El documento describe las reformas propuestas a la Ley Orgánica y el Reglamento Interior del Congreso del Estado de Oaxaca. Las reformas buscan actualizar y modernizar los ordenamientos para mejorar la transparencia, participación ciudadana y difusión de la información legislativa. Algunas de las innovaciones incluyen establecer principios como la transparencia y rendición de cuentas, reducir el número de comisiones permanentes, crear mecanismos de transparencia como declaraciones patrimoniales de los diputados y reducir de 40 a 33 el número de comisiones
2. INTEGRACIÓN
LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO
DEL ESTADO DE OAXACA VIGENTE
REFORMA LEY ORGÁNICA DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE OAXACA
84 artículos distribuidos en
11 Títulos
110 artículos distribuidos en
12 Títulos
REGLAMENTO INTERIOR DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO DE OAXACA
VIGENTE
REFORMA REGLAMENTO INTERIOR DEL
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE OAXACA
197 artículos distribuidos en
11 Títulos
236 artículos distribuidos en
17 Títulos
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3. DATOS GENERALES
▪La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca y el
Reglamento Interior en vigor fuero expedidos en el año 1995.
▪Dichos ordenamientos se encontraban totalmente desfasados y
ajenos a la realidad política, social y jurídica del estado.
▪En la Ley en vigor y el Reglamento, no se establecen mecanismos
para la transparencia, participación ciudadana y difusión de la
información y actuación legislativa.
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4. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Se establecen como principios rectores del Congreso del Estado de
Oaxaca la transparencia, máxima publicidad, rendición de cuentas,
austeridad, eficiencia, eficacia, independencia, interculturalidad e
imparcialidad.
▪Se regula la naturaleza jurídica, integración y facultades de la Mesa
Directiva y la Junta de Coordinación Política, creándose la
Conferencia Parlamentaria, definiendo su naturaleza jurídica,
integración y atribuciones.
▪Se establecen las facultades de la Diputación Permanente, de
conformidad con lo dispuesto por la Constitución Local, para
determinar lo conducente por lo que hace a los puntos de acuerdo y
demás asuntos que se presenten a su consideración.
▪Se incluye un glosario con los principales términos parlamentarios
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5. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Se reduce el numero de Comisiones Permanentes, pasando de 40 a
33, cuyas facultades se homologan con la actual estructura orgánica
del gobierno del estado.
▪Se establece una reestructuración administrativa del Congreso,
sustituyendo la Oficialía Mayor por las Secretarías de Servicios
Parlamentarios y la Secretaría de Servicios Administrativos, la
primera definida como el órgano técnico responsable del correcto
desarrollo del trabajo parlamentario; y la segunda responsable de
administrar los recursos financieros, humanos y materiales del
Congreso.
▪Se agrega el Título “De la Transparencia y Acceso a la Información
Pública”, así como el Título “Parlamento Abierto”, con el que se
regula la difusión de la información parlamentaria a través de
internet y la Gaceta Parlamentaria, garantizando así el principio de
máxima publicidad de los actos legislativos.
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6. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Se regulan las funciones propias de las comisiones como órganos
colegiado, se definen las facultades de su presidente y se incorpora
la figura de la Secretaría Técnica de cada Comisión.
▪Se regulan las Discusiones Parlamentarias mediante la regulación de
11 mociones: Orden; Apego al tema; Cuestionamiento al orador;
Ilustración al Pleno; Rectificación de turno; Alusiones personales;
Rectificación de hechos; Discusión y votación por conjunto de
artículos, Suspensión o prórroga de la discusión; Verificación de
Quorum; Diferimiento o aplazamiento de la discusión de un asunto.
▪Se regula el voto particular, en los casos en que la opinión de alguno
de los miembros de las comisiones difiera del dictamen emitido por
la misma, en el que podrá fundar y motivar el sentido de su voto,
debiendo remitirse el mismo por la Presidencia de la Comisión a la
Mesa Directiva, conjuntamente con el dictamen respectivo.
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7. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Se regula el voto particular, en los casos en que la opinión de alguno
de los miembros de las comisiones difiera del dictamen emitido por
la misma, en el que podrá fundar y motivar el sentido de su voto,
debiendo remitirse el mismo por la Presidencia de la Comisión a la
Mesa Directiva, conjuntamente con el dictamen respectivo.
▪Se regula la implementación de un sistema de votación y quórum, lo
que permite transparentar y modernizar la actividad legislativa.
▪Se establecen las bases para la formación del Canal del Congreso,
en congruencia con el principio de máxima publicidad de la
actividad del Congreso del Estado.
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8. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Creación de las Audiencias Públicas de Debate y Análisis Legislativo,
como mecanismos por el cual los Diputados y la ciudadanía
intercambian opiniones y propuestas sobre la creación de iniciativas
de ley. Su objeto es retomar los principales planteamientos
ciudadanos para construir y mejorar las propuestas de iniciativas de
ley.
▪Regulación del mecanismo de transparencia “Diputado
transparente”, por el que cada Diputado tendrá la obligación de
presentar, en los términos y modalidades establecidos en la Ley de
la materia, sus declaraciones patrimonial y de avance de situación
patrimonial, de intereses y la fiscal.
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9. INNOVACIONES DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO
▪Se establecen como mecanismos de transparencia, los reportes
trimestrales de los Secretarios de Servicios Parlamentarios y de
Servicios Administrativos, respecto al estado que guardan las
finanzas del Congreso, y el correcto uso y aprovechamiento de los
recursos humanos y materiales de los que dispone el Congreso, con
base en los principios de austeridad, eficiencia y eficacia. Informes
que se harán de conocimiento del Pleno.
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10. COMISIONES PERMANENTES
Administración Pública;
Administración y Procuración de Justicia;
Agropecuaria, Forestal, de Minería y Pesca;
Agua y Saneamiento;
Asuntos Indígenas y Migración;
Cultura;
Cultura Física y Deporte;
Democracia y Participación Ciudadana;
Derechos Humanos;
Desarrollo Económico, Industrial, Comercial
y Artesanal;
Desarrollo Social y Fomento Cooperativo;
Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Estudios Constitucionales;
Fortalecimiento y Asuntos Municipales;
Gobernación y Asuntos Agrarios;
Grupos en Situación de Vulnerabilidad;
Hacienda;
Igualdad de Género;
Infraestructuras, Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial;
Instructora;
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11. COMISIONES PERMANENTES
Medio Ambiente, Energías Renovables
y Cambio Climático;
Movilidad, Comunicaciones y
Transportes;
Presupuesto y Programación;
Protección Civil;
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias;
Salud;
Seguridad y Protección Ciudadana;
Trabajo y Seguridad Social;
Transparencia, Acceso a la Información y
Parlamento Abierto;
Turismo;
Vigilancia del Órgano Superior de
Fiscalización del Estado;
Vigilancia del Sistema Estatal de Combate
a la Corrupción; y
Zonas Económicas Especiales.
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