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MARCO LEGAL
AMBIENTAL MINERO
PEQUEÑA MINERIA Y
MINERIA ARTESANAL
Dra. MARITZA LEON IRIARTE
ASESORA LEGAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINEROS
Lima, junio 2010

M I N I S T E R I O D E E N E R G I A Y M I N A S - SETIEMBRE 2 0 0 9

WWW.MINEM.GOB.PE

1
2

Henry Luna Córdova

“II Curso de Especialización: Minería y Energía”

CDA PUCP
3

¿Qué es la DGAAM?
Es el órgano técnico normativo del Ministerio de Energía y Minas
encargado de evaluar, aprobar o desaprobar los Estudios Ambientales
(DIA, EIAds, EIA, PAMA, Planes de Cierre de Minas o de Pasivos
Ambientales Mineros) y sus modificatorias. Además de cumplir con
otras funciones previstas en el ROF del MEM (D.S. 031-2007-EM).

WWW.MINEM.GOB.PE
4

Clases de Instrumentos de Gestión
Ambiental Minero
Según el riesgo ambiental que pueda generar los proyectos de actividad
minera, la normatividad ambiental minera establece la siguiente
clasificación:


Declaración de Impacto Ambiental – DIA



Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado – EIAsd



Estudio de Impacto Ambiental - EIA

WWW.MINEM.GOB.PE
5
OBJETO DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL
Su objeto es prevenir, minimizar, mitigar y controlar sus riesgos y
efectos que pudieran derivarse sobre la salud, la seguridad de las
personas y el ambiente, así como la rehabilitación ambiental al
término de las mismas.

WWW.MINEM.GOB.PE
6

LA ACTIVIDAD MINERA, RESPETA:







AREAS NATURALES PROTEGIDAS
RESTOS ARQUEOLÓGICOS
AREAS URBANAS Y DE EXPANSIÓN URBANA
PROPIEDAD PRIVADA
Etc.
PERMISOS MÍNIMOS PARA INICIO
DE ACTIVIDAD MINERA

A. ESTUDIOS AMBIENTALES APROBADOS
B. AUTORIZACIÓN DE USO DEL TERRENO
SUPERFICIAL

C. AUTORIZACIONES DE USO DE AGUA
D. AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTOS
E. AUTORIZACIÓN DE DESBOSQUE

F. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE RESTOS
ARQUEOLÓGICOS (CIRA).
G. AUTORIZACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD DE
EXPLOTACIÓN MINERA
H. AUTORIZACIÓN DE SERVIDUMBRE

7
8

MARCO LEGAL ESPECÍFICO

Ley Nº 27651
Ley de Formalización y Promoción de la
Pequeña Minería y la Minería Artesanal

Decreto Supremo Nº 013-2002-EM
Reglamento de la Ley de
Formalización y Promoción
Pequeña
Minería
y
la
Artesanal
 Decreto Legislativo Nº 1040

de la
Minería
9

OBJETIVOS DE LA NORMA

Legalizar
Promover
Concientizar

Proteger el Medio Ambiente
10

ACUERDO O CONTRATO DE EXPLOTACIÓN

Intereses
del Pequeño
Minero

Intereses
del Minero
Artesanal

Intereses
Comunes

Soluciones
Título III de la Ley de Formalización de PPM y MA
11
PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL
PEQUEÑA MINERIA

METALICA

NO METALICA

MINERIA ARTESANAL

CARBONIFERO
AURIFERA

MAT. INDUSTRIALES
MAT. CONSTRUCCION

NO METALICA

AURIFERA
POLIMETALICO

METALICA

MAT. CONSTRUCCION
12
PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL

Criterios de distinción
Estrato

Extensión de Concesión

Capacidad Productiva

Gran Minería

Más de 2000 Has.

Más de 5000 TM/día

Mediana Minería

Más de 2000 Has.

Hasta 5000 TM/día

Pequeña Minería

Hasta 2000 Has.

Hasta 350 TM/día (1)
Hasta 1200 TM/día (No Met.)

Minería Artesanal

Hasta 1000 Has.

Hasta 25 TM/día (2)
Hasta 100 TM/día (No Met)

En caso de yacimientos metálicos tipo placer: Materiales de construcción, arenas, gravas auríferas de placer, metales
pesados Detríticos.

(1)
(2)

Hasta 3000 m3 / día.
Hasta 200 m3 / día.

Decreto Legislativo Nº 1040 que modificó la Ley Nº 27651 y La Ley General de Minería.
13

CERTIFICACIÓN AMBIENTAL

Los pequeños productores mineros y productores
mineros artesanales deberán contar con certificación
ambiental expedida por la Dirección Regional de
Energía y Minas.

El Titular estará en condiciones de tramitar los
permisos,
autorizaciones
o
pronunciamientos
favorables relacionados con la ejecución del
proyecto.
14

CLASIFICACIÓN AMBIENTAL
CERTIFICACION AMBIENTAL
Clase de Estudio
Declaración de
Impacto Ambiental DIA

Estrato

PMA

Categoría

Categoría I

Riesgo Ambiental
No origina impactos ambientales de

carácter significativo.
Incluye aquellos proyectos cuya
ejecución puede originar impactos

Estudio de Impacto
Ambiental Semi
detallado EIASd

PMA
PPM

ambientales moderadas y cuyo

Categoría II

efecto negativo pueden ser
eliminados o minimizados mediante
la adopción de medidas fácilmente

aplicables.
15

SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
El titular indicará su propuesta de categoría:

a) Categoría I : DIA (si el proyecto corresponde la DGAAM
emitirá la certificación ambiental)
a) Categoría II : EIAsd (se debe presentar TDR)
16

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Contenido de la DIA
...
1. Datos generales del PPM o MA
2. Descripción del proyecto de inversión.

3. Descripción del área de implementación del proyecto.
Ambiente Físico.
Ambiente Biológico.
Ambiente Social, Económico y Cultural.

4. Descripción de impactos ambientales y sociales.
5.

Medidas
de
prevención, mitigación, corrección, compensación, en su
caso.

17
... Contenido de la DIA

18

6. Plan de Cierre.
7. Resumen Ejecutivo
La DGAAM se pronunciará en 50d/c.
Si la solicitud corresponde a una DIA, la ratificará y emitirá
la certificación Ambiental.
Si no, corresponde reclasificará el proyecto como de Categoría II,
debiendo presentar los TDR para el EIAsd.
Supuesto: No se plantean observaciones.

19

Propuesta para Categoría I

PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN AMBIENTAL

45
“DIA”

P

50 días

R

•Aprueba la Clasificación Propuesta
• Expide la Certificación Ambiental

(SILENCIO
NEGATIVO)

BASE LEGAL:
DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL
Arts. 40°, 41°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
Art. 1° numeral 4.6
RESOLUCIÓN
LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
DIRECTORAL
Arts. 8.1° y 8.2°
AUTO DIRECTORAL
TUPA BG08

R
A
Supuesto: Se plantean observaciones.

Propuesta para Categoría I

“DIA”

45

P

20

PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN AMBIENTAL

50 días

observs

A

• Aprueba la Clasificación

30 días

30 días

Para que Adm.
adjunte
“información
adicional”

Para que DGAAM
se pronuncie

R
R

Propuesta
• Expide la Certificación
Ambiental

Desaprueba la solicitud por ser
insuficiente la información
presentada

A
(SILENCIO
NEGATIVO)

R

• Se modifica la categoría

propuesta, solicitándose al proponente
la presentación de los TR del EIASd

• Se declara el abandono del

procedimiento si no cumple
dentro del plazo con presentar
información adicional

BASE LEGAL:
DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL
Arts. 40°, 41°, 43°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
Art. 1° numeral 4.6
LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
Arts. 8.1° y 8.2°
TUPA BG08

RESOLUCIÓN
DIRECTORAL

R

AUTO DIRECTORAL

A
21

Supuesto: Se decide RECLASIFICAR.

Propuesta para Categoría I

45

P

50 días

“DIA”

A

Se modifica la
categoría
propuesta, solicitándo
se al proponente la
presentación de los
TR del EIASd

(SILENCIO
NEGATIVO)

DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL
Arts. 40°, 41°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
Art. 1° numeral 4.6
LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
Arts. 8.1° y 8.2°BASE LEGAL:
TUPA BG08

RESOLUCIÓN
DIRECTORAL

AUTO DIRECTORAL

R
A
Supuesto: RECLASIFICACIÓN. (sin observaciones)

22
Propuesta para Categoría I

Se modifica la categoría
propuesta, solicitándose
al proponente la
presentación de los TR
del EIASd

30 días

A

45

Para presentar
propuesta de TR

P

50 días

Para que DGAAM
se pronuncie

R

Se declara el
abandono del
procedimiento si no
cumple dentro del
plazo con presentar
propuesta de TR

R

• Aprueba la Clasificación
Propuesta
• Aprueba los TR para
EIASd

(SILENCIO
NEGATIVO)

BASE LEGAL:
RESOLUCIÓN
DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL
DIRECTORAL
Arts. 40°, 42°, 43°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
Art. 1° numeral 4.6
LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
Arts. 8.1° y 8.2°
AUTO DIRECTORAL
TUPA BG08

R

A
Supuesto: RECLASIFICACIÓN. (con observaciones)

23
Propuesta para Categoría I

observs
Se modifica la
categoría
propuesta, solicitándos
e al proponente la
presentación de los TR
del EIASd

30 días

A

45

Para presentar
propuesta de TR

Se declara el abandono del
procedimiento si no cumple dentro del
plazo con presentar propuesta de TR

P

50 días

Para que DGAAM
se pronuncie

30 días

A

R

Para que
Adm.
adjunte
“informació
n adicional”

30 días

• Aprueba la Clasificación

Para que
DGAAM se
pronuncie

R

Propuesta
• Aprueba los TR para EIASd

R

• Desaprueba la solicitud
por ser insuficiente la
información presentada

(SILENCIO
NEGATIVO)

BASE LEGAL:
DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL
Arts. 40°, 42°, 43°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
Art. 1° numeral 4.6
RESOLUCIÓN
LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
DIRECTORAL
Arts. 8.1° y 8.2°
TUPA BG08

R

AUTO DIRECTORAL A
24
TÉRMINOS DE REFERENCIA
PARA EIAsd
Qué es:

Es el documento técnico que define los objetivos y
el alcance de cada uno de los temas y/o estudios
que se desarrollarán para obtener el EIAsd.
Los Términos de Referencia estarán en función del
tipo de proyecto y de acuerdo a la particularidad
ambiental de la zona donde se desarrolla éste.

25
Debe incluir:
a) Objetivo del proyecto
b) Propuesta de contenido del EIAsd
c) Cronograma de elaboración del EIAsd.
d) Metodología para identificar beneficiados y afectados
por el proyecto.
e) Criterios para definir la información de carácter
reservado.
f) Criterios para el Plan de Cierre.
Los Términos de Referencia se complementarán con la
información que la Dirección considere necesaria para
mejor resolver.

26
27
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMIDETALLADO
Contenido ...










Resumen Ejecutivo
Descripción General del Proyecto.
Síntesis de características y antecedentes.
Descripción de efectos y circunstancias que dieron origen
al EIAsd
Descripción de impactos positivos y negativos.
Estrategia de manejo ambiental que incluya plan de
contingencia
Plan de Participación Ciudadana
Planes de seguimiento, vigilancia y control.
Plan de Cierre.

28
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN EIASd

29

120 días

observs

“EIASd”

10 d

....que
publique

Publicación

40

30 d

Audiencia
Publica

A

Plazo para que
interesados
presenten
comentarios
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
EIASd

“EIASd”

120 días

30

observs
30 días

A

30 días

Para que Adm.
adjunte
información
adicional o
subsane OBS

Para que DGAAM
se pronuncie

R

• Aprueba el EIASd.
• Resolución constituye
la Certificación
Ambiental

R • Desaprueba el EIASd.

(SILENCIO
POSITIVO)

R

• Se declara el abandono del
procedimiento si no cumple
dentro del plazo con presentar
información adicional o subsanar

BASE LEGAL:
DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL RESOLUCIÓN R
DIRECTORAL
Arts. 47°, 48°, 49°
LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM
AUTO DIRECTORAL
Art. 1° numeral 4.7

A
31
PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA

Base Legal:
Ley N° 27651
D.S. N° 013-2002-EM
Ley
N°
28090
y
modificatorias.
D.S. N° 033-2005-EM
D.S. N° 045-2006-EM

sus
32

PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA
 Presentación y ejecución del PC.
 Contenido del PC para la pequeña minería definido en el Anexo I.

 Contenido del PC para la minería artesanal a definir en norma
especial (nacional o regional).
 Autoridad competente: Gobiernos Regionales (DREM)
 Definición de garantías por norma especial.
33

PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA

Podrá ser elaborado por una unidad minera o un grupo
de unidades de mas de un titular, cuando su ubicación
geográfica, condiciones particulares debidamente
sustentadas y magnitud de explotación yo beneficio
similares lo permita siempre que se delimiten las
obligaciones de cierre de cada uno de ellos.
34

PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA






Pueden presentar PC a nivel conceptual.
La autoridad evaluará en (45dh), las observaciones
Titular minero (90dh) para levantar observaciones.
La autoridad emitirá un informe de conformidad en (40
dh), o recomendaciones de obligatorio acatamiento, a fin
de que se presente el PC detallado en un plazo de
(60dh).
35

Quienes elaboran el PC….?

Los que se encuentran habilitados por Colegio Profesional
correspondiente y además deberán contar con capacitación en aspectos
ambientales.
Puede ser realizado por un grupo de por lo menos 03 profesionales
habilitados por el colegio profesional correspondiente o por una empresa
consultora habilitada en cualquiera de los dos Registros.
36

BENEFICIOS DE LA MINERA

 Alimentos
 Pago de derecho de vigencia.
 Canon Minero
 Productos para la industria
37
38

GRACIAS

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  • 1. MARCO LEGAL AMBIENTAL MINERO PEQUEÑA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL Dra. MARITZA LEON IRIARTE ASESORA LEGAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINEROS Lima, junio 2010 M I N I S T E R I O D E E N E R G I A Y M I N A S - SETIEMBRE 2 0 0 9 WWW.MINEM.GOB.PE 1
  • 2. 2 Henry Luna Córdova “II Curso de Especialización: Minería y Energía” CDA PUCP
  • 3. 3 ¿Qué es la DGAAM? Es el órgano técnico normativo del Ministerio de Energía y Minas encargado de evaluar, aprobar o desaprobar los Estudios Ambientales (DIA, EIAds, EIA, PAMA, Planes de Cierre de Minas o de Pasivos Ambientales Mineros) y sus modificatorias. Además de cumplir con otras funciones previstas en el ROF del MEM (D.S. 031-2007-EM). WWW.MINEM.GOB.PE
  • 4. 4 Clases de Instrumentos de Gestión Ambiental Minero Según el riesgo ambiental que pueda generar los proyectos de actividad minera, la normatividad ambiental minera establece la siguiente clasificación:  Declaración de Impacto Ambiental – DIA  Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado – EIAsd  Estudio de Impacto Ambiental - EIA WWW.MINEM.GOB.PE
  • 5. 5 OBJETO DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Su objeto es prevenir, minimizar, mitigar y controlar sus riesgos y efectos que pudieran derivarse sobre la salud, la seguridad de las personas y el ambiente, así como la rehabilitación ambiental al término de las mismas. WWW.MINEM.GOB.PE
  • 6. 6 LA ACTIVIDAD MINERA, RESPETA:      AREAS NATURALES PROTEGIDAS RESTOS ARQUEOLÓGICOS AREAS URBANAS Y DE EXPANSIÓN URBANA PROPIEDAD PRIVADA Etc.
  • 7. PERMISOS MÍNIMOS PARA INICIO DE ACTIVIDAD MINERA A. ESTUDIOS AMBIENTALES APROBADOS B. AUTORIZACIÓN DE USO DEL TERRENO SUPERFICIAL C. AUTORIZACIONES DE USO DE AGUA D. AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTOS E. AUTORIZACIÓN DE DESBOSQUE F. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE RESTOS ARQUEOLÓGICOS (CIRA). G. AUTORIZACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN MINERA H. AUTORIZACIÓN DE SERVIDUMBRE 7
  • 8. 8 MARCO LEGAL ESPECÍFICO Ley Nº 27651 Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal Decreto Supremo Nº 013-2002-EM Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción Pequeña Minería y la Artesanal  Decreto Legislativo Nº 1040 de la Minería
  • 9. 9 OBJETIVOS DE LA NORMA Legalizar Promover Concientizar Proteger el Medio Ambiente
  • 10. 10 ACUERDO O CONTRATO DE EXPLOTACIÓN Intereses del Pequeño Minero Intereses del Minero Artesanal Intereses Comunes Soluciones Título III de la Ley de Formalización de PPM y MA
  • 11. 11 PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL PEQUEÑA MINERIA METALICA NO METALICA MINERIA ARTESANAL CARBONIFERO AURIFERA MAT. INDUSTRIALES MAT. CONSTRUCCION NO METALICA AURIFERA POLIMETALICO METALICA MAT. CONSTRUCCION
  • 12. 12 PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL Criterios de distinción Estrato Extensión de Concesión Capacidad Productiva Gran Minería Más de 2000 Has. Más de 5000 TM/día Mediana Minería Más de 2000 Has. Hasta 5000 TM/día Pequeña Minería Hasta 2000 Has. Hasta 350 TM/día (1) Hasta 1200 TM/día (No Met.) Minería Artesanal Hasta 1000 Has. Hasta 25 TM/día (2) Hasta 100 TM/día (No Met) En caso de yacimientos metálicos tipo placer: Materiales de construcción, arenas, gravas auríferas de placer, metales pesados Detríticos. (1) (2) Hasta 3000 m3 / día. Hasta 200 m3 / día. Decreto Legislativo Nº 1040 que modificó la Ley Nº 27651 y La Ley General de Minería.
  • 13. 13 CERTIFICACIÓN AMBIENTAL Los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales deberán contar con certificación ambiental expedida por la Dirección Regional de Energía y Minas. El Titular estará en condiciones de tramitar los permisos, autorizaciones o pronunciamientos favorables relacionados con la ejecución del proyecto.
  • 14. 14 CLASIFICACIÓN AMBIENTAL CERTIFICACION AMBIENTAL Clase de Estudio Declaración de Impacto Ambiental DIA Estrato PMA Categoría Categoría I Riesgo Ambiental No origina impactos ambientales de carácter significativo. Incluye aquellos proyectos cuya ejecución puede originar impactos Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado EIASd PMA PPM ambientales moderadas y cuyo Categoría II efecto negativo pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas fácilmente aplicables.
  • 15. 15 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL El titular indicará su propuesta de categoría: a) Categoría I : DIA (si el proyecto corresponde la DGAAM emitirá la certificación ambiental) a) Categoría II : EIAsd (se debe presentar TDR)
  • 17. Contenido de la DIA ... 1. Datos generales del PPM o MA 2. Descripción del proyecto de inversión. 3. Descripción del área de implementación del proyecto. Ambiente Físico. Ambiente Biológico. Ambiente Social, Económico y Cultural. 4. Descripción de impactos ambientales y sociales. 5. Medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación, en su caso. 17
  • 18. ... Contenido de la DIA 18 6. Plan de Cierre. 7. Resumen Ejecutivo La DGAAM se pronunciará en 50d/c. Si la solicitud corresponde a una DIA, la ratificará y emitirá la certificación Ambiental. Si no, corresponde reclasificará el proyecto como de Categoría II, debiendo presentar los TDR para el EIAsd.
  • 19. Supuesto: No se plantean observaciones. 19 Propuesta para Categoría I PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN AMBIENTAL 45 “DIA” P 50 días R •Aprueba la Clasificación Propuesta • Expide la Certificación Ambiental (SILENCIO NEGATIVO) BASE LEGAL: DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL Arts. 40°, 41° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM Art. 1° numeral 4.6 RESOLUCIÓN LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DIRECTORAL Arts. 8.1° y 8.2° AUTO DIRECTORAL TUPA BG08 R A
  • 20. Supuesto: Se plantean observaciones. Propuesta para Categoría I “DIA” 45 P 20 PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN AMBIENTAL 50 días observs A • Aprueba la Clasificación 30 días 30 días Para que Adm. adjunte “información adicional” Para que DGAAM se pronuncie R R Propuesta • Expide la Certificación Ambiental Desaprueba la solicitud por ser insuficiente la información presentada A (SILENCIO NEGATIVO) R • Se modifica la categoría propuesta, solicitándose al proponente la presentación de los TR del EIASd • Se declara el abandono del procedimiento si no cumple dentro del plazo con presentar información adicional BASE LEGAL: DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL Arts. 40°, 41°, 43° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM Art. 1° numeral 4.6 LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL Arts. 8.1° y 8.2° TUPA BG08 RESOLUCIÓN DIRECTORAL R AUTO DIRECTORAL A
  • 21. 21 Supuesto: Se decide RECLASIFICAR. Propuesta para Categoría I 45 P 50 días “DIA” A Se modifica la categoría propuesta, solicitándo se al proponente la presentación de los TR del EIASd (SILENCIO NEGATIVO) DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL Arts. 40°, 41° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM Art. 1° numeral 4.6 LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL Arts. 8.1° y 8.2°BASE LEGAL: TUPA BG08 RESOLUCIÓN DIRECTORAL AUTO DIRECTORAL R A
  • 22. Supuesto: RECLASIFICACIÓN. (sin observaciones) 22 Propuesta para Categoría I Se modifica la categoría propuesta, solicitándose al proponente la presentación de los TR del EIASd 30 días A 45 Para presentar propuesta de TR P 50 días Para que DGAAM se pronuncie R Se declara el abandono del procedimiento si no cumple dentro del plazo con presentar propuesta de TR R • Aprueba la Clasificación Propuesta • Aprueba los TR para EIASd (SILENCIO NEGATIVO) BASE LEGAL: RESOLUCIÓN DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL DIRECTORAL Arts. 40°, 42°, 43° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM Art. 1° numeral 4.6 LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL Arts. 8.1° y 8.2° AUTO DIRECTORAL TUPA BG08 R A
  • 23. Supuesto: RECLASIFICACIÓN. (con observaciones) 23 Propuesta para Categoría I observs Se modifica la categoría propuesta, solicitándos e al proponente la presentación de los TR del EIASd 30 días A 45 Para presentar propuesta de TR Se declara el abandono del procedimiento si no cumple dentro del plazo con presentar propuesta de TR P 50 días Para que DGAAM se pronuncie 30 días A R Para que Adm. adjunte “informació n adicional” 30 días • Aprueba la Clasificación Para que DGAAM se pronuncie R Propuesta • Aprueba los TR para EIASd R • Desaprueba la solicitud por ser insuficiente la información presentada (SILENCIO NEGATIVO) BASE LEGAL: DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL Arts. 40°, 42°, 43° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM Art. 1° numeral 4.6 RESOLUCIÓN LEY 27446 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DIRECTORAL Arts. 8.1° y 8.2° TUPA BG08 R AUTO DIRECTORAL A
  • 25. Qué es: Es el documento técnico que define los objetivos y el alcance de cada uno de los temas y/o estudios que se desarrollarán para obtener el EIAsd. Los Términos de Referencia estarán en función del tipo de proyecto y de acuerdo a la particularidad ambiental de la zona donde se desarrolla éste. 25
  • 26. Debe incluir: a) Objetivo del proyecto b) Propuesta de contenido del EIAsd c) Cronograma de elaboración del EIAsd. d) Metodología para identificar beneficiados y afectados por el proyecto. e) Criterios para definir la información de carácter reservado. f) Criterios para el Plan de Cierre. Los Términos de Referencia se complementarán con la información que la Dirección considere necesaria para mejor resolver. 26
  • 27. 27 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMIDETALLADO
  • 28. Contenido ...          Resumen Ejecutivo Descripción General del Proyecto. Síntesis de características y antecedentes. Descripción de efectos y circunstancias que dieron origen al EIAsd Descripción de impactos positivos y negativos. Estrategia de manejo ambiental que incluya plan de contingencia Plan de Participación Ciudadana Planes de seguimiento, vigilancia y control. Plan de Cierre. 28
  • 29. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN EIASd 29 120 días observs “EIASd” 10 d ....que publique Publicación 40 30 d Audiencia Publica A Plazo para que interesados presenten comentarios
  • 30. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN EIASd “EIASd” 120 días 30 observs 30 días A 30 días Para que Adm. adjunte información adicional o subsane OBS Para que DGAAM se pronuncie R • Aprueba el EIASd. • Resolución constituye la Certificación Ambiental R • Desaprueba el EIASd. (SILENCIO POSITIVO) R • Se declara el abandono del procedimiento si no cumple dentro del plazo con presentar información adicional o subsanar BASE LEGAL: DS 013-2002-EM REGLAMENTO LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQ MINERIA Y MIN ARTESANAL RESOLUCIÓN R DIRECTORAL Arts. 47°, 48°, 49° LEY 27798 LEY QUE ESTABLECE PLAZO PARA PROC DE EVALUACIÓN PREVIA EN MINEM AUTO DIRECTORAL Art. 1° numeral 4.7 A
  • 31. 31 PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA Base Legal: Ley N° 27651 D.S. N° 013-2002-EM Ley N° 28090 y modificatorias. D.S. N° 033-2005-EM D.S. N° 045-2006-EM sus
  • 32. 32 PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA  Presentación y ejecución del PC.  Contenido del PC para la pequeña minería definido en el Anexo I.  Contenido del PC para la minería artesanal a definir en norma especial (nacional o regional).  Autoridad competente: Gobiernos Regionales (DREM)  Definición de garantías por norma especial.
  • 33. 33 PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA Podrá ser elaborado por una unidad minera o un grupo de unidades de mas de un titular, cuando su ubicación geográfica, condiciones particulares debidamente sustentadas y magnitud de explotación yo beneficio similares lo permita siempre que se delimiten las obligaciones de cierre de cada uno de ellos.
  • 34. 34 PLAN DE CIERRE EN LA PEQUEÑA MINERÍA     Pueden presentar PC a nivel conceptual. La autoridad evaluará en (45dh), las observaciones Titular minero (90dh) para levantar observaciones. La autoridad emitirá un informe de conformidad en (40 dh), o recomendaciones de obligatorio acatamiento, a fin de que se presente el PC detallado en un plazo de (60dh).
  • 35. 35 Quienes elaboran el PC….? Los que se encuentran habilitados por Colegio Profesional correspondiente y además deberán contar con capacitación en aspectos ambientales. Puede ser realizado por un grupo de por lo menos 03 profesionales habilitados por el colegio profesional correspondiente o por una empresa consultora habilitada en cualquiera de los dos Registros.
  • 36. 36 BENEFICIOS DE LA MINERA  Alimentos  Pago de derecho de vigencia.  Canon Minero  Productos para la industria
  • 37. 37