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CAESPE- CENTRO DE ANALISIS Y ESTUDIOS DE SERVICIOS PUBLICOS Y LA
ENERGIA
Guillermo Lopez Flores, Ingeniero Consultor
DISCRIMINACION POSITIVA PARA UNA PARTICIPACION EFECTIVA DE
EMPRESAS PARAGUAYAS EN LA CONSULTORIA PARA FIZCALIZACION DE LAS
OBRAS DEL AÑACUA
la ciencia (que se enseña en las aulas) trata del conocimiento del por
qué de las cosas.
La tecnología (que la desarrollan las empresas) trata del conocimiento
del cómo.
• LO QUE SE APRENDE EL AULA ES INFORMACION. LO QUE SE APRENDE
CON EL TRABAJO ES EL VERDADERO CONOCIMIENTO. Einstein.
Pero para facilitar la comprensión de esas diferencias digamos que el
conocimiento está en la mente de los humanos, en la interpretación que
hacen los humanos de la información que reciben del exterior. Entonces
en estos momentos todos podemos recibir información, pero pocos
logramos convertirla en conocimiento, en otras palabras todos tenemos
acceso a la información pero pocos al conocimiento, porque para que
se construya el conocimiento tendremos que tener mucha información
e interpretarla en base a otra información a través del tiempo. La
información viene de afuera, los conocimientos se construyen en
nuestro cerebro, basados en la interpretación de la información que
recibimos.
Veamos un ejemplo. Hay dos personas en avión, uno es un piloto
profesional y el otro es una persona que no sabe nada sobre pilotear
aviones, les damos un libro con información sobre como pilotear
aviones, para que posteriormente lo piloteen, el piloto profesional ya
tiene un conocimiento construido en su mente con toda la información
organizada, interrelacionada e interpretada para pilotear el avión, razón
por la cual pilotea el avión sin ningún problema, el segundo hombre, a
pesar de que tiene la información para pilotear el avión en el libro, no
es capaz de pilotearlo, ya que en su mente no ha construido el
conocimiento necesario para pilotearlo, es decir tiene la información,
pero no la ha interpretado en su mente. Esa es la diferencia entre
conocer y tener la información.
1. CONCILIACION DE INTERESES APARENTEMENTE
CONTRAPUESTOS
Las políticas de contratación pública preferencial destinadas a apoyara las empresas LOCALES requieren
la participación de los responsables de la formulación de políticas, las entidades contratantes,las empresas,
las instituciones de apoyo al comercio.
1.2.1. Principio de legalidad, Principio de concurrencia, Principio de transparencia, publicidad, difusión,
Principio de trato justo, Participación nacional, criterios de eficiencia, calidad, .....
En general, la igualdad es el principio más importante que subyace al proceso de
contrataciónpública.Lasleyes y constituciones,que establecen el marcogeneralpara las
contrataciones del sector público, estipulan que todas las entidades del Estado deben
cumplir los principios de legalidad, impersonalidad, moralidad y eficiencia.
Los servicios, obras, compras y ventas gubernamentales deben ser llevados a cabo
mediante un procedimiento de licitación pública que garantice la igualdad de
condiciones para todos los licitadores. La ley prohíbe explícitamente los llamamientos a
licitación que contengan disposiciones que coarten el proceso concursal, incluida la
imposición de cualquier preferencia o discriminación relacionada con el lugar de
nacimiento o domicilio principal de desarrollo de la actividad de los licitadores, o con
cualquier otra cuestión que no guarde relación con el objeto del contrato.
Sin embargo, el principio de igualdad no es absoluto.
Y muchísimos países, en las leyes de Contratos y Adquisiciones Publicas se da cabida a
un objetivo contrapuesto: la promoción de las microempresas y las pequeñas empresas,
autorizándose el trato preferencial para estas empresas y estipulan hasta reserva de
licitaciones exclusivamente para ellas. Establecen un margen de preferencia para los
productos y servicios nacionales, así como otras restricciones relativas al origen de los
bienes y servicios empleados en las tecnologías de la información y sistemas de
comunicaciónqueelpoder ejecutivoconsidera estratégicos. Los gobiernos sostienen que
estas medidas son necesarias para el desarrollo nacional y para impulsar el avance
cultural y socioeconómico, el bienestar de los ciudadanos y la autonomía tecnológica.
Estos objetivos son contrapuestos al objetivo primordial de igualdad.
La contrataciónpública ofreceuna vía excepcionaly responsable desde unpuntode vista
fiscal para potenciar el empoderamiento de la mujer, combatir la pobreza y promover el
crecimiento económico integrador. La contratación pública representa hasta un10-15 %
del producto internobruto (PIB) enlospaíses desarrollados y el 30%del PIBenlos países
en desarrollo. Esto se traduce en billones de dólares de gasto público anualmente.
En el ámbito de la contratación pública, exige, que todos quienes se hallen aptos para participar en un
proceso de contratación, reciban igual trato sin discriminación alguna. Las entidades contratantes, deben
establecer condiciones que permitan tal participación, esto significa, sin incluir circunstancias que limiten
o sitúen a determinados oferentes en estado de superioridad o de preferencia. Por ende,en un procedimiento
precontractual, no puede existir diferencia alguna entre los oferentes, participarán en “igual condición entre
ellos, ante la entidad pública contratante (máxima autoridad, comisión técnica), y ante la Ley, para ser
adjudicados, tomando en cuenta la conveniencia de las ofertas y no de los oferentes.” 62 El principio de
igualdad “es un mandato de optimización que está caracterizado por el hecho de que puede ser cumplido
en diferentes grados y que la medida debida de su cumplimiento no sólo depende de las posibilidades reales,
sino también de las jurídicas.”
En contratación pública la igualdad significa que todos los sujetos interesados en contratar con el Estado,
participarán en idénticas circunstancias,gozarán de las mismas oportunidades,obligando a las entidades a
estableceren los pliegos de un proceso,las mismas condiciones para los futuros oferentes,que les permitan
obtener la oferta más ventajosa y establecer preferencias hacia quien oferte las mejores condiciones
presentes o futuras,sobre la base de la selección objetiva que dispone la ley. En el proceso de selección del
contratista, surge un fenómeno social, jurídico y empresarial, denominado discriminación positiva o
discriminación no arbitraria aplicable en forma de preferencias, a favor de las micro, pequeñas,medianas
empresas o actores de la economía popular y solidaria, con el fin de que obtengan cierta ventaja frente a
otras personas o empresas, cuando participan en un proceso de licitación o de contratación con el Estado,
obviamente, cumpliendo las mismas exigencias legales y requisitos establecidos para el efecto; en estas
circunstancias,la discriminación positiva o discriminación no arbitraria se define como: Una acción que, a
diferencia de la discriminación negativa (o simplemente discriminación), pretende establecerpolíticas que
dan a un determinado grupo social, étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a
causa de injusticias sociales,un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios
así como acceso a determinados bienes, con el objeto de mejorar la calidad de vida de grupos
desfavorecidos, y compensarlos por los perjuicios o la discriminación de la que fueron víctimas en el
pasado. 68 La discriminación positiva, que será abordada de
Es importante que los procedimientos se efectúen, de tal forma que si bien, se otorga una ventaja, ésta se
realice a partir de ciertas condiciones, y no, por el solo hecho de ser MIPYME, la preferencia se debe
establecer cuando este grupo, cumpla también con los criterios de calidad y eficiencia y porque no decirlo
calidad-costo, que permitan precisamente lograr el objetivo de la contratación pública, que es el de recibir
la obra bien o servicio en la calidad y bajo las condiciones con las que se efectuaron los diferentes procesos
de contratación.
Sin embargo, el principio de igualdad no es absoluto.
Y muchísimos países, en las leyes de Contratos y Adquisiciones Publicas se da cabida a
un objetivo contrapuesto: la promoción de las microempresas y las pequeñas empresas,
autorizándose el trato preferencial para estas empresas y estipulan hasta reserva de
licitaciones exclusivamente para ellas. Establecen un margen de preferencia para los
productos y servicios nacionales, así como otras restricciones relativas al origen de los
bienes y servicios empleados en las tecnologías de la información y sistemas de
comunicaciónqueelpoder ejecutivoconsidera estratégicos. Los gobiernos sostienen que
estas medidas son necesarias para el desarrollo nacional y para impulsar el avance
cultural y socioeconómico, el bienestar de los ciudadanos
A) OBJETIVOS DE LA LICITACION
La contratación del servicio de ingeniería de fiscalización de bienes y servicios, de forma
a lograr dos de los principales objetivos:
1. La contratación de la empresa optima , en términos de experiencia para este tipo
de proyecto, al menor costo posible, solida organización empresarial para fiscalizar y
asegurar la correcta construcción de las obras.
2. La máxima y genuina participación de empresas consultoras de los dos países
condóminos
3. Adicionalmente, para Py existe un objetivo que, no por intangible, es menos
crucial y critico: la formación de empresas y técnicos que tomen la posta de la ingeniería
de obras eléctricas e hidroeléctricas futuras, pues ya la generación de profesionales
formados por Itaipu y Yacyretá están todos retirados.
B) MERCADO CERRADO
Como la financiación del servicio es con fondos propios, y por ser una entidad que no
está obligada a cumplir con las leyes nacionales de contratación pública, la EBY puede
establecer los requisitos y condiciones apropiados para los objetivos arriba citados.
1. Mercado restringido a empresas establecidas en los dos países. La envergadura
y características de la obra permite perfectamente restringir la participación y
contratación del servicio exclusivamente entre empresas paraguaya y argentinas. De ser
necesario, se contratará en el mercado mundial los especialistas o capacidad o
experiencia que no se encuentren en ambos países.
C) CONSORCIO OBLIGATORIO
2. Consorcio binacional obligatorio. Se estipula la obligatoriedad de cada oferente
estar constituidas en consorcios o uniones transitarias binacionales (UTE) binacional de
una empresa paraguayas y una argentina.
3. Participación. Si bien se reconoce que cada empresa tiene derecho de
participación hasta el 50% del monto del contrato, se entiende que real la composición
porcentual será negociada entre las partes y legítimamente debería ser en proporción a
la capacidad y experiencia de cada empresa, se admitirá otra proporción. De todas
formas, se establece que la minina del para el socio minoritario sea del 20%.
El inconveniente de un consorcio para oferta es que en Py no habrá mas de 5 empresas
calificadas y ello dará pie a reclamación de las empresas Ar que no hay suficiente
candidatos a socios en Py.
EL ESQUEMA GCAP
Para el diseño original de Itaipu en los años 70s, las consultoras paraguayas, sin ninguna
experiencia en el tema,conformaronunúnicoconsorcioelGrupoConsultorAltoParana,
y las numerosasconsultorasbrasileñasdebiancompartirtodos los trabajosencomendale
por Itaipu.
DISCRIMINACION POSITIVA O accion afirmativa
Las políticas de discriminación positiva consisten en crear LEGALMENTE unas
desigualdades para favorecer la igualdad de hecho. En el momento en el cual se impone
el principio de no-discriminación, puede parecer paradójico recurrir a esta forma de
acción positiva cuya finalidad es llegar a una igualdad real, «dando más a los que tienen
menos»
La discriminación positiva es una herramienta para transformar la sociedad. El
objetivo es garantizar una igualdad real y efectiva de derechos y oportunidades .
 Compra preferencial a empresas PYMEs
 Contratar policías por pertenecer a ciertas minorías sociales.
 Cupos de ingreso o becas estudiantiles, para ciertos grupos sociales, por ejemplo
de estrato económico pobres.
Significa esto que hay que bajar el nivel de exigencia académica? o de calidad
tecnológica?.
El mainstreaming, o acciónintegrada, intenta prevenir la discriminaciónindirecta, es
decir, eliminar las disposiciones o prácticas que, aparentemente irreprochables, corren
el riesgo, una vez implementadas, de crear o de agravar una desigualdad de situación
En este caso escuchamos por toda Latinoamérica de las pymes son el motor de la
economía y sobre la necesidad de favorecerlas, de darles atención, financiamiento,
asistencia técnica, etc., pero lo que reciben es… nada. No se puede tratar a las pymes con
el marco legal de la gran empresa. Tampoco se les puede exigir lo mismo que a la gran
empresa (o al menos no desde que nace). Quizás el problema sea justamente de “acción
afirmativa”, pero real, es decir, un trato diferenciado para el grueso de las empresas.
Puede sonar contradictorio porque se supone que la ley busca responder al caso general.
Pero mientras no nos demos cuenta que la pequeña empresa es el caso general, tenemos
que invertir la tortilla y discriminar en favor de la mayoría. Contradictorio, ¿no?
D) ANTECEDENTES TECNICOS DIFERENCIADOS.
1. Realidades paraguayas
• Es sabido que exigir a empresas paraguayas experiencia global en obras similares
es de cumplimiento imposible.
• También es sabido que la participación de las empresas consultoras paraguayas
en las tres hidroeléctricas del país, ha sido limitada en volumen, y parcial en términos de
disciplina.
• La ultima obra hidroeléctrica fue terminada en lo substancial, hace 25 años. Lo
que se puede afirmar que la tecnología ha cambiado enormemente
• La empresa consultora paraguaya y los consultores paraguayos se ha dedicado a
otras cosas, o ya retirado.
• Si es cierto que empresas consultoras paraguayas han estado participando en
pequeñas obras de por ejemplo, ampliación caso generadores 9ª y 18A ampliación de la
SEMD en Itaipu, líneas y subestaciones de 500 kV, estudios eléctricos, proyectos de
mejoras, adecuación, mantenimiento, modernización, etc. Pero en general trabajos de
poca envergadura y por ende bajo presupuesto. Ademas, mantener un staff de
especialista es un verdadero desafio por la falta de continuidad de contratos.
• Los profesionales consultores formados en las dos grande hidroeléctricas ya esta
prácticamente retirados. Escacea y es muy difícil formar nuevos ingenieros,
principalmente por la falta de continuidad de contratos de servicios.
• Las dos empresas hidroeléctricas y la ANDE prácticamente se autoabastecen en
servicios de ingeniería y contrata marginalmente afuera sus necesidades. Los proyectos
financiados por créditos multilaterales imponen una exigencia tan elevada a las
empresas y consultores que las chances de la empresas nacionales es muy baja /o la
participación porcentual minima.
• Por ello, el sector privado no encuentra en el país la consultoria adecuada cuando
lo requiere, y recurre a los funcionarios del estado, informalmente y sin el ambiente de
responsabilidad y formalidad legal.
• Las consultoras paraguayas se ven severamente afectadas en su flujo de caja por
la falta de pago en tiempo y forma por parte del cliente (Itaipu es la excepción)
• Estas y otras condiciones nos lleva a ser MEROS maquiladores, es decir,
recibimos los planos, las instrucciones y las piezas y armamos el equipo. Pero no
tenemos lo que se conoce como la fuente de la nueva riqueza, EL CONOCIMIENTO Y LA
INNOVACION. Ejemplos son las dos LT 500 KV, Itaipu-SEVH y SEVH-CHY: las
empresas paraguayas tuvieron buen porcentaje de participación en el contrato de
provision, pero casi nula participación en los estudios y proyectos.
• Asi, las empresas extranjeras consultoras extranjeras no comprenden muy bien
las especificidades propias de las organizaciones públicas, o son mal comprendidas
• la industria de la consultoría profesional y experta actúa de difusor de
innovaciones y mejores prácticas que incrementan la productividad y el crecimiento
económico. El Banco Interamericano de Desarrollo dice que “El principal canal de
innovación y progreso tecnológico en la región es la adaptación de conocimiento
importado, mientras que muchas veces falta la capacidad de absorción necesaria para
tomar completa ventaja de la transferencia de tecnología.
•
• La empresa socia mayoritaria (líder) debe tener experiencia comprobada como
responsable principal en por lo menos (3) tres proyectos hidroeléctricos de potencia
similar o mayores, en los últimos 20 años.
2. La empresa socia minoritaria debe tener experiencia comprobada, como
contratista principal, contratista minoritario, subcontratista, en centrales eléctricas y
subestaciones 500 kV aisladas en SF6 en los últimos 10 años, en una o mas de cualquiera
de las áreas civil, mecánico, eléctrico, electromecánico o electro-electrónico, en los
últimos 10 años.
D) ANTECEDENTES FINANCIEROS
1. La empresa LIDER debe tener una facturación promedio anual de los tres
mejores años en los últimos 10 años, igual al 40% de la oferta del consorcio.
2. La empresa minoritaria debe tener una facturación promedio anual de los tres
mejores años en los últimos 10 años, igual al 10% de la oferta del consorcio.
3. Por supuesto, otros índices como liquidez, endeudamiento, patrimonio neto, etc.
D) REQUISITOS ESPECIALES
1. El consorcio debe contar con un profesional senior (ingeniero civil, geotécnico,
mecánico de suelos) especializado represas, con al menos una experiencia en corte de
presa de tierra.
2. Podrán participar de esta licitación empresas individuales legalmente
establecidas en la Rca. del Paraguay y la Rca. Argentina, cuyoramo de negocio, definido
en sus actos constitutivos, fuere pertinente al objeto de esta licitación y que cumpla
integralmente todos los requisitos establecidos en este Pliego de Bases y Condiciones.
3. Las empresas constituirán un consorcio binacional. Se entiende por consorcio
binacional la asociación de empresa(s) establecida(s) en el Paraguay con empresa(s)
establecida(s) en la Argentina, en régimen de responsabilidad solidaria, con el fin de
participar y ejecutar el objeto de la licitación, no configurándose en persona jurídica
única, ya que cada integrante mantiene su propia personería;
4. Ninguna empresa podrá participar en mas de 1 consorcio
5. Un consorcio no podrá tener mas de 1 empresa de cada país.
6. La empresa líder del consorcio binacional, necesariamente será responsable por
la gerencia y planeamiento general del proyecto, pudiendo estar establecida en el
Paraguay o en el Brasil y será quien responderá administrativa y judicialmente por el
consorcio;
a) Modalidad: licitación pública binacional.
b) Tipo de licitación: menor precio.
c) Régimen de adquisición: precio global.
d) Plazo de ejecución del Proyecto Básico: x años.
ESTE ESQUEMA, SALVADA LAS DIFERENCIAS, ES UNA ADAPTACION DE LO
APLICADO POR ITAIPU PARA EL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA
ELABORACION DE PROYECTO BASICO DE ACTUALIZACION (MODERNIZACION).
Itaipu. Lic. EF 0410-15 PROYECTO BASICO DE LA ACTUALIZACIÓN TECNOLOGICA
DE LA CENTRAL ITAIPU

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Discriminacion positiva

  • 1. CAESPE- CENTRO DE ANALISIS Y ESTUDIOS DE SERVICIOS PUBLICOS Y LA ENERGIA Guillermo Lopez Flores, Ingeniero Consultor DISCRIMINACION POSITIVA PARA UNA PARTICIPACION EFECTIVA DE EMPRESAS PARAGUAYAS EN LA CONSULTORIA PARA FIZCALIZACION DE LAS OBRAS DEL AÑACUA la ciencia (que se enseña en las aulas) trata del conocimiento del por qué de las cosas. La tecnología (que la desarrollan las empresas) trata del conocimiento del cómo. • LO QUE SE APRENDE EL AULA ES INFORMACION. LO QUE SE APRENDE CON EL TRABAJO ES EL VERDADERO CONOCIMIENTO. Einstein. Pero para facilitar la comprensión de esas diferencias digamos que el conocimiento está en la mente de los humanos, en la interpretación que hacen los humanos de la información que reciben del exterior. Entonces en estos momentos todos podemos recibir información, pero pocos logramos convertirla en conocimiento, en otras palabras todos tenemos acceso a la información pero pocos al conocimiento, porque para que se construya el conocimiento tendremos que tener mucha información e interpretarla en base a otra información a través del tiempo. La información viene de afuera, los conocimientos se construyen en nuestro cerebro, basados en la interpretación de la información que recibimos. Veamos un ejemplo. Hay dos personas en avión, uno es un piloto profesional y el otro es una persona que no sabe nada sobre pilotear aviones, les damos un libro con información sobre como pilotear aviones, para que posteriormente lo piloteen, el piloto profesional ya tiene un conocimiento construido en su mente con toda la información organizada, interrelacionada e interpretada para pilotear el avión, razón por la cual pilotea el avión sin ningún problema, el segundo hombre, a pesar de que tiene la información para pilotear el avión en el libro, no es capaz de pilotearlo, ya que en su mente no ha construido el conocimiento necesario para pilotearlo, es decir tiene la información, pero no la ha interpretado en su mente. Esa es la diferencia entre conocer y tener la información. 1. CONCILIACION DE INTERESES APARENTEMENTE CONTRAPUESTOS Las políticas de contratación pública preferencial destinadas a apoyara las empresas LOCALES requieren la participación de los responsables de la formulación de políticas, las entidades contratantes,las empresas, las instituciones de apoyo al comercio.
  • 2. 1.2.1. Principio de legalidad, Principio de concurrencia, Principio de transparencia, publicidad, difusión, Principio de trato justo, Participación nacional, criterios de eficiencia, calidad, ..... En general, la igualdad es el principio más importante que subyace al proceso de contrataciónpública.Lasleyes y constituciones,que establecen el marcogeneralpara las contrataciones del sector público, estipulan que todas las entidades del Estado deben cumplir los principios de legalidad, impersonalidad, moralidad y eficiencia. Los servicios, obras, compras y ventas gubernamentales deben ser llevados a cabo mediante un procedimiento de licitación pública que garantice la igualdad de condiciones para todos los licitadores. La ley prohíbe explícitamente los llamamientos a licitación que contengan disposiciones que coarten el proceso concursal, incluida la imposición de cualquier preferencia o discriminación relacionada con el lugar de nacimiento o domicilio principal de desarrollo de la actividad de los licitadores, o con cualquier otra cuestión que no guarde relación con el objeto del contrato. Sin embargo, el principio de igualdad no es absoluto. Y muchísimos países, en las leyes de Contratos y Adquisiciones Publicas se da cabida a un objetivo contrapuesto: la promoción de las microempresas y las pequeñas empresas, autorizándose el trato preferencial para estas empresas y estipulan hasta reserva de licitaciones exclusivamente para ellas. Establecen un margen de preferencia para los productos y servicios nacionales, así como otras restricciones relativas al origen de los bienes y servicios empleados en las tecnologías de la información y sistemas de comunicaciónqueelpoder ejecutivoconsidera estratégicos. Los gobiernos sostienen que estas medidas son necesarias para el desarrollo nacional y para impulsar el avance cultural y socioeconómico, el bienestar de los ciudadanos y la autonomía tecnológica. Estos objetivos son contrapuestos al objetivo primordial de igualdad. La contrataciónpública ofreceuna vía excepcionaly responsable desde unpuntode vista fiscal para potenciar el empoderamiento de la mujer, combatir la pobreza y promover el crecimiento económico integrador. La contratación pública representa hasta un10-15 % del producto internobruto (PIB) enlospaíses desarrollados y el 30%del PIBenlos países en desarrollo. Esto se traduce en billones de dólares de gasto público anualmente. En el ámbito de la contratación pública, exige, que todos quienes se hallen aptos para participar en un proceso de contratación, reciban igual trato sin discriminación alguna. Las entidades contratantes, deben establecer condiciones que permitan tal participación, esto significa, sin incluir circunstancias que limiten o sitúen a determinados oferentes en estado de superioridad o de preferencia. Por ende,en un procedimiento precontractual, no puede existir diferencia alguna entre los oferentes, participarán en “igual condición entre ellos, ante la entidad pública contratante (máxima autoridad, comisión técnica), y ante la Ley, para ser adjudicados, tomando en cuenta la conveniencia de las ofertas y no de los oferentes.” 62 El principio de igualdad “es un mandato de optimización que está caracterizado por el hecho de que puede ser cumplido en diferentes grados y que la medida debida de su cumplimiento no sólo depende de las posibilidades reales, sino también de las jurídicas.” En contratación pública la igualdad significa que todos los sujetos interesados en contratar con el Estado, participarán en idénticas circunstancias,gozarán de las mismas oportunidades,obligando a las entidades a estableceren los pliegos de un proceso,las mismas condiciones para los futuros oferentes,que les permitan obtener la oferta más ventajosa y establecer preferencias hacia quien oferte las mejores condiciones presentes o futuras,sobre la base de la selección objetiva que dispone la ley. En el proceso de selección del contratista, surge un fenómeno social, jurídico y empresarial, denominado discriminación positiva o discriminación no arbitraria aplicable en forma de preferencias, a favor de las micro, pequeñas,medianas empresas o actores de la economía popular y solidaria, con el fin de que obtengan cierta ventaja frente a otras personas o empresas, cuando participan en un proceso de licitación o de contratación con el Estado, obviamente, cumpliendo las mismas exigencias legales y requisitos establecidos para el efecto; en estas circunstancias,la discriminación positiva o discriminación no arbitraria se define como: Una acción que, a diferencia de la discriminación negativa (o simplemente discriminación), pretende establecerpolíticas que dan a un determinado grupo social, étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a causa de injusticias sociales,un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios así como acceso a determinados bienes, con el objeto de mejorar la calidad de vida de grupos
  • 3. desfavorecidos, y compensarlos por los perjuicios o la discriminación de la que fueron víctimas en el pasado. 68 La discriminación positiva, que será abordada de Es importante que los procedimientos se efectúen, de tal forma que si bien, se otorga una ventaja, ésta se realice a partir de ciertas condiciones, y no, por el solo hecho de ser MIPYME, la preferencia se debe establecer cuando este grupo, cumpla también con los criterios de calidad y eficiencia y porque no decirlo calidad-costo, que permitan precisamente lograr el objetivo de la contratación pública, que es el de recibir la obra bien o servicio en la calidad y bajo las condiciones con las que se efectuaron los diferentes procesos de contratación. Sin embargo, el principio de igualdad no es absoluto. Y muchísimos países, en las leyes de Contratos y Adquisiciones Publicas se da cabida a un objetivo contrapuesto: la promoción de las microempresas y las pequeñas empresas, autorizándose el trato preferencial para estas empresas y estipulan hasta reserva de licitaciones exclusivamente para ellas. Establecen un margen de preferencia para los productos y servicios nacionales, así como otras restricciones relativas al origen de los bienes y servicios empleados en las tecnologías de la información y sistemas de comunicaciónqueelpoder ejecutivoconsidera estratégicos. Los gobiernos sostienen que estas medidas son necesarias para el desarrollo nacional y para impulsar el avance cultural y socioeconómico, el bienestar de los ciudadanos A) OBJETIVOS DE LA LICITACION La contratación del servicio de ingeniería de fiscalización de bienes y servicios, de forma a lograr dos de los principales objetivos: 1. La contratación de la empresa optima , en términos de experiencia para este tipo de proyecto, al menor costo posible, solida organización empresarial para fiscalizar y asegurar la correcta construcción de las obras. 2. La máxima y genuina participación de empresas consultoras de los dos países condóminos 3. Adicionalmente, para Py existe un objetivo que, no por intangible, es menos crucial y critico: la formación de empresas y técnicos que tomen la posta de la ingeniería de obras eléctricas e hidroeléctricas futuras, pues ya la generación de profesionales formados por Itaipu y Yacyretá están todos retirados. B) MERCADO CERRADO Como la financiación del servicio es con fondos propios, y por ser una entidad que no está obligada a cumplir con las leyes nacionales de contratación pública, la EBY puede establecer los requisitos y condiciones apropiados para los objetivos arriba citados. 1. Mercado restringido a empresas establecidas en los dos países. La envergadura y características de la obra permite perfectamente restringir la participación y contratación del servicio exclusivamente entre empresas paraguaya y argentinas. De ser necesario, se contratará en el mercado mundial los especialistas o capacidad o experiencia que no se encuentren en ambos países. C) CONSORCIO OBLIGATORIO 2. Consorcio binacional obligatorio. Se estipula la obligatoriedad de cada oferente estar constituidas en consorcios o uniones transitarias binacionales (UTE) binacional de una empresa paraguayas y una argentina. 3. Participación. Si bien se reconoce que cada empresa tiene derecho de participación hasta el 50% del monto del contrato, se entiende que real la composición porcentual será negociada entre las partes y legítimamente debería ser en proporción a la capacidad y experiencia de cada empresa, se admitirá otra proporción. De todas formas, se establece que la minina del para el socio minoritario sea del 20%. El inconveniente de un consorcio para oferta es que en Py no habrá mas de 5 empresas calificadas y ello dará pie a reclamación de las empresas Ar que no hay suficiente candidatos a socios en Py.
  • 4. EL ESQUEMA GCAP Para el diseño original de Itaipu en los años 70s, las consultoras paraguayas, sin ninguna experiencia en el tema,conformaronunúnicoconsorcioelGrupoConsultorAltoParana, y las numerosasconsultorasbrasileñasdebiancompartirtodos los trabajosencomendale por Itaipu. DISCRIMINACION POSITIVA O accion afirmativa Las políticas de discriminación positiva consisten en crear LEGALMENTE unas desigualdades para favorecer la igualdad de hecho. En el momento en el cual se impone el principio de no-discriminación, puede parecer paradójico recurrir a esta forma de acción positiva cuya finalidad es llegar a una igualdad real, «dando más a los que tienen menos» La discriminación positiva es una herramienta para transformar la sociedad. El objetivo es garantizar una igualdad real y efectiva de derechos y oportunidades .  Compra preferencial a empresas PYMEs  Contratar policías por pertenecer a ciertas minorías sociales.  Cupos de ingreso o becas estudiantiles, para ciertos grupos sociales, por ejemplo de estrato económico pobres. Significa esto que hay que bajar el nivel de exigencia académica? o de calidad tecnológica?. El mainstreaming, o acciónintegrada, intenta prevenir la discriminaciónindirecta, es decir, eliminar las disposiciones o prácticas que, aparentemente irreprochables, corren el riesgo, una vez implementadas, de crear o de agravar una desigualdad de situación En este caso escuchamos por toda Latinoamérica de las pymes son el motor de la economía y sobre la necesidad de favorecerlas, de darles atención, financiamiento, asistencia técnica, etc., pero lo que reciben es… nada. No se puede tratar a las pymes con el marco legal de la gran empresa. Tampoco se les puede exigir lo mismo que a la gran empresa (o al menos no desde que nace). Quizás el problema sea justamente de “acción afirmativa”, pero real, es decir, un trato diferenciado para el grueso de las empresas. Puede sonar contradictorio porque se supone que la ley busca responder al caso general. Pero mientras no nos demos cuenta que la pequeña empresa es el caso general, tenemos que invertir la tortilla y discriminar en favor de la mayoría. Contradictorio, ¿no? D) ANTECEDENTES TECNICOS DIFERENCIADOS. 1. Realidades paraguayas • Es sabido que exigir a empresas paraguayas experiencia global en obras similares es de cumplimiento imposible. • También es sabido que la participación de las empresas consultoras paraguayas en las tres hidroeléctricas del país, ha sido limitada en volumen, y parcial en términos de disciplina. • La ultima obra hidroeléctrica fue terminada en lo substancial, hace 25 años. Lo que se puede afirmar que la tecnología ha cambiado enormemente • La empresa consultora paraguaya y los consultores paraguayos se ha dedicado a otras cosas, o ya retirado. • Si es cierto que empresas consultoras paraguayas han estado participando en pequeñas obras de por ejemplo, ampliación caso generadores 9ª y 18A ampliación de la SEMD en Itaipu, líneas y subestaciones de 500 kV, estudios eléctricos, proyectos de mejoras, adecuación, mantenimiento, modernización, etc. Pero en general trabajos de poca envergadura y por ende bajo presupuesto. Ademas, mantener un staff de especialista es un verdadero desafio por la falta de continuidad de contratos.
  • 5. • Los profesionales consultores formados en las dos grande hidroeléctricas ya esta prácticamente retirados. Escacea y es muy difícil formar nuevos ingenieros, principalmente por la falta de continuidad de contratos de servicios. • Las dos empresas hidroeléctricas y la ANDE prácticamente se autoabastecen en servicios de ingeniería y contrata marginalmente afuera sus necesidades. Los proyectos financiados por créditos multilaterales imponen una exigencia tan elevada a las empresas y consultores que las chances de la empresas nacionales es muy baja /o la participación porcentual minima. • Por ello, el sector privado no encuentra en el país la consultoria adecuada cuando lo requiere, y recurre a los funcionarios del estado, informalmente y sin el ambiente de responsabilidad y formalidad legal. • Las consultoras paraguayas se ven severamente afectadas en su flujo de caja por la falta de pago en tiempo y forma por parte del cliente (Itaipu es la excepción) • Estas y otras condiciones nos lleva a ser MEROS maquiladores, es decir, recibimos los planos, las instrucciones y las piezas y armamos el equipo. Pero no tenemos lo que se conoce como la fuente de la nueva riqueza, EL CONOCIMIENTO Y LA INNOVACION. Ejemplos son las dos LT 500 KV, Itaipu-SEVH y SEVH-CHY: las empresas paraguayas tuvieron buen porcentaje de participación en el contrato de provision, pero casi nula participación en los estudios y proyectos. • Asi, las empresas extranjeras consultoras extranjeras no comprenden muy bien las especificidades propias de las organizaciones públicas, o son mal comprendidas • la industria de la consultoría profesional y experta actúa de difusor de innovaciones y mejores prácticas que incrementan la productividad y el crecimiento económico. El Banco Interamericano de Desarrollo dice que “El principal canal de innovación y progreso tecnológico en la región es la adaptación de conocimiento importado, mientras que muchas veces falta la capacidad de absorción necesaria para tomar completa ventaja de la transferencia de tecnología. • • La empresa socia mayoritaria (líder) debe tener experiencia comprobada como responsable principal en por lo menos (3) tres proyectos hidroeléctricos de potencia similar o mayores, en los últimos 20 años. 2. La empresa socia minoritaria debe tener experiencia comprobada, como contratista principal, contratista minoritario, subcontratista, en centrales eléctricas y subestaciones 500 kV aisladas en SF6 en los últimos 10 años, en una o mas de cualquiera de las áreas civil, mecánico, eléctrico, electromecánico o electro-electrónico, en los últimos 10 años. D) ANTECEDENTES FINANCIEROS 1. La empresa LIDER debe tener una facturación promedio anual de los tres mejores años en los últimos 10 años, igual al 40% de la oferta del consorcio. 2. La empresa minoritaria debe tener una facturación promedio anual de los tres mejores años en los últimos 10 años, igual al 10% de la oferta del consorcio. 3. Por supuesto, otros índices como liquidez, endeudamiento, patrimonio neto, etc. D) REQUISITOS ESPECIALES 1. El consorcio debe contar con un profesional senior (ingeniero civil, geotécnico, mecánico de suelos) especializado represas, con al menos una experiencia en corte de presa de tierra. 2. Podrán participar de esta licitación empresas individuales legalmente establecidas en la Rca. del Paraguay y la Rca. Argentina, cuyoramo de negocio, definido en sus actos constitutivos, fuere pertinente al objeto de esta licitación y que cumpla integralmente todos los requisitos establecidos en este Pliego de Bases y Condiciones. 3. Las empresas constituirán un consorcio binacional. Se entiende por consorcio binacional la asociación de empresa(s) establecida(s) en el Paraguay con empresa(s) establecida(s) en la Argentina, en régimen de responsabilidad solidaria, con el fin de participar y ejecutar el objeto de la licitación, no configurándose en persona jurídica única, ya que cada integrante mantiene su propia personería; 4. Ninguna empresa podrá participar en mas de 1 consorcio 5. Un consorcio no podrá tener mas de 1 empresa de cada país. 6. La empresa líder del consorcio binacional, necesariamente será responsable por la gerencia y planeamiento general del proyecto, pudiendo estar establecida en el
  • 6. Paraguay o en el Brasil y será quien responderá administrativa y judicialmente por el consorcio; a) Modalidad: licitación pública binacional. b) Tipo de licitación: menor precio. c) Régimen de adquisición: precio global. d) Plazo de ejecución del Proyecto Básico: x años. ESTE ESQUEMA, SALVADA LAS DIFERENCIAS, ES UNA ADAPTACION DE LO APLICADO POR ITAIPU PARA EL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACION DE PROYECTO BASICO DE ACTUALIZACION (MODERNIZACION). Itaipu. Lic. EF 0410-15 PROYECTO BASICO DE LA ACTUALIZACIÓN TECNOLOGICA DE LA CENTRAL ITAIPU