El documento resume los artículos más importantes de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de Venezuela (LOPCYMAT). Explica los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores según los artículos 53 al 56. También cubre las responsabilidades de las empresas contratistas y los requisitos para reportar accidentes de trabajo u ocupacionales bajo el artículo 69.
1. INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
BARQUISIMETO EDO LARA
Los 5 Artículos más
importantes de la
LOPCYMAT
Javier Castillo
BARQUISIMETO, OCTUBRE DEL 2014
2. Derechos de los
Trabajadores
Sin lugar a dudas los trabajadores
son una parte importante de la organización por
no decir que la de mayor importancia, y
partiendo de esto, serían inagotables los
esfuerzos orientados a contribuir no solo a su
bienestar, sino también a su derechos y deberes
dentro del lugar donde desempeña sus labores.
Articulo 53
Todo trabajador tiene derecho a
trabajar en un ambiente adecuado;
entendiéndose como un ambiente
adecuado al sitio cuyas condiciones
físicas, de seguridad y salubres le
permitan al trabajador desarrollar
plenamente sus labores y funciones
sin menoscabar su integridad física o
metal. l
Deberes de los
Trabajadores
A pesar de estos derechos y muchos otros que para
este resumen han dejado de mencionarse; los
trabajadores también tienen deberes que cumplir sin
poder escudarse en esta ley para negarse a ello. Al
igual que los derechos, solo haremos mención de los
más relevantes.
Articulo 54
El trabajador definitivamente debe
cumplir con todas las labores
establecidas en el contrato de trabajo
celebrado por el él con su patrono
cuando se cumplan con todos los
requerimientos y exigencias expuestas
en la LOPCYMAT.
3. Derechos y Deberes de los
Empleadores
Artículos 55 y 56
La LOPCYMAT, también contempla deberes y derechos para los patronos, como es ésta
una ley relativamente nueva dado que entró en vigencia en el año 2005, los patronos
o empleadores pueden solicitar información y asesoría ante las instancias
competentes en esta materia para así cumplir con los requerimientos de la LOPCYMAT,
además, todo empleador tiene derecho a exigir que todo trabajador de su empresa
cumpla con los deberes que establece para él; el trabajador, dicha ley en su artículo
54. Aunado a esto, el empleador esta completamente facultado para reclamar de sus
trabajadores el uso apropiado de los equipos y sistemas diseñados para prevenir los
accidentes en el lugar de trabajo.
De manera relevante, el patrono tiene la potestad de proponer ante el CSSL las
reprimendas que debe serle impuesta a todo trabajador que con su
comportamiento incumpla con cualquiera de los deberes establecidos para ellos en
la LOPCYMAT.
4. Empresas de Trabajo Temporal
o Contratista
Si hablamos de empresas contratistas, es
necesario desglosar varios puntos de
interés. En correspondencia a los
trabajadores, éstos han de disfrutar de
las mismas condiciones de trabajo con las
que cuentan los trabajadores que
trabajan directamente con la empresa
beneficiara de los servicios. Es ésta última
la encargada y más interesada en velar
por que la empresa contratada cumpla
con las especificaciones de esta ley dado
que ella es solidariamente responsable
con la empresa contratista de que se les
brinden condiciones apropiadas y
aceptables de higiene y seguridad a los
trabajadores.
Queda bajo la responsabilidad del
empleador, crear mecanismos
eficientes que le permitan a los
trabajadores identificar cualquier
falla o situación de peligro en el
lugar de trabajo, así como también,
los niveles de peligro o de posibles
accidentes que estén a tiempo de
evitarse, dado que son ellos
quienes continuamente están en
dichos lugares.
5. Accidentes de Trabajo y
Enfermedad Ocupacional
Si ya tenemos claro cuales son las
condiciones optimas y apropiadas
que le proporcionan al trabajador
seguridad industrial, entonces
definamos ahora cuales
situaciones provocarían en el
individuo trabajador un accidente
o enfermedad ocupacional.
La LOPCYMAT establece
claramente en su artículo
69 que toda lesión o daño
de cualquier intensidad y
alcance e incluso la muerte
producto de ejecutar
labores en el curso de su
trabajo.
En caso de ocurrencia de alguna
de estas situaciones, el
empleador deberá notificar de
manera inmediata ante
INPSASEL, el CSSL y el sindicato
la situación, dicha declaración
deberá realizarse dentro de los
lapsos respectivos que establece
la ley.
CATEGORIAS DE DAÑOS
Cabe resaltar la importancia que tiene identificar claramente el tipo de daño causado, dado que
de ello dependerán las prestaciones dinerarias del Régimen Prestacional; así que debe distinguir
si es:
Discapacidad Temporal
Discapacidad Parcial Permanente
Discapacidad Total Permanente
Discapacidad Absoluta Permanente
Gran Discapacidad
Muerte.