2. En una empresa, la nómina es la suma
de todos los registros financieros de los
sueldos de los empleados, incluyendo los
salarios, las bonificaciones y las
deducciones. También parodiamos decir
que la nomina es una lista conformada
por el conjunto de trabajadores a los
cuales se les va a remunerar por los
servicios que éstos le prestan al patrono.
3. En una empresa, la nómina es la suma de
todos los registros financieros de los sueldos
de los empleados, incluyendo los salarios,
las bonificaciones y las deducciones.
También parodiamos decir que la nomina es
una lista conformada por el conjunto de
trabajadores a los cuales se les va a
remunerar por los servicios que éstos le
prestan al patrono.
4. En una empresa, la nómina es la suma de
todos los registros financieros de los
sueldos de los empleados, incluyendo los
salarios, las bonificaciones y las
deducciones. También parodiamos decir que
la nomina es una lista conformada por el
conjunto de trabajadores a los cuales se les
va a remunerar por los servicios que éstos le
prestan al patrono.
5. Se diferencia del salario en que no es
retributiva de los servicios prestados
y de las indemnizaciones laborales
en que no reparan perjuicios
causados por el patrón.
6. a) El patrono depositará a cada
trabajador por concepto de
prestaciones sociales el
equivalente a quince (15) días
cada trimestre calculado con el
último salario devengado, este
derecho se adquiere desde el
inicio del trimestre
7. b) Después del primer año de servicio, el
patrono depositará a cada trabajador dos
(2) días de salario por cada año, estos
son acumulativos con un máximo de
treinta (30) días.
8. c) Cuando por cualquier causa la
relación de trabajo termine, las
prestaciones sociales serán calculadas
con base a treinta (30) días por cada
año o fracción superior a los seis (6)
meses calculados con el último salario.
9. d) El trabajador recibirá por concepto
de prestaciones sociales, el monto
que sea mayor entre lo depositado
según los puntos a y b, y el cálculo
efectuado en el punto c.
10. e) Si por cualquier causa termina la
relación de trabajo antes de los tres
(3) primeros meses, el trabajador
tendrá derecho a cinco (5) días de
salario por cada mes trabajado o
fracción.
11. f) El pago de las prestaciones sociales
debe hacerse dentro de los cinco (5) días
siguientes a la terminación de la relación
laboral, de no cumplirse el pago dentro de
los cinco (5) días, generará intereses de
mora a la tasa activa determinada por el
BCV.
12. El salario base para el cálculo de
prestaciones sociales y de indemnización
por la terminación de la relación de trabajo,
será el último salario devengado, calculado
de manera que integre todos los conceptos
salariales recibidos por el trabajador.
13. Los depósitos trimestrales y anuales se
efectuarán en un fideicomiso individual o en
el Fondo de Prestaciones Sociales a nombre
del trabajador, también tiene la posibilidad de
ser acreditada en la contabilidad de la
empresa donde trabaja, siempre que el
trabajador lo haya autorizado por escrito.
14. Los depósitos por garantía de prestaciones
sociales devengaran intereses al rendimiento del
fidecomiso o el Fondo de Prestaciones Sociales,
si queda en la contabilidad de la empresa por
autorización del trabajador, devengarán intereses
a la tasa promedio entre la pasiva y la activa
determinada por el Banco Central de Venezuela
(BCV), si el patrono no cumple con los depósitos
establecidos estos devengarán intereses a la
tasa activa establecida por el BCV.
15. Las prestaciones sociales y los
intereses están exentos del pago
del Impuesto Sobre la Renta ISLR,
los intereses serán calculados
mensualmente y pagados al
cumplir cada año, salvo que el
trabajador quisiera capitalizarlos.
16. El trabajador o trabajadora tendrá derecho
al anticipo de hasta de un setenta y cinco
por ciento de lo depositado como garantía
de sus prestaciones sociales, para
satisfacer obligaciones derivadas de:
a) La construcción, adquisición, mejora o
reparación de vivienda para él y su familia;
17. c) La inversión en educación para él,
ella o su familia; y
d) Los gastos por atención médica y
hospitalaria para él, ella y su familia.
18. Se entiende por deducciones todos
aquellos montos en dinero restados del
ingreso del trabajador, ya sea semanal,
mensual, u ocasionalmente, para atender
compromisos que él voluntariamente ha
adquirido, o que la normativa legal le
impone
20. Según su Presentación
Se elabora por cálculos enteramente
manuales, usadas en empresas pequeñas o
de mediana capacidad. Existen en el
mercado, formularios diseñados, por
ejemplo: LEC y el sistema Mc-Be
21. Según la Forma de Pago
Semanal: Para obreros o personal de
nomina diaria, cuyo lapso de pago está
establecido en ese tiempo.
Quincenal: Para empleados cuyo lapso
de pago está establecido en ese
tiempo.
22. Nómina Computarizada
Se elabora a través de un
computador, el cual permite,
generalmente por medio de
codificaciones, calcular
automáticamente, tanto los aportes
como los descuentos efectuados en
el período a pagar.
23. De las anterior nominas mencionadas
todas deberían estar compuestas por un
resumen de nomina que como su nombre
lo indica es la primera parte y es donde se
encuentra brevemente los cálculos
realizados, un detalle de nomina donde se
refleja los cálculos realizados y por
últimos los recibos de pago que según ley
se le entregan al trabajador y se describen
los pagos a realizar.
24. La lista de chequeo son aquellas donde se
evidencia la información acerca de los
trabajadores de la empresa, donde se puede
apreciar el desempeño de los trabajadores
mediante una evaluación en la cual se hace
referencia a la ley del trabajo vigente,
reglamento interno y programa de evaluación
de desempeño para buscar mejoras y
beneficios para la empresa y los trabajadores
expuestos.