El documento resume una resolución judicial de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza sobre la admisión de pruebas en un caso entre el Nuevo Plaza Hotel Mendoza y la provincia de Mendoza. La resolución admite la mayoría de las pruebas ofrecidas por las partes pero rechaza una inspección ocular propuesta por KLP Emprendimientos S.A. debido a que no cumplió con los requisitos formales. Además, establece fechas para las audiencias testimoniales y la designación de un perito contador.
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Corte Suprema de Justicia admite pruebas en caso hotelero
1. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA
PODER JUDICIAL MENDOZA
foja: 657
CUIJ: 13-02846910-6((012174-10484101))
NUEVO PLAZA HOTEL MENDOZA C/ PROVINCIA DE MENDOZA P/ ACCIÓN
PROCESAL ADMINISTRATIVA
*102868360*
Mendoza, 17 de Abril de 2017.
AUTOS Y VISTOS:
El llamado al acuerdo de fs. 656 para resolver sobre la admisión de la
prueba ofrecida por las partes, y
CONSIDERANDO:
I. Que a fs. 567, tercer y cuarto párrafo, KLP Emprendimientos S.A.,
ofrece Inspección Ocular sin explicitar en qué consistiría dicha inspección ni brindar la
información necesaria para practicar la misma. Por ello, no habiéndose cumplido con los
recaudos formales para el ofrecimiento de dicha prueba, conforme lo dispuesto por los arts.
177 inc. V del C.P.C. y 34 inc. C), 44 y 76 Ley 3918, corresponde tenerla por no ofrecida.
II. Que, encontrándose los autos en estado de resolver sobre la admisión
de las pruebas ofrecidas por las partes y conforme lo dispuesto por los arts. 50, 51, 76 y
concs. del C.P.A. y 177 del C.P.C., corresponde admitir el resto de las pruebas.
Por tanto,
RESUELVO:
2. 1°) Tener por no ofrecida la Inspección Ocular propuesta por KLP
Emprendimientos S.A., a fs. 567 de autos (arts. 177 inc. V del C.P.C. y 34 inc. C), 44 y
76 Ley 3918).
2°) Admitir el resto de las pruebas ofrecidas por las partes.
3°) Tener presente que el expediente n° 28.708/13, se encuentra en el
Tribunal, según constancias del cargo obrante a fs. 458.
4°) Ofíciese a fin de recepcionar la prueba instrumental e informativa
ofrecida a fs. 57 punto XIV, a fs. 57 vta. punto b), a fs. 565 vta. punto XIII, apartados 1, 2,
3, INFORMATIVA, puntos 1, 2 y 3.
5°) Conforme lo dispuesto por el art. 195 inc. III del C.P.C., al efecto de
que brinden declaración testimonial el Senador Lic. Luis Böhm y la Senadora Olga
Bianchinelli, ofíciese en la forma de estilo, con transcripción del pliego interrogatorio
acompañado según constancia de fs. 546.
Establézcase la carga de confeccionar y diligenciar los oficios
ordenados al litigante que solicitó su producción (conforme art. 179 C.P.C.).
6°) Fíjase la audiencia del día JUEVES PRIMERO (01) DE JUNIO
PRÓXIMO A LAS DIEZ Y TREINTA (10:30’) HORAS, al efecto de recibir la
declaración testimonial de los señores PABLO PAPALARDO, JORGE LEIVA y DANIEL
PEREYRA
7°) Fíjase la audiencia del día JUEVES OCHO (08) DE JUNIO
PRÓXIMO A LAS DIEZ Y TREINTA (10:30’) HORAS, al efecto de recibir la
declaración testimonial de los señores EDGARDO BAJINAY, Lic. CELSO JACQUE y
Lic. DANIEL PEREYRA.
8°) Fíjase la audiencia JUEVES QUINCE (15) DE JUNIO PRÓXIMO A
LAS DIEZ Y TREINTA (10:30’) HORAS, al efecto de recibir la declaración testimonial
del señor Cont. GABRIEL CHAMORRO y la confesional del Presidente del Nuevo Plaza
Hotel Mendoza S.A.-
Los testigos mencionados deberán ser citados en los domicilios
denunciados a fs. 58 vta. y 566vta./567, bajo apercibimiento de ley (art. 196 C.P.C.).
Hágase saber a los testigos citados que las audiencias fijadas se
celebrarán en la Sede de este Tribunal sito en calle Av. España N° 480-4° piso – B° Cívico,
Ciudad, Mendoza.
9°) Fíjase el día LUNES DIECINUEVE (19) DE JUNIO PRÓXIMO
A LAS OCHO (08:00’) HORAS, para que por Oficina de Profesionales se proceda al
sorteo de un perito contador, que deberá desempeñarse en los presentes autos.