La reforma constitucional en materia de justicia cotidiana modifica los procedimientos civiles y familiares para privilegiar la solución de los conflictos sobre los formalismos. Además, faculta al Congreso de la Unión para expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar. La reforma forma parte de un nuevo modelo de justicia que busca simplificar trámites y resolver casos de manera eficaz.
Informe de Amnistía Internacional sobre ejecuciones y penas de muerte
13112017
1. Reforma Constitucional
en materia de Justicia
Cotidiana
(DOF 15 de septiembre de
2017)
Dra. Pamela Rodríguez Padilla
IIJ UNAM
Sesión 1 – Lunes 13 de noviembre de 2017
3. ¿Qué ámbitos se ven afectados por la
reforma?
La reforma modifica de manera sensible dos
aspectos de los procedimientos civiles y
familiares:
La solución de fondo de los conflictos
La competencia legislativa sobre el aspecto
procesal
4. ¿Cuál es el objetivo de la reforma?
Que en los juicios o procedimientos seguidos
en forma de juicio, las autoridades privilegien
la solución del conflicto sobre los
formalismos procedimentales.
Faculta al Congreso de la Unión para expedir
la legislación única en materia procesal civil y
familiar.
5. Cuadro comparativo
Texto anterior
Artículo 16. ...
Nadie puede ser molestado en su
persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de
mandamiento escrito de la autoridad
competente, que funde y motive la
legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la
protección de sus datos personales, al
acceso, rectificación y cancelación de
mismos […].
DOF 15.09.2017
Artículo 16. Nadie puede ser molestado
en su persona, familia, domicilio,
papeles o posesiones, sino en virtud de
mandamiento escrito de la autoridad
competente, que funde y motive la
causa legal del procedimiento. En los
juicios y procedimientos seguidos en
forma de juicio en los que se establezca
como regla la oralidad, bastará con que
quede constancia de ellos en cualquier
medio que dé certeza de su contenido
y del cumplimiento de lo previsto en
este párrafo.
6. Texto anterior
Artículo 17. ...
...
Toda persona tiene derecho a que se le
administre justicia por tribunales que estarán
expeditos para impartirla en los plazos y
términos que fijen las leyes, emitiendo sus
resoluciones de manera pronta, completa e
imparcial. Su servicio será gratuito, quedando,
en consecuencia, prohibidas las costas
judiciales.
El Congreso de la Unión expedirá las leyes
regulen las acciones colectivas. Tales leyes
determinarán las materias de aplicación, los
procedimientos judiciales y los mecanismos
reparación del daño. Los jueces federales
conocerán de forma exclusiva sobre estos
procedimientos y mecanismos.
DOF 15.09.2017
Artículo 17. ...
...
Siempre que no se afecte la igualdad
entre las partes, el debido proceso u
otros derechos en los juicios o
procedimientos seguidos en forma de
juicio, las autoridades deberán
privilegiar la solución del conflicto sobre
los formalismos procedimentales.
...
7. Texto anterior
Artículo 73. ...
I. a XXIX-Z. ...
...
DOF 15.09.2017
Artículo 73. ...
I. a XXIX-Z. ...
XXX. Para expedir la legislación única en
materia procesal civil y familiar;
XXXI. Para expedir todas las leyes que
sean necesarias, a objeto de hacer
efectivas las facultades anteriores, y
todas las otras concedidas por esta
Constitución a los Poderes de la Unión.
8. ¿Qué obligaciones legislativas trae
consigo la reforma?
Adecuación de las leyes generales y las leyes
federales, así como las leyes de las entidades
federativas – 15 de marzo de 2018 (t.
segundo)
Reformas a las constituciones estatales – 15
de marzo de 2018 (t. tercero)
Expedición de la legislación única en materia
procesal civil y familiar – 15 de marzo de
2018 (t. cuarto)
9. “
”
Los procedimientos iniciados y las
sentencias emitidas con fundamento en la
legislación procesal civil federal y la
legislación procesal civil y familiar de las
entidades federativas deberán concluirse y
ejecutarse, respectivamente, conforme a la
misma.
Artículo transitorio quinto, decreto DOF 15.09.2017
Confirmación del principio de seguridad jurídica y del
principio de no retroactividad de la ley
10. ¿Porqué la retroactividad de la ley está
prohibida? (principio de irretroactividad)
¿Existe algún supuesto en el cual esté
permitida la aplicación de una ley que no
estaba vigente cuando sucedió un hecho
jurídico o se celebró un acto jurídico?
11. 162299. 1a./J. 78/2010. Primera Sala. Novena Época. Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. Tomo XXXIII, Abril de 2011, Pág. 285.
12. ¿Qué implicaciones tiene esta reforma
en nuestra vida cotidiana?
Artículo 16: preeminencia de la oralidad.
Artículo 17: se privilegia la solución del
conflicto.
Artículo 73: unificación de la legislación
procesal en materia civil federalismo
normativo
13. ¿En qué contexto se promulga esta
reforma?
DOF 24-02-2017: Reforma en materia
laboral
DOF 05-02-2017: Reforma en materia de
Mecanismos Alternativos de Solución de
Controversias, Mejora Regulatoria, Justicia
Cívica e Itinerante y Registros Civiles.
14. Estamos entonces frente a un nuevo modelo de
gestión gubernamental, cuyos principios podemos
resumir de la siguiente manera:
Simplificación administrativa
Impartición de justicia de manera eficaz y eficiente
Oralidad (transparencia y diligencia en las
actuaciones jurisdiccionales)
Primacía de las garantías procesales y los derechos
humanos
Justicia cotidiana
17. Dos iniciativas del titular del Ejecutivo Federal
Un primer dictamen por parte de las
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales;
de Justicia, y de Estudios Legislativos, Segunda
del Senado
Un segundo dictamen de la Comisión de Puntos
Constitucionales de la Cámara de Diputados
Resultado directo de la necesidad de combatir
la impunidad en el sistema jurídico mexicano
23. Existe una clara preocupación por la forma
en la que se imparte justicia en nuestro país.
Percepción de que los tribunales “no
resuelven” el problema por el cual fueron
consultados.
Resulta necesario repensar el sistema federal
de atribución de competencias.
El acceso a la justicia como derecho
humano.
24. Una tarea importante de todos los órganos de
impartición de justicia será la identificación de
aquellas normas que impiden el acceso a la
justicia y la eliminación de los procesos
excesivos e innecesarios.
Las autoridades en general centrarán su
atención en estudiar los problemas planteados,
darles una solución y resolverlos en beneficio de
las personas.
La legislación sustantiva continuará en manos de
las entidades federativas; pero la impartición de
justicia será regulada directamente por la
Federación.