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Buenos Aires, de Febrero de 2015.
Ref.: Pedido de Información Pública. Decreto 1172/2003
Sr. Secretario de Seguridad
Sergio Alejandro Berni
Secretaría de Seguridad
Ministerio de Seguridad
Paseo Colón 533 6to piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
De mi mayor consideración,
Laura Alonso, DNI 23.120.537, fijando domicilio en Riobamba 25, piso
9 Oficina 930 de la C' dad de Buenos Aires, en uso del derecho que expresamente garantiza a toda
persona acceder a la información obrante en sede administrativa y de conformidad a lo dispuesto
por el artículo 1 de la Constitución Nacional, 13 de la Convención Americana de Derechos
Humanos, 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el Decreto 1172/2003, me dirijo a Ud., y
por su intermedio ante quien corresponda, a efectos de solicitarle la siguiente información
pública.
En relación a las funciones y normas de atribución de competencias
de la Secretaría de Seguridad, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación:
l 1. Indique cuáles son las normas que le atribuyen competencia
al Sr. Secretario de Seguridad de la Nación para tomar
./ . intervención directa en procedimientos a cargo de las Fuerzas
- j
,/' - de Seguridad.
2. Indique cuál es el criterio y/o la norma que determina en que
procedimientos tomará intervención directa el Sr. Secretario
de Seguridad de la Nación
3. Indique cuál es el procedimiento a seguir en todos los casos
que se requiere la intervención del Poder Judicial de la Nación
e indique quien es la autoridad máxima en dichos
procedimientos.
4. Indique cómo es la cadena de comunicación establecida con
el Poder Judicial de la Nación en casos de denuncias que
ameriten su intervención y cuáles son los pasos a seguir luego
de que toma intervención el Juez y/o el Fiscal.
5. Indique cuáles son las funciones de las Fuerzas de Seguridad
que pueden ser desarrolladas incluso en forma previa a la
presencia del Juez. Asimismo, indique si dichas funciones son
realizadas siempre en comunicación con el Juez que toma
intervención en el procedimiento.
6. En todos los casos anteriores se solicita se indique cual es la
norma legal que atribuye competencia en cada caso. Para el
caso de tratarse de normas infra-Iegales desde ya se solicita
se indique inequívocamente el número de la norma y la
autoridad que la dictó. En caso que se trate de normativa no
publicada se solicita expresamente el envío de copias de
dicha normativa.
Se aclara expresamente que la información solicitada no encuadra en
ninguna de las excepciones previstas en el Decreto 1172/2003 Anexo VII por cuanto la información
~ ~
solicitada se refiere especiñcarnente a cuestiones generales referida a normativa legal e infralegal
sobre distribución de competencias y procedimientos. Desde ya se recuerda que la normativa
vigente indica que en el caso que existiere un documento que contenga información parcialmente
reservada, los sujetos obligados deben permitir el acceso a la parte de aquella que no se
encuentre conteni a entre las excepciones. Desde ya se hace reserva del derecho de accionar
judicialmente en, caso de una respuesta no satisfactoria, con el correspondiente planteo de
inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la normativa restrictiva del derecho humano de
acceso a la información pública.
A efectos de dar debida publicidad a la información solicitada desde
ya manifiesto mi confor~!9?d para el caso que quien corresponda disponga publicar toda esta
información en el ~ ~eb'del Ministerio, solicitándole -en caso de así proceder- me indique la
dirección web de acceso.
Asimismo, se solicita que en virtud de lo estipulado en los artículos S,
9, Y 12 del Reglamento General de acceso a la información pública para el Poder Ejecutivo
Nacional, dicha información sea entregada preferentemente en formato electrónico o soporte
digital, y si se tratase de información tabular, preferentemente en extensiones de archivo
correspondientes a software de planillas de cálculo.
Sin más, saludo a usted muy atte.
Laura Alonso
DNI23.120.537
Riobamba 25, piso 9 Of. 930 (C1033A)
Teléfono: 4127 7430
laurita.alonso@gmail.com
"2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES"
i
r
Nota S.S.A. J. N0: 2::f J~
CUDAP:TRI-SEG:000267 /2015
MINISTERIO DE SEGURIDAD
BUENOS AIRES, 2 ~ tEB i{l'¡)
SEÑORA DIPUTADA:
Me dirijo a usted, en respuesta a su solicitud de ac-.•..
ceso infofmativo de fecha 12 de febrero de 2015.

,
En tal sentido, y habiendo tomado intervención en el
trámite, emitiendo el informe respectivo, la Secretaría de
Cooperación cop los Poderes Judiciales, Ministerios Públi-
cos y Legislaturas, cumplo en señalarle que la respuesta a
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a) Ley de Ministerios (t.o. 1992) Y sus modificacio-
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b) Ley de Seguridad Interior N° 24.059: en particu-
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d) Código Procesal Penal de la Nación: artículos 183
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"2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES"
f) Protocolo Federal de Preservación del Lugar del
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ad%20y%20el%20Consenso%20Federal.pdf, entre otros sitios).
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a través de los portales infoj us.gob. ar o infoleg. gob. ar;
excepto el Protocolo mencionado en el )iteral f), razón por
la cual se ha consign~do allí el sitio web de donde obte-
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de acc o informativo, con arreglo a las disposiciones per-
tinentes del Decreto N° 1172 del 3 de diciembre de 2003.
Saludo a usted atentamente.
Dr. ESTEBAN JOSÉ ROSA ALYES
!UlSWlET.~OO .DEAStNTOS JtM)1COS
C.P.A.C.F T' 69 F" 318
J
A LA SEÑORA DIPUTADA
LAURA ALONSO
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Pedido y respuesta Berni

  • 1. Buenos Aires, de Febrero de 2015. Ref.: Pedido de Información Pública. Decreto 1172/2003 Sr. Secretario de Seguridad Sergio Alejandro Berni Secretaría de Seguridad Ministerio de Seguridad Paseo Colón 533 6to piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires De mi mayor consideración, Laura Alonso, DNI 23.120.537, fijando domicilio en Riobamba 25, piso 9 Oficina 930 de la C' dad de Buenos Aires, en uso del derecho que expresamente garantiza a toda persona acceder a la información obrante en sede administrativa y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1 de la Constitución Nacional, 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el Decreto 1172/2003, me dirijo a Ud., y por su intermedio ante quien corresponda, a efectos de solicitarle la siguiente información pública. En relación a las funciones y normas de atribución de competencias de la Secretaría de Seguridad, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación: l 1. Indique cuáles son las normas que le atribuyen competencia al Sr. Secretario de Seguridad de la Nación para tomar ./ . intervención directa en procedimientos a cargo de las Fuerzas - j ,/' - de Seguridad. 2. Indique cuál es el criterio y/o la norma que determina en que procedimientos tomará intervención directa el Sr. Secretario de Seguridad de la Nación 3. Indique cuál es el procedimiento a seguir en todos los casos que se requiere la intervención del Poder Judicial de la Nación e indique quien es la autoridad máxima en dichos procedimientos. 4. Indique cómo es la cadena de comunicación establecida con el Poder Judicial de la Nación en casos de denuncias que ameriten su intervención y cuáles son los pasos a seguir luego de que toma intervención el Juez y/o el Fiscal.
  • 2. 5. Indique cuáles son las funciones de las Fuerzas de Seguridad que pueden ser desarrolladas incluso en forma previa a la presencia del Juez. Asimismo, indique si dichas funciones son realizadas siempre en comunicación con el Juez que toma intervención en el procedimiento. 6. En todos los casos anteriores se solicita se indique cual es la norma legal que atribuye competencia en cada caso. Para el caso de tratarse de normas infra-Iegales desde ya se solicita se indique inequívocamente el número de la norma y la autoridad que la dictó. En caso que se trate de normativa no publicada se solicita expresamente el envío de copias de dicha normativa. Se aclara expresamente que la información solicitada no encuadra en ninguna de las excepciones previstas en el Decreto 1172/2003 Anexo VII por cuanto la información ~ ~ solicitada se refiere especiñcarnente a cuestiones generales referida a normativa legal e infralegal sobre distribución de competencias y procedimientos. Desde ya se recuerda que la normativa vigente indica que en el caso que existiere un documento que contenga información parcialmente reservada, los sujetos obligados deben permitir el acceso a la parte de aquella que no se encuentre conteni a entre las excepciones. Desde ya se hace reserva del derecho de accionar judicialmente en, caso de una respuesta no satisfactoria, con el correspondiente planteo de inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la normativa restrictiva del derecho humano de acceso a la información pública. A efectos de dar debida publicidad a la información solicitada desde ya manifiesto mi confor~!9?d para el caso que quien corresponda disponga publicar toda esta información en el ~ ~eb'del Ministerio, solicitándole -en caso de así proceder- me indique la dirección web de acceso. Asimismo, se solicita que en virtud de lo estipulado en los artículos S, 9, Y 12 del Reglamento General de acceso a la información pública para el Poder Ejecutivo Nacional, dicha información sea entregada preferentemente en formato electrónico o soporte digital, y si se tratase de información tabular, preferentemente en extensiones de archivo correspondientes a software de planillas de cálculo. Sin más, saludo a usted muy atte. Laura Alonso DNI23.120.537 Riobamba 25, piso 9 Of. 930 (C1033A) Teléfono: 4127 7430 laurita.alonso@gmail.com
  • 3. "2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES" i r Nota S.S.A. J. N0: 2::f J~ CUDAP:TRI-SEG:000267 /2015 MINISTERIO DE SEGURIDAD BUENOS AIRES, 2 ~ tEB i{l'¡) SEÑORA DIPUTADA: Me dirijo a usted, en respuesta a su solicitud de ac-.•.. ceso infofmativo de fecha 12 de febrero de 2015. , En tal sentido, y habiendo tomado intervención en el trámite, emitiendo el informe respectivo, la Secretaría de Cooperación cop los Poderes Judiciales, Ministerios Públi- cos y Legislaturas, cumplo en señalarle que la respuesta a los distintos puntos de su solicitud, surge de la lectura ar~ónica y sistemática de las siguientes normas: a) Ley de Ministerios (t.o. 1992) Y sus modificacio- /. nes: ar~~~~o 22 bis, en particular, incisos 3° y 7°; b) Ley de Seguridad Interior N° 24.059: en particu- lar, artículo 8° y su reglamentación (v. Dto. N° 1273/92); c) Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modi- ficatorios y complementarios, Anexo 11, Apartado XXVI: en particular, "Objetivos" de la Secretaría de Seguridad, in- d) Código Procesal Penal de la Nación: artículos 183 y siguientes, en particular, artículos 183 y 184, incisos e) Decreto N° 6580 del 30 de abril de 1958: artículos 99 a 120, en particular, artículos 99, 100, 105 Y 108, pri- mer párrafo; y
  • 4. "2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES" f) Protocolo Federal de Preservación del Lugar del Hecho q Escena del Crimen (disponible en: http://www.minseg.gob.ar/sites/default/files/Publicaciones/ Los%20Nuevos%20Paradigmas%20del%20Ministerio%20de%20Segurid ad%20y%20el%20Consenso%20Federal.pdf, entre otros sitios). Todas las normas citadas han sido publicadas en el Bo- letín Oficial, por lo que puede accederse a las mismas des- de la plataforma web de dicho órgano; o bien, en general, a través de los portales infoj us.gob. ar o infoleg. gob. ar; excepto el Protocolo mencionado en el )iteral f), razón por la cual se ha consign~do allí el sitio web de donde obte- nerlo. Con lo expuesto, se tiene por respondida su solicitud de acc o informativo, con arreglo a las disposiciones per- tinentes del Decreto N° 1172 del 3 de diciembre de 2003. Saludo a usted atentamente. Dr. ESTEBAN JOSÉ ROSA ALYES !UlSWlET.~OO .DEAStNTOS JtM)1COS C.P.A.C.F T' 69 F" 318 J A LA SEÑORA DIPUTADA LAURA ALONSO RIOBAMBA 25, PISO 9, S. NACIONAL OFICINA 930, CAPITAL FEDERAL / D.