SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
Centro ULADECH Católica – Huaraz
INVESTIGACION FORMATIVA
ASIGNATURA : CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
SEMESTRE ACADÉMICO : 2015- II
DOCENTE : CPC. BARZOLA INGA NERY
CICLO : VIII
TURNO : MAÑANA
ALUMNOS :
 MURGA TORRES KISSY
 MORALES PAJUELO LUIS
 SANCHEZ VILLAREAL YANIRE
HUARAZ, 2015
INTRODUCCION
El incremento patrimonial no justificado esta basado en el flujo monetario que
define al aumento cuantitativo del valor del patrimonio de un contribuyente
individual o colectivo, ya sea por aumento de sus activos o disminución de sus
pasivos sin que el contribuyente pueda acreditar fehacientemente su causa, o la
fuente que lo originó. Además a creación ficticia de pasivos es otro claro ejemplo
de incremento patrimonial no justificado, dado que los contribuyentes hacen esto
para disminuir su activo, bienes y derechos, por ende, estamos en presencia de
aumento de activos en el caso de que el órgano fiscalizador impugne pasivos
inexistentes.
Todo incremento patrimonial puede ser justificados si el contribuyente posee los
documentos justificativos necesarios. Pero cabe destacar que existen también dos
tipos de erogaciones que realiza el contribuyente que pueden dejar de manifiesto
la existencia de ingresos no declarados o ingresos que evadieron los tributos
En conclusión, el Incremento Patrimonial No Justificado se presenta como un
mecanismo de cierre y de carácter residual, de manera tal que todas aquellas
rentas ocultas de las que se desconozca su fuente serán atraídas y absorbidas por
esta figura tributaria. Nos encontramos pues ante un expediente técnico por el cual
el legislador tributario busca luchar contra la evasión fiscal procurando que ningún
rendimiento imponible escape o deje de gravarse por desconocimiento de su
verdadera naturaleza tributaria
Para efectos tributarios, el incremento patrimonial no justificado es considerado
como una presunción legal relativa más no una definición legal de renta, en tanto
constituye un mecanismo utilizado por el legislador con la finalidad de combatir la
elusión fiscal
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
a) Caracterización del Problema: Incremento Patrimonial no Justificado
1. ¿COMO DESCUBRIR LA RENTA PRESUNTA DE LAS PERSONAS
NATURALES?
El incremento patrimonial no justificado no consiste en una definición legal sino
que parte del hecho de ser una figura denominada presunción legal relativa, lo que
en términos del Derecho sería una presunción de tipo juris tantum, la cual admite
necesariamente una prueba en contrario.
EDUARDO BARRACHINA señala que “En relación con la prueba de los
“incrementos no justificados” el Legislador aplica, pues, el mecanismo de la
presunción “iuris tantum” para acreditar su existencia por parte de la
Administración Tributaria, correspondiendo la carga de la prueba al sujeto pasivo
del Impuesto, que es una consecuencia del propio significado jurídico de las
presunciones de tal naturaleza, que trasladan al sujeto pasivo la carga de su
destrucción.1
Aquí lo que interesa es que el fisco a través de diversos mecanismos que pueda
aplicar logre detectar y a la vez constatar respecto de un deudor tributario un
incremento que no guarde coherencia con los ingresos que declaró o que evitó
declarar. Asimismo, el deudor que es materia de investigación por parte del fisco
puede haber ejecutado un aumento considerable de su patrimonio o su capacidad
de gasto tenga un ascenso considerable.
Sobre el mismo tema relacionado con la aplicación de la presunción SANCHEZ
ROJAS precisa que “… la norma contenida en el artículo 52º de la Ley del
Impuesto a la Renta obedece a exigencias de tipo técnico, que tiene relación
básicamente con la carga de la prueba, sin significar cambio alguno en el competo
mismo de renta adoptado por ley. Se trata solamente de una presunción
1 EDUARDO BARRACHINA, Juan. “La prueba en el incremento no justificado de patrimonio”.
establecida a favor de la Administración, destinada a aliviarle la carga de
demostrar el carácter de renta gravada de los ingresos no justificados.2”
En este orden de ideas, debemos precisar que el Incremento Patrimonial No
Justificado puede ser catalogado como una especie de “…mecanismo de cierre y
de carácter residual, de manera tal que todas aquellas rentas ocultas de las que
se desconozca su fuente serán atraídas y absorbidas por esta figura tributaria.
Nos encontramos pues ante un expediente técnico por el cual el legislador
tributario busca luchar contra la evasión fiscal procurando que ningún rendimiento
imponible escape o deje de gravarse por desconocimiento de su verdadera
naturaleza tributaria.3”
Sobre la aplicación de este tema es oportuno citar la RTF Nº 03453-3-2005, de
fecha 01.06.2005 el cual el Tribunal Fiscal precia que resulta válida la
determinación del incremento patrimonial no justificado cuando se hallan
diferencias entre los ingresos declarados, financiamientos obtenidos y
adquisiciones y consumos efectuados.
2. ¿DÓNDE SE ENCUENTRA REGULADA LA FIGURA DE LA
PRESUNCIÓN DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO?
Dentro de la Ley del Impuesto a la Renta, específicamente en el Capítulo XII
denominado “De la Administración del Impuesto y su determinación sobre base
presunta”, se encuentra el artículo 92º, el cual precisa que para efectos de
determinar las rentas o cualquier ingreso que justifiquen los incrementos
patrimoniales, la Administración Tributaria (particularmente la SUNAT)4 podrá
requerir al deudor tributario que sustente el destino de dichas rentas o ingresos.
De esta manera el incremento patrimonial se determinará tomando en cuenta,
entre otros los siguientes elementos:
2 SANCHEZ ROJAS, Oscar Martín. “Tributación y Postmodernidad: Nuevas tendencias y aspectos críticos”.
3 ROSEMBUJ, Tulio. “Impuesto sobrela Renta de Personas Físicas”.
4 Otras Administraciones tributarias distintas a la SUNAT, como es el caso de las Municipalidades o los Gobiernos
Regionales, se encuentra excluidas de la aplicación de la presunción del Incremento Patrimonial No Justificado por el
tema de la competencia propia de la SUNAT de administrar tributos internos.
a) Los signos exteriores de riqueza
b) Las variaciones patrimoniales
c) La adquisición y transferencia de bienes
d) Las inversiones
e) Los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del
extranjero
f) Los consumos
g) Los gastos efectuados durante el ejercicio fiscalizado, aun cuando éstos no
se reflejen en su patrimonio al final del ejercicio, de acuerdo a los métodos
que establezca el Reglamento.
La forma de manifestar una elevada capacidad de gasto, la vanidad y la
ostentación por parte de las personas naturales pueden reflejar una verdadera
capacidad de gasto que no guarda ni un ápice de coherencia con los ingresos que
de manera legal se encuentran declarados o, de ser el caso, sustentados,
permitirá a la Administración Tributaria descubrir precisamente el llamado
incremento patrimonial no justificado.
Las maneras en las cuales se aprecia una verdadera capacidad de gasto que a
ves pareciera ser que puede pasar como oculta son variadas y de múltiples
formas, sean estas de manera directa o indirecta. Es precisamente a través de
estas manifestaciones en las cuales la Administración Tributaria puede apreciar
algún tipo de renta oculta o no declarada.
3. MEDIOS POR LOS CUALES LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
PUEDE TOMAR CONOCIMIENTO DEL INCREMENTO PATRIMONIAL
NO JUSTIFICADO
El fisco cuenta con la mayor base de datos del país, en la cual almacena
información tanto presentada por los propios contribuyentes o terceros a los
cuales de algún modo les requirió información. Allí estarán entonces las
Declaraciones Juradas mensuales y anuales del Impuesto a la Renta presentadas
por los contribuyentes, los emblemáticos Programas de Declaración Telemática
(PDT) en todas sus versiones. También la Administración cuenta con datos que
son proporcionados por entidades con las cuales suscribe convenios de
intercambio de información o también información pública que obra almacenada
en los Registros Públicos. Es por ello que la información de los egresos del
contribuyente sujeto a análisis por el ente recaudador se puede manifestar de la
siguiente manera efectuando preguntas como:
¿Cómo compró y/o vendió predios?; ¿Cómo adquirió y/o vendió vehículos?; ¿Viajó
fuera del país?; ¿Realizó algún trámite aduanero de importación de bienes? ;
¿Efectuó algún consumo en restaurantes y/o establecimientos comerciales?;
¿Realizó movimientos con sus tarjetas de créditos?; ¿Efectuó gastos vinculados
con servicios educativos?; ¿Adquirió joyas y/o bienes suntuarios?; ¿Realizó algún
gasto en operaciones de cirugía plástica?
Es preciso mencionar que los supuestos presentados en el cuadro anterior
no tiene la calidad de ser una lista cerrada o taxativa sino por el contrario es
meramente enunciativa o abierta, motivo por el cual pueden existir nuevos
supuestos o figuras que a criterio de la Administración Tributaria podrán ser
materia de estudio en cada caso concreto.
4. CONCEPTOS APLICABLES EN EL TEMA DEL INCREMENTO
PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO
Si se analiza el texto del artículo 60º de la Ley del Impuesto a la Renta, el
mismo considera algunas definiciones aplicables en el tema de la determinación
del Incremento Patrimonial No Justificado, estas definiciones son las siguientes:
Patrimonio: Es el conjunto de activos (bienes) deducidos los pasivos
(obligaciones) del deudor tributario.
Pasivos: Es el conjunto de obligaciones que guardan relación directa con el
patrimonio adquirido y que sean demostradas fehacientemente.
Patrimonio Inicial: Es el patrimonio del deudor tributario determinado por la
Administración Tributaria al 1 de enero del ejercicio, según información obtenida
del propio deudor tributario y/o de terceros.
Patrimonio Final: Es determinado por la SUNAT al 31 de diciembre del ejercicio
gravable, sumando al patrimonio inicial las adquisiciones de bienes, los depósitos
en las cuentas de entidades del sistema financiero, los ingresos de dinero en
efectivo y otros activos; y, deduciendo las transferencias de propiedad, los retiros
de las cuentas antes mencionadas, los préstamos de dinero que cumplan con la
bancarización otros pasivos. Para tal efecto, se tomará en cuenta las
adquisiciones, depósitos, ingresos, transferencias y retiros efectuados por el
deudor tributario durante el ejercicio, sean a título oneroso o gratuito.
Variación Patrimonial: Es la diferencia entre el patrimonio final menos el
patrimonio inicial del ejercicio.
Consumos: A todas aquellas erogaciones de dinero efectuadas durante el
ejercicio, destinadas a gastos personales tales como alimentación, vivienda,
vestido, educación, transporte, energía, recreación, entre otros, y/o a la
adquisición de bienes que al final del ejercicio no se reflejan en su patrimonio, sea
por extinción, enajenación o donación, entre otros. También se consideran
consumos a los retiros de las cuentas de entidades del sistema financiero de
fondos depositados durante el ejercicio.
Signos exteriores de riqueza Aquellos elementos que reflejan una posición
económica acomodada o también una capacidad de gasto elevada.
5. MÉTODOS QUE EL FISCO UTILIZA EN LA DETERMINACIÓN DEL
INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO
En aplicación de los criterios de investigación y de política fiscal que realiza la
Administración Tributaria a los potenciales deudores que se les aplica la
presunción del Incremento Patrimonial No Justificado se pueden señalar
básicamente dos, sin considerar por ello que sean los únicos. Los métodos son:
Método del Balance más Consumo: Es a criterio y elección de la Administración
Tributaria y consiste en adicionar a las variaciones patrimoniales del ejercicio, los
consumos.
Método de Adquisiciones y Desembolsos: A criterio y elección de la
Administración Tributaria. Consiste en sumar las adquisiciones de bienes, a título
oneroso o gratuito, los depósitos en las cuentas de entidades del sistema
financiero, los gastos y, en general, todos los desembolsos efectuados durante el
ejercicio. Asimismo, se deducirán las adquisiciones y los depósitos provenientes
de préstamos que cumplan con la bancarización.
La RTF Nº 02713-2-2007 de fecha 22 de marzo de 2007 consigna el modo en el
que se debe aplicar el procedimiento de flujo monetario privado. Así el criterio
recogido es el siguiente: “Para determinar sobre base presunta el Impuesto a la
Renta al determinarse incremento patrimonial no justificado, corresponde a la
Administración aplicar el procedimiento de determinación sobre base presunta
conforme con los numerales 2 y 10 del artículo 64° del Código Tributario, así como
los criterios jurisprudenciales sobre el procedimiento de flujo monetario privado,
excluyéndose los ingresos inafectos, así como el beneficio por repatriación de
moneda extranjera, siempre que cumpla con dos requisitos: (i) acreditar su
posesión en el exterior y (ii) su ingreso al país”.
6. ELEMENTOS QUE NO SE PUEDE JUSTIFICAR POR EL INCREMENTO
PATRIMONIAL POR PARTE DEL DEUDOR TRIBUTARIO
Dentro de los parámetros señalados por el artículo 52º de la Ley del Impuesto
a la Renta, se determina que los incrementos patrimoniales no podrán ser
justificados por el contribuyente cuando esté presente:
a) Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura
pública o en otro documento fehaciente.
b) Utilidades derivadas de actividades ilícitas.
c) El ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no esté debidamente
sustentado.
d) Los ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor tributario
pero que no los hubiera dispuesto ni cobrado, así como los saldos
disponibles en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del
extranjero que no hayan sido retirados.
e) Otros ingresos, entre ellos, los provenientes de préstamos que no reúnan
las condiciones que señale el reglamento.
CONCLUCIONES
La presunción es una estimación de un hecho a través de la evidencia que
proporciona otro u otros hechos. En realidad es un medio de prueba que las leyes
tributarias adoptaron para su utilización excepcional en tres casos posibles:
1. Cuando no existan documentos y registros para la determinación de la
existencia y magnitud del hecho imponible,
2. Cuando estos fueran insuficientes para hacer tal determinación, y / o
3. Cuando de manera fundada se establezca que los documentos y registros
no reflejan con veracidad la realidad patrimonial, económica y financiera del
contribuyente.
Los incrementos patrimoniales no justificados, entendiendo por tales aumentos del
valor de patrimonio de un contribuyente sin que este pueda acreditar
fehacientemente su causa o fuente, siempre deben ser detectados por el fisco, ya
que caso contrario la presunción establecida en la ley de procedimientos
tributarios nunca operaría.
Podemos decir que existen tres tipos de incrementos patrimoniales no justificados:
a. los derivados de aumentos de bienes y derechos,
b. los derivados de cancelación de pasivos, y
c. los derivados de la impugnación de pasivos ficticios.
No obstante, cabe destacar que hay un indicio que opera de manera contundente
para determinar si existen estos tipos de incrementos que se da cuando el
contribuyente realiza gastos incompatibles con sus ingresos. Aquí hay que
destacar que la normativa del régimen simplificado para pequeños contribuyentes
(mono tributo) establece que cuando el pequeño contribuyente realiza gastos
incompatibles con la categoría de ingresos declarada podrá ser excluido de oficio
por la AFIP.
La presunción establecida en la ley de procedimientos tributarios en materia de
incrementos patrimoniales no justificados opera de manera taxativa para el
impuesto para las ganancias, pero para el impuesto al valor agregado requiere la
existencia de evidencia adicional que pruebe que se trata efectivamente el
incremento patrimonial de ventas gravadas omitidas ya que caso contrario
vulneraría de manera arbitraria el derecho del contribuyente.
Con relación al aspecto punible de quien incurre en este tipo de evasión, ya sea
por acción u omisión, es pasible de multas que según el comportamiento que haya
tenido y según las evidencias que tenga el órgano recaudador al respecto, se
podrá aplicar desde las multas por la simple omisión hasta multas por
defraudación.
Este instituto tributario denominado incrementos patrimoniales no justificados tiene
un alcance mucho mayor que el analizado en el presente informe fiscal, sin
embargo el presente informe es tan sólo un intento de traer luz para la correcta
interpretación y aplicación de este instituto tributario.
DATOS BIBLIOGRAFICOS
EDUARDO BARRACHINA, Juan. “La prueba en el incremento no justificado de
patrimonio”. Artículo publicado en la siguiente dirección web:
http://www.graduados-sociales.com/ArticulosCO/ACO227_5.pdf
SANCHEZ ROJAS, Oscar Martín. “TRIBUTACIÓN Y POSTMODERNIDAD:
Nuevas tendencias y aspectos críticos”. Serie Ensayos. Pre-Textos Legales
ediciones. Primera edición. Lima, 2007. Página 144.
ROSEMBUJ, Tulio. “Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas”. Promociones
y Publicaciones Universitarias. Barcelona, 1992. Página 82.
ASOREY R. y NAVARRINE S., "Presunciones y Ficciones en el derecho
tributario", Editorial Lexisnexis, Buenos Aires, 2006.
ALEJANDRO ALTAMIRANO; "El procedimiento tributario", Editorial Abaco,
Buenos Aires, 2003.
http://politicaysistematributario.blogspot.pe/2015/07/incrementopatrimonial-
no-justificado-de.html

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo defraudacion fiscal
Ensayo defraudacion fiscalEnsayo defraudacion fiscal
Ensayo defraudacion fiscalPatty Romero
 
Administración tributaria juan avila cabrera
Administración tributaria juan avila cabreraAdministración tributaria juan avila cabrera
Administración tributaria juan avila cabrerapattyzirena
 
Evasion al pago de impuestos
Evasion al pago de impuestos Evasion al pago de impuestos
Evasion al pago de impuestos Jouselin
 
Evasion tributaria trabajo iutcm
Evasion tributaria   trabajo iutcmEvasion tributaria   trabajo iutcm
Evasion tributaria trabajo iutcm11101978
 
Tema los recursos publicos, los tributos y sus clases
Tema  los recursos publicos, los tributos y sus clasesTema  los recursos publicos, los tributos y sus clases
Tema los recursos publicos, los tributos y sus clasesUPT
 
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en Bolivia
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en BoliviaAnálisis y propuestas para una reforma tributaria en Bolivia
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en BoliviaKyrios Digital
 
La Evasión Fiscal en México se puede combatir
La Evasión Fiscal en México se puede combatirLa Evasión Fiscal en México se puede combatir
La Evasión Fiscal en México se puede combatirDlugalde
 
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...EUROsociAL II
 
Politica tributaria en el Perú y su evolucion
Politica tributaria en el Perú y su evolucionPolitica tributaria en el Perú y su evolucion
Politica tributaria en el Perú y su evolucionOmar Sanchez Quiroz
 
Ensayo tributacion online y sus perspectivas
Ensayo   tributacion online y sus perspectivasEnsayo   tributacion online y sus perspectivas
Ensayo tributacion online y sus perspectivasGiordy Aguilar
 
sri INFORME
sri INFORME sri INFORME
sri INFORME OmyLoaiza
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo defraudacion fiscal
Ensayo defraudacion fiscalEnsayo defraudacion fiscal
Ensayo defraudacion fiscal
 
Diapositivas elusión fiscal
Diapositivas elusión fiscalDiapositivas elusión fiscal
Diapositivas elusión fiscal
 
elusión fiscal
elusión fiscal elusión fiscal
elusión fiscal
 
Evasion y elusion tributaria
Evasion y elusion tributariaEvasion y elusion tributaria
Evasion y elusion tributaria
 
Administración tributaria juan avila cabrera
Administración tributaria juan avila cabreraAdministración tributaria juan avila cabrera
Administración tributaria juan avila cabrera
 
Evasion al pago de impuestos
Evasion al pago de impuestos Evasion al pago de impuestos
Evasion al pago de impuestos
 
Evasion tributaria trabajo iutcm
Evasion tributaria   trabajo iutcmEvasion tributaria   trabajo iutcm
Evasion tributaria trabajo iutcm
 
Tema los recursos publicos, los tributos y sus clases
Tema  los recursos publicos, los tributos y sus clasesTema  los recursos publicos, los tributos y sus clases
Tema los recursos publicos, los tributos y sus clases
 
TRIBUTOS
TRIBUTOS TRIBUTOS
TRIBUTOS
 
Politica tributaria del peru
Politica tributaria del peru Politica tributaria del peru
Politica tributaria del peru
 
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en Bolivia
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en BoliviaAnálisis y propuestas para una reforma tributaria en Bolivia
Análisis y propuestas para una reforma tributaria en Bolivia
 
La Evasión Fiscal en México se puede combatir
La Evasión Fiscal en México se puede combatirLa Evasión Fiscal en México se puede combatir
La Evasión Fiscal en México se puede combatir
 
Proyecto del (sri)
Proyecto del (sri)Proyecto del (sri)
Proyecto del (sri)
 
Tributación
TributaciónTributación
Tributación
 
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...
Presentación Ecuador - Encuentro programación: Fortalecimiento de la Eficacia...
 
Politica tributaria en el Perú y su evolucion
Politica tributaria en el Perú y su evolucionPolitica tributaria en el Perú y su evolucion
Politica tributaria en el Perú y su evolucion
 
Ensayo tributario
Ensayo tributarioEnsayo tributario
Ensayo tributario
 
Ensayo tributacion online y sus perspectivas
Ensayo   tributacion online y sus perspectivasEnsayo   tributacion online y sus perspectivas
Ensayo tributacion online y sus perspectivas
 
sri INFORME
sri INFORME sri INFORME
sri INFORME
 
Tesis
Tesis Tesis
Tesis
 

Destacado

Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai
Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai
Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai Ekonomikas ministrija
 
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem Ekonomikas ministrija
 
Explotació infantil
Explotació infantilExplotació infantil
Explotació infantilEVT
 
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рог
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рогисследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рог
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рогvirtualtaganrog
 
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes - Pavel Antonov -...
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes   - Pavel Antonov -...Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes   - Pavel Antonov -...
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes - Pavel Antonov -...Accountor Russia and Ukraine
 
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"Accountor Russia and Ukraine
 
Caso práctico del RER
Caso práctico del RERCaso práctico del RER
Caso práctico del RERLuis Morales
 
Media dakwah massa kini
Media dakwah massa kiniMedia dakwah massa kini
Media dakwah massa kiniRatih Aini
 
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)Dimitris Psounis
 

Destacado (16)

Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai
Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai
Banku piedāvātie pakalpojumi uzņēmējdarbības attīstībai
 
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrijas piedāvājums uzņēmējiem
 
Explotació infantil
Explotació infantilExplotació infantil
Explotació infantil
 
Formazione Culturale
Formazione Culturale Formazione Culturale
Formazione Culturale
 
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рог
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рогисследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рог
исследовательский проект палеонтологическая летопись мыса таганий рог
 
excel ict
excel ictexcel ict
excel ict
 
Avdeitchikova et al
Avdeitchikova et alAvdeitchikova et al
Avdeitchikova et al
 
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes - Pavel Antonov -...
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes   - Pavel Antonov -...Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes   - Pavel Antonov -...
Recent Court Practice: a Review of Civil and Tax Disputes - Pavel Antonov -...
 
Accountor Reporting | Olga Nazarenko | TaXmas
Accountor Reporting | Olga Nazarenko | TaXmasAccountor Reporting | Olga Nazarenko | TaXmas
Accountor Reporting | Olga Nazarenko | TaXmas
 
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"
Факторинг - М. Стешина, А. Захаров, АО "Райффайзенбанк"
 
Taj Mahal
Taj MahalTaj Mahal
Taj Mahal
 
Klasteru attīstības virzieni
Klasteru attīstības virzieniKlasteru attīstības virzieni
Klasteru attīstības virzieni
 
Caso práctico del RER
Caso práctico del RERCaso práctico del RER
Caso práctico del RER
 
Media dakwah massa kini
Media dakwah massa kiniMedia dakwah massa kini
Media dakwah massa kini
 
ICT PPT
ICT PPTICT PPT
ICT PPT
 
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)
ΠΛΗ30 ΜΑΘΗΜΑ 3.2 (ΕΚΤΥΠΩΣΗ)
 

Similar a If orígenes e implicancias del incremento patrimonial luis morales

Metodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesMetodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesrosabelad
 
Metodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesMetodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesrosabelad
 
Articulo clausula antielusiva
Articulo clausula antielusivaArticulo clausula antielusiva
Articulo clausula antielusivaAlejandra Torres
 
taiia-oo-2016-031
taiia-oo-2016-031taiia-oo-2016-031
taiia-oo-2016-031Aquiles
 
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...Maria Reyes Duarte
 
Presentacion1 contenidodelderechotributario
Presentacion1 contenidodelderechotributarioPresentacion1 contenidodelderechotributario
Presentacion1 contenidodelderechotributarioEnciclopedia Jurídica
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTEdianita771
 
Cartilla tributaria 2014
Cartilla tributaria 2014Cartilla tributaria 2014
Cartilla tributaria 2014Fedegan
 
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02Jorge O. Heredia A.
 
Punto de vista profesional en materia fiscal
Punto de vista profesional en materia fiscalPunto de vista profesional en materia fiscal
Punto de vista profesional en materia fiscalIllescas Ricardo
 
Trabajo1 luis de sousa
Trabajo1 luis de sousaTrabajo1 luis de sousa
Trabajo1 luis de sousaluisds1905
 
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...LizethKelyVilcaGoyzu1
 
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión VUnidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión VMitzi Linares Vizcarra
 

Similar a If orígenes e implicancias del incremento patrimonial luis morales (20)

Metodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesMetodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especiales
 
Metodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especialesMetodoligia watch contribuyentes especiales
Metodoligia watch contribuyentes especiales
 
Impuesto al valor agregado (iva)
Impuesto al valor agregado (iva)Impuesto al valor agregado (iva)
Impuesto al valor agregado (iva)
 
Articulo clausula antielusiva
Articulo clausula antielusivaArticulo clausula antielusiva
Articulo clausula antielusiva
 
taiia-oo-2016-031
taiia-oo-2016-031taiia-oo-2016-031
taiia-oo-2016-031
 
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...
Sistema de informacion gerencial ensayo sobre generalidades de la auditoria f...
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Presentacion1 contenidodelderechotributario
Presentacion1 contenidodelderechotributarioPresentacion1 contenidodelderechotributario
Presentacion1 contenidodelderechotributario
 
Cartilla Tributaria 2014
Cartilla Tributaria 2014Cartilla Tributaria 2014
Cartilla Tributaria 2014
 
Terrorismo fiscal
Terrorismo fiscalTerrorismo fiscal
Terrorismo fiscal
 
RETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE
RETENCION EN LA FUENTE
 
Cartilla tributaria 2014
Cartilla tributaria 2014Cartilla tributaria 2014
Cartilla tributaria 2014
 
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02
Cartillatributaria2014 140903113847-phpapp02
 
Curso derecho tributario_2014
Curso derecho tributario_2014Curso derecho tributario_2014
Curso derecho tributario_2014
 
Punto de vista profesional en materia fiscal
Punto de vista profesional en materia fiscalPunto de vista profesional en materia fiscal
Punto de vista profesional en materia fiscal
 
RETENCIÓN EN LA FUENTE
RETENCIÓN EN LA FUENTERETENCIÓN EN LA FUENTE
RETENCIÓN EN LA FUENTE
 
Trabajo1 luis de sousa
Trabajo1 luis de sousaTrabajo1 luis de sousa
Trabajo1 luis de sousa
 
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...
DETERMINACION DEL IMPUESTO GENERAL A LA VENTA E IMPUESTO RENTA SOBRE BASE CIE...
 
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión VUnidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
 

Más de Luis Morales

Tarea de-producción -iii-unidad-luis morales
Tarea de-producción -iii-unidad-luis moralesTarea de-producción -iii-unidad-luis morales
Tarea de-producción -iii-unidad-luis moralesLuis Morales
 
02 1 planeamiento de la auditoría
02 1 planeamiento de la auditoría02 1 planeamiento de la auditoría
02 1 planeamiento de la auditoríaLuis Morales
 
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativa
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativaTrabajo de-investigacion almacenes aud.operativa
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativaLuis Morales
 
Evasion tributaria
Evasion tributariaEvasion tributaria
Evasion tributariaLuis Morales
 
Resumen detracciones
Resumen detraccionesResumen detracciones
Resumen detraccionesLuis Morales
 
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2Luis Morales
 
Factura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagareFactura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagareLuis Morales
 
Factura conforma con ley de titulos y valores
Factura conforma con ley de titulos y valoresFactura conforma con ley de titulos y valores
Factura conforma con ley de titulos y valoresLuis Morales
 
Trabajo grupal 2 rsu FODA
Trabajo grupal 2 rsu FODATrabajo grupal 2 rsu FODA
Trabajo grupal 2 rsu FODALuis Morales
 
Monografia de planeamiento operativo
Monografia de planeamiento operativoMonografia de planeamiento operativo
Monografia de planeamiento operativoLuis Morales
 
Investigacion formativa ii - planeamiento operativo
Investigacion formativa ii - planeamiento operativoInvestigacion formativa ii - planeamiento operativo
Investigacion formativa ii - planeamiento operativoLuis Morales
 
Investigacion formativa i - planeamiento operativo
Investigacion formativa i - planeamiento operativoInvestigacion formativa i - planeamiento operativo
Investigacion formativa i - planeamiento operativoLuis Morales
 
Diagnostico empresarial-infodata
Diagnostico empresarial-infodataDiagnostico empresarial-infodata
Diagnostico empresarial-infodataLuis Morales
 
Tesoro público finanzas publicas
Tesoro público finanzas publicasTesoro público finanzas publicas
Tesoro público finanzas publicasLuis Morales
 
Tesoro publico fiananzas publicas
Tesoro publico fiananzas publicasTesoro publico fiananzas publicas
Tesoro publico fiananzas publicasLuis Morales
 

Más de Luis Morales (20)

Tarea de-producción -iii-unidad-luis morales
Tarea de-producción -iii-unidad-luis moralesTarea de-producción -iii-unidad-luis morales
Tarea de-producción -iii-unidad-luis morales
 
02 1 planeamiento de la auditoría
02 1 planeamiento de la auditoría02 1 planeamiento de la auditoría
02 1 planeamiento de la auditoría
 
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativa
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativaTrabajo de-investigacion almacenes aud.operativa
Trabajo de-investigacion almacenes aud.operativa
 
Evasion tributaria
Evasion tributariaEvasion tributaria
Evasion tributaria
 
Manual Slideshare
Manual SlideshareManual Slideshare
Manual Slideshare
 
Resumen detracciones
Resumen detraccionesResumen detracciones
Resumen detracciones
 
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2
Monografia regimen de detracciones incidencia para igv 2
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Factura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagareFactura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagare
 
Factura conforma con ley de titulos y valores
Factura conforma con ley de titulos y valoresFactura conforma con ley de titulos y valores
Factura conforma con ley de titulos y valores
 
Bd acces
Bd accesBd acces
Bd acces
 
Bases de datos
Bases de datos Bases de datos
Bases de datos
 
Aula virtual
Aula virtualAula virtual
Aula virtual
 
Trabajo grupal 2 rsu FODA
Trabajo grupal 2 rsu FODATrabajo grupal 2 rsu FODA
Trabajo grupal 2 rsu FODA
 
Monografia de planeamiento operativo
Monografia de planeamiento operativoMonografia de planeamiento operativo
Monografia de planeamiento operativo
 
Investigacion formativa ii - planeamiento operativo
Investigacion formativa ii - planeamiento operativoInvestigacion formativa ii - planeamiento operativo
Investigacion formativa ii - planeamiento operativo
 
Investigacion formativa i - planeamiento operativo
Investigacion formativa i - planeamiento operativoInvestigacion formativa i - planeamiento operativo
Investigacion formativa i - planeamiento operativo
 
Diagnostico empresarial-infodata
Diagnostico empresarial-infodataDiagnostico empresarial-infodata
Diagnostico empresarial-infodata
 
Tesoro público finanzas publicas
Tesoro público finanzas publicasTesoro público finanzas publicas
Tesoro público finanzas publicas
 
Tesoro publico fiananzas publicas
Tesoro publico fiananzas publicasTesoro publico fiananzas publicas
Tesoro publico fiananzas publicas
 

Último

Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuelacocuyelquemao
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxCeciliaGuerreroGonza1
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 

Último (20)

Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
 
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDIUnidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
6° SEM30 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 

If orígenes e implicancias del incremento patrimonial luis morales

  • 1. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Centro ULADECH Católica – Huaraz INVESTIGACION FORMATIVA ASIGNATURA : CONTABILIDAD DE TRIBUTOS SEMESTRE ACADÉMICO : 2015- II DOCENTE : CPC. BARZOLA INGA NERY CICLO : VIII TURNO : MAÑANA ALUMNOS :  MURGA TORRES KISSY  MORALES PAJUELO LUIS  SANCHEZ VILLAREAL YANIRE HUARAZ, 2015
  • 2. INTRODUCCION El incremento patrimonial no justificado esta basado en el flujo monetario que define al aumento cuantitativo del valor del patrimonio de un contribuyente individual o colectivo, ya sea por aumento de sus activos o disminución de sus pasivos sin que el contribuyente pueda acreditar fehacientemente su causa, o la fuente que lo originó. Además a creación ficticia de pasivos es otro claro ejemplo de incremento patrimonial no justificado, dado que los contribuyentes hacen esto para disminuir su activo, bienes y derechos, por ende, estamos en presencia de aumento de activos en el caso de que el órgano fiscalizador impugne pasivos inexistentes. Todo incremento patrimonial puede ser justificados si el contribuyente posee los documentos justificativos necesarios. Pero cabe destacar que existen también dos tipos de erogaciones que realiza el contribuyente que pueden dejar de manifiesto la existencia de ingresos no declarados o ingresos que evadieron los tributos En conclusión, el Incremento Patrimonial No Justificado se presenta como un mecanismo de cierre y de carácter residual, de manera tal que todas aquellas rentas ocultas de las que se desconozca su fuente serán atraídas y absorbidas por esta figura tributaria. Nos encontramos pues ante un expediente técnico por el cual el legislador tributario busca luchar contra la evasión fiscal procurando que ningún rendimiento imponible escape o deje de gravarse por desconocimiento de su verdadera naturaleza tributaria Para efectos tributarios, el incremento patrimonial no justificado es considerado como una presunción legal relativa más no una definición legal de renta, en tanto constituye un mecanismo utilizado por el legislador con la finalidad de combatir la elusión fiscal
  • 3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA: a) Caracterización del Problema: Incremento Patrimonial no Justificado 1. ¿COMO DESCUBRIR LA RENTA PRESUNTA DE LAS PERSONAS NATURALES? El incremento patrimonial no justificado no consiste en una definición legal sino que parte del hecho de ser una figura denominada presunción legal relativa, lo que en términos del Derecho sería una presunción de tipo juris tantum, la cual admite necesariamente una prueba en contrario. EDUARDO BARRACHINA señala que “En relación con la prueba de los “incrementos no justificados” el Legislador aplica, pues, el mecanismo de la presunción “iuris tantum” para acreditar su existencia por parte de la Administración Tributaria, correspondiendo la carga de la prueba al sujeto pasivo del Impuesto, que es una consecuencia del propio significado jurídico de las presunciones de tal naturaleza, que trasladan al sujeto pasivo la carga de su destrucción.1 Aquí lo que interesa es que el fisco a través de diversos mecanismos que pueda aplicar logre detectar y a la vez constatar respecto de un deudor tributario un incremento que no guarde coherencia con los ingresos que declaró o que evitó declarar. Asimismo, el deudor que es materia de investigación por parte del fisco puede haber ejecutado un aumento considerable de su patrimonio o su capacidad de gasto tenga un ascenso considerable. Sobre el mismo tema relacionado con la aplicación de la presunción SANCHEZ ROJAS precisa que “… la norma contenida en el artículo 52º de la Ley del Impuesto a la Renta obedece a exigencias de tipo técnico, que tiene relación básicamente con la carga de la prueba, sin significar cambio alguno en el competo mismo de renta adoptado por ley. Se trata solamente de una presunción 1 EDUARDO BARRACHINA, Juan. “La prueba en el incremento no justificado de patrimonio”.
  • 4. establecida a favor de la Administración, destinada a aliviarle la carga de demostrar el carácter de renta gravada de los ingresos no justificados.2” En este orden de ideas, debemos precisar que el Incremento Patrimonial No Justificado puede ser catalogado como una especie de “…mecanismo de cierre y de carácter residual, de manera tal que todas aquellas rentas ocultas de las que se desconozca su fuente serán atraídas y absorbidas por esta figura tributaria. Nos encontramos pues ante un expediente técnico por el cual el legislador tributario busca luchar contra la evasión fiscal procurando que ningún rendimiento imponible escape o deje de gravarse por desconocimiento de su verdadera naturaleza tributaria.3” Sobre la aplicación de este tema es oportuno citar la RTF Nº 03453-3-2005, de fecha 01.06.2005 el cual el Tribunal Fiscal precia que resulta válida la determinación del incremento patrimonial no justificado cuando se hallan diferencias entre los ingresos declarados, financiamientos obtenidos y adquisiciones y consumos efectuados. 2. ¿DÓNDE SE ENCUENTRA REGULADA LA FIGURA DE LA PRESUNCIÓN DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO? Dentro de la Ley del Impuesto a la Renta, específicamente en el Capítulo XII denominado “De la Administración del Impuesto y su determinación sobre base presunta”, se encuentra el artículo 92º, el cual precisa que para efectos de determinar las rentas o cualquier ingreso que justifiquen los incrementos patrimoniales, la Administración Tributaria (particularmente la SUNAT)4 podrá requerir al deudor tributario que sustente el destino de dichas rentas o ingresos. De esta manera el incremento patrimonial se determinará tomando en cuenta, entre otros los siguientes elementos: 2 SANCHEZ ROJAS, Oscar Martín. “Tributación y Postmodernidad: Nuevas tendencias y aspectos críticos”. 3 ROSEMBUJ, Tulio. “Impuesto sobrela Renta de Personas Físicas”. 4 Otras Administraciones tributarias distintas a la SUNAT, como es el caso de las Municipalidades o los Gobiernos Regionales, se encuentra excluidas de la aplicación de la presunción del Incremento Patrimonial No Justificado por el tema de la competencia propia de la SUNAT de administrar tributos internos.
  • 5. a) Los signos exteriores de riqueza b) Las variaciones patrimoniales c) La adquisición y transferencia de bienes d) Las inversiones e) Los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del extranjero f) Los consumos g) Los gastos efectuados durante el ejercicio fiscalizado, aun cuando éstos no se reflejen en su patrimonio al final del ejercicio, de acuerdo a los métodos que establezca el Reglamento. La forma de manifestar una elevada capacidad de gasto, la vanidad y la ostentación por parte de las personas naturales pueden reflejar una verdadera capacidad de gasto que no guarda ni un ápice de coherencia con los ingresos que de manera legal se encuentran declarados o, de ser el caso, sustentados, permitirá a la Administración Tributaria descubrir precisamente el llamado incremento patrimonial no justificado. Las maneras en las cuales se aprecia una verdadera capacidad de gasto que a ves pareciera ser que puede pasar como oculta son variadas y de múltiples formas, sean estas de manera directa o indirecta. Es precisamente a través de estas manifestaciones en las cuales la Administración Tributaria puede apreciar algún tipo de renta oculta o no declarada. 3. MEDIOS POR LOS CUALES LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PUEDE TOMAR CONOCIMIENTO DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO El fisco cuenta con la mayor base de datos del país, en la cual almacena información tanto presentada por los propios contribuyentes o terceros a los cuales de algún modo les requirió información. Allí estarán entonces las Declaraciones Juradas mensuales y anuales del Impuesto a la Renta presentadas por los contribuyentes, los emblemáticos Programas de Declaración Telemática (PDT) en todas sus versiones. También la Administración cuenta con datos que
  • 6. son proporcionados por entidades con las cuales suscribe convenios de intercambio de información o también información pública que obra almacenada en los Registros Públicos. Es por ello que la información de los egresos del contribuyente sujeto a análisis por el ente recaudador se puede manifestar de la siguiente manera efectuando preguntas como: ¿Cómo compró y/o vendió predios?; ¿Cómo adquirió y/o vendió vehículos?; ¿Viajó fuera del país?; ¿Realizó algún trámite aduanero de importación de bienes? ; ¿Efectuó algún consumo en restaurantes y/o establecimientos comerciales?; ¿Realizó movimientos con sus tarjetas de créditos?; ¿Efectuó gastos vinculados con servicios educativos?; ¿Adquirió joyas y/o bienes suntuarios?; ¿Realizó algún gasto en operaciones de cirugía plástica? Es preciso mencionar que los supuestos presentados en el cuadro anterior no tiene la calidad de ser una lista cerrada o taxativa sino por el contrario es meramente enunciativa o abierta, motivo por el cual pueden existir nuevos supuestos o figuras que a criterio de la Administración Tributaria podrán ser materia de estudio en cada caso concreto. 4. CONCEPTOS APLICABLES EN EL TEMA DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO Si se analiza el texto del artículo 60º de la Ley del Impuesto a la Renta, el mismo considera algunas definiciones aplicables en el tema de la determinación del Incremento Patrimonial No Justificado, estas definiciones son las siguientes: Patrimonio: Es el conjunto de activos (bienes) deducidos los pasivos (obligaciones) del deudor tributario. Pasivos: Es el conjunto de obligaciones que guardan relación directa con el patrimonio adquirido y que sean demostradas fehacientemente. Patrimonio Inicial: Es el patrimonio del deudor tributario determinado por la Administración Tributaria al 1 de enero del ejercicio, según información obtenida del propio deudor tributario y/o de terceros.
  • 7. Patrimonio Final: Es determinado por la SUNAT al 31 de diciembre del ejercicio gravable, sumando al patrimonio inicial las adquisiciones de bienes, los depósitos en las cuentas de entidades del sistema financiero, los ingresos de dinero en efectivo y otros activos; y, deduciendo las transferencias de propiedad, los retiros de las cuentas antes mencionadas, los préstamos de dinero que cumplan con la bancarización otros pasivos. Para tal efecto, se tomará en cuenta las adquisiciones, depósitos, ingresos, transferencias y retiros efectuados por el deudor tributario durante el ejercicio, sean a título oneroso o gratuito. Variación Patrimonial: Es la diferencia entre el patrimonio final menos el patrimonio inicial del ejercicio. Consumos: A todas aquellas erogaciones de dinero efectuadas durante el ejercicio, destinadas a gastos personales tales como alimentación, vivienda, vestido, educación, transporte, energía, recreación, entre otros, y/o a la adquisición de bienes que al final del ejercicio no se reflejan en su patrimonio, sea por extinción, enajenación o donación, entre otros. También se consideran consumos a los retiros de las cuentas de entidades del sistema financiero de fondos depositados durante el ejercicio. Signos exteriores de riqueza Aquellos elementos que reflejan una posición económica acomodada o también una capacidad de gasto elevada. 5. MÉTODOS QUE EL FISCO UTILIZA EN LA DETERMINACIÓN DEL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO En aplicación de los criterios de investigación y de política fiscal que realiza la Administración Tributaria a los potenciales deudores que se les aplica la presunción del Incremento Patrimonial No Justificado se pueden señalar básicamente dos, sin considerar por ello que sean los únicos. Los métodos son: Método del Balance más Consumo: Es a criterio y elección de la Administración Tributaria y consiste en adicionar a las variaciones patrimoniales del ejercicio, los consumos.
  • 8. Método de Adquisiciones y Desembolsos: A criterio y elección de la Administración Tributaria. Consiste en sumar las adquisiciones de bienes, a título oneroso o gratuito, los depósitos en las cuentas de entidades del sistema financiero, los gastos y, en general, todos los desembolsos efectuados durante el ejercicio. Asimismo, se deducirán las adquisiciones y los depósitos provenientes de préstamos que cumplan con la bancarización. La RTF Nº 02713-2-2007 de fecha 22 de marzo de 2007 consigna el modo en el que se debe aplicar el procedimiento de flujo monetario privado. Así el criterio recogido es el siguiente: “Para determinar sobre base presunta el Impuesto a la Renta al determinarse incremento patrimonial no justificado, corresponde a la Administración aplicar el procedimiento de determinación sobre base presunta conforme con los numerales 2 y 10 del artículo 64° del Código Tributario, así como los criterios jurisprudenciales sobre el procedimiento de flujo monetario privado, excluyéndose los ingresos inafectos, así como el beneficio por repatriación de moneda extranjera, siempre que cumpla con dos requisitos: (i) acreditar su posesión en el exterior y (ii) su ingreso al país”. 6. ELEMENTOS QUE NO SE PUEDE JUSTIFICAR POR EL INCREMENTO PATRIMONIAL POR PARTE DEL DEUDOR TRIBUTARIO Dentro de los parámetros señalados por el artículo 52º de la Ley del Impuesto a la Renta, se determina que los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados por el contribuyente cuando esté presente: a) Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura pública o en otro documento fehaciente. b) Utilidades derivadas de actividades ilícitas. c) El ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no esté debidamente sustentado. d) Los ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor tributario pero que no los hubiera dispuesto ni cobrado, así como los saldos disponibles en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del extranjero que no hayan sido retirados.
  • 9. e) Otros ingresos, entre ellos, los provenientes de préstamos que no reúnan las condiciones que señale el reglamento. CONCLUCIONES La presunción es una estimación de un hecho a través de la evidencia que proporciona otro u otros hechos. En realidad es un medio de prueba que las leyes tributarias adoptaron para su utilización excepcional en tres casos posibles: 1. Cuando no existan documentos y registros para la determinación de la existencia y magnitud del hecho imponible, 2. Cuando estos fueran insuficientes para hacer tal determinación, y / o 3. Cuando de manera fundada se establezca que los documentos y registros no reflejan con veracidad la realidad patrimonial, económica y financiera del contribuyente. Los incrementos patrimoniales no justificados, entendiendo por tales aumentos del valor de patrimonio de un contribuyente sin que este pueda acreditar fehacientemente su causa o fuente, siempre deben ser detectados por el fisco, ya que caso contrario la presunción establecida en la ley de procedimientos tributarios nunca operaría. Podemos decir que existen tres tipos de incrementos patrimoniales no justificados: a. los derivados de aumentos de bienes y derechos, b. los derivados de cancelación de pasivos, y c. los derivados de la impugnación de pasivos ficticios. No obstante, cabe destacar que hay un indicio que opera de manera contundente para determinar si existen estos tipos de incrementos que se da cuando el contribuyente realiza gastos incompatibles con sus ingresos. Aquí hay que destacar que la normativa del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (mono tributo) establece que cuando el pequeño contribuyente realiza gastos incompatibles con la categoría de ingresos declarada podrá ser excluido de oficio por la AFIP.
  • 10. La presunción establecida en la ley de procedimientos tributarios en materia de incrementos patrimoniales no justificados opera de manera taxativa para el impuesto para las ganancias, pero para el impuesto al valor agregado requiere la existencia de evidencia adicional que pruebe que se trata efectivamente el incremento patrimonial de ventas gravadas omitidas ya que caso contrario vulneraría de manera arbitraria el derecho del contribuyente. Con relación al aspecto punible de quien incurre en este tipo de evasión, ya sea por acción u omisión, es pasible de multas que según el comportamiento que haya tenido y según las evidencias que tenga el órgano recaudador al respecto, se podrá aplicar desde las multas por la simple omisión hasta multas por defraudación. Este instituto tributario denominado incrementos patrimoniales no justificados tiene un alcance mucho mayor que el analizado en el presente informe fiscal, sin embargo el presente informe es tan sólo un intento de traer luz para la correcta interpretación y aplicación de este instituto tributario.
  • 11. DATOS BIBLIOGRAFICOS EDUARDO BARRACHINA, Juan. “La prueba en el incremento no justificado de patrimonio”. Artículo publicado en la siguiente dirección web: http://www.graduados-sociales.com/ArticulosCO/ACO227_5.pdf SANCHEZ ROJAS, Oscar Martín. “TRIBUTACIÓN Y POSTMODERNIDAD: Nuevas tendencias y aspectos críticos”. Serie Ensayos. Pre-Textos Legales ediciones. Primera edición. Lima, 2007. Página 144. ROSEMBUJ, Tulio. “Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas”. Promociones y Publicaciones Universitarias. Barcelona, 1992. Página 82. ASOREY R. y NAVARRINE S., "Presunciones y Ficciones en el derecho tributario", Editorial Lexisnexis, Buenos Aires, 2006. ALEJANDRO ALTAMIRANO; "El procedimiento tributario", Editorial Abaco, Buenos Aires, 2003. http://politicaysistematributario.blogspot.pe/2015/07/incrementopatrimonial- no-justificado-de.html