Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Tributario
1. NATURALEZA JURIDICA:
La naturalezajurídicade lainfraccióntributariahasidomotivode discusióndoctrinal yde allílafaltade
acuerdosobre la ubicacióncientíficadel derechopenal tributario,el derechopenal engeneral regulala
punibilidadde lasinfraccionesque atacanlaseguridadde losderechosgeneralesde losindividuosenla
sociedad,el derechotributario regulalapunibilidadde las infraccionesque cometenloscontribuyentes
por el incumplimientode susobligacionestributarias.
DEFINICION:
Consiste en hacer lo que no se debe hacer, es todo hecho p acto contrario a la ley, los actos ilegales
estánviciadosde nulidad,exceptoque laleyproporcione unasolucióndistinta, tiene un significado, en
consecuencia,másamplioque ilegal,yaque loque noestápermitidoprácticamente está prohibido por
la ley.Esla violaciónalasnormas tributariasque constituyenel ilícitotributarioque esel actou omisión
de un particular.
INFRACCION YDELITOS:
INFRACCION:El delitoeslainfracción que ataca directamente la seguridad de los derechos naturales y
socialesde losindividuos,suestudio esparte del derecho penal común, el derecho argentino analiza y
hace dos grandes grupos, uno se crea con definiciones pre jurídicas o condicionantes de las
legalizacionesyel otrogrupo de definicionesdogmáticas,referidasaunalegislaciónpositiva. Dentro de
las primeras se distinguen porque tienen una fundamentación filosófico jurídica que responden a un
enfoque puramente sociológico o naturalista del derecho que alcanza su máximo nivel.
El campo de lasinfraccionesesmuyamplio,regularmente se pueden tomar como sinónimos pero no lo
son, es todo hecho u omisión descrito, declarado ilegal y sancionado por una ley. El código tributario
establece que todaacciónu omisiónque implique violaciónde normastributariasde índole sustancial o
formal,constituye infracciónsanciones por la administración tributaria en la medida y con los alcances
establecidos en este código y en otras leyes tributarias.
DELITO: Es una figura del derecho penal, es conocido como toda acción u omisión penada por la ley,
estoestásometidoporcompletoal principiode legalidad,de tal forma que el principio acuñado por los
juristasnulllumcrimensine lege,que essureglabásica.Se trata de la violaciónde las leyes impositivas,
cuando en determinadas circunstancias, el hecho constituye el delito.
SANCION:
Éstas están íntimamente ligadas a las infracciones y son las violaciones o los incumplimientos a las
normastributariaspor loque el estado con la facultad que le confiere el artículo 239 de la constitución
política de la república de Guatemala, se aplica al infractor una sanción que va de acuerdo al tipo de
infracción que se cometa ya que así se estipula en nuestra la constitución.
La sanción es un hecho positivo o negativo impuesto al obligado, como consecuencia del
incumplimiento de un deber jurídico que ha sido definido de la siguiente forma; “la existencia del
2. deberjurídicose determina porvirtudde que la violación de la conducta en aquel señalada constituye
el presupuesto de una sanción jurídica, esto es el supuesto de una de las formas de la coercividad
inexorable.
ELEMENTOS DEL ILICITO TRIBUTARIO:
Tratándose de infracciones o delitos son los mismos, por el carácter especial de que se revisten, en la
doctrina se encuentran los siguientes:
HECHO PUNIBLE: Que es una acción típica, que afecta el patrimonio del estado, que este consiste en
dejarde pagar en todoo parte de lostributosadeudadosal fisco,conloque se privaal mismode uno de
los principales recursos públicos legalmente debidos por el contribuyente o responsable, este hecho
esta tipificado en el código penal guatemalteco y todas sus reformas como infracción o contravención
en el código tributario.
SUJETOS ACTIVOS: Son los responsables de hacer el pago de sus tributos, sea ya deudores simples,
solidariosoporrepresentación,cuandose trate de infracciones,losque debiendo cumplirlo estipulado
en la ley no lo hacen y está establecido en el código tributario y en el código penal guatemalteco.
CONCEPTODELICTUAL DE EVASION: Eneste conceptodoctrinariamente se englobannosololasformas
ilícitassinotambiénlaslicitasde evasiónde losimpuestos,el conceptodelictual de evasiónfiscal es
parte de códigopenal,yesconocido como defraudaciónfiscal.
ELEMENTO SUBJETIVO:Dentrode este elementose encuentranel doloylafinalidadde obtenerun
provechode tipopatrimonial,noentregadoalascajasfiscaleslostributosadecuadosal estado,después
de realizadoyllevadoacabo el hechogeneradorutilizandoel tributoparaprovechodel sujetopasivo.
ELEMENTOS OBJETIVOS: Son todos los que se encentran tipificados en las leyes ordinarias como el
códigotributario, el códigopenal yel códigoprocesal penal y todas sus reformas, contienen las figuras
e instrumentos legales de las que se valen tanto el contribuyente como la superintendencia de
administración tributaria y el juzgador para accionar y resolver el caso concreto, también se puede
incluir la ley contra la defraudación y contrabando aduanero.
APLICACIÓN CONJUNTA DELA DEFRAUDACION FISCAL:Este elementotiene relaciónconel principionon
bisin ídem,qué estipulaque nopuedenhaberdosprocedimientos por un mismo delito por lo tanto no
puedenexistirdoscondenaspor una misma acción del contribuyente y no puede existir por un mismo
hechodostipos de procesos un juicio penal judicial y un procedimiento administrativo aun cuando no
seaadministrativoyel otrojudicial el códigotributarioytodaslasreformasrecogeneste principioenlos
artículo 70 y 90 que establece la prohibición de doble pena.
FORMAS DE EXTINCION DEL ILICITO TRIBUTARIO: Se extingue de diferente forma atendiendo así si es
una infracciónoun delitoenlainfracciónse castigacon una sanción de tipo pecuniario se extingue por
el cumplimientodel pagode la sanción por prescripción o condonación si no es pecuniaria se extingue
con el cumplimientode lasanciónsi esundelitoconsiste enlacomisiónde undelitoyse extingueconel
cumplimiento de la pena establecida en la legislación según el código penal guatemalteco EN SU
3. ARTICULO 101, puede ser por muerte del procesado o El condenado por amnistía por Perdón del
ofendidoen los casos en que la ley lo permita expresamente por prescripción por cumplimiento de la
penaenel artículo 102 del mismocuerpolegal se establece que laextinciónde lapenapuede ser por su
cumplimiento por muerte del reo por amnistía por indulto por Perdón del ofendido en los casos
señalados por la ley y por prescripción.
REGULACIÓN LEGAL:
El código tributario decreto 691 del Congreso de la República y todas sus reformas regulan las
infraccionesysancionestributariasadministrativasYcontiene dentrode sunormativael procedimiento
administrativo tributario que comprende los recursos y su procedimiento así como parte del
procedimiento judicial al nombrar el artículo 167 del proceso contencioso administrativo tributario
diligencia de acuerdo a lo establecido en la ley de lo contencioso administrativo decreto 119 - 96 del
Congreso de la república
El código penal decreto 1773 del Congreso de la República y todas sus reformas regula los delitos de
defraudación tributaria y defraudación mediante informaciones contables por lo que penalizan las
infraccionestributariasconstitutivas de delitoenlaque se configuran los elementos propios del Delito
se encuentraregulado en los artículos 51 72 271 y 358 literal a b c y d del Código Penal guatemalteco el
Decreto número 10 - 2012 del Congreso de la República ley de actualización tributaria libro 2 ley
aduanera nacional el
Decreto37 - 2016 del Congresode larepúblicaque modificavariasleyesycrea la revelación en materia
tributaria del secreto bancario
ley de defraudación y contrabando aduanero decreto número 58-90 del Congreso de la República y
todas sus reformas también es parte de La regulación legal guatemalteca del ilícito tributario por
cometerensu normativalosprocedimientosjudicialesenmateriaaduaneralatipificaciónespecífica del
delito de defraudación y contrabando en el ramo de aduanas uno de los de mayor incidencia e
importancia en la práctica y que se le ha dado relativamente menos importancia.
código procesal penal decreto 51 - 92 del Congreso de la República y todas sus reformas este regula la
parte adjetiva judicial del tributario contenido de los mismos artículos que Norman el proceso penal
general Especialmentelosartículos27 suspensióncondicionalde la persecución penal y 264 sustitución
328 sobre seguimiento y 330 valor y efectos