2. INTEGRACIÓN
LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL
ESTADO DE OAXACA VIGENTE
REFORMA LEY ORGÁNICA DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE OAXACA
84 artículos distribuidos en
11 Títulos
110 artículos distribuidos en
12 Títulos
REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO DE OAXACA VIGENTE
REFORMA REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE OAXACA
197 artículos distribuidos en
11 Títulos
236 artículos distribuidos en
17 Títulos
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ESTUDIOS LEGISLATIVOS
3. DATOS GENERALES
▪ La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca y el Reglamento
Interior en vigor fuero expedidos en el año 1995.
▪ Dichos ordenamientos se encontraban totalmente desfasados y ajenos a la
realidad política, social y jurídica del estado.
▪ En la Ley en vigor y el Reglamento, no se establecen mecanismos para la
transparencia, participación ciudadana y difusión de la información y
actuación legislativa.
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4. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Se establecen como principios rectores del Congreso del Estado de Oaxaca
la transparencia, máxima publicidad, rendición de cuentas, austeridad,
eficiencia, eficacia, independencia, interculturalidad e imparcialidad.
▪ Se regula la naturaleza jurídica, integración y facultades de la Mesa
Directiva y la Junta de Coordinación Política, creándose la Conferencia
Parlamentaria, definiendo su naturaleza jurídica, integración y atribuciones.
▪ Se establecen las facultades de la Diputación Permanente, de conformidad
con lo dispuesto por la Constitución Local, para determinar lo conducente
por lo que hace a los puntos de acuerdo y demás asuntos que se presenten
a su consideración.
▪ Se incluye un glosario con los principales términos parlamentarios
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5. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Se reduce el numero de Comisiones Permanentes, pasando de 40 a 33,
cuyas facultades se homologan con la actual estructura orgánica del
gobierno del estado.
▪ Se establece una reestructuración administrativa del Congreso,
sustituyendo la Oficialía Mayor por las Secretarías de Servicios
Parlamentarios y la Secretaría de Servicios Administrativos, la primera
definida como el órgano técnico responsable del correcto desarrollo del
trabajo parlamentario; y la segunda responsable de administrar los recursos
financieros, humanos y materiales del Congreso.
▪ Se agrega el Título “De la Transparencia y Acceso a la Información Pública”,
así como el Título “Parlamento Abierto”, con el que se regula la difusión de
la información parlamentaria a través de internet y la Gaceta Parlamentaria,
garantizando así el principio de máxima publicidad de los actos legislativos.
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6. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Se regulan las funciones propias de las comisiones como órganos colegiado,
se definen las facultades de su presidente y se incorpora la figura de la
Secretaría Técnica de cada Comisión.
▪ Se regulan las Discusiones Parlamentarias mediante la regulación de 11
mociones: Orden; Apego al tema; Cuestionamiento al orador; Ilustración al
Pleno; Rectificación de turno; Alusiones personales; Rectificación de hechos;
Discusión y votación por conjunto de artículos, Suspensión o prórroga de la
discusión; Verificación de Quorum; Diferimiento o aplazamiento de la
discusión de un asunto.
▪ Se regula el voto particular, en los casos en que la opinión de alguno de los
miembros de las comisiones difiera del dictamen emitido por la misma, en
el que podrá fundar y motivar el sentido de su voto, debiendo remitirse el
mismo por la Presidencia de la Comisión a la Mesa Directiva, conjuntamente
con el dictamen respectivo.
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7. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Se regula el voto particular, en los casos en que la opinión de alguno de los
miembros de las comisiones difiera del dictamen emitido por la misma, en
el que podrá fundar y motivar el sentido de su voto, debiendo remitirse el
mismo por la Presidencia de la Comisión a la Mesa Directiva, conjuntamente
con el dictamen respectivo.
▪ Se regula la implementación de un sistema de votación y quórum, lo que
permite transparentar y modernizar la actividad legislativa.
▪ Se establecen las bases para la formación del Canal del Congreso, en
congruencia con el principio de máxima publicidad de la actividad del
Congreso del Estado.
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8. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Creación de las Audiencias Públicas de Debate y Análisis Legislativo, como
mecanismos por el cual los Diputados y la ciudadanía intercambian
opiniones y propuestas sobre la creación de iniciativas de ley. Su objeto es
retomar los principales planteamientos ciudadanos para construir y mejorar
las propuestas de iniciativas de ley.
▪ Regulación del mecanismo de transparencia “Diputado transparente”, por el
que cada Diputado tendrá la obligación de presentar, en los términos y
modalidades establecidos en la Ley de la materia, sus declaraciones
patrimonial y de avance de situación patrimonial, de intereses y la fiscal.
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9. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪ Se establecen como mecanismos de transparencia, los reportes trimestrales
de los Secretarios de Servicios Parlamentarios y de Servicios
Administrativos, respecto al estado que guardan las finanzas del Congreso, y
el correcto uso y aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de
los que dispone el Congreso, con base en los principios de austeridad,
eficiencia y eficacia. Informes que se harán de conocimiento del Pleno.
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10. COMISIONES PERMANENTES
Administración Pública;
Administración y Procuración de Justicia;
Agropecuaria, Forestal, de Minería y Pesca;
Agua y Saneamiento;
Asuntos Indígenas y Migración;
Cultura;
Cultura Física y Deporte;
Democracia y Participación Ciudadana;
Derechos Humanos;
Desarrollo Económico, Industrial, Comercial
y Artesanal;
Desarrollo Social y Fomento Cooperativo;
Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Estudios Constitucionales;
Fortalecimiento y Asuntos Municipales;
Gobernación y Asuntos Agrarios;
Grupos en Situación de Vulnerabilidad;
Hacienda;
Igualdad de Género;
Infraestructuras, Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial;
Instructora;
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11. COMISIONES PERMANENTES
Medio Ambiente, Energías Renovables
y Cambio Climático;
Movilidad, Comunicaciones y
Transportes;
Presupuesto y Programación;
Protección Civil;
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias;
Salud;
Seguridad y Protección Ciudadana;
Trabajo y Seguridad Social;
Transparencia, Acceso a la Información y
Parlamento Abierto;
Turismo;
Vigilancia del Órgano Superior de
Fiscalización del Estado;
Vigilancia del Sistema Estatal de Combate
a la Corrupción; y
Zonas Económicas Especiales.
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