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Instituto de Administración Pública del Estado de Veracruz
“PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES
NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS
CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL
ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE,
ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES
ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA
COMPRAVER”
INVESTIGACIÓN PRESENTADA COMO REQUISITO PARA OBTENER
EL GRADO DE MAESTRO EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
AUTORES: LIC. ANA ELIZABETH URIBE ZAMUDIO
L.A.E. JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
DIRECTOR: DOCTOR ARTURO FRANCISCO GUTIÉRREZ GÓNGORA
FEBRERO 2014
Dedicatorias
A quienes con su incondicional
apoyo, me han impulsado a seguir
adelante en la realización de
todos mis proyectos…
Gracias Papá y Mamá
A quien con su ausencia, estuvo
presente en cada momento apoyándome
en silencio…
Gracias F.M.M.M.
A alguien que ya no se encuentra entre
nosotros y que con su ausencia me recuerda
cada día que la vida solo es una;
que con su partida me recordó el valor
de los sueños y que soñar no cuesta,
pero intentar alcanzar esos
sueños es darle sentido a la vida…
 Gracias primo A.Z.G.
Lic. Ana Elizabeth Uribe Zamudio
Dedicatorias
A mis padres
María Elena Sánchez Márquez
Martín Hernández López
Por su incondicional apoyo de toda la vida
A Stefany, mi compañera de vida
Por su comprensión total y apoyo incondicional en mis proyectos
A mi Jefes Ignacio García Leyva
Eutilio Quintero Arellano
Por el apoyo recibido en estos 2 años
L.A.E. José Martín Hernández Sánchez
Í N D I C E
Págs.
Introducción 2
Capítulo 1 Conceptos y Definiciones de Administración Pública 3
1.1 Teoría de la Administración Pública 6
1.2
La Administración Pública desde la Perspectiva del Estado, gobierno y
Sociedad
Sociedad
Sociedadsociedad
9
1.3 La Nueva Gestión Pública 13
1.4 El qué y cómo de la Administración Pública 17
1.5 Tipo de Contrataciones de la Administración Pública 22
1.6 Naturaleza de las Contrataciones que Realiza la Administración Pública 25
1.7 Procedimientos de Contratación de la Administración Pública 27
1.8
El Gobierno Electrónico y las Contrataciones Electrónicas en la
Administración Pública
30
Capítulo 2 Gobierno-e en la Administración Pública (México) 39
2.1 Las Contrataciones Gubernamentales en México 49
2.2
Contrataciones Gubernamentales en el Estado de Veracruz de Ignacio de
la Llave
59
2.3 Gobierno Electrónico en Veracruz 61
2.4
Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales Compraver, para
la Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
69
2.5
Normatividad que Converge en las Contrataciones que Realiza la
Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
71
Capítulo 3
Necesidad de Ajustar el Marco Jurídico que rige las Contrataciones
Gubernamentales en el Estado de Veracruz
73
3.1
Propuesta de Modificación, Adecuación o Adición de las Principales
Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes Muebles, que Realiza la
Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de
Manera que se Puedan Realizar Licitaciones Electrónicas.
76
3.2
Propuesta de Reformar al Código Financiero para el Estado de Veracruz
de Ignacio de la Lave
80
3.3
Propuesta de Reformar al Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
80
3.4
Propuesta de Reformar a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,
Administración y Enajenación de Bienes Muebles de Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave
81
3.5
Propuesta de Reformas a los Lineamientos para la Implementación y
Operación del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales
CompraVer, para la Administración Pública del Estado de Veracruz.
86
3.6
Propuesta para Establecer las Disposiciones para el Uso de Medios
Remotos de Comunicación Electrónica, en el envío de Propuestas dentro
de las Licitaciones Públicas que Celebren las Dependencias y Entidades
de la Administración Pública
88
Conclusiones 95
Bibliografía 98
Medios Electrónicos de Consulta 100
Legisgrafía 101
Índice de Cuadros
Cuadro 1 36
Cuadro 2 47
Cuadro 3 58
Cuadro 4 63
Índice de Figuras
Figura 1 65
Figura 2 67
Figura 3 69
2
INTRODUCCIÓN
Las compras y contrataciones públicas constituyen un factor clave para que las instituciones
estatales puedan cumplir con sus importantes misiones —educación, salud, justicia, defensa,
etc—.
El presente documento tiene la finalidad de proponer algunas reformas al marco jurídico
que rige las contrataciones gubernamentales en materia de bienes muebles en el Estado de
Veracruz, esto con la finalidad de que la Administración Pública, pueda realizar Licitaciones
Electrónicas mediante el Sistema de Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraVer,
establecido por el gobierno del Estado de Veracruz en el 2011.
Este trabajo está estructurado de tal forma, que el capítulo uno, introduce al lector en los
conceptos básicos de Administración Pública, hacemos un breve recorrido en la teoría de la
Administración Pública; describimos la percepción que desde el Estado, gobierno y sociedad se
tiene de ésta; mencionamos las nuevas tendencias que existen en cuanto a Gestión Pública se
refiere; de manera sucinta se desarrolla el quehacer de la administración del Estado, y de manera
muy general se describen los tipos de contrataciones, la naturaleza, los procedimientos que
realiza el Estado, así como las nuevas tendencias que para gobierno electrónico existen en la
actualidad.
En el Capítulo dos, nos enfocamos en departir sobre la situación que impera en la realidad
de nuestro país, desarrollando temas como e-gobierno en la administración pública y las
contrataciones gubernamentales en México, —solo para poner en contexto la propuesta que
traemos a la mesa—pero que resulta un gran referente de lo que se pretende lograr en en el
Estado de Veracruz, por ello en este capítulo también dilucidamos sobre el tema de las
contrataciones que realiza esta entidad federativa y los avance que ha tenido en materia de
gobierno electrónico. Pusimos en contexto el sistema CompraVer y mostramos el marco jurídico
que en la actualidad enmarca las compras del gobierno.
Y Finalmente, presentamos los argumentos y los preceptos jurídicos que a nuestra
consideración creemos que son necesarios, modificar, reformar, adicionar o en su caso derogar,
en la consecución de lograr el objetivo…que en el Estado de Veracruz, la Administración Pública,
pueda realizar Licitaciones Electrónicas mediante el Sistema CompraVer.
Capítulo 1
Concepto y Definición de Administración Pública
Resulta muy común, que al hablar de Administración Pública, de manera generalizada se asocie
este concepto con el de gobierno, aunque también puede confundirse y pensarse que quienes
laboran en poder Legislativo y Judicial también forman parte de la Administración Pública, razón
por la que es importante, dejarle claro al lector, a que nos referimos cuando hablamos de
Administración Pública.
Para esto es necesario partir de la raíz etimológica de la palabra administración, que nos
lleve a la definición que mejor responda a la pregunta ¿Qué es la Administración Pública?
El término administración deriva de la palabra latina administratio, onis, administratíone,
cuyo significado es administrar que está compuesto de los vocablos ad y ministrare que quiere
decir servir, cuidar, este término era empleado entre los romanos para referirse al acto o la
función de prestar un servicio a otras personas. El centro focal de la voz ministratio lo ocupa el
vocablo ministrare, que deriva del sustantivo minister, que a su vez proviene del minis, expresión
referida a lo ―menor‖, como contraste de magis, lo ―mayor‖. En consecuencia, el minister era el
funcionario subordinado a la autoridad del magister, cuya tarea se circunscribía a la realización
de funciones subalternas. De esto podemos deducir que: administrare significaba entre los
romanos, la satisfacción de las necesidades de la sociedad, con un esfuerzo extra por parte de los
oficiales: ad ministrare. Gramaticalmente hablando, a la administración se le puede definir como
la actividad consistente en servir o prestar servicios.
Ahora bien, para hablar de la parte pública de la administración, es necesario mencionar
que la locución pública proviene del latín publicus y significa: sabido por todos, colectivo o
comunitario; en resumen puede considerarse como el ámbito de problemas y responsabilidades
de la administración del Estado.
La concatenación de los ambos vocablos, nos lleva entonces a pensar en la Administración
4
Pública, como la organización encargada de las actividades que tienen como fin la prestación de
servicios para satisfacer las necesidades de una colectividad.
Conceptos de Administración Pública
Existen diferentes enfoques para el concepto de Administración Pública, los cuales tienen que ver
con el contexto en el que se desarrollaron los autores, el Dr. Roberto Avalos Aguilar, durante la
materia Teoría General de la Administración Pública, nos compartió las diversas perspectivas
bajo las cuales algunos estudiosos entienden la Administración Pública.
 JUAN JACOBO ROUSSEAU: Es la relación del Estado y la sociedad como una
intervención del soberano y súbditos para ejecutar la voluntad general. (1759, Ginebra, El
Contrato Social).
 CARLOS JUAN BONNIN: Es la potencia que arregla corrige y mejora todo cuanto
existe y da una dirección más conveniente a los seres organizados y a las cosas. (1808, Francia,
Compendio de los Principios de Administración).
 KARL MARX: Es la actividad organizadora del Estado. (1809, Alemania, Economía
Política).
 MAX WEBER: Es una forma legítima de dominación racional del Estado en la
sociedad. (1877, Alemania; Economía y Sociedad).
 WILSON WOODROW: Es la parte más ostensible del gobierno; es el gobierno en
acción, es el ejecutivo operante, el más visible aspecto del gobierno. Es la ejecución detallada y
sistemática del derecho público. Toda aplicación particular de la ley general es un acto
administrativo. (1887 USA, Estudio de la Administración Pública).
 MARSHALL E. DIMOCK: Se refiere al qué y al cómo del gobierno. El qué, es la
sustancia, el conocimiento técnico de un campo, que capacita al administrador para llevar a cabo
su tarea. El cómo, son las técnicas de gerencia, los principios que llevan al éxito los programas
cooperativos. (1937 Gran Bretaña, El Estudio de la Administración).
 LUTHER GULICK: Se refiere a la forma de hacer las cosas, a la realización de los
objetivos definidos. Es por tanto el sistema de conocimientos con el cual los hombres pueden
entender relaciones, predecir efectos e influir resultados en cualquier situación en que haya
5
personas trabajando conjuntamente en forma organizada para un propósito común. (1937, USA,
El Papel de la Ciencia de la Administración).
 OCTAVIO RODRÍGUEZ ARAUJO: Es la función mediadora y mediatizadora en la
sociedad dividida en clases del capitalismo contemporáneo. (1980, México, La Administración
Pública en el Estado Capitalista).
 JACQUES CHEVALLIER Y DANIELE LOSCHAK: Es la institución encargada
de defender y promover el interés general de la sociedad bajo la autoridad de los políticos
elegidos. (1980 La Sience Administrative).
 BENITO JUÁREZ GARCÍA: ―Los funcionarios públicos no pueden disponer de las
rentas sin responsabilidad; no pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino
con sujeción a las leyes; no pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación,
sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrada medianía que
proporciona la retribución que la ley le ha señalado‖, el benemérito de las Américas no definía
propiamente a la Administración Pública, pero vislumbraba con claridad las responsabilidades
con las que debía ostentarse un cargo público.
Los conceptos anteriores nos muestran cómo es que la Administración Pública era
percibida, ya sea como una relación entre soberanos y súbditos, como la actividad que organiza al
Estado, como una organización que busca el bien común o como institución que busca, defiende
y promueve el interés general de una sociedad.
Definición de Administración Pública
El jurista Miguel Acosta Romero en su libro ―Teoría General del Derecho Administrativo‖ define
a la Administración Pública como: la parte de los órganos del Estado que dependen directa o
indirectamente, del Poder Ejecutivo, que tienen a su cargo toda la actividad estatal que no
desarrollan los otros poderes1
. Esta definición deja ver la existencia de una estructura dentro del
Estado, a la cual se le atribuyen facultades para ejecutar todas aquellas actividades que no
competan a los poderes legislativo y judicial.
1
Acosta Romero. Miguel Derecho Administrativo Edit. Porrúa. México. 1991 pp. 96-98
6
Más aun, esta estructura como todas, debe contar con elementos, con recursos, con
objetivos definidos, que ayuden a que a través de la acción continua y permanente, la
Administración Pública logre cumplir con las responsabilidades que le exige la ciudadanía.
Un definición que considera estos elementos, es la proporcionada por Alejandro Carrillo
Castro, al definir a la Administración Pública como ―el sistema dinámico –integrado por normas,
objetivos, estructuras, órganos, funciones, métodos y procedimientos, elementos humanos y
recursos económicos y materiales- a través del cual se ejecutan o instrumentan las políticas y
decisiones de quienes representan o gobiernan una comunidad políticamente organizada”2
El Mtro. Gabino Fraga, dice que Administración Pública es ―el organismo público, que ha
recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los
intereses generales‖3
El Diccionario Jurídico Mexicano dice: ―Por Administración Pública se entiende,
generalmente, aquella parte del Poder Ejecutivo a cuyo cargo está la responsabilidad de
desarrollar la función administrativa‖,4
entendida desde dos puntos de vista, el orgánico, que se
refiere al órgano o conjunto de órganos estatales que desarrollan la función administrativa y
desde el punto de vista formal, que es en sí mismo la actividad propiamente dicha que desarrollan
el conjunto de órganos.
1.1 Teoría de la Administración Pública
La teoría de la Administración Pública, consiste en el estudio de los aspectos administrativos del
Estado. Los principios que explican, de manera general, el ser y el devenir de la Administración
Pública. El ser de la Administración Pública consiste en los elementos esenciales que la
constituyen; el devenir es su evolución hasta el presente.
2
Galindo Camacho Miguel, Teoría de la Administración Pública. Editorial Porrúa. México 2000. Pg.6
3
Fraga Gabino, Derecho Administrativo. Edit. Porrúa México 2009 pg. 26-29.
4
Gil Valdivia Gerardo, Quintana Aceves Federico. Diccionario Jurídico Mexicano. Edit. Porrúa México. 2004. pg.
125
7
Es importante identificar el momento histórico y teórico exacto en el cual se define lo
administrativo dentro de los asuntos del Estado, Juan Enrique Von Justi, en su obra titulada
―Principios de Ciencia de la Policía‖, publicada en 1756, en esta época, policía significaba lo que
hoy en día entendemos por Administración Pública, él afirmaba que:
―La policía es una ciencia tampoco conocida…La mayor parte de los errores que se han cometido
sobre este punto provienen de haberse confundido la policía con la política…En efecto, cada una de
ellas tiene sus extensiones y sus limitantes. La política tiene por fin la seguridad de la República,
tanto por fuera como por dentro y es su principal ocupación instruirse de la conducta, de las acciones
y de los objetos, o intentos de las potencias extranjeras, ponerse a cubierto de sus empresas; como
también establecer un buen orden entre los súbditos…al contrario, el fin de la policía es asegurar la
felicidad del Estado por la sabiduría de sus reglamentos, y aumentar sus fuerzas y su poder tanto
como sea posible. Para este efecto ella vela en la cultura de las tierras, a procurar a los habitantes las
cosas de las que tienen necesidad para subsistir y establecer un buen orden entre ellos…‖5
La policía es el fundamento y base de la Ciencia de la Hacienda. La policía trabaja en
conservar y aumentar las rentas del Estado por la sabiduría de sus reglamentos; y el que está
encargado de la Hacienda se ocupa de descubrir medios para emplearlas del modo más ventajoso,
para poder en tiempo de necesidad, o en oportuna ocasión, subvenir los gastos que está obligado
a hacer.
La diversidad de materia representadas por la policía, la política, la economía y la hacienda,
conservan su vinculación a partir de la unidad estatal, el Estado era, y es, la unidad que delinea el
objeto de estudio de la Ciencia de la Administración Pública. Una de las características que
resalta de la ciencia de la Administración Pública, ha consistido en un proceso de construcción de
su objeto de conocimiento a partir de una larga pugna por conservar su identidad y definición.
La Ciencia de la Administración no entraña una disciplina en el sentido convencional del
término, principalmente porque en su interior no existe un condicionamiento mutuo entre el
5
Guerrero Orozco Omar, Principios de la Administración Pública. Ciudad Universitaria, 1997
8
objeto y el método, que lo que caracteriza a las demás ciencias.
Para Omar Guerrero, la Ciencia de la Administración es, en efecto la ciencia de las
relaciones entre la comunidad y los individuos, y los medios de conservación de esas mismas
relaciones por la acción de las leyes y de los magistrados sobre las personas y las propiedades en
todo a lo que interesa el orden social.6
La Ciencia de la Administración, es una ciencia social y por lo tanto no es una ciencia
exacta, pero sus principios y reglas son firmes y precisas y están encuadradas en el rigor
científico. Hasta este momento hemos presentado de manera axiológica lo que la ciencia de la
administración estudia, sin embargo, existen percepciones que parten de la división de poderes y
en las que se atribuyen expresamente a un poder determinado, acciones encaminadas a la
búsqueda del bien común.
Para Miguel Galindo, esta ciencia tiene por objeto de estudio, la actividad del órgano
ejecutivo cuando se trata de la realización o prestación de los servicios públicos en beneficio de
la sociedad, buscando en todo momento que su prestación se realice de manera racional a efecto
de que los medios e instrumentos de la misma se aplique de manera idónea para obtener el
resultado más favorable.7
La Administración Pública es una ciencia que se va consolidando firmemente pero que
siempre estará estrechamente ligada con la Ciencia Política, aceptando la mayoría de los autores
que la política es la ciencia que se refiere a toda la actividad estatal con sentido deontológico, en
tanto que la Administración Pública se refiere solamente a una parte de la actividad estatal
enmarcada fundamentalmente en la prestación de servicios públicos, la cual representa la
actividad de uno de los órgano originarios del Estado: el ejecutivo, es la concreción de la
voluntad del poder político, por lo cual, la administración no puede ni debe considerarse como un
fin en sí mismo, sino el medio o instrumento a través del cual, el Estado satisface las necesidades
6
Op. Cit. P.2
7
Galindo Camacho Miguel, Teoría de la Administración Pública. Editorial Porrúa. México 2000
9
de su población llevando a cabo los servicios públicos que requiere la comunidad y todas las
tareas que beneficien a la misma y justifiquen su existencia a través del correr del tiempo.
1.2 La Administración Pública Desde la Perspectiva del Estado, Gobierno y Sociedad
La Administración Pública trae consigo el sello de la sociedad que la engendra y del Estado que
la conforma, en consecuencia, toda sociedad que adquiere cierto grado de desarrollo y en su
interior se manifiestan diversas consideraciones que amenazan con devorarla, necesita una forma
de asociación que sea capaz de mantener un cierto grado de cohesión social y ordenar a la propia
sociedad en su conjunto. Esta forma de asociación de los hombres es el Estado.
Como ya hemos mencionado, la Administración Pública está caracterizada por atributos
propiamente estatales, por principio la administración, es una cualidad del Estado y sólo puede
ser explicada a partir de éste.
En consecuencia, se tiene la obligación de citar algunos conceptos de Estado; con respecto
a este, el padre de la Teoría del Estado y la Ciencia Política, Nicolás Maquiavelo, de origen
florentino y quien vivió entre los años de 1469 y 1527, en su obra El Príncipe, exponía que
―todos los Estados, todas las dominaciones que han ejercido y ejercen soberanía sobre los
hombres, han sido y son repúblicas o principados”8
, en los años de éste personaje, no existía la
concepción del Estado, tal y como lo es hoy, pero según se desprende de su obra, no se ocupa de
definir lo que debe considerarse como Estado, sin embargo, es el primero en usar el término para
referirse a las organizaciones políticas de ese entonces, cuyo poder era ejercido en parte por los
reyes y príncipes y otra facción por los grandes terratenientes.
En Alemania, Carlos Marx se refería a la Administración Pública como a la actividad
organizadora del Estado y Lorenz Von Stein como a la actividad del Estado; Woodrow Wilson
en Estados Unidos, discernía sobre el gobierno en acción y Luther Gulick sobre el trabajo del
gobierno, mientras que Marshall Dimock veía al Estado como constructor.
8
Nicolás Maquiavelo El Príncipe, Edit. Porrúa, México 1971. Pg. 1-3
10
―La voluntad del Estado supone un objeto sobre el cual actúa. Cuando la acción se repite
continuamente, se llama actividad, esto sirve a Lorenz Von Stein para explicar la actividad del
Estado, que tiene lugar mediante los órganos estatales y constituye por tanto, la vida propiamente
exterior del Estado, y es a lo que llama administración del Estado”.9
El Estado tal y como lo conocemos hoy, no surgió de la noche a la mañana, sino que tuvo
que pasar mucho tiempo y luchas entre pueblos para que se constituyeran los primeros Estados de
la época moderna; es en la edad media en Europa, con el tratado de Westfalia (1648) que puso fin
a la llamada Guerra de los treinta años, donde se sientan las bases del llamado Estado moderno.
De acuerdo al Diccionario Jurídico ―El Estado no es una mera realidad natural, sino que
constituye un conjunto de funciones jurídicas, cuya comprensión es necesaria para entender el
comportamiento de la comunidad política, es en suma titular de derechos y obligaciones‖.10
Miguel Acosta Romero, en palabras de Grossman, ―nos dice que no hay un Estado que se
haya organizado conforme a la teoría, sino que su contenido y realidad, desborda toda pretensión
teórica de establecer un Estado conforme a un ideal determinado‖,11
así mismo continúa diciendo
que, para George Jellinek, el Estado es la unidad de asociación, dotada originalmente de poder de
dominación y formada por hombres asentados en un territorio‖.
Acosta Romero en su opinión, el Estado es la organización política soberana de una
sociedad humana establecida en un territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con
independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y de administración que persigue
determinados fines, mediante actividades concretas.‖12
Thomas Hobbes, creador de la frase ―El hombre es el lobo del hombre‖ el derecho del más
9
Stein, Lorenzo. Movimientos Sociales y Monarquía. Madrid, Centro de Estudios Constitucionales. 1981 (1850)
pg.33. Tomado de Omar Guerrero, La Principios de la Administración Pública.
10
Barajas Montes De Oca Santiago 2004 Diccionario Jurídico Mexicano, Edit. Porrúa, México 2004 Pg. 1556.
11
Acosta Romero Miguel, Teoría General del Derecho Administrativo, Edit. Porrúa México 1991.
12
idem
11
fuerte, señala que el ―Estado es una creación humana de carácter contractual, equiparable al
bíblico Leviatán, bajo el principio de no hacer a otro lo que no se quiere para sí, convirtiéndose
en ciudadano y creando el Estado‖13
El Estado realiza una actividad, que es la que el hombre históricamente le ha encomendado,
y ella varía a través del tiempo, del espacio y de los sistemas políticos. A la actividad que realiza
el Estado se le ha dado distintos nombres tales como: atribuciones, funciones, facultades,
cometidos, servicios públicos, prerrogativas, etc.
El fundamento jurídico que le confiere legitimidad suprema al Estado, para la realización
de las actividades que inciden sobre los ciudadanos, es la protección de sus derechos y garantía
de sus libertades individuales: la voluntad de los gobernantes adquiere valor sólo en la medida en
que se ajusta a la regla del derecho y tiende a la solidaridad social.
Por lo tanto, ―la única justificación del Estado, es decir, del poder de hecho de loa
gobernantes, es su subordinación al derecho surgido, a su vez, del hecho de la solidaridad‖14
, de
modo que ―nadie puede atribuirse la titularidad del poder ni ejercer más atribuciones de las que
ha concedido el pueblo‖, fundamento único del orden jurídico; el Estado no debe ser más que la
suma de las jurisdicciones creadas por el pueblo para la efectividad de ese orden y para promover
la integración del país a través del ejercicio de sus funciones.
Independientemente del concepto de Estado, el Estado moderno exige la aplicación de
controles jurídicos y políticos, así como la acotación del poder público, es decir, el principio de
legalidad que dicta que el poder público representado en el gobierno únicamente puede hacer
aquello que le permiten expresamente la Ley y sus disposiciones reglamentarias.
Acerca del concepto gobierno, Carrillo Landeros señala que:
―el gobierno es el Estado en acción y constituye el dispositivo de dominación que permite conducir
13
Fernández Ruiz Jorge. Derecho Administrativo y Administración Pública. Edit. Porrúa. México 2008 pg. 3
14
Cueva, Mario de la, La idea del Estado. Fondo de Cultura Económica. México. Pg. 165
12
a un conjunto de individuos asentados en un territorio donde él ejerce su potestad soberana, con el
propósito de lograr de ellos un comportamiento deseado. El gobierno como forma de dirección y
organización de las acciones a cargo del Estado tiene la responsabilidad de realizar funciones de
índole política (manejo, conservación, y consolidación del poder) y de naturaleza administrativa
(captación de recursos, dotación de servicios, preservación del orden).15
Desde esta perspectiva, podemos decir que el gobierno es el conjunto de instituciones
públicas que funcionan como aparato a través del cual el Estado ejerce su poder de dominación
sobre la sociedad, así como también, hace manifiesta la soberanía de la nación frente a otras
naciones.
Es por medio del gobierno que se conducen los designios de la sociedad civil y conoce
también de sus demandas; asimila la problemáticas de la comunidad y se vincula ésta, para que a
través de sus instrumentos le proporcione bienes y servicios, manifestando el compromiso del
Estado con ella; éste ejerce el poder en la medida que sus instituciones intervienen en la vida de
la sociedad. La mediación que por sus instituciones mantiene con la sociedad lo llevan a vincular
dos instancias: sociedad y Estado.
Al hablar de sociedad, es preciso señalar que, el ser humano, es un ser social que para
sobrevivir y desarrollarse como persona necesita de la cooperación y del auxilio de otros de su
misma especie. En un sentido amplio el término sociedad es aplicable a todo conjunto de seres
vivientes, en cuanto a que su agrupación y grado de organización interna se establece tanto para
conseguir la alimentación como para defenderse de otros factores que ponen en peligro su
sobrevivencia como especie16
.
Para los propósitos de este trabajo, el término sociedad, debe entenderse como las diversas
agrupaciones de seres humanos, que se reúnen en cantidades mayores o menores, tanto para la
satisfacción de las necesidades primarias como —comer, vestir, reproducirse como especie—,
15
Carrillo Landeros, Ramiro. Metodología y Administración. Limusa. México 1986. Pg. 115
16
Durán Víctor Manuel. Estado Social de Derecho, Democracia y Participación. Universidad de Trabajadores de
América Latina. Venezuela. P.1
13
como de necesidades más complejas relacionadas con su realización y perfeccionamiento como
seres humanos y en el conjunto comunal.
Teóricamente, se ha establecido la convención sobre la existencia histórica de dos tipos o
clases de sociedades: las sociedades no estatales, que cronológicamente surgieron primero: horda,
clan, tribu, y las sociedades estatales, que surgen después en etapas más avanzadas de la
evolución social humana: estado primitivo, estado ciudad, estado feudal, estado nación y estado
continente17
.
Podemos decir entonces que, la Administración Pública, es una relación social
históricamente determinada por la división entre Estado y sociedad civil, influenciada por el
grado de desarrollo que ésta ha alcanzado. Las organizaciones de clase son la forma de relación
de la sociedad civil con el Estado, en la medida en que las organizaciones representativas
obtengan un alto grado de desarrollo habrá un fortalecimiento de la sociedad civil. La
Administración Pública actúa inmersa en la sociedad civil en forma sistemática y detallada. Es
como ya lo mencionamos, la actividad organizadora del Estado.
1.3 La Nueva Gestión Pública
El origen de este proceso tuvo lugar cuando el modelo de Estado instaurado por los países
desarrollados en la postguerra, propulsor de una era de prosperidad sin precedentes en el
capitalismo, entró en crisis hacia fines de la década de 1970, razón por la que, la reforma del
Estado se ha convertido en el tema central de la agenda política mundial.
Dada la imperiosa necesidad de reformar el Estado, de restablecer su equilibrio fiscal y
equilibrar la balanza de pagos de los países en crisis, una de las propuestas que surgió, consistía
en la reducción del tamaño del Estado; sin embargo, después de algún tiempo se constató que la
solución no estaría en el desmantelamiento del aparato estatal, si no en su reconstrucción. Por lo
que se trata de la construcción de un Estado que pueda enfrentar los nuevos desafíos de la
sociedad postindustrial, un Estado para el siglo XXI.
17
Ibidem: P. 2
14
El diagnostico actual afirma que el Estado continúa siendo un instrumento fundamental
para el desarrollo económico, político y social de cualquier país, en razón de esto se ha venido
proponiendo una segunda generación de reformas, con la finalidad de reconstruir el aparato
estatal. El mayor desafío está en compatibilizar las tendencias mundiales de cambio con las
especificidades de la sociedad a que se apliquen.
La reconstrucción de la capacidad del Estado, es posible mediante la implementación de lo
que se conoce como reformas gerenciales, que tienen su inspiración en las transformaciones
organizacionales ocurridas en el sector privado, las cuales modificaron las formas burocrático-
piramidal de administración, flexibilizando la gestión, disminuyendo los niveles jerárquicos y,
por consiguiente, aumentando la autonomía de decisión de los gerentes.
La reforma gerencial presupone, completa y modifica la primera gran reforma del Estado
Moderno, la reforma burocrática weberiana, que instauró un servicio público profesional y
meritocrático, condición esencial para que la Administración Pública gerencial sustituya a la
Administración Pública burocrática.
Con estos cambios, se pasó de una estructura basada en normas centralizadas a otra
sustentada en la responsabilidad de los administradores, avalados por los resultados
efectivamente producidos.
Toda vez que el modelo gerencial debe ineludiblemente adecuarse al contexto político
democrático en el cual se encuentra inserto el sector público, debe tenerse en consideración, que
si bien es cierto que ―el gobierno no puede ser una empresa, sí puede tornarse más empresarial‖18
,
esto teniendo presente las diferencias claras que existen entre sector privado y el sector público.
 En el sector privado, el número de participantes es restringido, y la capacidad para
tomar decisiones más rápidas es mayor.
18
Tomado del Ensayo: Una Nueva Gestión Pública para América Latina. Centro Latinoamericano de Administración
para el Desarrollo CLAD. 1998. Pág.10
15
 El gobierno, por su parte, toma sus decisiones de acuerdo con procedimientos
democráticos, que involucran un número mayor de actores y una mayor demora en el proceso
decisorio.
 La ―legitimidad‖ de una empresa resulta de su supervivencia en la competencia en el
mercado, en tanto que los gobiernos se legitiman por la vía democrática.
Un nuevo modelo de sustitución, es el propuesto por la Nueva Gestión Pública, consiste en
un enfoque gerencial de la Administración Pública, cuya esencia es dar forma a una estructura
administrativa descentralizada y desregulada, que incentive la iniciativa del personal y su
compromiso con el logro de resultados, para lo cual es necesario que el personal cuente con la
capacidad de decisión y se le responsabilice por los resultados.
La Nueva Gestión Pública, ha prestado atención a la Administración Pública, ha
cuestionado su estructura burocrática de organización y operación —la centralización jerárquica
y la reglamentación precisa e inalterable— y se ha presentado como una disciplina o práctica
profesional que posee los métodos de reorganización y de trabajo, apropiados para incrementar la
eficiencia y mejorar la calidad de la gestión gubernamental.
La tesis central de la Nueva Gestión Pública, es que la descentralización y la eficiencia son
interdependientes, en sentido contrario a la idea de que la descentralización jerárquica y la
reglamentación precisa son las condiciones de la eficiencia. Legalidad y eficiencia se distinguen
y probablemente se distancian. En sus configuraciones específicas, la Nueva Gestión Pública se
distingue por organizaciones orientadas a resultados más que a procedimientos —por procesos
más que por funciones— y hacia los ciudadanos-clientes más que hacia los superiores inmediatos,
la costoeficiencia de las operaciones, la presupuestación por resultados, el establecimiento de
agencias ejecutivas autónomas para fines públicos específicos, la contratación de organizaciones
privadas y sociales para la prestación de determinados servicios públicos, el establecimiento de
16
contratos particulares entre el superior y los funcionarios en sustitución de normas generales, los
sistemas de medición y evolución del desempeño, el gobierno digital, etc…19
Una característica de este modelo, es que ha sido entendido o practicado a partir del
enfoque de la gobernabilidad o de la gobernanza. Muchos de los gobierno de nuestros países han
empleado sus métodos y tecnologías con el propósito de restablecer su capacidad directiva
debilitada y la gobernabilidad, o bien la han hecho con el propósito o el resultado de dar forma a
un nuevo proceso de gobierno más eficaz y quizás socialmente más aceptado, en tanto se practica
con la participación de la sociedad: a una nueva gobernanza.
Existen evidencias a favor de la interpretación de que muchos gobiernos latinoamericanos
abrazaron la Nueva Gestión Pública por razones de gobernabilidad, en tanto consideraron que
ofrecía métodos analíticos y organizativos indispensables para reconstruir con rapidez su endeble
capacidad y eficacia directiva, la cual no podía rehacerse a menos que se restableciera el
equilibrio financiero de la hacienda pública quebrada y, por ende, se asegurara de inmediato la
eficiencia económica de toda la actividad de la Administración Pública.
El espíritu gerencial original de la Nueva Gestión Pública, fue asegurar e incrementar la
eficiencia económica de programas, unidades administrativas y personal público mediante la
introducción de sistemas de medición y evaluación, y más tarde mediante otras reformas que
compartían el mismo espíritu, tales como la reforma de la estructura de la presupuestación
pública y del control interno de gestión, la ―externalización‖ de políticas, programas, servicios, la
creación de Agencias Ejecutivas independientes, la introducción de mecanismos de (casi)
mercado en la Administración Pública y, en el fondo, el principio de la descentralización vertical
y/o horizontal de las decisiones, que implica empoderamiento y responsabilización del personal a
fin de que esté en condiciones de producir eficientemente resultados.
19
Aguilar Villanueva Luis F. Ensayo El Aporte de la Política Pública y la Nueva Gestión Pública a la Gobernanza. XII
Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Publica, Sto. Domingo, Rep.
Dominicana 2007. Pg. 12
17
En este sentido la Nueva Gestión Pública introduce al sector público dinámicas de las
organizaciones privadas enfocadas hacia la obtención de resultados, poniendo énfasis en
productos y resultados más que en procedimientos. Los objetivos de estas mejoras pretenden
incrementar la cantidad y la calidad de los bienes y servicios públicos, al tiempo de disminuir los
gastos de operación y promover el crecimiento económico, la Nueva Gestión Pública, pretende
elevar el impacto de las acciones del gobierno en bienestar de la población.
La Administración Pública ha aprendido mucho de la privada, pero tras un periodo de
imitación, lo que reclama la especificidad pública es la capacidad de innovar, que se traduce en la
necesidad de adaptar la administración a las peculiaridades de un entorno público donde deben
promocionarse valores de cooperación, dirección y participación.
Por lo que, en es necesario que la Administración Pública se modernice y comience a
elaborar nuevos conceptos y modelos de gobierno que modifiquen los procesos de formulación
de políticas, renueve los criterios utilizados para juzgar la eficacia de las políticas y transformen
los patrones y procesos de responsabilidad pública, además de desplegar técnicas de
administración más conocidas.
La modernización de la Administración Pública es un proceso técnico administrativo
permanente que incluye la introducción de cambios normativos en áreas de las dependencias
públicas que generen la necesidad de crear o reformular las estructuras organizacionales y los
procesos de trabajo, y de cambiar las actitudes y comportamientos de los servidores públicos.
Con esto se pretende que el Estado a través de la Administración Pública, se convierta en un
instrumento fundamental de desarrollo económico y social.
1.4 El Qué y Cómo de la Administración Pública
El que hacer de la Administración Pública está ligado a su fin específico, satisfacer las
necesidades más imperiosas y exigentes de toda sociedad: seguridad, justicia, salud pública,
educación, vivienda digna, empleo, comunicación, infraestructura, etc., y todas aquellas que son
18
inherentes al mundo civilizado con todas sus comodidades. La Administración Pública conlleva
un compromiso de mejoramiento social en todos sus aspectos.
La satisfacción de los interese colectivos por medio de la función administrativa se realiza
fundamentalmente por el Estado a través de la Administración Pública, éste es ―el organismo
público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la
satisfacción de los intereses generales‖, esto entendido desde el punto de vista formal; desde el
punto de vista material es ―la actividad de este organismo considerado en sus problemas de
gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con
los particulares para asegurar la ejecución de su misión‖.
El que nos interesa es el punto de vista formal, en este la Administración Pública, es la
parte más importante de uno de los Poderes en los que se halla depositada la soberanía del Estado,
es decir el Poder Ejecutivo.
La interrogante en estos momento seria ¿Cómo logra la Administración Pública alcanzar
todos sus fines u objetivos?, tratando de responder, podemos decir que en virtud de que la
Administración Pública surge de la parte orgánica del Estado que tiene como función la parte
administrativa, y conforme a la opinión de Miguel Galindo Camacho, en su libro Derecho
Administrativo es: ―la actividad que realiza el Estado fundamentalmente a través del órgano
Ejecutivo, bajo un orden jurídico de derecho público y que consiste en la creación de actos
jurídicos subjetivos que crean, modifican, limitan o extingue situaciones jurídicas particulares y
en la realización de actos materiales para cumplir con los fines cometidos que el hombre le ha
asignado.20
Lo anterior puede entenderse como que la Administración Pública logra sus cometidos,
mediante acciones de administración, dicho de otra forma, mediante actos administrativos que
modifican o extinguen situaciones jurídicas particulares, mediante acciones que administración,
llevando a cabo la prestación de servicios públicos, realizando las actividades de gobierno como:
20
Galindo Camacho Miguel. Derecho Administrativo. 2da. Edición. Editorial Porrúa. México. 1997. Pág. 59
19
otorgando permisos, expidiendo licencias, concesionando servicios, etc… y otras como
expropiaciones, decomisos y similares, las cuales para llevarse a cabo es necesario la existencia
de los ordenamientos correspondientes que determinen la naturaleza jurídica, la forma de
realización y los órganos competente que la deban realizar.
Generalmente la Administración Pública es equivalente a gobierno, entendido este como la
acción general de dirigir o gestionar los negocios públicos, del mismo modo, identificamos a la
Administración Pública como la acción que, bajo la actividad de gobierno, provee a la inmediata
satisfacción de las necesidades públicas y más comúnmente, como una de las actividades
funcionales del Estado, que se propone la satisfacción de las necesidades colectivas mediante
actos concretos y bajo un orden jurídico propio del Estado que se trate.
Los límites de la Administración Pública son imprecisos ya que ni todo el conjunto de
organizaciones estatales que realizan la función administrativa del Estado, logran delimitarla. Por
su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder
político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes
legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.
Está integrada principalmente por el poder ejecutivo y los organismos que dependen de éste.
Por excepción, algunas dependencias del Poder Ejecutivo no integran la noción de
"administración pública" —como las empresas estatales—, a la vez que pueden existir áreas de
"administración pública" en los otros dos poderes o en organismos estatales que no dependan de
ninguno.
La Administración Pública, tiene potestad sobre los bienes del Estado para administrarlos y
suministrarlos de forma inmediata y permanente, siempre y cuando estén destinados a la
satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general; dicha atribución tiende
a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su
ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos
emitidos exprofeso.
20
Una de las principales funciones, que mayor exigencia tiene, es el adecuado ejercicio de los
recursos públicos del Gobierno, con un enfoque preventivo que fomenta una administración
eficiente, eficaz, transparente y honesta, a través de mecanismos de control, supervisión
permanente y valuación de la gestión pública en beneficio de la sociedad.
Comprendiendo el criterio formal y material, la función administrativa es la actividad que
normalmente corresponde al poder ejecutivo, se realiza bajo el orden jurídico y limita sus efectos
a los actos jurídicos concretos o particulares y a los actos materiales, que tienen por finalidad la
prestación de un servicio público o la realización de las demás actividades que le corresponden en
sus relaciones con otros entes públicos o con los particulares regulados por el interés general y
bajo un régimen de política o control
La importante actividad que corresponde a la función administrativa es encausada por el
derecho administrativo, que forma el conjunto de normas que rigen a la administración pública, a
los servidores públicos, a las demás actividades que corresponden normalmente al Poder
Ejecutivo, se integra con los órganos a los que encomienda la función administrativa que se
resuelve en conjunto de los actos administrativos de connotación y alcance jurídicos variados.
La función administrativa consiste en tomar decisiones particulares, creadoras de
situaciones jurídicas concretas, bajo la forma de actos subjetivos que se encaminan a satisfacer el
interés público, mediante actos jurídicos que fijan los derechos y obligaciones respectivas de las
personas jurídicas y los particulares, y realizar la masa de operaciones, tanto materiales como
intelectuales que exige la satisfacción y el interés en general‖. Por otro lado desde el punto de
vista material, el poder ejecutivo y el poder judicial realizan en casos concretos y específicos,
actos que por su propia naturaleza son actos administrativos, estos actos, tienen por objeto crear,
transmitir, reconocer, declarar, modificar o extinguir, una situación jurídica concreta para la
satisfacción del interés general.
Para ejercicio de la función materialmente administrativa, la Administración Pública está
conformada por el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa u
21
de gestión del Estado y de otros entes públicos, que cuenta con personalidad jurídica, sea ésta de
ámbito nacional, estatal o regional.
La administración pública cumple sus objetivos mediante las diversas dependencias pública
que la integran, cada una de éstas fueron creadas con un propósito específico, y destinan sus
esfuerzos en cubrir cada una de las demandas de la sociedad, estamos hablando de las Secretarías
de Estado, que conforman la administración pública centralizada; sin embargo, para el pleno
cumplimiento de sus funciones, tiene a su cargo la planeación, administración y ejercicio del
gasto público, para lo cual es necesario allegarse de terceros que coadyuven en las tareas
encomendadas, es decir de proveedores, prestadores de servicios, contratistas, esto es, de terceros.
El cómo realiza el ejercicio del gasto público el Estado, mediante lo que comúnmente
llamamos compras y contrataciones públicas, éstas constituyen un factor clave para que las
instituciones estatales puedan cumplir con sus importantes misiones —educación, salud, justicia,
defensa, etc.— Por esta razón, y dada la gran incidencia que las compras públicas tienen en el
gasto del Estado, resulta crucial que se promueva la transparencia en esos procedimientos, no
sólo para investigar y sancionar eventuales hechos de corrupción sino también, y
fundamentalmente, para prevenir que esos hechos sucedan. Así, se optimiza el gasto y se utilizan
más eficientemente los recursos de los ciudadanos.
Qué y cómo compra la Administración Pública, respondiendo al ¿Qué?, la Administración
Pública debe de allegarse de todos aquellos bienes materiales, muebles e inmuebles que le
permitan cumplir los objetivos propuestos, estos bienes van desde lo más insignificante que
puede representar un clip, hasta las grandes maquinarias que permitan la transformación y
extracción del petróleo, por citar algo.
¿Cómo realiza la Administración Pública las contrataciones? Por medio de procesos y
modalidades previamente establecidos en un marco jurídico que le es aplicable, temas que
abordaremos en los siguientes puntos.
22
1.5 Tipo de Contrataciones de la Administración Pública
La administración pública canaliza su personalidad Jurídica a través de dos vías: a) mediante
actos de derecho público, es decir, investida de autoridad, ejercitando su poder de imperio, y b)
mediante mecanismos o instrumentos de derecho privado, como sujeto de derecho, en situación
de concurrencia con los demás sujetos del ordenamiento. Es mediante esta vía que la
administración hace uso de la figura contractual.
Algunos juristas ubican dentro del derecho público, los convenios y contratos que el Estado
ejecuta en el cumplimiento de sus funciones, es por medio de éstos, que efectúa acciones que lo
habilitan para cumplir con sus atribuciones; los convenios y contratos que celebra el Estado a
través de la administración pública, le permiten entablar una relación, que resulta indispensable
con los particulares, ya que necesita de éstos para tener a su alcance todos los bienes y servicios
que requiere.
Consecuentemente es aceptable decir, que existen contratos públicos en los cuales, al
menos una de las partes es la Administración Pública, actuando como tal, sometida a un régimen
jurídico, en el que el contratante se coloca en una situación de subordinación jurídica frente a la
Administración Pública. En todo contrato público o también llamados contratos administrativos,
tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de la función contractual
administrativa.
La competencia del Estado y propiamente la de la Administración Pública, se regula por
leyes constitucionales y administrativas las cuales prescriben requisitos de forma y solemnidades
especiales distintas de las que exigen las leyes civiles, independientemente de esto, es dable
considerar otra clasificación que, parte de tomar en cuenta el ámbito de aplicación y la
personalidad con la que actúe la Administración Pública, en este sentido, los contratos
administrativos pueden catalogarse como de derecho público en contratos de: ejecución de obra;
ejecución de servicios públicos; suministros; consultoría, de asistencia o servicios y los
relacionados con trabajos específicos y concretos inherentes a las atribuciones del Estado.
23
Por otra parte tenemos los contratos privados, que son aquellos en que las partes
intervinientes persiguen intereses meramente particulares y se mantienen en situación de igualdad
respecto a los derechos y obligaciones recíprocos que nacen del contrato. Tales contratos
privados, están regulados, con carácter general, por el derecho civil y, con carácter especial, por
el Derecho mercantil y el Derecho laboral.
Junto a los contratos privados, completan el marco jurídico contractual los llamados
contratos administrativos, a los que, por intervenir como sujeto del contrato una Administración
Pública e incidir determinadas circunstancias directamente relacionadas con la satisfacción de
necesidades de carácter público, se les otorga una regulación específica sujeta al derecho
administrativo.
Existen clasificaciones de los contratos administrativos, como la que propone el Magistrado
del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas,
Miguel Noé Zenteno Orantes,21
quien los clasifica en: Contratos administrativos típicos: que son
aquellos cuyo objeto directo, conjunta o separadamente, realizan la ejecución de:
 Obras públicas. (Contratos de Obra Pública)
 Gestión de servicios públicos. (Contratos de adquisición y servicios)
 Suministros. (Contratos de Suministros)
 Consultoría y asistencia de servicios y trabajos específicos.
Y los contratos administrativos que se encuentran regulados por la legislación
administrativa, y aparecen en el momento en que la Administración Pública realiza algún acto
jurídico de los que por la propia obligación legal regula, estos pueden ser:
 Contratos de Compraventa
 Contratos de Arrendamiento
 Contrato de Suministros
 Contratos de Comodato y Donación
21
www.tjeachiapas.gob.mx/documentos/clasificacion_contrato.pdf, (Fecha de consulta: 15 de octubre 2013).
24
 Contratos de Prestación de Servicios Profesionales
 Contratos de Riesgo
 Contrato de Subsidio
 Contrato de Obra
 Contrato de Concesión
Dado los múltiples y complicados fines que persigue el Estado, éste se ve obligado a la
celebración de numerosos actos jurídicos que caen dentro del derecho público o del derecho
privado, por medio de los cuales solicita la colaboración de los particulares y los de otros entes
públicos, aun imponiendo determinadas prestaciones personales obligatorias para hacer más
eficiente la acción de la Administración Pública.
En virtud de la libertad y soberanía de que gozan cada una de las Entidades Federativas, es
que, en lo que a normas en materia de contratos administrativos se refiere, ésta admite una gran
diversidad de ordenamientos jurídicos al interior de cada régimen, Jorge Fernández y José A.
Herrera22
, identifican dentro del ordenamiento jurídico local del Estado de Guerrero, cuatro
típicos contratos administrativos:
1) Contratos de obras públicas.
2) Contratos de adquisiciones de bienes muebles e inmuebles.
3) Contratos de arrendamientos de bienes muebles e inmuebles.
4) Contratos de servicios relativos a bienes muebles e inmuebles.
Dentro del régimen reglamentario de la Entidad Veracruzana, de manera expresa no se
encuentra una clasificación de los contratos administrativos, tan clara como en el caso del Estado
Guerrero, sin embargo, de la ley que reglamenta las contrataciones de bienes muebles, así como
la de obras públicas, se puede inferir que, para que la Administración Pública del Estado de
Veracruz, ejerza la actividad contractual, recurre a la celebración de contratos de compraventa,
de servicios, de arrendamientos, de riesgos (como lo son la contratación de seguros), de obra
22
Fernández Ruiz Jorge-Herrara García, Teoría y Praxis de la Contratación Administrativa, Universidad Nacional
Autónoma de México, México, 2004, Pág. 105
25
pública y de servicios relacionados con la obra pública.
Otro tipo actos jurídicos que realiza la Administración pública son la donación y el
comodato, éstos se formalizan conforme a las disposiciones que para estas figuras jurídicas,
establece el Código Civil Federal. Contratos que algunos autores como Fraga los consideran del
ámbito del derecho civil.
1.6 Naturaleza de las Contrataciones que Realiza la Administración Pública
Debe tenerse en cuenta, que los contratos que celebra la Administración Pública con la finalidad
de obtener los bienes o servicios necesarios para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones,
tienen una naturaleza muy característica en razón de que, en ellos una de las partes contratantes
es el Estado, ya que la competencia de la administración y de sus agentes se regula por leyes
constitucionales y administrativas, las que además prescriben requisitos de forma y solemnidades
especiales distintas a las que exigen las leyes civiles; siendo las mismas leyes de la
Administración, las que imponen a ésta serias restricciones en cuanto a los objetos que pueden
ser materia de contratación.
Cierto es, que no basta que el Estado intervenga para que se califique la naturaleza jurídica
del contrato, se debe buscar otros elementos que sirvan para distinguir las dos principales
categorías en que generalmente la doctrina clasifica a los contratos que celebra el Estado.
En razón de lo anterior, Fraga expone que: ―La existencia de una categoría especial de
contratos, los administrativos, sólo puede justificarse por la circunstancia de que ellos están
sujetos a un régimen jurídico exorbitante del constituido por el derecho civil‖23
. Con esta
afirmación el autor nos muestra un criterio que sirve para distinguir entre las dos categorías de
contratos que puede celebrar la Administración Pública: los civiles y los administrativos; los
primeros, sujetos al régimen del derecho civil aplicable a las relaciones privadas, en los que la
administración pública actúa como simple persona jurídica, y los segundos, sujetos a un régimen
jurídico diferente, pero en los que la Administración obra como Poder.
23
Fraga Gabino, Derecho Administrativo, Editorial Porrúa, México, 2003, Pág. 397
26
Al mismo tiempo, este criterio puede llevar a suponer que, los contratos administrativos a
diferencia de los de carácter civil, existe de una desigualdad jurídica de las partes contratantes.
Existen otros criterios que ayudan a distinguir los contratos administrativos de los contratos
civiles, algunos de estos son: el criterio objetivo; el criterio relativo a la jurisdicción de los
tribunales; el criterio de las clausulas exorbitantes y el criterio del régimen a que están sujetos los
contratos administrativos 24
. A continuación se describirán a grandes rasgos, los que se han
considerado de mayor relevancia para efectos de este trabajo.
El criterio objetivo, establece que para que un contrato pueda considerarse como
administrativo, debe atender al interés público, es decir, que satisfaga una necesidad colectiva, lo
que lo llevará a identificarse con el servicio y la utilidad pública, ya que es mediante el servicio
público, que el contrato ejecutado por un particular respecto de un servicio público, se reviste de
naturaleza administrativa. Sin embargo, no hay que perder de vista que el concepto utilidad
pública, puede resultar ser muy subjetivo.
El criterio relativo a la jurisdicción de los tribunales, en México, los contratos de obra
pública, son los únicos cuya interpretación y cumplimiento corresponde a algún tribunal
administrativo, como el Tribunal Fiscal de la Federación. Este criterio no se considera suficiente
para determinar la naturaleza de los contratos administrativos que celebra el Estado y mucho
menos para usarse de distintivo, ya que existen muchos casos de contratos entre particulares que
al motivar controversia, compete a tribunales federales.
El criterio de las cláusulas exorbitantes, para abordar este criterio, en primer lugar, existe la
necesidad de definir que son las cláusulas exorbitantes, sobre éstas Georges Vedel, dice que son:
―estipulaciones cuyo objeto es conferir a las partes derechos u obligaciones ajenos por su
naturaleza a aquellos que son susceptibles de ser libremente consentidos por una persona en el
marco de las leyes civiles o comerciales‖25
.
24
Martínez Morales Rafael, Diccionario Jurídico General Tomo 1, IURE editores, México, 2006.
25
Idem. Pág. 11
27
Esto lleva a que las ventajas siempre son para el Estado, lo que rompe el principio de
igualdad de las partes, que es fundamental en el derecho privado y que en éste daría lugar a la
ilicitud o nulidad del contrato.
El criterio del régimen a que están sujetos los contratos administrativos, se refiere a los dos
grandes rubros, 1) el derecho privado, y 2) el derecho público, en el primero se considera que, en
virtud de que la administración Pública en nombre de la Federación puede realizar todo tipo de
contratos, estos podrán ser regulados por normas de derecho privado, ya sean éstas civiles o
mercantiles.
En cuanto al derecho público, el Estado debe respetar la normatividad, es decir, la actividad
contractual que este ejerce se encuentra sujeta al régimen del derecho público, con estricto apego
a todas las disposiciones que se encuentren relacionadas con la materia específica en la que se
quiera celebrar un contrato.
1.7 Procedimientos de Contratación de la Administración Pública
Desde el punto de vista doctrinal, la selección del procedimiento de contratación va a depender
del régimen del derecho administrativo al que se encuentre sujeto la Administración Pública de la
Entidad; es decir, si el régimen jurídico establece que para la celebración de los contratos
administrativos, deberá ser requisito formal y obligatorio que los contratos se encuentren
precedidos de un procedimiento específico, y que de no llevarse a cabo, daría lugar a la nulidad
absoluta del contrato celebrado.
Tomando en cuenta lo anterior, Lucero Espinosa, hace la distinción de dos tipos sistemas
para la selección del contratante de la Administración, siendo estos: el sistema de libre elección y
el sistema de restricción. En el sistema de libre elección del contratante consiste en: la facultad
que tienen los órganos administrativos para elegir, en forma directa y discrecional a la persona
con la cual van a contratar, sin sujetarse a procedimiento especial alguno.
Doctrinalmente se ha considera que este sistema constituye la regla general de la actividad
28
contractual de la Administración Pública, tal sistema es el que prevalece en nuestro sistema
jurídico, en virtud de que partiendo de la base constitucional del artículo 134, se puede observar
que el sistema restrictivo sólo opera tratándose de las materias que ahí se prevén…‖26
El sistema de restricción, desarrolla lo siguiente: ―Los sistemas de restricción limitan la
libertad de los órganos administrativos para seleccionar a su cocontratante, ya que deben
realizarlo a través de un procedimiento especial.
Estos sistemas constituyen una excepción al sistema de libre elección, puesto que sólo son
obligatorios cuando la norma jurídica los establece. Tal obligatoriedad es de vital importancia
para la validez del contrato a celebrarse, pues su incumplimiento trae consigo la nulidad de dicho
contrato e inclusive acarrea responsabilidades administrativas para los servidores públicos que
hayan participado en tal irregularidad.‖27
Los sistemas jurídicos, contemplan diversos procedimientos que resultan restrictivos para la
selección del contratante de la Administración Pública, así lo considera Lucero Espinosa, e
identifica como procedimientos restrictivos: la licitación, en sus diferentes tipos: a) pública; b)
privada, y c) licitación restringida, también existen: la contratación directa, el remate o subasta y
el concurso28
.
Algo semejante a esta clasificación contempla, el régimen jurídico federal, la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con Ellas, establecen como regla general la licitación pública y como
excepciones a ésta: la invitación a cuando menos tres personas, –que algunos juristas la
identifican también como licitación privada–, y la adjudicación directa.
Concepto de Licitación
La locución ―licitación‖, puede ser definida desde diferentes puntos de vista, partiendo de su
26
Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública, Editorial Porrúa, México, 2004, Págs. 3-4
27
Idem, Pág. 5
28
Idem.
29
origen, es decir, etimológicamente, desde el ámbito del derecho administrativo y jurídicamente
hablando.
El significado etimológico y gramatical de la palabra licitación, deriva de la voz latina
licitatione, que es un ablativo de licititatio-onis, que significa ―venta en subasta‖, y
gramaticalmente, consiste en la acción de licitar, palabra que es un verbo transitivo que quiere
decir ―ofrecer precio por una cosa en subasta o almoneda‖29
.
Otra percepción del vocablo la ofrece Kathia Volio Cordero, en su ensayo ―los principios
de la contratación administrativa…‖ ella cita el concepto que desde el punto de vista etimológico
de la palabra licitación, desarrolla José Antonio Solera Víquez, el cual dice:
El concepto de licitación proviene del Derecho Romano, dado que en latín ―oferta‖ se dice
―licitatio‖ y de ahí se derivan ―licitationis‖ y ―licitare‖. Para los romanos, la modalidad de la
subasta era muy comúnmente usada en sus mercados, que consistía en una solicitud pública de un
bien, vendido al mejor postor, dadas unas ciertas condiciones básicas. Hoy día el concepto de
remate o subasta no nos es ajeno, pues se sigue usando en el campo privado y en la esfera judicial.
Precisamente la licitación obedece en mucho a esa modalidad, pues el Estado, para proveerse de
bienes y servicios, establece unas bases o condiciones que debe reunir el producto deseado y trata
por los medios posibles de interesar al mayor número de participantes. En ese sentido el Estado
no es oferente, más bien pide ofertas [...]30
Aquí no solo se puede apreciar el origen del vocablo, sino también, agrandes rasgos el
desarrollo, avance y el papel que éste representa para el Estado.
La descripción del uso que los Romanos tenían de la palabra subasta, sigue vigente dentro
del derecho civil, ya que, de acuerdo con el Diccionario Jurídico General, en material civil y
procesal, la licitación está definida como: 1. Subasta. 2 Venta al mejor postor, en un acto judicial
29
Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública. Editorial Porrúa. México. 2004.
30
Solera Víquez José Antonio, El Cartel de la Licitación. Editorial Investigaciones Jurídicas S.A., pág. 16…(citado
por Kathia Volio Cordero en Revista Jurídica de Seguridad Social, Los Principios de la Contratación
Administrativa, pág,15
30
o extrajudicial al que se convoca públicamente.31
Por otro lado, en el contexto jurídico – administrativo moderno, debe entenderse a la
licitación, como el procedimiento administrativo desarrollado en un régimen de competencia o
contienda de oferentes, que tienen interés en que se les adjudique un contrato, con el cual, la
Administración Pública pueda obtener las mejores condiciones para el interés público; la
licitación es un elemento que se ubica dentro de los contratos administrativos como un
mecanismo de control del gasto que realizan los entes públicos.
El jurista argentino Agustín Gordillo, opina que ―la licitación es un procedimiento
administrativo cuya finalidad es seleccionar en concurrencia a la mejor oferta para celebrar un
contrato; constituye un pedido de ofertas efectuado en general al público o cualquier empresa
inscrita en un registro creado al efecto‖32
,
Esta definición, deja en claro que la licitación, es un requisito sin el cual no podrá llevarse a
cabo la celebración del contrato administrativo, ya que, tanto la licitación como el contrato, se
encuentran interrelacionados, por ser la primera requisito del segundo.
Bajo el mismo contexto jurídico – administrativo, Lucero Espinosa 33
considera a la
licitación como un procedimiento administrativo por el cual la Administración Pública elige
como su cocontratante a la persona, física o jurídica que le ofrece las condiciones más
convenientes para el Estado.
1.8 Gobierno Electrónico y Contrataciones Electrónicas en la Administración Pública.
El Gobierno Electrónico se refiere a los procesos y las estructuras creadas y diseñadas para la
oferta de los servicios gubernamentales, depende funcionalmente de muchas aristas o
ramificaciones como el compromiso con los servidores públicos, la dinámica política, las
funciones parlamentarias y judiciales; se requiere que el gobierno tenga apertura a un modelo de
31
Morales Martínez Rafael, Diccionario Jurídico General Tomo 2, IURE editores, México 2006, pág.766
32
Gordillo Agustín, Después de la Reforma del Estado, Editorial Buenos Aires, Argentina, 2000.
33
Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública, Editorial Porrúa, México, 2004, Pág. 8
31
prestación de servicios bastante complejo en el que interactúan los tres niveles de gobierno‖.
El Gobierno Electrónico representa fundamentalmente el empleo del internet y las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para conseguir una mejor administración
del gobierno mediante la transparencia y el acceso público a la información reforzando la
asociación fundamental entre el sector púbico y los ciudadanos, también fomenta una
participación más amplia de los ciudadanos en el proceso y la gestión de los gobiernos. Puesto
que la transparencia es un arma más eficaz contra la corrupción.
TIC´S, se definen desde su inicio como instrumentos y procesos utilizados para recuperar,
almacenar, organizar, manejar, producir, presentar e intercambiar información por medios
electrónicos y automáticos, las TIC son aquellas tecnologías que permiten transmitir, procesar y
difundir información de manera instantánea. Son considerados la base para reducir la brecha
digital sobre la que se tiene que construir una sociedad de la información y una economía de
conocimiento.
Ahora bien, podemos definir al Gobierno Electrónico como la aplicación en el sector
público de tecnologías de la información y la comunicación, de cambios organizacionales y de
nuevas competencias con vista a mejorar los servicios públicos, los procesos democráticos y a
reforzar las bases de la política pública.
Fue a finales de los años noventa cuando se empezó a utilizar el Gobierno Electrónico
también llamado gobierno-e, este nombre es la traducción de electronic governmen y que en su
contradicción en inglés es e-government; esta tecnología consistió en modernizar, simplificar y
desconcentrar los procesos y trámites administrativos mediante la tecnologías de la información y
la comunicación (TIC´S); lo anterior con la finalidad de brindar un servicio más ágil al trabajador.
Algunos de los objetivos que persigue son: garantizar mayor transparencia y facilitar la
comunicación en la gestión pública. Entre las principales herramientas utilizadas se encuentran
los portales electrónicos y páginas web, que son ya de uso generalizado diversos países del
32
mundo.
La inclusión de TIC´S en la gestión pública, surge en el marco de la teoría de la Nueva
Gestión Pública, que postula la necesidad de mayor flexibilidad en el actuar público para dar
mejor respuesta a las situaciones complejas a las que se enfrenta la administración pública. Otras
cuestiones de relevancia son la emisión de una imagen de modernidad, transparencia y
fortalecimiento de sus relaciones con el ciudadano.
Para poder entender mejor que es el Gobierno Electrónico, este trabajo está apoyado en
algunas definiciones hechas por algunas de las instituciones más importantes del mundo y
principales fomentadoras del desarrollo de Gobierno Electrónico:
Banco Mundial: El uso de tecnologías de información por parte de las instituciones
gubernamentales, como las redes, internet y la informática móvil, posen el potencial para
transformar las relaciones con los ciudadanos, empresas y otras instituciones gubernamentales
con el fin de mejorar la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos, promover la
interacción con las empresas e industrias, fortalecer la participación ciudadana a través del acceso
a la información. 34
Microsotf Corporation: Un servicio público electrónico e integrado es un punto único de
acceso 7 días a la semana 24 horas al día, tratando al ciudadano con calidad ofreciéndole
servicios personalizados creando un forma más participativa de gobierno, accediendo a los
servicios desde cualquier parte y desde cualquier lugar. 35
Teniendo más claro la forma en que se debe desarrollar el gobierno electrónico apoyado en
las definiciones de las instituciones creadoras de tal, el siguiente paso es diferenciar los distintos
ámbitos de acción en el gobierno electrónico.
34
Banco Mundial (2014, enero 27) http://worldbank.org/publicsector/egov/definition.htm
35
http://gcn.com/Articles/2002/05/15/DOD-class-pinpoints-egov-definition.aspx. (Fecha de Consulta 2014, Enero 27)
33
Tipos de Gobierno Electrónico
No se podrá generalizar al gobierno electrónico ya que cada una de sus artes tienen diferentes
características y también la necesidad de cada sector al cual están dirigidos, aunque pareciera que
pueden ser iguales, por ello el gobierno electrónico se desarrolla principalmente sobre cuatro
relaciones principalmente: Ciudadanos, Empresas, El Estado y Empleados de Gobierno36
.
G2C Gobierno a Ciudadano
Este tipo de Gobierno Electrónico se encuentran contemplados las iniciativas destinas a entregar
servicios administrativos, de información y transacción a los ciudadanos por parte del Estado.
Los principales beneficiados en este tipo de Gobierno Electrónico tienen relación con los
potenciales de ahorro en tiempo y dinero, utilizados por los ciudadanos al desplazarse a las
oficinas públicas y hacer largas colas de espera que ya no hace debido a estos nuevos canales de
comunicación.
A estos nuevos servicios se les debe considerar más flexibles, más cómodos y con la
ventaja de tener la información actualizada en cualquier momento. Algunas de las operaciones
más comunes en este tipo de Gobierno Electrónico son las siguientes:
 Declaración, notificación y pago de impuestos.
 Servicios de búsqueda de empleo
 Consulta e impresión de documentos personales (CURP, Actas de Nacimiento,
Permisos de Conducir, etc.)
 Registro de Vehículos (Nuevos, Usados e importados).
 Acceso a Bibliotecas Públicas Digitales.
G2B. Gobierno a Negocio o Empresa
Este tipo de contempla las iniciativas destinadas a entregar productos y servicios administrativos,
de información y transacción a las empresas por parte del estado. Los principales beneficiados
36
ONU, “Benchmarking E-government: A Global Perspective; Assessing the Progress of the UN Menber States”:
New York.
34
son parecidos a los que se obtienen con el G2C, n relación con el ahorro de tiempo, dinero y
flexibilidad en la obtención de información; pero en este caso es necesario destacar que el uso del
Gobierno Electrónico tipo G2B puede ser de mayor importancia para el Estado.
Le permite al Estado ahorrar recursos económicos en cuestión administrativa, agilizar
procesos de creación de empresas y dar una imagen de transparencia en la gestión. Las
principales operaciones más comunes en este tipo de gobierno son las siguientes:
 Pago de cuotas de la Seguridad Social de los Trabajadores.
 Consultorías relacionadas con los derechos laborales.
 Declaración, notificación y pago de impuestos propios de la actividad empresarial.
 Inscripción de empresas (Altas, Traspasos y Bajas).
 Solicitud de permisos y dictámenes de diferentes instituciones.
 Compras y subastas públicas.
G2E. Gobierno a Empleados
En este tipo de gobierno electrónico consideran sistemas destinados a integrar servicios de
desarrollo profesional y atención a las demandas de los recursos humanos del Estado, siendo
estos la conexión entre gobierno y los empleados. Los beneficios son la eficiencia y rapidez de
los trámites y procesos internos de las instituciones, así como la disminución en los costos de
operación.
También existen beneficios relacionados con la posibilidad de desarrollar procesos de
capacitación a distancia así como la obtención de datos en lugares diferentes a la institución
pública a través de tecnologías como el internet y tecnologías inalámbricas como GPS, GPRS y
3G las operaciones más comunes en este tipo de gobierno son:
 Capacitación a empleados públicos.
 Difusión de beneficios, lista de directorios, reglamentos internos y servicios
informativos.
 Intercambio de información entre instituciones gubernamentales.
35
 Oferta de vacantes, diplomados, becas y plazas.
G2G. Gobierno a Gobierno
En este tipo de gobierno electrónico se encuentran las tecnologías necesarias para satisfacer los
requerimientos de intercomunicación entre las distintas instituciones. Estas tecnologías muchas
veces implican definir un marco de políticas, especificaciones y directrices en las instituciones
públicas de forma que pueda garantizar el funcionamiento y la compatibilidad entre los sistemas,
plataformas y base de datos.
El principal beneficio de este tipo de gobierno electrónico tiene que ver con la
estandarización de los procesos en las diferentes instituciones y su disponibilidad de acceder a la
información desde cualquier punto de donde se tenga conexión a internet. También se tiene
acceso a datos e información que las instituciones han acumulado y que en la actualidad su
acceso a quienes la requiere significa superar barreras de trámites y burocracia. Las operaciones
más comunes en este tipo de gobierno electrónico son:
 Traspaso de información y servicios electrónicos, a través de bases de datos
compartidas.
 Planificación de actividades y metas
 Adquisiciones gubernamentales
Dentro de este último rubro, se encuentran las contrataciones electrónicas, que amplían la
relación de gobierno a gobierno, no limitándose a proporcionar información, sino interactuando
directamente con terceros.
Contratación Electrónica
La expresión Contratación Pública Electrónica, designa la utilización de medios electrónicos en
el tratamiento de las operaciones y en la comunicación por parte de las instituciones
gubernamentales y demás organismos del sector público a la hora de adquirir o contratar bienes y
servicios o licitar obras públicas.
36
La Contratación Electrónica, es un término general utilizado para designar la sustitución de
los procedimientos basados en soporte de papel por el tratamiento y la comunicación mediante
TIC a lo largo de toda la cadena de contratación pública. Supone la introducción de
procedimientos electrónicos para sustentar las distintas fases del proceso de contratación, es decir,
publicación de los anuncios de licitación, suministro del pliego de condiciones, presentación de
ofertas, evaluación, adjudicación, pedido, facturación y pago.37
La trascendencia de la implantación de este tipo de contrataciones, no solo se basa en el
hecho de pasar de un sistema basado en el soporte de papel a otro que se sirve de las
comunicaciones electrónicas para la ejecución de los procedimientos de contratación pública. La
contratación electrónica puede aportar considerables mejoras en materia de eficiencia de las
adquisiciones, gestión global de la contratación pública y funcionamiento de los mercados en el
ámbito de los contratos estatales.
La introducción gradual de la contratación electrónica se inscribe en el ambicioso programa
de Administración electrónica que puede transformar radicalmente el funcionamiento de la
Administración Pública.
Actualmente numerosos son los países que cuentan con plataformas de contratación
electrónica sólidamente implantadas que operan con éxito, el siguiente cuadro muestra algunos de
estos países
Cuadro 1. Países que cuentan con portales para informar o realizar contrataciones
37
Tomado del Libro Verde sobre la generalización del recurso a la contratación pública electrónica en la Unión
Europea. Buselas. 2010. Pg.
37
Objetivos del Gobierno Electrónico
Para poder lograr un buen desarrollo de gobierno electrónico es necesario desde un principio de
cada etapa, tener en claro los objetivos finales que se deseen obtener gracias a los diferentes tipos
de proyectos, por ello cabe mencionar los tres principales objetivos del gobierno electrónico y de
38
estos parten las necesidades de cada uno de los sectores al cual será dirigido dicho proyecto.38
Atención al Ciudadano
Este objetivo considera al establecimiento de nuevas formas de relacionarse entre el gobierno y
los ciudadanos que permita brindar al Estado sus servicios en forma, eficaz, eficiente y con
independencia de las variables de tiempo y espacio. Usando las tecnologías de la información
progresivamente en las actividades públicas. El principal objetivo es fomentar y promover el
acceso a los servicios e informaciones gubernamentales por parte de los ciudadanos.
Buen Gobierno
Este objetivo busca la integración de los diferentes procesos de as instituciones en los sistemas de
información de los diferentes servicios compartiendo recursos mejorando la gestión interna en las
instituciones públicas. Esto a través del rediseño y simplificación de procesos apoyados en el uso
de las tecnologías de la información y comunicación, desarrollando programas continuos de
enseñanza y capacitación.
Aquí se dispone de sistemas de información que apoyen funciones internas para facilitar y
promover el flujo de información en la institución, integrando las actividades públicas para el
otorgamiento de servicios unificados.
Desarrollo y fortalecimiento de la democracia.
Este objetivo supone la creación de mecanismos que permiten al ciudadano jugar un rol activo en
el quehacer del país, abriendo nuevos espacios, y formas de participación ciudadana. Para ello se
deben considerar cuatro factores importantes:
 Facilitar a la ciudadanía el acceso a la información,
 Considerar sus opiniones y sugerencias, a través del buzón electrónico.
 Crear instituciones de participación ciudadana y transparencia de los recursos públicos.
 Desarrollo de sistemas web informativos de fácil acceso y comprensivos.
38
Banco Interamericano de Desarrollo 2012 http://www.iadb.org/sds/itdev/doc/manual_gobes.pdf.
Capítulo 2
Gobierno-e en la Administración Pública del País (México)
La estrategia del Gobierno Digital tiene como objetivo aprovechar al máximo el uso de las
tecnologías de información y de comunicaciones en el funcionamiento de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, para agilizar los trámites que realizan los
ciudadanos, coadyuvar a transparentar la función pública, elevar la calidad de los servicios
gubernamentales y, en su caso, detectar con oportunidad prácticas de corrupción al interior de las
instituciones públicas.
Antecedentes
En México la instrumentación del gobierno-e tiene sus primeros antecedentes durante la década
de los setentas, por parte de Petróleos Mexicanos (PEMEX), la Comisión Federal de Electricidad
(CFE) y Nacional Financiera (NAFIN), en el uso de los servicios de cómputo electrónico
proporcionados por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Posteriormente el uso de computadoras se fue extendiendo a otras dependencias de la
Administración Pública Federal (APF) (López, 1998). En esa misma década también aparecieron
organismos como el Comité de Autoridades de Informática de la Administración Pública
(CAIAPF)1
creado en 1971, que era un órgano colegiado conformado por los directores de las
unidades de informática de las dependencias de la Administración Pública Federal y el Comité de
Informática de la Administración Pública Estatal y Municipal (CIAPEM) creado en 1978.
Aunque existían estos organismos, no había cooperación sino una diversidad de esfuerzos
individuales. El Plan Nacional de Desarrollo 1995–2000 dio origen al Programa de
Modernización2
de la Administración Pública coordinado por la Secretaría de la Contraloría y
Desarrollo Administrativo, actualmente Secretaría de la Función Pública y el Programa de
Desarrollo Informático coordinado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e
Informática (INEGI).
1
El nombre original era Comité Técnico Consultivo de Unidades de Informática de la Administración Pública
Federal.
2
En diciembre de 1994 la Presidencia de la República lanzó la primera página de Internet del gobierno federal.
40
Este programa inició proyectos informáticos nacionales con carácter interinstitucional –que
por su naturaleza- fueran estratégicos para la modernización de los servicios públicos, entre los
que destacan, la Red Escolar de Informática Educativa, la Red Satelital de Televisión Educativa
(EDUSAT) y el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNet.
Desarrollo
Partamos del Periodo de la administración de Ernesto Zedillo Ponce de León (1995-2000),
durante éste, se impulsó el Programa de Modernización de la Administración Pública (PROMAP),
este proponía la transformación de la Administración Pública Federal por medio de: desarrollo
técnico y metodológico, consultoría, capacitación y difusión.
En atención a lo anterior, se estableció la Unidad de Servicios Electrónicos
Gubernamentales, que tenía a su cargo la responsabilidad de aprovechar el potencial que brindaba
la tecnología informática y de comunicaciones para poner en operación sistemas electrónicos que
mejoraran la atención a los ciudadanos, y promovieran la prestación de mejores servicios
públicos. Dicha Unidad impulsó los procesos de: diseño de servicios; desarrollo y mantenimiento
de aplicaciones; Operación de servicios electrónicos; Certificación de medios de identificación
electrónica; y Promoción y difusión de los servicios.
La Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, hoy Secretaría de la Función
Pública puso en operación en 1996 diversos servicios electrónicos orientados a la ciudadanía, las
empresas y al mismo gobierno. Los servicios principales fueron CompraNet, TramitaNet y
DeclaraNet.
Nuestro interés se encauzará sobre el Sistema CompraNet, toda vez que éste se enfoca en
las contrataciones que realiza el gobierno, mismo que retomaremos más adelante. Por el
momento continuaremos con el recorrido que el gobierno electrónico ha tenido en nuestro país.
Durante la administración del Presidente Vicente Fox, el gobierno Digital3
se definió como:
e-Gobierno, el cual era un componente del Sistema Nacional e-México, que promovía el uso
3
http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_mex_VIIG_bg_gd_sp.pdf. Fecha de consulta 30 de enero 2014
41
intensivo de sistemas digitales, en especial de internet, como la herramienta principal de trabajo
de las unidades que conforman la Administración Pública Federal, a través de siete líneas de
acción:
1. Instalación y aprovechamiento de infraestructura tecnológica gubernamental, uso
intensivo de redes de intranet gubernamental e internet, para mantener integrada la actividad del
sector público en todas las dependencias y entidades de la administración pública federal e
imprimir mayor precisión y oportunidad a la gestión de los servidores públicos.
2. Promoción y aplicación de la administración del conocimiento y la colaboración digital ,
mediante sistemas y esquemas tecnológicos para adquirir, organizar y comunicar el
conocimiento en la Administración Pública Federal en sus distintas etapas, tales como
aprendizaje, colaboración, evaluación y toma de decisiones. Estas acciones han sido
fundamentales para el pleno ejercicio y operación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental.
3. Mejora y rediseño de procesos con tecnologías de información, para desarrollar,
actualizar y consolidar los sistemas informáticos en las distintas áreas de la Administración
Pública Federal, así como para facilitar la actualización informática de los procesos que operan
las tareas adjetivas y sustantivas de las instituciones públicas.
4. Mayor cobertura de los servicios y trámites electrónicos (e Servicios) del Gobierno
Federal, para ofrecer a la ciudadanía la oportunidad de acceder a éstos a través de medios
electrónicos con seguridad y rapidez
5. Consolidación del Portal Ciudadano del Gobierno Federal, el cual se ha convertido en el
eslabón para la creación de cadenas de valor y en un medio eficiente para la participación
ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas. Con este portal la ciudadanía puede
consultar a través de Internet toda la información sobre productos, servicios y trámites de la
Administración Pública Federal; el portal representa a su vez un vínculo de comunicación e
interacción entre el gobierno y la ciudadanía, las empresas del sector privado y entre las distintas
instancias gubernamentales.
6. Ampliación de mecanismos como e-Democracia y participación ciudadana , para
continuar aplicando y desarrollando esquemas tecnológicos de planeación, participación y
atención a la población, así como espacios en línea que identifiquen y recojan los planteamientos,
42
problemas, necesidades y propuestas de la ciudadanía, facilitando su seguimiento mediante
Sistemas de Administración de las Relaciones con Ciudadanos.
7. Promoción de políticas de información, comunicaciones y organización para el
Gobierno Digital , dirigidas a conformar una red organizacional para la definición de planes
rectores y políticas internas en materia de tecnologías de la información, que sean congruentes
con las metas de innovación gubernamental, y coordinar las tareas para el desarrollo y
consolidación de las acciones del Gobierno Digital en México.
Para lograr estas acciones, en diciembre de 2005, se estableció la Comisión Intersecretarial
para el Desarrollo del Gobierno Electrónico, con la finalidad de apoyar las diversas iniciativas,
proyectos y procesos gubernamentales. Uno de estos proyectos, fue e-Servicios y el Portal
Ciudadano, el cual hasta julio de 2006, brindo acceso a la ciudadanía a 1876 trámites y servicios
electrónicos y gubernamentales en línea, proporcionados mediante portales de internet, centros de
atención telefónica, kioscos y ventanillas de atención. Los trámites y servicios con mayor
demanda por parte de los ciudadanos fueron: IMSS desde su Empresa; Expediente clínico
Electrónico del IMSS; ISSSTE; Portal www.micasa.gob.mx; Trámites Electrónicos para
Exportadores e Importadores de BANCOMEXT; CFEmático; ChambaTel y ChambaNet y
Programa de Vinculación del Portal Ciudadano del Gobierno Federal con los Portales de los
Gobiernos Estatales.
Se mejoraron y modernizaron programas de aplicación electrónica específica, como el
Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (CompreNet), el cual, para el 2006
tenía una cobertura de operación que comprendía todas las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, a las 32 entidades federativas y a 471 municipios del país. Del
mismo modo, el Registro Único de Personas Acreditas (RUPA), su función era otorgar a los
particulares un número de identificación único y confidencial para acreditar su personalidad
jurídica ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para los casos en
que la gestión de los trámites y servicios lo requiere. El Programa para la Expedición de
Pasaportes, Matrículas Consulares y Visas, pionero en utilizar tecnología digital de punta que
permitía garantizar altos niveles de seguridad y rapidez en sus procesos de emisión.
43
En el periodo de Felipe Calderón Hinojosa, dentro de sus principales ejes de acción se
encontraba, hacer más eficiente la operación y el gasto de las dependencias y entidades federales.
Dentro de su propuesta de trabajo, hizo hincapié en acciones prioritarias dirigidas a reducir el
gasto que generan poco valor para la sociedad. Su propósito fue generar los ahorros que se
requirieran para reasignar los recursos hacia los sectores que proporcionan mayores beneficios a
los ciudadanos. Se trataba de avanzar en el uso racional y eficiente de los recursos, bajo criterios
de austeridad, honestidad y disciplina, eliminando redundancias y duplicidades en las funciones
que tenían que ver con las tecnologías de información y comunicaciones.
En cuanto a la digitalización y mejora de procesos, trámites y servicios de alto impacto en
la gestión pública, con el propósito de incrementar la eficiencia y eficacia gubernamental, se
llevaron a cabo acciones para avanzar en la operación integral de los procesos, aplicaciones y
datos en la prestación de bienes y servicios públicos para la atención de la ciudadanía, empresas,
funcionarios públicos y dependencias y entidades, a través de los siguientes instrumentos:
 El Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraNet, con la
finalidad de aplicar mejoras a los procesos de contratación por medios electrónicos, la Secretaría
de la Función Pública terminó en octubre de 2006 la implementación de la nueva versión del
sistema, denominado CompraNet Plus. Con ello se incorporaron las unidades convocantes, para
que todas realizaran sus procedimientos a través de esta versión. CompraNet Plus4
permite a las
dependencias, entidades y a sus órganos de fiscalización, tener un mejor control en los
procedimientos de contrataciones, y otorga, por vez primera, la posibilidad de hacer un
seguimiento físico y financiero a la obra pública, con información derivada del mismo
procedimiento de contratación y con la que proporcionen las unidades encargadas de la ejecución
de los trabajos, incrementando la participación de los proveedores en los procedimientos de
contratación por medios electrónicos.
En junio de 2007, se concluyó el diseño de la interfase para la vinculación en línea del
CompraNet de la Secretaría de la Función Pública (SFP), con los sistemas presupuestarios de la
4
http://calderon.presidencia.gob.mx/informe/primer/5.4_eficacia_y_eficiencia_gubernamental/index.html. Fecha de
consulta 31 de Enero de 2014
44
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Para finales de julio de 2007, este Sistema
registró 15,478 licitaciones públicas, de las cuales el 51.8%, es decir, 8 015 se realizaron por vía
electrónica, que representaron un incremento de 2.5% con relación al mismo lapso del año
anterior. El monto de los recursos involucrados en estas licitaciones electrónicas ascendió a 157
463 millones de pesos, el cual significó el 88.5% del total de licitaciones registradas en ese
periodo.
Por un año más se continuó con la vinculación de los trámites federales por medios
electrónicos con los estatales y municipales. Actualmente, están disponibles trámites y servicios
federales en 18 estados, lo cual permitió:
Que el ciudadano encuentre en Internet, a través del portal ciudadano www.gob.mx, los
trámites y servicios de los tres niveles de gobierno: Federal, Estatal y Municipal.
Que la ciudadanía tenga acceso a los trámites y servicios federales, estatales y
municipales más utilizados, a través de múltiples canales como son: el Internet, los
kioscos, los centros de atención telefónica y ventanillas electrónicas.
Disminuir la comparecencia personal del ciudadano ante las oficinas de gobierno y
generar ahorros en tiempo y costo de desplazamiento para los ciudadanos, en una misma
ciudad o entre múltiples ciudades.
Automatizar y consolidar los procesos de los trámites y servicios federales, estatales y
municipales, disminuyendo así la intervención de funcionarios públicos, combatiendo de
manera efectiva las posibilidades de corrupción y proporcionando transparencia al
proceso completo.
Otro programa fue el del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), que otorgaba a
los particulares un número de identificación único y confidencial para acreditar su personalidad
jurídica ante las dependencias y entidades de la APF. Actualmente, se cuenta con 172 ventanillas
en 42 dependencias y organismos descentralizados del Gobierno Federal, además de 123
ventanillas instaladas en notarías y corredurías públicas. Al mes de agosto, 1 285 personas físicas
y morales obtuvieron su número de identificación.
45
Se instaló la infraestructura tecnológica para la operación de la Firma Electrónica
Avanzada (FEA) en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Secretaría de Economía
(SE) y la SFP. Esto permitirá que las demás dependencias de la Administración Pública Federal
usaran y reconocieran la Firma Electrónica Avanzada y la integraran a sus procesos. En ese
momento existian más de 30 trámites y servicios electrónicos que utilizaban esa herramienta.
Con el esquema denominado e5cinco, se fortaleció el pago de servicios por medios
electrónicos para cubrir el importe de los derechos, productos y aprovechamientos a través de
Internet y de ventanilla bancaria.
México Digital
En la Presente administración, la Estrategia Digital Nacional5
, propuesta por Lic. Enrique Peña
Nieto, incorpora las tecnologías de la información y comunicación en el desarrollo del país, lo
que contribuirá a alcanzar las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
La Estrategia Digital Nacional es el plan de acción que el Gobierno de la República ha
implementado para los próximos cinco años con la finalidad de fomentar la adopción y el
desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. El propósito fundamental de
la Estrategia es lograr un México Digital en el que la adopción y uso de las tecnologías
maximicen su impacto económico y social en beneficio de la calidad de vida de todos los
ciudadanos.
El uso de las TIC que promueve la Estrategia, favorecerá la participación ciudadana
mediante:
 El acceso a datos abiertos con información pública del gobierno que resulte útil y valiosa
para la seguridad ciudadana.
 El acceso a canales de comunicación e interacción como redes sociales, blogs y wikis
que permitan a la población convertirse en un actor más activo en el fortalecimiento de
la cultura cívica y el seguimiento de la acción pública.
5
http://www.presidencia.gob.mx/edn/#metas-pnd
46
 El acceso a la entrega de servicios públicos y trámites digitales, disponibles en todo
momento y lugar, que acerquen al gobierno y al individuo.
 La generación de mecanismos de denuncia ciudadana de actos negativos o conductas
delictivas que vulneren la seguridad de la población.
Se busaca la transformación gubernamental que lleve a la construcción de una nueva
relación entre la sociedad y el gobierno, basada en la experiencia de los ciudadanos como
usuarios de los servicios públicos. Esta relación se construirá a partir del uso y adopción de las
TIC en el Gobierno de la República, entre las que destaca: la instrumentación de una política
digital de gestión del territorio nacional para crear una política de TIC sustentable para la
Administración Pública Federal.
En esta línea de acción, la Presidencia de la República, ha mantenido el portal GOB.MX,
mejor identificado como: portal ciudadano www.gob.mx, ventanilla única nacional digital en la
que es posible encontrar todos los trámites y servicios las 24 horas del día, desde cualquier lugar
y dispositivo. Permite acercar al ciudadano y al gobierno en función a sus necesidades e impulsar
la articulación entre las instituciones gubernamentales.
www.gob.mx, permite realizar los trámites y servicios sean personales o para la empresa6
,
portales como estos, son diseñados para poner al alcance de todos los trámites y servicios en un
solo punto, eliminando por completo las largas filas; logrando la reducción de gastos, ya que se
recortan los tiempos de espera y traslado; ofreciendo total seguridad y protección de datos
personales, y al estar al alcance de todos, fomentan la transparencia y la redición de cuentas.
En general los portales electrónicos consideran cuatro niveles de digitalización:
Etapa 1 Información. La primera etapa de los servicios online, presencia emergente de
servicios, es aquella donde se proporciona información de manera limitada y básica sobre
las políticas públicas, las leyes, los reglamentos, etc.
Etapa 2 Descargar Formatos: La segunda etapa, presencia intensificada de servicios, es
6
http://www.gob.mx/avance fecha de consulta 30 de enero 2014
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
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PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER
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  • 1. Instituto de Administración Pública del Estado de Veracruz “PROYECTO PARA REFORMAR LAS PRINCIPALES NORMAS JURÍDICAS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ENCAMINADO A EJECUTAR LICITACIONES ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRAVER” INVESTIGACIÓN PRESENTADA COMO REQUISITO PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA AUTORES: LIC. ANA ELIZABETH URIBE ZAMUDIO L.A.E. JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SÁNCHEZ DIRECTOR: DOCTOR ARTURO FRANCISCO GUTIÉRREZ GÓNGORA FEBRERO 2014
  • 2. Dedicatorias A quienes con su incondicional apoyo, me han impulsado a seguir adelante en la realización de todos mis proyectos… Gracias Papá y Mamá A quien con su ausencia, estuvo presente en cada momento apoyándome en silencio… Gracias F.M.M.M. A alguien que ya no se encuentra entre nosotros y que con su ausencia me recuerda cada día que la vida solo es una; que con su partida me recordó el valor de los sueños y que soñar no cuesta, pero intentar alcanzar esos sueños es darle sentido a la vida…  Gracias primo A.Z.G. Lic. Ana Elizabeth Uribe Zamudio
  • 3. Dedicatorias A mis padres María Elena Sánchez Márquez Martín Hernández López Por su incondicional apoyo de toda la vida A Stefany, mi compañera de vida Por su comprensión total y apoyo incondicional en mis proyectos A mi Jefes Ignacio García Leyva Eutilio Quintero Arellano Por el apoyo recibido en estos 2 años L.A.E. José Martín Hernández Sánchez
  • 4. Í N D I C E Págs. Introducción 2 Capítulo 1 Conceptos y Definiciones de Administración Pública 3 1.1 Teoría de la Administración Pública 6 1.2 La Administración Pública desde la Perspectiva del Estado, gobierno y Sociedad Sociedad Sociedadsociedad 9 1.3 La Nueva Gestión Pública 13 1.4 El qué y cómo de la Administración Pública 17 1.5 Tipo de Contrataciones de la Administración Pública 22 1.6 Naturaleza de las Contrataciones que Realiza la Administración Pública 25 1.7 Procedimientos de Contratación de la Administración Pública 27 1.8 El Gobierno Electrónico y las Contrataciones Electrónicas en la Administración Pública 30 Capítulo 2 Gobierno-e en la Administración Pública (México) 39 2.1 Las Contrataciones Gubernamentales en México 49 2.2 Contrataciones Gubernamentales en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave 59 2.3 Gobierno Electrónico en Veracruz 61 2.4 Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales Compraver, para la Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 69 2.5 Normatividad que Converge en las Contrataciones que Realiza la Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 71 Capítulo 3 Necesidad de Ajustar el Marco Jurídico que rige las Contrataciones Gubernamentales en el Estado de Veracruz 73 3.1 Propuesta de Modificación, Adecuación o Adición de las Principales Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes Muebles, que Realiza la Administración Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de Manera que se Puedan Realizar Licitaciones Electrónicas. 76 3.2 Propuesta de Reformar al Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Lave 80 3.3 Propuesta de Reformar al Código de Procedimientos Administrativos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave 80 3.4 Propuesta de Reformar a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles de Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave 81
  • 5. 3.5 Propuesta de Reformas a los Lineamientos para la Implementación y Operación del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraVer, para la Administración Pública del Estado de Veracruz. 86 3.6 Propuesta para Establecer las Disposiciones para el Uso de Medios Remotos de Comunicación Electrónica, en el envío de Propuestas dentro de las Licitaciones Públicas que Celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública 88 Conclusiones 95 Bibliografía 98 Medios Electrónicos de Consulta 100 Legisgrafía 101 Índice de Cuadros Cuadro 1 36 Cuadro 2 47 Cuadro 3 58 Cuadro 4 63 Índice de Figuras Figura 1 65 Figura 2 67 Figura 3 69
  • 6. 2 INTRODUCCIÓN Las compras y contrataciones públicas constituyen un factor clave para que las instituciones estatales puedan cumplir con sus importantes misiones —educación, salud, justicia, defensa, etc—. El presente documento tiene la finalidad de proponer algunas reformas al marco jurídico que rige las contrataciones gubernamentales en materia de bienes muebles en el Estado de Veracruz, esto con la finalidad de que la Administración Pública, pueda realizar Licitaciones Electrónicas mediante el Sistema de Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraVer, establecido por el gobierno del Estado de Veracruz en el 2011. Este trabajo está estructurado de tal forma, que el capítulo uno, introduce al lector en los conceptos básicos de Administración Pública, hacemos un breve recorrido en la teoría de la Administración Pública; describimos la percepción que desde el Estado, gobierno y sociedad se tiene de ésta; mencionamos las nuevas tendencias que existen en cuanto a Gestión Pública se refiere; de manera sucinta se desarrolla el quehacer de la administración del Estado, y de manera muy general se describen los tipos de contrataciones, la naturaleza, los procedimientos que realiza el Estado, así como las nuevas tendencias que para gobierno electrónico existen en la actualidad. En el Capítulo dos, nos enfocamos en departir sobre la situación que impera en la realidad de nuestro país, desarrollando temas como e-gobierno en la administración pública y las contrataciones gubernamentales en México, —solo para poner en contexto la propuesta que traemos a la mesa—pero que resulta un gran referente de lo que se pretende lograr en en el Estado de Veracruz, por ello en este capítulo también dilucidamos sobre el tema de las contrataciones que realiza esta entidad federativa y los avance que ha tenido en materia de gobierno electrónico. Pusimos en contexto el sistema CompraVer y mostramos el marco jurídico que en la actualidad enmarca las compras del gobierno. Y Finalmente, presentamos los argumentos y los preceptos jurídicos que a nuestra consideración creemos que son necesarios, modificar, reformar, adicionar o en su caso derogar, en la consecución de lograr el objetivo…que en el Estado de Veracruz, la Administración Pública, pueda realizar Licitaciones Electrónicas mediante el Sistema CompraVer.
  • 7. Capítulo 1 Concepto y Definición de Administración Pública Resulta muy común, que al hablar de Administración Pública, de manera generalizada se asocie este concepto con el de gobierno, aunque también puede confundirse y pensarse que quienes laboran en poder Legislativo y Judicial también forman parte de la Administración Pública, razón por la que es importante, dejarle claro al lector, a que nos referimos cuando hablamos de Administración Pública. Para esto es necesario partir de la raíz etimológica de la palabra administración, que nos lleve a la definición que mejor responda a la pregunta ¿Qué es la Administración Pública? El término administración deriva de la palabra latina administratio, onis, administratíone, cuyo significado es administrar que está compuesto de los vocablos ad y ministrare que quiere decir servir, cuidar, este término era empleado entre los romanos para referirse al acto o la función de prestar un servicio a otras personas. El centro focal de la voz ministratio lo ocupa el vocablo ministrare, que deriva del sustantivo minister, que a su vez proviene del minis, expresión referida a lo ―menor‖, como contraste de magis, lo ―mayor‖. En consecuencia, el minister era el funcionario subordinado a la autoridad del magister, cuya tarea se circunscribía a la realización de funciones subalternas. De esto podemos deducir que: administrare significaba entre los romanos, la satisfacción de las necesidades de la sociedad, con un esfuerzo extra por parte de los oficiales: ad ministrare. Gramaticalmente hablando, a la administración se le puede definir como la actividad consistente en servir o prestar servicios. Ahora bien, para hablar de la parte pública de la administración, es necesario mencionar que la locución pública proviene del latín publicus y significa: sabido por todos, colectivo o comunitario; en resumen puede considerarse como el ámbito de problemas y responsabilidades de la administración del Estado. La concatenación de los ambos vocablos, nos lleva entonces a pensar en la Administración
  • 8. 4 Pública, como la organización encargada de las actividades que tienen como fin la prestación de servicios para satisfacer las necesidades de una colectividad. Conceptos de Administración Pública Existen diferentes enfoques para el concepto de Administración Pública, los cuales tienen que ver con el contexto en el que se desarrollaron los autores, el Dr. Roberto Avalos Aguilar, durante la materia Teoría General de la Administración Pública, nos compartió las diversas perspectivas bajo las cuales algunos estudiosos entienden la Administración Pública.  JUAN JACOBO ROUSSEAU: Es la relación del Estado y la sociedad como una intervención del soberano y súbditos para ejecutar la voluntad general. (1759, Ginebra, El Contrato Social).  CARLOS JUAN BONNIN: Es la potencia que arregla corrige y mejora todo cuanto existe y da una dirección más conveniente a los seres organizados y a las cosas. (1808, Francia, Compendio de los Principios de Administración).  KARL MARX: Es la actividad organizadora del Estado. (1809, Alemania, Economía Política).  MAX WEBER: Es una forma legítima de dominación racional del Estado en la sociedad. (1877, Alemania; Economía y Sociedad).  WILSON WOODROW: Es la parte más ostensible del gobierno; es el gobierno en acción, es el ejecutivo operante, el más visible aspecto del gobierno. Es la ejecución detallada y sistemática del derecho público. Toda aplicación particular de la ley general es un acto administrativo. (1887 USA, Estudio de la Administración Pública).  MARSHALL E. DIMOCK: Se refiere al qué y al cómo del gobierno. El qué, es la sustancia, el conocimiento técnico de un campo, que capacita al administrador para llevar a cabo su tarea. El cómo, son las técnicas de gerencia, los principios que llevan al éxito los programas cooperativos. (1937 Gran Bretaña, El Estudio de la Administración).  LUTHER GULICK: Se refiere a la forma de hacer las cosas, a la realización de los objetivos definidos. Es por tanto el sistema de conocimientos con el cual los hombres pueden entender relaciones, predecir efectos e influir resultados en cualquier situación en que haya
  • 9. 5 personas trabajando conjuntamente en forma organizada para un propósito común. (1937, USA, El Papel de la Ciencia de la Administración).  OCTAVIO RODRÍGUEZ ARAUJO: Es la función mediadora y mediatizadora en la sociedad dividida en clases del capitalismo contemporáneo. (1980, México, La Administración Pública en el Estado Capitalista).  JACQUES CHEVALLIER Y DANIELE LOSCHAK: Es la institución encargada de defender y promover el interés general de la sociedad bajo la autoridad de los políticos elegidos. (1980 La Sience Administrative).  BENITO JUÁREZ GARCÍA: ―Los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad; no pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes; no pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley le ha señalado‖, el benemérito de las Américas no definía propiamente a la Administración Pública, pero vislumbraba con claridad las responsabilidades con las que debía ostentarse un cargo público. Los conceptos anteriores nos muestran cómo es que la Administración Pública era percibida, ya sea como una relación entre soberanos y súbditos, como la actividad que organiza al Estado, como una organización que busca el bien común o como institución que busca, defiende y promueve el interés general de una sociedad. Definición de Administración Pública El jurista Miguel Acosta Romero en su libro ―Teoría General del Derecho Administrativo‖ define a la Administración Pública como: la parte de los órganos del Estado que dependen directa o indirectamente, del Poder Ejecutivo, que tienen a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes1 . Esta definición deja ver la existencia de una estructura dentro del Estado, a la cual se le atribuyen facultades para ejecutar todas aquellas actividades que no competan a los poderes legislativo y judicial. 1 Acosta Romero. Miguel Derecho Administrativo Edit. Porrúa. México. 1991 pp. 96-98
  • 10. 6 Más aun, esta estructura como todas, debe contar con elementos, con recursos, con objetivos definidos, que ayuden a que a través de la acción continua y permanente, la Administración Pública logre cumplir con las responsabilidades que le exige la ciudadanía. Un definición que considera estos elementos, es la proporcionada por Alejandro Carrillo Castro, al definir a la Administración Pública como ―el sistema dinámico –integrado por normas, objetivos, estructuras, órganos, funciones, métodos y procedimientos, elementos humanos y recursos económicos y materiales- a través del cual se ejecutan o instrumentan las políticas y decisiones de quienes representan o gobiernan una comunidad políticamente organizada”2 El Mtro. Gabino Fraga, dice que Administración Pública es ―el organismo público, que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales‖3 El Diccionario Jurídico Mexicano dice: ―Por Administración Pública se entiende, generalmente, aquella parte del Poder Ejecutivo a cuyo cargo está la responsabilidad de desarrollar la función administrativa‖,4 entendida desde dos puntos de vista, el orgánico, que se refiere al órgano o conjunto de órganos estatales que desarrollan la función administrativa y desde el punto de vista formal, que es en sí mismo la actividad propiamente dicha que desarrollan el conjunto de órganos. 1.1 Teoría de la Administración Pública La teoría de la Administración Pública, consiste en el estudio de los aspectos administrativos del Estado. Los principios que explican, de manera general, el ser y el devenir de la Administración Pública. El ser de la Administración Pública consiste en los elementos esenciales que la constituyen; el devenir es su evolución hasta el presente. 2 Galindo Camacho Miguel, Teoría de la Administración Pública. Editorial Porrúa. México 2000. Pg.6 3 Fraga Gabino, Derecho Administrativo. Edit. Porrúa México 2009 pg. 26-29. 4 Gil Valdivia Gerardo, Quintana Aceves Federico. Diccionario Jurídico Mexicano. Edit. Porrúa México. 2004. pg. 125
  • 11. 7 Es importante identificar el momento histórico y teórico exacto en el cual se define lo administrativo dentro de los asuntos del Estado, Juan Enrique Von Justi, en su obra titulada ―Principios de Ciencia de la Policía‖, publicada en 1756, en esta época, policía significaba lo que hoy en día entendemos por Administración Pública, él afirmaba que: ―La policía es una ciencia tampoco conocida…La mayor parte de los errores que se han cometido sobre este punto provienen de haberse confundido la policía con la política…En efecto, cada una de ellas tiene sus extensiones y sus limitantes. La política tiene por fin la seguridad de la República, tanto por fuera como por dentro y es su principal ocupación instruirse de la conducta, de las acciones y de los objetos, o intentos de las potencias extranjeras, ponerse a cubierto de sus empresas; como también establecer un buen orden entre los súbditos…al contrario, el fin de la policía es asegurar la felicidad del Estado por la sabiduría de sus reglamentos, y aumentar sus fuerzas y su poder tanto como sea posible. Para este efecto ella vela en la cultura de las tierras, a procurar a los habitantes las cosas de las que tienen necesidad para subsistir y establecer un buen orden entre ellos…‖5 La policía es el fundamento y base de la Ciencia de la Hacienda. La policía trabaja en conservar y aumentar las rentas del Estado por la sabiduría de sus reglamentos; y el que está encargado de la Hacienda se ocupa de descubrir medios para emplearlas del modo más ventajoso, para poder en tiempo de necesidad, o en oportuna ocasión, subvenir los gastos que está obligado a hacer. La diversidad de materia representadas por la policía, la política, la economía y la hacienda, conservan su vinculación a partir de la unidad estatal, el Estado era, y es, la unidad que delinea el objeto de estudio de la Ciencia de la Administración Pública. Una de las características que resalta de la ciencia de la Administración Pública, ha consistido en un proceso de construcción de su objeto de conocimiento a partir de una larga pugna por conservar su identidad y definición. La Ciencia de la Administración no entraña una disciplina en el sentido convencional del término, principalmente porque en su interior no existe un condicionamiento mutuo entre el 5 Guerrero Orozco Omar, Principios de la Administración Pública. Ciudad Universitaria, 1997
  • 12. 8 objeto y el método, que lo que caracteriza a las demás ciencias. Para Omar Guerrero, la Ciencia de la Administración es, en efecto la ciencia de las relaciones entre la comunidad y los individuos, y los medios de conservación de esas mismas relaciones por la acción de las leyes y de los magistrados sobre las personas y las propiedades en todo a lo que interesa el orden social.6 La Ciencia de la Administración, es una ciencia social y por lo tanto no es una ciencia exacta, pero sus principios y reglas son firmes y precisas y están encuadradas en el rigor científico. Hasta este momento hemos presentado de manera axiológica lo que la ciencia de la administración estudia, sin embargo, existen percepciones que parten de la división de poderes y en las que se atribuyen expresamente a un poder determinado, acciones encaminadas a la búsqueda del bien común. Para Miguel Galindo, esta ciencia tiene por objeto de estudio, la actividad del órgano ejecutivo cuando se trata de la realización o prestación de los servicios públicos en beneficio de la sociedad, buscando en todo momento que su prestación se realice de manera racional a efecto de que los medios e instrumentos de la misma se aplique de manera idónea para obtener el resultado más favorable.7 La Administración Pública es una ciencia que se va consolidando firmemente pero que siempre estará estrechamente ligada con la Ciencia Política, aceptando la mayoría de los autores que la política es la ciencia que se refiere a toda la actividad estatal con sentido deontológico, en tanto que la Administración Pública se refiere solamente a una parte de la actividad estatal enmarcada fundamentalmente en la prestación de servicios públicos, la cual representa la actividad de uno de los órgano originarios del Estado: el ejecutivo, es la concreción de la voluntad del poder político, por lo cual, la administración no puede ni debe considerarse como un fin en sí mismo, sino el medio o instrumento a través del cual, el Estado satisface las necesidades 6 Op. Cit. P.2 7 Galindo Camacho Miguel, Teoría de la Administración Pública. Editorial Porrúa. México 2000
  • 13. 9 de su población llevando a cabo los servicios públicos que requiere la comunidad y todas las tareas que beneficien a la misma y justifiquen su existencia a través del correr del tiempo. 1.2 La Administración Pública Desde la Perspectiva del Estado, Gobierno y Sociedad La Administración Pública trae consigo el sello de la sociedad que la engendra y del Estado que la conforma, en consecuencia, toda sociedad que adquiere cierto grado de desarrollo y en su interior se manifiestan diversas consideraciones que amenazan con devorarla, necesita una forma de asociación que sea capaz de mantener un cierto grado de cohesión social y ordenar a la propia sociedad en su conjunto. Esta forma de asociación de los hombres es el Estado. Como ya hemos mencionado, la Administración Pública está caracterizada por atributos propiamente estatales, por principio la administración, es una cualidad del Estado y sólo puede ser explicada a partir de éste. En consecuencia, se tiene la obligación de citar algunos conceptos de Estado; con respecto a este, el padre de la Teoría del Estado y la Ciencia Política, Nicolás Maquiavelo, de origen florentino y quien vivió entre los años de 1469 y 1527, en su obra El Príncipe, exponía que ―todos los Estados, todas las dominaciones que han ejercido y ejercen soberanía sobre los hombres, han sido y son repúblicas o principados”8 , en los años de éste personaje, no existía la concepción del Estado, tal y como lo es hoy, pero según se desprende de su obra, no se ocupa de definir lo que debe considerarse como Estado, sin embargo, es el primero en usar el término para referirse a las organizaciones políticas de ese entonces, cuyo poder era ejercido en parte por los reyes y príncipes y otra facción por los grandes terratenientes. En Alemania, Carlos Marx se refería a la Administración Pública como a la actividad organizadora del Estado y Lorenz Von Stein como a la actividad del Estado; Woodrow Wilson en Estados Unidos, discernía sobre el gobierno en acción y Luther Gulick sobre el trabajo del gobierno, mientras que Marshall Dimock veía al Estado como constructor. 8 Nicolás Maquiavelo El Príncipe, Edit. Porrúa, México 1971. Pg. 1-3
  • 14. 10 ―La voluntad del Estado supone un objeto sobre el cual actúa. Cuando la acción se repite continuamente, se llama actividad, esto sirve a Lorenz Von Stein para explicar la actividad del Estado, que tiene lugar mediante los órganos estatales y constituye por tanto, la vida propiamente exterior del Estado, y es a lo que llama administración del Estado”.9 El Estado tal y como lo conocemos hoy, no surgió de la noche a la mañana, sino que tuvo que pasar mucho tiempo y luchas entre pueblos para que se constituyeran los primeros Estados de la época moderna; es en la edad media en Europa, con el tratado de Westfalia (1648) que puso fin a la llamada Guerra de los treinta años, donde se sientan las bases del llamado Estado moderno. De acuerdo al Diccionario Jurídico ―El Estado no es una mera realidad natural, sino que constituye un conjunto de funciones jurídicas, cuya comprensión es necesaria para entender el comportamiento de la comunidad política, es en suma titular de derechos y obligaciones‖.10 Miguel Acosta Romero, en palabras de Grossman, ―nos dice que no hay un Estado que se haya organizado conforme a la teoría, sino que su contenido y realidad, desborda toda pretensión teórica de establecer un Estado conforme a un ideal determinado‖,11 así mismo continúa diciendo que, para George Jellinek, el Estado es la unidad de asociación, dotada originalmente de poder de dominación y formada por hombres asentados en un territorio‖. Acosta Romero en su opinión, el Estado es la organización política soberana de una sociedad humana establecida en un territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y de administración que persigue determinados fines, mediante actividades concretas.‖12 Thomas Hobbes, creador de la frase ―El hombre es el lobo del hombre‖ el derecho del más 9 Stein, Lorenzo. Movimientos Sociales y Monarquía. Madrid, Centro de Estudios Constitucionales. 1981 (1850) pg.33. Tomado de Omar Guerrero, La Principios de la Administración Pública. 10 Barajas Montes De Oca Santiago 2004 Diccionario Jurídico Mexicano, Edit. Porrúa, México 2004 Pg. 1556. 11 Acosta Romero Miguel, Teoría General del Derecho Administrativo, Edit. Porrúa México 1991. 12 idem
  • 15. 11 fuerte, señala que el ―Estado es una creación humana de carácter contractual, equiparable al bíblico Leviatán, bajo el principio de no hacer a otro lo que no se quiere para sí, convirtiéndose en ciudadano y creando el Estado‖13 El Estado realiza una actividad, que es la que el hombre históricamente le ha encomendado, y ella varía a través del tiempo, del espacio y de los sistemas políticos. A la actividad que realiza el Estado se le ha dado distintos nombres tales como: atribuciones, funciones, facultades, cometidos, servicios públicos, prerrogativas, etc. El fundamento jurídico que le confiere legitimidad suprema al Estado, para la realización de las actividades que inciden sobre los ciudadanos, es la protección de sus derechos y garantía de sus libertades individuales: la voluntad de los gobernantes adquiere valor sólo en la medida en que se ajusta a la regla del derecho y tiende a la solidaridad social. Por lo tanto, ―la única justificación del Estado, es decir, del poder de hecho de loa gobernantes, es su subordinación al derecho surgido, a su vez, del hecho de la solidaridad‖14 , de modo que ―nadie puede atribuirse la titularidad del poder ni ejercer más atribuciones de las que ha concedido el pueblo‖, fundamento único del orden jurídico; el Estado no debe ser más que la suma de las jurisdicciones creadas por el pueblo para la efectividad de ese orden y para promover la integración del país a través del ejercicio de sus funciones. Independientemente del concepto de Estado, el Estado moderno exige la aplicación de controles jurídicos y políticos, así como la acotación del poder público, es decir, el principio de legalidad que dicta que el poder público representado en el gobierno únicamente puede hacer aquello que le permiten expresamente la Ley y sus disposiciones reglamentarias. Acerca del concepto gobierno, Carrillo Landeros señala que: ―el gobierno es el Estado en acción y constituye el dispositivo de dominación que permite conducir 13 Fernández Ruiz Jorge. Derecho Administrativo y Administración Pública. Edit. Porrúa. México 2008 pg. 3 14 Cueva, Mario de la, La idea del Estado. Fondo de Cultura Económica. México. Pg. 165
  • 16. 12 a un conjunto de individuos asentados en un territorio donde él ejerce su potestad soberana, con el propósito de lograr de ellos un comportamiento deseado. El gobierno como forma de dirección y organización de las acciones a cargo del Estado tiene la responsabilidad de realizar funciones de índole política (manejo, conservación, y consolidación del poder) y de naturaleza administrativa (captación de recursos, dotación de servicios, preservación del orden).15 Desde esta perspectiva, podemos decir que el gobierno es el conjunto de instituciones públicas que funcionan como aparato a través del cual el Estado ejerce su poder de dominación sobre la sociedad, así como también, hace manifiesta la soberanía de la nación frente a otras naciones. Es por medio del gobierno que se conducen los designios de la sociedad civil y conoce también de sus demandas; asimila la problemáticas de la comunidad y se vincula ésta, para que a través de sus instrumentos le proporcione bienes y servicios, manifestando el compromiso del Estado con ella; éste ejerce el poder en la medida que sus instituciones intervienen en la vida de la sociedad. La mediación que por sus instituciones mantiene con la sociedad lo llevan a vincular dos instancias: sociedad y Estado. Al hablar de sociedad, es preciso señalar que, el ser humano, es un ser social que para sobrevivir y desarrollarse como persona necesita de la cooperación y del auxilio de otros de su misma especie. En un sentido amplio el término sociedad es aplicable a todo conjunto de seres vivientes, en cuanto a que su agrupación y grado de organización interna se establece tanto para conseguir la alimentación como para defenderse de otros factores que ponen en peligro su sobrevivencia como especie16 . Para los propósitos de este trabajo, el término sociedad, debe entenderse como las diversas agrupaciones de seres humanos, que se reúnen en cantidades mayores o menores, tanto para la satisfacción de las necesidades primarias como —comer, vestir, reproducirse como especie—, 15 Carrillo Landeros, Ramiro. Metodología y Administración. Limusa. México 1986. Pg. 115 16 Durán Víctor Manuel. Estado Social de Derecho, Democracia y Participación. Universidad de Trabajadores de América Latina. Venezuela. P.1
  • 17. 13 como de necesidades más complejas relacionadas con su realización y perfeccionamiento como seres humanos y en el conjunto comunal. Teóricamente, se ha establecido la convención sobre la existencia histórica de dos tipos o clases de sociedades: las sociedades no estatales, que cronológicamente surgieron primero: horda, clan, tribu, y las sociedades estatales, que surgen después en etapas más avanzadas de la evolución social humana: estado primitivo, estado ciudad, estado feudal, estado nación y estado continente17 . Podemos decir entonces que, la Administración Pública, es una relación social históricamente determinada por la división entre Estado y sociedad civil, influenciada por el grado de desarrollo que ésta ha alcanzado. Las organizaciones de clase son la forma de relación de la sociedad civil con el Estado, en la medida en que las organizaciones representativas obtengan un alto grado de desarrollo habrá un fortalecimiento de la sociedad civil. La Administración Pública actúa inmersa en la sociedad civil en forma sistemática y detallada. Es como ya lo mencionamos, la actividad organizadora del Estado. 1.3 La Nueva Gestión Pública El origen de este proceso tuvo lugar cuando el modelo de Estado instaurado por los países desarrollados en la postguerra, propulsor de una era de prosperidad sin precedentes en el capitalismo, entró en crisis hacia fines de la década de 1970, razón por la que, la reforma del Estado se ha convertido en el tema central de la agenda política mundial. Dada la imperiosa necesidad de reformar el Estado, de restablecer su equilibrio fiscal y equilibrar la balanza de pagos de los países en crisis, una de las propuestas que surgió, consistía en la reducción del tamaño del Estado; sin embargo, después de algún tiempo se constató que la solución no estaría en el desmantelamiento del aparato estatal, si no en su reconstrucción. Por lo que se trata de la construcción de un Estado que pueda enfrentar los nuevos desafíos de la sociedad postindustrial, un Estado para el siglo XXI. 17 Ibidem: P. 2
  • 18. 14 El diagnostico actual afirma que el Estado continúa siendo un instrumento fundamental para el desarrollo económico, político y social de cualquier país, en razón de esto se ha venido proponiendo una segunda generación de reformas, con la finalidad de reconstruir el aparato estatal. El mayor desafío está en compatibilizar las tendencias mundiales de cambio con las especificidades de la sociedad a que se apliquen. La reconstrucción de la capacidad del Estado, es posible mediante la implementación de lo que se conoce como reformas gerenciales, que tienen su inspiración en las transformaciones organizacionales ocurridas en el sector privado, las cuales modificaron las formas burocrático- piramidal de administración, flexibilizando la gestión, disminuyendo los niveles jerárquicos y, por consiguiente, aumentando la autonomía de decisión de los gerentes. La reforma gerencial presupone, completa y modifica la primera gran reforma del Estado Moderno, la reforma burocrática weberiana, que instauró un servicio público profesional y meritocrático, condición esencial para que la Administración Pública gerencial sustituya a la Administración Pública burocrática. Con estos cambios, se pasó de una estructura basada en normas centralizadas a otra sustentada en la responsabilidad de los administradores, avalados por los resultados efectivamente producidos. Toda vez que el modelo gerencial debe ineludiblemente adecuarse al contexto político democrático en el cual se encuentra inserto el sector público, debe tenerse en consideración, que si bien es cierto que ―el gobierno no puede ser una empresa, sí puede tornarse más empresarial‖18 , esto teniendo presente las diferencias claras que existen entre sector privado y el sector público.  En el sector privado, el número de participantes es restringido, y la capacidad para tomar decisiones más rápidas es mayor. 18 Tomado del Ensayo: Una Nueva Gestión Pública para América Latina. Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo CLAD. 1998. Pág.10
  • 19. 15  El gobierno, por su parte, toma sus decisiones de acuerdo con procedimientos democráticos, que involucran un número mayor de actores y una mayor demora en el proceso decisorio.  La ―legitimidad‖ de una empresa resulta de su supervivencia en la competencia en el mercado, en tanto que los gobiernos se legitiman por la vía democrática. Un nuevo modelo de sustitución, es el propuesto por la Nueva Gestión Pública, consiste en un enfoque gerencial de la Administración Pública, cuya esencia es dar forma a una estructura administrativa descentralizada y desregulada, que incentive la iniciativa del personal y su compromiso con el logro de resultados, para lo cual es necesario que el personal cuente con la capacidad de decisión y se le responsabilice por los resultados. La Nueva Gestión Pública, ha prestado atención a la Administración Pública, ha cuestionado su estructura burocrática de organización y operación —la centralización jerárquica y la reglamentación precisa e inalterable— y se ha presentado como una disciplina o práctica profesional que posee los métodos de reorganización y de trabajo, apropiados para incrementar la eficiencia y mejorar la calidad de la gestión gubernamental. La tesis central de la Nueva Gestión Pública, es que la descentralización y la eficiencia son interdependientes, en sentido contrario a la idea de que la descentralización jerárquica y la reglamentación precisa son las condiciones de la eficiencia. Legalidad y eficiencia se distinguen y probablemente se distancian. En sus configuraciones específicas, la Nueva Gestión Pública se distingue por organizaciones orientadas a resultados más que a procedimientos —por procesos más que por funciones— y hacia los ciudadanos-clientes más que hacia los superiores inmediatos, la costoeficiencia de las operaciones, la presupuestación por resultados, el establecimiento de agencias ejecutivas autónomas para fines públicos específicos, la contratación de organizaciones privadas y sociales para la prestación de determinados servicios públicos, el establecimiento de
  • 20. 16 contratos particulares entre el superior y los funcionarios en sustitución de normas generales, los sistemas de medición y evolución del desempeño, el gobierno digital, etc…19 Una característica de este modelo, es que ha sido entendido o practicado a partir del enfoque de la gobernabilidad o de la gobernanza. Muchos de los gobierno de nuestros países han empleado sus métodos y tecnologías con el propósito de restablecer su capacidad directiva debilitada y la gobernabilidad, o bien la han hecho con el propósito o el resultado de dar forma a un nuevo proceso de gobierno más eficaz y quizás socialmente más aceptado, en tanto se practica con la participación de la sociedad: a una nueva gobernanza. Existen evidencias a favor de la interpretación de que muchos gobiernos latinoamericanos abrazaron la Nueva Gestión Pública por razones de gobernabilidad, en tanto consideraron que ofrecía métodos analíticos y organizativos indispensables para reconstruir con rapidez su endeble capacidad y eficacia directiva, la cual no podía rehacerse a menos que se restableciera el equilibrio financiero de la hacienda pública quebrada y, por ende, se asegurara de inmediato la eficiencia económica de toda la actividad de la Administración Pública. El espíritu gerencial original de la Nueva Gestión Pública, fue asegurar e incrementar la eficiencia económica de programas, unidades administrativas y personal público mediante la introducción de sistemas de medición y evaluación, y más tarde mediante otras reformas que compartían el mismo espíritu, tales como la reforma de la estructura de la presupuestación pública y del control interno de gestión, la ―externalización‖ de políticas, programas, servicios, la creación de Agencias Ejecutivas independientes, la introducción de mecanismos de (casi) mercado en la Administración Pública y, en el fondo, el principio de la descentralización vertical y/o horizontal de las decisiones, que implica empoderamiento y responsabilización del personal a fin de que esté en condiciones de producir eficientemente resultados. 19 Aguilar Villanueva Luis F. Ensayo El Aporte de la Política Pública y la Nueva Gestión Pública a la Gobernanza. XII Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Publica, Sto. Domingo, Rep. Dominicana 2007. Pg. 12
  • 21. 17 En este sentido la Nueva Gestión Pública introduce al sector público dinámicas de las organizaciones privadas enfocadas hacia la obtención de resultados, poniendo énfasis en productos y resultados más que en procedimientos. Los objetivos de estas mejoras pretenden incrementar la cantidad y la calidad de los bienes y servicios públicos, al tiempo de disminuir los gastos de operación y promover el crecimiento económico, la Nueva Gestión Pública, pretende elevar el impacto de las acciones del gobierno en bienestar de la población. La Administración Pública ha aprendido mucho de la privada, pero tras un periodo de imitación, lo que reclama la especificidad pública es la capacidad de innovar, que se traduce en la necesidad de adaptar la administración a las peculiaridades de un entorno público donde deben promocionarse valores de cooperación, dirección y participación. Por lo que, en es necesario que la Administración Pública se modernice y comience a elaborar nuevos conceptos y modelos de gobierno que modifiquen los procesos de formulación de políticas, renueve los criterios utilizados para juzgar la eficacia de las políticas y transformen los patrones y procesos de responsabilidad pública, además de desplegar técnicas de administración más conocidas. La modernización de la Administración Pública es un proceso técnico administrativo permanente que incluye la introducción de cambios normativos en áreas de las dependencias públicas que generen la necesidad de crear o reformular las estructuras organizacionales y los procesos de trabajo, y de cambiar las actitudes y comportamientos de los servidores públicos. Con esto se pretende que el Estado a través de la Administración Pública, se convierta en un instrumento fundamental de desarrollo económico y social. 1.4 El Qué y Cómo de la Administración Pública El que hacer de la Administración Pública está ligado a su fin específico, satisfacer las necesidades más imperiosas y exigentes de toda sociedad: seguridad, justicia, salud pública, educación, vivienda digna, empleo, comunicación, infraestructura, etc., y todas aquellas que son
  • 22. 18 inherentes al mundo civilizado con todas sus comodidades. La Administración Pública conlleva un compromiso de mejoramiento social en todos sus aspectos. La satisfacción de los interese colectivos por medio de la función administrativa se realiza fundamentalmente por el Estado a través de la Administración Pública, éste es ―el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales‖, esto entendido desde el punto de vista formal; desde el punto de vista material es ―la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión‖. El que nos interesa es el punto de vista formal, en este la Administración Pública, es la parte más importante de uno de los Poderes en los que se halla depositada la soberanía del Estado, es decir el Poder Ejecutivo. La interrogante en estos momento seria ¿Cómo logra la Administración Pública alcanzar todos sus fines u objetivos?, tratando de responder, podemos decir que en virtud de que la Administración Pública surge de la parte orgánica del Estado que tiene como función la parte administrativa, y conforme a la opinión de Miguel Galindo Camacho, en su libro Derecho Administrativo es: ―la actividad que realiza el Estado fundamentalmente a través del órgano Ejecutivo, bajo un orden jurídico de derecho público y que consiste en la creación de actos jurídicos subjetivos que crean, modifican, limitan o extingue situaciones jurídicas particulares y en la realización de actos materiales para cumplir con los fines cometidos que el hombre le ha asignado.20 Lo anterior puede entenderse como que la Administración Pública logra sus cometidos, mediante acciones de administración, dicho de otra forma, mediante actos administrativos que modifican o extinguen situaciones jurídicas particulares, mediante acciones que administración, llevando a cabo la prestación de servicios públicos, realizando las actividades de gobierno como: 20 Galindo Camacho Miguel. Derecho Administrativo. 2da. Edición. Editorial Porrúa. México. 1997. Pág. 59
  • 23. 19 otorgando permisos, expidiendo licencias, concesionando servicios, etc… y otras como expropiaciones, decomisos y similares, las cuales para llevarse a cabo es necesario la existencia de los ordenamientos correspondientes que determinen la naturaleza jurídica, la forma de realización y los órganos competente que la deban realizar. Generalmente la Administración Pública es equivalente a gobierno, entendido este como la acción general de dirigir o gestionar los negocios públicos, del mismo modo, identificamos a la Administración Pública como la acción que, bajo la actividad de gobierno, provee a la inmediata satisfacción de las necesidades públicas y más comúnmente, como una de las actividades funcionales del Estado, que se propone la satisfacción de las necesidades colectivas mediante actos concretos y bajo un orden jurídico propio del Estado que se trate. Los límites de la Administración Pública son imprecisos ya que ni todo el conjunto de organizaciones estatales que realizan la función administrativa del Estado, logran delimitarla. Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata. Está integrada principalmente por el poder ejecutivo y los organismos que dependen de éste. Por excepción, algunas dependencias del Poder Ejecutivo no integran la noción de "administración pública" —como las empresas estatales—, a la vez que pueden existir áreas de "administración pública" en los otros dos poderes o en organismos estatales que no dependan de ninguno. La Administración Pública, tiene potestad sobre los bienes del Estado para administrarlos y suministrarlos de forma inmediata y permanente, siempre y cuando estén destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general; dicha atribución tiende a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos emitidos exprofeso.
  • 24. 20 Una de las principales funciones, que mayor exigencia tiene, es el adecuado ejercicio de los recursos públicos del Gobierno, con un enfoque preventivo que fomenta una administración eficiente, eficaz, transparente y honesta, a través de mecanismos de control, supervisión permanente y valuación de la gestión pública en beneficio de la sociedad. Comprendiendo el criterio formal y material, la función administrativa es la actividad que normalmente corresponde al poder ejecutivo, se realiza bajo el orden jurídico y limita sus efectos a los actos jurídicos concretos o particulares y a los actos materiales, que tienen por finalidad la prestación de un servicio público o la realización de las demás actividades que le corresponden en sus relaciones con otros entes públicos o con los particulares regulados por el interés general y bajo un régimen de política o control La importante actividad que corresponde a la función administrativa es encausada por el derecho administrativo, que forma el conjunto de normas que rigen a la administración pública, a los servidores públicos, a las demás actividades que corresponden normalmente al Poder Ejecutivo, se integra con los órganos a los que encomienda la función administrativa que se resuelve en conjunto de los actos administrativos de connotación y alcance jurídicos variados. La función administrativa consiste en tomar decisiones particulares, creadoras de situaciones jurídicas concretas, bajo la forma de actos subjetivos que se encaminan a satisfacer el interés público, mediante actos jurídicos que fijan los derechos y obligaciones respectivas de las personas jurídicas y los particulares, y realizar la masa de operaciones, tanto materiales como intelectuales que exige la satisfacción y el interés en general‖. Por otro lado desde el punto de vista material, el poder ejecutivo y el poder judicial realizan en casos concretos y específicos, actos que por su propia naturaleza son actos administrativos, estos actos, tienen por objeto crear, transmitir, reconocer, declarar, modificar o extinguir, una situación jurídica concreta para la satisfacción del interés general. Para ejercicio de la función materialmente administrativa, la Administración Pública está conformada por el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa u
  • 25. 21 de gestión del Estado y de otros entes públicos, que cuenta con personalidad jurídica, sea ésta de ámbito nacional, estatal o regional. La administración pública cumple sus objetivos mediante las diversas dependencias pública que la integran, cada una de éstas fueron creadas con un propósito específico, y destinan sus esfuerzos en cubrir cada una de las demandas de la sociedad, estamos hablando de las Secretarías de Estado, que conforman la administración pública centralizada; sin embargo, para el pleno cumplimiento de sus funciones, tiene a su cargo la planeación, administración y ejercicio del gasto público, para lo cual es necesario allegarse de terceros que coadyuven en las tareas encomendadas, es decir de proveedores, prestadores de servicios, contratistas, esto es, de terceros. El cómo realiza el ejercicio del gasto público el Estado, mediante lo que comúnmente llamamos compras y contrataciones públicas, éstas constituyen un factor clave para que las instituciones estatales puedan cumplir con sus importantes misiones —educación, salud, justicia, defensa, etc.— Por esta razón, y dada la gran incidencia que las compras públicas tienen en el gasto del Estado, resulta crucial que se promueva la transparencia en esos procedimientos, no sólo para investigar y sancionar eventuales hechos de corrupción sino también, y fundamentalmente, para prevenir que esos hechos sucedan. Así, se optimiza el gasto y se utilizan más eficientemente los recursos de los ciudadanos. Qué y cómo compra la Administración Pública, respondiendo al ¿Qué?, la Administración Pública debe de allegarse de todos aquellos bienes materiales, muebles e inmuebles que le permitan cumplir los objetivos propuestos, estos bienes van desde lo más insignificante que puede representar un clip, hasta las grandes maquinarias que permitan la transformación y extracción del petróleo, por citar algo. ¿Cómo realiza la Administración Pública las contrataciones? Por medio de procesos y modalidades previamente establecidos en un marco jurídico que le es aplicable, temas que abordaremos en los siguientes puntos.
  • 26. 22 1.5 Tipo de Contrataciones de la Administración Pública La administración pública canaliza su personalidad Jurídica a través de dos vías: a) mediante actos de derecho público, es decir, investida de autoridad, ejercitando su poder de imperio, y b) mediante mecanismos o instrumentos de derecho privado, como sujeto de derecho, en situación de concurrencia con los demás sujetos del ordenamiento. Es mediante esta vía que la administración hace uso de la figura contractual. Algunos juristas ubican dentro del derecho público, los convenios y contratos que el Estado ejecuta en el cumplimiento de sus funciones, es por medio de éstos, que efectúa acciones que lo habilitan para cumplir con sus atribuciones; los convenios y contratos que celebra el Estado a través de la administración pública, le permiten entablar una relación, que resulta indispensable con los particulares, ya que necesita de éstos para tener a su alcance todos los bienes y servicios que requiere. Consecuentemente es aceptable decir, que existen contratos públicos en los cuales, al menos una de las partes es la Administración Pública, actuando como tal, sometida a un régimen jurídico, en el que el contratante se coloca en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración Pública. En todo contrato público o también llamados contratos administrativos, tiene que participar por lo menos un órgano estatal en ejercicio de la función contractual administrativa. La competencia del Estado y propiamente la de la Administración Pública, se regula por leyes constitucionales y administrativas las cuales prescriben requisitos de forma y solemnidades especiales distintas de las que exigen las leyes civiles, independientemente de esto, es dable considerar otra clasificación que, parte de tomar en cuenta el ámbito de aplicación y la personalidad con la que actúe la Administración Pública, en este sentido, los contratos administrativos pueden catalogarse como de derecho público en contratos de: ejecución de obra; ejecución de servicios públicos; suministros; consultoría, de asistencia o servicios y los relacionados con trabajos específicos y concretos inherentes a las atribuciones del Estado.
  • 27. 23 Por otra parte tenemos los contratos privados, que son aquellos en que las partes intervinientes persiguen intereses meramente particulares y se mantienen en situación de igualdad respecto a los derechos y obligaciones recíprocos que nacen del contrato. Tales contratos privados, están regulados, con carácter general, por el derecho civil y, con carácter especial, por el Derecho mercantil y el Derecho laboral. Junto a los contratos privados, completan el marco jurídico contractual los llamados contratos administrativos, a los que, por intervenir como sujeto del contrato una Administración Pública e incidir determinadas circunstancias directamente relacionadas con la satisfacción de necesidades de carácter público, se les otorga una regulación específica sujeta al derecho administrativo. Existen clasificaciones de los contratos administrativos, como la que propone el Magistrado del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, Miguel Noé Zenteno Orantes,21 quien los clasifica en: Contratos administrativos típicos: que son aquellos cuyo objeto directo, conjunta o separadamente, realizan la ejecución de:  Obras públicas. (Contratos de Obra Pública)  Gestión de servicios públicos. (Contratos de adquisición y servicios)  Suministros. (Contratos de Suministros)  Consultoría y asistencia de servicios y trabajos específicos. Y los contratos administrativos que se encuentran regulados por la legislación administrativa, y aparecen en el momento en que la Administración Pública realiza algún acto jurídico de los que por la propia obligación legal regula, estos pueden ser:  Contratos de Compraventa  Contratos de Arrendamiento  Contrato de Suministros  Contratos de Comodato y Donación 21 www.tjeachiapas.gob.mx/documentos/clasificacion_contrato.pdf, (Fecha de consulta: 15 de octubre 2013).
  • 28. 24  Contratos de Prestación de Servicios Profesionales  Contratos de Riesgo  Contrato de Subsidio  Contrato de Obra  Contrato de Concesión Dado los múltiples y complicados fines que persigue el Estado, éste se ve obligado a la celebración de numerosos actos jurídicos que caen dentro del derecho público o del derecho privado, por medio de los cuales solicita la colaboración de los particulares y los de otros entes públicos, aun imponiendo determinadas prestaciones personales obligatorias para hacer más eficiente la acción de la Administración Pública. En virtud de la libertad y soberanía de que gozan cada una de las Entidades Federativas, es que, en lo que a normas en materia de contratos administrativos se refiere, ésta admite una gran diversidad de ordenamientos jurídicos al interior de cada régimen, Jorge Fernández y José A. Herrera22 , identifican dentro del ordenamiento jurídico local del Estado de Guerrero, cuatro típicos contratos administrativos: 1) Contratos de obras públicas. 2) Contratos de adquisiciones de bienes muebles e inmuebles. 3) Contratos de arrendamientos de bienes muebles e inmuebles. 4) Contratos de servicios relativos a bienes muebles e inmuebles. Dentro del régimen reglamentario de la Entidad Veracruzana, de manera expresa no se encuentra una clasificación de los contratos administrativos, tan clara como en el caso del Estado Guerrero, sin embargo, de la ley que reglamenta las contrataciones de bienes muebles, así como la de obras públicas, se puede inferir que, para que la Administración Pública del Estado de Veracruz, ejerza la actividad contractual, recurre a la celebración de contratos de compraventa, de servicios, de arrendamientos, de riesgos (como lo son la contratación de seguros), de obra 22 Fernández Ruiz Jorge-Herrara García, Teoría y Praxis de la Contratación Administrativa, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2004, Pág. 105
  • 29. 25 pública y de servicios relacionados con la obra pública. Otro tipo actos jurídicos que realiza la Administración pública son la donación y el comodato, éstos se formalizan conforme a las disposiciones que para estas figuras jurídicas, establece el Código Civil Federal. Contratos que algunos autores como Fraga los consideran del ámbito del derecho civil. 1.6 Naturaleza de las Contrataciones que Realiza la Administración Pública Debe tenerse en cuenta, que los contratos que celebra la Administración Pública con la finalidad de obtener los bienes o servicios necesarios para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones, tienen una naturaleza muy característica en razón de que, en ellos una de las partes contratantes es el Estado, ya que la competencia de la administración y de sus agentes se regula por leyes constitucionales y administrativas, las que además prescriben requisitos de forma y solemnidades especiales distintas a las que exigen las leyes civiles; siendo las mismas leyes de la Administración, las que imponen a ésta serias restricciones en cuanto a los objetos que pueden ser materia de contratación. Cierto es, que no basta que el Estado intervenga para que se califique la naturaleza jurídica del contrato, se debe buscar otros elementos que sirvan para distinguir las dos principales categorías en que generalmente la doctrina clasifica a los contratos que celebra el Estado. En razón de lo anterior, Fraga expone que: ―La existencia de una categoría especial de contratos, los administrativos, sólo puede justificarse por la circunstancia de que ellos están sujetos a un régimen jurídico exorbitante del constituido por el derecho civil‖23 . Con esta afirmación el autor nos muestra un criterio que sirve para distinguir entre las dos categorías de contratos que puede celebrar la Administración Pública: los civiles y los administrativos; los primeros, sujetos al régimen del derecho civil aplicable a las relaciones privadas, en los que la administración pública actúa como simple persona jurídica, y los segundos, sujetos a un régimen jurídico diferente, pero en los que la Administración obra como Poder. 23 Fraga Gabino, Derecho Administrativo, Editorial Porrúa, México, 2003, Pág. 397
  • 30. 26 Al mismo tiempo, este criterio puede llevar a suponer que, los contratos administrativos a diferencia de los de carácter civil, existe de una desigualdad jurídica de las partes contratantes. Existen otros criterios que ayudan a distinguir los contratos administrativos de los contratos civiles, algunos de estos son: el criterio objetivo; el criterio relativo a la jurisdicción de los tribunales; el criterio de las clausulas exorbitantes y el criterio del régimen a que están sujetos los contratos administrativos 24 . A continuación se describirán a grandes rasgos, los que se han considerado de mayor relevancia para efectos de este trabajo. El criterio objetivo, establece que para que un contrato pueda considerarse como administrativo, debe atender al interés público, es decir, que satisfaga una necesidad colectiva, lo que lo llevará a identificarse con el servicio y la utilidad pública, ya que es mediante el servicio público, que el contrato ejecutado por un particular respecto de un servicio público, se reviste de naturaleza administrativa. Sin embargo, no hay que perder de vista que el concepto utilidad pública, puede resultar ser muy subjetivo. El criterio relativo a la jurisdicción de los tribunales, en México, los contratos de obra pública, son los únicos cuya interpretación y cumplimiento corresponde a algún tribunal administrativo, como el Tribunal Fiscal de la Federación. Este criterio no se considera suficiente para determinar la naturaleza de los contratos administrativos que celebra el Estado y mucho menos para usarse de distintivo, ya que existen muchos casos de contratos entre particulares que al motivar controversia, compete a tribunales federales. El criterio de las cláusulas exorbitantes, para abordar este criterio, en primer lugar, existe la necesidad de definir que son las cláusulas exorbitantes, sobre éstas Georges Vedel, dice que son: ―estipulaciones cuyo objeto es conferir a las partes derechos u obligaciones ajenos por su naturaleza a aquellos que son susceptibles de ser libremente consentidos por una persona en el marco de las leyes civiles o comerciales‖25 . 24 Martínez Morales Rafael, Diccionario Jurídico General Tomo 1, IURE editores, México, 2006. 25 Idem. Pág. 11
  • 31. 27 Esto lleva a que las ventajas siempre son para el Estado, lo que rompe el principio de igualdad de las partes, que es fundamental en el derecho privado y que en éste daría lugar a la ilicitud o nulidad del contrato. El criterio del régimen a que están sujetos los contratos administrativos, se refiere a los dos grandes rubros, 1) el derecho privado, y 2) el derecho público, en el primero se considera que, en virtud de que la administración Pública en nombre de la Federación puede realizar todo tipo de contratos, estos podrán ser regulados por normas de derecho privado, ya sean éstas civiles o mercantiles. En cuanto al derecho público, el Estado debe respetar la normatividad, es decir, la actividad contractual que este ejerce se encuentra sujeta al régimen del derecho público, con estricto apego a todas las disposiciones que se encuentren relacionadas con la materia específica en la que se quiera celebrar un contrato. 1.7 Procedimientos de Contratación de la Administración Pública Desde el punto de vista doctrinal, la selección del procedimiento de contratación va a depender del régimen del derecho administrativo al que se encuentre sujeto la Administración Pública de la Entidad; es decir, si el régimen jurídico establece que para la celebración de los contratos administrativos, deberá ser requisito formal y obligatorio que los contratos se encuentren precedidos de un procedimiento específico, y que de no llevarse a cabo, daría lugar a la nulidad absoluta del contrato celebrado. Tomando en cuenta lo anterior, Lucero Espinosa, hace la distinción de dos tipos sistemas para la selección del contratante de la Administración, siendo estos: el sistema de libre elección y el sistema de restricción. En el sistema de libre elección del contratante consiste en: la facultad que tienen los órganos administrativos para elegir, en forma directa y discrecional a la persona con la cual van a contratar, sin sujetarse a procedimiento especial alguno. Doctrinalmente se ha considera que este sistema constituye la regla general de la actividad
  • 32. 28 contractual de la Administración Pública, tal sistema es el que prevalece en nuestro sistema jurídico, en virtud de que partiendo de la base constitucional del artículo 134, se puede observar que el sistema restrictivo sólo opera tratándose de las materias que ahí se prevén…‖26 El sistema de restricción, desarrolla lo siguiente: ―Los sistemas de restricción limitan la libertad de los órganos administrativos para seleccionar a su cocontratante, ya que deben realizarlo a través de un procedimiento especial. Estos sistemas constituyen una excepción al sistema de libre elección, puesto que sólo son obligatorios cuando la norma jurídica los establece. Tal obligatoriedad es de vital importancia para la validez del contrato a celebrarse, pues su incumplimiento trae consigo la nulidad de dicho contrato e inclusive acarrea responsabilidades administrativas para los servidores públicos que hayan participado en tal irregularidad.‖27 Los sistemas jurídicos, contemplan diversos procedimientos que resultan restrictivos para la selección del contratante de la Administración Pública, así lo considera Lucero Espinosa, e identifica como procedimientos restrictivos: la licitación, en sus diferentes tipos: a) pública; b) privada, y c) licitación restringida, también existen: la contratación directa, el remate o subasta y el concurso28 . Algo semejante a esta clasificación contempla, el régimen jurídico federal, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas, establecen como regla general la licitación pública y como excepciones a ésta: la invitación a cuando menos tres personas, –que algunos juristas la identifican también como licitación privada–, y la adjudicación directa. Concepto de Licitación La locución ―licitación‖, puede ser definida desde diferentes puntos de vista, partiendo de su 26 Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública, Editorial Porrúa, México, 2004, Págs. 3-4 27 Idem, Pág. 5 28 Idem.
  • 33. 29 origen, es decir, etimológicamente, desde el ámbito del derecho administrativo y jurídicamente hablando. El significado etimológico y gramatical de la palabra licitación, deriva de la voz latina licitatione, que es un ablativo de licititatio-onis, que significa ―venta en subasta‖, y gramaticalmente, consiste en la acción de licitar, palabra que es un verbo transitivo que quiere decir ―ofrecer precio por una cosa en subasta o almoneda‖29 . Otra percepción del vocablo la ofrece Kathia Volio Cordero, en su ensayo ―los principios de la contratación administrativa…‖ ella cita el concepto que desde el punto de vista etimológico de la palabra licitación, desarrolla José Antonio Solera Víquez, el cual dice: El concepto de licitación proviene del Derecho Romano, dado que en latín ―oferta‖ se dice ―licitatio‖ y de ahí se derivan ―licitationis‖ y ―licitare‖. Para los romanos, la modalidad de la subasta era muy comúnmente usada en sus mercados, que consistía en una solicitud pública de un bien, vendido al mejor postor, dadas unas ciertas condiciones básicas. Hoy día el concepto de remate o subasta no nos es ajeno, pues se sigue usando en el campo privado y en la esfera judicial. Precisamente la licitación obedece en mucho a esa modalidad, pues el Estado, para proveerse de bienes y servicios, establece unas bases o condiciones que debe reunir el producto deseado y trata por los medios posibles de interesar al mayor número de participantes. En ese sentido el Estado no es oferente, más bien pide ofertas [...]30 Aquí no solo se puede apreciar el origen del vocablo, sino también, agrandes rasgos el desarrollo, avance y el papel que éste representa para el Estado. La descripción del uso que los Romanos tenían de la palabra subasta, sigue vigente dentro del derecho civil, ya que, de acuerdo con el Diccionario Jurídico General, en material civil y procesal, la licitación está definida como: 1. Subasta. 2 Venta al mejor postor, en un acto judicial 29 Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública. Editorial Porrúa. México. 2004. 30 Solera Víquez José Antonio, El Cartel de la Licitación. Editorial Investigaciones Jurídicas S.A., pág. 16…(citado por Kathia Volio Cordero en Revista Jurídica de Seguridad Social, Los Principios de la Contratación Administrativa, pág,15
  • 34. 30 o extrajudicial al que se convoca públicamente.31 Por otro lado, en el contexto jurídico – administrativo moderno, debe entenderse a la licitación, como el procedimiento administrativo desarrollado en un régimen de competencia o contienda de oferentes, que tienen interés en que se les adjudique un contrato, con el cual, la Administración Pública pueda obtener las mejores condiciones para el interés público; la licitación es un elemento que se ubica dentro de los contratos administrativos como un mecanismo de control del gasto que realizan los entes públicos. El jurista argentino Agustín Gordillo, opina que ―la licitación es un procedimiento administrativo cuya finalidad es seleccionar en concurrencia a la mejor oferta para celebrar un contrato; constituye un pedido de ofertas efectuado en general al público o cualquier empresa inscrita en un registro creado al efecto‖32 , Esta definición, deja en claro que la licitación, es un requisito sin el cual no podrá llevarse a cabo la celebración del contrato administrativo, ya que, tanto la licitación como el contrato, se encuentran interrelacionados, por ser la primera requisito del segundo. Bajo el mismo contexto jurídico – administrativo, Lucero Espinosa 33 considera a la licitación como un procedimiento administrativo por el cual la Administración Pública elige como su cocontratante a la persona, física o jurídica que le ofrece las condiciones más convenientes para el Estado. 1.8 Gobierno Electrónico y Contrataciones Electrónicas en la Administración Pública. El Gobierno Electrónico se refiere a los procesos y las estructuras creadas y diseñadas para la oferta de los servicios gubernamentales, depende funcionalmente de muchas aristas o ramificaciones como el compromiso con los servidores públicos, la dinámica política, las funciones parlamentarias y judiciales; se requiere que el gobierno tenga apertura a un modelo de 31 Morales Martínez Rafael, Diccionario Jurídico General Tomo 2, IURE editores, México 2006, pág.766 32 Gordillo Agustín, Después de la Reforma del Estado, Editorial Buenos Aires, Argentina, 2000. 33 Lucero Espinosa Manuel, La Licitación Pública, Editorial Porrúa, México, 2004, Pág. 8
  • 35. 31 prestación de servicios bastante complejo en el que interactúan los tres niveles de gobierno‖. El Gobierno Electrónico representa fundamentalmente el empleo del internet y las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para conseguir una mejor administración del gobierno mediante la transparencia y el acceso público a la información reforzando la asociación fundamental entre el sector púbico y los ciudadanos, también fomenta una participación más amplia de los ciudadanos en el proceso y la gestión de los gobiernos. Puesto que la transparencia es un arma más eficaz contra la corrupción. TIC´S, se definen desde su inicio como instrumentos y procesos utilizados para recuperar, almacenar, organizar, manejar, producir, presentar e intercambiar información por medios electrónicos y automáticos, las TIC son aquellas tecnologías que permiten transmitir, procesar y difundir información de manera instantánea. Son considerados la base para reducir la brecha digital sobre la que se tiene que construir una sociedad de la información y una economía de conocimiento. Ahora bien, podemos definir al Gobierno Electrónico como la aplicación en el sector público de tecnologías de la información y la comunicación, de cambios organizacionales y de nuevas competencias con vista a mejorar los servicios públicos, los procesos democráticos y a reforzar las bases de la política pública. Fue a finales de los años noventa cuando se empezó a utilizar el Gobierno Electrónico también llamado gobierno-e, este nombre es la traducción de electronic governmen y que en su contradicción en inglés es e-government; esta tecnología consistió en modernizar, simplificar y desconcentrar los procesos y trámites administrativos mediante la tecnologías de la información y la comunicación (TIC´S); lo anterior con la finalidad de brindar un servicio más ágil al trabajador. Algunos de los objetivos que persigue son: garantizar mayor transparencia y facilitar la comunicación en la gestión pública. Entre las principales herramientas utilizadas se encuentran los portales electrónicos y páginas web, que son ya de uso generalizado diversos países del
  • 36. 32 mundo. La inclusión de TIC´S en la gestión pública, surge en el marco de la teoría de la Nueva Gestión Pública, que postula la necesidad de mayor flexibilidad en el actuar público para dar mejor respuesta a las situaciones complejas a las que se enfrenta la administración pública. Otras cuestiones de relevancia son la emisión de una imagen de modernidad, transparencia y fortalecimiento de sus relaciones con el ciudadano. Para poder entender mejor que es el Gobierno Electrónico, este trabajo está apoyado en algunas definiciones hechas por algunas de las instituciones más importantes del mundo y principales fomentadoras del desarrollo de Gobierno Electrónico: Banco Mundial: El uso de tecnologías de información por parte de las instituciones gubernamentales, como las redes, internet y la informática móvil, posen el potencial para transformar las relaciones con los ciudadanos, empresas y otras instituciones gubernamentales con el fin de mejorar la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos, promover la interacción con las empresas e industrias, fortalecer la participación ciudadana a través del acceso a la información. 34 Microsotf Corporation: Un servicio público electrónico e integrado es un punto único de acceso 7 días a la semana 24 horas al día, tratando al ciudadano con calidad ofreciéndole servicios personalizados creando un forma más participativa de gobierno, accediendo a los servicios desde cualquier parte y desde cualquier lugar. 35 Teniendo más claro la forma en que se debe desarrollar el gobierno electrónico apoyado en las definiciones de las instituciones creadoras de tal, el siguiente paso es diferenciar los distintos ámbitos de acción en el gobierno electrónico. 34 Banco Mundial (2014, enero 27) http://worldbank.org/publicsector/egov/definition.htm 35 http://gcn.com/Articles/2002/05/15/DOD-class-pinpoints-egov-definition.aspx. (Fecha de Consulta 2014, Enero 27)
  • 37. 33 Tipos de Gobierno Electrónico No se podrá generalizar al gobierno electrónico ya que cada una de sus artes tienen diferentes características y también la necesidad de cada sector al cual están dirigidos, aunque pareciera que pueden ser iguales, por ello el gobierno electrónico se desarrolla principalmente sobre cuatro relaciones principalmente: Ciudadanos, Empresas, El Estado y Empleados de Gobierno36 . G2C Gobierno a Ciudadano Este tipo de Gobierno Electrónico se encuentran contemplados las iniciativas destinas a entregar servicios administrativos, de información y transacción a los ciudadanos por parte del Estado. Los principales beneficiados en este tipo de Gobierno Electrónico tienen relación con los potenciales de ahorro en tiempo y dinero, utilizados por los ciudadanos al desplazarse a las oficinas públicas y hacer largas colas de espera que ya no hace debido a estos nuevos canales de comunicación. A estos nuevos servicios se les debe considerar más flexibles, más cómodos y con la ventaja de tener la información actualizada en cualquier momento. Algunas de las operaciones más comunes en este tipo de Gobierno Electrónico son las siguientes:  Declaración, notificación y pago de impuestos.  Servicios de búsqueda de empleo  Consulta e impresión de documentos personales (CURP, Actas de Nacimiento, Permisos de Conducir, etc.)  Registro de Vehículos (Nuevos, Usados e importados).  Acceso a Bibliotecas Públicas Digitales. G2B. Gobierno a Negocio o Empresa Este tipo de contempla las iniciativas destinadas a entregar productos y servicios administrativos, de información y transacción a las empresas por parte del estado. Los principales beneficiados 36 ONU, “Benchmarking E-government: A Global Perspective; Assessing the Progress of the UN Menber States”: New York.
  • 38. 34 son parecidos a los que se obtienen con el G2C, n relación con el ahorro de tiempo, dinero y flexibilidad en la obtención de información; pero en este caso es necesario destacar que el uso del Gobierno Electrónico tipo G2B puede ser de mayor importancia para el Estado. Le permite al Estado ahorrar recursos económicos en cuestión administrativa, agilizar procesos de creación de empresas y dar una imagen de transparencia en la gestión. Las principales operaciones más comunes en este tipo de gobierno son las siguientes:  Pago de cuotas de la Seguridad Social de los Trabajadores.  Consultorías relacionadas con los derechos laborales.  Declaración, notificación y pago de impuestos propios de la actividad empresarial.  Inscripción de empresas (Altas, Traspasos y Bajas).  Solicitud de permisos y dictámenes de diferentes instituciones.  Compras y subastas públicas. G2E. Gobierno a Empleados En este tipo de gobierno electrónico consideran sistemas destinados a integrar servicios de desarrollo profesional y atención a las demandas de los recursos humanos del Estado, siendo estos la conexión entre gobierno y los empleados. Los beneficios son la eficiencia y rapidez de los trámites y procesos internos de las instituciones, así como la disminución en los costos de operación. También existen beneficios relacionados con la posibilidad de desarrollar procesos de capacitación a distancia así como la obtención de datos en lugares diferentes a la institución pública a través de tecnologías como el internet y tecnologías inalámbricas como GPS, GPRS y 3G las operaciones más comunes en este tipo de gobierno son:  Capacitación a empleados públicos.  Difusión de beneficios, lista de directorios, reglamentos internos y servicios informativos.  Intercambio de información entre instituciones gubernamentales.
  • 39. 35  Oferta de vacantes, diplomados, becas y plazas. G2G. Gobierno a Gobierno En este tipo de gobierno electrónico se encuentran las tecnologías necesarias para satisfacer los requerimientos de intercomunicación entre las distintas instituciones. Estas tecnologías muchas veces implican definir un marco de políticas, especificaciones y directrices en las instituciones públicas de forma que pueda garantizar el funcionamiento y la compatibilidad entre los sistemas, plataformas y base de datos. El principal beneficio de este tipo de gobierno electrónico tiene que ver con la estandarización de los procesos en las diferentes instituciones y su disponibilidad de acceder a la información desde cualquier punto de donde se tenga conexión a internet. También se tiene acceso a datos e información que las instituciones han acumulado y que en la actualidad su acceso a quienes la requiere significa superar barreras de trámites y burocracia. Las operaciones más comunes en este tipo de gobierno electrónico son:  Traspaso de información y servicios electrónicos, a través de bases de datos compartidas.  Planificación de actividades y metas  Adquisiciones gubernamentales Dentro de este último rubro, se encuentran las contrataciones electrónicas, que amplían la relación de gobierno a gobierno, no limitándose a proporcionar información, sino interactuando directamente con terceros. Contratación Electrónica La expresión Contratación Pública Electrónica, designa la utilización de medios electrónicos en el tratamiento de las operaciones y en la comunicación por parte de las instituciones gubernamentales y demás organismos del sector público a la hora de adquirir o contratar bienes y servicios o licitar obras públicas.
  • 40. 36 La Contratación Electrónica, es un término general utilizado para designar la sustitución de los procedimientos basados en soporte de papel por el tratamiento y la comunicación mediante TIC a lo largo de toda la cadena de contratación pública. Supone la introducción de procedimientos electrónicos para sustentar las distintas fases del proceso de contratación, es decir, publicación de los anuncios de licitación, suministro del pliego de condiciones, presentación de ofertas, evaluación, adjudicación, pedido, facturación y pago.37 La trascendencia de la implantación de este tipo de contrataciones, no solo se basa en el hecho de pasar de un sistema basado en el soporte de papel a otro que se sirve de las comunicaciones electrónicas para la ejecución de los procedimientos de contratación pública. La contratación electrónica puede aportar considerables mejoras en materia de eficiencia de las adquisiciones, gestión global de la contratación pública y funcionamiento de los mercados en el ámbito de los contratos estatales. La introducción gradual de la contratación electrónica se inscribe en el ambicioso programa de Administración electrónica que puede transformar radicalmente el funcionamiento de la Administración Pública. Actualmente numerosos son los países que cuentan con plataformas de contratación electrónica sólidamente implantadas que operan con éxito, el siguiente cuadro muestra algunos de estos países Cuadro 1. Países que cuentan con portales para informar o realizar contrataciones 37 Tomado del Libro Verde sobre la generalización del recurso a la contratación pública electrónica en la Unión Europea. Buselas. 2010. Pg.
  • 41. 37 Objetivos del Gobierno Electrónico Para poder lograr un buen desarrollo de gobierno electrónico es necesario desde un principio de cada etapa, tener en claro los objetivos finales que se deseen obtener gracias a los diferentes tipos de proyectos, por ello cabe mencionar los tres principales objetivos del gobierno electrónico y de
  • 42. 38 estos parten las necesidades de cada uno de los sectores al cual será dirigido dicho proyecto.38 Atención al Ciudadano Este objetivo considera al establecimiento de nuevas formas de relacionarse entre el gobierno y los ciudadanos que permita brindar al Estado sus servicios en forma, eficaz, eficiente y con independencia de las variables de tiempo y espacio. Usando las tecnologías de la información progresivamente en las actividades públicas. El principal objetivo es fomentar y promover el acceso a los servicios e informaciones gubernamentales por parte de los ciudadanos. Buen Gobierno Este objetivo busca la integración de los diferentes procesos de as instituciones en los sistemas de información de los diferentes servicios compartiendo recursos mejorando la gestión interna en las instituciones públicas. Esto a través del rediseño y simplificación de procesos apoyados en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, desarrollando programas continuos de enseñanza y capacitación. Aquí se dispone de sistemas de información que apoyen funciones internas para facilitar y promover el flujo de información en la institución, integrando las actividades públicas para el otorgamiento de servicios unificados. Desarrollo y fortalecimiento de la democracia. Este objetivo supone la creación de mecanismos que permiten al ciudadano jugar un rol activo en el quehacer del país, abriendo nuevos espacios, y formas de participación ciudadana. Para ello se deben considerar cuatro factores importantes:  Facilitar a la ciudadanía el acceso a la información,  Considerar sus opiniones y sugerencias, a través del buzón electrónico.  Crear instituciones de participación ciudadana y transparencia de los recursos públicos.  Desarrollo de sistemas web informativos de fácil acceso y comprensivos. 38 Banco Interamericano de Desarrollo 2012 http://www.iadb.org/sds/itdev/doc/manual_gobes.pdf.
  • 43. Capítulo 2 Gobierno-e en la Administración Pública del País (México) La estrategia del Gobierno Digital tiene como objetivo aprovechar al máximo el uso de las tecnologías de información y de comunicaciones en el funcionamiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para agilizar los trámites que realizan los ciudadanos, coadyuvar a transparentar la función pública, elevar la calidad de los servicios gubernamentales y, en su caso, detectar con oportunidad prácticas de corrupción al interior de las instituciones públicas. Antecedentes En México la instrumentación del gobierno-e tiene sus primeros antecedentes durante la década de los setentas, por parte de Petróleos Mexicanos (PEMEX), la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Nacional Financiera (NAFIN), en el uso de los servicios de cómputo electrónico proporcionados por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Posteriormente el uso de computadoras se fue extendiendo a otras dependencias de la Administración Pública Federal (APF) (López, 1998). En esa misma década también aparecieron organismos como el Comité de Autoridades de Informática de la Administración Pública (CAIAPF)1 creado en 1971, que era un órgano colegiado conformado por los directores de las unidades de informática de las dependencias de la Administración Pública Federal y el Comité de Informática de la Administración Pública Estatal y Municipal (CIAPEM) creado en 1978. Aunque existían estos organismos, no había cooperación sino una diversidad de esfuerzos individuales. El Plan Nacional de Desarrollo 1995–2000 dio origen al Programa de Modernización2 de la Administración Pública coordinado por la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, actualmente Secretaría de la Función Pública y el Programa de Desarrollo Informático coordinado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). 1 El nombre original era Comité Técnico Consultivo de Unidades de Informática de la Administración Pública Federal. 2 En diciembre de 1994 la Presidencia de la República lanzó la primera página de Internet del gobierno federal.
  • 44. 40 Este programa inició proyectos informáticos nacionales con carácter interinstitucional –que por su naturaleza- fueran estratégicos para la modernización de los servicios públicos, entre los que destacan, la Red Escolar de Informática Educativa, la Red Satelital de Televisión Educativa (EDUSAT) y el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNet. Desarrollo Partamos del Periodo de la administración de Ernesto Zedillo Ponce de León (1995-2000), durante éste, se impulsó el Programa de Modernización de la Administración Pública (PROMAP), este proponía la transformación de la Administración Pública Federal por medio de: desarrollo técnico y metodológico, consultoría, capacitación y difusión. En atención a lo anterior, se estableció la Unidad de Servicios Electrónicos Gubernamentales, que tenía a su cargo la responsabilidad de aprovechar el potencial que brindaba la tecnología informática y de comunicaciones para poner en operación sistemas electrónicos que mejoraran la atención a los ciudadanos, y promovieran la prestación de mejores servicios públicos. Dicha Unidad impulsó los procesos de: diseño de servicios; desarrollo y mantenimiento de aplicaciones; Operación de servicios electrónicos; Certificación de medios de identificación electrónica; y Promoción y difusión de los servicios. La Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, hoy Secretaría de la Función Pública puso en operación en 1996 diversos servicios electrónicos orientados a la ciudadanía, las empresas y al mismo gobierno. Los servicios principales fueron CompraNet, TramitaNet y DeclaraNet. Nuestro interés se encauzará sobre el Sistema CompraNet, toda vez que éste se enfoca en las contrataciones que realiza el gobierno, mismo que retomaremos más adelante. Por el momento continuaremos con el recorrido que el gobierno electrónico ha tenido en nuestro país. Durante la administración del Presidente Vicente Fox, el gobierno Digital3 se definió como: e-Gobierno, el cual era un componente del Sistema Nacional e-México, que promovía el uso 3 http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_mex_VIIG_bg_gd_sp.pdf. Fecha de consulta 30 de enero 2014
  • 45. 41 intensivo de sistemas digitales, en especial de internet, como la herramienta principal de trabajo de las unidades que conforman la Administración Pública Federal, a través de siete líneas de acción: 1. Instalación y aprovechamiento de infraestructura tecnológica gubernamental, uso intensivo de redes de intranet gubernamental e internet, para mantener integrada la actividad del sector público en todas las dependencias y entidades de la administración pública federal e imprimir mayor precisión y oportunidad a la gestión de los servidores públicos. 2. Promoción y aplicación de la administración del conocimiento y la colaboración digital , mediante sistemas y esquemas tecnológicos para adquirir, organizar y comunicar el conocimiento en la Administración Pública Federal en sus distintas etapas, tales como aprendizaje, colaboración, evaluación y toma de decisiones. Estas acciones han sido fundamentales para el pleno ejercicio y operación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. 3. Mejora y rediseño de procesos con tecnologías de información, para desarrollar, actualizar y consolidar los sistemas informáticos en las distintas áreas de la Administración Pública Federal, así como para facilitar la actualización informática de los procesos que operan las tareas adjetivas y sustantivas de las instituciones públicas. 4. Mayor cobertura de los servicios y trámites electrónicos (e Servicios) del Gobierno Federal, para ofrecer a la ciudadanía la oportunidad de acceder a éstos a través de medios electrónicos con seguridad y rapidez 5. Consolidación del Portal Ciudadano del Gobierno Federal, el cual se ha convertido en el eslabón para la creación de cadenas de valor y en un medio eficiente para la participación ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas. Con este portal la ciudadanía puede consultar a través de Internet toda la información sobre productos, servicios y trámites de la Administración Pública Federal; el portal representa a su vez un vínculo de comunicación e interacción entre el gobierno y la ciudadanía, las empresas del sector privado y entre las distintas instancias gubernamentales. 6. Ampliación de mecanismos como e-Democracia y participación ciudadana , para continuar aplicando y desarrollando esquemas tecnológicos de planeación, participación y atención a la población, así como espacios en línea que identifiquen y recojan los planteamientos,
  • 46. 42 problemas, necesidades y propuestas de la ciudadanía, facilitando su seguimiento mediante Sistemas de Administración de las Relaciones con Ciudadanos. 7. Promoción de políticas de información, comunicaciones y organización para el Gobierno Digital , dirigidas a conformar una red organizacional para la definición de planes rectores y políticas internas en materia de tecnologías de la información, que sean congruentes con las metas de innovación gubernamental, y coordinar las tareas para el desarrollo y consolidación de las acciones del Gobierno Digital en México. Para lograr estas acciones, en diciembre de 2005, se estableció la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo del Gobierno Electrónico, con la finalidad de apoyar las diversas iniciativas, proyectos y procesos gubernamentales. Uno de estos proyectos, fue e-Servicios y el Portal Ciudadano, el cual hasta julio de 2006, brindo acceso a la ciudadanía a 1876 trámites y servicios electrónicos y gubernamentales en línea, proporcionados mediante portales de internet, centros de atención telefónica, kioscos y ventanillas de atención. Los trámites y servicios con mayor demanda por parte de los ciudadanos fueron: IMSS desde su Empresa; Expediente clínico Electrónico del IMSS; ISSSTE; Portal www.micasa.gob.mx; Trámites Electrónicos para Exportadores e Importadores de BANCOMEXT; CFEmático; ChambaTel y ChambaNet y Programa de Vinculación del Portal Ciudadano del Gobierno Federal con los Portales de los Gobiernos Estatales. Se mejoraron y modernizaron programas de aplicación electrónica específica, como el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (CompreNet), el cual, para el 2006 tenía una cobertura de operación que comprendía todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las 32 entidades federativas y a 471 municipios del país. Del mismo modo, el Registro Único de Personas Acreditas (RUPA), su función era otorgar a los particulares un número de identificación único y confidencial para acreditar su personalidad jurídica ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para los casos en que la gestión de los trámites y servicios lo requiere. El Programa para la Expedición de Pasaportes, Matrículas Consulares y Visas, pionero en utilizar tecnología digital de punta que permitía garantizar altos niveles de seguridad y rapidez en sus procesos de emisión.
  • 47. 43 En el periodo de Felipe Calderón Hinojosa, dentro de sus principales ejes de acción se encontraba, hacer más eficiente la operación y el gasto de las dependencias y entidades federales. Dentro de su propuesta de trabajo, hizo hincapié en acciones prioritarias dirigidas a reducir el gasto que generan poco valor para la sociedad. Su propósito fue generar los ahorros que se requirieran para reasignar los recursos hacia los sectores que proporcionan mayores beneficios a los ciudadanos. Se trataba de avanzar en el uso racional y eficiente de los recursos, bajo criterios de austeridad, honestidad y disciplina, eliminando redundancias y duplicidades en las funciones que tenían que ver con las tecnologías de información y comunicaciones. En cuanto a la digitalización y mejora de procesos, trámites y servicios de alto impacto en la gestión pública, con el propósito de incrementar la eficiencia y eficacia gubernamental, se llevaron a cabo acciones para avanzar en la operación integral de los procesos, aplicaciones y datos en la prestación de bienes y servicios públicos para la atención de la ciudadanía, empresas, funcionarios públicos y dependencias y entidades, a través de los siguientes instrumentos:  El Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraNet, con la finalidad de aplicar mejoras a los procesos de contratación por medios electrónicos, la Secretaría de la Función Pública terminó en octubre de 2006 la implementación de la nueva versión del sistema, denominado CompraNet Plus. Con ello se incorporaron las unidades convocantes, para que todas realizaran sus procedimientos a través de esta versión. CompraNet Plus4 permite a las dependencias, entidades y a sus órganos de fiscalización, tener un mejor control en los procedimientos de contrataciones, y otorga, por vez primera, la posibilidad de hacer un seguimiento físico y financiero a la obra pública, con información derivada del mismo procedimiento de contratación y con la que proporcionen las unidades encargadas de la ejecución de los trabajos, incrementando la participación de los proveedores en los procedimientos de contratación por medios electrónicos. En junio de 2007, se concluyó el diseño de la interfase para la vinculación en línea del CompraNet de la Secretaría de la Función Pública (SFP), con los sistemas presupuestarios de la 4 http://calderon.presidencia.gob.mx/informe/primer/5.4_eficacia_y_eficiencia_gubernamental/index.html. Fecha de consulta 31 de Enero de 2014
  • 48. 44 Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Para finales de julio de 2007, este Sistema registró 15,478 licitaciones públicas, de las cuales el 51.8%, es decir, 8 015 se realizaron por vía electrónica, que representaron un incremento de 2.5% con relación al mismo lapso del año anterior. El monto de los recursos involucrados en estas licitaciones electrónicas ascendió a 157 463 millones de pesos, el cual significó el 88.5% del total de licitaciones registradas en ese periodo. Por un año más se continuó con la vinculación de los trámites federales por medios electrónicos con los estatales y municipales. Actualmente, están disponibles trámites y servicios federales en 18 estados, lo cual permitió: Que el ciudadano encuentre en Internet, a través del portal ciudadano www.gob.mx, los trámites y servicios de los tres niveles de gobierno: Federal, Estatal y Municipal. Que la ciudadanía tenga acceso a los trámites y servicios federales, estatales y municipales más utilizados, a través de múltiples canales como son: el Internet, los kioscos, los centros de atención telefónica y ventanillas electrónicas. Disminuir la comparecencia personal del ciudadano ante las oficinas de gobierno y generar ahorros en tiempo y costo de desplazamiento para los ciudadanos, en una misma ciudad o entre múltiples ciudades. Automatizar y consolidar los procesos de los trámites y servicios federales, estatales y municipales, disminuyendo así la intervención de funcionarios públicos, combatiendo de manera efectiva las posibilidades de corrupción y proporcionando transparencia al proceso completo. Otro programa fue el del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), que otorgaba a los particulares un número de identificación único y confidencial para acreditar su personalidad jurídica ante las dependencias y entidades de la APF. Actualmente, se cuenta con 172 ventanillas en 42 dependencias y organismos descentralizados del Gobierno Federal, además de 123 ventanillas instaladas en notarías y corredurías públicas. Al mes de agosto, 1 285 personas físicas y morales obtuvieron su número de identificación.
  • 49. 45 Se instaló la infraestructura tecnológica para la operación de la Firma Electrónica Avanzada (FEA) en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Secretaría de Economía (SE) y la SFP. Esto permitirá que las demás dependencias de la Administración Pública Federal usaran y reconocieran la Firma Electrónica Avanzada y la integraran a sus procesos. En ese momento existian más de 30 trámites y servicios electrónicos que utilizaban esa herramienta. Con el esquema denominado e5cinco, se fortaleció el pago de servicios por medios electrónicos para cubrir el importe de los derechos, productos y aprovechamientos a través de Internet y de ventanilla bancaria. México Digital En la Presente administración, la Estrategia Digital Nacional5 , propuesta por Lic. Enrique Peña Nieto, incorpora las tecnologías de la información y comunicación en el desarrollo del país, lo que contribuirá a alcanzar las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. La Estrategia Digital Nacional es el plan de acción que el Gobierno de la República ha implementado para los próximos cinco años con la finalidad de fomentar la adopción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. El propósito fundamental de la Estrategia es lograr un México Digital en el que la adopción y uso de las tecnologías maximicen su impacto económico y social en beneficio de la calidad de vida de todos los ciudadanos. El uso de las TIC que promueve la Estrategia, favorecerá la participación ciudadana mediante:  El acceso a datos abiertos con información pública del gobierno que resulte útil y valiosa para la seguridad ciudadana.  El acceso a canales de comunicación e interacción como redes sociales, blogs y wikis que permitan a la población convertirse en un actor más activo en el fortalecimiento de la cultura cívica y el seguimiento de la acción pública. 5 http://www.presidencia.gob.mx/edn/#metas-pnd
  • 50. 46  El acceso a la entrega de servicios públicos y trámites digitales, disponibles en todo momento y lugar, que acerquen al gobierno y al individuo.  La generación de mecanismos de denuncia ciudadana de actos negativos o conductas delictivas que vulneren la seguridad de la población. Se busaca la transformación gubernamental que lleve a la construcción de una nueva relación entre la sociedad y el gobierno, basada en la experiencia de los ciudadanos como usuarios de los servicios públicos. Esta relación se construirá a partir del uso y adopción de las TIC en el Gobierno de la República, entre las que destaca: la instrumentación de una política digital de gestión del territorio nacional para crear una política de TIC sustentable para la Administración Pública Federal. En esta línea de acción, la Presidencia de la República, ha mantenido el portal GOB.MX, mejor identificado como: portal ciudadano www.gob.mx, ventanilla única nacional digital en la que es posible encontrar todos los trámites y servicios las 24 horas del día, desde cualquier lugar y dispositivo. Permite acercar al ciudadano y al gobierno en función a sus necesidades e impulsar la articulación entre las instituciones gubernamentales. www.gob.mx, permite realizar los trámites y servicios sean personales o para la empresa6 , portales como estos, son diseñados para poner al alcance de todos los trámites y servicios en un solo punto, eliminando por completo las largas filas; logrando la reducción de gastos, ya que se recortan los tiempos de espera y traslado; ofreciendo total seguridad y protección de datos personales, y al estar al alcance de todos, fomentan la transparencia y la redición de cuentas. En general los portales electrónicos consideran cuatro niveles de digitalización: Etapa 1 Información. La primera etapa de los servicios online, presencia emergente de servicios, es aquella donde se proporciona información de manera limitada y básica sobre las políticas públicas, las leyes, los reglamentos, etc. Etapa 2 Descargar Formatos: La segunda etapa, presencia intensificada de servicios, es 6 http://www.gob.mx/avance fecha de consulta 30 de enero 2014