El documento explica la diferencia entre derechos y garantías individuales, políticos, sociales y de las familias según la Constitución de Venezuela. Los derechos son facultades de las personas, mientras que las garantías son obligaciones del Estado para asegurar el cumplimiento de los derechos. Algunos ejemplos son el derecho a la vida y la garantía de prohibir la pena de muerte, o el derecho al sufragio y la garantía de que se ejerza libremente.
1. DERECHOS GARANTIAS DIFERENCIA
Derechos individuales: estos
deben ser respetados por el Estado
ejerciendo su poder, Derecho a la
Vida 43 , a la Libertad Art.44 , a la
Integridad personal 46, a la
Inviolabilidad del Hogar domestico
47, a la Inviolabilidad de las
Comunicaciones Privadas 48, a la
Asociación 52, al Nombre 55, a la
Identidad 56 a la Libertad de
Expresión 57, al Honor, a la
Privacidad y a la Intimidad
Personal 60 entre los mas
destacados.
Garantías individuales: estas
garantías son las que van a evitar
que el cumplimiento de los
derechos vayan en contra de las
personas por ejemplo; la prohibición
de la pena de muerte obliga a
Estado a asegurar el derecho a la
vida en cuanto el derecho a la
libertad las normas lo garantizan
prohibiendo la esclavitud, el Estado
también se obliga a garantizar la
libertad de expresión, hoy en
Venezuela no se cumplen ninguna
de estas garantías.
Estas se diferencia ya que cuando
se habla de derechos hacemos
referencia al bien protegido ,
mientras que la garantía es la
capacidad o la obligación del
Estado a garantizar dichos
derechos, es decir ejerce como
protector de los derechos, por
ejemplo; El sujeto tiene derecho a la
información y la garantía es el
habeas data.
Derechos políticos: la facultad
acordada a los ciudadanos de
participar en el gobierno del Estado
y, por tanto, en la formación de la
decisión política, estos derechos
políticos están estipulados en el
capitulo IV del titulo III de la CRBV
entre los mas importantes están: el
derecho al sufragio activo 63,
derecho al sufragio pasivo 64,
derecho al desempeño de los
cargos públicos 65 , el derecho a
manifestar pacíficamente 68, entre
otros…
Garantías políticas : estas se
encuentran establecidas en la
misma constitución, Algunas se
hayan prescritas en aquellas
disposiciones normativas que
reconocen Derechos políticos; otras
se desarrollan en las leyes sobre la
materia “ley orgánica del poder
electoral”, es decir que una de las
garantías esenciales las otorga el
art 62 la garantía de que esta
deberá ejercerse libremente, es
decir sin coacciones de ningún tipo.
La diferencia entre los derechos y
las garantías políticas es que los
derechos establecen quienes
pueden y quienes no desempeñar
funciones tanto políticas como
ejercer funciones de sufragio ,
mientras que las garantías se
encargan de que todos los
derechos constitucionales en este
caso los políticos se cumplan,
ejemplo; si una persona cumple con
los requisitos para optar por un
cargo publico este le garantiza ese
derecho.
2. Derechos sociales: se encuentran
en una segunda categoría
importante pero no tan fundamental
como los Derechos individuales,
los Derechos sociales en sentido
amplio, entre los cuales se
encuentran, actualmente en nuestra
carta magna, los culturales,
económicos, de las familias, los
Educativos, los laborales y los de
los pueblos indígenas.
Garantías sociales: en este caso
se garantizara por medio del
ordenamiento jurídico Venezolano
todos derechos estipulados en cada
categoría que comprende a los
derechos sociales, ejemplo; el
derecho a la educación en este
caso el Estado esta obligado a
implementar las medidas
necesarias para la creación de
escuelas, liceos , universidades y
misiones que desarrollen el nivel
educativo de la población.
En este caso lo derechos sociales
como lo son los derechos
culturales, económicos, laborales
entre otros comprendidos en esta
categoría por la constitución van a
ser garantizados por las garantías
que la misma establece para el
pleno desenvolvimiento y pleno
desarrollo de los ciudadanos a nivel
económico, social, cultural ,
educativo etc…
Derechos de las familias: estos
estas comprendidos en el capitulo V
titulo III de la CRBV en sus artículos
75,76,77,78,79,80 y 81 En tales
Derechos se protege a la familia
como asociación natural de la
sociedad y como espacio
fundamental para el desarrollo de
las personas y en especial a los
niños y adolescentes en cuanto a
su Derecho a tener una familia,
también les otorga defensa a todos
los individuos de las familias
comprendiendo así a los padres,
madres, niños, niñas, adolescentes
y ancianos.
Garantías de las familias: estas
se comprenden en que todos los
ciudadanos tienen derecho a una
familia y el Estado garantizara la
protección de la familia, las parejas
pueden elegir el numero de hijos
que quieran tener, la protección del
matrimonio heterosexual, la ley
Venezolana mediante la ley de
protección de niños, niñas y
adolescentes va a establecer y a
resguardar su protección integral, el
Estado implementara planes que le
den una buena calidad de vida a los
ancianos, etc..
La diferencia que se puede apreciar
en este caso de derechos y
garantías es muy parecida a las
otras ya que los derechos son los
que establecen las facultades de
las personas de exigir lo establecido
en la constitución y las garantías
son las que obligan al Estado como
órgano que ostenta el poder de
cumplir con sus obligaciones y dar
garantías a las familias.
3. Derechos sociales strictu sensu:
se tutelan los Derechos Sociales
tradicionales, aunque remozados
por el carácter democrático de
nuestra constitución comprendidos
en el capitulo V titulo III de la CRBV
pero en este caso en los artículos
82 la vivienda, la salud 83, la
seguridad social 86 y el trabajo 87
Garantías sociales strictu sensu:
son garantías que deben ser
ejecutadas por el Estado , todas las
personas tienen el derecho a una
vivienda digna, higiénica y segura,
la salud debe ser gratuita por medio
de hospitales, todas las personas
deben tener un trabajo digno y que
presten condiciones adecuadas
para el desarrollo de sus funciones
laborales, entre otros…
El Estado como persona del poder
publico y en ejercicio pleno de todas
sus funciones debe garantizar todos
y cada uno de los derechos y
garantías de strictu sensu, las
personas según la constitución
tienen el derecho de exigir al estado
el cumplimiento de los establecido
por ella y el Estado esta en la
obligación de garantizar el
cumplimiento de todos los derechos
establecidos en la Constitución de
la Republica Bolivariana de
Venezuela.CONCLUSIÓN
Recopilando toda la información estudiada podemos establecer que los derecho y
garantías aunque son diferentes se asemejan ya que los dos buscan el mismo fin que
es el cumplimiento del ordenamiento constitucional, ”El derecho es lo protegido y la
garantía la protectora”.
NOMBRE, CI:
Giovanny valero 25137088
Seccion: SAIA B