Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
2. Derecho.
• Poseemos una definición romana de derecho proporcionada
por Celso (hijo), quien afirma que el derecho es:
“El arte de lo bueno y lo equitativo"
(ius est ars boni et aequil).
Ulpiano en el Digesto
(D.1,1,1 pr.).
3. Derecho.
• Es un conjunto de normas que rigen la
conducta externa de los hombres en
sociedad, las cuales pueden imponerse a
sus destinatarios mediante el empleo de la
fuerza de que dispone el Estado.
4. Derecho Penal.
• Es la rama del Derecho Público interno
relativa a los delitos, a las penas y a las
medidas de seguridad, que tiene por
objetivo inmediato la creación y la
conservación del orden social.
5. Derecho Penal.
Sentido Objetivo y Subjetivo.
• Sentido Objetivo: “Es el conjunto de normas jurídicas
establecidas por el Estado que determinan los delitos, las
penas y las medidas de seguridad con que aquéllos son
sancionados”. (Ius Poenale).
(Cuello Calón)
• Sentido Subjetivo: “Es el derecho del Estado a determinar,
Imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha
contra la criminalidad”. (Ius Puniendi).
(Cuello Calón)
6. Derecho Penal
Sustantivo y Adjetivo.
• Sustantivo o Material. “El Derecho Penal Sustantivo concreta
la noción del delito y determina sus consecuencias”.
(Eusebio Gómez)
• Derecho Adjetivo o Instrumental. “Reglamentación cuyo
objeto es señalar el camino a seguir en la imposición del
Derecho material “.
(Eusebio Gómez)
7. Relación del Derecho Penal con
otras ramas del Derecho.
Si bien el Derecho es un todo, en el cual es imposible escindir
totalmente unas normas de otras, por cuestiones didácticas,
pedagógicas, y también prácticas a la hora de su aplicación, se lo
divide en diferentes ramas. Con cada una de ellas el derecho penal
tiene vinculaciones.
• Derecho Penal y Derecho Constitucional.
• Derecho Penal y Derecho Internacional.
• Derecho Penal y Derecho Procesal Penal.
• Derecho Penal y Derecho Administrativo.
• Derecho Penal y Derecho Privado.
8. Relación del Derecho Penal
con las Ciencias Auxiliares
Las ciencias auxiliares del
derecho penal en los
principales sistemas en el
mundo. En los sistemas de la
procuración de justicia y
enmarcadas en el rubro de
servicios periciales auxilian
tanto en la solución de los
delitos como ciencias de
prácticas aplicables que apoyan
o facilitan a los jueces para una
mejor y exacta aplicación de su
criterio de justicia penal.
Siendo así tenemos a:
• Antropología Criminal.
• Endocrinología.
• Psicología Criminal.
• Sociología Criminal.
• Penología.
• Medicina Legal.
• Psiquiatría médico legal.
• Policía científica y
criminalística.
9. Estudio del Derecho Penal.
DERECHO PENAL
Parte General
Introducción
Teoría de la Ley Penal
Teoría del Delito
Teoría de la Pena y de
las Medidas de
Seguridad
Parte Especial
Delitos en Particular
Penas y Medidas de
Seguridad Aplicables
a Casos Concretos
10. Las Escuelas Penales.
Una Escuela Penal puede ser definida como: “Cuerpo orgánico de
concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de
pensar, sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones”. O
también puede ser en tendida como “Dirección de pensamiento que
tiene una determinada orientación, trabaja con un método peculiar y
responde a unos determinados presupuestos filosóficos-penales”.
• La Escuela Clásica.
• La Escuela Positivista.
• La Escuela Ecléctica.
• La Escuela Sociológica.
• La Escuela Dogmática.
• La Escuela Finalista.
• La Escuela de la Dogmática Jurídica Contemporánea o Nueva
Política Criminal.
• Escuela Abolicionista del Derecho Penal.
• Escuela del Derecho Penal Mínimo.