Este documento presenta un plan de acción tributario para el año 2020 en el contexto de la pandemia de COVID-19. Incluye información sobre reformas tributarias, resoluciones de la DIAN, obligaciones de reporte de información para diferentes entidades como personas naturales, empresas, entidades financieras y otros. El objetivo es proveer una guía actualizada sobre los cambios en la normatividad tributaria colombiana.
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Plan de acción tributario COVID-19
1. Plan de
acción
tributario
por COVID-
19
• Preparado por:
LUIS ALBERTO CARMONA
MOVILLA
• ESPECIALISTA EN GESTION TRIBUTARIA
• MAGISTER EN TRIBUTARIA U. EXTERNADO
• DOCENTE UNIVERSITARIO
• ASESOR EN DIFERENTES EMPRESAS
• ( MAYO DE 2020)
3. AÑO GRAV 2012
OCT 31
REFORMA
TRIBUTARIA 1607
DIC 26 / 2012
AÑO GRAV 2013
RESOL 228 OCT 31
DE 2013
EXOGENA AG 2014
AÑO GRAV 2014
RESOL 112 DE OCT
29 DE 2015
EXOGENA AG 2016
AÑO GRAV 2015
RESOL 219 OCT 31
DE 2014 (Modif)
EXOGENA AG 2014
OCT 31
OCT 31
OCT 31
RESOL 220 OCT 31
DE 2014
EXOGENA AG 2015
RESOL 273 DIC 10
DE 2013
EXOGENA AG 2013
DIC 10
RESOL 238 NOV
28 DE 2014
MODIFICA
EXOGENA AG 2015
NOV JUL
RESOL 078 JUL
22DE 2015
MODIFICA
EXOGENA AG 2015
RESOL 111 OCT 29
DE 2015
MODIFICA
EXOGENA AG 2015
Resolución 0111 a
0118 la DIAN solicita
exógena AG 2012
4. AÑO GRAV 2016
OCT 31
REFORMA
TRIBUTARIO 1819
DIC / 2016
AÑO GRAV 2017
RESOL 0068 OCT
28 DE 2016
EXOGENA AG 2017
OCT 31
RESOL 084 DIC 30
DE 2016
MODIFICA
EXOGENA AG 2016
RESOL 112 DE
2015
RESOL 024 MAR 8
DE 2016
MODIFICA
EXOGENA AG 2015
DIC
RESOL 016
MAR 15 DE
2017
MODIFICA
EXOGENA
AG 2016
PLAZOS
RESOL 042
JUL 2017
MODIFICA
EXOGENA
AG 2016 Y
AG 2017
Deceval y
Predial de
municipio
RESOL 022
ABR 2017
MODIFICA
EXOGENA
AG 2016 Y
AG 2017
CxC y CxP
RESOL 0060 OCT
30 DE 2017
EXOGENA AG
2018
AÑO GRAV 2018
RESOL 016 MAR 2018
MODIFICA
EXOGENA AG 2017
INTRODUCE POCOS
CAMBIOS LEY 1819 DE 2016
RESOL 045 AGO 2018
MODIFICA
EXOGENA AG 2018
INTRODUCE POCOS CAMBIOS
: informantes de res 016 de
2018 - fracción 2018 los que
se liquiden hasta junio 2018
Resolución 011004
de octubre 29 de
2018
EXOGENA AG
2019
REFORMA
TRIBUTARIO 1943
DIC / 2018
Ley de
financiamiento
AÑO GRAV 2019
5. OCT 31
REFORMA
TRIBUTARIO
2010 DIC / 2019
RESOL 0070
OCT 28 DE
2019 EXOGENA
AG 2020
OCT 31
RESOL 024 ABR
2019
MODIFICA
EXOGENA AG
2018
DIC
Resolución
000027 de
marzo 27 de
2020 modifica
fecha
presentación
exógena AG
2019 por
COVID19
AÑO GRAV 2019 AÑO GRAV 2020
Resolución 0008
de enero 31 de
2020 modifica
exógena AG
2019
Introduce
aspectos reforma
1943 dic 2018 y
PLAN NAC DE
DES 2019.
ADEMAS
aprovecha e
introduce
cambios resol
070 oct 2019
exógena AG
2020
PLAN
NACIONAL DE
DESARROLLO
LEY 1955
mayo 2019
6. QUIÉNES DEBEN REPORTAR INFORMACIÓN A LA DIAN?*
ESTATUTO TRIBUTARIO
Entidades vigiladas
por la
Superintendencia
Financiera
Art. 623 ET
Personas o entidades que
elaboran factura o
documentos
equivalentes Art. 629-1
Información
relacionada con
Aportes Parafiscales
Art. 626
Grupos
Empresariales
Art. 631-1
Bolsas de Valores
Art. 625
Teniendo en cuenta
el Estatuto Tributario
Jueces Civiles
Art. 630
Cámaras de Comercio
Art. 624
Notarios Art. 629 Comisionistas de
Bolsa Art. 628
Registraduría Nacional
del Estado Civil
Art. 627
7. HAY MÁS (…) OTRAS NORMAS
Los secretarios
Generales de los
órganos que financien
gastos con recursos del
tesoro nacional, o
quien haga sus veces
(Decreto 1738 de
1998)
Responsables del
Impuesto Nacional a la
Gasolina y ACPM
(Decreto 0568 de 2013)
Proveedores de
Materias Primas para la
producción de vacunas
(Decreto 1794 de 2013)
Contribuyentes en
Zonas de Desarrollo
Fronterizo con Tarjeta
Fiscal
(Decreto 1903 de 2014)
Las entidades públicas
o privadas que celebren
convenios de
cooperación y
asistencia técnica con
organismos
internacionales
(ley 863 de 2003)
U.A.E. – Dirección
de Impuestos y
Aduanas
Nacionales
Instituciones
Financieras
Obligadas(FATCA)
(Resol. 0060 de 2015)
Quienes presten el servicio de
sacrificio de animales (frigoríficos,
centrales de sacrificio o mataderos)
(Resol. DIAN No. 12889 de 2007)
Quienes procesen y/o presten el
servicio de curtido, preparación y
teñido de cueros y/o comercialicen
(Resolución DIAN 00259 de 2014)
Intermediarios del mercado
cambiario, los concesionarios que
presten servicios financieros de
coreos y los titulares de cuentas
corrientes de compensación
(Resol. DIAN No. 9147/2006)
Empleadores que ocupen
trabajadoras mujeres victimas de
violencia comprobada
(D.U.R. Minitrabajo No.
1072/2015)
Responsables Frontera Colombo-
Venezolana
(Decreto 1818 de 2015)
8. Obligados A Suministrar Información 2018
INFORMANTES
QUE DEBEN
REPORTAR
MENSUALEMNETE
U.A.E – Dirección
de Impuestos y
Aduanas Nacionales
INFORMANTES
QUE DEBEN
REPORTAR
ANUALMENTE
POR PERIODOS
MENSUALES
INFORMANTES
QUE DEBEN
REPORTAR
ANUALMENTE
ENTIDADES
FINANCIERAS Y
OTRAS
ART. 631 Y DEMAS
NORMAS
RELACIONADAS
9. SUJETOS OBLIGADOS ART 1 Resolución 011004 de octubre 29 de 2018
MODIFICADO RESOLUCION 008 DE enero 31 DE 2020
INFORMACION LITERALES A), B), C), E), F), G), H), I), Y K) ART.631 ET Y EL DECRETO 1738 DE 1998
OBLIGADOS CONDICION LITERALES
D) Personas Naturales y
Asimiladas
E) Las personas jurídicas
sociedades y asimiladas y
demás entidades publicas y
privadas obligadas a
presentar declaración del
impuesto sobre la renta y
complementarios o de
ingresos y patrimonio
F) Todas las personas y las
naturales que perciban
rentas de capital y no
laboral
G) Consorcios y Uniones
Temporales
I.B. 2017 > $500.000.000
I.B. 2019 por rentas de CAPITAL y
rentas NO LABORES superen
$100.000.000
I.B.2017 > $ 100.000.000
Que efectúen retenciones y
auto retenciones a titulo de
renta, IVA, Timbre,
Que efectúen transacciones
económicas
B, C, D, E, F, G, H, I, K
Los reportes de esto
literales serán solo de la
rentas de capital y no
laboral
B, C, D, E, F, G, H, I, K
(A) P.J. con animo de
lucro, cooperativas y
fondos de empleados
obligadas a presentar
declaración de renta
B, E, D, y K
(de conformidad con lo
establecido en el articulo
16 de la presente
Resolución, F.1001 V.10)
B, E, F, H, I
10. (Art.1 resolución 060 de 2017)
Información Literales a), b), c), e), f), g), h), i), y k) Art.631 ET y el Decreto
1738 de 1998
OBLIGADOS CONDICION LITERALES
G) Las personas que actuaron
como mandatarias o
contratistas durante 2018
Actividades ejecutadas en
desarrollo de cada uno de los
contratos de mandato o de
administración delegada
B, E, F, H, I
G) “Operador” en condición
de “solo riesgo”, quienes
realicen exploración y
explotación de minerales
Contratos de exploración y
explotación de
hidrocarburos, gases y
minerales (aun sin firma de
algún contrato)
”Operador” Operaciones de la
cuenta conjunta
-”Solo Riesgo”
-Quienes realicen explotación
minera
B, E, F, H, I
g) Sociedades
Fiduciarias
Que administren
patrimonios autónomos
y/o encargos fiduciarios
Informar bajo su propio NIT y
Razón Social:
1. Valor Patrimonial Derechos
Fiduciarios.
2. Utilidades causadas
3. Ingresos recibidos con
cargo a cada fideicomiso
4. Pagos o abonos en cuenta
realizados con recursos del
fideicomiso
5. Retenciones practicadas
y/o asumidas.
11. (ART.1 resolución 060 de 2017)
Información Literales a), b), c), e), f), g), h), i), y k), ART.631 ET y el
Decreto 1738 de 1998
OBLIGADOS CONDICION LITERALES
h) Entes públicos del nivel nacional
territorial no obligados a presentar
declaración de ingresos y patrimonio
(Art.22, ET)
N/A B, E y H
i) Los secretarios Generales o quien
Haga sus veces de los órganos
que financian gastos con recursos
del Tesoro Nacional (no enunciados
en b y h)
N/A B, E y H
J) Personas Naturales y Asimiladas
personas jurídicas y asimiladas,
demás entidades publicas y privadas,
obligadas de acuerdo con los
literales a), b), y c) del presente articulo
Cuando reciban ingresos
para terceros independiente
de la cuantía de ingresos
recibidos.
G
12. PARAGRAFOS DEL ARTICULO 1 Resolución 011004 de octubre 29 de 2018
PARÁGRAFO 2. No estarán obligadas a presentar la información que
establece la presente resolución las personas naturales y sus asimiladas, las
personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades que durante el año
gravable 2019 adelante el trámite de cancelación del Registro Único Tributario
(RUT) por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, de
acuerdo con lo establecido en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016.
En el caso de que la cancelación del RUT corresponda a un contrato de
colaboración empresarial, las operaciones del contrato deberán ser informadas
a nombre propio por los partícipes ocultos, consorciados, unidos
temporalmente, mandantes, contratantes, asociados, ventures o demás partes
de los contratos, de acuerdo con lo especificado en el artículo 26 y los plazos
establecidos en la presente resolución.
PARÁGRAFO 3. Las personas naturales y asimiladas enunciadas en el literal
d) y f) del presente artículo están obligadas a suministrar la información
respecto de las rentas de capital y las rentas no laborales.
13. No figuran en el artículo 631 del Estatuto
Tributario (…) :
k. Las Cámaras de comercio
l. La bolsa Nacional de Valores de Colombia, La
Bolsa Nacional Agropecuaria y las demás Bolsas
de Valores y los Comisionistas de Bolsa.
m. La Registraduría Nacional del Estado Civil
n. Los notarios con relación a las operaciones
realizadas durante el ejercicio de sus funciones.
ñ. Las personas o entidades que elaboren
facturas de venta o documentos equivalentes.
o. Los Grupos Empresariales
14. Nuevos Reportes, Nuevos Obligados:
1. Formato 2276 para reportar la información consignada en el formato 220
certificado de ingresos y retenciones para rentas de trabajo y pensiones
2. Las alcaldias y Gobernaciones de cada municipio, distrito o departamento
información, relacionada con el
Impuesto predial unificado,
el Impuesto unificado de vehículos
Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros -ICA.
3. Los empleadores que ocupen trabajadoras mujeres víctimas de la violencia
comprobada Modificado Art. 1, Resolución 000111 de 2015 .
16. INFORMACION DE LOS PAGOS O ABONOS EN CUENTA
Y RETENCIONES PRACTICADAS (F.1001, V.10)
Para el la Exogena del AG 2018 se habla de DEVENGO (Resol 060 oct de 2017)
Que constituyan costo o deducción (DEVENGO)
Las personas naturales reportaran los costos y gastos de la cedula de renta de capital y la
no laboral, NO SE REPORTAN LOS COSTOS Y GASTOS DE LA CEDULA DE TRABAJO
Den derecho a impuesto descontable,
Incluida la compra de activos fijos o móviles y
Los pagos o abonos en cuenta (DEVENGO) no solicitados fiscalmente como costo o
deducción
Indicando el valor de las retenciones y autorretenciones en la Fuente practicadas o asumidas a titulo del impuesto sobre
la Renta, IVA y Timbre,, según el concepto contable a que corresponda en el FORMATO 1001 versión 9 “Pagos y
abonos en cuenta y Retenciones practicadas”.
17. INFORMACION DE LOS PAGOS O ABONOS EN CUENTA
Y RETENCIONES PRACTICADAS (F.1001, V.9)
(NUMERAL 18.2)
se eliminaron las columnas para reportar dígitos de verificación del NIT, retenciones de IVA
asumidas con el régimen simplificado, retenciones en la fuente practicadas del CREE y retenciones
en la fuente asumidas del CREE.
nuevo listado de conceptos en el cual ya no se utilizarán los conceptos 5001-Salarios y demás
pagos laborales y 5022 –Pensiones, la Dian prefiere se reporten en el formato 2276 versión 2
Para la exógena AG 2019 se solicita en este formato los honorarios y servicios que no
clasifican como rentas de trabajo, ejemplo: honorarios y servicios con 2 o mas trabajadores,
servicios que no clasifican según normatividad vigente
18. NUEVO REPORTE:
Información del certificado de ingresos y
retenciones para personas naturales
empleados año gravable 2019
(Art. 36, RESOLUCIÓN NÚMERO 011004
de 29 OCT 2018)
Modificado por el articulo 13 de la
RESOLUCIÓN NÚMERO 000008 de 31
ENE 2020
19. CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES PARA
PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2018
• deberán reportar la información de cada uno de
los TRABAJADORES QUE CLASIFIQUEN EN
LAS RENTAS DE TRABAJO y de PENSIONES
de conformidad con lo establecido en el
certificado de ingresos y retenciones para
personas naturales para el año gravable 2019
(formato 220 DIAN), conforme con los
parámetros establecidos en la
especificaciones técnicas del formato 2276
versión 2.
21. Que se dijo en la RESOLUCIÓN NÚMERO
000008 de 31 ENE 2020
Artículo 13. Adiciónese un parágrafo al artículo 36 de la
RESOLUCIÓN NÚMERO 011004 de 29 OCT 2018, el cual
quedará así:
“Parágrafo 3. Los valores correspondientes al IVA y la retención en la fuente a
título de IVA asociados a pagos de rentas de trabajo y pensiones deberán ser
reportados en los formatos de pagos y retenciones practicadas
correspondientes, en el concepto 5016 – Demás costos y deducciones,
diligenciando las columnas de pagos o abonos en cuenta deducibles y pagos o
abonos en cuenta no deducibles en cero (0).
22. CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES 220
prescrito con Resolución 00002
de 2018, pero que fue ajustado
SOLO en el portal el 22 de enero
2018. Dicho certificado debe ser
expedido antes de marzo 16 de
2018.
SOLO SE DEBE EXPEDIR A
LAS PERSONAS NATURALES
ASALARIADAS
rentas de trabajo no laborales
(honorarios, comisiones,
servicios, emolumentos) y a las
cuales se les haya practicado
retención en la fuente con la
tabla del artículo 383 del ET
Aportes
voluntarios a
fondos
obligatorios
PRIVADOS
Adicionado por
decreto 2250
de 2017
23. CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES 220
• ARTICULO 378. POR CONCEPTO DE SALARIOS.
< Fuente original compilada: Art. 27 D. 2503/87 > Los agentes de retención en la fuente deberán
expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente
al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la Dirección General de
Impuestos Nacionales
• Artículo 1.6.1.13.2.40. Obligación de expedir certificados por parte del agente retenedor del
impuesto sobre la renta y complementario y del gravamen a los movimientos financieros -GMF. Los
agentes retenedores del impuesto sobre la renta y complementario y las del gravamen a los
movimientos financieros -GMF, deberán expedir a más tardar el 16 de marzo de 2018, los siguientes
certificados por el año gravable 2017:
1. Los certificados de ingresos y retenciones por concepto de pagos originados en la relación laboral o
legal y reglamentaria a que se refiere el artículo 378 del Estatuto Tributario
• ARTÍCULO 378-1.
< Artículo adicionado por el artículo 12 de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente: > Toda
persona jurídica o entidad empleadora o contratante de servicios personales, deberá expedir un certificado
de iniciación o terminación de cada una de las relaciones laborales o legales y reglamentarias, y/o de
prestación de servicios que se inicien o terminen en el respectivo periodo gravable
El certificado expedido en la fecha de iniciación o terminación de que trata el inciso anterior, deberá
entregarse al empleado o prestador de los servicios, y una copia del mismo deberá remitirse a la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales
24. IMPUESTO PREDIAL UNFICADO, IMPUESTO UNIFICADO DE VEHÍCULOS,
IMPUESTOS DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TABLEROS
Las Alcaldías, los Distritos y las Gobernaciones, de
conformidad con el articulo 631-3 del Estatuto Tributario,
están obligados a suministrar la información relacionada
con
el Impuesto Predial
el Impuesto de Vehículos y
el Impuesto de Industria, Comercio Avisos y
tableros,
Según lo establecido en la presente resolución:
ALCALDÍAS, DISTRITOS Y GOBERNACIONES
26. PLAZOS PARA ENTREGAR LA INFORMACION
TIPO DE INFORMACION FECHA DE ENTREGA
Información que se debe presentar
MENSUALEMENTE (entidades que
celebren convenios de cooperación con
organismos internacionales
(…) a más tardar el último día hábil
del mes siguiente al período objeto
del reporte
La información correspondiente al Impuesto
de Industria, Comercio, Avisos y Tableros del
año gravable 2018 (las alcaldías y los
Distritos)
Deberá ser reportada a más tardar
el último día hábil de mes de junio
de 2019
INFORMACION ANUAL
(Registradora Nacional del Estado Civil)
a más tardar el primer día hábil del
mes de marzo de 2019
INFORMACION ANUAL
(Grupos Empresariales)
a más tardar el último día hábil del
mes de Junio de 2019.
29. REGIMEN SANCIONATORIO
HECHOS SANCIONABLES
1. NO SUMINISTRAR LA INFORMACION;
2. SUMINISTRAR LA INFORMACION EN FORMA
EXTEMPORANEA
3. SUMIISTRAR LA INFORMACION EN FORMA
ERRONEA
4. SUMINISTRAR INFORMACION QUE NO
CORRESPONDA CON LO SOLICITADO