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ACUERDOS DE
CONVIVENCIA
SUPERVISIÓN REGIONAL NIVEL SECUNDARIO
LIC. PATRICIA INÉS CUBERO
LIC. LILIANA FERNANDEZ
REGIÓN EDUCATIVA II
 El respeto por las normas y la sanció n deEl respeto por las normas y la sanció n de
sus transgresiones como parte de lasus transgresiones como parte de la
enseñ anza socializadora de la escuela yenseñ anza socializadora de la escuela y
de su calidad como espacio públicode su calidad como espacio público
regulado por el Estado.regulado por el Estado.
 El respeto irrestricto a la dignidad eEl respeto irrestricto a la dignidad e
intimidad de las personas. (LEN Art.127,intimidad de las personas. (LEN Art.127,
inc.c)inc.c)
 La utilizació n del diálogo como
metodología para la identificació n y
resolució n de los problemas de
convivencia.
 El rechazo explícito a toda forma de
discriminació n, hostigamiento, violencia
y exclusió n en las interacciones diarias
(LEN, Art.11, inc. e y f).
 El respeto por los valores, creencias e
identidades culturales de todos,
enmarcado en los principios y
normativas de la legislació n nacional.
 El cuidado del edificio escolar, su
equipamiento y materiales de uso
común (LEN art 127, inc.g).
 El análisis y reflexió n sobre las
situaciones conflictivas, basados en la
profunda convicció n de que los
conflictos y sus modos de abordarlos
constituyen una oportunidad para el
aprendizaje socializador.
 La contextualizació n de las
transgresiones en las circunstancias en
que acontecen, según las perspectivas
de los actores, los antecedentes previos
y otros factores que inciden en las
mismas, manteniendo la igualdad ante
la ley.
 La garantía para el alumno de que se
cumpla con su derecho de ser
escuchado y a formular su descargo
 La valoració n primordial del sentido
pedagó gico de la sanció n.
 El reconocimiento y reparació n del
dañ o u ofensa a personas y/o bienes
de la escuela o miembros de la
comunidad educativa por parte de la
persona y/o grupos responsables.
 Proponen valores, no sólo prohibiciones.Proponen valores, no sólo prohibiciones.
 Describen tipologías de conductas deseadas yDescriben tipologías de conductas deseadas y
conductas no admitidas sin caer en casuísticasconductas no admitidas sin caer en casuísticas
detalladas que pierden actualidad continuamentedetalladas que pierden actualidad continuamente
en su ilusión de prescribirlo todo.en su ilusión de prescribirlo todo.
 No son un “manual de penitencias” que prevé quéNo son un “manual de penitencias” que prevé qué
sanción corresponde a cada transgresión, sino quesanción corresponde a cada transgresión, sino que
habilitan interpretar en cada caso cuál es lahabilitan interpretar en cada caso cuál es la
sanción que mejor permite el logro de lossanción que mejor permite el logro de los
propósitos educativos.propósitos educativos.
 Presentación del DirectorPresentación del Director
 Relato del proceso de producciónRelato del proceso de producción
 FundamentaciónFundamentación
 Cuerpo normativoCuerpo normativo
 SancionesSanciones
 Procesos de aplicación y CECProcesos de aplicación y CEC
 Evaluación y reajustesEvaluación y reajustes
Sobre las sancionesSobre las sanciones
 Las transgresiones de los acuerdos deLas transgresiones de los acuerdos de
convivencia serán sancionadas evitando crearconvivencia serán sancionadas evitando crear
un clima de impunidad en la escuela yun clima de impunidad en la escuela y
favoreciendo el aprendizaje de lafavoreciendo el aprendizaje de la
responsabilidad (LEN, Art. 127 inc.e).responsabilidad (LEN, Art. 127 inc.e).
 Las sanciones deberán tener carácterLas sanciones deberán tener carácter
educativo, ser graduales y sostener unaeducativo, ser graduales y sostener una
proporcionalidad en relación con laproporcionalidad en relación con la
transgresión cometida.transgresión cometida.
 El ser escuchado y hacer su descargo desde laEl ser escuchado y hacer su descargo desde la
propia perspectiva es un derecho que nuncapropia perspectiva es un derecho que nunca
pierden los alumnos/as, más allá de lapierden los alumnos/as, más allá de la
gravedad de la falta cometida (LPD, Art.3). Lagravedad de la falta cometida (LPD, Art.3). La
convocatoria a los padres o tutores tendráconvocatoria a los padres o tutores tendrá
como propósito el comprometerlos en lacomo propósito el comprometerlos en la
problemática de convivencia que afecta a suproblemática de convivencia que afecta a su
hijo y dar espacio a la expresión de su opiniónhijo y dar espacio a la expresión de su opinión
y versión sobre los hechos.y versión sobre los hechos.
 La normativa jurisdiccional establecerá y explicitaráLa normativa jurisdiccional establecerá y explicitará
los diferentes tipos de sanciones que se puedenlos diferentes tipos de sanciones que se pueden
aplicar con el propósito de otorgar coherencia yaplicar con el propósito de otorgar coherencia y
articulación a la diversidad de acuerdos dearticulación a la diversidad de acuerdos de
convivencia que puedan plasmarse desde lasconvivencia que puedan plasmarse desde las
instituciones educativas.instituciones educativas.
Entre las sanciones podrán incluirse:Entre las sanciones podrán incluirse:
apercibimiento oral, formas de apercibimientoapercibimiento oral, formas de apercibimiento
escrito (notificaciones, amonestaciones y otros),escrito (notificaciones, amonestaciones y otros),
actividades de servicio comunitario-escolar,actividades de servicio comunitario-escolar,
suspensión de uno a tres días, cambio de turno ysuspensión de uno a tres días, cambio de turno y
cambio de escuela.cambio de escuela.
 Los apercibimientos no tendrán un carácterLos apercibimientos no tendrán un carácter
acumulativo que derive en una sanción másacumulativo que derive en una sanción más
grave. La suspensión de la concurrencia agrave. La suspensión de la concurrencia a
clase busca involucrar directamente a lasclase busca involucrar directamente a las
familias en el respeto de los acuerdos defamilias en el respeto de los acuerdos de
convivencia, pero no podrá ser causa de laconvivencia, pero no podrá ser causa de la
pérdida de la regularidad del alumno, aunquepérdida de la regularidad del alumno, aunque
sí se computará como inasistencia (LENsí se computará como inasistencia (LEN
Art.129, d).Art.129, d).
 La aplicación de una sanción grave requiere laLa aplicación de una sanción grave requiere la
previa convocatoria del consejo escolar deprevia convocatoria del consejo escolar de
convivencia por parte de la Conducción delconvivencia por parte de la Conducción del
establecimiento, quien será última responsableestablecimiento, quien será última responsable
de la medida que se aplique.de la medida que se aplique.
 Luego de aplicada la sanción, debe haber unaLuego de aplicada la sanción, debe haber una
instancia de seguimiento del problema porinstancia de seguimiento del problema por
parte de los adultos de la escuela para que laparte de los adultos de la escuela para que la
medida tomada no se agote en sí misma ymedida tomada no se agote en sí misma y
ratifique su sentido educativo.ratifique su sentido educativo.
 No pueden ser utilizadas como sancionesNo pueden ser utilizadas como sanciones
medidas que lleven a una pérdida de lamedidas que lleven a una pérdida de la
regularidad o afecten las calificacionesregularidad o afecten las calificaciones
académicas.académicas.
 En los casos en que se utilicen como sanciónEn los casos en que se utilicen como sanción
actividades o estrategias propias de las áreasactividades o estrategias propias de las áreas
curriculares deberá explicitarse a loscurriculares deberá explicitarse a los
estudiantes su sentido formativo, a efectos deestudiantes su sentido formativo, a efectos de
que comprendan las razones de su aplicación yque comprendan las razones de su aplicación y
evitando que el estudio en sí sea percibidoevitando que el estudio en sí sea percibido
como sanción.como sanción.
 No podrán aplicarse sanciones que atenten contra losNo podrán aplicarse sanciones que atenten contra los
derechos de los jóvenes a la educación en los nivelesderechos de los jóvenes a la educación en los niveles
en que la obligatoriedad está establecida por la Leyen que la obligatoriedad está establecida por la Ley
de Educación Nacional. Si la jurisdicción optara porde Educación Nacional. Si la jurisdicción optara por
el cambio de establecimiento como máxima sanción,el cambio de establecimiento como máxima sanción,
la misma institución o la autoridad superior deberánla misma institución o la autoridad superior deberán
garantizar una vacante inmediata al estudiante en otrogarantizar una vacante inmediata al estudiante en otro
establecimiento. Se procurará respetar el plan deestablecimiento. Se procurará respetar el plan de
estudios (o similar, sin que requiera equivalencias) yestudios (o similar, sin que requiera equivalencias) y
las condiciones de accesibilidad desde su domicilio.las condiciones de accesibilidad desde su domicilio.
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Acuerdos de convivencia 1° Parte

  • 1. ACUERDOS DE CONVIVENCIA SUPERVISIÓN REGIONAL NIVEL SECUNDARIO LIC. PATRICIA INÉS CUBERO LIC. LILIANA FERNANDEZ REGIÓN EDUCATIVA II
  • 2.  El respeto por las normas y la sanció n deEl respeto por las normas y la sanció n de sus transgresiones como parte de lasus transgresiones como parte de la enseñ anza socializadora de la escuela yenseñ anza socializadora de la escuela y de su calidad como espacio públicode su calidad como espacio público regulado por el Estado.regulado por el Estado.  El respeto irrestricto a la dignidad eEl respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas. (LEN Art.127,intimidad de las personas. (LEN Art.127, inc.c)inc.c)
  • 3.  La utilizació n del diálogo como metodología para la identificació n y resolució n de los problemas de convivencia.  El rechazo explícito a toda forma de discriminació n, hostigamiento, violencia y exclusió n en las interacciones diarias (LEN, Art.11, inc. e y f).  El respeto por los valores, creencias e identidades culturales de todos, enmarcado en los principios y normativas de la legislació n nacional.
  • 4.  El cuidado del edificio escolar, su equipamiento y materiales de uso común (LEN art 127, inc.g).  El análisis y reflexió n sobre las situaciones conflictivas, basados en la profunda convicció n de que los conflictos y sus modos de abordarlos constituyen una oportunidad para el aprendizaje socializador.
  • 5.  La contextualizació n de las transgresiones en las circunstancias en que acontecen, según las perspectivas de los actores, los antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad ante la ley.  La garantía para el alumno de que se cumpla con su derecho de ser escuchado y a formular su descargo
  • 6.  La valoració n primordial del sentido pedagó gico de la sanció n.  El reconocimiento y reparació n del dañ o u ofensa a personas y/o bienes de la escuela o miembros de la comunidad educativa por parte de la persona y/o grupos responsables.
  • 7.  Proponen valores, no sólo prohibiciones.Proponen valores, no sólo prohibiciones.  Describen tipologías de conductas deseadas yDescriben tipologías de conductas deseadas y conductas no admitidas sin caer en casuísticasconductas no admitidas sin caer en casuísticas detalladas que pierden actualidad continuamentedetalladas que pierden actualidad continuamente en su ilusión de prescribirlo todo.en su ilusión de prescribirlo todo.  No son un “manual de penitencias” que prevé quéNo son un “manual de penitencias” que prevé qué sanción corresponde a cada transgresión, sino quesanción corresponde a cada transgresión, sino que habilitan interpretar en cada caso cuál es lahabilitan interpretar en cada caso cuál es la sanción que mejor permite el logro de lossanción que mejor permite el logro de los propósitos educativos.propósitos educativos.
  • 8.  Presentación del DirectorPresentación del Director  Relato del proceso de producciónRelato del proceso de producción  FundamentaciónFundamentación  Cuerpo normativoCuerpo normativo  SancionesSanciones  Procesos de aplicación y CECProcesos de aplicación y CEC  Evaluación y reajustesEvaluación y reajustes
  • 9. Sobre las sancionesSobre las sanciones  Las transgresiones de los acuerdos deLas transgresiones de los acuerdos de convivencia serán sancionadas evitando crearconvivencia serán sancionadas evitando crear un clima de impunidad en la escuela yun clima de impunidad en la escuela y favoreciendo el aprendizaje de lafavoreciendo el aprendizaje de la responsabilidad (LEN, Art. 127 inc.e).responsabilidad (LEN, Art. 127 inc.e).  Las sanciones deberán tener carácterLas sanciones deberán tener carácter educativo, ser graduales y sostener unaeducativo, ser graduales y sostener una proporcionalidad en relación con laproporcionalidad en relación con la transgresión cometida.transgresión cometida.
  • 10.  El ser escuchado y hacer su descargo desde laEl ser escuchado y hacer su descargo desde la propia perspectiva es un derecho que nuncapropia perspectiva es un derecho que nunca pierden los alumnos/as, más allá de lapierden los alumnos/as, más allá de la gravedad de la falta cometida (LPD, Art.3). Lagravedad de la falta cometida (LPD, Art.3). La convocatoria a los padres o tutores tendráconvocatoria a los padres o tutores tendrá como propósito el comprometerlos en lacomo propósito el comprometerlos en la problemática de convivencia que afecta a suproblemática de convivencia que afecta a su hijo y dar espacio a la expresión de su opiniónhijo y dar espacio a la expresión de su opinión y versión sobre los hechos.y versión sobre los hechos.
  • 11.  La normativa jurisdiccional establecerá y explicitaráLa normativa jurisdiccional establecerá y explicitará los diferentes tipos de sanciones que se puedenlos diferentes tipos de sanciones que se pueden aplicar con el propósito de otorgar coherencia yaplicar con el propósito de otorgar coherencia y articulación a la diversidad de acuerdos dearticulación a la diversidad de acuerdos de convivencia que puedan plasmarse desde lasconvivencia que puedan plasmarse desde las instituciones educativas.instituciones educativas. Entre las sanciones podrán incluirse:Entre las sanciones podrán incluirse: apercibimiento oral, formas de apercibimientoapercibimiento oral, formas de apercibimiento escrito (notificaciones, amonestaciones y otros),escrito (notificaciones, amonestaciones y otros), actividades de servicio comunitario-escolar,actividades de servicio comunitario-escolar, suspensión de uno a tres días, cambio de turno ysuspensión de uno a tres días, cambio de turno y cambio de escuela.cambio de escuela.
  • 12.  Los apercibimientos no tendrán un carácterLos apercibimientos no tendrán un carácter acumulativo que derive en una sanción másacumulativo que derive en una sanción más grave. La suspensión de la concurrencia agrave. La suspensión de la concurrencia a clase busca involucrar directamente a lasclase busca involucrar directamente a las familias en el respeto de los acuerdos defamilias en el respeto de los acuerdos de convivencia, pero no podrá ser causa de laconvivencia, pero no podrá ser causa de la pérdida de la regularidad del alumno, aunquepérdida de la regularidad del alumno, aunque sí se computará como inasistencia (LENsí se computará como inasistencia (LEN Art.129, d).Art.129, d).
  • 13.  La aplicación de una sanción grave requiere laLa aplicación de una sanción grave requiere la previa convocatoria del consejo escolar deprevia convocatoria del consejo escolar de convivencia por parte de la Conducción delconvivencia por parte de la Conducción del establecimiento, quien será última responsableestablecimiento, quien será última responsable de la medida que se aplique.de la medida que se aplique.  Luego de aplicada la sanción, debe haber unaLuego de aplicada la sanción, debe haber una instancia de seguimiento del problema porinstancia de seguimiento del problema por parte de los adultos de la escuela para que laparte de los adultos de la escuela para que la medida tomada no se agote en sí misma ymedida tomada no se agote en sí misma y ratifique su sentido educativo.ratifique su sentido educativo.
  • 14.  No pueden ser utilizadas como sancionesNo pueden ser utilizadas como sanciones medidas que lleven a una pérdida de lamedidas que lleven a una pérdida de la regularidad o afecten las calificacionesregularidad o afecten las calificaciones académicas.académicas.  En los casos en que se utilicen como sanciónEn los casos en que se utilicen como sanción actividades o estrategias propias de las áreasactividades o estrategias propias de las áreas curriculares deberá explicitarse a loscurriculares deberá explicitarse a los estudiantes su sentido formativo, a efectos deestudiantes su sentido formativo, a efectos de que comprendan las razones de su aplicación yque comprendan las razones de su aplicación y evitando que el estudio en sí sea percibidoevitando que el estudio en sí sea percibido como sanción.como sanción.
  • 15.  No podrán aplicarse sanciones que atenten contra losNo podrán aplicarse sanciones que atenten contra los derechos de los jóvenes a la educación en los nivelesderechos de los jóvenes a la educación en los niveles en que la obligatoriedad está establecida por la Leyen que la obligatoriedad está establecida por la Ley de Educación Nacional. Si la jurisdicción optara porde Educación Nacional. Si la jurisdicción optara por el cambio de establecimiento como máxima sanción,el cambio de establecimiento como máxima sanción, la misma institución o la autoridad superior deberánla misma institución o la autoridad superior deberán garantizar una vacante inmediata al estudiante en otrogarantizar una vacante inmediata al estudiante en otro establecimiento. Se procurará respetar el plan deestablecimiento. Se procurará respetar el plan de estudios (o similar, sin que requiera equivalencias) yestudios (o similar, sin que requiera equivalencias) y las condiciones de accesibilidad desde su domicilio.las condiciones de accesibilidad desde su domicilio. Si estas condiciones no fueren posibles, se preveránSi estas condiciones no fueren posibles, se preverán estrategias que permitan al estudiante la continuidadestrategias que permitan al estudiante la continuidad de sus estudios en el nivel.de sus estudios en el nivel.