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TEMA
DEFINICION:
 Son organizaciones que NO tienen como objetivo el
 LUCRO ECONOMICO; esto es que a diferencia de las
 empresas los ingresos que generan no son repartidos
 entre sus socios sino que se destinan a su objeto social.
FUNDACIONES                       CORPORACIONES




                         GRUPO DE
                         SOCIEDADES
                                        SINDICATOS
ASOCIACIONES              SIN LUCRO
 GREMIALES




Centros Comunitarios
de Desarrollo Infantil                 COOPERATIVA
 CCDI (Guarderías)
FUNDACIONES:
 Son fundaciones las
  organizaciones constituidas sin fin
  de lucro que, por voluntad de sus
  creadores, tienen afectado de
  modo duradero su patrimonio a la
  realización de fines de interés
  general.

  Las fundaciones se rigen por la
  voluntad del
  fundador, por sus estatutos y, en
  todo caso, por la Ley
CORPORACIONES
 Una corporación es una persona
  jurídica que a menudo posee
  derechos amparados por la ley
  similares a aquellos de una persona
  natural.
 Es una entidad constituida en forma
  legal y separada de sus accionistas
  tiene el poder y la autoridad legal de
  comprar y utilizar bienes raíces, así
  como también puede contratar
  personal, demandar y ser
  demandada con su propio nombre.
SINDICATOS
 Los sindicatos tienen derecho de constituirse
  en federaciones, confederaciones o
  cualesquiera otras agrupaciones sindicales, así
  como afiliarse o retirarse de las mismas o de
  las organizaciones internacionales de
  trabajadores o de empleadores.
 Todo trabajador mayor de catorce años puede
  pertenecer a una asociación profesional o a un
  sindicato.
Centros Comunitarios de Desarrollo
Infantil CCDI (Guarderías)
 Son sociedades sin fines de lucro y a
  diferencia de otras clasificadas de la
  misma manera, estas nacen sin
  obligaciones tributarias por ser
  organizaciones de beneficio social
  reguladas por el INNFA.
COOPERATIVAS
 Las cooperativas son asociaciones
  abiertas y flexibles, de hecho y derecho
  cooperativo, de la Economía Social y
  Participativa, autónomas, de personas
  que se unen mediante un proceso y
  acuerdo voluntario, para hacer frente a
  sus necesidades y aspiraciones
  económicas, sociales y culturales
  comunes, generar bienestar integral,
  colectivo y personal, por medio de
  procesos y unidades de producción
  social, gestionadas y controladas
  democráticamente.
ASOCIACIONES GREMIALES
 Las Asociaciones Gremiales son personas jurídicas y,
 como tales, tienen la capacidad de adquirir derechos y
 ejercerlos, o sea, pueden -entre otros actos jurídicos-
 concurrir a la formación de un contrato.
COMO SE ENCUENTRAN REGULADAS LAS ASOCIACIONES?




            EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES ES
            QUIEN REGULA A LAS ASOCIACIONES SIN FINES
                            DE LUCRO.


            SE REGIRAN POR SU LEGISLACION ESPECIFICA:
                      LOS PARTIDOS POLITICOS
              LOS SINDICATOS Y LAS ORGANIZACIONES
                          EMPRESARIALES
                            LAS IGLESIAS
             CONFESIONES Y COMUNIDADES RELIGIOSAS
                   LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS
              LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y
                             USUARIOS
              ASI COMO CUALESQUIER OTRA REGULADA
                        POR LEYES ESPECIALES.
Inscribirse en el
        Registro Único de       Presentar la declaración anual del impuesto
        Contribuyentes;           a la renta, en la que no conste impuesto
                                   causado si se cumplen las condiciones
                                 previstas en la Ley de Régimen Tributario
                                                    Interno


                                 Presentar la declaración del Impuesto
                                 al Valor Agregado en calidad de agente
                                  de percepción, cuando corresponda



                                 Efectuar las retenciones en la fuente por
OBLIGACIONES                  concepto de Impuesto a la Renta e Impuesto al
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                               declaraciones y pago de los valores retenidos



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     Llevar
                             requerida por la Administración Tributaria.
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El Estado, a través del Servicio de Rentas Internas, verificará
que las instituciones privadas sin fines de lucro:

   Sean exclusivamente sin fines de                      Se dediquen al
   lucro y que sus bienes, ingresos y                 cumplimiento de sus
     excedentes no sean repartidos                    objetivos estatutarios
   entre sus socios o miembros sino
   que se destinen exclusivamente al
       cumplimiento de sus fines
               específicos


     Sus bienes e ingresos se destinen en su totalidad a sus finalidades
  específicas. Así mismo, que los excedentes que se generaren al final del
ejercicio económico, sean invertidos en su objeto social hasta el cierre del
siguiente ejercicio, en caso de que esta disposición no pueda ser cumplida
 deberán informar al Servicio de Rentas Internas con los justificativos del
                                    caso.
CONTROL TRIBUTARIO A CARGO DEL
            SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
   ¿Tienen alguna                                        ¿Cuándo se origina la
exoneración tributaria                                       obligación de
 las instituciones de                                      tributar sobre la
 carácter privado sin                                      totalidad de los
                           ¿Qué requisitos se
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                           de las instituciones de
                           carácter privado sin
                           fines      de     lucro
                           legalmente
En caso de tributar sin    constituidas?               ¿Cuáles      son    los
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¿de qué manera se                                      inscripción en el RUC,
vuelve a gozar de la                                   para las instituciones
misma?                                                 de carácter privado sin
                          ¿Cuáles son los requisitos   fines de lucro?
                          para actualizar el RUC de
                          las    instituciones    de
                          carácter privado sin fines
                          de    lucro    legalmente
                          constituidas?
DEBERES FORMALES QUE DEBEN CUMPLI LAS INSTITUCIONES
 DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO?


1. Cuando lo exijan las leyes, ordenanzas, reglamentos o las disposiciones de la
respectiva autoridad de la administración tributaria:

a) Inscribirse en los registros pertinentes, proporcionando los datos necesarios
relativos a su actividad; y, comunicar oportunamente los cambios que se operen;

b) Solicitar los permisos previos que fueren del caso;

c) Llevar los libros y registros contables relacionados con la correspondiente
actividad económica, en idioma castellano; anotar, en moneda de curso legal, sus
operaciones o transacciones y conservar tales libros y registros, mientras la
obligación tributaria no esté prescrita;

d) Presentar las declaraciones que correspondan; y,

e) Cumplir con los deberes específicos que la respectiva ley tributaria establezca.
Exhibir a los funcionarios
       Facilitar a los                              respectivos, las
funcionarios autorizados                      declaraciones, informes,
    las inspecciones o                           libros y documentos
verificaciones, tendientes                  relacionados con los hechos
      al control o a la                     generadores de obligaciones
    determinación del                         tributarias y formular las
          tributo.                           aclaraciones que les fueren
                                                      solicitadas




                         Concurrir a las oficinas de la
                         administración      tributaria,
                         cuando su presencia sea
                         requerida    por     autoridad
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  • 1.
  • 2.
  • 4. DEFINICION:  Son organizaciones que NO tienen como objetivo el LUCRO ECONOMICO; esto es que a diferencia de las empresas los ingresos que generan no son repartidos entre sus socios sino que se destinan a su objeto social.
  • 5. FUNDACIONES CORPORACIONES GRUPO DE SOCIEDADES SINDICATOS ASOCIACIONES SIN LUCRO GREMIALES Centros Comunitarios de Desarrollo Infantil COOPERATIVA CCDI (Guarderías)
  • 6. FUNDACIONES:  Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general. Las fundaciones se rigen por la voluntad del fundador, por sus estatutos y, en todo caso, por la Ley
  • 7. CORPORACIONES  Una corporación es una persona jurídica que a menudo posee derechos amparados por la ley similares a aquellos de una persona natural.  Es una entidad constituida en forma legal y separada de sus accionistas tiene el poder y la autoridad legal de comprar y utilizar bienes raíces, así como también puede contratar personal, demandar y ser demandada con su propio nombre.
  • 8. SINDICATOS  Los sindicatos tienen derecho de constituirse en federaciones, confederaciones o cualesquiera otras agrupaciones sindicales, así como afiliarse o retirarse de las mismas o de las organizaciones internacionales de trabajadores o de empleadores.  Todo trabajador mayor de catorce años puede pertenecer a una asociación profesional o a un sindicato.
  • 9. Centros Comunitarios de Desarrollo Infantil CCDI (Guarderías)  Son sociedades sin fines de lucro y a diferencia de otras clasificadas de la misma manera, estas nacen sin obligaciones tributarias por ser organizaciones de beneficio social reguladas por el INNFA.
  • 10. COOPERATIVAS  Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y unidades de producción social, gestionadas y controladas democráticamente.
  • 11. ASOCIACIONES GREMIALES  Las Asociaciones Gremiales son personas jurídicas y, como tales, tienen la capacidad de adquirir derechos y ejercerlos, o sea, pueden -entre otros actos jurídicos- concurrir a la formación de un contrato.
  • 12. COMO SE ENCUENTRAN REGULADAS LAS ASOCIACIONES? EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES ES QUIEN REGULA A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO. SE REGIRAN POR SU LEGISLACION ESPECIFICA: LOS PARTIDOS POLITICOS LOS SINDICATOS Y LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES LAS IGLESIAS CONFESIONES Y COMUNIDADES RELIGIOSAS LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS ASI COMO CUALESQUIER OTRA REGULADA POR LEYES ESPECIALES.
  • 13. Inscribirse en el Registro Único de Presentar la declaración anual del impuesto Contribuyentes; a la renta, en la que no conste impuesto causado si se cumplen las condiciones previstas en la Ley de Régimen Tributario Interno Presentar la declaración del Impuesto al Valor Agregado en calidad de agente de percepción, cuando corresponda Efectuar las retenciones en la fuente por OBLIGACIONES concepto de Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado y presentar las correspondientes declaraciones y pago de los valores retenidos Proporcionar la información que sea Llevar requerida por la Administración Tributaria. contabilidad
  • 14. El Estado, a través del Servicio de Rentas Internas, verificará que las instituciones privadas sin fines de lucro: Sean exclusivamente sin fines de Se dediquen al lucro y que sus bienes, ingresos y cumplimiento de sus excedentes no sean repartidos objetivos estatutarios entre sus socios o miembros sino que se destinen exclusivamente al cumplimiento de sus fines específicos Sus bienes e ingresos se destinen en su totalidad a sus finalidades específicas. Así mismo, que los excedentes que se generaren al final del ejercicio económico, sean invertidos en su objeto social hasta el cierre del siguiente ejercicio, en caso de que esta disposición no pueda ser cumplida deberán informar al Servicio de Rentas Internas con los justificativos del caso.
  • 15. CONTROL TRIBUTARIO A CARGO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS ¿Tienen alguna ¿Cuándo se origina la exoneración tributaria obligación de las instituciones de tributar sobre la carácter privado sin totalidad de los ¿Qué requisitos se fines de lucro deben entregar para la ingresos percibidos? legalmente constituidas? cancelación del RUC de las instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente En caso de tributar sin constituidas? ¿Cuáles son los exoneración alguna, requisitos para ¿de qué manera se inscripción en el RUC, vuelve a gozar de la para las instituciones misma? de carácter privado sin ¿Cuáles son los requisitos fines de lucro? para actualizar el RUC de las instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas?
  • 16. DEBERES FORMALES QUE DEBEN CUMPLI LAS INSTITUCIONES DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO? 1. Cuando lo exijan las leyes, ordenanzas, reglamentos o las disposiciones de la respectiva autoridad de la administración tributaria: a) Inscribirse en los registros pertinentes, proporcionando los datos necesarios relativos a su actividad; y, comunicar oportunamente los cambios que se operen; b) Solicitar los permisos previos que fueren del caso; c) Llevar los libros y registros contables relacionados con la correspondiente actividad económica, en idioma castellano; anotar, en moneda de curso legal, sus operaciones o transacciones y conservar tales libros y registros, mientras la obligación tributaria no esté prescrita; d) Presentar las declaraciones que correspondan; y, e) Cumplir con los deberes específicos que la respectiva ley tributaria establezca.
  • 17. Exhibir a los funcionarios Facilitar a los respectivos, las funcionarios autorizados declaraciones, informes, las inspecciones o libros y documentos verificaciones, tendientes relacionados con los hechos al control o a la generadores de obligaciones determinación del tributarias y formular las tributo. aclaraciones que les fueren solicitadas Concurrir a las oficinas de la administración tributaria, cuando su presencia sea requerida por autoridad competente.