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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Politécnica Territorial Andrés Eloy Blanco
Barquisimeto Edo. Lara
Integrante:
Migreidy Teran C.I: 27.831.324
Secc.: AD2103
Prof.: Manuel Angulo
CONSTITUCION DE
LA SOCIEDAD CIVIL
Una Cooperativa es una asociación de
personas cuyo objeto es resolver de forma
conjunta una serie de necesidades
económicas o la puesta en marcha de
intereses comunes. Con este objetivo, este
conjunto de personas se agrupan
constituyendo una empresa.
El paso inicial y
diferencialpara constituir
una sociedad civil es la
firma del contrato privado
entre las partes o contrato
de constitución.
Editora: Migreidy Teran AD2103
Sociedad Civil
Es aquel contrato por el cual dos o más personas se
obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con
el fin de repartir entre sí las ganancias
Sus elementos son:
 La agrupación de 2 o más personas.
 La reunión con un fin común.
 Que ese fin consista en una utilidad apreciable en
dinero.
 Que todos los socios participen en las ganancias y las
pérdidas.
Se puede decir,
que mediante la
Sociedad Civil,
dos o más
personas
formalizan un
contrato por el
que se obligan a
poner en común
dinero, bienes o
trabajo para
realizar una
actividad
empresarial
común y
repartirse las
ganancias.
El único
requisito legal es
que la sociedad
tenga un objeto
lícito y que se
establezca en
interés común de
los socios que la
constituyen.
Con estos trámites la sociedad civil queda válidamente constituida como tal. A partir de aquí
tendrá que seguir los pasos necesarios para iniciar la actividad (hacienda, seguridad social)
pero que son independientes de lo que es la constitución en sentido estricto.
CONSTITUCIÓN DE LA
SOCIEDAD CIVIL
El paso inicial y diferencial para
constituir una sociedad civil es la
firma del contrato privado entre las
partes o contrato de constitución.
La primera acción que hay que realizar la
constitución de una sociedad civil es por medio de
la firma del CONTRATO PRIVADO ENTRE
LAS PARTES o contrato de constitución.
A partir de ahí, los trámites de una constitución de
una SOCIEDAD CIVIL son similares a los de las
demás formas jurídicas:
 ALTA EN HACIENDA: Obtención del
NIF y alta en IAE , modelo 036
 IMPUESTO DE TRANSMISIONES Y
ACTOS JURIDICOS
DOCUMENTADOS: El 1% del valor de
los bienes aportados en caso de que estos
existan.
 ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL:
Alta en el régimen especial de trabajadores
autónomos y solicitud del número de
patronal en caso de ir a contratar
trabajadores
 ALTA EN EL AYUNTAMIENTO:
Obtención de la licencia de apertura si
procede.
Conoceremos el Marco Legal de estas
instituciones
Es un convenio
entre dos o más
socios, en el cual
aportan recursos,
esfuerzos,
conocimientos o
trabajo, para
obtener un
beneficio
económico.
Fiscalidad
Las sociedades
civiles están
reconocidas en
la Ley General
Tributaria
como entidades
deatribución de
rentas, con
capacidad de
obrar en el
tráfico jurídico.
La sociedadcivil está constituida por dos o más personas que ponen
en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir
entre si las ganancias.
 Puede haber dos tipos de socios, los que aportan dinero o
bienes y los socios industriales que aportan trabajo.
 A falta de pacto la administración de la sociedad civil será
ejercida por cualquiera de los socios.
 Las pérdidas y ganancias se repartirán conforme a lo
pactado. A falta de pacto la parte de cada socio en la
ganancia y pérdida debe ser proporcional a lo que haya
aportado.
Las Sociedades Civiles se Caracterizan
por:
 En sus contratos se detalla la
actividad del negocio, aportaciones
de los socios, porcentaje de pérdidas
y ganancias.
 Mínimo de 2 socios
 La responsabilidad de los socios por
deudas frente a terceros es personal e
ilimitada
 Se rige por el Código de
Comercio en materia mercantil y
por el Código Civil en cuanto a
derechos y obligaciones
 Una sociedad civil se extingue
cuando cumple la duración
estipulada en contrato, por la
finalización de su objetivo social
o actividad, cuando no se
cumplen las aportaciones, por
muerte o incapacidad de un socio.
 La sociedad civil en el impuesto de
sociedades para lo que debe llevar
una contabilidad igual que si fuera
una S.L. y presentar sus libros y
cuentas anuales al Registro
Mercantil
 La Sociedad Civil carece de
personalidad jurídica propia
SE ESTRUCTURAN DE LA SIGUIENTE MANERA:
Sociedades Mercantiles:Constitución,
Características, Elementos Es conveniente advertir
que con excepción de
aquellas sociedades que se
dediquen solamente a la
explotación agropecuaria,
la Ley comercial
presupone que las
sociedades anónimas y la
de responsabilidad
limitada
independientemente de su
objeto, son consideradas
de carácter mercantil
La Sociedad Mercantil
es aquella reunión de un
grupo de personas los
cuales aportan un
capital, bienes o su
trabajo, a fin de obtener
lucro, con la realización
de uno o más actos de
comercio.
¿Cómo se conforman
las sociedades
mercantiles?
1– Elegir la forma
societaria más
conveniente.
2– Elegir el nombre de la
empresa, conforme al
Código de Comercio,
posteriormente debe ser
sometido ante el
Registro Mercantil que
corresponde.
3– Redacción del
Documento Constitutivo
y Estatutos Sociales de
la empresa, asesorados
por un abogado.
4– Realizar aportes
correspondientes al
Capital, al menos es
proporción al mínimo
estipulado por el
Código de Comercio y
a los criterios de
razonabilidad emitidos
por el SAREN.
5– Inscribir el
documento constitutivo
ante el Registro
Mercantil.
6– Obtener el Registro
Mercantil de la
empresa y publicarlo
en la Gaceta Forense
del Registro Mercantil.
Marco legal
Los preceptos
fundamentales que
regulan la constitución,
existencia, giro,
liquidación e
insolvencia de las
sociedades comerciales
en Venezuela se
encuentran en el código
de comercio, expedido
en el año 1919 y
reformado en 1955, el
contrato se rige por la
voluntad de las partes y
por disposición del
código de comercio y
civil que sean
aplicables.
Se caracterizan por:
-Constituirse mediante
escritura y registro
-Tiene personalidad
jurídica, por lo cual
tiene derechos y
obligaciones
-Tienen un patrimonio
activo y otro pasivo
-Deben tener una
denominación la cual
las identifique y
distinga de las demás
-Las sociedades
Mercantiles pueden
tener al menos un
domicilio
Dato
Elementos de una
Sociedad Mercantil
 Elemento personal:
Constituido por los
socios, personas
que aportan y
reúnen sus
esfuerzos.
 Elemento
patrimonial:
conjunto de bienes
totales aportados
por todos los
socios, para formar
el capital social,
bienes y trabajo.
 Elemento formal:
conjunto de reglas
relativas a la
solemnidad en la
cual debe revestir
el contrato que da
comienzo a la
sociedad como un
individuo de
derecho.
Sociedades
Mercantiles
Es una sociedad que tiene como objetivo la
realización de actos de comercio, surge
mediante el acuerdo de un grupo de personas
llamadas socios, que unen esfuerzos y capitales
para la realización de un fin en común de
carácter económico con propósito de lucro.
Fin de Lucro
Se estructuran de la
siguiente manera:
LAS COOPERATIVAS
Una Cooperativa
es una asociación de
personas cuyo objeto es
resolver de forma conjunta
una serie de necesidades
económicas o la puesta en
marcha de intereses
comunes. Con este
objetivo, este conjunto de
personas se agrupan
constituyendo una
empresa.
La Cooperativa siempre
entraña una actividad
económica en beneficio de
los socios que la
conforman, y se ejerce a
través de un sistema
empresarial.
La Cooperativa está al
servicio de sus socios y,
sólo excepcionalmente,
atenderá a personas ajenas
a la misma (no socios).
ELEMENTOS:
 Adhesión abierta
y voluntaria.
 Control
democrático de
los socios o
miembros.
 Participación
económica de los
socios o
miembros.
 Autonomía e
independencia.
 Educación,
entrenamiento e
información.
 Cooperación
entre cooperativa
s.
 Compromiso con
la comunidad.
Sus características principales son:
 Son flexibles.
 Son abiertas.
 Se rigen bajo una ley específica.
 Nace de un acuerdo libre e igualitario
de individuos con intereses comunes.
 Participación económica igualitaria de
los asociados.
 Su desenvolvimiento y su autonomía
está garantizada. Por el estado (ART. 5
ley especial).
*EL DATO
Generan bienestar
social, pero su
principal producto
son bienes y servicios
de consumo
*EL DATO
Se crea a partir de la
unión de un colectivo,
para satisfacer
necesidades
individuales y
cominería
COMO SE CONSTITUYE UNA COOPERATIVA
 -La denominación de la sociedad,
 - el objeto social,
 - el domicilio,
 - el ámbito territorial de actuación,
 - la duración de la sociedad,
 -el capital social mínimo,
 - la aportación obligatoria mínima del capital social para
ser socio, y la forma de esta aportación,
 - la forma de acreditar las aportaciones de capital,
 - el devengo de intereses,
 - las clases de socios,
 - los derechos y deberes de los socios,
 - el derecho de reembolso de las aportaciones de los socios,
 - la disciplina social, las faltas, multas, y procedimiento
sancionador,
 - y la composición del Consejo Rector, y del Comité de
Recursos.
 Los estatutos podrán ser desarrollados por un Reglamento
interno, y cualquier modificación de los mismos se hará en
escritura pública.
FINES DE LUCRO
Las Cooperativa no tienen fines de lucro según la OIT (2002).
Ella deben establecerse con el fin de Generan bienestar social,
pero su principal producto son bienes y servicios de consumo
Se Estructuran de la siguiente manera:
CONSEJOS COMUNALES
Se fundamentan en las
siguientes leyes:
1. Constitución de la
República Bolivariana
de Venezuela
2. Ley Orgánica de
Planificación Pública
y Popular
3. Ley Orgánica de los
Consejos Comunales
4. Ley Orgánica de las
Comunas
5. Ley Orgánica del
Poder Popular
¿Cómo constituir un
Consejo Comunal?
 Ser habitante de la
comunidad con al
menos 6 meses
 Ser mayor de 15 años
de edad
 Disponer de tiempo
para el trabajo
colectivo
 Estar inscrito en el
registro electoral
permanente
 No ocupar cargos de
elección popular
Son las instancias encargadas de la planificación y
coordinación de las actividades económicas de la
Comuna.
Se constituye para la articulación de los comités de
economía comunal y las organizaciones socio-
productivas con el Parlamento Comunal y el Consejo
de Planificación Comunal.
Se caracterizan
por:
Su organización,
funcionamiento y acción,
ya que se rigen por los
principios y valores de
participación,
corresponsabilidad,
democracia, libre debate de
ideas, cooperación,
colectivismo, bien común,
humanismo y justicia con
el fin de establecer una
base sociopolítica del
socialismo para consolidar
el nuevo modelo político,
social, cultural y
económico de la sociedad.
SUS ELEMENTOS SON:
FUNCIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS
CONSEJOS COMUNALES:
 Integrar a las comunidades en la formulación de
propuestas y proyectos.
 Mantener informado a las comunidades sobre el
control, seguimiento y evaluación de los proyectos
comunitarios.
 Reunirse periódicamente para discutir y analizar
aspectos de la realidad política, económica, social,
cultural, territorial e internacional en torno al ámbito
comunitario.
 Presentar propuestas para la elaboración del Plan
Comunal de Desarrollo.
 Proponer integrantes para las comisiones de trabajo
que ejecutarán dicho Plan.
 Convocar a las asambleas de ciudadanos(as) en las
comunidades.
 Entregar a los Consejos Parroquiales la
jerarquización de la
 Problemática para la inversión social anual en la
comunidad.
EMPRESA DE PRODUCCION
SOCIAL
Las empresas de producción soci
al (EPS): Son entidades integrales, ellas
pueden ser empresas
de carácter mercantil, civil
o cooperativas pero con la misión de
establecer nuevas formas de producción
social y eficientes con
una distribución de sus excedentes o
beneficios en base
a principios de justicia, equidad y
reciprocidad hacia toda
la comunidad que participa y el uso
de técnicas y tecnología; y tienen
como objetivo fundamental
generar bienes y servicios que satisfagan
las necesidades básicas y esenciales de
las comunidades y su entorno
(alimentación, vestimenta,
vivienda, educación y salud) a través
del trabajo digno de hombres y mujeres).
MARCO LEGAL
Como de costumbre, aunque no sea la norma, la Ley de EPS
también irá detrás de la realidad inmanente a las prácticas y
experiencias acumuladas. Bajo el manto participativo y
protagónico de la Constitución bolivariana y las usanzas de la
Asamblea Nacional, la Ley deberá ser desarrollada a la luz de
las vivencias sistematizadas, y en virtud a los aportes que las
propias comunidades y los integrantes de las EPS ofrezcan. A
partir de la Ley marco, se deberán ir adaptando las ordenanzas
municipales para regular temas sensibles según el lugar donde
se traten, por ejemplo, la vinculación con los Consejos
Comunales, los Consejos Locales de Planificación Pública, etc.
COMO SE CONFORMAN PASO A PASO:
 Solicitar la asesoría de un Abogado.
 Elaborar el Documento de Constitución y los
Estatutos de la Compañía.
 Solicitar y registrar el nombre de la empresa en el
Registro Mercantil.
 Presentar ante el Registro Mercantil los Estatutos
de la empresa.
 Contratar los servicios de un Licenciado en
Administración.
• Cancelar los impuestos correspondientes,
solicitados por el Registro.
• Adquirir los libros de Contabilidad requeridos,
sellarlos y foliarlos
• Inscribir la empresa en el seguro Social.
• Solicitar el Documento de Uso de la Ingeniería
Municipal.
• Obtención del (RIF).
• Inscribir la Empresa en el (INCE).
*EL DATO
Estas organizaciones son
fundamentales para la sociedad ya
que contribuyen al desarrollo
endógeno del país mediante el
fortalecimiento de la actividad
productiva.
CARACTERISTICAS:
 Del ingreso y la riqueza e incrementar la calidad de vida del pueblo bajo principios de justicia y
equidad.
 Producir bienes y servicios que satisfagan necesidades básicas y esenciales, mediante la
participación comunitaria.
 Generar beneficios colectivos, mediante mecanismos de propiedad comunitaria, gestionados y
controlados democráticamente.
 En esta misma dirección saltan a la vista entonces los principales rasgos característicos de este
tipo de empresas de producción social; los cuales son a saber los siguientes:
 La Propiedad es Colectiva, ya que el control de los medios de producción no es ni privado ni
estatal; son de la comunidad o del colectivo de los trabajadores.
 Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,
 La producción está fundamentada en la solidaridad, la cooperación, la complementariedad,
reciprocidad y sustentabilidad de sus miembros, construyendo así las nuevas relaciones sociales
de producción.
 El trabajador tiene un compromiso social y procura su desarrollo integral,
 La producción se destina a satisfacer las necesidades básicas y esenciales de la colectividad,
 Desarrollan las cadenas productivas, incorporando valor agregado nacional (REDES
PRODUCTIVAS),
 Reinvierten sus excedentes en la producción social, su finalidad no es la generación de lucro,
 Mantienen precios de ventas solidarios en sus productos y servicios,
 Impulsan la desconcentración territorial,
 Operan en forma armónica con el medio ambiente
 La remuneración de los trabajadores se realiza bajo el criterio del aporte de trabajo que cada
quien realice.
FINES DE LUCRO:
Tienen el fin de producir bienes y
servicios dirigidos a satisfacer las
necesidades de la comunidad
*EL DATO
Gracias a que actúan como un
instrumento que garantiza la
organización e integración entre el
proceso productivo y la participación
de la comunidad
TIPOS DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL
Es importante enfatizar que las empresas de producción social se dividen en tres tipos como son:
 Según su objeto: EPS de Producción; EPS de Servicio y EPS de Comercialización.
 Según la naturaleza del Capital: EPS de Capital Estatal, EPS de Capital Privado, EPS de
Capital Mixto y EPS de Capital Comunitario.
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SociedadesCivilesCooperativasMercantiles38

  • 1. República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universidad Politécnica Territorial Andrés Eloy Blanco Barquisimeto Edo. Lara Integrante: Migreidy Teran C.I: 27.831.324 Secc.: AD2103 Prof.: Manuel Angulo
  • 2. CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD CIVIL Una Cooperativa es una asociación de personas cuyo objeto es resolver de forma conjunta una serie de necesidades económicas o la puesta en marcha de intereses comunes. Con este objetivo, este conjunto de personas se agrupan constituyendo una empresa. El paso inicial y diferencialpara constituir una sociedad civil es la firma del contrato privado entre las partes o contrato de constitución. Editora: Migreidy Teran AD2103
  • 3. Sociedad Civil Es aquel contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con el fin de repartir entre sí las ganancias Sus elementos son:  La agrupación de 2 o más personas.  La reunión con un fin común.  Que ese fin consista en una utilidad apreciable en dinero.  Que todos los socios participen en las ganancias y las pérdidas. Se puede decir, que mediante la Sociedad Civil, dos o más personas formalizan un contrato por el que se obligan a poner en común dinero, bienes o trabajo para realizar una actividad empresarial común y repartirse las ganancias. El único requisito legal es que la sociedad tenga un objeto lícito y que se establezca en interés común de los socios que la constituyen.
  • 4. Con estos trámites la sociedad civil queda válidamente constituida como tal. A partir de aquí tendrá que seguir los pasos necesarios para iniciar la actividad (hacienda, seguridad social) pero que son independientes de lo que es la constitución en sentido estricto. CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL El paso inicial y diferencial para constituir una sociedad civil es la firma del contrato privado entre las partes o contrato de constitución. La primera acción que hay que realizar la constitución de una sociedad civil es por medio de la firma del CONTRATO PRIVADO ENTRE LAS PARTES o contrato de constitución. A partir de ahí, los trámites de una constitución de una SOCIEDAD CIVIL son similares a los de las demás formas jurídicas:  ALTA EN HACIENDA: Obtención del NIF y alta en IAE , modelo 036  IMPUESTO DE TRANSMISIONES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS: El 1% del valor de los bienes aportados en caso de que estos existan.  ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL: Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y solicitud del número de patronal en caso de ir a contratar trabajadores  ALTA EN EL AYUNTAMIENTO: Obtención de la licencia de apertura si procede.
  • 5. Conoceremos el Marco Legal de estas instituciones Es un convenio entre dos o más socios, en el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para obtener un beneficio económico. Fiscalidad Las sociedades civiles están reconocidas en la Ley General Tributaria como entidades deatribución de rentas, con capacidad de obrar en el tráfico jurídico. La sociedadcivil está constituida por dos o más personas que ponen en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir entre si las ganancias.  Puede haber dos tipos de socios, los que aportan dinero o bienes y los socios industriales que aportan trabajo.  A falta de pacto la administración de la sociedad civil será ejercida por cualquiera de los socios.  Las pérdidas y ganancias se repartirán conforme a lo pactado. A falta de pacto la parte de cada socio en la ganancia y pérdida debe ser proporcional a lo que haya aportado.
  • 6. Las Sociedades Civiles se Caracterizan por:  En sus contratos se detalla la actividad del negocio, aportaciones de los socios, porcentaje de pérdidas y ganancias.  Mínimo de 2 socios  La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada  Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en cuanto a derechos y obligaciones  Una sociedad civil se extingue cuando cumple la duración estipulada en contrato, por la finalización de su objetivo social o actividad, cuando no se cumplen las aportaciones, por muerte o incapacidad de un socio.  La sociedad civil en el impuesto de sociedades para lo que debe llevar una contabilidad igual que si fuera una S.L. y presentar sus libros y cuentas anuales al Registro Mercantil  La Sociedad Civil carece de personalidad jurídica propia
  • 7. SE ESTRUCTURAN DE LA SIGUIENTE MANERA:
  • 8. Sociedades Mercantiles:Constitución, Características, Elementos Es conveniente advertir que con excepción de aquellas sociedades que se dediquen solamente a la explotación agropecuaria, la Ley comercial presupone que las sociedades anónimas y la de responsabilidad limitada independientemente de su objeto, son consideradas de carácter mercantil La Sociedad Mercantil es aquella reunión de un grupo de personas los cuales aportan un capital, bienes o su trabajo, a fin de obtener lucro, con la realización de uno o más actos de comercio. ¿Cómo se conforman las sociedades mercantiles? 1– Elegir la forma societaria más conveniente. 2– Elegir el nombre de la empresa, conforme al Código de Comercio, posteriormente debe ser sometido ante el Registro Mercantil que corresponde. 3– Redacción del Documento Constitutivo y Estatutos Sociales de la empresa, asesorados por un abogado. 4– Realizar aportes correspondientes al Capital, al menos es proporción al mínimo estipulado por el Código de Comercio y a los criterios de razonabilidad emitidos por el SAREN. 5– Inscribir el documento constitutivo ante el Registro Mercantil. 6– Obtener el Registro Mercantil de la empresa y publicarlo en la Gaceta Forense del Registro Mercantil. Marco legal Los preceptos fundamentales que regulan la constitución, existencia, giro, liquidación e insolvencia de las sociedades comerciales en Venezuela se encuentran en el código de comercio, expedido en el año 1919 y reformado en 1955, el contrato se rige por la voluntad de las partes y por disposición del código de comercio y civil que sean aplicables. Se caracterizan por: -Constituirse mediante escritura y registro -Tiene personalidad jurídica, por lo cual tiene derechos y obligaciones -Tienen un patrimonio activo y otro pasivo -Deben tener una denominación la cual las identifique y distinga de las demás -Las sociedades Mercantiles pueden tener al menos un domicilio Dato Elementos de una Sociedad Mercantil  Elemento personal: Constituido por los socios, personas que aportan y reúnen sus esfuerzos.  Elemento patrimonial: conjunto de bienes totales aportados por todos los socios, para formar el capital social, bienes y trabajo.  Elemento formal: conjunto de reglas relativas a la solemnidad en la cual debe revestir el contrato que da comienzo a la sociedad como un individuo de derecho.
  • 9. Sociedades Mercantiles Es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio, surge mediante el acuerdo de un grupo de personas llamadas socios, que unen esfuerzos y capitales para la realización de un fin en común de carácter económico con propósito de lucro. Fin de Lucro Se estructuran de la siguiente manera:
  • 10. LAS COOPERATIVAS Una Cooperativa es una asociación de personas cuyo objeto es resolver de forma conjunta una serie de necesidades económicas o la puesta en marcha de intereses comunes. Con este objetivo, este conjunto de personas se agrupan constituyendo una empresa. La Cooperativa siempre entraña una actividad económica en beneficio de los socios que la conforman, y se ejerce a través de un sistema empresarial. La Cooperativa está al servicio de sus socios y, sólo excepcionalmente, atenderá a personas ajenas a la misma (no socios). ELEMENTOS:  Adhesión abierta y voluntaria.  Control democrático de los socios o miembros.  Participación económica de los socios o miembros.  Autonomía e independencia.  Educación, entrenamiento e información.  Cooperación entre cooperativa s.  Compromiso con la comunidad. Sus características principales son:  Son flexibles.  Son abiertas.  Se rigen bajo una ley específica.  Nace de un acuerdo libre e igualitario de individuos con intereses comunes.  Participación económica igualitaria de los asociados.  Su desenvolvimiento y su autonomía está garantizada. Por el estado (ART. 5 ley especial). *EL DATO Generan bienestar social, pero su principal producto son bienes y servicios de consumo *EL DATO Se crea a partir de la unión de un colectivo, para satisfacer necesidades individuales y cominería
  • 11. COMO SE CONSTITUYE UNA COOPERATIVA  -La denominación de la sociedad,  - el objeto social,  - el domicilio,  - el ámbito territorial de actuación,  - la duración de la sociedad,  -el capital social mínimo,  - la aportación obligatoria mínima del capital social para ser socio, y la forma de esta aportación,  - la forma de acreditar las aportaciones de capital,  - el devengo de intereses,  - las clases de socios,  - los derechos y deberes de los socios,  - el derecho de reembolso de las aportaciones de los socios,  - la disciplina social, las faltas, multas, y procedimiento sancionador,  - y la composición del Consejo Rector, y del Comité de Recursos.  Los estatutos podrán ser desarrollados por un Reglamento interno, y cualquier modificación de los mismos se hará en escritura pública.
  • 12. FINES DE LUCRO Las Cooperativa no tienen fines de lucro según la OIT (2002). Ella deben establecerse con el fin de Generan bienestar social, pero su principal producto son bienes y servicios de consumo Se Estructuran de la siguiente manera:
  • 13. CONSEJOS COMUNALES Se fundamentan en las siguientes leyes: 1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 2. Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular 3. Ley Orgánica de los Consejos Comunales 4. Ley Orgánica de las Comunas 5. Ley Orgánica del Poder Popular ¿Cómo constituir un Consejo Comunal?  Ser habitante de la comunidad con al menos 6 meses  Ser mayor de 15 años de edad  Disponer de tiempo para el trabajo colectivo  Estar inscrito en el registro electoral permanente  No ocupar cargos de elección popular Son las instancias encargadas de la planificación y coordinación de las actividades económicas de la Comuna. Se constituye para la articulación de los comités de economía comunal y las organizaciones socio- productivas con el Parlamento Comunal y el Consejo de Planificación Comunal. Se caracterizan por: Su organización, funcionamiento y acción, ya que se rigen por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, libre debate de ideas, cooperación, colectivismo, bien común, humanismo y justicia con el fin de establecer una base sociopolítica del socialismo para consolidar el nuevo modelo político, social, cultural y económico de la sociedad. SUS ELEMENTOS SON:
  • 14. FUNCIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONSEJOS COMUNALES:  Integrar a las comunidades en la formulación de propuestas y proyectos.  Mantener informado a las comunidades sobre el control, seguimiento y evaluación de los proyectos comunitarios.  Reunirse periódicamente para discutir y analizar aspectos de la realidad política, económica, social, cultural, territorial e internacional en torno al ámbito comunitario.  Presentar propuestas para la elaboración del Plan Comunal de Desarrollo.  Proponer integrantes para las comisiones de trabajo que ejecutarán dicho Plan.  Convocar a las asambleas de ciudadanos(as) en las comunidades.  Entregar a los Consejos Parroquiales la jerarquización de la  Problemática para la inversión social anual en la comunidad.
  • 15. EMPRESA DE PRODUCCION SOCIAL Las empresas de producción soci al (EPS): Son entidades integrales, ellas pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución de sus excedentes o beneficios en base a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno (alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno de hombres y mujeres). MARCO LEGAL Como de costumbre, aunque no sea la norma, la Ley de EPS también irá detrás de la realidad inmanente a las prácticas y experiencias acumuladas. Bajo el manto participativo y protagónico de la Constitución bolivariana y las usanzas de la Asamblea Nacional, la Ley deberá ser desarrollada a la luz de las vivencias sistematizadas, y en virtud a los aportes que las propias comunidades y los integrantes de las EPS ofrezcan. A partir de la Ley marco, se deberán ir adaptando las ordenanzas municipales para regular temas sensibles según el lugar donde se traten, por ejemplo, la vinculación con los Consejos Comunales, los Consejos Locales de Planificación Pública, etc. COMO SE CONFORMAN PASO A PASO:  Solicitar la asesoría de un Abogado.  Elaborar el Documento de Constitución y los Estatutos de la Compañía.  Solicitar y registrar el nombre de la empresa en el Registro Mercantil.  Presentar ante el Registro Mercantil los Estatutos de la empresa.  Contratar los servicios de un Licenciado en Administración. • Cancelar los impuestos correspondientes, solicitados por el Registro. • Adquirir los libros de Contabilidad requeridos, sellarlos y foliarlos • Inscribir la empresa en el seguro Social. • Solicitar el Documento de Uso de la Ingeniería Municipal. • Obtención del (RIF). • Inscribir la Empresa en el (INCE). *EL DATO Estas organizaciones son fundamentales para la sociedad ya que contribuyen al desarrollo endógeno del país mediante el fortalecimiento de la actividad productiva.
  • 16. CARACTERISTICAS:  Del ingreso y la riqueza e incrementar la calidad de vida del pueblo bajo principios de justicia y equidad.  Producir bienes y servicios que satisfagan necesidades básicas y esenciales, mediante la participación comunitaria.  Generar beneficios colectivos, mediante mecanismos de propiedad comunitaria, gestionados y controlados democráticamente.  En esta misma dirección saltan a la vista entonces los principales rasgos característicos de este tipo de empresas de producción social; los cuales son a saber los siguientes:  La Propiedad es Colectiva, ya que el control de los medios de producción no es ni privado ni estatal; son de la comunidad o del colectivo de los trabajadores.  Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,  La producción está fundamentada en la solidaridad, la cooperación, la complementariedad, reciprocidad y sustentabilidad de sus miembros, construyendo así las nuevas relaciones sociales de producción.  El trabajador tiene un compromiso social y procura su desarrollo integral,  La producción se destina a satisfacer las necesidades básicas y esenciales de la colectividad,  Desarrollan las cadenas productivas, incorporando valor agregado nacional (REDES PRODUCTIVAS),  Reinvierten sus excedentes en la producción social, su finalidad no es la generación de lucro,  Mantienen precios de ventas solidarios en sus productos y servicios,  Impulsan la desconcentración territorial,  Operan en forma armónica con el medio ambiente  La remuneración de los trabajadores se realiza bajo el criterio del aporte de trabajo que cada quien realice. FINES DE LUCRO: Tienen el fin de producir bienes y servicios dirigidos a satisfacer las necesidades de la comunidad *EL DATO Gracias a que actúan como un instrumento que garantiza la organización e integración entre el proceso productivo y la participación de la comunidad
  • 17. TIPOS DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL Es importante enfatizar que las empresas de producción social se dividen en tres tipos como son:  Según su objeto: EPS de Producción; EPS de Servicio y EPS de Comercialización.  Según la naturaleza del Capital: EPS de Capital Estatal, EPS de Capital Privado, EPS de Capital Mixto y EPS de Capital Comunitario.  Según su tamaño: Unidades de producción comunitaria, Unidades de servicio comunitarios o Unidades de Comercialización comunitario. Su estructura