1. ESTACIÓN 3
ANALISIS DE CASOS
DERECHOS Y DEBERES DE LOS APRENDICES
Aprendiz:
MANUEL ALBERTO VILLAMIL MOLINA
Caso 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
2. Le respondería a Federico que él como aprendiz del SENA tiene el derecho a recibir su carné que lo acredita como tal, sin importar la modalidad ni el programa que formación que adelante.
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
La líder de bienestar está totalmente equivocada pues como bien se establece en el numeral 4. del artículo 7 del Capítulo II del Reglamento del aprendiz SENA, todo aprendiz tiene derecho a “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA”.
Caso 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
3. 1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Nicolás puede fundar su petición amparado en lo establecido en los numerales 8 y 11 del artículo 7 del Capítulo II del Reglamento del aprendiz SENA, donde se establece que él como aprendiz tiene los derechos de; “Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.” , y derecho a “…a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones…”.
Nicolás también podría solicitar que se inicie un proceso disciplinario en contra del tutor, debía a que la respuesta del tutor, además de totalmente inapropiada por su contexto peyorativo, vulnero el derecho de Nicolás a “Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa”, como se encuentra plasmado en el numeral 15 del artículo 7 del Capítulo II del Reglamento del aprendiz SENA.
Caso 3
El instructor le ha manifestado a tres aprendices del programa de formación Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía, porque cuando ingresaron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este documento ya no es válido.
Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar en salidas técnicas.
Además el Tutor encontró que personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la contraseña de uno de ellos. El instructor
4. le solicita al representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué parte del reglamento se está fallando.
1. ¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los aprendices identifiquen sus faltas?
Los aprendices están faltando a sus deberes, pues es su obligación tener actualizados sus datos y efectuar el trámite administrativo correspondiente, como lo establece el numeral 3 del artículo 9 del capítulo III, además es también obligación del aprendiz “Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva”, como bien se plasma en el numeral 1 del artículo 9 del capítulo III.
Adicionalmente el numeral 27 del artículo 9 del capítulo III , establece que el aprendiz deberá; “Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente a delitos informáticos”, y por lo tanto es obligación del aprendiz denunciar a quien este permitiendo el acceso de personal ajeno a la plataforma virtual, pues se está incurriendo en el delito de suplantación de identidad.
2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?
El numeral 3 del artículo del capítulo III, establece que el aprendiz deberá; “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente”.
3. ¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita técnica?
Si, los numerales 1, 4 y 9 del artículo 9 del capítulo III, establecen que el aprendiz deberá; “Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje…”(numeral 1.), “Participar en las actividades
5. complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación...”(numeral 2.), y “Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas…”(numeral 9.).
Caso 4
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
Llamado de atención verbal: Es lo que recibe el aprendiz cuando comete una falta leve, esta medida no es sancionatoria.
Plan de Mejoramiento académico: Es una medida que busca que en 1 mes el aprendiz mejore su rendimiento académico, y consiste en una estrategia acordada entre instructor y aprendiz que incluye la presentación de actividades académicas.
Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida semejante a la anterior en cuanto al plazo (1 mes), pero esta se aplica a los aprendices que han
6. incurrió en actos de indisciplina que le ocasionaron llamados de atención escritos o condicionamiento de matrícula, y consiste en que el aprendiz debe asumir la falta cometida y evidenciar cambios positivos en su comportamiento respecto de la misma.
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Son; el llamado de atención por escrito y el condicionamiento de matrícula.
3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan.
Beneficio de otorgamiento de crédito condonable al 100% para estudios profesionales en Colombia o el extranjero.
Beneficio de otorgamiento de crédito condonable al 100% para estudios de idiomas en Colombia o el extranjero.
Estos estímulos están dirigidos a aquellos aprendices de formación titulada que se inscriban en las convocatorias que realiza el SENA, los créditos los otorga el Fondo de Incentivos a la Excelencia del SENA.
MANUEL ALBERTO VILLAMIL MOLINA
FICHA 851588