2. ESTACIONAMIENTOS Y GRÚAS
Temas a tratar:
1. Situación actual con el registro de
Estacionamientos a nivel Nacional.
2.Registro de grúas de arrastre y
plataforma
3. Marco legal
4.Recaudos y requisitos
5. Servicios automatizados.
6. Tipos de tramites disponibles
7. Calculo de tarifa por concepto de
Estacionamiento y Grúa.
3. ÁREA DE
ESTACIONAMIENTOS DE
GUARDA Y CUSTODIA
SERVICIOS DE GRÚAS DE
ARASTRE Y PLATAFORMA
El área de Estacionamientos de guarda y custodia regula la calidad de la
prestación de servicios; al igual que los requisitos y obligaciones que deben
cumplir los estacionamientos para suscribir la Licencia de Operación de
Servicios Conexos para la guarda y custodia, recepción, conservación y
entrega de vehículos incursos en infracciones a la Ley de Transporte Terrestre o
accidentes de transporte terrestre así como el servicio de Remolque Publico de
vehículos (URP) y particular.
CON LICENCIA 57
SIN LICENCIA 28
LICENCIA VENCIDA 110
CERRADO 30
INACTIVO 34
TOTAL 259
Situación actual
de registro
4. Providencia Administrativa Nro. 574-2013 Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Nro. 40.206 de fecha 12 de julio de 2013
Marco Legal
Artículo 42°. Los Prestadores o
prestadoras del Servicio conexo
de Estacionamiento deberán
contar mínimo con dos (2)
Unidades de Remolque Público
(URP), en la modalidad grúa o
unidades de Remolque Público
(URP) destinadas a la prestación
del servicio de remolque o
traslado de los vehículos puestos
bajo su guarda y custodia por las
autoridades administrativas de
transporte.
Estas unidades de Remolque Público (URP)
deberán estar debidamente registradas por el
Instituto Nacional de Transporte Terrestre
(INTT) habilitadas para prestación del
Servicio de Remolque Publico de Vehículos,
a dicho fines, el prestador de Servicio
Conexo de Estacionamiento deberá solicitar
dicho registro y habilitación, utilizando para
ello la planilla única de tramite que determine
el Instituto Nacional de Transporte Terrestre
(INTT) acompañada de los recaudos
correspondientes.
5. Definición y tipos de Servicios Conexos
Artículo 133. Se entiende por
servicios conexos al transporte
terrestre, aquellas actividades
que complementen el transporte,
y sólo podrán ser prestados con
la previa autorización de la
autoridad competente, y bajo las
normas de funcionamiento
aplicables en cada caso.
6. Estacionamientos de recepción, guarda,
custodia, conservación y entrega de
aquellos vehículos causantes de
infracciones a la presente Ley, o por
accidentes de transporte terrestre.
12. Servicios de grúa de arrastre y de
plataforma.
6. Recaudos y Requisitos
Artículo 12°. Para la obtención de la
Certificación de Operación del Servicio
Conexo de Estacionamiento de la sede
principal, la persona natural o jurídica
deberá presentar la planilla única de
trámite o mediante el mecanismo que al
efecto determine el Instituto Nacional de
Transporte Terrestre (INTT), a los fines de
que se realice la debida inspección sobre
el establecimiento y, una vez practicada la
misma, deberá solicitar su emisión,
consignando, a los efectos, los siguientes
recaudos:
Providencia Administrativa Nro. 574-2013
Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela Nro. 40.206 de fecha 12 de
julio de 2013
Requisitos para la obtención de la
Certificación de Operación de Servicio
Conexo de Estacionamiento
7. 1.- Si se trata de una persona jurídica, copia certificada del Acta Constitutiva, Estatutos Sociales y de sus últimas
modificaciones, si las hubiere, o constancia de inscripción en la Superintendencia Nacional de Cooperativas
(SUNACOOP) en caso de ser una asociación cooperativa o constancia de inscripción en el Registro de Comercio si es
una persona natural.
2.- El solicitante deberá ser un ciudadano de reconocida honorabilidad, gozar de buena reputación, ética y moral.
3.- Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal de la empresa.
4.- Constancia de Inscripción del Registro de Información Fiscal (R.I.F).
5.- Solvencia de pago de ISRL.
6.- Solvencia Laboral.
Recaudos y Requisitos
8. Recaudos y Requisitos
7.- Estudio de impacto ambiental y vial.
8.- Copia certificada del documento de propiedad del inmueble donde se encuentra ubicado el establecimiento o, en su
defecto, documento debidamente autenticado del contrato que faculte el uso del mismo.
9.- Plano a escala 1:100 de la parcela de terreno donde se encuentra ubicado el establecimiento y de sus instalaciones,
así como su relación de proximidad con respecto a las vías principales de la ciudad o población, con mención clara de
los accesos y salidas que posea.
10.- Informe sobre el estado de las instalaciones y condiciones ofrecidas para la prestación del servicio.
9. Recaudos y Requisitos
11.- Relación de las Unidades de Remolque Público (URP) debidamente habilitadas por el Instituto Nacional de Transporte
Terrestre (INTT) destinadas, por el solicitante, a prestar el servicio de remolque o traslado de vehículos, desde y hacia dicho
inmueble, que incluya una detallada identificación del vehículo, su propietario y conductores, así como la copia fotostática de
los documentos de propiedad de cada una de ellas y, en caso de ser procedente, de los documentos que faculten su
utilización.
12.- Constancia de servicios de agua, electricidad y teléfono.
13.- Permiso emitido por el Cuerpo de Bomberos y Bomberas con competencia en la jurisdicción del inmueble.
14.- Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General, para cubrir los daños que sufran los vehículos en guarda y custodia
ubicados en dicho inmueble, producto de explosión, inundación, motín o incendio y los eventuales daños que se produzcan a
terceros como consecuencia de dichos hechos.
10. Recaudos y Requisitos
15.- Póliza de Sustracción Ilegítima de los vehículos en guarda y custodia ubicados en dicho inmueble, que cubra
además su desmantelamiento total o parcial o la pérdida o sustracción de sus accesorios fácilmente separables.
16.-Cualquier otro requisito y formalidad que determine el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
13. Providencia Administrativa Nro.
031-2016 y 032-2016 de fecha 7
de diciembre de 2016 publicada
en GO 41.047 de fecha 07 de
diciembre de 2016.
Área de estacionamientos contacta
al estacionamiento para mediar un
monto según cantidad de días,
causa de retención, grúa.
Recepción de denuncias por
desvalijamiento, cobro excesivo
Cálculo de tarifa