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CONTENIDO
2
 Aspectos Generales
 Operaciones afectas
 Costo computable
 Gastos Deducibles
Gastos Limitados
4
 Son gastos cuya deducción está sujeta a control
tributario.
 Son gastos que, por decisión legal, tienen un tope
máximo de deducción.
 El exceso, no podrá ser deducido y deberá
repararse para fines de la DDJJAA.
 Pueden, además, estar sujeto a condición.
 Deducción siempre debe cumplir con causalidad.
 Deducción siempre debe esta sustentada con
comprobantes de pago, medios de pago.
Intereses de Deudas
 Son deducibles:
 Los intereses de las deudas y los gastos originados
por su constitución, renovación o cancelación, sólo
en la parte que exceda al monto de los ingresos por
intereses exonerados.
GASTO LIMITADO
…siempre que hayan sido contraídas para
adquirir bienes o servicios vinculados con la
obtención o producción de rentas gravadas
en el país o mantener su fuente productora.
Intereses de Deudas
 Son deducibles:
 Intereses de fraccionamiento del Código Tributario.
 Endeudamientos con partes vinculadas, sólo los
intereses que no excedan el monto máximo de
endeudamiento, el cual se determina aplicando un
coeficiente de 3 al patrimonio neto. (numeral 6,
inciso a), artículo 6° del reglamento.
GASTO LIMITADO
CONCEPTO GASTOS POR INTERESES
MAYORES A LOS INGRESOS
POR INTERESES
EXONERADOS
Cuenta 67 – Cargas Financieras
•Intereses de deudas por préstamos 50,000
(A) Total gastos por intereses 50,000
Cuenta 77 – Ingresos Financieros
•Intereses de cuentas por cobrar 4,000
•(B) Int. Exon. Dep. a plazo fijo en Banco 4,000
Total ingresos financieros 8,000
(C) Monto deducible (A-B) 46,000
Monto no deducible (A-C) 4,000
Intereses de Deudas
CONCEPTO GASTOS POR INTERESES
menores A LOS INGRESOS
POR INTERESES
EXONERADOS
Cuenta 67 – Cargas Financieras
•Intereses de deudas por préstamos 3,535
(A) Total gastos por intereses 3,535
Cuenta 77 – Ingresos Financieros
•Intereses de cuentas por cobrar 2,600
•(B) Int. Exon. Dep. a plazo fijo en Banco 7,200
Total ingresos financieros 9,800
(C) Monto deducible (A-B) 0
Monto no deducible (A-C) 3,535
Intereses de Deudas
Vinculada SAC
 Monto del préstamo 500,000
 Interés pactado 12%
 Patrimonio Neto (Activo-Pasivo)
Monto Max Endeudamiento (PNx3)
130,000
390,000
Por adicionar
 Interés devengado: 500,000 x 12% 60,000
 Límite: 130,000 x 3 x 12% 46,800
Monto no deducible 31,200
Intereses de Deudas
Gastos de Vehículos
 Gasto limitado en función al giro del negocio.
 Tratándose de vehículos de las categorías A2, A3 y
A4, los gastos que resulten estrictamente
indispensables y se apliquen en forma permanente
para el desarrollo de las actividades propias del giro
del negocio o empresa:
 Cesión en uso (arrendamiento, leasing, otros)
 Funcionamiento (combustible, mantenimiento,
seguros, reparación)
 Depreciación por desgaste.
GASTO LIMITADO
Artículo 37, inciso ll): Gastos en capacitación.
Se excluye a los gastos en capacitación del personal del
inciso ll).
EJERCICIO
2012
Gasto limitado hasta por un
máximo equivalente al 5% del total
de los gastos deducidos en el
ejercicio.
EJERCICIO
2013
Gasto de carácter ilimitado pero
condicionado.
Gastos en Capacitación
Artículo 37, inciso ll): Gastos en capacitación.
IMPORTANTE: El Artículo 37°, establece que los gastos
vinculados al personal a que hace referencia el inciso ll)
están sujeto al criterio de la generalidad en el gasto.
Segunda
Disposición
Complementaria
y Final del D.Leg.
1120
Generalidad no será aplicable a
los gastos de capacitación que
respondan a una necesidad
concreta del empleador de
invertir en la capacitación de su
personal
Gastos en capacitación
 Categorías según inciso r) del Art. 21 del Regl.
 “Estrictamente Indispensable” y “en forma
permanente” se da en empresas de taxis,
transporte turístico, arrendamiento de vehículos y
similares.
 ¿Y las otras categorías? Informe 007-2003-
SUNAT/2B0000: Deducibles en la medida que se
acredite relación de causalidad y mantenimiento de
la fuente.
A2 De 1,051 a 1,500 cc.
A3 De 1,501 a 2,000 cc.
A4 Más de 2,000 cc.
Gastos de Vehículos
 También, vehículos asignados a la dirección,
representación y administración de la empresa,
previa identificación, en función a indicadores
tales como:
Ingresos Netos Anuales Vehículos
Hasta 3,200 UIT 1
Hasta 16,100 UIT 2
Hasta 21,200 UIT 3
Hasta 32,300 UIT 4
Más de 32,300 UIT 5
Gastos de Vehículos
Gastos de Vehículos
 Carta 092-2010-SUNAT (16.08.10)
 …a las camionetas tipo pick up de tracción doble 4 x
4 no les resulta de aplicación las disposiciones del
Impuesto a la Renta antes citadas, al no encontrarse
comprendidas en las categorías A2, A3 y A4.
Gastos de Vehículos
 Informe 131-20101-SUNAT (13.09.10)
 La deducción de gastos regulada en el inciso w) del
artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta, relativo a los gastos incurridos en vehículos
automotores de las categorías A2, A3 y A4
asignados a actividades de dirección,
representación y administración de la empresa, no
resulta de aplicación a las asociaciones sin fines de
lucro exoneradas del Impuesto a la Renta a las que
se refiere el inciso b) del artículo 19° del mismo
TUO.
Artículo 37, inciso w): Gastos de vehículos.
NOVEDAD: Se incorporan dentro de los gastos
deducibles limitados vinculados a vehículos
destinados a actividades de administración, gerencia
y representación a dos tipos de camionetas.
B1.3 y B1.4: Camionetas de tracción simple 4 x
2 o tracción en las cuatro ruedas 4 x 4 hasta
4,000 K. de peso bruto vehicular, excepto las
de tipo pick up.
Gastos de Vehículos
Artículo 37, inciso w): Gastos de vehículos.
NOVEDAD: Prohibición para deducir gastos
vehiculares
(…)
No serán deducibles los gastos de acuerdo con lo
previsto en este párrafo, en el caso de vehículos
automotores cuyo precio exceda el importe o los
importes que establezca el reglamento.
¿Camionetas de lujo?
Gastos en Vehículos
Gastos de Donaciones
 En principio se trata de una liberalidad del
legislador porque es un gasto no causal y, por
tanto, condicionado y limitado.
 De hecho:
Si cumple req.
Donación aceptada pero
con tope hasta el 10% de
la Renta Neta
Gastos de Donaciones
 De hecho:
No hay renta
neta
Tampoco procede
deducir la donación aun
si cumple requisitos
No cumple req.
No procede deducir la
donación.
Se excede
tope
No procede deducir la
donación.
Gastos de Donaciones
 Sólo se acepta:
 Donación a Entidades Públicas.
 Donación a Entidades sin fines de lucro,
previamente acreditadas como perceptora de
donaciones por el MEF.
dinero
Bienes
inmuebles
Bienes
muebles
Títulos
Valores
Bienes muebles
registrales
Gastos Prohibidos
23
 Gastos personales y de sustento de sus familiares y
parientes
 Compras en supermercados.
 Almuerzos en restaurantes.
 “Gadgets” que no usa la empresa.
 Gastos en salud no vinculada a labores de
empresa.
 Gastos en vehículos en fin de semana.
 Cuotas de APAFA y/o mensualidad del colegio.
Gastos Prohibidos
24
 Multas, recargos e intereses.
 Sanciones aplicadas por el Sector Público
Nacional
 Donaciones y cualquier acto de liberalidad
 Condonación de préstamos a socios, empleados,
familiares.
 Gastos en personal que no cumplen con la
generalidad.
 Impuesto a la Renta, IGV e IPM que grave el retiro
de bienes
Gastos Prohibidos
25
 Gastos y pérdidas de capital con sujetos que:
 Sean residentes de países o territorios de baja o
nula imposición;
 Sean establecimientos permanentes situados o
establecidos en países o territorios de baja o nula
imposición; o,
 Sin quedar comprendidos en los numerales
anteriores, obtengan rentas, ingresos o ganancias
a través de un país o territorio de baja o nula
imposición.
Gastos Prohibidos
26
 Gastos cuya documentación sustentadora no
cumpliera con las exigencias del RCP:
 Pero no solo ello.
IGV RENTA
CDP que
sustenta
Crédito
Fiscal,
Costo o
Gasto
Ley 29214
Ley 29215
Gastos Prohibidos
27
 INTANGIBLES:
 EL monto que se paga es gasto prohibido pues,
en esencia, no se gastan, son de duración
indeterminada. Por ello se amortizan.
 PERO, en caso que el intangible tenga una
duración limitada podrá:
 Deducir el gasto en un ejercicio
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Gastos Prohibidos
28
 INTANGIBLES:
 Problema: CUANDO ES LIMITADO?
 Cuando su vida útil está limitada por ley o por
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autor, patentes, derechos de llave, derechos de
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 Marcas de fábrica y los fondos de comercio
(goodwill) son de duración ilimitada.
Gastos Prohibidos
29
 INTANGIBLES:
 RTF 02838-5-2010
 La deducción de un intangible de duración
limitada como gasto … procederá cuando dicho
precio se origine en la cesión de tales bienes y
no es las contraprestaciones pactadas por la
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IMPUESTO A LA RENTA.pptx

  • 1. 1
  • 2. CONTENIDO 2  Aspectos Generales  Operaciones afectas  Costo computable  Gastos Deducibles
  • 3.
  • 4. Gastos Limitados 4  Son gastos cuya deducción está sujeta a control tributario.  Son gastos que, por decisión legal, tienen un tope máximo de deducción.  El exceso, no podrá ser deducido y deberá repararse para fines de la DDJJAA.  Pueden, además, estar sujeto a condición.  Deducción siempre debe cumplir con causalidad.  Deducción siempre debe esta sustentada con comprobantes de pago, medios de pago.
  • 5. Intereses de Deudas  Son deducibles:  Los intereses de las deudas y los gastos originados por su constitución, renovación o cancelación, sólo en la parte que exceda al monto de los ingresos por intereses exonerados. GASTO LIMITADO …siempre que hayan sido contraídas para adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o mantener su fuente productora.
  • 6. Intereses de Deudas  Son deducibles:  Intereses de fraccionamiento del Código Tributario.  Endeudamientos con partes vinculadas, sólo los intereses que no excedan el monto máximo de endeudamiento, el cual se determina aplicando un coeficiente de 3 al patrimonio neto. (numeral 6, inciso a), artículo 6° del reglamento. GASTO LIMITADO
  • 7. CONCEPTO GASTOS POR INTERESES MAYORES A LOS INGRESOS POR INTERESES EXONERADOS Cuenta 67 – Cargas Financieras •Intereses de deudas por préstamos 50,000 (A) Total gastos por intereses 50,000 Cuenta 77 – Ingresos Financieros •Intereses de cuentas por cobrar 4,000 •(B) Int. Exon. Dep. a plazo fijo en Banco 4,000 Total ingresos financieros 8,000 (C) Monto deducible (A-B) 46,000 Monto no deducible (A-C) 4,000 Intereses de Deudas
  • 8. CONCEPTO GASTOS POR INTERESES menores A LOS INGRESOS POR INTERESES EXONERADOS Cuenta 67 – Cargas Financieras •Intereses de deudas por préstamos 3,535 (A) Total gastos por intereses 3,535 Cuenta 77 – Ingresos Financieros •Intereses de cuentas por cobrar 2,600 •(B) Int. Exon. Dep. a plazo fijo en Banco 7,200 Total ingresos financieros 9,800 (C) Monto deducible (A-B) 0 Monto no deducible (A-C) 3,535 Intereses de Deudas
  • 9. Vinculada SAC  Monto del préstamo 500,000  Interés pactado 12%  Patrimonio Neto (Activo-Pasivo) Monto Max Endeudamiento (PNx3) 130,000 390,000 Por adicionar  Interés devengado: 500,000 x 12% 60,000  Límite: 130,000 x 3 x 12% 46,800 Monto no deducible 31,200 Intereses de Deudas
  • 10. Gastos de Vehículos  Gasto limitado en función al giro del negocio.  Tratándose de vehículos de las categorías A2, A3 y A4, los gastos que resulten estrictamente indispensables y se apliquen en forma permanente para el desarrollo de las actividades propias del giro del negocio o empresa:  Cesión en uso (arrendamiento, leasing, otros)  Funcionamiento (combustible, mantenimiento, seguros, reparación)  Depreciación por desgaste. GASTO LIMITADO
  • 11. Artículo 37, inciso ll): Gastos en capacitación. Se excluye a los gastos en capacitación del personal del inciso ll). EJERCICIO 2012 Gasto limitado hasta por un máximo equivalente al 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio. EJERCICIO 2013 Gasto de carácter ilimitado pero condicionado. Gastos en Capacitación
  • 12. Artículo 37, inciso ll): Gastos en capacitación. IMPORTANTE: El Artículo 37°, establece que los gastos vinculados al personal a que hace referencia el inciso ll) están sujeto al criterio de la generalidad en el gasto. Segunda Disposición Complementaria y Final del D.Leg. 1120 Generalidad no será aplicable a los gastos de capacitación que respondan a una necesidad concreta del empleador de invertir en la capacitación de su personal Gastos en capacitación
  • 13.  Categorías según inciso r) del Art. 21 del Regl.  “Estrictamente Indispensable” y “en forma permanente” se da en empresas de taxis, transporte turístico, arrendamiento de vehículos y similares.  ¿Y las otras categorías? Informe 007-2003- SUNAT/2B0000: Deducibles en la medida que se acredite relación de causalidad y mantenimiento de la fuente. A2 De 1,051 a 1,500 cc. A3 De 1,501 a 2,000 cc. A4 Más de 2,000 cc. Gastos de Vehículos
  • 14.  También, vehículos asignados a la dirección, representación y administración de la empresa, previa identificación, en función a indicadores tales como: Ingresos Netos Anuales Vehículos Hasta 3,200 UIT 1 Hasta 16,100 UIT 2 Hasta 21,200 UIT 3 Hasta 32,300 UIT 4 Más de 32,300 UIT 5 Gastos de Vehículos
  • 15. Gastos de Vehículos  Carta 092-2010-SUNAT (16.08.10)  …a las camionetas tipo pick up de tracción doble 4 x 4 no les resulta de aplicación las disposiciones del Impuesto a la Renta antes citadas, al no encontrarse comprendidas en las categorías A2, A3 y A4.
  • 16. Gastos de Vehículos  Informe 131-20101-SUNAT (13.09.10)  La deducción de gastos regulada en el inciso w) del artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, relativo a los gastos incurridos en vehículos automotores de las categorías A2, A3 y A4 asignados a actividades de dirección, representación y administración de la empresa, no resulta de aplicación a las asociaciones sin fines de lucro exoneradas del Impuesto a la Renta a las que se refiere el inciso b) del artículo 19° del mismo TUO.
  • 17. Artículo 37, inciso w): Gastos de vehículos. NOVEDAD: Se incorporan dentro de los gastos deducibles limitados vinculados a vehículos destinados a actividades de administración, gerencia y representación a dos tipos de camionetas. B1.3 y B1.4: Camionetas de tracción simple 4 x 2 o tracción en las cuatro ruedas 4 x 4 hasta 4,000 K. de peso bruto vehicular, excepto las de tipo pick up. Gastos de Vehículos
  • 18. Artículo 37, inciso w): Gastos de vehículos. NOVEDAD: Prohibición para deducir gastos vehiculares (…) No serán deducibles los gastos de acuerdo con lo previsto en este párrafo, en el caso de vehículos automotores cuyo precio exceda el importe o los importes que establezca el reglamento. ¿Camionetas de lujo? Gastos en Vehículos
  • 19. Gastos de Donaciones  En principio se trata de una liberalidad del legislador porque es un gasto no causal y, por tanto, condicionado y limitado.  De hecho: Si cumple req. Donación aceptada pero con tope hasta el 10% de la Renta Neta
  • 20. Gastos de Donaciones  De hecho: No hay renta neta Tampoco procede deducir la donación aun si cumple requisitos No cumple req. No procede deducir la donación. Se excede tope No procede deducir la donación.
  • 21. Gastos de Donaciones  Sólo se acepta:  Donación a Entidades Públicas.  Donación a Entidades sin fines de lucro, previamente acreditadas como perceptora de donaciones por el MEF. dinero Bienes inmuebles Bienes muebles Títulos Valores Bienes muebles registrales
  • 22.
  • 23. Gastos Prohibidos 23  Gastos personales y de sustento de sus familiares y parientes  Compras en supermercados.  Almuerzos en restaurantes.  “Gadgets” que no usa la empresa.  Gastos en salud no vinculada a labores de empresa.  Gastos en vehículos en fin de semana.  Cuotas de APAFA y/o mensualidad del colegio.
  • 24. Gastos Prohibidos 24  Multas, recargos e intereses.  Sanciones aplicadas por el Sector Público Nacional  Donaciones y cualquier acto de liberalidad  Condonación de préstamos a socios, empleados, familiares.  Gastos en personal que no cumplen con la generalidad.  Impuesto a la Renta, IGV e IPM que grave el retiro de bienes
  • 25. Gastos Prohibidos 25  Gastos y pérdidas de capital con sujetos que:  Sean residentes de países o territorios de baja o nula imposición;  Sean establecimientos permanentes situados o establecidos en países o territorios de baja o nula imposición; o,  Sin quedar comprendidos en los numerales anteriores, obtengan rentas, ingresos o ganancias a través de un país o territorio de baja o nula imposición.
  • 26. Gastos Prohibidos 26  Gastos cuya documentación sustentadora no cumpliera con las exigencias del RCP:  Pero no solo ello. IGV RENTA CDP que sustenta Crédito Fiscal, Costo o Gasto Ley 29214 Ley 29215
  • 27. Gastos Prohibidos 27  INTANGIBLES:  EL monto que se paga es gasto prohibido pues, en esencia, no se gastan, son de duración indeterminada. Por ello se amortizan.  PERO, en caso que el intangible tenga una duración limitada podrá:  Deducir el gasto en un ejercicio  Depreciarlo en el lapso de 10años.
  • 28. Gastos Prohibidos 28  INTANGIBLES:  Problema: CUANDO ES LIMITADO?  Cuando su vida útil está limitada por ley o por su propia naturaleza, tales como derechos de autor, patentes, derechos de llave, derechos de plano, fórmulas, software, etc.  Marcas de fábrica y los fondos de comercio (goodwill) son de duración ilimitada.
  • 29. Gastos Prohibidos 29  INTANGIBLES:  RTF 02838-5-2010  La deducción de un intangible de duración limitada como gasto … procederá cuando dicho precio se origine en la cesión de tales bienes y no es las contraprestaciones pactadas por la concesión de uso o el uso de intangibles de terceros…