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1. N) CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DE ALUMNADOS Y LA
ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS.
Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado tienen una gran
importancia, pues la configuración de éstos influye de manera determinante en
aspectos como la atención a la diversidad, la asignación de enseñanzas, etc.
Como regla general, tendremos en cuenta que los grupos sean heterogéneos,
evitando que se concentre en un grupo el alumnado que no promociona de
curso o que tiene necesidades específicas de apoyo educativo (n.e.e.,
incorporación tardía al sistema educativo español, compensación educativa) o
que existan grupos claramente diferenciados en cuanto a su rendimiento
escolar.
Es por ello que los criterios que se determinen:
• Han de respetar el principio de normalización, inclusión escolar y social.
• No podrán derivar en agrupamientos discriminatorios del alumnado.
• Han de posibilitar la configuración de agrupamientos flexibles, como una
de las medidas de atención a la diversidad y como opción organizativa
para el alumnado de la modalidad bilingüe, en su caso.
A) AGRUPAMIENTO EN INFANTIL DE 3 AÑOS
El agrupamiento del alumnado que se matricula por primera vez en el centro en
infantil de 3 años lo llevarán a cabo las maestras que cogerán dichos grupos, o
al menos el Equipo Docente de Infantil, contando con la opinión del EOA (para
el alumnado con nee) y del Equipo Directivo. Como norma general, se realizará
aleatoriamente por orden alfabético, aunque se tendrán en cuenta otros
criterios que se citan a continuación:
• Que haya un número equitativo de niños y niñas.
• Si hay hermanos, se incluirán en grupos diferentes, a menos que exista
una razón de peso que justifique lo contrario.
• El alumnado con nee se distribuirá equitativamente entre los distintos
grupos, a menos que resulte conveniente agruparlo para optimizar el
aprovechamiento de los recursos.
• Siempre que sea posible, se procurará disminuir la ratio del grupo que
posea alumnos/as con nee.
• La opinión de las familias del alumnado será escuchada, aunque no
poseerá carácter vinculante.
• Una vez que un alumno/a haya sido asignado a un grupo determinado
no se modificará dicha decisión, a menos que exista una razón de peso
que lo justifique.
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2. B) REAGRUPAMIENTO A LO LARGO DE LAS ETAPAS DE INFANTIL Y
PRIMARIA
Como norma general, coincidiendo con el cambio de etapa o ciclo se realizará
una redistribución del alumnado de los grupos de un mismo nivel. Este
reagrupamiento será llevado a cabo por los equipos docentes de estos grupos,
contando con la opinión del EOA (para el alumnado con nee) y del Equipo
Directivo. Para ello, tendrán en cuenta los siguientes criterios:
• En ningún caso se producirá un cambio de grupo de un sólo alumno/a o
de un grupo reducido de alumnos/as. Siembre se realizará un
reagrupamiento de todo el alumnado.
• Que exista un reparto equitativo de niños y niñas.
• Que los niveles de aprendizaje y de convivencia resulten equilibrados.
• Si hay hermanos, se incluirán en grupos diferentes, a menos que exista
una razón de peso que justifique lo contrario (p. e. informe psicológico)
• El alumnado con nee se distribuirá equitativamente entre los distintos
grupos, a menos que resulte conveniente agruparlo para optimizar el
aprovechamiento de los recursos.
• Siempre que sea posible, se procurará disminuir la ratio del grupo que
posea alumnos/as con nee.
• La opinión de las familias del alumnado será escuchada, aunque no
poseerá carácter vinculante.
• Una vez que un alumno/a haya sido asignado a un grupo determinado
no se modificará dicha decisión, a menos que exista una razón de peso
que lo justifique.
C) ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y MATERIAS
Según el artículo 20 de la Orden de 20 de agosto de 2010, la asignación de
tutorías y materias la realizará la dirección del centro, en la primera semana del
mes de septiembre de cada año, atendiendo a los criterios establecidos en el
proyecto educativo para la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas
generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito
escolar del alumnado.
Para la asignación de enseñanzas y grupos a principios de cada curso escolar,
el Equipo Directivo tendrá en cuenta los siguientes criterios de carácter
pedagógico:
Aquellos maestros y maestras que durante un curso escolar hayan
tenido asignado el primer curso de cualquiera de los tres ciclos de la
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3. Educación Primaria o del segundo ciclo de la Educación Infantil,
permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización.
Se considerarán las preferencias de cada maestro y maestra, aunque
sin carácter vinculante, respecto a la edad del alumnado.
Se facilitará a los miembros del Equipo Directivo y a los especialistas de
Primaria que tengan que ostentar una tutoría, que lo hagan en los
cursos superiores (ciclos 2º y 3º de Primaria).
También se considerarán otros criterios pedagógicos relacionados con
las características específicas del grupo: necesidades de aprendizaje,
convivencia, alumnado con n.e.a.e., etc.
Circunstancias específicas que posean algunos maestros/as y que
puedan repercutir en el desempeño de la tutoría (p. e. baja de larga
duración, excedencia, etc.)
Una vez valoradas estos aspectos, se consideraran las preferencias del
profesorado según el siguiente orden:
1. La antigüedad en el centro.
2. Antigüedad como funcionarios/as con destino definitivo en el centro;
luego la de los funcionarios/as provisionales; y finalmente, la de los
interinos/as.
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