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¡PAN-PIN!




Nombre: Daniela Zuleta U.
Profesor: Jorge Israel
Índice

Introducción……………………………………………………….………………….3

Presentación de la empresa……………..…………………………………………4

Nuestros servicios……………………………..…………………………………….5

Nuestro equipo de trabajo………………………………………………………….6

Costos de nuestros servicios……..…………………………………………….…7

Inventario y financiamiento……….………………………………………………..8

Mercado y competencia……………….……………………………………...…….9

Aspectos legales………………………………………………………….....….….10

Conclusión.………………………………………………………………………..…15




                                                   2
Introducción

      En este trabajo realizaré la creación de una empresa virtual. Mi empresa
estará relacionada con la producción de eventos infantiles principalmente
cumpleaños.

      Para realiza la construcción de la empresa investigue sobre los precios
de los insumos en lo que se refiere a la preparación de un cumpleaños y en
base a esto coticé precios en distintos sectores del comercio y supermercados
mayoristas.

       También investigue sobre los pasos que se deben seguir para realizar
los trámites legales para construir una empresa.




                                                                            3
Presentación de la empresa PAN-PIN

        PAN-PIN es una empresa dedicada a la programación de eventos
infantiles, y celebraciones de cumpleaños.

       Todos sabemos lo complicado y arduo que es programar un
cumpleaños, encargarse de todos los detalles para lograr que nuestros niños
pasen un día maravilloso; la torta, la piñata, las sorpresas, los globos, los
juegos y todo lo que implica realizar una buena celebración para nuestros
niños.

       Es por eso que PAN-PIN tiene la solución para que ese día tan especial
para nuestros niños y para nosotros sea una instancia de celebrar y no de
trabajar!

       El principal objetivo de esta empresa es atender a las familias y al
festejado de la mejor manera, con el fin, de que todo lo que implica la
preparación de un cumpleaños quede en nuestras manos, para que así los
padres y familiares del cumpleañeros no tengan que estar ese día preocupados
del evento si no de festejar junto a sus hijos.

       La misión de la empresa es entregar a nuestros clientes un servicio de
calidad y que recuerden por siempre el día de su cumpleaños que celebraron
con nosotros.




                                                                           4
Nuestros servicios

      PAN-PIN entrega un servicio completo de banquetería para los adultos y
para los niños incluyendo dulces, piñata, sorpresas, torta, canapés, jugos y
bebidas. Además de los correspondientes garzones para atender el evento.

        Disponemos también de dos animadores para que estos mantengan a
los niños entretenidos y a los padres tranquilos, sabiendo que sus hijos están al
cuidado de adultos responsables como lo son las personas que trabajan con
nosotros.

     Los servicios prestados por la empresa y sus costos variaran
dependiendo del número de asistentes al evento.




                                                                               5
Nuestro equipo de trabajo

      Nuestra empresa cuenta con un equipo de trabajo muy pequeño debido
a que es una empresa que recién se esta iniciando.

       El personal de trabajo esta compuesto por 4 monitores y 6 garzones. Los
trabajadores que ejercen la labor de garzón y de monitores son estudiantes
universitarios. El trabajo de monitores lo realizaran Philippe Romero, Macarena
Maldonado, Álvaro Godoy Antonia Pérez, y el trabajo de garzón lo realizaran:
Camila Garrido, Francisca Fuenzalida, Francisca Muñoz, Jorge Muñoz, Marcos
Ruiz y Felipe Blanco

       La persona encargada de hacer el banquete para el cumpleaños
incluyendo la torta es Verónica Zuleta, recién egresada de chef del instituto
Inacap.

        La persona que se encargara de poner el capital y dará el financiamiento
para que la empresa comiese a funcionar Será Julia Urzúa Acevedo, a quien se
le retribuirá la inversión a medida que la empresa este en marcha con un plazo
de un año para devolver el capital aportado




                                                                              6
Costos de los servicios

       El costo por cada niños Será de $3.000, esto incluye, el gorrito de
cumpleaños una bolsa de dulces que incluye: un alfajor, helado de invierno,
paleta de dulce y masticables, las bebidas y un trocito de torta y la sorpresa
que podrá ser escogida por los padres, podrán escogen entre un autito, un
lápiz del hombre araña o un llavero de Batman, para los niños; para las niñas
podrán escoger entre un pinche para el pelo, un lápiz de la Barbie o un llavero
de Hannah montana.
       El costo por cada adulto será de $4.500, esto incluirá canapés y
empanaditas (aproximadamente 7 por persona) un pisco sour o un jugo
natural, pedazo de torta y bebidas.
       Además se establece un costo de $1.500 por la piñata, los globos, las
bebidas que no están contempladas en los costos individuales y papas fritas
ramitas y chis pop

      El servicio completo de banquetería por niño costará = $ 4.500
      El servicio completo de banquetería por adulto costará = $ 6.000
      El servicio de garzones costará = $ 10.000 por garzón
      El servicio de animadores costará = $ 10.000

        Estos costos los calcule en base a que cada banquete para los niños
tiene un costo real de $2.000, y para los adultos tiene un costo de $3.500, sin
incluir la torta. El precio de la torta es relativo dependiendo para cuantas
personas sea, para 15 personas costara $15.000, para 20 personas $18.500 y
para 25 personas $ 23.500.
        Además los costos pueden ser menores, mientras con más personas
cuente el evento.




                                                                             7
Inventario de la empresa

       PIN-PAN tendrá como parte de su inventario todo lo que se refiere a
decoración y animación del evento.
       Se tendrán disfraces y pinturas para que los animadores entretengan a
los niños.
       La empresa tendrá como parte de su inventario y capital mesas y sillas
para niños.
       También serán parte del inventario de la empresa los Manteles y
adornos para decorar el evento.


                                   Financiamiento

        La persona que se encargara de poner el capital y dará el financiamiento
para que la empresa comiese a funcionar Será Julia Urzúa Acevedo, a quien se
le retribuirá la inversión a medida que la empresa este en marcha con un plazo
de un año para devolver el capital aportado




                                                                              8
Mercado y competencia

       El mercado al que nos enfrentaremos será un mercado muy competitivo
debido a que, últimamente la preparación de eventos y cumpleaños ha tenido
un importante desarrollo en el área de los negocios.
       Sin embargo, a pesar de haber mucha competencia es un mercado que
tiene mucho abasto por lo común que son los festejos infantiles.


       Las competencias más directas de nuestra empresa serán:


   •   http://www.serviciosadomicilio.cl/fiestas-infantiles.htm
   •   http://www.celebraciones.cl/cumpleanos-infantiles.htm
   •   http://www.arlekina.cl/
   •   http://www.zancada.com/cumpleanos-a-domicilio-banquetitos-infantiles/




                                                                               9
Aspectos legales para la iniciación de la empresa

En nuestra legislación el trámite más importante para comenzar a ejercer un
negocio es iniciar actividades en el servicio de impuestos internos, a
continuación se presenta una descripción del trámite.

Iniciación de actividades.

1. ¿A qué se refiere este trámite?
La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada
formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de
cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas
gravadas en la primera o segunda categoría de la Ley de la Renta. Puede
consultar el listado de Códigos de Actividad Económica, para ver el código
correspondiente a la actividad económica que declara comenzar a realizar.

2. ¿Quiénes deben realizar este trámite?
Las personas naturales obligadas con el trámite de Declaración Inicio de
Actividad son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de
las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, 42° N° 2 y
48° de la Ley de la Renta.

3. ¿Cuándo se hace este trámite?
El plazo para presentar esta declaración de iniciación de actividades es,
dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus
actividades. Por ejemplo, un contribuyente que comienza su actividad en
septiembre de un año determinado, tiene plazo hasta el último día de
noviembre del mismo año.

4. ¿Dónde se hace este trámite?
Este trámite puede realizarse a través del sitio Web del Servicio de
Impuestos Internos, en la opción Inicio de Actividades. También se puede
realizar en la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio del
contribuyente.
Si el trámite se realiza vía Internet y los datos ingresados no son validados
positivamente, el contribuyente deberá terminar el trámite en la Unidad
correspondiente a su domicilio.

5. Requisitos para efectuar el trámite
Cuando el trámite lo realiza por Internet, el contribuyente requiere:
-      Tener      clave       secreta       otorgada       por      el  SII
- Ser persona natural chilena o persona natural extranjera con domicilio o
residencia en Chile y que figure en las bases del SII
- Ser mayor de 18 años.
Cuando el contribuyente Inicia Actividades en la Unidad del Servicio, en
términos generales, debe presentar los siguientes antecedentes:
- Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
  Si actúa un mandatario



                                                                            10
Cédula               de          Identidad            del            mandatario;
Poder del contribuyente al mandatario ante Notario u Oficial del Registro
Civil              (cuando             no             exista             Notario)
Original o fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de
Identidad del contribuyente.
- Formulario 4415, lleno y firmado.
Y en ambos casos, sea por Internet o en la Unidad, deberá acreditar
domicilio, como se detalla a continuación. (El resto de los antecedentes
solicitados - dependiendo del caso - y la exigencia de la presentación de
ellos, varía dependiendo de si el trámite es por internet o en las oficinas del
SII).
- Acreditar el domicilio: Los antecedentes para la acreditación de domicilio
es distinta según el tipo de contribuyente. Así, por ejemplo:
Contribuyentes afectos a impuestos de Segunda Categoría (boletas de
honorarios), personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros
y                    Organismos                     del                  Estado:
Sólo deben acreditar el domicilio las sociedades de profesionales que
presten exclusivamente servicios o asesorías profesionales, que opten por
declarar sus rentas de acuerdo a las normas de la 1a categoría de la Ley
sobre Impuesto a la Renta. Los demás contribuyentes no requieren
acreditar su domicilio o el de sus sucursales si tuvieran.
Contribuyentes afectos a impuestos de Primera Categoría (comercio,
producción, agricultura, transporte, servicios y en general, actividades
afectas                                   a                                 IVA):
Deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según
corresponda) alguno de los siguientes antecedentes:
     Inmueble propio del contribuyente o de alguno de los socios (en caso de
personas jurídicas u otros entes)
• Certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces.
• Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente.
• Original de escritura de compra y venta.
• Original de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa
    constructora.
• Carta firmada por el representante de la empresa constructora o
    inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la respectiva
    persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento los
    títulos definitivos.
     Inmueble arrendado
• Se debe presentar el contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o
    de alguno de los socios, en el caso de personas jurídicas y otros entes).
• Si usted emitirá documentos con derecho a Crédito Fiscal de IVA, es
    decir facturas u otros documentos tales como Notas de Débito, Notas de
    Crédito o Guías de Despacho, el contrato deberá esta firmado ante
    Notario, Ministro de fe del SII u Oficial del Registro Civil (donde no exista
    Notario).
• En caso de arrendamiento con opción de compra (leasing), presentar
    original del contrato.
     Los contratos de arrendamiento deben estar firmados por:
• Los propietarios




                                                                              11
•  Los mandatarios a quienes el propietario haya conferido poder
   suficiente.
•          Los arrendatarios autorizados para subarrendar, debiendo en
   estos casos exhibir el contrato de arrendamiento respectivo.
• Corredores de Propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los
   propietarios.
• Representantes       de empresas inmobiliarias y/o constructoras,
   demostrando (original o copia legalizada) que son los representantes.
• El representante designado por unanimidad de los miembros de una
   comunidad o sucesión (original o copia legalizada). Si el nombramiento
   de un representante no fuere posible por motivos de fuerza mayor, el
   Jefe de Grupo o Jefe de la Unidad resolverá al respecto.
• No servirán para acreditar domicilio los contratos que tengan alguna
   cláusula que exprese que el inmueble dado en arrendamiento no puede
   ser destinado a actividades comerciales.
    Inmueble cedido
• Autorización escrita ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no
   exista Notario), del propietario o arrendatario para realizar la actividad
   declarada. Acompañar además el original (o fotocopia autorizada ante
   Notario) de la cédula de identidad de quien otorga la autorización.
• Si el cedente es arrendatario del inmueble, demostrar, además, la
   calidad de tal según lo señalado en el punto anterior (inmueble
   arrendado).
Personas naturales que deseen desarrollar las actividades específicas que
se detallan, deben presentar además de lo anterior, lo siguiente:
Transportistas de pasajeros o carga para terceros. Si el o los vehículos son
propios, presentar alguno de los siguientes antecedentes:
• Contrato de compraventa autorizado por Notario u Oficial del Registro
   Civil (cuando no exista Notario).
• Factura de compra.
• Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos
   Motorizados a nombre del contribuyente, de una antigüedad no superior
   a 30 días (contados desde su emisión).
      Si los vehículos son explotados como arrendatario, usufructuario o a
cualquier otro título:
• Original o copia autorizada por Notario del contrato respectivo,
   acreditando de la manera indicada en el párrafo anterior que quien cede
   los derechos sobre el vehículo es el propietario, arrendatario o
   usufructuario.
      Transporte aéreo
• Certificado de matrícula de la aeronave que acredite la inscripción en el
   Registro Nacional de Aeronaves.
      Transporte marítimo, transporte lacustre y fluvial
• Certificado de Matrícula de la Nave en el Registro Nacional de Naves
   Mayores o Menores dependiendo del número de toneladas de la Nave,
   emitido por la Dirección General del Territorio Marítimo, en el caso de las
   Naves Mayores y ante la Capitanía de Puerto, en el caso de Naves
   Menores.
Las personas que desarrollen actividades mineras deberán (según el caso):



                                                                           12
•  Acreditar que son propietarios o usufructuarios de la pertenencia minera
   con un certificado de su correspondiente inscripción en el Conservador
   de Minas.
• Si son arrendatarios, su calidad de tales, con el contrato de arriendo de
   la pertenencia (con fecha de término superior a seis meses a contar de
   la presentación al S.I.I.) suscrito ante Notario u Oficial del Registro Civil
   (cuando no exista Notario), o copia autorizada del mismo, y acreditar la
   calidad de propietario o usufructuario del arrendador en la forma
   señalada en el párrafo anterior.
• En otras situaciones deberá exhibirse la autorización otorgada ante
   Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), del
   propietario, arrendatario o usufructuario para que el contribuyente que
   da aviso de Inicio de Actividades realice la explotación de la pertenencia.
      Los profesionales que inicien actividades de su profesión:
• Título profesional o un certificado de título expedido por el Organismo
   correspondiente, reconocido por el Estado. Cuando la profesión
   aparezca en la Cédula de Identidad, bastará la presentación de ésta.
El funcionario procederá a registrar la huella dactilar del dedo pulgar
derecho de quien realiza el trámite. A falta de dicho dedo, se registrará la
huella de otro cualquiera, dejándose constancia del dedo a que
corresponde. Si la persona se encontrara impedida físicamente para realizar
dicha acción, se dejará constancia de este hecho en el respectivo
formulario, estampando firma y timbre de la jefatura a cargo.

6. Observaciones
A las personas que por primera vez efectúen un inicio de actividades en la
primera categoría, que indiquen que solicitarán timbraje de facturas, se les
recuerda que requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para
posteriormente ser autorizado, si así lo solicitaren, para la emisión
electrónica de dichos documentos o su timbraje, según corresponda, de
acuerdo a los términos contenidos en la Circular Nº 10 de 1998 y sus
modificaciones posteriores.
Para las microempresas familiares se aplicará un procedimiento simplificado
de aviso de inicio de actividades, donde la declaración presentada ante la
Municipalidad, debidamente visada por ella, servirá como Formulario de
Aviso de Inicio de Actividades ante el Servicio.
El contribuyente microempresario familiar sólo deberá presentar en el área
de RUT e Inicio de Actividades de la Unidad del Servicio de Impuestos
Internos correspondiente a su domicilio, los siguientes antecedentes:
• Cédula de identidad
• Copia-contribuyente de la declaración de microempresario familiar
    presentada ante la Municipalidad respectiva, y
• Copia-SII de la declaración de microempresario familiar presentada ante
    la Municipalidad respectiva.



7. Normativa relacionada al trámite




                                                                             13
Este trámite se efectúa para cumplir con la normativa del Decreto Ley N°
830, sobre Código Tributario.
• Circular N° 31 de 2007, regula la forma de cumplir con las obligaciones
   de solicitar la inscripción en el Registro de Rol Único Tributario y de dar
   aviso de Inicio de Actividades.
• Res.Ex. N° 5879 de 1999, elimina obligatoriedad de presentar
   declaración de inicio de actividades y de dar aviso de termino de giro a
   los contribuyentes que exploten a cualquier titulo vehículos motorizados
   destinados al transporte terrestre de pasajeros
• Resolución Exenta N°12 del 24 de Febrero del 2003, Modifica
   Resolución N° Ex N°5879, publicada en el D.O. del 31 de Agosto de
   1999, que exime de la obligación de presentar declaración de inicio de
   actividades y de dar aviso de término de giro a los contribuyentes que
   exploten a cualquier título vehículos motorizados destinados al
   transporte terrestre de pasajeros.
• Resolución Exenta N°16 de 2003, dispone Plazo para dar Aviso Inicio de
   Actividades para los Transportistas de Pasajeros a que se Refiere la
   Resolución Ex. N° 12, de 24.02.2003
• Resolución Exenta SII N°41 del 31 de Julio del 2003 Word
   Sustituye Parte Dispositiva de la Resolución N° Ex 16, de 11 de Marzo
   de 2003, Sobre Aviso de Inicio de Actividades a los Contribuyentes que
   Indica.




                                                                           14
Conclusión

       A partir de este trabajo he podido comprender lo que significa crear una
empresa, los temas que hay que tener presente y los trámites que se deben
realizar para poder tener mi propia empresa.

      He comprendido que formar una empresa no es una tarea fácil y que hay
que tener muchos factores en cuenta, como son los costos que esto significa el
mercado y las competencias que enfrentaré.

      La ardua tarea de crear una empresa es facilitada por los sistemas de
información, acorta los tiempos de tramitaciones y de cotizaciones, siendo esto
muy favorable para cualquier microempresario, además de                entregar
información acerca de cómo realizar los trámites legales.




                                                                            15

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  • 1. ¡PAN-PIN! Nombre: Daniela Zuleta U. Profesor: Jorge Israel
  • 2. Índice Introducción……………………………………………………….………………….3 Presentación de la empresa……………..…………………………………………4 Nuestros servicios……………………………..…………………………………….5 Nuestro equipo de trabajo………………………………………………………….6 Costos de nuestros servicios……..…………………………………………….…7 Inventario y financiamiento……….………………………………………………..8 Mercado y competencia……………….……………………………………...…….9 Aspectos legales………………………………………………………….....….….10 Conclusión.………………………………………………………………………..…15 2
  • 3. Introducción En este trabajo realizaré la creación de una empresa virtual. Mi empresa estará relacionada con la producción de eventos infantiles principalmente cumpleaños. Para realiza la construcción de la empresa investigue sobre los precios de los insumos en lo que se refiere a la preparación de un cumpleaños y en base a esto coticé precios en distintos sectores del comercio y supermercados mayoristas. También investigue sobre los pasos que se deben seguir para realizar los trámites legales para construir una empresa. 3
  • 4. Presentación de la empresa PAN-PIN PAN-PIN es una empresa dedicada a la programación de eventos infantiles, y celebraciones de cumpleaños. Todos sabemos lo complicado y arduo que es programar un cumpleaños, encargarse de todos los detalles para lograr que nuestros niños pasen un día maravilloso; la torta, la piñata, las sorpresas, los globos, los juegos y todo lo que implica realizar una buena celebración para nuestros niños. Es por eso que PAN-PIN tiene la solución para que ese día tan especial para nuestros niños y para nosotros sea una instancia de celebrar y no de trabajar! El principal objetivo de esta empresa es atender a las familias y al festejado de la mejor manera, con el fin, de que todo lo que implica la preparación de un cumpleaños quede en nuestras manos, para que así los padres y familiares del cumpleañeros no tengan que estar ese día preocupados del evento si no de festejar junto a sus hijos. La misión de la empresa es entregar a nuestros clientes un servicio de calidad y que recuerden por siempre el día de su cumpleaños que celebraron con nosotros. 4
  • 5. Nuestros servicios PAN-PIN entrega un servicio completo de banquetería para los adultos y para los niños incluyendo dulces, piñata, sorpresas, torta, canapés, jugos y bebidas. Además de los correspondientes garzones para atender el evento. Disponemos también de dos animadores para que estos mantengan a los niños entretenidos y a los padres tranquilos, sabiendo que sus hijos están al cuidado de adultos responsables como lo son las personas que trabajan con nosotros. Los servicios prestados por la empresa y sus costos variaran dependiendo del número de asistentes al evento. 5
  • 6. Nuestro equipo de trabajo Nuestra empresa cuenta con un equipo de trabajo muy pequeño debido a que es una empresa que recién se esta iniciando. El personal de trabajo esta compuesto por 4 monitores y 6 garzones. Los trabajadores que ejercen la labor de garzón y de monitores son estudiantes universitarios. El trabajo de monitores lo realizaran Philippe Romero, Macarena Maldonado, Álvaro Godoy Antonia Pérez, y el trabajo de garzón lo realizaran: Camila Garrido, Francisca Fuenzalida, Francisca Muñoz, Jorge Muñoz, Marcos Ruiz y Felipe Blanco La persona encargada de hacer el banquete para el cumpleaños incluyendo la torta es Verónica Zuleta, recién egresada de chef del instituto Inacap. La persona que se encargara de poner el capital y dará el financiamiento para que la empresa comiese a funcionar Será Julia Urzúa Acevedo, a quien se le retribuirá la inversión a medida que la empresa este en marcha con un plazo de un año para devolver el capital aportado 6
  • 7. Costos de los servicios El costo por cada niños Será de $3.000, esto incluye, el gorrito de cumpleaños una bolsa de dulces que incluye: un alfajor, helado de invierno, paleta de dulce y masticables, las bebidas y un trocito de torta y la sorpresa que podrá ser escogida por los padres, podrán escogen entre un autito, un lápiz del hombre araña o un llavero de Batman, para los niños; para las niñas podrán escoger entre un pinche para el pelo, un lápiz de la Barbie o un llavero de Hannah montana. El costo por cada adulto será de $4.500, esto incluirá canapés y empanaditas (aproximadamente 7 por persona) un pisco sour o un jugo natural, pedazo de torta y bebidas. Además se establece un costo de $1.500 por la piñata, los globos, las bebidas que no están contempladas en los costos individuales y papas fritas ramitas y chis pop El servicio completo de banquetería por niño costará = $ 4.500 El servicio completo de banquetería por adulto costará = $ 6.000 El servicio de garzones costará = $ 10.000 por garzón El servicio de animadores costará = $ 10.000 Estos costos los calcule en base a que cada banquete para los niños tiene un costo real de $2.000, y para los adultos tiene un costo de $3.500, sin incluir la torta. El precio de la torta es relativo dependiendo para cuantas personas sea, para 15 personas costara $15.000, para 20 personas $18.500 y para 25 personas $ 23.500. Además los costos pueden ser menores, mientras con más personas cuente el evento. 7
  • 8. Inventario de la empresa PIN-PAN tendrá como parte de su inventario todo lo que se refiere a decoración y animación del evento. Se tendrán disfraces y pinturas para que los animadores entretengan a los niños. La empresa tendrá como parte de su inventario y capital mesas y sillas para niños. También serán parte del inventario de la empresa los Manteles y adornos para decorar el evento. Financiamiento La persona que se encargara de poner el capital y dará el financiamiento para que la empresa comiese a funcionar Será Julia Urzúa Acevedo, a quien se le retribuirá la inversión a medida que la empresa este en marcha con un plazo de un año para devolver el capital aportado 8
  • 9. Mercado y competencia El mercado al que nos enfrentaremos será un mercado muy competitivo debido a que, últimamente la preparación de eventos y cumpleaños ha tenido un importante desarrollo en el área de los negocios. Sin embargo, a pesar de haber mucha competencia es un mercado que tiene mucho abasto por lo común que son los festejos infantiles. Las competencias más directas de nuestra empresa serán: • http://www.serviciosadomicilio.cl/fiestas-infantiles.htm • http://www.celebraciones.cl/cumpleanos-infantiles.htm • http://www.arlekina.cl/ • http://www.zancada.com/cumpleanos-a-domicilio-banquetitos-infantiles/ 9
  • 10. Aspectos legales para la iniciación de la empresa En nuestra legislación el trámite más importante para comenzar a ejercer un negocio es iniciar actividades en el servicio de impuestos internos, a continuación se presenta una descripción del trámite. Iniciación de actividades. 1. ¿A qué se refiere este trámite? La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la primera o segunda categoría de la Ley de la Renta. Puede consultar el listado de Códigos de Actividad Económica, para ver el código correspondiente a la actividad económica que declara comenzar a realizar. 2. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Las personas naturales obligadas con el trámite de Declaración Inicio de Actividad son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, 42° N° 2 y 48° de la Ley de la Renta. 3. ¿Cuándo se hace este trámite? El plazo para presentar esta declaración de iniciación de actividades es, dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades. Por ejemplo, un contribuyente que comienza su actividad en septiembre de un año determinado, tiene plazo hasta el último día de noviembre del mismo año. 4. ¿Dónde se hace este trámite? Este trámite puede realizarse a través del sitio Web del Servicio de Impuestos Internos, en la opción Inicio de Actividades. También se puede realizar en la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio del contribuyente. Si el trámite se realiza vía Internet y los datos ingresados no son validados positivamente, el contribuyente deberá terminar el trámite en la Unidad correspondiente a su domicilio. 5. Requisitos para efectuar el trámite Cuando el trámite lo realiza por Internet, el contribuyente requiere: - Tener clave secreta otorgada por el SII - Ser persona natural chilena o persona natural extranjera con domicilio o residencia en Chile y que figure en las bases del SII - Ser mayor de 18 años. Cuando el contribuyente Inicia Actividades en la Unidad del Servicio, en términos generales, debe presentar los siguientes antecedentes: - Cédula Nacional de Identidad del contribuyente. Si actúa un mandatario 10
  • 11. Cédula de Identidad del mandatario; Poder del contribuyente al mandatario ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario) Original o fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente. - Formulario 4415, lleno y firmado. Y en ambos casos, sea por Internet o en la Unidad, deberá acreditar domicilio, como se detalla a continuación. (El resto de los antecedentes solicitados - dependiendo del caso - y la exigencia de la presentación de ellos, varía dependiendo de si el trámite es por internet o en las oficinas del SII). - Acreditar el domicilio: Los antecedentes para la acreditación de domicilio es distinta según el tipo de contribuyente. Así, por ejemplo: Contribuyentes afectos a impuestos de Segunda Categoría (boletas de honorarios), personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros y Organismos del Estado: Sólo deben acreditar el domicilio las sociedades de profesionales que presten exclusivamente servicios o asesorías profesionales, que opten por declarar sus rentas de acuerdo a las normas de la 1a categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Los demás contribuyentes no requieren acreditar su domicilio o el de sus sucursales si tuvieran. Contribuyentes afectos a impuestos de Primera Categoría (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y en general, actividades afectas a IVA): Deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) alguno de los siguientes antecedentes: Inmueble propio del contribuyente o de alguno de los socios (en caso de personas jurídicas u otros entes) • Certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces. • Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente. • Original de escritura de compra y venta. • Original de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa constructora. • Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la respectiva persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento los títulos definitivos. Inmueble arrendado • Se debe presentar el contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o de alguno de los socios, en el caso de personas jurídicas y otros entes). • Si usted emitirá documentos con derecho a Crédito Fiscal de IVA, es decir facturas u otros documentos tales como Notas de Débito, Notas de Crédito o Guías de Despacho, el contrato deberá esta firmado ante Notario, Ministro de fe del SII u Oficial del Registro Civil (donde no exista Notario). • En caso de arrendamiento con opción de compra (leasing), presentar original del contrato. Los contratos de arrendamiento deben estar firmados por: • Los propietarios 11
  • 12. • Los mandatarios a quienes el propietario haya conferido poder suficiente. • Los arrendatarios autorizados para subarrendar, debiendo en estos casos exhibir el contrato de arrendamiento respectivo. • Corredores de Propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los propietarios. • Representantes de empresas inmobiliarias y/o constructoras, demostrando (original o copia legalizada) que son los representantes. • El representante designado por unanimidad de los miembros de una comunidad o sucesión (original o copia legalizada). Si el nombramiento de un representante no fuere posible por motivos de fuerza mayor, el Jefe de Grupo o Jefe de la Unidad resolverá al respecto. • No servirán para acreditar domicilio los contratos que tengan alguna cláusula que exprese que el inmueble dado en arrendamiento no puede ser destinado a actividades comerciales. Inmueble cedido • Autorización escrita ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada. Acompañar además el original (o fotocopia autorizada ante Notario) de la cédula de identidad de quien otorga la autorización. • Si el cedente es arrendatario del inmueble, demostrar, además, la calidad de tal según lo señalado en el punto anterior (inmueble arrendado). Personas naturales que deseen desarrollar las actividades específicas que se detallan, deben presentar además de lo anterior, lo siguiente: Transportistas de pasajeros o carga para terceros. Si el o los vehículos son propios, presentar alguno de los siguientes antecedentes: • Contrato de compraventa autorizado por Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario). • Factura de compra. • Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a nombre del contribuyente, de una antigüedad no superior a 30 días (contados desde su emisión). Si los vehículos son explotados como arrendatario, usufructuario o a cualquier otro título: • Original o copia autorizada por Notario del contrato respectivo, acreditando de la manera indicada en el párrafo anterior que quien cede los derechos sobre el vehículo es el propietario, arrendatario o usufructuario. Transporte aéreo • Certificado de matrícula de la aeronave que acredite la inscripción en el Registro Nacional de Aeronaves. Transporte marítimo, transporte lacustre y fluvial • Certificado de Matrícula de la Nave en el Registro Nacional de Naves Mayores o Menores dependiendo del número de toneladas de la Nave, emitido por la Dirección General del Territorio Marítimo, en el caso de las Naves Mayores y ante la Capitanía de Puerto, en el caso de Naves Menores. Las personas que desarrollen actividades mineras deberán (según el caso): 12
  • 13. • Acreditar que son propietarios o usufructuarios de la pertenencia minera con un certificado de su correspondiente inscripción en el Conservador de Minas. • Si son arrendatarios, su calidad de tales, con el contrato de arriendo de la pertenencia (con fecha de término superior a seis meses a contar de la presentación al S.I.I.) suscrito ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), o copia autorizada del mismo, y acreditar la calidad de propietario o usufructuario del arrendador en la forma señalada en el párrafo anterior. • En otras situaciones deberá exhibirse la autorización otorgada ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), del propietario, arrendatario o usufructuario para que el contribuyente que da aviso de Inicio de Actividades realice la explotación de la pertenencia. Los profesionales que inicien actividades de su profesión: • Título profesional o un certificado de título expedido por el Organismo correspondiente, reconocido por el Estado. Cuando la profesión aparezca en la Cédula de Identidad, bastará la presentación de ésta. El funcionario procederá a registrar la huella dactilar del dedo pulgar derecho de quien realiza el trámite. A falta de dicho dedo, se registrará la huella de otro cualquiera, dejándose constancia del dedo a que corresponde. Si la persona se encontrara impedida físicamente para realizar dicha acción, se dejará constancia de este hecho en el respectivo formulario, estampando firma y timbre de la jefatura a cargo. 6. Observaciones A las personas que por primera vez efectúen un inicio de actividades en la primera categoría, que indiquen que solicitarán timbraje de facturas, se les recuerda que requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizado, si así lo solicitaren, para la emisión electrónica de dichos documentos o su timbraje, según corresponda, de acuerdo a los términos contenidos en la Circular Nº 10 de 1998 y sus modificaciones posteriores. Para las microempresas familiares se aplicará un procedimiento simplificado de aviso de inicio de actividades, donde la declaración presentada ante la Municipalidad, debidamente visada por ella, servirá como Formulario de Aviso de Inicio de Actividades ante el Servicio. El contribuyente microempresario familiar sólo deberá presentar en el área de RUT e Inicio de Actividades de la Unidad del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a su domicilio, los siguientes antecedentes: • Cédula de identidad • Copia-contribuyente de la declaración de microempresario familiar presentada ante la Municipalidad respectiva, y • Copia-SII de la declaración de microempresario familiar presentada ante la Municipalidad respectiva. 7. Normativa relacionada al trámite 13
  • 14. Este trámite se efectúa para cumplir con la normativa del Decreto Ley N° 830, sobre Código Tributario. • Circular N° 31 de 2007, regula la forma de cumplir con las obligaciones de solicitar la inscripción en el Registro de Rol Único Tributario y de dar aviso de Inicio de Actividades. • Res.Ex. N° 5879 de 1999, elimina obligatoriedad de presentar declaración de inicio de actividades y de dar aviso de termino de giro a los contribuyentes que exploten a cualquier titulo vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros • Resolución Exenta N°12 del 24 de Febrero del 2003, Modifica Resolución N° Ex N°5879, publicada en el D.O. del 31 de Agosto de 1999, que exime de la obligación de presentar declaración de inicio de actividades y de dar aviso de término de giro a los contribuyentes que exploten a cualquier título vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros. • Resolución Exenta N°16 de 2003, dispone Plazo para dar Aviso Inicio de Actividades para los Transportistas de Pasajeros a que se Refiere la Resolución Ex. N° 12, de 24.02.2003 • Resolución Exenta SII N°41 del 31 de Julio del 2003 Word Sustituye Parte Dispositiva de la Resolución N° Ex 16, de 11 de Marzo de 2003, Sobre Aviso de Inicio de Actividades a los Contribuyentes que Indica. 14
  • 15. Conclusión A partir de este trabajo he podido comprender lo que significa crear una empresa, los temas que hay que tener presente y los trámites que se deben realizar para poder tener mi propia empresa. He comprendido que formar una empresa no es una tarea fácil y que hay que tener muchos factores en cuenta, como son los costos que esto significa el mercado y las competencias que enfrentaré. La ardua tarea de crear una empresa es facilitada por los sistemas de información, acorta los tiempos de tramitaciones y de cotizaciones, siendo esto muy favorable para cualquier microempresario, además de entregar información acerca de cómo realizar los trámites legales. 15