3. Derecho.
• Poseemos una definición romana de derecho proporcionada
por Celso (hijo), quien afirma que el derecho es:
“El arte de lo bueno y lo equitativo"
(ius est ars boni et aequil).
Ulpiano en el Digesto
(D.1,1,1 pr.).
4. Derecho.
• Es un conjunto de normas que rigen la
conducta externa de los hombres en
sociedad, las cuales pueden imponerse a
sus destinatarios mediante el empleo de la
fuerza de que dispone el Estado.
5. Derecho Penal.
• Es la rama del Derecho Público interno
relativa a los delitos, a las penas y a las
medidas de seguridad, que tiene por
objetivo inmediato la creación y la
conservación del orden social.
6. Derecho Penal.
Sentido Objetivo y Subjetivo.
• Sentido Objetivo: “Es el conjunto de normas jurídicas
establecidas por el Estado que determinan los delitos, las
penas y las medidas de seguridad con que aquéllos son
sancionados”. (Ius Poenale).
(Cuello Calón)
• Sentido Subjetivo: “Es el derecho del Estado a determinar,
Imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha
contra la criminalidad”. (Ius Puniendi).
(Cuello Calón)
7. Derecho Penal
Sustantivo y Adjetivo.
• Sustantivo o Material. “El Derecho Penal Sustantivo concreta
la noción del delito y determina sus consecuencias”.
(Eusebio Gómez)
• Derecho Adjetivo o Instrumental. “Reglamentación cuyo
objeto es señalar el camino a seguir en la imposición del
Derecho material “.
(Eusebio Gómez)
8. Relación del Derecho Penal con
otras ramas del Derecho.
Si bien el Derecho es un todo, en el cual es imposible escindir
totalmente unas normas de otras, por cuestiones didácticas,
pedagógicas, y también prácticas a la hora de su aplicación, se lo
divide en diferentes ramas. Con cada una de ellas el derecho penal
tiene vinculaciones.
• Derecho Penal y Derecho Constitucional.
• Derecho Penal y Derecho Internacional.
• Derecho Penal y Derecho Procesal Penal.
• Derecho Penal y Derecho Administrativo.
• Derecho Penal y Derecho Privado.
9. Relación del Derecho Penal
con las Ciencias Auxiliares
Las ciencias auxiliares del Siendo así tenemos a:
derecho penal en los
principales sistemas en el • Antropología Criminal.
mundo. En los sistemas de la • Endocrinología.
procuración de justicia y • Psicología Criminal.
enmarcadas en el rubro de
• Sociología Criminal.
servicios periciales auxilian
tanto en la solución de los • Penología.
delitos como ciencias de • Medicina Legal.
prácticas aplicables que apoyan • Psiquiatría médico legal.
o facilitan a los jueces para una • Policía científica y
mejor y exacta aplicación de su criminalística.
criterio de justicia penal.
10. Estudio del Derecho Penal.
Introducción
Teoría de la Ley Penal
Parte General
Teoría del Delito
Teoría de la Pena y de
DERECHO PENAL las Medidas de
Seguridad
Delitos en Particular
Parte Especial
Penas y Medidas de
Seguridad Aplicables
a Casos Concretos
11. Las Escuelas Penales.
Una Escuela Penal puede ser definida como: “Cuerpo orgánico de
concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de
pensar, sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones”. O
también puede ser entendida como “Dirección de pensamiento que
tiene una determinada orientación, trabaja con un método peculiar y
responde a unos determinados presupuestos filosóficos-penales”.
• La Escuela Clásica.
• La Escuela Positivista.
• La Escuela Ecléctica.
• La Escuela Sociológica.
• La Escuela Dogmática.
• La Escuela Finalista.
• La Escuela de la Dogmática Jurídica Contemporánea o Nueva
Política Criminal.
• Escuela Abolicionista del Derecho Penal.
• Escuela del Derecho Penal Mínimo.