2. ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
• Propósito y objetivos
• El propósito de la red de vigilancia de
enfermedades transmisibles es
constituir un sistema de información
que apoye a la acción de salud pública
en la prevención y control de estos
problemas de salud
3. Detección
• Establecer un sistema de vigilancia (alerta temprana) y
respuesta basado en una evaluación exhaustiva del riesgo de
propagación de enfermedades transmisibles, como parte del
sistema general de información sobre salud.
• Capacitar a personal de salud y trabajadores de salud
comunitarios para que puedan detectar y notificar potenciales
brotes.
• Suministrar a la población información sencilla sobre los
síntomas de las enfermedades potencialmente epidemiógenas
e indicarle dónde podrá recibir asistencia.
4. CRITERIOS DE INCLUCION
• se incorporan a vigilancia las enfermedades que
cumplen los siguientes criterios:
• que ocasionen o puedan ocasionar, en ausencia de
intervención:
• alta mortalidad o índices significativos de mortalidad
prematura y/o alta mortalidad de incapacidad
• disminución significativa de la vida, o tengan
consecuencias socioeconómicas importantes. como
altos costos de atención medica y tratamiento
importante ausentismo laboral
• que contengan potencial epidémico
• Que existan medidas de prevención y control factibles
de ejecutar
• Que el costo involucrado en la vigilancia se justifique
por el beneficio obtenido
5. Vigilancia de enfermedades transmisibles
• vigilancia de morbilidad
• Vigilancia de laboratorio
• Vigilancia ambiental
6. Vigilancia de morbilidad
• vigilancia universal caso a caso
• Vigilancia de brotes de
enfermedades
• Trasmitidas por alimentos
8. Vigilancia ambiental
• control de animales
• Control de vectores
• Monitoreo ambiental de : agua, suelo, aire,
Vivienda
• Control de alimentos
9. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-039-SSA2-
2002, PARA LA PREVENCIONY CONTROL
DE LAS INFECCIONES DETRANSMISION
SEXUAL
• Objetivo y campo de aplicación
• esta norma oficial mexicana tiene por objeto
establecer y uniformar los procedimientos y criterios
de operación de los componentes del sistema nacional
de salud, para la prevención y el control de las ITS.
• esta norma oficial mexicana es de observancia
obligatoria en todo el territorio nacional para el
personal médico y paramédico de los sectores público,
social y privado que preste servicios relacionados con
la prevención, tratamiento y control de las infecciones
de transmisión sexual.
10. • Para efectos de esta norma oficial mexicana se
entiende por:
• Caso índice, a la persona infectada por ITS a partir
de la cual se infectan otras personas.
• Caso sospechoso. el o la paciente que tenga signos y
síntomas en genitales o sistémicos probables de una
ITS.
• Caso confirmado. el o la paciente quien con
síntomas y signos en genitales se aísle por cultivo,
serología, inmunoflorescencia, biopsia o técnica de
biología molecular un microorganismo asociado a
ITS.
• Condiciones de riesgo, a cualquier actividad en la
que exista contacto con mucosas, tejidos,
secreciones o líquidos potencialmente infectantes.
11. • Contagio, a la transmisión de una ITS por contacto directo o
indirecto.
• Control, a la aplicación de medidas para la disminución de la
incidencia, en casos de enfermedad.
• Impronta, a la toma de muestra directa de la lesión mediante
el uso de un portaobjetos.
• Paciente, al hombre o mujer usuario de servicios de atención
médica infectado, asintomático o enfermo por una ITS.
• Portador. toda persona que alberga al agente infeccioso de una
ITS en ausencia de enfermedad clínica aparente y en quien se
demuestre por cultivo, serología, inmunoflorescencia, biopsia o
técnica de biología molecular un microorganismo asociado a
ITS.
12. • Poblaciones vulnerables, grupos de personas frente a los potenciales
daños de salud o amenazas a la satisfacción de sus necesidades básicas,
y respecto sus derechos humanos, en razón de menores recursos
económicos, sociales y legales (migrantes, personas pobres, algunos
grupos de mujeres y hombres, las minorías sexuales, personas con nivel
educativo y otros grupos que viven al margen del sistema).
• Práctica sexual protegida, a aquella en la cual se utiliza correctamente
una barrera mecánica, como el condón de látex (masculino) o de
poliuretano (femenino), para evitar el intercambio de secreciones
sexuales o de sangre.
• Práctica sexual segura, a aquella en la cual no existen ni penetración ni
traspaso de secreciones sexuales (líquido pre-eyaculatorio, semen y
secreción vaginal) o de sangre.
13. • Prácticas sexuales de riesgo, a las actividades en las que
existe penetración y/o contacto pene-ano, pene-vagina,
pene-boca, pene-mano-boca, pene-boca-vagina, mano-
ano-boca, mano-ano-vagina; o con objetos contaminados
con secreciones sexuales o sangre utilizados durante la
relación sexual, sin el uso correcto y sistemático de una
barrera mecánica, para evitar el intercambio de secreciones
o líquidos potencialmente infectantes.
• Pruebas de detección, a las de laboratorio utilizadas de
manera individual o grupal para la identificación etiológica
de las ITS.
• Papanicolaou, método de tinción para demostrar células
exfoliadas anormales pre-malignas y malignas.
14. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993,
Para la prevención y control de la infección por
Virus de la Inmunodeficiencia Humana.
• Objetivo y campo de aplicación
• Esta norma oficial mexicana, tiene por objeto actualizar y uniformar los
principios y criterios de operación de los componentes del sistema
nacional de salud, respecto a las actividades relacionadas con la
prevención y el control de la infección por el virus de la inmunodeficiencia
humana.
• Esta norma oficial mexicana es de observancia obligatoria en todo el
territorio nacional y para todo el personal que labore en unidades de
servicios de salud de los sectores público, social y privado del sistema
nacional de salud.
15. • para efectos de esta norma oficial mexicana se entiende por:
• Caso índice, a la persona infectada por el virus de la inmunodeficiencia humana
(VIH) o que tiene diagnóstico de síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida)
a partir de la cual se infectan otras personas.
• Complejo relacionado con el sida, al cuadro clínico caracterizado por pérdida
de peso, diarrea o linfadenopatía generalizada (persistente), que es sugestivo
pero no diagnóstico de sida.
• Condiciones de riesgo, a las actividades o situaciones en las que existe
posibilidad de que se intercambien o compartan fluidos potencialmente
infectantes.
• Disponente de sangre o alguno de sus componentes, al sujeto que suministra
sangre o alguno de sus componentes, obtenidos mediante procedimientos de
extracción simple o aféresis.
16. • Práctica sexual protegida, aquélla en la cual existe penetración, pero se
utiliza correctamente una barrera mecánica, como el condón de látex
(masculino) o de poliuretano (femenino), para evitar el intercambio de
secreciones sexuales o de sangre.
• Práctica sexual segura, aquélla en la cual no existen penetración ni
traspaso de secreciones sexuales (semen, líquido preeyaculatorio y
secreción vaginal) o de sangre.
• Líquidos de riesgo, a la sangre, semen, secreciones vaginales, líquido
cefalorraquídeo, líquido preeyaculatorio, líquido amniótico, líquido
pericárdico, líquido peritoneal, líquido pleural, líquido sinovial y leche
materna.
• Paciente, a la persona infectada asintomática y/o enferma de sida.
17. • Prácticas sexuales de riesgo, a las actividades en las que existe penetración
pene-ano, pene-vagina, pene-boca, boca-genitales externos, sin el uso
correcto de una barrera mecánica, como el condón de látex (masculino) o de
poliuretano (femenino), para evitar el intercambio de secreciones sexuales o de
sangre.
• Precauciones estándar, a las técnicas para el manejo de pacientes por parte
del personal de salud, que se fundamentan en el concepto de que todos deben
ser considerados como potencialmente infectantes por el vih u otros agentes
infecciosos transmitidos por sangre y fluidos corporales.
18. • Pruebas de tamizaje, a las de laboratorio para la detección de
anticuerpos anti-vih, en plasma o suero sanguíneo. incluyen
metodologías como el Elisa (ensayo inmunoenzimático ligado a
enzimas) y aglutinación.
• Pruebas específicas, a las de laboratorio que determinan la presencia
del virus o algún componente del mismo.
• Pruebas suplementarias, a las de laboratorio, que confirman
presencia de anticuerpos anti-vih en suero sanguíneo. incluyen
metodología, como la inmunoelectrotransferencia (western blot),
inmunofluorescencia, radioinmuno-precipitación (ripa).