2. Es un ente colectivo, es la proyección social del hombre.
Es un sujetos con personalidad distinta a la de sus titulares
Se manifiestan a través de las formas societarias que
establece la ley de sociedades o las que reconoce el C.C
La persona jurídica es una agrupación de sujetos
individuales para el logro de un fin común que el
ordenamiento jurídico reconoce.
Tiene existencia propia, propio nombre, patrimonio,
dirección.
Dos tipos de persona jurídica:
PÚBLICA: son las creadas por ley, con patrimonio de las
contribuciones de los ciudadanos, buscan el interés
general
PRIVADO: buscan el interés particular, nace por iniciativa
de los particulares, nacen con su inscripción ante los
registros públicos.
3. SISTEMAS SOBRE EL NACIMIENTO DE LA PERSONA
JURIDICA
S. DE LIBRE CONSTITUCIÓN CORPORATIVA
S. DE LA CONCESIÓN
T° DECLARATIVA
S. DE LAS DETERMINACIONES NORMATIVAS
T° CONSTITUTIVA
PERSONA JURIDICA LUCRATIVA Y NO LUCRATIVA
ATRIBUTOS DE LA PERSONA JURÍDICA
CAPACIDAD
GOCE (absoluta / limitada)
EJERCICIO (T° DE LA REPRESENTACIÓN y T° DEL ORGANO)
NOMBRE
PATRIMONIO
DOMICILIO