1. CASO VEHICULOS LIMITADOS A2, A3, A4 EN ACTIVIDADES DE DIRECCIÓN, REPRESENTACIÓN
La Empresa “Diplomado de Tributación” S.A. en el ejercicio 2012 tuvo ingresos de S/. 70 millones de
soles en consecuencia está permitido deducir los gastos de mantenimiento correspondiente a tres
vehiculos asignados a actividades de dirección, representación y administración.
La empresa registra dentro de sus activos a cuatro vehiculos cuyos gastos de mantenimiento ascienden a
S/. 30,000. En el cuadro siguiente se detalal los gastos incurridos por los cuatro vehiculos:
Datos del Vehículo Categoría Gasto del ejercicio S/.
Placa de Rodaje
REPT 100277 A3 8,000
APNV 010167 A3 9,000
FAPT 190675 A2 6,000
AETA 150837 A2 7,000
Total Gasto S/. 30,000
Total vehículos de propiedad de la empresa : 4
Numero máximo de vehículos que obtenga derecho tributario a deducir gastos 3
Gastos de los vehiculos A2, A3: 30,000
Porcentaje : 3/4 = 75%
Total Gastos de los vehiculos sujetos a límite: 30,000.00
Máximo deducible: 30,000.00 x 75% = 22,500.00
Monto no deducible : 30,000.00 – 22,500.00= 7,500.00
Reparo Tributario: 7,500 x 30% = 2,250.00
Análisis:
Se debe evaluar dentro de un planeamiento tributario la categoria de unidad de transporte
que adquiere la empresa , es decir cuidarse de aquellos sujetos a límite; así como la utilidad o
función que estos desempeñaran dentro de la organización de forma tal que no haya este tipo
CASO PRÁCTICO ILUSTRATIVO 02
2. de adiciones a la renta neta empresarial. Ya no deducirá los 30,000 soles de gastos
efectivamente incurridos si no que solo es admitido 22,500 soles reparando S/. 7,500.00 y
pagando de más impuesto a la renta por S/. 2,250.00 en el 2013.