1. CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPOS DE CÓMPUTO ENTRE LA TIENDA 2001– EMPRESA KAMALEON (TIENDA ESPECIALIZADAS EN COMPUTADORES) INTEGRANTES FERNANDO DAZA OSCAR CALDERON FERNANDO DAZA
2. CONTRATO Nº: 321 – 04COMPRADOR: TIENDA 2001VENDEDOR: KAMALEON (TIENDA ESPECIALIZADAS EN COMPUTADORES) OBJETO: COMPRA DE 1 COMPUTADOR. VALOR: NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($999.000.oo) IVA incluido
3. Entre los suscritos, por una parte, LUIS FERNANDO DAZA, con domicilio en la Ciudad de Villeta, Cundinamarca, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.077.967.894 de Villeta, actuando en nombre y representación legal de LA TIENDA 2001 y quien para los efectos del presente contrato se denominará EL COMPRADOR y, de otra parte, JOSE ALEJANDRO ALVAREZ LEON, mayor de edad, identificado con la Cédula de Ciudadanía N° 1.077.968.814, quien obra en su calidad de Administrador de la EMPRESA KAMALEON (TIENDA ESPECIALIZADAS EN COMPUTADORES) , entidad con domicilio principal en Bogotá D.C. NIT: 83005918-1, quien para el presente contrato se denominará EL VENDEDOR, hemos convenido celebrar el presente contrato de compra venta, previas las siguientes
4. CONSIDERACIONES: A. Que el COMPRADOR requiere comprar un equipo de cómputo para dotar la sección administrativa de LA TIENDA 2001.B. Que teniendo en cuenta la anterior consideración se procede a la suscripción y perfeccionamiento de este contrato, el cual se regirá por las cláusulas que se enuncian a continuación:
5. PRIMERA. OBJETO: EL VENDEDOR se compromete a vender y EL COMPRADOR a comprar un (1) equipo de cómputo con las siguientes características: GARANTIA 1 AÑO PRECIO: $ 999.000
6. SEGUNDA: VALOR Y FORMA DE PAGO DEL CONTRATO. VALOR: El valor total del presente Contrato, es de ($ 999.000.oo PESOS M/CTE) IVA incluido. PARÁGRAFO. El valor estipulado en el presente contrato, se entiende como definitivo, por lo que EL COMPRADOR no reconocerá valores adicionales a título de reajustes y/o similares. FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato de compra – venta, lo pagara el COMPRADOR en un solo contado, a los treinta (30) días siguientes de la presentación de la factura por parte del VENDEDOR, siempre y cuando se haya ejecutado en debida forma el objeto contractual y EL COMPRADOR a través del PROFESIONAL EN SISTEMAS haya expedido la constancia de haber recibido a conformidad y a entera satisfacción.TERCERA. TÉRMINO CONTRACTUAL: El Término contractual se establece en treinta (30) días hábiles contados a partir del Perfeccionamiento de este instrumento, término en el cual EL VENDEDOR deberá entregar el Equipo de cómputo relacionado en la cláusula primera de este contrato, de acuerdo con las Características allí indicadas. CUARTA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: EL COMPRADOR Pagará al VENDEDOR el valor del presente contrato con cargo a la apropiación presupuestal. QUINTA. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR: EL VENDEDOR se obliga para con el COMPRADOR: 5.1. A entregar el equipo de cómputo objeto de esta compra venta, con las características, formas y requerimientos técnicos ofrecidos en la propuesta y descritos en el objeto contractual de este documento, garantizando la calidad de los mismos. 5.2. Entregar el equipo del objeto de esta compra-venta, dentro del plazo previsto para el cumplimiento efectivo del contrato. 5.3. Brindar la garantía de calidad comercial por doce (12) meses a partir de la fecha de entrega y recibido a satisfacción por parte del COMPRADOR, del equipo de cómputo. 5.4. Entregar al COMPRADOR, al momento de la ejecución del contrato, el manual de instalación, de mantenimiento operativo y de operación y de servicio técnico.
7. 5.5. A efectuar todas las pruebas necesarias que permitan establecer el cumplimiento de los objetivos perseguidos por EL COMPRADOR al adquirir los equipos de cómputo, de acuerdo con las funciones para las cuales fueron comprados y con las características tecnológicas y técnicas ofrecidas por el VENDEDOR, que serán validadas por el PROFESIONAL EN SISTEMAS. El aclara que el equipo de cómputo debe funcionar perfectamente, lo cual validará la persona designada por el COMPRADOR. 5.6. Si durante el término de garantía EL COMPRADOR detecta que el equipo de cómputo objeto de esta compra venta, tienen defectos, deficiencias, elaboraciones imperfectas en cualquiera de las piezas y/o elementos que lo conforman o instalaciones o montajes defectuosos, EL VENDEDOR sin costo alguno para EL COMPRADOR, deberá cambiarlos por unos nuevos y realizar la instalación o montaje requerido para su perfecto funcionamiento, lo cual deberá llevar a cabo dentro del término máximo de treinta (30) días calendario siguientes en que reciba la comunicación formal por parte del COMPRADOR. 5.7. Expirado el término de garantía, el VENDEDOR se compromete a proveer al COMPRADOR durante un año, los repuestos requeridos, al justo precio comercial que tengan en ese momento. Se aclara que durante el término de garantía, EL VENDEDOR proveerá soporte y mantenimiento correctivo durante el término de un (1) año contado a partir de la fecha de ejecución del presente contrato, sin que se genere costo alguno para el COMPRADOR. 5.8. Dar las instrucciones necesarias para el correcto manejo del equipo de cómputo, al personal que designe EL COMPRADOR. 5.9. Garantizar al COMPRADOR la idoneidad, funcionalidad y efectividad de todos los medios magnéticos, la documentación, instrucciones, guías del usuario y si fuere necesario a solicitud del COMPRADOR, asesoría técnica en todo lo necesario para el uso del computador objeto de compra venta a partir de la entrega efectiva de los mismos, instalado y en funcionamiento, con el visto bueno del PROFESIONAL EN SISTEMAS. 5.10. EL VENDEDOR asegura al COMPRADOR que el SOFTWARE como sus partes, adiciones y modificaciones son de su exclusiva propiedad y al conceder la presente licencia para su uso
8. SEXTA: OBLIGACIONES DEL COMPRADOR: En desarrollo de este contrato, EL COMPRADOR se obliga a: 6.1. Efectuar el pago conforme a lo establecido en este contrato.6.2. Prestar la colaboración para la debida ejecución del contrato. SÉPTIMA. IMPUESTOS Y GASTOS: EL COMPRADOR se obliga a pagar todos los gastos, seguros, acarreo, impuestos (timbre u otros), derechos y comisiones relacionados con el perfeccionamiento y ejecución del presente contrato.OCTAVA. GARANTÍAS: EL VENDEDOR deberá constituir a su costa, a favor del COMPRADOR y por intermedio de una compañía de seguros legalmente facultada para hacerlo, una póliza única que garantice: 8.1. LA CALIDAD Y BUEN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS suministrados, equivalente al 10% del valor del contrato y con una vigencia igual a la del contrato y un (1) año NOVENA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL Y, SOMETIMIENTO A LAS LEYES: No obstante la aplicación de normas de derecho privado en la Presente contratación y del Reglamento Interno de la TIENDA 2001, el CONTRATANTE podrá hacer Uso de las cláusulas de terminación, modificación e interpretación unilaterales contenidas en los Artículos 15, 16 y 17 de la ley 80 de 1983. Además estará sometido en todo a las leyes Nacionales.DÉCIMA PRIMERA. CADUCIDAD ADMINISTRATIVA: EL COMPRADOR podrá Declarar la caducidad administrativa de este contrato en los casos establecidos en la ley, Específicamente cuando a juicio de este la ejecución del contrato por parte del VENDEDOR, no se Ajuste técnicamente a los lineamientos del contrato, a su naturaleza, términos o condiciones.
9. DÉCIMA SEGUNDA. INTERVENTORÍA: Durante la vigencia de este contrato, EL PROFESIONAL EN SISTEMAS o quien la Gerencia designe, evaluará la calidad y el cumplimiento del contrato y expedirá mínimo dos (02) certificaciones sobre el cumplimiento de este contrato. Los resultados de las evaluaciones serán tenidos en cuenta para estudiar la celebración de un nuevo contrato, la imposición de sanciones u otras determinaciones en materia contractual. DÉCIMA TERCERA.PENA POR INCUMPLIMIENTO: En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento del contrato, se impondrá al VENDEDOR una sanción en dinero, equivalente al diez (10%) del valor total del contrato, la cual podrá hacerse efectiva en la proporción pertinente, la garantía de cumplimiento o, descontando este valor al VENDEDOR por parte del COMPRADOR. Lo anterior sin perjuicio de las consecuencias penales que de este se puedan derivar. DÉCIMA CUARTA. COMPENSACIÓN: En virtud del principio de compensación y para efectos de poder hacer efectiva la cláusula de multas o sanciones y/o la cláusula por incumplimiento establecida en el presente contrato, se procederá bien sea descontando del valor que EL COMPRADOR adeude al VENDEDOR con ocasión de la ejecución del presente contrato o en su defecto, hará efectivas las pólizas en la proporción correspondiente. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN: Este contrato terminará entre otras, por las siguientes causas: 15.1. Mutuo acuerdo entre las partes 15.2.Ejecución total del contrato 15.3. Por incumplimiento de los términos contractuales por parte del VENDEDOR.
10. DÉCIMA SEXTA. ANEXOS: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 16.1.Pólizas de Garantía 16.2. Propuesta presentada en el proceso de contratación CD 009 de 2006. 16.3. Las demás que consideren las partes. DÉCIMA SEPTIMA. PERFECCIONAMIENTO, PUBLICACIÓN Y EJECUCIÓN: Este contrato se perfecciona una vez sea suscrito por las partes. Para efectos de la publicación de este contrato, EL COMPRADOR entregará copia del mismo al VENDEDOR para que diligencie en una plazo no superior a cinco (05) días hábiles contados a Partir de su entrega, su publicación en EL DEPARTAMENTO de este municipio de VILLETA CUNDINAMARCA, requisito que se entiende surtido con la presentación al COMPRADOR, del recibo de pago de los derechos correspondientes. Para la ejecución se requiere de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondiente y de la aprobación de garantía única que deberá ser presentada a la LÍDER DE PROGRAMA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS del COMPRADOR. DECIMA OCTAVA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todo efecto legal, las partes Acogen como domicilio contractual la ciudad de VILLETA (CUNDINAMARCA). Para constancia se firma en VILLETA, el diez (10) de febrero de Dos Mil once (2011).
11. EL COMPRADOR: EL VENDEDOR:TIENDA 2001 KAMALEON (TIENDA ESPECIALIZADAS EN COMPUTADORES)EMPRESA PRIVADA NIT: 83005918-1 LUIS FERNANDO DAZA JOSE ALEJANDRO ALVAREZGerente C.C. 1.077.968.814