1. POLITICAS DEL SERNAP RESPECTO AL
MANEJO TURISTICO Y SU IMPACTO
CON RELACION A LA PROTECCION Y
CONSERVACION DE LOS RECURSOS
NATURALES EN LAS AP
2. Bolivia cuenta con 123 áreas protegidas separadas en tres categorías:
Departamentales 23 Áreas
Municipales 78 Áreas SNAP
Nacionales 22 Áreas SERNAP
3. El turismo en las áreas protegidas es una
actividad que apoya y promueve la
conservación de los recursos naturales y
el respeto a los valores culturales; y busca
mejorar la calidad de vida de los
pobladores locales de las áreas protegidas
y sus zonas de influencia.
4. Objetivo de Gestión del Turismo
• Que “los actores públicos, privados y de la
sociedad civil relevantes para el SNAP
contribuyen al logro de los principales
objetivos de gestión a través de la
implementación de actividades turísticas,
sostenibles en todas las dimensiones
(ambientales, políticas, económicas,
sociales, culturales, técnicas)”.
5. Tipos de Turismo Sostenible en
Áreas Protegidas
Ecoturismo
Turismo de naturaleza
Turismo cultural
Turismo científico
Turismo de aventura
Etnoturismo o turismo indígena
6. Actividades Permitidas
Andinismo
Raffting,
Rapel
Caminatas/trekking
Observación de fauna, flora y
paisajes naturales
Observación de aves
Espeleología
Pesca de liberacion
Cabotaje/Kayac
Ciclismo/Biking
Acampar/Camping
Toma de fotografías
Filmación
7. Infraestructura turística
Albergues, Lodges
Centros de Interpretación.
Senderos de interpretación.
Centros de visitantes con cafeterías,
restaurantes y salas de exhibición
Centros de documentación y auditorios
Herbarios
Museos de sitio
Refugios
Miradores
Áreas de Camping
Señalización
Hoteles (que cumplan las especificaciones
técnicas y ambientales adecuadas para un AP
8. Objetivo
Regular la gestión del turismo en
las AP, tales como actividades,
infraes-tructura, operaciones,
prestación de servicios, régimen de
ingresos económicos (cobros,
precios, licen-cias, otros ingresos),
su administra-ción y destino de
dichos recursos.
Finalidad
Promover la educación ambiental y
la concienciación ecológica de
habitantes y turistas
Promover el desarrollo del turismo
sostenible
Mejorar las condiciones de
operación turística y calidad de
servicios.
9. Marco Legal Técnico
Ley de Medio Ambiente,
Ley de Promoción y Desarrollo de la
Actividad Turística en Bolivia,
RGAP
Reglamentos específicos de los
prestadores de servicios turísticos.
La gestión del turismo será compatible con los
instrumentos de planificación del SNAP y del
AP:
Plan de Manejo del AP,
Programa de Operación Turística del AP,
Capacidad de carga
De manera eventual la zonificación y un
Plan Mínimo de Ordenamiento Turístico.
10. Regulación Turística
Toda operación, prestación de servicios,
desarrollo de actividades, infraestructura,
deberá sujetarse al procedimiento de
Evaluación de Impacto Ambiental.
La prevención, control y mitigación de los
impactos ambientales que ocasionare la
ejecución, operación e implementación de
obras de infraestructura turística,
corresponde enteramente al titular del
derecho turístico.
11. Licencia para Operación.- Es el derecho
otorgado por la ANAP o ADAP para la
operación turística de carácter integral que
consisten en organizar y ejecutar
programas, paquetes, circuitos o rutas
turísticas, servicios de transporte, guía,
alimentación y alojamiento de forma directa
o contratando los servicios de terceros
habilitados en el marco de las disposiciones
legales vigentes.
Licencia para Prestación de
Servicios.- Es el derecho otorgado por la
ANAP o ADAP para atender exclusivamente
un tipo de servicio el cual puede ser: de
hospedaje, alojamiento, guíaje y
administración de otro tipo de
infraestructura, en forma independiente al
operador turístico autorizado.
12. Licencia para prestación de servicios
complementarios.- Es el derecho otorgado
por la ANAP o ADAP para actividades auxiliares
que no constituyen en sí actividad turística,
pero coadyuvan a la realización de la misma,
entre los cuales se puede considerar: los
servicios de snack, quioscos de venta de
alimentos y bebidas, artesanías,
establecimientos de hospedaje
complementarios, alquiler de bicicletas,
alquiler de caballos, mulas, burros, llamas,
para paseos o porteo, alquiler de botes a motor
o remo para paseos cortos.
13. Toda persona tiene derecho a visitar las AP
Se sujetara a límites de carga, temporada,
monitoreo y otras.
Las visitas a las AP se limitan a los espacios y
localizaciones específicamente dispuestos para
uso público definidos para tal fin y bajo normas
claras sobre actividades permitidas, términos, a
ser definidos en el Plan de Manejo, Plan de
Desarrollo Turístico y ROTE de cada área.
14. El modelo de desarrollo turístico en el
SNAP, se asienta fundamentalmente en la
base comunitaria, la participación social,
la distribución equitativa de los
beneficios, la interculturalidad, la
armónica integración del modelo turístico
en la estructura productiva, económica,
social y cultural de los territorios, y sobre
todo la generación del efecto dinamizador
y multiplicador del turismo en la economía
local y regional.
15.
16. Gracias
ruthsuxo@yahoo.com
Servicio Nacional de Áreas Protegidas