2. DERECHO LABORAL
DEFINICIÓN.-
Regulan las relaciones
contractuales entre
empleadores (persona natural
o jurídica, de derecho público
o privado, nacional o
extranjera) y trabajadores
(personas naturales).
DEFINICIÓN como
CONTRATO.-
Convenio mediante el cual dos
partes se comprometen:
trabajador y empleador.
3. DERECHO PROCESAL
LABORAL
“Es el conjunto de normas y
principios que regulan los
procedimientos de las
normas y derechos
laborales, en la
administración de justicia y
ante autoridades
administrativas.”
4. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL 1 PROTECCIÓN Y TUTELA PARA EL
TRABAJADOR;
2 NORMAS IMPERATIVAS Y DE
CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LAS
PARTES;
3 INTERPRETACIÓN FAVORABLE PARA EL
TRABAJADOR;
4 ESTABILIDAD Y CONTINUIDAD EN LA
RELACIÓN LABORAL;
5 INTANGIBILIDAD;
6 OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO.
5. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL
1 PROTECCIÓN Y TUTELA PARA EL
TRABAJADOR.-
Principios de equidad, protección en el
trabajo como un derecho y deber social.
6. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL
2 NORMAS IMPERATIVAS Y DE CUMPLIMIENTO
OBLIGATORIO PARA LAS PARTES.-
Principio de irrenunciabilidad de derechos del
trabajador, caso contrario será nula toda
estipulación.
8. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL
4 ESTABILIDAD Y CONTINUIDAD EN LA RELACIÓN LABORAL.-
Principio de estabilidad que reconoce al trabajador el derecho de
permanecer en su trabajo luego del período de prueba.
9. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL
5 INTANGIBILIDAD.-
No se puede “tocar ni desmejorar” las condiciones, derechos y
beneficios del trabajador, caso contrario se estaría actuando contra
la ley.
10. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO LABORAL
6 OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO.-
El trabajo es un derecho y un deber social, que obliga
a los ciudadanos y ciudadanas a laborar.
11. OTRAS CARACTERISTICAS
DEL DERECHO DEL
TRABAJO
a.- DERECHO ESPECIAL.- Rige para determinados grupos de personas.
b.- DERECHO MIXTO.- Público y Privado
c.- DERECHO AUTÓNOMO.- Su materia esta perfectamente delimitada
en la realidad social.
12. FUENTES DEL DERECHO
LABORAL
Constitución de la República del
Ecuador
Código del Trabajo.
Convenios y Acuerdos
Internacionales
Costumbre
Doctrina
Jurisprudencia
Contratos y Convenios privados y
Colectivos
13. LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
TRABAJO.-
Derecho y Deber Social
SEGURIDAD SOCIAL.-
Es responsabilidad primordial
del Estado.
14. DECLARACIÓN UNIVERSAL
TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO:
• La libre elección de su trabajo,
• Igual salario por trabajo igual,
• Remuneración equitativa y satisfactoria,
• Al descanso.
15. CONTRATO INDIVIDUAL
DE TRABAJO
DEFINICION: convenio mediante el cual el
trabajador se obliga a prestar servicios lícitos y
personales, bajo relación de dependencia, a órdenes
del empleador, percibiendo una remuneración
determinada por la ley, el convenio o la costumbre.
16. ELEMENTOS DEL
CONTRATO DE TRABAJO1 Acuerdo de Voluntades
2 Ejecución de una obra o la prestación de servicios lícitos y personales.
3 Ejecución bajo subordinación o dependencia.
4 Retribución económica.
* No existe contrato si falta alguna de sus elementos.
19. LA CAPACIDAD Y EL
CONSENTIMIENTO
CAPACIDAD.- Legalmente capaz.
CONSENTIMIENTO.- Acuerdo
20. NULIDAD DEL CONTRATO
DE TRABAJO
Falta de: Capacidad y Consentimiento.
En materia laboral solo el trabajador puede alegar la nulidad. (Art.
40 C. T.)
Art. 301 Código de Trabajo
21. CLASIFICACIÓN DEL
CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO Se clasifica por las siguientes formas:
1) De celebración
2) De remuneración
3) De duración
4) Por la relación laboral
5) Por la índole del trabajo
23. CLASIFICACIÓN DEL
CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO2) POR REMUNERACIÓN:
• A sueldo
• Por jornal
• Obra cierta
• Tarea
• A destajo
• En participación
• Mixto
24. CLASIFICACIÓN DEL
CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO3) POR DURACIÓN:
• Fijo
• Indefinido
• A prueba
• Ocasional
• Eventual
• Temporada
• Aprendizaje
• Parcial
• Horas
26. CLASIFICACIÓN DEL
CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO
5) POR LA ÍNDOLE DE TRABAJO:
• Manual o físico
• Servicio doméstico
• A domicilio
• Agrícola
• Operarios de artesanía
• Intelectual
• Agentes de comercio
• Chóferes- Empresas de Transporte
27. CONTENIDO DE LOS
CONTRATOS DE TRABAJO
1 Voluntad de las partes
2 Objeto del contrato
3 Obligaciones y Funciones
4 Plazo
5 Oficina o planta industrial
6 Normativa
7 Autoridades competentes
28. OBLIGACIONES DEL
EMPLEADOR
Pagar a tiempo a sus trabajadores
Indemnizar a los trabajadores por
accidentes sufridos en el trabajo
De acuerdo al número de trabajadores en la
empresa (alimentación, establecimientos
educativos)
29. OBLIGACIONES DEL
EMPLEADOR
Sujetarse al reglamento interno
Trato con la debida consideración a los trabajadores
Conceder licencia a sus trabajadores, en los casos que permite la ley
Inscribir a los trabajadores al IESS, etc.
30. OBLIGACIONES DEL
TRABAJADOR
Ejecutar el trabajo en la forma establecida en el contrato
Restituir al empleador materiales no utilizados, conservación de los
instrumentos
Demostrar buena conducta
31. OBLIGACIONES DEL
TRABAJADOR
Cumplir con las disposiciones reglamentarias
Dar aviso al empleador por causa justa faltare
Guardar secreto técnico, profesional, comercial o de fabrica, etc.
32. PROHIBICIONES AL
EMPLEADOR Imponer multas que no estén previstas
Sancionar al trabajador con la suspensión
Obstaculizar las visitas o inspecciones de las autoridades a los
establecimientos de trabajo
33. PROHIBICIONES AL
EMPLEADOR
Imponer colectas a los trabajadores
Exigir a los trabajadores que adquieren bienes o servicios en lugares
determinados, etc.
34. PROHIBICIONES AL
TRABAJADOR
Poner en peligro su propia seguridad y de sus compañeros
Tomar de la empresa sin autorización del empleador, material
o útiles de trabajo
Presentarse al trabajo en estado de embriaguez
36. TERMINACIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
1. Por las causas legalmente previstas en el contrato
2. Por acuerdo de las partes
3. Por la conclusión de la obra, período de la labor o
servicio
4. Por muerte o incapacidad del empleador o
extinción de la persona jurídica
5. Por muerte del trabajador o incapacidad
permanente y total del trabajador
37. TERMINACIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
6. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite el
trabajo
7. Por voluntad del empleador (Art.172 CT.)
8. Por voluntad del trabajador ( Art.173 CT.)
9. Por desahucio.
38. JORNADAS DE TRABAJO
En el Ecuador la jornada máxima de trabajo es
de:
• 8 horas al día
• 40 horas a la semana
• 5 jornadas diarias (máximo)
39. TIPOS DE JORNADAS DE TRABAJO
1 Jornada Ordinaria Diurna
2 Jornada Ordinaria Nocturna
3 Jornada Suplementaria
4 Jornada Extraordinaria
5 Jornadas Especiales
41. TIPOS DE VACACIONES
1 VACACIONES ORDINARIAS.- Período
ininterrumpido (15 días), incluyendo días no
laborables.
2 VACACIONES ADICIONALES.- Por
antigüedad, más de 5 años, un día adicional
por cada año excedente ( máximo 15 días
adicionales).
42. SOBRESUELDOS
1 DÉCIMO TERCER SUELDO
2 DÉCIMO CUARTO SUELDO.-
Mediante Ley publicada en el R. O. No.- 117
de 3/julio/2003 fijo este sobresueldo
equivalente a una r.b.m.u.
43. UTILIDADES
Las empresas están obligadas al reparto de utilidades anuales,
correspondientes al 15% en beneficios de todos los trabajadores
que laboren para la empresa.
44. UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS
Trabajadores que salieron o se separaron de la empresa:
a) Desconocimiento del domicilio actual de ex-trabajadores
b) No se presentan a cobrar las utilidades en el plazo previsto.
* Consecuencia: El empleador debe depositar en los 30 días siguientes a
ordenes del Ministerio de T. en la Cta. que indique para tal efecto.
45. CAUSAS POR LAS QUE EL EMPLEADOR PUEDE
DAR POR TERMINADO EL CONTRATO
a. Por faltas repetitivas e injustificadas de
puntualidad o de asistencia, abandono al
trabajo por un tiempo mayor a 3 días
consecutivos
b. Por indisciplina o desobediencia grave a
los reglamentos internos
c. Por falta de probidad o conducta inmoral
del trabajador
d. Por injurias graves irrogadas al empleador,
su cónyuge, ascendiente o
descendientes, etc.
46. CAUSAS POR LAS QUE EL TRABAJADOR PUEDE
DAR POR TERMINADO EL CONTRATO
a. Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familiares o
representantes del trabajador
b. Por disminución o por falta de pago o de puntualidad en el
abono de la remuneración
c. Por exigir el empleador que el trabajador ejecute una labor
distinta que la convenida (salvo lo dispuesto Art.52 CT)
48. EL VISTO BUENO
Se enfoca de dos formas y tiene los siguientes efectos:
1. Se considera como el despido legal
* Cuando es solicitado por el empleador por las causas Art. 172 C. T.
2. Se considera un despido intempestivo
* Cuando es solicitado por el trabajador por las causas Art. 173 C. T.
49. DESAHUCIO
Es el aviso, una de las partes hace saber a la otra que su voluntad
es dar por terminado el contrato.
Anticipación al vencimiento del contrato:
- 30 días
- 15 días
50. DESAHUCIO
Se debe practicar la liquidación de haberes
El empleador cancelaré al término de la notificación
Al trabajador se debe pagar adicionalmente a su
liquidación, una bonificación económica equivalente
al 25% de la ultima remuneración mensual, por c/u de
los años de servicio.
52. PRESCRIPCIONES ESPECIALES
DEL DESAHUCIO
• Mientras dure la estabilidad mínima
• No luego del vencimiento del plazo fijo (E)
• Si el contrato este por concluir (mínimo) o luego de
superarlo (T)
53. INDEMNIZACIÓN POR
DESPIDO INTEMPESTIVO
Atenta al principio legal de estabilidad laboral
El empleador que despidiere intempestivamente al
trabajador, será condenado a indemnizarlo
La indemnización es conforme al tiempo de servicio,
la ley fija en forma de escala para el pago.
54. INDEMNIZACIÓN POR
DESPIDO INTEMPESTIVO Escalas para el pago de la siguiente forma:
• Hasta 3 años de servicio = 3 meses de remuneración.
• Más de 3 años = valor equivalente a un mes de remuneración por
c/año de servicio o fracción de año.
• Menos de un año, el 50% de lo que resta para el año como
indemnización
55. INDEMNIZACIÓN POR
DESPIDO INTEMPESTIVO
MONTO.- Para el cálculo de esta indemnización tener en cuenta lo
que dispone el Art. 95 C. T.
LIMITE DE LA INDEMNIZACIÓN.- La ley limita que esta indemnización
no excederá de los 25 meses de remuneración; trabajadores que
laboran más de 25 años
56. INDEMNIZACIÓN POR
DESPIDO INTEMPESTIVO
BONIFICACIÓN ADICIONAL POR DESPIDO
* Adicionalmente a la indemnización por despido
intempestivo, dispone que los trabajadores tienen
derecho a cobrar una bonificación establecida para
el desahucio, es decir el 25% del último sueldo,
multiplicado por el número de años de servicio. (Arts.
185 y 188 C. T. )
57. ACTA DE FINIQUITO
Se da para efectos de pago de la liquidación de haberes de los
trabajadores, que se separan de la empresa por cualquier
motivo, proceden a firmar un acta de terminación de relaciones
laborales conocida como acta de finiquito.