SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
Descargar para leer sin conexión
1
Preguntas Frecuentes
Actualizado 3 de Junio 2016 17:00 hrs.
1.- El pago retroactivo del incremento de grado se debe incluir las horas extras y P.M.G.?
RESPUESTA: Los componentes remuneracionales que deben ser considerados para efectos del cálculo del
monto a pagar por concepto de incremento de grado, se indican en el Diccionario de Datos (página 11).
Respecto del cálculo del PMG para ese mes, se encuentra en la Respuesta N° 11.
2.- Si un funcionario actualmente tiene grado 15, le corresponde subir hoy un grado y el próximo año otro
quedando en el 13°, o es sólo uno.
RESPUESTA: Para el año 2016, un funcionario que, cumple los requisitos que lo habilitan para impetrar el
derecho a incremento de grado, y se encuentra en un grado 15 del estamento de técnicos, administrativos o
auxiliares, tiene derecho a aumentar en un grado a contar del 1 de enero de 2016, y un grado a contar del 1 de
enero de 2017, conforme a lo dispuesto en los artículos primero y segundo transitorio, ambos de la ley N°
20.922.
3.- Para reconocer la antigüedad de un funcionario a Contrata, se puede incluir el tiempo servido como
Honorario.
RESPUESTA: El tiempo de antigüedad para los efectos de esta ley, sólo corresponde a los contratos de planta
y/o contrata.
4.- Los municipios que cuentan con los fondos para el pago de las bonificaciones, diferencias de grado,
asignaciones Profesionales y Directivo-Jefatura de la ley 20.922 pueden cancelar con los sueldos de Junio y
después recuperar los fondos?
RESPUESTA: Esta pregunta se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
5.- Solicito me aclaren si al Alcalde y Juez de Policía Local le corresponde la asignación Directivo-Jefatura ya
que está claro que no le corresponden la Profesional.
RESPUESTA: En relación al derecho que les asistirían a los jueces de policía local y a los alcaldes para impetrar
la asignación directivo-jefatura, y el bono especial previsto en el artículo octavo, letra a), de la ley N° 20.922,
corresponde señalar que si bien estos no han sido excluidos expresamente del beneficio - como ocurrió
tratándose de la asignación profesional-, su incorporación como beneficiarios resulta interpretable, por lo que
la pregunta se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
2
6.- Qué pasa con los funcionarios que pertenecen a la Planta Titular del escalafón Auxiliar, Administrativo o
Técnico, y que efectuaron durante el periodo una Suplencia del escalafón Jefatura, Profesional o Directivo,
se les paga el beneficio del aumento de grado o de la asignación profesional?
Por ejemplo: una funcionaria Titular Grado 12° Administrativo y desde Enero a la fecha está efectuando una
Suplencia en un cargo Profesional Grado 11°
RESPUESTA: En el caso de una funcionaria titular de las plantas de técnicos, administrativos o de auxiliares,
corresponde señalar que, con prescindencia de que se encuentre sirviendo, además, un cargo en calidad de
suplente, tendrá derecho al incremento de grado previsto en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.922,
en la medida que cumpla las exigencias previstas en dicho precepto legal, cuales son, tener un nombramiento
en calidad de titular a la data de publicación de la ley; y, que al 1 de enero de 2015 se encuentre nombrado,
también, como titular de un cargo ubicado entre los grados 10 al 20 -ambos inclusive- en las plantas de
técnicos, o de administrativos, o de auxiliares y, se haya desempeñado, a lo menos, durante cinco años,
continuos o discontinuos, considerándose para tales efectos, el tiempo servido tanto en calidad de titular,
como a contrata.
Precisado lo anterior, si a dicha funcionaria municipal se le nombra como suplente en un cargo de las plantas
de jefaturas, profesionales o de directivos, tendrá derecho a la asignación profesional correspondiente al grado
suplido, en la medida que cumpla los requisitos para percibir la remuneración correspondiente a la plaza que
suple, esto es, que esta se encuentre vacante o que, su titular por algún motivo, no se encuentre percibiendo
sus remuneraciones, acorde a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso cuarto, de la ley N° 18.883.
7.- Qué pasa con los Contrata que estuvieron en Suplencia durante el periodo Enero a Mayo 2016, reciben
algún Beneficio si no existiera la intensión de aumentar grados al personal de Contrata?
RESPUESTA: Situación de los funcionarios a contrata que desempeñaron una suplencia:
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 84, de la ley N° 18.883, todos los empleos a que se refiere ese Estatuto
serán incompatibles entre sí, añadiendo, que lo serán también con todo otro empleo o toda otra función que
se preste al Estado, aun cuando los empleados o funcionarios de que se trate se encuentren regidos por
normas distintas de las contenidas en ese Estatuto. Agrega su inciso tercero, que puede un empleado ser
nombrado para un empleo incompatible, en cuyo caso, si asumiere el nuevo empleo, cesará por el solo
ministerio de la ley en el cargo anterior.
A su turno, es menester precisar que si bien la letra d) del artículo 85 del mismo texto legal, contempla que el
desempeño de los cargos a que se refiere este Estatuto, será compatible con la calidad de subrogante o
suplente, dicha excepción ha de entenderse referida solo respecto de los cargos que se sirven como titular, por
cuanto conforme al inciso segundo del artículo 86 de la ley en comento, los funcionarios conservarán la
propiedad del cargo o empleo de que sean titular, de lo que es preciso colegir que entre las situaciones
admitidas no se encuentra el desempeño de un empleo como contratado y el de otro en calidad de suplente,
atendida la naturaleza esencialmente transitoria del primero (aplica dictamen N° 9.920, de 2013).
3
8.- ¿Las cifras de “Rem Bruta 2016 y Rem Bruta de Dic.2015” (mediante el cual da el Monto Incrementado
Grado, según Diccionario de Datos), debiesen ser las mismas que el "Rem Bruta permanente 2016 y Rem
Bruta permanente a Dic.2015” (mediante el cual da el Monto Bono incrementado Grado)", toda vez que el
Bono Especial por Incremento de Grado debiese ascender a 4 veces la diferencia del "Monto incrementado
Grado"?
RESPUESTA: Los componentes remuneratorios a considerar para los efectos del cálculo del incremento de
grado y para el pago del bono de incremento de grado, son diferentes.
En efecto, para efectos del cálculo del incremento de grado se deben considerar los componentes que se
indican en el Diccionario de Datos; en tanto que, para el cálculo del monto del bono se deben considerar los
haberes brutos, menos la asignación de mejoramiento de la gestión municipal establecida en la ley N° 19.803;
la bonificación contemplada en el artículo 3° de la ley N° 20.198; la bonificación anual del artículo 44 de la ley
N° 20.883; las horas extraordinarias; ni ninguno de los beneficios concedidos por una sola vez, contemplados
en la ley N° 20.883.
9.- Si las condiciones a considerar, según ley, son a contar de Enero 2016, ¿qué pasa con el caso de un
funcionario que en esa fecha pertenecía a escalafón Técnico (el cual le correspondería pago por incremento
de grado) y que en Mayo 2016 pasa a escalafón Profesional 44 hrs. (el cual le correspondería Asignación
Profesional)? En el caso anterior le correspondería ambos pagos? ¿Cómo se informa en la Carga Masiva para
beneficio?
RESPUESTA: Respecto del funcionario que hasta el mes de abril de 2016 servía un cargo titular en la planta de
técnicos y que, a contar del mes de mayo del mismo año, comenzó a desempeñarse en el estamento de
profesionales, corresponde señalar que tiene derecho a percibir el bono especial previsto en el artículo octavo
transitorio, letra a), de la ley N° 20.922, esto es, aquel calculado respecto de la asignación profesional.
Ello, porque el bono especial de incremento de grado se paga a los funcionarios municipales titulares de un
cargo de las plantas de técnicos, administrativos o auxiliares a quienes se les aplique el artículo primero
transitorio de la citada ley, supuesto que no concurre en la situación antes indicada.
Para el caso del registro de la carga masiva, deberá considerar las condiciones del contrato de mayo 2016, ante
lo cual aparecerá en la propuesta de Asignación Profesional del municipio.
10.- Si en el Art. 8° de las Disposiciones Transitorias Ley 20.922, señala que, entre otros, "no se considerarán
la asignación de mejoramiento de la gestión municipal establecida en la ley 19.803", por qué en los
componentes de Incremento de Grado adjunta en su Diccionario de Datos de carga masiva lo incluye?
Respecto a la pregunta anterior, si efectivamente se debiese contemplar la Asignación por Mejoramiento
gestión municipal (PMG), ¿se debiese calcular las diferencias por una cuota correspondiente a PMG Mayo
2016 solamente?
RESPUESTA: En relación a la no consideración de la asignación de mejoramiento de la gestión municipal para
efectos del cálculo del bono especial previsto en el artículo octavo, letra b), de la ley N° 20.922, corresponde
señalar que su omisión fue determinada expresamente por la ley, a diferencia de lo que ocurre tratándose del
monto a calcular por concepto de incremento de grado.
Respecto a la proporcionalidad del PMG en el cálculo de la Remuneración Bruta, es pregunta se encuentra en
consulta en Contraloría General de la República.
4
11.- La asignación de mejoramiento a la gestión municipal se debe tomar para enero de 2016, de forma
trimestral o mensual?
RESPUESTA: De acuerdo a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, dicha
asignación se devenga en forma mensual, sin perjuicio que su pago sea realizado en 4 cuotas o
trimestralmente, por consiguiente para el cálculo de la remu_bruta_2016, se debe considerar el valor mensual
de la citada asignación. Se sugiere revisar Dictamen 29.076, de 2013, en que se contiene este criterio.
12.- En relación a las modernizaciones de las Plantas Municipales, al cambio de grado: es que quisiera
realizarle la siguiente pregunta; los contratas si suben de grado, quien subsidiará estos pagos mensualmente
(la SUBDERE o el Municipio), esperando una buena acogida a mi pregunta y pronta respuesta
RESPUESTA: En relación a su pregunta, el mayor gasto mensual que implique el aumento de grado del
personal a contrata, es de cargo municipal. Es por ello que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo tercero
transitorio, inciso primero, de la ley N° 20.922, el incremento de grado respecto de los funcionarios que se
encuentren en la anotada calidad, será ordenado por el alcalde facultativamente de acuerdo a su
disponibilidad presupuestaria.
13.- Unos funcionarios que pertenecieron a la planta Administrativa Grado 18 del año 2005 hasta septiembre
del 2011 y posteriormente pasaron a la Planta de Técnicos Grado 13° y ha enero del 2015, solo acreditan
solo 3 años con 4 meses en la planta técnicos, ¿no les corresponde el ascenso de grado?
R. En relación a su consulta, conforme al artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco
años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015, en la misma municipalidad,
que debe considerarse, es aquel servido en la "respectiva planta ", debiendo entenderse que es la misma.
Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
14.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Artículo Primero; en su punto final señala " Para dicho efecto se
considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella ".
Consulta: El tiempo desempeñado durante cinco años, debe ser en la respectiva planta, es decir cinco años o
más en la planta de técnico, o en administrativo, o en auxiliares, también puede ser por ejemplo un
funcionario que estuvo tres años como administrativo grado 16 y tres año en técnico grado 15, tiene derecho
de ser encasillado en el 2016 en grado 14 técnico y en el 2017 en el grado 13 técnico.
R. De acuerdo con su pregunta referida a si "el tiempo desempeñado durante cinco años, debe ser en la
respectiva planta...". Cúmpleme con informar que conforme a la frase final del artículo primero transitorio de
la ley N° 20.922, "Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de
titular o a contrata asimilada a ella", de tal modo que el período de cinco años, continuos o discontinuos,
contados con anterioridad al 1 de enero de 2015, deben serlo en la misma municipalidad, y en la misma planta
o estamento. Por consiguiente, en el caso del ejemplo que usted cita el funcionario no cumple con el requisito,
ya que no se mantuvo por más de 5 años en la misma planta.
Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
5
15.- Respecto del Art. 1° transitorio, la Ley establece que el Personal de las Plantas de Técnicos,
Administrativos y Auxiliares, serán encasillados en el grado inmediatamente superior, siempre que se hayan
desempeñado, a lo menos durante cinco años continuos o discontinuos en la misma Municipalidad. Para
dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva Planta, sea en calidad de titular o/a Contrata
asimilada a ella. Al respecto: Si un funcionario cambió de la Planta de Administrativos a la Planta Técnicos o
de la Planta Auxiliares a la Planta Administrativa, con posterioridad al 1° de enero de 2015; ¿tiene derecho a
ser encasillado en un grado inmediatamente superior, aunque no tenga los cinco años en la Planta actual
(Planta de Técnicos o Planta de Administrativos)?
R. Dada la redacción del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco años deben ser en
la misma planta -en el sentido de estamento-, esto es, la de auxiliares, la de administrativos o de técnicos.
Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
16.- Los funcionarios que fueron ascendidos con posterioridad al 1 de enero de 2015 ¿tienen derecho a que
su grado se incremente de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.922?
RESPUESTA: Si bien la exigencia prevista en el artículo primero transitorio para acceder al beneficio de
incremento de grado es encontrarse nombrado al 1 de enero de 2015 como titular en un cargo de las plantas
de técnicos, de administrativos o de auxiliares, entre los grados 10 a 20, ambos inclusive, y haberse
desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de
enero de 2015 en la misma municipalidad, ello no implica que el grado que deba considerarse para tales
efectos, sea aquel en el cual el funcionario se ubique a esa data, sino aquel en que está a la fecha de
publicación de la ley".
17.- Los funcionarios que postularon en el concurso público específicamente el personal a contrata el cual se
adjudicó cargo por un grado inferior al que ostentaban en calidad de contrato. De acuerdo a lo anterior se
solicita la forma como se debe aplicar la ley en estos casos.
RESPUESTA: En relación con la consulta sobre la situación de aquellos funcionarios de planta y a contrata que,
durante el transcurso del año 2016, han sido ascendidos o nombrados en calidad de titulares al término de
concursos públicos convocados a fin de proveer cargos vacantes, corresponde señalar que la respuesta se
encuentra en visación de la Contraloría General, por lo que prontamente será puesta a disposición en esta
página web.
6
18.- En relación al Artículo 1° Transitorio, que indica que los funcionarios municipales que se encuentren
nombrados al 01/01/2015 como titular en un cargo de las Plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares,
entre los grados 10° al 20°, y tuvieron un movimiento (ascenso) en fechas posteriores (febrero, abril..), ¿les
corresponde subir un grado?
Consulta antes de partir con ejemplo: ¿cargo es igual a grado?; al mencionar discontinuidad a que se refiere,
en el tiempo a considerar hacia atrás; respectiva planta se refiere a planta municipal o escalafón.
Ejemplo 1: si al 01 / 01 / 2015, Administrativo grado 12º
Al 01 / 02 / 2015, por concurso se nombra Técnico grado 10º
¿Qué grado le corresponde Administrativo 11º, Técnico 9º o se mantiene en Técnico 10º.
Ejemplo 2: si al 01 / 01 / 2015, Administrativo grado 13º
Al 01 / 02 / 2015, Administrativo grado 12º
¿Le corresponde aumento de grado al 11º o se mantiene?
RESPUESTA: Respecto del grado que se debe considerar para los efectos del incremento de grado,
específicamente si es el que tenía a la data de publicación de la ley o hasta antes del 1 de enero de 2016,
corresponde informar que la respuesta se encuentra siendo analizada internamente por la Contraloría General,
por lo que una vez visada, será puesta a disposición en la página web.
Sin perjuicio de ello, se hace presente que conforme a los artículos 5°, inciso primero, letra a), y 9°, ambos de la
ley N° 18.883, un cargo municipal es aquél que se contempla en las plantas de los municipios y a través del cual
se realiza una función municipal. A su vez, cada uno de los cargos municipales deben tener asignado un grado
de acuerdo con la importancia de la función que se desempeñe y, en consecuencia, le corresponderá el sueldo
de ese grado y las demás remuneraciones a que tenga derecho el funcionario.
Asimismo, en relación a la frase "Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea
en calidad de titular o a contrata asimilada a ella", es del caso precisar que la expresión "respectiva planta"
debe entenderse como estamento, por cuanto con anterioridad, el artículo primero transitorio prevé "...que se
encuentre nombrado al 1 de enero de 2015 como titular en un cargo de las plantas de técnicos, administrativos
y auxiliares ...".
19.- En el mismo caso de este Artículo, si un funcionario ingresó a la planta Técnico en el mes de diciembre
del 2014, siendo anteriormente Administrativo, ¿le corresponde igualmente subir?
Ejemplo: si al 01 / 01 / 2015, Técnico grado 15º, entendiendo que los años anteriores (05) en la planta
municipal, era Administrativo, ¿corresponde beneficio de aumento?
RESPUESTA: Conforme a la frase final del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, "Para dicho efecto se
considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella", de
tal modo que el período de cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de
2015, en la misma municipalidad, deben serlo en la misma planta.
7
20.- Reiterando el Artículo 1° Transitorio, un funcionario con 5 años a Contrata, pero en los dos años
anteriores al 2015, fue Honorario, y a partir de 01/01/15, ingreso a la Planta (por concurso), ¿le corresponde
el beneficio?
Ejemplo: si al 01 / 01 / 2015, ingresa a la Planta Municipal Técnico grado 16º (nuevo), siendo anteriormente
contrata desde el 01 / 01 / 2008 y hasta el 31 / 05 / 2012 y Honorarios desde 01 / 06 / 2012 al 31 / 12 / 2014.
¿Le corresponde el beneficio de aumento?
RESPUESTA: En el ejemplo propuesto, cabe señalar que en atención a que con anterioridad al 1 de enero de
2015, se desempeñó 4 años y 5 meses, a contrata, no tiene derecho al beneficio, por cuanto el precepto antes
citado señala taxativamente que el período que corresponde computar es el servido en calidad de titular o a
contrata.
21.- Las Contratas que cumplen con todos los requisitos para subir, es el alcalde el que decide que suban, o lo
hacen instantáneamente como los de Planta y a contar de que fecha seria lo real, vigencia ley o realización
acto administrativo.
RESPUESTA: En relación al incremento de grado del personal a contrata, cabe señalar que es facultad del
alcalde ordenarla, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria.
En cuanto a la fecha a contar de la cual entrarán en vigencia las modificaciones de grado, cumple con indicar
que la respuesta estará a disposición en la página web, una vez confirmada la respuesta por Contraloría
General en relación al alcance de la expresión "en los mismos términos" que señala el artículo tercero
transitorio de la ley N° 20.922.
22.- Qué sucede con un Contrata que al 01/01/12 y hasta 31/12/12 se encontraba en grado 13°, posterior
desde el 01/01/13 al 31/08/13 baja a grado 14°, subiendo nuevamente al grado 13° el 01/09/13 hasta la
fecha. ¿Correspondería aumento de grado al 12º.
RESPUESTA: En relación al ejemplo propuesto, y en el entendido que ese funcionario a contrata se incorporó a
la Municipalidad de La Granja a contar del 1 de enero de 2012, no cumple la exigencia de haberse
desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de
enero de 2015 en la misma municipalidad, que prevé el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley
N° 20.922.
23.- Que sucede con la asignación de antigüedad en el caso del encasillamiento ¿se debe también considerar
para cancelar la diferencia de grado y además es retroactivo?
RESPUESTA: En relación a su consulta, el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.922, establece
expresamente en su inciso primero que, "los cambios de grado que determine la aplicación de los artículos
primero a tercero transitorios de esta ley no serán considerados como ascensos para los efectos previstos en la
letra g) del artículo 97 de la ley N° 18.883", agregando el inciso siguiente que "Los funcionarios conservarán, en
consecuencia, el número de bienios que estuvieren percibiendo, como asimismo, mantendrán el tiempo de
permanencia en el grado para tal efecto".
8
24.- ¿A partir de qué fecha se procede al pago de los beneficios?
RESPUESTA: La ley no indica la fecha en que se deben pagar los beneficios, sin perjuicio de precisar que los
recursos fiscales que serán aportados a las municipalidades se transferirán previa resolución emitida por la
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad pública, visada por
el Ministerio de Hacienda, que así lo disponga.
25.- En cuanto a los pagos de las asignaciones Directivo – Jefatura, es posible que exista una diferencia
considerable con los escalafones técnico y administrativo de igual grado.
RESPUESTA: El personal que tiene derecho a percibir la asignación directivo-jefatura, únicamente es el de
planta y a contrata, regido por la ley N° 18.883, de las plantas de jefaturas, profesionales y directivos, siempre
que no tengan derecho a la asignación profesional
26.- Se puede contabilizar tiempo de suplencia para cumplir con los requisitos que establece el Art Primero
de la Ley N °20.922. La suplencia, pueden recibir la asignación profesional?
RESPUESTA: Conforme al artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el incremento de grado corresponde
al personal titular de planta regido por la ley N° 18.883, que se encuentre nombrado al 1 de enero de 2015,
como titular en un cargo de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares entre los grados 10° al 20°,
ambos inclusive, por lo que, en la medida que un funcionario haya estado al 1 de enero de 2015 en calidad de
titular, esto es, nombrado para desempeñar un cargo en propiedad, en alguno de los estamentos indicados, y
se hubiere desempeñado -en calidad de titular o a contrata-, a lo menos, durante cinco años, continuos o
discontinuos, contados con anterioridad a esa fecha, podrá acceder a este derecho.
De ello se colige que, el tiempo servido en calidad de suplente sin tener un nombramiento titular paralelo no se
puede computar para los efectos antes anotados.
Enseguida, respecto de si los suplentes pueden percibir la asignación profesional, corresponde señalar que
dado que conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso cuarto, de la ley N° 20.922, "el suplente tiene
derecho a percibir la remuneración asignada al cargo que sirve en tal calidad, sólo en el caso de encontrarse
éste vacante, o bien cuando el titular del mismo por cualquier motivo no goce de dicha remuneración", un
funcionario titular de un cargo que desempeñe otro en calidad de suplente, únicamente tendrá derecho a
percibir las remuneraciones -entre las cuales se encuentra la asignación profesional- correspondiente al cargo
que sirve en propiedad, a menos que la plaza que suple se encuentre vacante o el titular de ella no perciba las
remuneraciones pertinentes por cualquier motivo.
27.- Un funcionario que es Técnico grado 11° y un Auxiliar Grado 17°, ambos cumplen con los requisitos y
subiría un grado, pero en nuestra planta no existen, que se hace?
RESPUESTA: En relación a su consulta, el artículo cuarto transitorio, inciso segundo, de la ley N° 20.922, previó
la situación a que alude, señalando que para los efectos del incremento de grado, si faltaren cargos, los
alcaldes estarán facultados para modificar las plantas del personal de las municipalidades, únicamente con el
objeto de crear los cargos necesarios para ello.
9
28.- Al efectuarse el incremento de grado de los funcionarios técnicos, administrativos y auxiliares en este
año y el próximo; ¿procedería recalcular los montos por bienios, trabajos extraordinarios, y Asignación de
mejoramiento de gestión? Si es así, ¿también se incorpora a la solicitud de Financiamiento a la SUBDERE?
RESPUESTA: En relación al cálculo del monto que corresponde por concepto de incremento de grado, se
remite documento en que se indican los componentes remuneracionales que deben considerarse, entre los
cuales no están contempladas las sumas pagadas por el trabajo extraordinario realizado.
Por lo anterior, y considerando que se debe efectuar un nuevo cálculo, corresponde informar a la SUBDERE
ello, por cuanto es un mayor gasto en personal incurrido a causa de la implementación de la ley N° 20.922.
(Ver componentes remuneratorios en el Diccionario de Datos Captura Ley 20.922).
29.- Respecto del Art. 1° transitorio, la Ley establece que el Personal de las Plantas de Técnicos,
Administrativos y Auxiliares, serán encasillados en el grado inmediatamente superior, siempre que se hayan
desempeñado, a lo menos durante cinco años continuos o discontinuos en la misma Municipalidad. Para
dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva Planta, sea en calidad de titular o/a Contrata
asimilada a ella. Al respecto: Si un funcionario cambió de la Planta de Administrativos a la Planta Técnicos o
de la Planta Auxiliares a la Planta Administrativa, con posterioridad al 1° de enero de 2015; ¿tiene derecho a
ser encasillado en un grado inmediatamente superior, aunque no tenga los cinco años en la Planta actual
(Planta de Técnicos o Planta de Administrativos)?
RESPUESTA: Dada la redacción del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco años
deben ser en la misma planta -en el sentido de estamento-, esto es, la de auxiliares, la de administrativos o de
técnicos.
30. En el caso unos funcionarios que ascendieron con posterioridad al 01 de enero de 2015.
Ejemplo 1: al 01/01/2015 un funcionario tenía grado 16 administrativo, y en mayo del mismo año asciende a
15 administrativo. ¿Qué grado corresponde encasillarlo en el 2016 en 15 ó 14 y posteriormente en el año
2017, en grado 14 ó 13?.
Ejemplo 2: En el caso de una contrata que al 01/01/2015, tenía grado 14 administrativo y en marzo del
mismo año se vuelve a contratar en un grado 16 administrativo.
Si sé sube un grado a las contratas, ¿A qué grado le corresponde subir,13 ó 15?
Ejemplo 3: En el caso de las contratas que al 01/01/2015 tenían un grado inferior al que tienen actualmente.
¿Si sé sube un grado a las contratas, ¿A qué grado le correspondería subir, al que tenían en enero 2015 o al
actual?
RESPUESTA: Respecto de si el grado que debe considerarse para efectos del pago del incremento, esto es, si es
que se tenía a la fecha de publicación de la ley o no, cabe señalar que la respuesta visada por la Contraloría
General, será puesta a disposición en nuestra página web a la brevedad.
10
31. Respecto al Pago del Beneficio de Asignación Profesional, descrito en el Artículo 1 que indica: “ a contar
del 01 de Enero del año 2016, concédase una asignación profesional a los funcionarios municipales regidos
por el título II del decreto Ley Nº 3.551 del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 1980 y publicado el
año 1981, y por la ley Nº 18.883, de las plantas de directivos, profesionales y jefaturas, así como a los
funcionarios a contrata asimilados a grados de las señaladas plantas, siempre que cumplan con los demás
requisitos del artículo 3 del decreto ley Nº 479 del Ministerio de Hacienda, promulgado y publicado el año
1974 “. En tal sentido para el pago de la citada asignación es requisito acreditar su título profesional….
RESPUESTA: La circunstancia de contar con un título profesional universitario otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis
semestres académicos y 3.200 horas de clases, debe ser acreditado.
32. Es computable la suplencia para el proceso de acreditar antigüedad continua o discontinua de 05 años,
para el proceso de encasillamiento (de las contratas pasarlas a plantas, las que reúnan requisitos).
RESPUESTA: Conforme al artículo tercero, inciso segundo, de la ley N° 20.922, para acceder al incremento de
grado previsto para los contratas, los funcionarios a contrata deberán haberse desempeñado, a lo menos,
durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015 en la misma
municipalidad. Para dicho efecto se considerará el tiempo servido a contrata asimilado a la respectiva planta,
no habiéndose contemplado el período desempeñado en calidad de suplente.
33. En el caso de un Funcionario que ascendió en el año 2015 (Septiembre 2015), procede el encasillamiento
de grado 12º a 11º con la aplicación de la ley 20.922.
RESPUESTA: La respuesta a su tercera consulta será puesta a disposición a la brevedad en la página web, en
atención a que se encuentra en visación interna ante la Contraloría General.
34. Procede que las Contratas con Título Profesional del Escalafón Técnico pueden percibir la Asignación
Profesional o solo produce ascenso de un grado para el año en curso.
RESPUESTA: La asignación profesional solo le corresponde, en lo que interesa, al personal que se desempeñe
en las plantas de directivos, profesionales o jefaturas. Sin perjuicio de ello, podrá aumentar el grado en el que
se encuentra asimilado, en la medida que se reúnan las condiciones previstas en el artículo tercero transitorio
de la ley N° 20.922.
35. Consulta respecto a grado 11 Administrativo, al estar en tope, este grado pasa a grado 10 de extinción,
no procede el año 2017 el proceso de re encasillamiento.
RESPUESTA: Conforme al artículo segundo transitorio, inciso primero, de la ley N° 20.922, el incremento de
grado el año 2017, procederá únicamente respecto de los funcionarios que se encuentren ubicados en los
grados 15 al 20, ambos inclusive, de las plantas de auxiliares, administrativos y técnicos.
11
36. Cuando es el pago de los Beneficios Contemplados en la Ley Nº 20.922.
RESPUESTA: La ley no prevé un plazo para pagar los beneficios previstos en la ley N° 20.922, sin perjuicio que
el aporte fiscal se transfiera luego de que todos los municipios hayan informado el mayor gasto en personal
que implica dar cumplimiento a esta ley.
37. Junto Con saludar, solicito aclarar Art.1° Asignación Profesional con disposiciones transitorias Art.
séptimo, ¿Que corresponde pagar a partir del 01 de enero del 2016 el 100% de la asignación o el 34% como
dice el transitorio?
RESPUESTA: Sobre su consulta, el artículo séptimo transitorio de la ley N° 20.922, prevé que, durante el año
2016, el monto de las asignación profesional establecida en el artículo 1°, ascenderá a un 34% dela suma
establecida en el artículo19 de la ley N° 19.185, en los grados que resulten procedentes; y a contar del año
2017, será del 100%.
38. Para efectos de la antigüedad, para un funcionario que dentro de los cinco años anteriores, estuvo 3
años contratado por media jornada, se considera ese tiempo como años completos?
RESPUESTA: En cuanto a su consulta, para los efectos del incremento de grado del personal titular o a
contrata, los artículos primero y tercero, transitorios, de la ley N° 20.922, no hacen distinción respecto de la
jornada desempeñada durante el período servido en calidad de contrata asimilada a grado.
39. En relación al artículo tercero transitorio de la Ley, mi consulta es si el personal a contrata, que
reuniendo los requisitos para hacerles efectivo el incremento de grado, y en caso de resolverlo así el alcalde,
debe ser encasillado también, o dictarse un decreto modificatorio de los grados actuales.
RESPUESTA: Se debe dictar un acto administrativo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesPresentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
 
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de Mérito
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoDictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de Mérito
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoNelson Leiva®
 
Resumen Ley de Calificaciones Municipales
Resumen Ley de Calificaciones MunicipalesResumen Ley de Calificaciones Municipales
Resumen Ley de Calificaciones MunicipalesNelson Leiva®
 
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoDictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
 
Dictamen prescripción derechos remuneración
Dictamen prescripción derechos remuneraciónDictamen prescripción derechos remuneración
Dictamen prescripción derechos remuneraciónNelson Leiva®
 
Manual de Calificación Municipalidades
Manual de Calificación MunicipalidadesManual de Calificación Municipalidades
Manual de Calificación MunicipalidadesNelson Leiva®
 
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MM
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MMPresentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MM
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MMNelson Leiva®
 
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personal
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalDictamen 81836 sobre límites de gasto en personal
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
 
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesCGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesNelson Leiva®
 
Jurisprudencia Fuero Gremial Dirigentes Municipales
Jurisprudencia Fuero Gremial  Dirigentes MunicipalesJurisprudencia Fuero Gremial  Dirigentes Municipales
Jurisprudencia Fuero Gremial Dirigentes MunicipalesNelson Leiva®
 
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MM
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MMDictamen Pago Asignación Profesional a FF.MM
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MMNelson Leiva®
 
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras Diurnas
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasDictamen 47870 Sobre Horas Extras Diurnas
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasNelson Leiva®
 
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MM
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMDictamen Gasto Celebración del Día del FF.MM
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMNelson Leiva®
 
Instructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CInstructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CNelson Leiva®
 
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales Subdere
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubderePresentación Ley 20.922 de Plantas Municipales Subdere
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Nelson Leiva®
 
Manual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoManual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoNelson Leiva®
 
dictamen honorarios 2023.pdf
dictamen honorarios 2023.pdfdictamen honorarios 2023.pdf
dictamen honorarios 2023.pdfmarcosroa2
 
Dictamen Plazo Cobro Horas Extraordinarias
Dictamen Plazo Cobro Horas ExtraordinariasDictamen Plazo Cobro Horas Extraordinarias
Dictamen Plazo Cobro Horas ExtraordinariasNelson Leiva®
 
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos Alcaldicios
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos AlcaldiciosDictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos Alcaldicios
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos AlcaldiciosNelson Leiva®
 

La actualidad más candente (20)

Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesPresentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
 
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de Mérito
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoDictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de Mérito
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de Mérito
 
Resumen Ley de Calificaciones Municipales
Resumen Ley de Calificaciones MunicipalesResumen Ley de Calificaciones Municipales
Resumen Ley de Calificaciones Municipales
 
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoDictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
 
Dictamen prescripción derechos remuneración
Dictamen prescripción derechos remuneraciónDictamen prescripción derechos remuneración
Dictamen prescripción derechos remuneración
 
Manual de Calificación Municipalidades
Manual de Calificación MunicipalidadesManual de Calificación Municipalidades
Manual de Calificación Municipalidades
 
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MM
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MMPresentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MM
Presentación CGR Bonificación Incentivo Retiro FF.MM
 
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personal
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalDictamen 81836 sobre límites de gasto en personal
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personal
 
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesCGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
 
Jurisprudencia Fuero Gremial Dirigentes Municipales
Jurisprudencia Fuero Gremial  Dirigentes MunicipalesJurisprudencia Fuero Gremial  Dirigentes Municipales
Jurisprudencia Fuero Gremial Dirigentes Municipales
 
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MM
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MMDictamen Pago Asignación Profesional a FF.MM
Dictamen Pago Asignación Profesional a FF.MM
 
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras Diurnas
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasDictamen 47870 Sobre Horas Extras Diurnas
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras Diurnas
 
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MM
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMDictamen Gasto Celebración del Día del FF.MM
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MM
 
Instructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CInstructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de C
 
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales Subdere
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubderePresentación Ley 20.922 de Plantas Municipales Subdere
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales Subdere
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
 
Manual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoManual del Concejal Chileno
Manual del Concejal Chileno
 
dictamen honorarios 2023.pdf
dictamen honorarios 2023.pdfdictamen honorarios 2023.pdf
dictamen honorarios 2023.pdf
 
Dictamen Plazo Cobro Horas Extraordinarias
Dictamen Plazo Cobro Horas ExtraordinariasDictamen Plazo Cobro Horas Extraordinarias
Dictamen Plazo Cobro Horas Extraordinarias
 
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos Alcaldicios
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos AlcaldiciosDictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos Alcaldicios
Dictamen Nº 15700 del 16.03.2012 Sobre toma de registro de Decretos Alcaldicios
 

Destacado

Diario Oficial Ley 20922
Diario Oficial Ley 20922Diario Oficial Ley 20922
Diario Oficial Ley 20922Marcos Roa
 
Cuadro explicativo dictamen 63201
Cuadro explicativo dictamen 63201Cuadro explicativo dictamen 63201
Cuadro explicativo dictamen 63201Marcos Roa
 
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada Subdere
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubderePresentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada Subdere
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubdereNelson Leiva®
 
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de Municipalidades
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesUna mirada a la Ley Nº 20.922 de Municipalidades
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesNelson Leiva®
 
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015Nelson Leiva®
 
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016Nelson Leiva®
 
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas Municipales
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas MunicipalesFortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas Municipales
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas MunicipalesNelson Leiva®
 
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Nelson Leiva®
 
Resolucion subdere n° 158 bonos y asignaciones
Resolucion subdere n° 158  bonos y asignacionesResolucion subdere n° 158  bonos y asignaciones
Resolucion subdere n° 158 bonos y asignacionesMarcos Roa
 
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017Nelson Leiva®
 
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióN
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióNPrincipales Pasos Para Hacer Una InvestigacióN
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióNmayrette
 
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShareSlideShare
 
What to Upload to SlideShare
What to Upload to SlideShareWhat to Upload to SlideShare
What to Upload to SlideShareSlideShare
 
Getting Started With SlideShare
Getting Started With SlideShareGetting Started With SlideShare
Getting Started With SlideShareSlideShare
 

Destacado (14)

Diario Oficial Ley 20922
Diario Oficial Ley 20922Diario Oficial Ley 20922
Diario Oficial Ley 20922
 
Cuadro explicativo dictamen 63201
Cuadro explicativo dictamen 63201Cuadro explicativo dictamen 63201
Cuadro explicativo dictamen 63201
 
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada Subdere
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubderePresentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada Subdere
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada Subdere
 
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de Municipalidades
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesUna mirada a la Ley Nº 20.922 de Municipalidades
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de Municipalidades
 
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015
 
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016
Negociación Retiro Voluntario Municipalidades Asemuch 2016
 
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas Municipales
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas MunicipalesFortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas Municipales
Fortalezas Ley Municipal N°20.922 de Plantas Municipales
 
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio
 
Resolucion subdere n° 158 bonos y asignaciones
Resolucion subdere n° 158  bonos y asignacionesResolucion subdere n° 158  bonos y asignaciones
Resolucion subdere n° 158 bonos y asignaciones
 
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017
Dictamen Aplicación Reajuste Año 2016 2017
 
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióN
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióNPrincipales Pasos Para Hacer Una InvestigacióN
Principales Pasos Para Hacer Una InvestigacióN
 
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
2015 Upload Campaigns Calendar - SlideShare
 
What to Upload to SlideShare
What to Upload to SlideShareWhat to Upload to SlideShare
What to Upload to SlideShare
 
Getting Started With SlideShare
Getting Started With SlideShareGetting Started With SlideShare
Getting Started With SlideShare
 

Similar a Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere

Preguntas Frecuentes 15.06.2016 Subdere
Preguntas Frecuentes 15.06.2016 SubderePreguntas Frecuentes 15.06.2016 Subdere
Preguntas Frecuentes 15.06.2016 SubdereNelson Leiva®
 
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016Marcos Roa
 
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio Nuñez
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezLey de Plantas Municipales Abogado Sergio Nuñez
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezNelson Leiva®
 
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y Asignaciones
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y AsignacionesDictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y Asignaciones
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y AsignacionesNelson Leiva®
 
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley Municipal
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley MunicipalUfemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley Municipal
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley MunicipalNelson Leiva®
 
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016Nelson Leiva®
 
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas  22-23.Nov. 2016Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas  22-23.Nov. 2016
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016Nelson Leiva®
 
Dictamen 77646 21 octubre de 2016
Dictamen 77646 21 octubre de 2016Dictamen 77646 21 octubre de 2016
Dictamen 77646 21 octubre de 2016Marcos Roa
 
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia Municipal
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia MunicipalDictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia Municipal
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia MunicipalNelson Leiva®
 
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...Marcos Roa
 
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...vidasindical
 
Oficio CGR Imparte instrucciones reajuste 08.01.2014
Oficio CGR Imparte  instrucciones reajuste 08.01.2014Oficio CGR Imparte  instrucciones reajuste 08.01.2014
Oficio CGR Imparte instrucciones reajuste 08.01.2014Nelson Leiva®
 
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 190703) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070Colegio Pablo Neruda de Coquimbo
 
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017Nelson Leiva®
 
Consultas senres
Consultas senresConsultas senres
Consultas senrestico1234
 
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Nelson Leiva®
 
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la República
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la RepúblicaOficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la República
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la RepúblicaNelson Leiva
 
Comunicado nacional ufemuch 29.01.16
Comunicado nacional ufemuch   29.01.16Comunicado nacional ufemuch   29.01.16
Comunicado nacional ufemuch 29.01.16Marcos Roa
 
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados Asignaciones
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados AsignacionesDictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados Asignaciones
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados AsignacionesNelson Leiva®
 
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922Marcos Roa
 

Similar a Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere (20)

Preguntas Frecuentes 15.06.2016 Subdere
Preguntas Frecuentes 15.06.2016 SubderePreguntas Frecuentes 15.06.2016 Subdere
Preguntas Frecuentes 15.06.2016 Subdere
 
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016
 
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio Nuñez
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezLey de Plantas Municipales Abogado Sergio Nuñez
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio Nuñez
 
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y Asignaciones
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y AsignacionesDictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y Asignaciones
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y Asignaciones
 
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley Municipal
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley MunicipalUfemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley Municipal
Ufemuch: Resumen Aplicación Proyecto Ley Municipal
 
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016
Expo- Proyecto de Ley Municipal 2016
 
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas  22-23.Nov. 2016Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas  22-23.Nov. 2016
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016
 
Dictamen 77646 21 octubre de 2016
Dictamen 77646 21 octubre de 2016Dictamen 77646 21 octubre de 2016
Dictamen 77646 21 octubre de 2016
 
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia Municipal
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia MunicipalDictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia Municipal
Dictamen Nº 16811 Caso Estudios Academia Municipal
 
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...
Dictamen 55946 del 29 de julio 2016 tiempo contrato de trabajo no sirve para ...
 
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...
Texto legal del proyecto de ley bono de retiro. oficio camara a presidente de...
 
Oficio CGR Imparte instrucciones reajuste 08.01.2014
Oficio CGR Imparte  instrucciones reajuste 08.01.2014Oficio CGR Imparte  instrucciones reajuste 08.01.2014
Oficio CGR Imparte instrucciones reajuste 08.01.2014
 
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 190703) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070
3) texto proyecto ley calidad de la educacion director daem modifica 19070
 
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017
Oficio CGR N° 2405 Sobre aplicación del Reajuste 2017
 
Consultas senres
Consultas senresConsultas senres
Consultas senres
 
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017
 
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la República
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la RepúblicaOficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la República
Oficio Nº 1300/2014 de la Contraloría General de la República
 
Comunicado nacional ufemuch 29.01.16
Comunicado nacional ufemuch   29.01.16Comunicado nacional ufemuch   29.01.16
Comunicado nacional ufemuch 29.01.16
 
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados Asignaciones
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados AsignacionesDictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados Asignaciones
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Grados Asignaciones
 
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
 

Más de Nelson Leiva®

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022Nelson Leiva®
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Nelson Leiva®
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Nelson Leiva®
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Nelson Leiva®
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Nelson Leiva®
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisNelson Leiva®
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesNelson Leiva®
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
 
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Nelson Leiva®
 

Más de Nelson Leiva® (20)

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
 
Historia de Aconcagua
Historia de AconcaguaHistoria de Aconcagua
Historia de Aconcagua
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales Subdere
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
 
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018
 

Último

Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfMARIAPAULAMAHECHAMOR
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuelacocuyelquemao
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxCeciliaGuerreroGonza1
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 

Último (20)

Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 

Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere

  • 1. 1 Preguntas Frecuentes Actualizado 3 de Junio 2016 17:00 hrs. 1.- El pago retroactivo del incremento de grado se debe incluir las horas extras y P.M.G.? RESPUESTA: Los componentes remuneracionales que deben ser considerados para efectos del cálculo del monto a pagar por concepto de incremento de grado, se indican en el Diccionario de Datos (página 11). Respecto del cálculo del PMG para ese mes, se encuentra en la Respuesta N° 11. 2.- Si un funcionario actualmente tiene grado 15, le corresponde subir hoy un grado y el próximo año otro quedando en el 13°, o es sólo uno. RESPUESTA: Para el año 2016, un funcionario que, cumple los requisitos que lo habilitan para impetrar el derecho a incremento de grado, y se encuentra en un grado 15 del estamento de técnicos, administrativos o auxiliares, tiene derecho a aumentar en un grado a contar del 1 de enero de 2016, y un grado a contar del 1 de enero de 2017, conforme a lo dispuesto en los artículos primero y segundo transitorio, ambos de la ley N° 20.922. 3.- Para reconocer la antigüedad de un funcionario a Contrata, se puede incluir el tiempo servido como Honorario. RESPUESTA: El tiempo de antigüedad para los efectos de esta ley, sólo corresponde a los contratos de planta y/o contrata. 4.- Los municipios que cuentan con los fondos para el pago de las bonificaciones, diferencias de grado, asignaciones Profesionales y Directivo-Jefatura de la ley 20.922 pueden cancelar con los sueldos de Junio y después recuperar los fondos? RESPUESTA: Esta pregunta se encuentra en consulta en Contraloría General de la República. 5.- Solicito me aclaren si al Alcalde y Juez de Policía Local le corresponde la asignación Directivo-Jefatura ya que está claro que no le corresponden la Profesional. RESPUESTA: En relación al derecho que les asistirían a los jueces de policía local y a los alcaldes para impetrar la asignación directivo-jefatura, y el bono especial previsto en el artículo octavo, letra a), de la ley N° 20.922, corresponde señalar que si bien estos no han sido excluidos expresamente del beneficio - como ocurrió tratándose de la asignación profesional-, su incorporación como beneficiarios resulta interpretable, por lo que la pregunta se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
  • 2. 2 6.- Qué pasa con los funcionarios que pertenecen a la Planta Titular del escalafón Auxiliar, Administrativo o Técnico, y que efectuaron durante el periodo una Suplencia del escalafón Jefatura, Profesional o Directivo, se les paga el beneficio del aumento de grado o de la asignación profesional? Por ejemplo: una funcionaria Titular Grado 12° Administrativo y desde Enero a la fecha está efectuando una Suplencia en un cargo Profesional Grado 11° RESPUESTA: En el caso de una funcionaria titular de las plantas de técnicos, administrativos o de auxiliares, corresponde señalar que, con prescindencia de que se encuentre sirviendo, además, un cargo en calidad de suplente, tendrá derecho al incremento de grado previsto en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, en la medida que cumpla las exigencias previstas en dicho precepto legal, cuales son, tener un nombramiento en calidad de titular a la data de publicación de la ley; y, que al 1 de enero de 2015 se encuentre nombrado, también, como titular de un cargo ubicado entre los grados 10 al 20 -ambos inclusive- en las plantas de técnicos, o de administrativos, o de auxiliares y, se haya desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, considerándose para tales efectos, el tiempo servido tanto en calidad de titular, como a contrata. Precisado lo anterior, si a dicha funcionaria municipal se le nombra como suplente en un cargo de las plantas de jefaturas, profesionales o de directivos, tendrá derecho a la asignación profesional correspondiente al grado suplido, en la medida que cumpla los requisitos para percibir la remuneración correspondiente a la plaza que suple, esto es, que esta se encuentre vacante o que, su titular por algún motivo, no se encuentre percibiendo sus remuneraciones, acorde a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso cuarto, de la ley N° 18.883. 7.- Qué pasa con los Contrata que estuvieron en Suplencia durante el periodo Enero a Mayo 2016, reciben algún Beneficio si no existiera la intensión de aumentar grados al personal de Contrata? RESPUESTA: Situación de los funcionarios a contrata que desempeñaron una suplencia: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 84, de la ley N° 18.883, todos los empleos a que se refiere ese Estatuto serán incompatibles entre sí, añadiendo, que lo serán también con todo otro empleo o toda otra función que se preste al Estado, aun cuando los empleados o funcionarios de que se trate se encuentren regidos por normas distintas de las contenidas en ese Estatuto. Agrega su inciso tercero, que puede un empleado ser nombrado para un empleo incompatible, en cuyo caso, si asumiere el nuevo empleo, cesará por el solo ministerio de la ley en el cargo anterior. A su turno, es menester precisar que si bien la letra d) del artículo 85 del mismo texto legal, contempla que el desempeño de los cargos a que se refiere este Estatuto, será compatible con la calidad de subrogante o suplente, dicha excepción ha de entenderse referida solo respecto de los cargos que se sirven como titular, por cuanto conforme al inciso segundo del artículo 86 de la ley en comento, los funcionarios conservarán la propiedad del cargo o empleo de que sean titular, de lo que es preciso colegir que entre las situaciones admitidas no se encuentra el desempeño de un empleo como contratado y el de otro en calidad de suplente, atendida la naturaleza esencialmente transitoria del primero (aplica dictamen N° 9.920, de 2013).
  • 3. 3 8.- ¿Las cifras de “Rem Bruta 2016 y Rem Bruta de Dic.2015” (mediante el cual da el Monto Incrementado Grado, según Diccionario de Datos), debiesen ser las mismas que el "Rem Bruta permanente 2016 y Rem Bruta permanente a Dic.2015” (mediante el cual da el Monto Bono incrementado Grado)", toda vez que el Bono Especial por Incremento de Grado debiese ascender a 4 veces la diferencia del "Monto incrementado Grado"? RESPUESTA: Los componentes remuneratorios a considerar para los efectos del cálculo del incremento de grado y para el pago del bono de incremento de grado, son diferentes. En efecto, para efectos del cálculo del incremento de grado se deben considerar los componentes que se indican en el Diccionario de Datos; en tanto que, para el cálculo del monto del bono se deben considerar los haberes brutos, menos la asignación de mejoramiento de la gestión municipal establecida en la ley N° 19.803; la bonificación contemplada en el artículo 3° de la ley N° 20.198; la bonificación anual del artículo 44 de la ley N° 20.883; las horas extraordinarias; ni ninguno de los beneficios concedidos por una sola vez, contemplados en la ley N° 20.883. 9.- Si las condiciones a considerar, según ley, son a contar de Enero 2016, ¿qué pasa con el caso de un funcionario que en esa fecha pertenecía a escalafón Técnico (el cual le correspondería pago por incremento de grado) y que en Mayo 2016 pasa a escalafón Profesional 44 hrs. (el cual le correspondería Asignación Profesional)? En el caso anterior le correspondería ambos pagos? ¿Cómo se informa en la Carga Masiva para beneficio? RESPUESTA: Respecto del funcionario que hasta el mes de abril de 2016 servía un cargo titular en la planta de técnicos y que, a contar del mes de mayo del mismo año, comenzó a desempeñarse en el estamento de profesionales, corresponde señalar que tiene derecho a percibir el bono especial previsto en el artículo octavo transitorio, letra a), de la ley N° 20.922, esto es, aquel calculado respecto de la asignación profesional. Ello, porque el bono especial de incremento de grado se paga a los funcionarios municipales titulares de un cargo de las plantas de técnicos, administrativos o auxiliares a quienes se les aplique el artículo primero transitorio de la citada ley, supuesto que no concurre en la situación antes indicada. Para el caso del registro de la carga masiva, deberá considerar las condiciones del contrato de mayo 2016, ante lo cual aparecerá en la propuesta de Asignación Profesional del municipio. 10.- Si en el Art. 8° de las Disposiciones Transitorias Ley 20.922, señala que, entre otros, "no se considerarán la asignación de mejoramiento de la gestión municipal establecida en la ley 19.803", por qué en los componentes de Incremento de Grado adjunta en su Diccionario de Datos de carga masiva lo incluye? Respecto a la pregunta anterior, si efectivamente se debiese contemplar la Asignación por Mejoramiento gestión municipal (PMG), ¿se debiese calcular las diferencias por una cuota correspondiente a PMG Mayo 2016 solamente? RESPUESTA: En relación a la no consideración de la asignación de mejoramiento de la gestión municipal para efectos del cálculo del bono especial previsto en el artículo octavo, letra b), de la ley N° 20.922, corresponde señalar que su omisión fue determinada expresamente por la ley, a diferencia de lo que ocurre tratándose del monto a calcular por concepto de incremento de grado. Respecto a la proporcionalidad del PMG en el cálculo de la Remuneración Bruta, es pregunta se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
  • 4. 4 11.- La asignación de mejoramiento a la gestión municipal se debe tomar para enero de 2016, de forma trimestral o mensual? RESPUESTA: De acuerdo a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, dicha asignación se devenga en forma mensual, sin perjuicio que su pago sea realizado en 4 cuotas o trimestralmente, por consiguiente para el cálculo de la remu_bruta_2016, se debe considerar el valor mensual de la citada asignación. Se sugiere revisar Dictamen 29.076, de 2013, en que se contiene este criterio. 12.- En relación a las modernizaciones de las Plantas Municipales, al cambio de grado: es que quisiera realizarle la siguiente pregunta; los contratas si suben de grado, quien subsidiará estos pagos mensualmente (la SUBDERE o el Municipio), esperando una buena acogida a mi pregunta y pronta respuesta RESPUESTA: En relación a su pregunta, el mayor gasto mensual que implique el aumento de grado del personal a contrata, es de cargo municipal. Es por ello que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo tercero transitorio, inciso primero, de la ley N° 20.922, el incremento de grado respecto de los funcionarios que se encuentren en la anotada calidad, será ordenado por el alcalde facultativamente de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. 13.- Unos funcionarios que pertenecieron a la planta Administrativa Grado 18 del año 2005 hasta septiembre del 2011 y posteriormente pasaron a la Planta de Técnicos Grado 13° y ha enero del 2015, solo acreditan solo 3 años con 4 meses en la planta técnicos, ¿no les corresponde el ascenso de grado? R. En relación a su consulta, conforme al artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015, en la misma municipalidad, que debe considerarse, es aquel servido en la "respectiva planta ", debiendo entenderse que es la misma. Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República. 14.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Artículo Primero; en su punto final señala " Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella ". Consulta: El tiempo desempeñado durante cinco años, debe ser en la respectiva planta, es decir cinco años o más en la planta de técnico, o en administrativo, o en auxiliares, también puede ser por ejemplo un funcionario que estuvo tres años como administrativo grado 16 y tres año en técnico grado 15, tiene derecho de ser encasillado en el 2016 en grado 14 técnico y en el 2017 en el grado 13 técnico. R. De acuerdo con su pregunta referida a si "el tiempo desempeñado durante cinco años, debe ser en la respectiva planta...". Cúmpleme con informar que conforme a la frase final del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, "Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella", de tal modo que el período de cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015, deben serlo en la misma municipalidad, y en la misma planta o estamento. Por consiguiente, en el caso del ejemplo que usted cita el funcionario no cumple con el requisito, ya que no se mantuvo por más de 5 años en la misma planta. Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República.
  • 5. 5 15.- Respecto del Art. 1° transitorio, la Ley establece que el Personal de las Plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, serán encasillados en el grado inmediatamente superior, siempre que se hayan desempeñado, a lo menos durante cinco años continuos o discontinuos en la misma Municipalidad. Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva Planta, sea en calidad de titular o/a Contrata asimilada a ella. Al respecto: Si un funcionario cambió de la Planta de Administrativos a la Planta Técnicos o de la Planta Auxiliares a la Planta Administrativa, con posterioridad al 1° de enero de 2015; ¿tiene derecho a ser encasillado en un grado inmediatamente superior, aunque no tenga los cinco años en la Planta actual (Planta de Técnicos o Planta de Administrativos)? R. Dada la redacción del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco años deben ser en la misma planta -en el sentido de estamento-, esto es, la de auxiliares, la de administrativos o de técnicos. Esta pregunta de igual manera se encuentra en consulta en Contraloría General de la República. 16.- Los funcionarios que fueron ascendidos con posterioridad al 1 de enero de 2015 ¿tienen derecho a que su grado se incremente de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.922? RESPUESTA: Si bien la exigencia prevista en el artículo primero transitorio para acceder al beneficio de incremento de grado es encontrarse nombrado al 1 de enero de 2015 como titular en un cargo de las plantas de técnicos, de administrativos o de auxiliares, entre los grados 10 a 20, ambos inclusive, y haberse desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015 en la misma municipalidad, ello no implica que el grado que deba considerarse para tales efectos, sea aquel en el cual el funcionario se ubique a esa data, sino aquel en que está a la fecha de publicación de la ley". 17.- Los funcionarios que postularon en el concurso público específicamente el personal a contrata el cual se adjudicó cargo por un grado inferior al que ostentaban en calidad de contrato. De acuerdo a lo anterior se solicita la forma como se debe aplicar la ley en estos casos. RESPUESTA: En relación con la consulta sobre la situación de aquellos funcionarios de planta y a contrata que, durante el transcurso del año 2016, han sido ascendidos o nombrados en calidad de titulares al término de concursos públicos convocados a fin de proveer cargos vacantes, corresponde señalar que la respuesta se encuentra en visación de la Contraloría General, por lo que prontamente será puesta a disposición en esta página web.
  • 6. 6 18.- En relación al Artículo 1° Transitorio, que indica que los funcionarios municipales que se encuentren nombrados al 01/01/2015 como titular en un cargo de las Plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, entre los grados 10° al 20°, y tuvieron un movimiento (ascenso) en fechas posteriores (febrero, abril..), ¿les corresponde subir un grado? Consulta antes de partir con ejemplo: ¿cargo es igual a grado?; al mencionar discontinuidad a que se refiere, en el tiempo a considerar hacia atrás; respectiva planta se refiere a planta municipal o escalafón. Ejemplo 1: si al 01 / 01 / 2015, Administrativo grado 12º Al 01 / 02 / 2015, por concurso se nombra Técnico grado 10º ¿Qué grado le corresponde Administrativo 11º, Técnico 9º o se mantiene en Técnico 10º. Ejemplo 2: si al 01 / 01 / 2015, Administrativo grado 13º Al 01 / 02 / 2015, Administrativo grado 12º ¿Le corresponde aumento de grado al 11º o se mantiene? RESPUESTA: Respecto del grado que se debe considerar para los efectos del incremento de grado, específicamente si es el que tenía a la data de publicación de la ley o hasta antes del 1 de enero de 2016, corresponde informar que la respuesta se encuentra siendo analizada internamente por la Contraloría General, por lo que una vez visada, será puesta a disposición en la página web. Sin perjuicio de ello, se hace presente que conforme a los artículos 5°, inciso primero, letra a), y 9°, ambos de la ley N° 18.883, un cargo municipal es aquél que se contempla en las plantas de los municipios y a través del cual se realiza una función municipal. A su vez, cada uno de los cargos municipales deben tener asignado un grado de acuerdo con la importancia de la función que se desempeñe y, en consecuencia, le corresponderá el sueldo de ese grado y las demás remuneraciones a que tenga derecho el funcionario. Asimismo, en relación a la frase "Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella", es del caso precisar que la expresión "respectiva planta" debe entenderse como estamento, por cuanto con anterioridad, el artículo primero transitorio prevé "...que se encuentre nombrado al 1 de enero de 2015 como titular en un cargo de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares ...". 19.- En el mismo caso de este Artículo, si un funcionario ingresó a la planta Técnico en el mes de diciembre del 2014, siendo anteriormente Administrativo, ¿le corresponde igualmente subir? Ejemplo: si al 01 / 01 / 2015, Técnico grado 15º, entendiendo que los años anteriores (05) en la planta municipal, era Administrativo, ¿corresponde beneficio de aumento? RESPUESTA: Conforme a la frase final del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, "Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a contrata asimilada a ella", de tal modo que el período de cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015, en la misma municipalidad, deben serlo en la misma planta.
  • 7. 7 20.- Reiterando el Artículo 1° Transitorio, un funcionario con 5 años a Contrata, pero en los dos años anteriores al 2015, fue Honorario, y a partir de 01/01/15, ingreso a la Planta (por concurso), ¿le corresponde el beneficio? Ejemplo: si al 01 / 01 / 2015, ingresa a la Planta Municipal Técnico grado 16º (nuevo), siendo anteriormente contrata desde el 01 / 01 / 2008 y hasta el 31 / 05 / 2012 y Honorarios desde 01 / 06 / 2012 al 31 / 12 / 2014. ¿Le corresponde el beneficio de aumento? RESPUESTA: En el ejemplo propuesto, cabe señalar que en atención a que con anterioridad al 1 de enero de 2015, se desempeñó 4 años y 5 meses, a contrata, no tiene derecho al beneficio, por cuanto el precepto antes citado señala taxativamente que el período que corresponde computar es el servido en calidad de titular o a contrata. 21.- Las Contratas que cumplen con todos los requisitos para subir, es el alcalde el que decide que suban, o lo hacen instantáneamente como los de Planta y a contar de que fecha seria lo real, vigencia ley o realización acto administrativo. RESPUESTA: En relación al incremento de grado del personal a contrata, cabe señalar que es facultad del alcalde ordenarla, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. En cuanto a la fecha a contar de la cual entrarán en vigencia las modificaciones de grado, cumple con indicar que la respuesta estará a disposición en la página web, una vez confirmada la respuesta por Contraloría General en relación al alcance de la expresión "en los mismos términos" que señala el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.922. 22.- Qué sucede con un Contrata que al 01/01/12 y hasta 31/12/12 se encontraba en grado 13°, posterior desde el 01/01/13 al 31/08/13 baja a grado 14°, subiendo nuevamente al grado 13° el 01/09/13 hasta la fecha. ¿Correspondería aumento de grado al 12º. RESPUESTA: En relación al ejemplo propuesto, y en el entendido que ese funcionario a contrata se incorporó a la Municipalidad de La Granja a contar del 1 de enero de 2012, no cumple la exigencia de haberse desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015 en la misma municipalidad, que prevé el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922. 23.- Que sucede con la asignación de antigüedad en el caso del encasillamiento ¿se debe también considerar para cancelar la diferencia de grado y además es retroactivo? RESPUESTA: En relación a su consulta, el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.922, establece expresamente en su inciso primero que, "los cambios de grado que determine la aplicación de los artículos primero a tercero transitorios de esta ley no serán considerados como ascensos para los efectos previstos en la letra g) del artículo 97 de la ley N° 18.883", agregando el inciso siguiente que "Los funcionarios conservarán, en consecuencia, el número de bienios que estuvieren percibiendo, como asimismo, mantendrán el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto".
  • 8. 8 24.- ¿A partir de qué fecha se procede al pago de los beneficios? RESPUESTA: La ley no indica la fecha en que se deben pagar los beneficios, sin perjuicio de precisar que los recursos fiscales que serán aportados a las municipalidades se transferirán previa resolución emitida por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad pública, visada por el Ministerio de Hacienda, que así lo disponga. 25.- En cuanto a los pagos de las asignaciones Directivo – Jefatura, es posible que exista una diferencia considerable con los escalafones técnico y administrativo de igual grado. RESPUESTA: El personal que tiene derecho a percibir la asignación directivo-jefatura, únicamente es el de planta y a contrata, regido por la ley N° 18.883, de las plantas de jefaturas, profesionales y directivos, siempre que no tengan derecho a la asignación profesional 26.- Se puede contabilizar tiempo de suplencia para cumplir con los requisitos que establece el Art Primero de la Ley N °20.922. La suplencia, pueden recibir la asignación profesional? RESPUESTA: Conforme al artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el incremento de grado corresponde al personal titular de planta regido por la ley N° 18.883, que se encuentre nombrado al 1 de enero de 2015, como titular en un cargo de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares entre los grados 10° al 20°, ambos inclusive, por lo que, en la medida que un funcionario haya estado al 1 de enero de 2015 en calidad de titular, esto es, nombrado para desempeñar un cargo en propiedad, en alguno de los estamentos indicados, y se hubiere desempeñado -en calidad de titular o a contrata-, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad a esa fecha, podrá acceder a este derecho. De ello se colige que, el tiempo servido en calidad de suplente sin tener un nombramiento titular paralelo no se puede computar para los efectos antes anotados. Enseguida, respecto de si los suplentes pueden percibir la asignación profesional, corresponde señalar que dado que conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso cuarto, de la ley N° 20.922, "el suplente tiene derecho a percibir la remuneración asignada al cargo que sirve en tal calidad, sólo en el caso de encontrarse éste vacante, o bien cuando el titular del mismo por cualquier motivo no goce de dicha remuneración", un funcionario titular de un cargo que desempeñe otro en calidad de suplente, únicamente tendrá derecho a percibir las remuneraciones -entre las cuales se encuentra la asignación profesional- correspondiente al cargo que sirve en propiedad, a menos que la plaza que suple se encuentre vacante o el titular de ella no perciba las remuneraciones pertinentes por cualquier motivo. 27.- Un funcionario que es Técnico grado 11° y un Auxiliar Grado 17°, ambos cumplen con los requisitos y subiría un grado, pero en nuestra planta no existen, que se hace? RESPUESTA: En relación a su consulta, el artículo cuarto transitorio, inciso segundo, de la ley N° 20.922, previó la situación a que alude, señalando que para los efectos del incremento de grado, si faltaren cargos, los alcaldes estarán facultados para modificar las plantas del personal de las municipalidades, únicamente con el objeto de crear los cargos necesarios para ello.
  • 9. 9 28.- Al efectuarse el incremento de grado de los funcionarios técnicos, administrativos y auxiliares en este año y el próximo; ¿procedería recalcular los montos por bienios, trabajos extraordinarios, y Asignación de mejoramiento de gestión? Si es así, ¿también se incorpora a la solicitud de Financiamiento a la SUBDERE? RESPUESTA: En relación al cálculo del monto que corresponde por concepto de incremento de grado, se remite documento en que se indican los componentes remuneracionales que deben considerarse, entre los cuales no están contempladas las sumas pagadas por el trabajo extraordinario realizado. Por lo anterior, y considerando que se debe efectuar un nuevo cálculo, corresponde informar a la SUBDERE ello, por cuanto es un mayor gasto en personal incurrido a causa de la implementación de la ley N° 20.922. (Ver componentes remuneratorios en el Diccionario de Datos Captura Ley 20.922). 29.- Respecto del Art. 1° transitorio, la Ley establece que el Personal de las Plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, serán encasillados en el grado inmediatamente superior, siempre que se hayan desempeñado, a lo menos durante cinco años continuos o discontinuos en la misma Municipalidad. Para dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva Planta, sea en calidad de titular o/a Contrata asimilada a ella. Al respecto: Si un funcionario cambió de la Planta de Administrativos a la Planta Técnicos o de la Planta Auxiliares a la Planta Administrativa, con posterioridad al 1° de enero de 2015; ¿tiene derecho a ser encasillado en un grado inmediatamente superior, aunque no tenga los cinco años en la Planta actual (Planta de Técnicos o Planta de Administrativos)? RESPUESTA: Dada la redacción del artículo primero transitorio de la ley N° 20.922, el período de cinco años deben ser en la misma planta -en el sentido de estamento-, esto es, la de auxiliares, la de administrativos o de técnicos. 30. En el caso unos funcionarios que ascendieron con posterioridad al 01 de enero de 2015. Ejemplo 1: al 01/01/2015 un funcionario tenía grado 16 administrativo, y en mayo del mismo año asciende a 15 administrativo. ¿Qué grado corresponde encasillarlo en el 2016 en 15 ó 14 y posteriormente en el año 2017, en grado 14 ó 13?. Ejemplo 2: En el caso de una contrata que al 01/01/2015, tenía grado 14 administrativo y en marzo del mismo año se vuelve a contratar en un grado 16 administrativo. Si sé sube un grado a las contratas, ¿A qué grado le corresponde subir,13 ó 15? Ejemplo 3: En el caso de las contratas que al 01/01/2015 tenían un grado inferior al que tienen actualmente. ¿Si sé sube un grado a las contratas, ¿A qué grado le correspondería subir, al que tenían en enero 2015 o al actual? RESPUESTA: Respecto de si el grado que debe considerarse para efectos del pago del incremento, esto es, si es que se tenía a la fecha de publicación de la ley o no, cabe señalar que la respuesta visada por la Contraloría General, será puesta a disposición en nuestra página web a la brevedad.
  • 10. 10 31. Respecto al Pago del Beneficio de Asignación Profesional, descrito en el Artículo 1 que indica: “ a contar del 01 de Enero del año 2016, concédase una asignación profesional a los funcionarios municipales regidos por el título II del decreto Ley Nº 3.551 del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 1980 y publicado el año 1981, y por la ley Nº 18.883, de las plantas de directivos, profesionales y jefaturas, así como a los funcionarios a contrata asimilados a grados de las señaladas plantas, siempre que cumplan con los demás requisitos del artículo 3 del decreto ley Nº 479 del Ministerio de Hacienda, promulgado y publicado el año 1974 “. En tal sentido para el pago de la citada asignación es requisito acreditar su título profesional…. RESPUESTA: La circunstancia de contar con un título profesional universitario otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases, debe ser acreditado. 32. Es computable la suplencia para el proceso de acreditar antigüedad continua o discontinua de 05 años, para el proceso de encasillamiento (de las contratas pasarlas a plantas, las que reúnan requisitos). RESPUESTA: Conforme al artículo tercero, inciso segundo, de la ley N° 20.922, para acceder al incremento de grado previsto para los contratas, los funcionarios a contrata deberán haberse desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015 en la misma municipalidad. Para dicho efecto se considerará el tiempo servido a contrata asimilado a la respectiva planta, no habiéndose contemplado el período desempeñado en calidad de suplente. 33. En el caso de un Funcionario que ascendió en el año 2015 (Septiembre 2015), procede el encasillamiento de grado 12º a 11º con la aplicación de la ley 20.922. RESPUESTA: La respuesta a su tercera consulta será puesta a disposición a la brevedad en la página web, en atención a que se encuentra en visación interna ante la Contraloría General. 34. Procede que las Contratas con Título Profesional del Escalafón Técnico pueden percibir la Asignación Profesional o solo produce ascenso de un grado para el año en curso. RESPUESTA: La asignación profesional solo le corresponde, en lo que interesa, al personal que se desempeñe en las plantas de directivos, profesionales o jefaturas. Sin perjuicio de ello, podrá aumentar el grado en el que se encuentra asimilado, en la medida que se reúnan las condiciones previstas en el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.922. 35. Consulta respecto a grado 11 Administrativo, al estar en tope, este grado pasa a grado 10 de extinción, no procede el año 2017 el proceso de re encasillamiento. RESPUESTA: Conforme al artículo segundo transitorio, inciso primero, de la ley N° 20.922, el incremento de grado el año 2017, procederá únicamente respecto de los funcionarios que se encuentren ubicados en los grados 15 al 20, ambos inclusive, de las plantas de auxiliares, administrativos y técnicos.
  • 11. 11 36. Cuando es el pago de los Beneficios Contemplados en la Ley Nº 20.922. RESPUESTA: La ley no prevé un plazo para pagar los beneficios previstos en la ley N° 20.922, sin perjuicio que el aporte fiscal se transfiera luego de que todos los municipios hayan informado el mayor gasto en personal que implica dar cumplimiento a esta ley. 37. Junto Con saludar, solicito aclarar Art.1° Asignación Profesional con disposiciones transitorias Art. séptimo, ¿Que corresponde pagar a partir del 01 de enero del 2016 el 100% de la asignación o el 34% como dice el transitorio? RESPUESTA: Sobre su consulta, el artículo séptimo transitorio de la ley N° 20.922, prevé que, durante el año 2016, el monto de las asignación profesional establecida en el artículo 1°, ascenderá a un 34% dela suma establecida en el artículo19 de la ley N° 19.185, en los grados que resulten procedentes; y a contar del año 2017, será del 100%. 38. Para efectos de la antigüedad, para un funcionario que dentro de los cinco años anteriores, estuvo 3 años contratado por media jornada, se considera ese tiempo como años completos? RESPUESTA: En cuanto a su consulta, para los efectos del incremento de grado del personal titular o a contrata, los artículos primero y tercero, transitorios, de la ley N° 20.922, no hacen distinción respecto de la jornada desempeñada durante el período servido en calidad de contrata asimilada a grado. 39. En relación al artículo tercero transitorio de la Ley, mi consulta es si el personal a contrata, que reuniendo los requisitos para hacerles efectivo el incremento de grado, y en caso de resolverlo así el alcalde, debe ser encasillado también, o dictarse un decreto modificatorio de los grados actuales. RESPUESTA: Se debe dictar un acto administrativo.