11. ABROGACION DERROGACION EXPRESA: Cuando en la nueva ley se encuentra incluida en las disposiciones finales de la derogación de la ley antigua. TACITA: cuando se infiere que la nueva ley deroga a la antigua, en virtud de que regula los mismos aspectos.
12.
13.
14. En qué tiempo se va aplicar y en qué tiempo dejara de ser valida de aplicación obligatoria a la población que pretende regular.
15. Dicha normar puede tener explícitamente indicada la fecha que empieza a regir y el día que ya no tendrá validez.