltecido el nombre de la institución El haber actuado inducido por un tercero. El haber actuado para defender derechos personales o comunitarios. Que haya actuado impulsado por motivos nobles o altruistas. Buen desempeño académico y sentido de pertenencia Reparación del daño Manifiesto compromiso de los padres en cuanto al cumplimiento de sus deberes Agravantes de las faltas
  • 43. Página 43 de 81 La manifiesta falta de compromiso del estudiante frente al cumplimiento de sus deberes El mentir, encubrir y/o entorpecer las investigaciones adelantadas en el colegio El haber sido sancionado con anterioridad por faltar a los compromisos académicos o comportamentales. El efecto perturbador que su comportamiento produzca en los demás miembros de la comunidad educativa. El haber preparado la falta y haber actuado en complicidad con otros. El cometer la falta para obtener provecho propio o para un tercero. El cometer la falta abusando de la confianza depositada por los directivos, profesores o compañeros. Bajo desempeño académico Afectar la imagen de la institución educativa CAPÍTULO II Tipo Uno Descripción: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 1. Permanecer en salones y otros sitios diferentes al patio durante el recreo. 2. Desobedecer las sugerencias de los directivos, docentes y patrulla escolar de acuerdo las normas del manual de convivencia. 3. No traer los materiales para el desarrollo de las actividades académicas o culturales. 4. La no presentación oportuna de las actividades académicas a los respectivos docentes. 5. Actitud de irrespeto a los símbolos patrios. 6. Comprar comestibles u otros elementos a través de los muros o puertas del colegio o la salida del mismo. 7. Comercializar ventas dentro de las instalaciones del colegio sin previa autorización de la rectoría 8. Ignorar el timbre para ingresar a los salones, salir a recreo o formar. 9. Observar mal comportamiento en las formaciones. 10. No respetar el turno en la fila para los diferentes eventos que sean necesarios. 11. Asistir al colegio o actividades académicas fuera del horario normal con blusas ombligueras o escotadas, minifaldas o short, pantaloneta o suéter esqueleto y chanclas. 12. Portar el uniforme con prendas diferentes, incompleto, desarreglado o rayado. 13. Portar el uniforme no correspondiente sin justificación válida. 14. Portar adornos, joyas, manillas y accesorios no contemplados como parte del uniforme. 15. La falta de cuidado en la higiene y presentación personal. 16. Utilizar colorantes o tintes, rasuras o exageraciones en el cabello. 17. No devolver los elementos facilitados por los docentes 18. Uso de maquillaje con uniforme del colegio.
  • 44. Página 44 de 81 19. No asistir al colegio sin justificación. 20. Ingerir bebidas o alimentos en el desarrollo de las actividades pedagógicas. 21. Las uñas pintadas o postizas. 22. Incrustaciones en la piel (diferentes a los aretes, los cuales deben ser un par) al igual que los tatuajes. 23. Tirar basura o envases fuera de las canastas indicadas para ello. 24. Usar vocabulario soez, vulgar o indecoroso incluso los dobles sentidos 25. No usar casco, chaleco reflexivo, pase de conducir cuando se transporta en moto. 26. Llegar tarde al colegio o a las actividades académicas. 27. No entregar a padres de familia o acudientes las informaciones, circulares y citaciones que envía el colegio por escrito. 28. Lanzar objetos contundentes de manera deliberada, papeles durante el desarrollo de la clase o en ausencia del docente. (agregado por los docentes) 29. Uso inapropiado de los enseres y elementos propios o del Colegio. 30. Ingresar a los salones durante el descanso (recreo) y actos culturales sin la autorización del docente o directivo. (agregado por la mesa de trabajo) 31. Promover el acometimiento de faltas tipo uno. PROCEDIMIENTO Y CORRECTIVOS PEDAGOGICOS PARA CONFLICTOS TIPO UNO El Docente o Directivo docente que conoce la situación presentada cometida por un estudiante deberá realizar el siguiente procedimiento: Amonestación verbal: El docente dialogará con el estudiante para establecer y/o aclarar lo sucedido. Hará un llamado de atención verbal al estudiante para que haga una reflexión sobre la falta cometida. Amonestación escrita: cuando el estudiante incurre por segunda vez en la comisión de una falta leve, el docente o directivo procederá a registrar en el observador del estudiante la falta cometida, e informará al respectivo director del curso. Pacto de aula: Se realizará cuando el estudiante incurre en falta leve por tercera vez, después de haber tenido llamado de atención verbal y amonestación escrita. El pacto de aula es un compromiso escrito en presencia del docente y de otro estudiante. De este pacto de aula quedara registro en observador y en la historia escolar del estudiante, por lo tanto debe ser entregado al Coordinador de Desarrollo Humano designado. Parágrafo: En caso de incumplimiento a lo pactado, se realizará procedimiento de este tipo de conflicto. CAPÍTULO III Tipo dos