La norma exoneratoria

    Jorge Bravo Cucci
Hoja de ruta
1. ¿Qué es una exoneración?
2 .¿Qué no es una exoneración?
3. Revisión de las exoneraciones en el Perú
1. ¿Qué es una exoneración? (1)
Dos ideas preliminares:

 La Potestad tributaria es una potestad normativa.

 Es importante entender cómo es la fenomenología
  de la norma tributaria
  i. Norma es creada
  ii. Norma incide
  iii. Se genera la obligación tributaria
1. ¿Qué es una exoneración? (2)
• La exoneración es el efecto que genera una norma
  jurídica.
• Es una norma de estructura y no una norma de
  comportamiento (como lo es la norma de
  incidencia tributaria), pues no se encuentra
  dirigida a reglar el comportamiento del sujeto
  pasivo (directamente) sino a disponer que una
  norma jurídica no produzca sus efectos previstos
  (regula comportamientos de los individuos, pero
  indirectamente).
1. ¿Qué es una exoneración (3)?
Norma tributaria                                               Norma exoneratoria
              (p  q) (-q s)                                   (p  q) (-q s)

Donde:                                            Donde:

p          = Hipótesis de incidencia tributaria   p           = Hipótesis de incidencia exoneratoria
q          = Consecuencia (previsión de             (Circunstancias neutralizantes referidas a una
obligación tributaria)                            norma de incidencia tributaria).
                                                  q           = Consecuencia (mandato
                                                  direccionado a la norma
                                                          matriz de incidencia tributaria, modalizado
                                                  por el operador deóntico “prohibido obligar”).
                                                  -q          = Incumplimiento del mandato
                                                  “prohibido
                                                                obligar” por parte del órgano
                                                  legislativo o de
                                                                 aquél encargado de administrar el
                                                  tributo.
                                                  s           = Obligación de devolver el monto
                                                  pagado
                                                                indebidamente.
2. ¿Qué no es una exoneración?
•   Inafectación o no sujeción
•   Reducciones de la base imponible
•   Mínimos no imponibles
•   Aplazamientos o fraccionamientos de pago.
3. Revisión de las exoneraciones en el
                 Perú
• Algunas patologías encontradas:

• Exoneraciones que permanecen en el tiempo
  indefinidamente.

• Exoneraciones que son permanentemente
  ampliadas.

• Renuncia a la exoneración.
Muchas gracias por su atención

09 - La norma exoneratoria

  • 1.
    La norma exoneratoria Jorge Bravo Cucci
  • 2.
    Hoja de ruta 1.¿Qué es una exoneración? 2 .¿Qué no es una exoneración? 3. Revisión de las exoneraciones en el Perú
  • 3.
    1. ¿Qué esuna exoneración? (1) Dos ideas preliminares:  La Potestad tributaria es una potestad normativa.  Es importante entender cómo es la fenomenología de la norma tributaria i. Norma es creada ii. Norma incide iii. Se genera la obligación tributaria
  • 4.
    1. ¿Qué esuna exoneración? (2) • La exoneración es el efecto que genera una norma jurídica. • Es una norma de estructura y no una norma de comportamiento (como lo es la norma de incidencia tributaria), pues no se encuentra dirigida a reglar el comportamiento del sujeto pasivo (directamente) sino a disponer que una norma jurídica no produzca sus efectos previstos (regula comportamientos de los individuos, pero indirectamente).
  • 5.
    1. ¿Qué esuna exoneración (3)? Norma tributaria Norma exoneratoria (p  q) (-q s) (p  q) (-q s) Donde: Donde: p = Hipótesis de incidencia tributaria p = Hipótesis de incidencia exoneratoria q = Consecuencia (previsión de (Circunstancias neutralizantes referidas a una obligación tributaria) norma de incidencia tributaria). q = Consecuencia (mandato direccionado a la norma matriz de incidencia tributaria, modalizado por el operador deóntico “prohibido obligar”). -q = Incumplimiento del mandato “prohibido obligar” por parte del órgano legislativo o de aquél encargado de administrar el tributo. s = Obligación de devolver el monto pagado indebidamente.
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    2. ¿Qué noes una exoneración? • Inafectación o no sujeción • Reducciones de la base imponible • Mínimos no imponibles • Aplazamientos o fraccionamientos de pago.
  • 7.
    3. Revisión delas exoneraciones en el Perú • Algunas patologías encontradas: • Exoneraciones que permanecen en el tiempo indefinidamente. • Exoneraciones que son permanentemente ampliadas. • Renuncia a la exoneración.
  • 8.
    Muchas gracias porsu atención