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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

                                            CAPÍTULO1

  DERECHOS Y DEBERES, FUNCIONES Y CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS
    DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN TODOS LOS
             ASPECTOS RECOGIDOS EN EL PLAN DE CENTRO


                                                                                Página
       1.1. ALUMNADO                                                              1
       1.2 PROFESORADO                                                            3
       1.3. FAMILIAS                                                              6
       1.4 PERSONAL ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y OTROS                            9

       El profesorado, el alumnado y sus familias, así como el personal de administración y servicios
(PAS) y demás personal que desarrolla su actividad profesional en el Centro, bien dependiente del
Ayuntamiento o de alguna empresa de servicios, integran la comunidad educativa y formarán parte de los
órganos de gobierno y coordinación docente, según se contempla en la normativa vigente, y asumirán
todos los derechos y obligaciones que le son aplicables a dicha comunidad educativa.
       Para cada uno de estos sectores, se relacionan sus derechos y deberes, funciones y cauces de
participación en la vida del Centro.


1.1. ALUMNADO

Derechos y deberes

Deberes del alumnado.

Son deberes del alumnado:
      a. El estudio, que se concreta en:
              La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.
              Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del
              currículo, siguiendo las directrices del profesorado.
              El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.
              El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.
              La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje
              que le sean asignadas por el profesorado.
      b. Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
      c. Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad,
          integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la
          igualdad entre hombres y mujeres.
      a. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y
          contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.
      b. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un
          adecuado clima de estudio en el centro.
      c. Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que
          este determine.
      d. Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su
          conservación y mantenimiento.
      e. Participar en la vida del centro.
      f. Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el

                  Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                            1
                                   CEIP Gloria Fuertes
fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

    Derechos del alumnado.

El alumnado tiene derecho:
       a. A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su
          personalidad y de sus capacidades.
       b. Al estudio.
       c. A la orientación educativa y profesional.
       d. A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento
          escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación
          que serán aplicados.
       e. A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y
          que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad
          individual.
       f. Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica
          educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes.
       g. A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una
          sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la
          conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
       h. Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así
          como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.
       i. A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas
          de integración y compensación.
       j. A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en
          el artículo 7.2 i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
       k. A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos
          establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del
          Derecho a la Educación.
       l. A la protección contra toda agresión física o moral.
       m. A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que
          correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo.
       n. A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
       o. A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia
          establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

Cauces de Participación

      Constituye un deber y un derecho del alumnado la participación en el funcionamiento y en la vida del
centro a través de los delegados/as de clase.

1.1.1. Elección del delegado/a de clase

•   El alumnado de cada clase de Educación Primaria elegirá por sufragio directo y secreto, por mayoría
    simple, durante el mes de septiembre, un delegado/a de clase, así como un subdelegado/a, que
    sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
•   Podrá presentarse a la candidatura todo el alumnado perteneciente al grupo.
•   El alumnado candidato a la delegación podrá llevar a cabo una campaña donde dé a conocer sus
    cualidades y los motivos por los cuales se presenta a dicha candidatura. Se procurará mantener una
    paridad entre los miembros candidatos.
•   En caso de que no surgiesen candidatos/as, todos/as serán considerados elegibles, salvo aquellos/as
    que, expresamente y por motivos justificados, manifiesten su deseo contrario a desempeñar tal
    función.


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                                    CEIP Gloria Fuertes
•   El acto de la elección será presidido por el tutor/a del grupo
•   En caso de darse un empate de votos entre los candidatos/as se pasará a una segunda votación para
    dirimir el empate.
•   El resultado de dicha votación se recogerá en acta, que será firmada por el tutor/a del grupo y por un
    secretario/a, que será un alumno/a del propio grupo y que habrá sido elegido por el tutor/a con
    anterioridad a la votación.
1.1.2. Funciones del delegado/a de clase

•   Los delegados/as colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la
    clase y, en su caso, trasladarán al tutor/a las sugerencias y reclamaciones del grupo al que
    representan.
•   Actuará de representante del grupo ante el resto de la comunidad educativa.
•   Velar para que sean atendidas las necesidades materiales que puedan surgir en la clase.
•   Velar por el mantenimiento del orden, disciplina y silencio en el grupo durante los cambios de clase y
    en ausencia del maestro/a hasta que comparezca un profesor/a que se haga cargo del grupo
•   Si a la hora de comenzar una clase, el profesorado correspondiente se demorase más de lo normal, el
    delegado/a de clase enviará al subdelegado/a a comunicar la situación a cualquier miembro del
    Equipo Directivo, para que éstos normalicen la situación a la mayor brevedad posible.
•   Informar al alumnado de cuantas notificaciones o normas le sean comunicadas por los órganos de
    gobierno del centro.
•   Asistir a cuantas reuniones sean convocados por los órganos competentes..
•   Aquellas otras funciones que le sean asignadas por el tutor/a del curso.
•   El subdelegado/a de cada grupo colaborará con el delegado/a en el cumplimiento de sus
    competencias.


1.2. PROFESORADO
Derechos y deberes

Funciones y deberes del profesorado.

Las funciones y deberes de los maestros y maestras son, entre otros, las siguientes:
       a. La programación y la enseñanza de las áreas que tengan encomendadas.
       b. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los
          procesos de enseñanza.
       c. La tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su
          proceso educativo, en colaboración con las familias.
       d. La orientación educativa en colaboración con los equipos de orientación educativa.
       e. La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
          alumnado.
       f. La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro
          o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
       g. La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto,
          de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en el alumnado los valores de
          la ciudadanía democrática.
       h. La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e
          hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
       i. La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean
          encomendadas.
       j. La participación en la actividad general del centro.
       k. La participación en las actividades formativas programadas por los centros como
          consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o
          externas que se realicen.

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                                    CEIP Gloria Fuertes
l. La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería competente en
           materia de educación o los propios centros.
       m. La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza
           correspondiente.
       n. El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación
           como herramienta habitual de trabajo en el aula.
       o. Es obligación del profesorado utilizar el sistema informático SENECA y PASEN para
           el reflejo de la información relativa al alumnado que tenga a su cargo (faltas de
           asistencia, calificaciones, convivencia…) y la comunicación a las familias vía
           telemática.
El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración, de trabajo en
equipo y de coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria.

Derechos del profesorado.

El profesorado de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria,
de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación
especial, en su condición de funcionario, tiene los derechos individuales y colectivos previstos en
la legislación básica de la función pública.
        Asimismo, y en el desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes
derechos individuales:
        a. Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica.
        b. A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al
            nivel de desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con lo
            establecido en el proyecto educativo del centro.
        c. A intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a
            través de los cauces establecidos para ello.
        d. A recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus
            responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas y a que
            apoyen su autoridad.
        e. A recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su
            motivación de la Administración educativa.
        f. A recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la comunidad
            educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad en el proceso
            educativo del alumnado.
        g. Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con su
            edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la vida escolar
            y en la vida en sociedad.
        h. A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como representante.
        i. A participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado de
            acuerdo con las disposiciones vigentes.
        j. A la formación permanente para el ejercicio profesional.
        k. A la movilidad interterritorial en las condiciones que se establezcan.
        l. A ejercer los cargos y las funciones directivas y de coordinación docente en los centros
            para los que fuesen designados en los términos establecidos legalmente.
        m. A la acreditación de los méritos que se determinen a efectos de su promoción
            profesional, entre los que se considerarán, al menos, los siguientes: la participación en
            proyectos de experimentación, investigación e innovación educativa, sometidas a su
            correspondiente evaluación; la impartición de la docencia de su materia en una lengua
            extranjera; el ejercicio de la función directiva; la acción tutorial; la implicación en la
            mejora de la enseñanza y del rendimiento del alumnado, y la dirección de la fase de
            prácticas del profesorado de nuevo ingreso.

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                                   CEIP Gloria Fuertes
Cauces de Participación

•   La participación del profesorado se llevará a cabo a través de las propias funciones establecidas en el
    Decreto 328, a través de los órganos colegiados, el Consejo Escolar (CEC) y el Claustro y a través de
    los órganos de coordinación docente: Equipo Docente, Equipo de Ciclo, Equipo Técnico de
    Coordinación Pedagógica (ETCP), Equipo de Orientación y Tutoría.
•   El Claustro es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro, que tiene la
    responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos
    educativos del mismo.
•   En cuanto al CEC, todo el profesorado tiene el derecho a elegir a sus representantes y a postularse, él
    mismo como tal.
1.2.1. Funciones y horario general del profesorado
     La jornada semanal del profesorado será de 35 horas. La distribución del horario individual de cada
maestro/a se realizará de lunes a viernes.
     De las 35 horas de la jornada semanal, 30 son de obligada permanencia en el centro. De éstas
últimas, 25 se computarán como horario lectivo, de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y se dedicarán a las
siguientes actividades:
     a) Docencia directa de un grupo de alumnos/as para el desarrollo del currículo.
     b) Actividades de refuerzo y recuperación con el alumnado.
     c) Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado.
     d) Cuidado y vigilancia de los recreos
     e) Asistencia a las actividades complementarias programadas
     f) Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente.
     g) Desempeño de las funciones de coordinación de los planes estratégicos a los que se refiere el art
         69.3 del ROC.
     h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.
     La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro se estructurará de forma flexibe
siempre que coincida con el horario de algún miembro del equipo directivo y respetando, en todo caso, el
siguiente período común a todos los miembros del Claustro:
            Lunes de 4-5: atención a padres/madres
            Lunes de 5-7: reuniones y resto de actividades que se relacionan seguidamente:

    a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y equipos
       docentes.
    b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica,
    c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
    d) Programación de actividades educativas.
    e) Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro.
    f) Asistencia a las actividades complementarias programadas.
    g) Asistencia a las sesiones de evaluación.
    h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.
    i) Organización y mantenimiento del material educativo.
    j) Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento.
    k) Tareas de coordinación y desarrollo de planes y proyectos educativos (Igualdad, Comenius, Salud
       Laboral, biblioteca,…)




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1.3. LAS FAMILIAS.

Derechos y deberes

Derechos de las familias

Las familias tienen derecho a:
       a. Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro.
       b. Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de
           enseñanza y aprendizaje de éstos.
       c. Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.
       d. Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas.
       e. Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas.
       f. Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro.
       g. Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado
           seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
       h. Conocer el Plan de Centro.
       i. Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.
       j. Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para
           la convivencia realizadas por sus hijos e hijas.
       k. Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de
           establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales
       l. que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación
           de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se
           propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.
       m. Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así
           como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.
       n. Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el
           centro.
       o. Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.
       p. ñ) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo
           Escolar.

Deberes y Colaboración de las familias.

a) Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la
   educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros
   docentes y con los maestros y maestras.
b) Esta colaboración de las familias se concreta en:
      a. Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la
          consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.
      b. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
      c. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.
      d. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto
          y el material didáctico cedido por los centros.
      e. Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de
          convivencia que hubieran suscrito con el centro.
      f. Deberán abstenerse de visitar a sus hijos/as durante los recreos sin causa justificada.
      g. Deberán evitar la asistencia a clase de sus hijos/as cuando éstos se encuentre afectados
          por alguna enfermedad de carácter contagioso.
      h. Los padres y madres recogerán personalmente o mediante persona autorizada a los/as

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                                  CEIP Gloria Fuertes
alumnos/as que tengan que ausentarse del Centro durante el horario escolar por causa
          justificada. La persona autorizada no será nunca un menor de edad.
       i. Las familias del alumnado deberán ser puntuales a la hora de recoger a sus hijos/as, el
          profesorado así como algún miembro del Equipo Directivo esperará un tiempo
          prudencial. El protocolo a seguir será el siguiente:
               i. DE 14:00 a 14:10 el tutor/a custodiará al alumno/a y se pondrá en contacto con
                  los familiares mediante vía telefónica.
              ii. De 14:10 en adelante el equipo directivo se hará cargo del alumno. Tomando las
                  medidas oportunas (llamada de autoridades) para que se encargue de su
                  custodia.
       j. La reiteración frecuente de estos hechos con una misma familia, en la medida que
          comportan una falta de asunción de las responsabilidades de custodia de los menores
          que le corresponde, será tratada de forma similar al absentismo. En último término, la
          dirección del Centro comunicará por escrito la situación a los servicios sociales.
       k. Las familias del alumnado de Infantil cuyos hijos/as entren al colegio sin el control de
          los esfínteres tendrán la obligación de acudir al Centro cada vez que el tutor/a les llame,
          para cambiar a ese alumnado.


Cauces de Participación

       Las familias tienen también el derecho y el deber de participar en el proceso educativo de sus
hijos/as. Esta participación se concreta en los siguientes puntos:
    • Colaborar con el profesorado según establece el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT).
    • Participar en la vida del centro a través del delegada/o de clase del grupo al que pertenezca su
         hijo/a.
    • Representantes del sector padres/madres en el Consejo Escolar.
    • Podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente.
1.3.1. Delegadas/os de clase.
    El Decreto 328/2010, de 13 de julio, recoge en su art 22, la elección de delegada/o de padres y
madres.
   • Las familias del alumnado del centro, elegirán a un delegada/o de clase del grupo de padres y
       madres del grupo de su hijo/a.
   • Todos los padres y madres de dicho grupos pueden ser candidatos/as al puesto.
   • Aquellos padres y madres que deseen presentar su candidatura, la realizarán por escrito y se la
       entregará al Tutor/a del grupo con anterioridad al día de la elección.
   • La elección del delegada/o de clase se llevará a cabo mediante sufragio directo y secreto, por
       mayoría simple, en la primera Asamblea General de Padres y Madres que tendrá lugar en el mes
       de octubre.
   • En la convocatoria de la Asamblea se anunciará la celebración de la votación y se abrirá el plazo
       de candidaturas.
   • Los resultados de dicha votación serán recogidos en el acta de dicha Asamblea General.

1.3.2. Funciones de los delegados/as de clase

   •   Ser el/la portavoz del resto de madres y padres de la clase.

   •   Actuar de intermediario en el comunicado de información entre el/la tutor/a y los padres y madres.

   •   Animar a colaborar al resto de madres y padres en las actividades complementarias y
       extraescolares que se lleven a cabo en el centro.




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                                   CEIP Gloria Fuertes
•   Gestionar los fondos aportados por las familias para la realización de actividades complementarias,
        pagos de autobuses, cooperativa de material, etc.

    •   Facilitar la implicación de las familias en la mejora de la convivencia escolar y mediar en la
        resolución pacífica de conflictos:



1.3.3. Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as (AMPAs)
      En los colegios de Infantil y Primaria podrán existir AMPAs, reguladas en el Real Decreto 1533/1986, de
11 de julio, en el Título VII del Decreto 200/97 y Título VI del Decreto 201/97

     Estas asociaciones podrán:
    • Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren
       oportuno.
    • Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad
    • Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
    • Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.
    • Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa.
    • Podrán utilizar las instalaciones del Centro en los siguientes términos:
          Informar a la Dirección, mediante un escrito, del tipo de actividad que se va a llevar a cabo, así
          como las dependencias que se utilizarían y el horario y los días que se llevaría a cabo.
          Informar así mismo de la persona o personas responsables de la actividad.
          Asumir el compromiso de hacer un buen uso de las instalaciones del centro, así como de la
          responsabilidad sobre el grupo de personas con quien se está llevando a cabo dicha actividad.
          Dar por escrito su compromiso de reparar cualquier daño ocasionado en las dependencias del
          centro o sobre el mobiliario y los materiales pertenecientes a cualquier miembro de la
          comunidad escolar.
      Las AMPAs tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se
considerarán, al menos, las siguientes:
    • Asistir a las familias del alumnado en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos/as o
        menores bajo su guarda o tutela.
    • Colaborar en las actividades educativas del centro.
    • Promover la participación de las familias del alumnado en la gestión del centro.
    • Colaborar en las actividades culturales complementarias y extraescolares.
    • Organizar actividades culturales y deportivas.
    • Promover el desarrollo de programas de educación familiar.
    • Representar a las familias asociadas ante las instancias educativas y otros organismos.
       Las AMPAs tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento del
centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por
el mismo.
        Las AMPAs se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, según el
Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la
Enseñanza
      Se facilitará la colaboración de las AMPAs con el Equipo Directivo, y la realización de acciones
formativas en las que participen las familias y el profesorado.


1.3.5. Dinamización
         Dada la importancia que la AMPA tiene en la marcha del centro, procuraremos fomentar una
participación masiva de las familias del alumnado del centro.
         Para fomentar esta participación, el Equipo Directivo del centro colaborará en todas aquellas
iniciativas, actividades, asesoramiento, etc. que le sean requeridas por parte de la AMPA.


                   Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                                8
                                    CEIP Gloria Fuertes
1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y PERSONAL DE
PORTERÍA Y LIMPIEZA DE AYUNTAMIENTO, Y DE OTRAS EMPRESAS



1.4.1. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

        Nuestro Centro cuenta con una Monitora Escolar y un Monitor de Educación Especial. Sus
derechos y deberes están relacionados en el Decreto 328, en el Título IV, art. 13 y 14 y en el convenio
colectivo de aplicación de cada uno.
        Ambos podrán formar parte del Consejo Escolar como representantes del PAS y del PAEC
respectivamente.
1.4.1.1. Funciones de la Monitora Escolar


           •   Atención al público, en general.
           •   Trabajo administrativo, registros de entrada y salida, correspondencia,...
           •   Mantenimiento de la base de datos biblioteca.
           •   Recepción y control de las entradas y salidas del alumnado fuera de horario habitual.
           •   Asistencia al alumnado de transporte antes y después del horario escolar.
           •   Tareas administrativas relacionadas con la admisión, matriculación y traslado de
               alumnos/as
           •   Mantenimiento del inventario del Centro y del material fungible.
           •   Tareas administrativas del Plan de Apertura de Centros, Programa de Gratuidad de Libros,
               Escuela Tic 2.0 y cualquier otro que desarrolle el Centro.
           •   Control del correcto funcionamiento de los sistemas de reprografía.
           •   Trabajo específico mensual: recibos, partes de ausencias…
           •   Actualización y mantenimiento de los Archivos.
           •   Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo.
1.4.1.2 Funciones del Monitor de Educación Especial

       Es el trabajador/a que atiende a los discapacitados psíquicos, sensoriales, físicos o con otras
       necesidades educativas especiales, bajo la dependencia de la dirección del centro y del
       profesorado especialista, ejerciendo alguna de las siguientes funciones:
       a. Atender, bajo la supervisión del profesorado especialista o equipo técnico, la
           realización de actividades de ocio y tiempo libre realizados por los disminuidos en los
           centros donde tales puestos estén ubicados.
       b. Colaborar, si son requeridos, en la programación que elaboran los órganos colegiados o
           equipos correspondientes, sobre las actividades de ocio y tiempo libre.
       c. Instruir y atender a los disminuidos en conductas sociales, comportamientos de
           autoalimentación, hábitos de higiene y aseo personal, dentro del recinto del centro,
           comedor escolar o en otros entornos fuera del mismo donde la población atendida
           participe en actividades programadas.
       d. Colaborar en los cambios de servicios, en la vigilancia de recreos y clases.
       e. Colaborar, bajo la supervisión del profesorado especialista o del equipo técnico, en las
           relaciones Centro-Familia.
       f. Integrarse en los equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor
           tutor y/o con el resto del equipo de especialistas en actividades formativas no docentes.
                  Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                            9
                                   CEIP Gloria Fuertes
g. Desarrollar en general todas aquellas funciones no especificadas anteriormente y que
            estén incluidas o relacionadas con la misión básica del puesto.

1.4.2. Funciones del Orientador/a del EOE



a.       Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la
        normativa vigente.
b.       Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado.
c.       Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de
        enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado.
d.       Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la
        mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.
e.       Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones
        y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que
        presente necesidades específicas de apoyo educativo.
f.       Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus
        funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos
        didácticos o educativos necesarios y, excepcionalmente, interviniendo directamente con el
        alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja
        en dicho plan.
g.       Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que
        afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.
h.       Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la
        persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

         Participación
         Se integrará en nuestro Claustro puesto que actualmente es éste el Centro que más horas de
         atención educativa.
         Igualmente formará parte del ETCP y del Equipo de Orientación y Apoyo

1. 4. 3. Personal del Ayuntamiento

       El servicio de limpieza y portería lo presta el Ayuntamiento de Dos Hermanas. Una persona acude al
Centro por la mañana como Portera-Limpiadora. Por las tardes, un equipo compuesto de varias personas
realiza las tareas de limpieza general del Centro. Las personas que forman este equipo tienen un contrato
temporal y van cambiando cada cierto tiempo. Únicamente, una de ellas, permanece fija en el puesto
coordinando la tarea y las personas que van formando el equipo.
El Servicio Municipal de Limpieza es el encargado de asignar los distintos espacios del Colegio a la
limpiadora de mañana y al equipo de tardes.


    Funciones de la Portera-Limpiadora

•     Apertura y cierre de las puertas de acceso al Centro.
•     Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.
•     Informar al personal de limpieza de las deficiencias que, puntualmente, se puedan detectar.
•     Controlar la entrada de personas ajenas al Centro, recibir sus peticiones relacionadas con el mismo e
      indicarles la persona u oficina a que deben dirigirse.
•     Custodiar las llaves de las dependencias del Centro.
•     Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean
      encomendados.
•     Recogida y entrega de la correspondencia en la oficina de correos.



                     Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                            10
                                      CEIP Gloria Fuertes
•   Realizar, o en su caso organizar, dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y
    enseres que fueren necesarios.
•   Manejar máquinas reproductoras multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras y otras análogas.
•   Informar al equipo directivo de las deficiencias, reparaciones y mantenimiento necesario en el
    mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.
•   Mantenimiento y limpieza del Centro, según lo que establezca el Servicio de Limpieza Municipal.
•   Acompañar al alumnado enfermo cuando tengan por necesidad que abandonar el centro.
•   Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo.


Funciones del personal de Limpieza de tarde
• Mantenimiento diario de la limpieza de mobiliario, instalaciones y locales, según las indicaciones del
   Servicio de Limpieza Municipal.
• Informar al Conserje o Equipo Directivo de las anomalías que, en su labor diaria, puedan detectar en
   aulas, zonas de uso común,...
• Control de luces y aparatos eléctricos, cierre de ventanas, puertas, conexión de la alarma del Centro.
• Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo.


1.4.4. Personal contratado por otras empresas

1.4.4.1 Funciones de la vigilante de seguridad del Plan de Apertura
       a. Control de apertura y cierre de las puertas de acceso en su horario laboral.
       b. Vigilancia y control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al centro.
       c. Vigilancia del edificio, pistas y patios de recreo.
       d. Control y atención a personas que acuden al centro fuera de los horarios oficiales
          establecidos. Se prestará especial importancia en los horarios de las actividades
          extraescolares.
       e. Comunicación de las averías de importancia al Director.
       f. Comunicar a la dirección del centro cualquier anomalía que se produzca. .
       g. Revisar las instalaciones una vez acabadas las actividades realizadas en el Centro fuera
          de las horas lectivas.


1.4.4.2 Funciones del personal del Aula Matinal.
       a. Recepción del alumnado a través del padre/madre o tutor/a. La incorporación de los
          niños/as se realiza a partir de las 7:30 h.,
       b. Cuidado y atención del alumnado durante todo el servicio.
       c. Dar el desayuno en los casos que lo demanden.
       d. Entrega de los/as niños/as a los/as maestros/as correspondientes. Se acompañará a
          los/as niños/as a las filas correspondientes.
       e. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio.
       f. Proporcionar al alumnado la adquisición de hábitos sociales de correcta utilización y
          conservación del mobiliario y enseres del aula matinal.
       g. Organizar las actividades del aula.
       h. Fomentar la educación en el tiempo libre bajo los principios de actividad, juego y
          creatividad.
       i. Procurar el descanso y la relajación del alumnado participante.
       j. Crear y mantener un ambiente agradable velando por la ambientación cuidada y
          esmerada del aula (decoración, disposición del mobiliario, música, etc.)
       k. Establecer un clima agradable y de confianza ante las diferentes necesidades del
          alumnado.
       l. Inculcar al alumnado que asiste al aula la necesidad de respetar el horario y las normas

                  Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                            11
                                   CEIP Gloria Fuertes
de convivencia establecidas.
      m. Velar por el cumplimiento de las normas de salud e higiene.

1.4.4.3 Funciones del personal del Servicio de Comedor

      a. Atender y custodiar al alumnado durante las comidas y en el tiempo anterior y posterior
         a las mismas, así como, en su caso, durante el traslado del alumnado al centro con
         comedor.
      b. Resolver las incidencias que pudieran presentarse durante ese periodo.
      c. Prestar especial atención a la labor educativa del comedor: adquisición de hábitos
         sociales e higiénico-sanitarios y correcta utilización del menaje del comedor.
      d. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio,
         así como un fichero de impresos de matrícula en el que se recojan datos personales,
         familiares y sobre enfermedades.
      e. Control diario de la temperatura de los alimentos así como de las condiciones
         higiénicas y saludables de los mismos.
      f. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona que ejerce la
         dirección del centro, para el adecuado funcionamiento del comedor escolar.
      g. En caso de que las familias no recojan a sus hijos/as en la hora estipulada, intentará
         ponerse en contacto con éstas. Si no lograse hacerlo, pasados 15 minutos se pondría en
         contacto con la dirección del Centro y se procedería a avisar a la Policía Local para que
         se hiciesen cargo de la custodia de dicho alumnado.


1.4.4.4 Funciones del personal de Actividades                   Extraescolares      del   Plan    de
Apertura, AMPA o Patronato de Deportes

      a. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio,
         así como un fichero que recoja los datos personales y familiares.
      b. Cuidado y atención del alumnado durante todo el servicio.
      c. Entrega de los/as niños/as a los tutores o representantes legales al finalizar el horario de
         los talleres impartidos.
      d. Organizar las actividades del aula.
      e. Fomentar la educación en el tiempo libre bajo los principios de actividad, juego y
         creatividad.
      f. Crear y mantener un ambiente agradable velando por la ambientación cuidada y
         esmerada del aula (decoración, disposición del mobiliario, música, etc.).
      g. Establecer un clima agradable y de confianza ante las diferentes necesidades del
         alumnado.
      h. Inculcar al alumnado que asiste al aula la necesidad de respetar el horario y las normas
         de convivencia establecidas.
      i. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona que ejerce la
         dirección del centro, para el adecuado funcionamiento.
      j. En caso de que las familias no recojan a sus hijos/as en la hora estipulada, intentará
         ponerse en contacto con éstas. Si no lograse hacerlo, pasados 15 minutos se pondría en
         contacto con la persona responsable de la actividad y se procedería a avisar a la Policía
         Local para que se hiciesen cargo de la custodia de dicho alumnado.




                Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1                           12
                                 CEIP Gloria Fuertes

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  • 1. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO1 DERECHOS Y DEBERES, FUNCIONES Y CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN TODOS LOS ASPECTOS RECOGIDOS EN EL PLAN DE CENTRO Página 1.1. ALUMNADO 1 1.2 PROFESORADO 3 1.3. FAMILIAS 6 1.4 PERSONAL ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y OTROS 9 El profesorado, el alumnado y sus familias, así como el personal de administración y servicios (PAS) y demás personal que desarrolla su actividad profesional en el Centro, bien dependiente del Ayuntamiento o de alguna empresa de servicios, integran la comunidad educativa y formarán parte de los órganos de gobierno y coordinación docente, según se contempla en la normativa vigente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que le son aplicables a dicha comunidad educativa. Para cada uno de estos sectores, se relacionan sus derechos y deberes, funciones y cauces de participación en la vida del Centro. 1.1. ALUMNADO Derechos y deberes Deberes del alumnado. Son deberes del alumnado: a. El estudio, que se concreta en: La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad. Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado. El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro. El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras. La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado. b. Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado. c. Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres. a. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades. b. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro. c. Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine. d. Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento. e. Participar en la vida del centro. f. Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 1 CEIP Gloria Fuertes
  • 2. fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos. Derechos del alumnado. El alumnado tiene derecho: a. A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades. b. Al estudio. c. A la orientación educativa y profesional. d. A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados. e. A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual. f. Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes. g. A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad. h. Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales. i. A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación. j. A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en el artículo 7.2 i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. k. A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. l. A la protección contra toda agresión física o moral. m. A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo. n. A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía. o. A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad. Cauces de Participación Constituye un deber y un derecho del alumnado la participación en el funcionamiento y en la vida del centro a través de los delegados/as de clase. 1.1.1. Elección del delegado/a de clase • El alumnado de cada clase de Educación Primaria elegirá por sufragio directo y secreto, por mayoría simple, durante el mes de septiembre, un delegado/a de clase, así como un subdelegado/a, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad. • Podrá presentarse a la candidatura todo el alumnado perteneciente al grupo. • El alumnado candidato a la delegación podrá llevar a cabo una campaña donde dé a conocer sus cualidades y los motivos por los cuales se presenta a dicha candidatura. Se procurará mantener una paridad entre los miembros candidatos. • En caso de que no surgiesen candidatos/as, todos/as serán considerados elegibles, salvo aquellos/as que, expresamente y por motivos justificados, manifiesten su deseo contrario a desempeñar tal función. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 2 CEIP Gloria Fuertes
  • 3. El acto de la elección será presidido por el tutor/a del grupo • En caso de darse un empate de votos entre los candidatos/as se pasará a una segunda votación para dirimir el empate. • El resultado de dicha votación se recogerá en acta, que será firmada por el tutor/a del grupo y por un secretario/a, que será un alumno/a del propio grupo y que habrá sido elegido por el tutor/a con anterioridad a la votación. 1.1.2. Funciones del delegado/a de clase • Los delegados/as colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor/a las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan. • Actuará de representante del grupo ante el resto de la comunidad educativa. • Velar para que sean atendidas las necesidades materiales que puedan surgir en la clase. • Velar por el mantenimiento del orden, disciplina y silencio en el grupo durante los cambios de clase y en ausencia del maestro/a hasta que comparezca un profesor/a que se haga cargo del grupo • Si a la hora de comenzar una clase, el profesorado correspondiente se demorase más de lo normal, el delegado/a de clase enviará al subdelegado/a a comunicar la situación a cualquier miembro del Equipo Directivo, para que éstos normalicen la situación a la mayor brevedad posible. • Informar al alumnado de cuantas notificaciones o normas le sean comunicadas por los órganos de gobierno del centro. • Asistir a cuantas reuniones sean convocados por los órganos competentes.. • Aquellas otras funciones que le sean asignadas por el tutor/a del curso. • El subdelegado/a de cada grupo colaborará con el delegado/a en el cumplimiento de sus competencias. 1.2. PROFESORADO Derechos y deberes Funciones y deberes del profesorado. Las funciones y deberes de los maestros y maestras son, entre otros, las siguientes: a. La programación y la enseñanza de las áreas que tengan encomendadas. b. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza. c. La tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. d. La orientación educativa en colaboración con los equipos de orientación educativa. e. La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f. La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros. g. La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en el alumnado los valores de la ciudadanía democrática. h. La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo. i. La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas. j. La participación en la actividad general del centro. k. La participación en las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 3 CEIP Gloria Fuertes
  • 4. l. La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería competente en materia de educación o los propios centros. m. La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. n. El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de trabajo en el aula. o. Es obligación del profesorado utilizar el sistema informático SENECA y PASEN para el reflejo de la información relativa al alumnado que tenga a su cargo (faltas de asistencia, calificaciones, convivencia…) y la comunicación a las familias vía telemática. El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración, de trabajo en equipo y de coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria. Derechos del profesorado. El profesorado de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, en su condición de funcionario, tiene los derechos individuales y colectivos previstos en la legislación básica de la función pública. Asimismo, y en el desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes derechos individuales: a. Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica. b. A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con lo establecido en el proyecto educativo del centro. c. A intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a través de los cauces establecidos para ello. d. A recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas y a que apoyen su autoridad. e. A recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su motivación de la Administración educativa. f. A recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la comunidad educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad en el proceso educativo del alumnado. g. Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la vida escolar y en la vida en sociedad. h. A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como representante. i. A participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado de acuerdo con las disposiciones vigentes. j. A la formación permanente para el ejercicio profesional. k. A la movilidad interterritorial en las condiciones que se establezcan. l. A ejercer los cargos y las funciones directivas y de coordinación docente en los centros para los que fuesen designados en los términos establecidos legalmente. m. A la acreditación de los méritos que se determinen a efectos de su promoción profesional, entre los que se considerarán, al menos, los siguientes: la participación en proyectos de experimentación, investigación e innovación educativa, sometidas a su correspondiente evaluación; la impartición de la docencia de su materia en una lengua extranjera; el ejercicio de la función directiva; la acción tutorial; la implicación en la mejora de la enseñanza y del rendimiento del alumnado, y la dirección de la fase de prácticas del profesorado de nuevo ingreso. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 4 CEIP Gloria Fuertes
  • 5. Cauces de Participación • La participación del profesorado se llevará a cabo a través de las propias funciones establecidas en el Decreto 328, a través de los órganos colegiados, el Consejo Escolar (CEC) y el Claustro y a través de los órganos de coordinación docente: Equipo Docente, Equipo de Ciclo, Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP), Equipo de Orientación y Tutoría. • El Claustro es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro, que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos del mismo. • En cuanto al CEC, todo el profesorado tiene el derecho a elegir a sus representantes y a postularse, él mismo como tal. 1.2.1. Funciones y horario general del profesorado La jornada semanal del profesorado será de 35 horas. La distribución del horario individual de cada maestro/a se realizará de lunes a viernes. De las 35 horas de la jornada semanal, 30 son de obligada permanencia en el centro. De éstas últimas, 25 se computarán como horario lectivo, de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y se dedicarán a las siguientes actividades: a) Docencia directa de un grupo de alumnos/as para el desarrollo del currículo. b) Actividades de refuerzo y recuperación con el alumnado. c) Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado. d) Cuidado y vigilancia de los recreos e) Asistencia a las actividades complementarias programadas f) Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente. g) Desempeño de las funciones de coordinación de los planes estratégicos a los que se refiere el art 69.3 del ROC. h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro se estructurará de forma flexibe siempre que coincida con el horario de algún miembro del equipo directivo y respetando, en todo caso, el siguiente período común a todos los miembros del Claustro: Lunes de 4-5: atención a padres/madres Lunes de 5-7: reuniones y resto de actividades que se relacionan seguidamente: a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y equipos docentes. b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica, c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado. d) Programación de actividades educativas. e) Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro. f) Asistencia a las actividades complementarias programadas. g) Asistencia a las sesiones de evaluación. h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. i) Organización y mantenimiento del material educativo. j) Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento. k) Tareas de coordinación y desarrollo de planes y proyectos educativos (Igualdad, Comenius, Salud Laboral, biblioteca,…) Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 5 CEIP Gloria Fuertes
  • 6. 1.3. LAS FAMILIAS. Derechos y deberes Derechos de las familias Las familias tienen derecho a: a. Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro. b. Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de éstos. c. Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. d. Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas. e. Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas. f. Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro. g. Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. h. Conocer el Plan de Centro. i. Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro. j. Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas. k. Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales l. que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación. m. Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto. n. Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro. o. Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar. p. ñ) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar. Deberes y Colaboración de las familias. a) Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras. b) Esta colaboración de las familias se concreta en: a. Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado. b. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado. c. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro. d. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por los centros. e. Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el centro. f. Deberán abstenerse de visitar a sus hijos/as durante los recreos sin causa justificada. g. Deberán evitar la asistencia a clase de sus hijos/as cuando éstos se encuentre afectados por alguna enfermedad de carácter contagioso. h. Los padres y madres recogerán personalmente o mediante persona autorizada a los/as Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 6 CEIP Gloria Fuertes
  • 7. alumnos/as que tengan que ausentarse del Centro durante el horario escolar por causa justificada. La persona autorizada no será nunca un menor de edad. i. Las familias del alumnado deberán ser puntuales a la hora de recoger a sus hijos/as, el profesorado así como algún miembro del Equipo Directivo esperará un tiempo prudencial. El protocolo a seguir será el siguiente: i. DE 14:00 a 14:10 el tutor/a custodiará al alumno/a y se pondrá en contacto con los familiares mediante vía telefónica. ii. De 14:10 en adelante el equipo directivo se hará cargo del alumno. Tomando las medidas oportunas (llamada de autoridades) para que se encargue de su custodia. j. La reiteración frecuente de estos hechos con una misma familia, en la medida que comportan una falta de asunción de las responsabilidades de custodia de los menores que le corresponde, será tratada de forma similar al absentismo. En último término, la dirección del Centro comunicará por escrito la situación a los servicios sociales. k. Las familias del alumnado de Infantil cuyos hijos/as entren al colegio sin el control de los esfínteres tendrán la obligación de acudir al Centro cada vez que el tutor/a les llame, para cambiar a ese alumnado. Cauces de Participación Las familias tienen también el derecho y el deber de participar en el proceso educativo de sus hijos/as. Esta participación se concreta en los siguientes puntos: • Colaborar con el profesorado según establece el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT). • Participar en la vida del centro a través del delegada/o de clase del grupo al que pertenezca su hijo/a. • Representantes del sector padres/madres en el Consejo Escolar. • Podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente. 1.3.1. Delegadas/os de clase. El Decreto 328/2010, de 13 de julio, recoge en su art 22, la elección de delegada/o de padres y madres. • Las familias del alumnado del centro, elegirán a un delegada/o de clase del grupo de padres y madres del grupo de su hijo/a. • Todos los padres y madres de dicho grupos pueden ser candidatos/as al puesto. • Aquellos padres y madres que deseen presentar su candidatura, la realizarán por escrito y se la entregará al Tutor/a del grupo con anterioridad al día de la elección. • La elección del delegada/o de clase se llevará a cabo mediante sufragio directo y secreto, por mayoría simple, en la primera Asamblea General de Padres y Madres que tendrá lugar en el mes de octubre. • En la convocatoria de la Asamblea se anunciará la celebración de la votación y se abrirá el plazo de candidaturas. • Los resultados de dicha votación serán recogidos en el acta de dicha Asamblea General. 1.3.2. Funciones de los delegados/as de clase • Ser el/la portavoz del resto de madres y padres de la clase. • Actuar de intermediario en el comunicado de información entre el/la tutor/a y los padres y madres. • Animar a colaborar al resto de madres y padres en las actividades complementarias y extraescolares que se lleven a cabo en el centro. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 7 CEIP Gloria Fuertes
  • 8. Gestionar los fondos aportados por las familias para la realización de actividades complementarias, pagos de autobuses, cooperativa de material, etc. • Facilitar la implicación de las familias en la mejora de la convivencia escolar y mediar en la resolución pacífica de conflictos: 1.3.3. Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos/as (AMPAs) En los colegios de Infantil y Primaria podrán existir AMPAs, reguladas en el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, en el Título VII del Decreto 200/97 y Título VI del Decreto 201/97 Estas asociaciones podrán: • Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno. • Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad • Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. • Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro. • Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa. • Podrán utilizar las instalaciones del Centro en los siguientes términos: Informar a la Dirección, mediante un escrito, del tipo de actividad que se va a llevar a cabo, así como las dependencias que se utilizarían y el horario y los días que se llevaría a cabo. Informar así mismo de la persona o personas responsables de la actividad. Asumir el compromiso de hacer un buen uso de las instalaciones del centro, así como de la responsabilidad sobre el grupo de personas con quien se está llevando a cabo dicha actividad. Dar por escrito su compromiso de reparar cualquier daño ocasionado en las dependencias del centro o sobre el mobiliario y los materiales pertenecientes a cualquier miembro de la comunidad escolar. Las AMPAs tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las siguientes: • Asistir a las familias del alumnado en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos/as o menores bajo su guarda o tutela. • Colaborar en las actividades educativas del centro. • Promover la participación de las familias del alumnado en la gestión del centro. • Colaborar en las actividades culturales complementarias y extraescolares. • Organizar actividades culturales y deportivas. • Promover el desarrollo de programas de educación familiar. • Representar a las familias asociadas ante las instancias educativas y otros organismos. Las AMPAs tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por el mismo. Las AMPAs se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, según el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza Se facilitará la colaboración de las AMPAs con el Equipo Directivo, y la realización de acciones formativas en las que participen las familias y el profesorado. 1.3.5. Dinamización Dada la importancia que la AMPA tiene en la marcha del centro, procuraremos fomentar una participación masiva de las familias del alumnado del centro. Para fomentar esta participación, el Equipo Directivo del centro colaborará en todas aquellas iniciativas, actividades, asesoramiento, etc. que le sean requeridas por parte de la AMPA. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 8 CEIP Gloria Fuertes
  • 9. 1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y PERSONAL DE PORTERÍA Y LIMPIEZA DE AYUNTAMIENTO, Y DE OTRAS EMPRESAS 1.4.1. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Nuestro Centro cuenta con una Monitora Escolar y un Monitor de Educación Especial. Sus derechos y deberes están relacionados en el Decreto 328, en el Título IV, art. 13 y 14 y en el convenio colectivo de aplicación de cada uno. Ambos podrán formar parte del Consejo Escolar como representantes del PAS y del PAEC respectivamente. 1.4.1.1. Funciones de la Monitora Escolar • Atención al público, en general. • Trabajo administrativo, registros de entrada y salida, correspondencia,... • Mantenimiento de la base de datos biblioteca. • Recepción y control de las entradas y salidas del alumnado fuera de horario habitual. • Asistencia al alumnado de transporte antes y después del horario escolar. • Tareas administrativas relacionadas con la admisión, matriculación y traslado de alumnos/as • Mantenimiento del inventario del Centro y del material fungible. • Tareas administrativas del Plan de Apertura de Centros, Programa de Gratuidad de Libros, Escuela Tic 2.0 y cualquier otro que desarrolle el Centro. • Control del correcto funcionamiento de los sistemas de reprografía. • Trabajo específico mensual: recibos, partes de ausencias… • Actualización y mantenimiento de los Archivos. • Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo. 1.4.1.2 Funciones del Monitor de Educación Especial Es el trabajador/a que atiende a los discapacitados psíquicos, sensoriales, físicos o con otras necesidades educativas especiales, bajo la dependencia de la dirección del centro y del profesorado especialista, ejerciendo alguna de las siguientes funciones: a. Atender, bajo la supervisión del profesorado especialista o equipo técnico, la realización de actividades de ocio y tiempo libre realizados por los disminuidos en los centros donde tales puestos estén ubicados. b. Colaborar, si son requeridos, en la programación que elaboran los órganos colegiados o equipos correspondientes, sobre las actividades de ocio y tiempo libre. c. Instruir y atender a los disminuidos en conductas sociales, comportamientos de autoalimentación, hábitos de higiene y aseo personal, dentro del recinto del centro, comedor escolar o en otros entornos fuera del mismo donde la población atendida participe en actividades programadas. d. Colaborar en los cambios de servicios, en la vigilancia de recreos y clases. e. Colaborar, bajo la supervisión del profesorado especialista o del equipo técnico, en las relaciones Centro-Familia. f. Integrarse en los equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor tutor y/o con el resto del equipo de especialistas en actividades formativas no docentes. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 9 CEIP Gloria Fuertes
  • 10. g. Desarrollar en general todas aquellas funciones no especificadas anteriormente y que estén incluidas o relacionadas con la misión básica del puesto. 1.4.2. Funciones del Orientador/a del EOE a. Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente. b. Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado. c. Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado. d. Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar. e. Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo. f. Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios y, excepcionalmente, interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan. g. Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo. h. Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Participación Se integrará en nuestro Claustro puesto que actualmente es éste el Centro que más horas de atención educativa. Igualmente formará parte del ETCP y del Equipo de Orientación y Apoyo 1. 4. 3. Personal del Ayuntamiento El servicio de limpieza y portería lo presta el Ayuntamiento de Dos Hermanas. Una persona acude al Centro por la mañana como Portera-Limpiadora. Por las tardes, un equipo compuesto de varias personas realiza las tareas de limpieza general del Centro. Las personas que forman este equipo tienen un contrato temporal y van cambiando cada cierto tiempo. Únicamente, una de ellas, permanece fija en el puesto coordinando la tarea y las personas que van formando el equipo. El Servicio Municipal de Limpieza es el encargado de asignar los distintos espacios del Colegio a la limpiadora de mañana y al equipo de tardes. Funciones de la Portera-Limpiadora • Apertura y cierre de las puertas de acceso al Centro. • Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. • Informar al personal de limpieza de las deficiencias que, puntualmente, se puedan detectar. • Controlar la entrada de personas ajenas al Centro, recibir sus peticiones relacionadas con el mismo e indicarles la persona u oficina a que deben dirigirse. • Custodiar las llaves de las dependencias del Centro. • Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean encomendados. • Recogida y entrega de la correspondencia en la oficina de correos. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 10 CEIP Gloria Fuertes
  • 11. Realizar, o en su caso organizar, dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y enseres que fueren necesarios. • Manejar máquinas reproductoras multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras y otras análogas. • Informar al equipo directivo de las deficiencias, reparaciones y mantenimiento necesario en el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. • Mantenimiento y limpieza del Centro, según lo que establezca el Servicio de Limpieza Municipal. • Acompañar al alumnado enfermo cuando tengan por necesidad que abandonar el centro. • Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo. Funciones del personal de Limpieza de tarde • Mantenimiento diario de la limpieza de mobiliario, instalaciones y locales, según las indicaciones del Servicio de Limpieza Municipal. • Informar al Conserje o Equipo Directivo de las anomalías que, en su labor diaria, puedan detectar en aulas, zonas de uso común,... • Control de luces y aparatos eléctricos, cierre de ventanas, puertas, conexión de la alarma del Centro. • Cualquier otra tarea afín al puesto que le sea encomendada por el Equipo Directivo. 1.4.4. Personal contratado por otras empresas 1.4.4.1 Funciones de la vigilante de seguridad del Plan de Apertura a. Control de apertura y cierre de las puertas de acceso en su horario laboral. b. Vigilancia y control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al centro. c. Vigilancia del edificio, pistas y patios de recreo. d. Control y atención a personas que acuden al centro fuera de los horarios oficiales establecidos. Se prestará especial importancia en los horarios de las actividades extraescolares. e. Comunicación de las averías de importancia al Director. f. Comunicar a la dirección del centro cualquier anomalía que se produzca. . g. Revisar las instalaciones una vez acabadas las actividades realizadas en el Centro fuera de las horas lectivas. 1.4.4.2 Funciones del personal del Aula Matinal. a. Recepción del alumnado a través del padre/madre o tutor/a. La incorporación de los niños/as se realiza a partir de las 7:30 h., b. Cuidado y atención del alumnado durante todo el servicio. c. Dar el desayuno en los casos que lo demanden. d. Entrega de los/as niños/as a los/as maestros/as correspondientes. Se acompañará a los/as niños/as a las filas correspondientes. e. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio. f. Proporcionar al alumnado la adquisición de hábitos sociales de correcta utilización y conservación del mobiliario y enseres del aula matinal. g. Organizar las actividades del aula. h. Fomentar la educación en el tiempo libre bajo los principios de actividad, juego y creatividad. i. Procurar el descanso y la relajación del alumnado participante. j. Crear y mantener un ambiente agradable velando por la ambientación cuidada y esmerada del aula (decoración, disposición del mobiliario, música, etc.) k. Establecer un clima agradable y de confianza ante las diferentes necesidades del alumnado. l. Inculcar al alumnado que asiste al aula la necesidad de respetar el horario y las normas Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 11 CEIP Gloria Fuertes
  • 12. de convivencia establecidas. m. Velar por el cumplimiento de las normas de salud e higiene. 1.4.4.3 Funciones del personal del Servicio de Comedor a. Atender y custodiar al alumnado durante las comidas y en el tiempo anterior y posterior a las mismas, así como, en su caso, durante el traslado del alumnado al centro con comedor. b. Resolver las incidencias que pudieran presentarse durante ese periodo. c. Prestar especial atención a la labor educativa del comedor: adquisición de hábitos sociales e higiénico-sanitarios y correcta utilización del menaje del comedor. d. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio, así como un fichero de impresos de matrícula en el que se recojan datos personales, familiares y sobre enfermedades. e. Control diario de la temperatura de los alimentos así como de las condiciones higiénicas y saludables de los mismos. f. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona que ejerce la dirección del centro, para el adecuado funcionamiento del comedor escolar. g. En caso de que las familias no recojan a sus hijos/as en la hora estipulada, intentará ponerse en contacto con éstas. Si no lograse hacerlo, pasados 15 minutos se pondría en contacto con la dirección del Centro y se procedería a avisar a la Policía Local para que se hiciesen cargo de la custodia de dicho alumnado. 1.4.4.4 Funciones del personal de Actividades Extraescolares del Plan de Apertura, AMPA o Patronato de Deportes a. Control de asistencia: se mantendrá un control de los/as niños/as que acuden al servicio, así como un fichero que recoja los datos personales y familiares. b. Cuidado y atención del alumnado durante todo el servicio. c. Entrega de los/as niños/as a los tutores o representantes legales al finalizar el horario de los talleres impartidos. d. Organizar las actividades del aula. e. Fomentar la educación en el tiempo libre bajo los principios de actividad, juego y creatividad. f. Crear y mantener un ambiente agradable velando por la ambientación cuidada y esmerada del aula (decoración, disposición del mobiliario, música, etc.). g. Establecer un clima agradable y de confianza ante las diferentes necesidades del alumnado. h. Inculcar al alumnado que asiste al aula la necesidad de respetar el horario y las normas de convivencia establecidas. i. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona que ejerce la dirección del centro, para el adecuado funcionamiento. j. En caso de que las familias no recojan a sus hijos/as en la hora estipulada, intentará ponerse en contacto con éstas. Si no lograse hacerlo, pasados 15 minutos se pondría en contacto con la persona responsable de la actividad y se procedería a avisar a la Policía Local para que se hiciesen cargo de la custodia de dicho alumnado. Reglamento de Organización y Funcionamiento. Capítulo 1 12 CEIP Gloria Fuertes