Este artículo resume las contradicciones del impuesto de las hipotecas en España y las recientes decisiones del Tribunal Supremo y el gobierno sobre quién debe pagarlo. Argumenta que el impuesto grava extrañamente elevar un acuerdo hipotecario a público, no un incremento de riqueza. Aunque el Tribunal Supremo dictaminó que los bancos deben pagarlo, el gobierno anunció que cambiará las reglas para que sigan pagándolo los hipotecados. Esto probablemente resulte en que los clientes paguen más a larg
VALOR DEL DINERO EN EL TIEMPO - 2024 - SEMINARIO DE FINANZAS
Impuesto de las Hipotecas: pan y circo
1. 46 GE Gran Empresa
OPINIÓN
Impuesto de las hipotecas: “pan y circo”
Hasta el 11 de noviembre toda perso-
na que se hipotecaba tenía que pagar
entre un 0,50 y un 1,50% de la respon-
sabilidad hipotecaria. Aquí ya tenemos
las primeras tres contradicciones:
• Al ser un Impuesto Autonómico hay
agravios comparativos entre distintos
contribuyentes dependiendo de la zona
donde hagan la operación.
• Se aplica sobre la Responsabilidad
Hipotecaria, importe que suele ser un
130-150% el valor de la hipoteca. Se
trata de un concepto un poco extraño:
cualquier hipotecado responde de for-
ma ilimitada, ¿por qué existe una res-
ponsabilidad hipotecaria en la escritu-
ra sino sirve de nada?,¿
para pagar más impuestos?
• Se trata de un impuesto extraño: no
grava una compra, ni un incremento
de riqueza, ni siquiera un trasvase de
patrimonio, simplemente grava elevar
a público un acuerdo. Pocos países en
Europa lo tienen, todos más bajos que
en España y en algunos se paga única-
mente en la primera operación que se
hace en cada inmueble (normalmente
del promotor al primer comprador).
Fiscalmente confiscatorio
Pues bien, prácticamente nadie se ha
alzado contra estas tres contradicciones
que tanto perjuicio económico causa a
familias y empresas. Bueno, realmen-
te si se han escuchado voces contra la
tercera (la existencia del impuesto), sin
embargo podría ser la menos necesa-
ria: en un país fiscalmente confiscatorio
como éste hay muchos impuestos a re-
bajar y/o extinguir antes que éste.
Ante un Impuesto mal engendrado y
tras 23 años en la que todo el mundo
asumía, o mejor dicho, desconocía su
funcionamiento (cuanta menos cultura
financiera más fácil es engañar a la po-
blación) el Tribunal Supremo, tras ha-
cer lo contrario el 18 de octubre, el pa-
sado 7 de noviembre confirmó que este
impuesto lo debe pagar el hipotecado.
Crisis financiera
Aunque en el momento de escribir este
artículo no era pública, es vox populi
que las motivaciones son puramente
económicas: salvaguardar el sistema
económico nacional. Es decir, tras 23
años sin que la banca pagara un im-
puesto que le correspondía(según sen-
tencia del propio TS les correspondía)
la devolución de parte (o de todo de-
pendiendo de la retroactivicad) supon-
dría una crisis financiera.
¿Un trasvase de, entre 4.000 y 28.000
millones, del sistema financiero a las
empresas y familias desestabiliza? La
respuesta es no, incluso puede ayudar
a mejorar la economía real.
Pues lo peor estaba por llegar: al día
siguiente el Presidente del Gobierno
critica una decisión judicial y anuncia
que cambiará el reglamento para acla-
rar que se trata de un impuesto cuyo
sujeto pasivo es el banco. ¿Aplaudi-
mos? Antes hay que seguir leyendo.
Acabaremos pagando más
Por una parte llama la atención que los
políticos han tenido 23 años para cam-
biar el reglamento y no lo han hecho,
incluso cuando ha habido sentencias y
quejas de varios colectivos.
Por otra, es fácil que el cliente sal-
ga perdiendo: para una hipoteca de
200.000 euros en Balears, se paga
por AJD 3.120 euros (dependiendo de
la responsabilidad hipotecaria). Este
importe ahora se lo ahorra el hipoteca-
do; pero, paga en concepto de intere-
ses 103.554,30 euros (suponiendo un
fijo del 3% durante 30%). Si al banco
se le ocurre subir un simple 0,10% el
tipo de interés anual el cliente pasará a
pagar 107.452,42 euros de intereses,
es decir 3.898,12 euros más. Con esta
leve subida, de la que nadie se dará
cuenta y que el Presidente del Gobier-
no no hablará, el cliente acaba pagan-
do más.
Y todavía puede ser peor: si no suben
el tipo de interés (que aún así subirá
por la revalorización del Euribor) y exi-
ja al cliente vinculación vía tarjetas de
crédito, planes de pensiones o fondos
de inversión.
El hipotecado lo hará encantado sin
saber que (a estas alturas por no que-
rer saber), por poner un ejemplo, entre
un buen fondo de inversión y uno malo
(comparables por activos en los que
invierten) puede haber más de un 4%
de diferencia cada año. Hagan núme-
ros, y sino tranquilos que tenemos pan
y circo.
Seguramente todos los lectores conocen el bochornoso festival relacionado
con el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. No pretende ser éste un
artículo técnico sobre el “Impuesto de las Hipotecas” (hasta se le ha dado un
nombre coloquial cuando antes del 17 de octubre no lo conocía nadie) pero
sí hay que explicar su funcionamiento.
Luis García Langa
Asesor Sidiclear SICAV
www.corredordefondos.com