1. Universidad Fermín toro
Vice-rectorado académico
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de Derecho
Cuadro explicativo.
Maikerlin Sánchez
Ci: 26134037
SAIA D.
2. Derecho Concepto Garantías de los
derechos
De los
Derechos
individuales
Son aquellos Derechos de los
que gozan los individuos como
particulares y que no pueden
ser restringidos por los
gobernantes, siendo por
Tanto inalienables.
Estos son: Derecho a la Vida
Art. 43 , a la Libertad Art. 44, a
la Integridad personal Art. 46,
a la Inviolabilidad del Hogar
domestico Art. 47 , a la
Inviolabilidad de las
Comunicaciones Privadas Art.
48 a la Asociación Art. 52 , a
Reunión Art. 53 , al Libre
Tránsito Art. 50 , al Nombre
Art. 56 , a la Identidad Art. 56 ,
a la Libertad de Expresión Art.
57 , a la Información Art. 58 ,
al Honor, a la Privacidad y a la
Intimidad Personal Art.60 de la
CRBV .
Derecho a la Integridad
Persona tenemos las
garantías de la prohibición
de torturas y tratos crueles,
entre otras que se
encuentran en la CRBV.
De los
Derechos
políticos
El Derecho político es una
rama jurídica que está
relacionada con el fenómeno
político, incluye el estudio del
sistema político y también la
teoría del Estado y formas de
gobierno, la filosofía política y
la sociología electoral. Estos
son: El Derecho a la
Participación Política y a la
gestión en los asuntos
públicos Art. 62 el Derecho al
Sufragio activo y
Derecho a la Participación
Política garantiza de que
esta deberá ejercerse
libremente, Del Derecho al
Sufragio garantiza de que
esta deberá ser a través
de votaciones, libres,
universales, directas y
secretas, entre otras.
3. adicionalmente el Derecho de
los extranjeros en las
elecciones políticas locales
Art. 63 , el Derecho al Sufragio
Pasivo Art. 67 el Derecho al
desempeño de los cargos
públicos Art. 65 el Derecho de
los ciudadanos a que sus
representantes públicos les
rindan cuenta de su gestión en
los asuntos públicos a ellos
confiados Art. 66, el Derechos
a la asociación con fines
políticos y el derecho a la
postulación y a la propaganda
política y electoral Art. 67 el
Derecho a manifestar
pacíficamente Art. 68 el
Derecho a asilo político y a
refugio Art. 69 de la CRBV.
Derechos de las
Familias
Entre los Derechos
estrictamente Sociales
tenemos en nuestra
Constitución los Derechos de
las Familias en tales Derechos
se protege a la familia como
asociación natural de la
sociedad y como espacio
fundamental para el desarrollo
de las personas y en especial
a los niños y adolescentes en
cuanto a su Derecho a tener
una familia Art. 75, a la
maternidad y a la paternidad
Art. 76 al matrimonio
heterosexual Art. 77 a los
niños y adolescentes con
especial consideración como
sujetos de Derechos Art. 78 , a
los jóvenes en su proceso de
Para la familia el Estado
se obliga a garantizar
protección al padre, a la
madre, o a quienes
ejerzan la jefatura de la
familia, a la maternidad y
a la paternidad garantiza
que las parejas puedan
decidir libremente el
número de hijos que
deseen tener, Matrimonio
heterosexual se
garantizan los derechos
derivados del matrimonio
civil para aquellas parejas
que no se han
formalmente casado
siempre que cumplan con
los requisitos establecidos
en la Ley, niños y
4. desarrollo Art. 79 , a los
ancianos de forma particular
Art. 80 y a los discapacitados
con especial atención Art. 81 .
adolescentes El Estado
considera de prioridad
superior los derechos de
los niños y adolescentes y
establece su protección
integral.
De los
Derechos
Sociales strictu
sensu
Igualmente se tutelan los
Derechos Sociales
tradicionales tenemos los
Derechos tutelados tales como
el de la Vivienda Art. 82 la
Salud Art. 83 la Seguridad
Social Art. 86 y el Trabajo Art.
87 CRBV.
Vivienda Debe ser una
vivienda higiénica,
cómoda, segura,
adecuada, con servicios
básicos. El Estado
garantiza las facilidades
para que las familias y en
especial las de escasos
recursos económicos
puedan tener acceso a una
vivienda, El Derecho a la
salud garantizar el acceso
a los servicios de salud en
virtud del bien estar
colectivo y elevar la
calidad de vida, En
cuanto al Derecho al
Trabajo el estado
establece un conjunto de
garantías determinadas.
Derechos
Económicos
La CRBV establece un
conjunto de Derechos
Económicos, orientados hacia
la persona humana a
salvaguardar tales Derechos
en función del ciudadano la
misma protege los Derechos a
la Libertad económica de los
ciudadanos Art. 112 a la
propiedad Art. 115 al acceso
de bienes y servicios de
calidad Art. 117 y a fundar y
En cuanto a las Garantías
para el cumplimiento de
los Derechos económicos
de los ciudadanos tiene a
iniciativa privada y justa
distribución de la riqueza,
Limita los monopolios y el
abuso de la posición de
dominio, Prescribe
sanciones, a ser
desarrolladas por ley
especial, para quienes
5. promover asociaciones y
cooperativas para la
consecución de fines
económicos, en especial de
los trabajadores aunque se
establece tal disposición
jurídica en beneficio de la
comunidad en general Art. 118
CBV.
realice ilícitos económicos,
La propiedad garantizada
como derecho tiene las
garantías de goce, uso y
disposición por parte de
sus propietarios, entre
otras.
De los
Derechos
Culturales
Nuestra constitución también
reconoce los Derechos
Culturales y Educativos, como
parte de la segunda
generación de Derechos
Humanos que estamos
mencionando. De esta manera
la misma protege Derechos
tales como la Libertad Cultural:
invención, producción y
divulgación de obras creativas,
científica, tecnológica y
humanística, así como tutela
los Derechos de autor y la
propiedad intelectual Art. 98 el
fomento a la cultura y el
patrimonio cultural Art. 99, y
las culturas populares Art. 100
CRBV.
Garantiza la invención,
producción y divulgación
de la obra creativa,
científica, tecnológica y
humanística, igualmente
tutela y reconoce los
Derechos de autor, la
propiedad intelectual sobre
obras científicas, literarias
y artísticas, invenciones,
innovaciones,
denominaciones, patentes,
marcas y lemas, sin más
restricciones que las
establecidas en la ley,
entre otras.
De los
Derechos a la
Educación
La Constitución Nacional
reconoce y tutela el Derecho a
la Educación Art. 102 y 103, la
autonomía Universitaria Art.
109, la Ciencia y la Tecnología
Art. 110 y el Deporte Art. 111
CRBV.
Esta garantía es prioritaria
para el Estado por su
función social al servicio
de la comunidad, es
democrática, gratuita y
obligatoria, es un servicio
público, y pone su acento
en la educación
ciudadana, en la
valoración ética del trabajo
6. y en la participación activa
de la misma en los
procesos de
transformación social
inspirados en los valores
del país, latinoamericanos
y universales.
Derecho de los
pueblos
indígenas
Uno de los derechos que
merece especial mención es
el Derecho de los Pueblos
Indígenas. Especial porque
estos suponen un
reconocimiento a un grupo
humano de etnias de gran
significación para Venezuela,
por razones históricas ya que
simbolizan la lucha contra el
conquistador Español, siempre
había sido marginado por el
constituyente venezolano.
Reconoce de la existencia de
los pueblos indígenas en
Venezuela Art. 119 , se
protege la identidad y cultura
indígena Art. 121 , se
reconoce la medicina
tradicional indígena Art. 122 ,
se reconocen las practicas
económicas de la sociedad
indígena Art. 123 , Se tutela la
propiedad intelectual y
colectiva de los pueblos
indígenas Art. 124 , Se protege
el Derecho a la participación
política en Venezuela de los
pueblos indígenas Art. 125 y
se reconocen los pueblos
indígenas como parte del
pueblo Venezolano e
Garantiza el
aprovechamiento de los
recursos naturales en los
hábitats indígenas por
parte del Estado se hará
sin lesionar la integridad
cultural, social y
económica de los mismos.
7. integrantes del territorio de la
Nación Art. 126 CRBV.
Del Estado
Democrático y
Social de
Derecho en el
ámbito
Internacional
La tercera generación de
Derechos Humanos está
constituida por un conjunto de
bienes jurídicos reconocidos
por nuestra Constitución y que
se inscriben en la tendencia
del mundo globalizado en su
protección y defensa.
De las Garantías
establecidas para los
Derechos Humanos de la
tercera generación, como
aquí se les ha
denominado, por una parte
se hayan establecidos en
la propia constitución y por
la otra en los tratados
internacionales suscritos y
ratificados por Venezuela.
Diferencia entre Derecho y garantía.
Los Derechos: son subjetivos se
refiere a las facultades que por el
hecho de ser persona tenemos todos
los seres humanos,
Los derechos fundamentales son los
derechos humanos establecidos en la
Constitución y se agregan otros que
se consideran como fundamentales,
pero que no son inherentes a la
persona.
Las Garantías: hacen referencia a la
aplicación y defensa de esos derechos
El solo hecho de estar reconocidos en
la constitución no los garantiza es
necesario que sean normativos,
vinculantes y que hayan medios para su
defensa como el amparo.