El documento trata sobre la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Establece que las personas con discapacidad incluyen aquellas con deficiencias físicas, mentales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con barreras, puedan impedir su participación plena en la sociedad. Incluye artículos sobre accesibilidad, derecho a vivir de forma independiente e incluido en la comunidad, movilidad personal, supresión de barreras físicas y referencias a la Declaración Universal de los Dere
2. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LASCONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS
PERSONASPERSONAS CON DISCAPACIDADCON DISCAPACIDAD
Artículo 1. Propósito
Las personas con discapacidadpersonas con discapacidad incluyen a aquellas
que tengan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al
interactuar con diversas barrerasinteractuar con diversas barreras, puedan impedirimpedir
su participación plena y efectivaparticipación plena y efectiva en la sociedad, en
igualdad de condicionesigualdad de condiciones con las demás.
6. ARTICULO 9: ACCESIBILIDADACCESIBILIDAD.
• A fin de que las personas con discapacidad
puedan vivir en forma independiente y
participar plenamente en todos los aspectos
de la vida, se adoptarán medidas pertinentes
para asegurar el acceso a las personas con
discapacidad, en igualdad de condiciones con
las demás al entorno físico, el transporte (…)
7.
8. Escalones presentes una vez que se ingresa al edificioEscalones presentes una vez que se ingresa al edificio
9. ARTÍCULO 19
“DERECHO A VIVIR EN FORMA INDEPENDIENTE
Y A SER INCLUÍDO EN UNA COMUNIDAD”
• a) Las personas con discapacidad tengan
derecho a elegir su lugar de residencia y
dónde y con quién vivir…
• b) Las personas con discapacidad tengan
acceso a una variedad de servicio de
asistencia domiciliaria, y otros servicios de
apoyo… para evitar su aislamiento .
10. Escalones presentes una vez que se ingresa al edificioEscalones presentes una vez que se ingresa al edificio
11. Rampa móvil sobre escalones presentes una vez que se ingresa al edificioRampa móvil sobre escalones presentes una vez que se ingresa al edificio
12. ART. 20: MOVILIDAD PERSONALMOVILIDAD PERSONAL
• Se adoptarán medidas efectivas para asegurar
que las personas con discapacidad gocen de
movilidad personal con la mayor
independencia posible.
13.
14.
15.
16. Artículo 20. Se establece la prioridad de la
supresión de barreras físicas en los ámbitos
urbanos arquitectónicos y del transporte que
se realicen o en los existentes que remodelen o
sustituyan en forma total o parcial sus
elementos constitutivos con le fin de lograr la
accesibilidad para las personas con movilidad
reducida
17. Artículo 21
ACCESIBILIDADACCESIBILIDAD: que las personas con movilidad
reducida gocen de condiciones de seguridad y
autonomía.
BARRERAS FÍSICAS URBANASBARRERAS FÍSICAS URBANAS
18. ADAPTABILIDADADAPTABILIDAD
Es la posibilidad de modificar en el tiempo, el medio físico con
el fin de hacerlo completa y fácilmente accesible a las personas
con movilidad reducida.
20. Son las
existentes en los
edificios de uso
público sea su
propiedad
pública o
privada y en los
edificios de
vivienda.
BARRERAS ARQUITECTÓNICASBARRERAS ARQUITECTÓNICAS
21. • ART. 7. “La ley es igual para todos, no se
puede aplicar en forma distinta”
• ART. 8. “ Si alguno no respeta nuestros
derechos, podemos pedir la protección de la
justicia”.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOSDECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOSDERECHOS HUMANOS