2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
SociedadesCivilesCooperativasMercantiles38
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Politécnica Territorial Andrés Eloy Blanco
Barquisimeto Edo. Lara
Integrante:
Migreidy Teran C.I: 27.831.324
Secc.: AD2103
Prof.: Manuel Angulo
2. CONSTITUCION DE
LA SOCIEDAD CIVIL
Una Cooperativa es una asociación de
personas cuyo objeto es resolver de forma
conjunta una serie de necesidades
económicas o la puesta en marcha de
intereses comunes. Con este objetivo, este
conjunto de personas se agrupan
constituyendo una empresa.
El paso inicial y
diferencialpara constituir
una sociedad civil es la
firma del contrato privado
entre las partes o contrato
de constitución.
Editora: Migreidy Teran AD2103
3. Sociedad Civil
Es aquel contrato por el cual dos o más personas se
obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con
el fin de repartir entre sí las ganancias
Sus elementos son:
La agrupación de 2 o más personas.
La reunión con un fin común.
Que ese fin consista en una utilidad apreciable en
dinero.
Que todos los socios participen en las ganancias y las
pérdidas.
Se puede decir,
que mediante la
Sociedad Civil,
dos o más
personas
formalizan un
contrato por el
que se obligan a
poner en común
dinero, bienes o
trabajo para
realizar una
actividad
empresarial
común y
repartirse las
ganancias.
El único
requisito legal es
que la sociedad
tenga un objeto
lícito y que se
establezca en
interés común de
los socios que la
constituyen.
4. Con estos trámites la sociedad civil queda válidamente constituida como tal. A partir de aquí
tendrá que seguir los pasos necesarios para iniciar la actividad (hacienda, seguridad social)
pero que son independientes de lo que es la constitución en sentido estricto.
CONSTITUCIÓN DE LA
SOCIEDAD CIVIL
El paso inicial y diferencial para
constituir una sociedad civil es la
firma del contrato privado entre las
partes o contrato de constitución.
La primera acción que hay que realizar la
constitución de una sociedad civil es por medio de
la firma del CONTRATO PRIVADO ENTRE
LAS PARTES o contrato de constitución.
A partir de ahí, los trámites de una constitución de
una SOCIEDAD CIVIL son similares a los de las
demás formas jurídicas:
ALTA EN HACIENDA: Obtención del
NIF y alta en IAE , modelo 036
IMPUESTO DE TRANSMISIONES Y
ACTOS JURIDICOS
DOCUMENTADOS: El 1% del valor de
los bienes aportados en caso de que estos
existan.
ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL:
Alta en el régimen especial de trabajadores
autónomos y solicitud del número de
patronal en caso de ir a contratar
trabajadores
ALTA EN EL AYUNTAMIENTO:
Obtención de la licencia de apertura si
procede.
5. Conoceremos el Marco Legal de estas
instituciones
Es un convenio
entre dos o más
socios, en el cual
aportan recursos,
esfuerzos,
conocimientos o
trabajo, para
obtener un
beneficio
económico.
Fiscalidad
Las sociedades
civiles están
reconocidas en
la Ley General
Tributaria
como entidades
deatribución de
rentas, con
capacidad de
obrar en el
tráfico jurídico.
La sociedadcivil está constituida por dos o más personas que ponen
en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir
entre si las ganancias.
Puede haber dos tipos de socios, los que aportan dinero o
bienes y los socios industriales que aportan trabajo.
A falta de pacto la administración de la sociedad civil será
ejercida por cualquiera de los socios.
Las pérdidas y ganancias se repartirán conforme a lo
pactado. A falta de pacto la parte de cada socio en la
ganancia y pérdida debe ser proporcional a lo que haya
aportado.
6. Las Sociedades Civiles se Caracterizan
por:
En sus contratos se detalla la
actividad del negocio, aportaciones
de los socios, porcentaje de pérdidas
y ganancias.
Mínimo de 2 socios
La responsabilidad de los socios por
deudas frente a terceros es personal e
ilimitada
Se rige por el Código de
Comercio en materia mercantil y
por el Código Civil en cuanto a
derechos y obligaciones
Una sociedad civil se extingue
cuando cumple la duración
estipulada en contrato, por la
finalización de su objetivo social
o actividad, cuando no se
cumplen las aportaciones, por
muerte o incapacidad de un socio.
La sociedad civil en el impuesto de
sociedades para lo que debe llevar
una contabilidad igual que si fuera
una S.L. y presentar sus libros y
cuentas anuales al Registro
Mercantil
La Sociedad Civil carece de
personalidad jurídica propia
8. Sociedades Mercantiles:Constitución,
Características, Elementos Es conveniente advertir
que con excepción de
aquellas sociedades que se
dediquen solamente a la
explotación agropecuaria,
la Ley comercial
presupone que las
sociedades anónimas y la
de responsabilidad
limitada
independientemente de su
objeto, son consideradas
de carácter mercantil
La Sociedad Mercantil
es aquella reunión de un
grupo de personas los
cuales aportan un
capital, bienes o su
trabajo, a fin de obtener
lucro, con la realización
de uno o más actos de
comercio.
¿Cómo se conforman
las sociedades
mercantiles?
1– Elegir la forma
societaria más
conveniente.
2– Elegir el nombre de la
empresa, conforme al
Código de Comercio,
posteriormente debe ser
sometido ante el
Registro Mercantil que
corresponde.
3– Redacción del
Documento Constitutivo
y Estatutos Sociales de
la empresa, asesorados
por un abogado.
4– Realizar aportes
correspondientes al
Capital, al menos es
proporción al mínimo
estipulado por el
Código de Comercio y
a los criterios de
razonabilidad emitidos
por el SAREN.
5– Inscribir el
documento constitutivo
ante el Registro
Mercantil.
6– Obtener el Registro
Mercantil de la
empresa y publicarlo
en la Gaceta Forense
del Registro Mercantil.
Marco legal
Los preceptos
fundamentales que
regulan la constitución,
existencia, giro,
liquidación e
insolvencia de las
sociedades comerciales
en Venezuela se
encuentran en el código
de comercio, expedido
en el año 1919 y
reformado en 1955, el
contrato se rige por la
voluntad de las partes y
por disposición del
código de comercio y
civil que sean
aplicables.
Se caracterizan por:
-Constituirse mediante
escritura y registro
-Tiene personalidad
jurídica, por lo cual
tiene derechos y
obligaciones
-Tienen un patrimonio
activo y otro pasivo
-Deben tener una
denominación la cual
las identifique y
distinga de las demás
-Las sociedades
Mercantiles pueden
tener al menos un
domicilio
Dato
Elementos de una
Sociedad Mercantil
Elemento personal:
Constituido por los
socios, personas
que aportan y
reúnen sus
esfuerzos.
Elemento
patrimonial:
conjunto de bienes
totales aportados
por todos los
socios, para formar
el capital social,
bienes y trabajo.
Elemento formal:
conjunto de reglas
relativas a la
solemnidad en la
cual debe revestir
el contrato que da
comienzo a la
sociedad como un
individuo de
derecho.
9. Sociedades
Mercantiles
Es una sociedad que tiene como objetivo la
realización de actos de comercio, surge
mediante el acuerdo de un grupo de personas
llamadas socios, que unen esfuerzos y capitales
para la realización de un fin en común de
carácter económico con propósito de lucro.
Fin de Lucro
Se estructuran de la
siguiente manera:
10. LAS COOPERATIVAS
Una Cooperativa
es una asociación de
personas cuyo objeto es
resolver de forma conjunta
una serie de necesidades
económicas o la puesta en
marcha de intereses
comunes. Con este
objetivo, este conjunto de
personas se agrupan
constituyendo una
empresa.
La Cooperativa siempre
entraña una actividad
económica en beneficio de
los socios que la
conforman, y se ejerce a
través de un sistema
empresarial.
La Cooperativa está al
servicio de sus socios y,
sólo excepcionalmente,
atenderá a personas ajenas
a la misma (no socios).
ELEMENTOS:
Adhesión abierta
y voluntaria.
Control
democrático de
los socios o
miembros.
Participación
económica de los
socios o
miembros.
Autonomía e
independencia.
Educación,
entrenamiento e
información.
Cooperación
entre cooperativa
s.
Compromiso con
la comunidad.
Sus características principales son:
Son flexibles.
Son abiertas.
Se rigen bajo una ley específica.
Nace de un acuerdo libre e igualitario
de individuos con intereses comunes.
Participación económica igualitaria de
los asociados.
Su desenvolvimiento y su autonomía
está garantizada. Por el estado (ART. 5
ley especial).
*EL DATO
Generan bienestar
social, pero su
principal producto
son bienes y servicios
de consumo
*EL DATO
Se crea a partir de la
unión de un colectivo,
para satisfacer
necesidades
individuales y
cominería
11. COMO SE CONSTITUYE UNA COOPERATIVA
-La denominación de la sociedad,
- el objeto social,
- el domicilio,
- el ámbito territorial de actuación,
- la duración de la sociedad,
-el capital social mínimo,
- la aportación obligatoria mínima del capital social para
ser socio, y la forma de esta aportación,
- la forma de acreditar las aportaciones de capital,
- el devengo de intereses,
- las clases de socios,
- los derechos y deberes de los socios,
- el derecho de reembolso de las aportaciones de los socios,
- la disciplina social, las faltas, multas, y procedimiento
sancionador,
- y la composición del Consejo Rector, y del Comité de
Recursos.
Los estatutos podrán ser desarrollados por un Reglamento
interno, y cualquier modificación de los mismos se hará en
escritura pública.
12. FINES DE LUCRO
Las Cooperativa no tienen fines de lucro según la OIT (2002).
Ella deben establecerse con el fin de Generan bienestar social,
pero su principal producto son bienes y servicios de consumo
Se Estructuran de la siguiente manera:
13. CONSEJOS COMUNALES
Se fundamentan en las
siguientes leyes:
1. Constitución de la
República Bolivariana
de Venezuela
2. Ley Orgánica de
Planificación Pública
y Popular
3. Ley Orgánica de los
Consejos Comunales
4. Ley Orgánica de las
Comunas
5. Ley Orgánica del
Poder Popular
¿Cómo constituir un
Consejo Comunal?
Ser habitante de la
comunidad con al
menos 6 meses
Ser mayor de 15 años
de edad
Disponer de tiempo
para el trabajo
colectivo
Estar inscrito en el
registro electoral
permanente
No ocupar cargos de
elección popular
Son las instancias encargadas de la planificación y
coordinación de las actividades económicas de la
Comuna.
Se constituye para la articulación de los comités de
economía comunal y las organizaciones socio-
productivas con el Parlamento Comunal y el Consejo
de Planificación Comunal.
Se caracterizan
por:
Su organización,
funcionamiento y acción,
ya que se rigen por los
principios y valores de
participación,
corresponsabilidad,
democracia, libre debate de
ideas, cooperación,
colectivismo, bien común,
humanismo y justicia con
el fin de establecer una
base sociopolítica del
socialismo para consolidar
el nuevo modelo político,
social, cultural y
económico de la sociedad.
SUS ELEMENTOS SON:
14. FUNCIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS
CONSEJOS COMUNALES:
Integrar a las comunidades en la formulación de
propuestas y proyectos.
Mantener informado a las comunidades sobre el
control, seguimiento y evaluación de los proyectos
comunitarios.
Reunirse periódicamente para discutir y analizar
aspectos de la realidad política, económica, social,
cultural, territorial e internacional en torno al ámbito
comunitario.
Presentar propuestas para la elaboración del Plan
Comunal de Desarrollo.
Proponer integrantes para las comisiones de trabajo
que ejecutarán dicho Plan.
Convocar a las asambleas de ciudadanos(as) en las
comunidades.
Entregar a los Consejos Parroquiales la
jerarquización de la
Problemática para la inversión social anual en la
comunidad.
15. EMPRESA DE PRODUCCION
SOCIAL
Las empresas de producción soci
al (EPS): Son entidades integrales, ellas
pueden ser empresas
de carácter mercantil, civil
o cooperativas pero con la misión de
establecer nuevas formas de producción
social y eficientes con
una distribución de sus excedentes o
beneficios en base
a principios de justicia, equidad y
reciprocidad hacia toda
la comunidad que participa y el uso
de técnicas y tecnología; y tienen
como objetivo fundamental
generar bienes y servicios que satisfagan
las necesidades básicas y esenciales de
las comunidades y su entorno
(alimentación, vestimenta,
vivienda, educación y salud) a través
del trabajo digno de hombres y mujeres).
MARCO LEGAL
Como de costumbre, aunque no sea la norma, la Ley de EPS
también irá detrás de la realidad inmanente a las prácticas y
experiencias acumuladas. Bajo el manto participativo y
protagónico de la Constitución bolivariana y las usanzas de la
Asamblea Nacional, la Ley deberá ser desarrollada a la luz de
las vivencias sistematizadas, y en virtud a los aportes que las
propias comunidades y los integrantes de las EPS ofrezcan. A
partir de la Ley marco, se deberán ir adaptando las ordenanzas
municipales para regular temas sensibles según el lugar donde
se traten, por ejemplo, la vinculación con los Consejos
Comunales, los Consejos Locales de Planificación Pública, etc.
COMO SE CONFORMAN PASO A PASO:
Solicitar la asesoría de un Abogado.
Elaborar el Documento de Constitución y los
Estatutos de la Compañía.
Solicitar y registrar el nombre de la empresa en el
Registro Mercantil.
Presentar ante el Registro Mercantil los Estatutos
de la empresa.
Contratar los servicios de un Licenciado en
Administración.
• Cancelar los impuestos correspondientes,
solicitados por el Registro.
• Adquirir los libros de Contabilidad requeridos,
sellarlos y foliarlos
• Inscribir la empresa en el seguro Social.
• Solicitar el Documento de Uso de la Ingeniería
Municipal.
• Obtención del (RIF).
• Inscribir la Empresa en el (INCE).
*EL DATO
Estas organizaciones son
fundamentales para la sociedad ya
que contribuyen al desarrollo
endógeno del país mediante el
fortalecimiento de la actividad
productiva.
16. CARACTERISTICAS:
Del ingreso y la riqueza e incrementar la calidad de vida del pueblo bajo principios de justicia y
equidad.
Producir bienes y servicios que satisfagan necesidades básicas y esenciales, mediante la
participación comunitaria.
Generar beneficios colectivos, mediante mecanismos de propiedad comunitaria, gestionados y
controlados democráticamente.
En esta misma dirección saltan a la vista entonces los principales rasgos característicos de este
tipo de empresas de producción social; los cuales son a saber los siguientes:
La Propiedad es Colectiva, ya que el control de los medios de producción no es ni privado ni
estatal; son de la comunidad o del colectivo de los trabajadores.
Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,
La producción está fundamentada en la solidaridad, la cooperación, la complementariedad,
reciprocidad y sustentabilidad de sus miembros, construyendo así las nuevas relaciones sociales
de producción.
El trabajador tiene un compromiso social y procura su desarrollo integral,
La producción se destina a satisfacer las necesidades básicas y esenciales de la colectividad,
Desarrollan las cadenas productivas, incorporando valor agregado nacional (REDES
PRODUCTIVAS),
Reinvierten sus excedentes en la producción social, su finalidad no es la generación de lucro,
Mantienen precios de ventas solidarios en sus productos y servicios,
Impulsan la desconcentración territorial,
Operan en forma armónica con el medio ambiente
La remuneración de los trabajadores se realiza bajo el criterio del aporte de trabajo que cada
quien realice.
FINES DE LUCRO:
Tienen el fin de producir bienes y
servicios dirigidos a satisfacer las
necesidades de la comunidad
*EL DATO
Gracias a que actúan como un
instrumento que garantiza la
organización e integración entre el
proceso productivo y la participación
de la comunidad
17. TIPOS DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL
Es importante enfatizar que las empresas de producción social se dividen en tres tipos como son:
Según su objeto: EPS de Producción; EPS de Servicio y EPS de Comercialización.
Según la naturaleza del Capital: EPS de Capital Estatal, EPS de Capital Privado, EPS de
Capital Mixto y EPS de Capital Comunitario.
Según su tamaño: Unidades de producción comunitaria, Unidades de servicio comunitarios
o Unidades de Comercialización comunitario.
Su estructura