Este documento describe los principios fundamentales del derecho constitucional de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Explica principios como la supremacía constitucional, la legalidad y supranacionalidad, la formación del derecho por grado, la personalidad jurídica del estado, la primacía de los derechos constitucionales, y la universalidad del control judicial sobre los actos estatales. El documento analiza cada uno de estos principios y cómo se reflejan en la constitución venezolana.
El Derecho Constitucional en nuestro pais, tiene como preceptos una serie de Principios del cual subyacen devienen las cartas legales que regulan la convivencia social.
Ensayo Principios Fundamentales del Derecho ConstitucionalJessica Evies
Principio de Supremacía, Legalidad, Jerarquía, Personalidad Jurídica del Estado y las Personas Jurídicas Estatales, de Fines Democráticos, Sociales y Justicia...
El Derecho Constitucional en nuestro pais, tiene como preceptos una serie de Principios del cual subyacen devienen las cartas legales que regulan la convivencia social.
Ensayo Principios Fundamentales del Derecho ConstitucionalJessica Evies
Principio de Supremacía, Legalidad, Jerarquía, Personalidad Jurídica del Estado y las Personas Jurídicas Estatales, de Fines Democráticos, Sociales y Justicia...
Planteamiento del problema: la indisoluble simbiosis entre principio democrático y procedimiento legislativo
(Planteamiento de la profesora Cecilia Mora-Donatto)
LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (concreta) EN BOLIVIA 2021Alan Vargas Lima
acción de inconstitucionalidad cuya finalidad es sanear o depurar el ordenamiento jurídico a través de un fallo con efectos derogatorios o abrogatorios de la norma que resulte incompatible
Principios fundamentales del derecho constitucionallisandro alchebli
Los principios fundamentales del derecho constitucional son todos aquellos que se encuentran inmersos en la carta magna, y que sirven para regular la conducta y actuacion tanto de las personas, como de los organismos publicos, organizaciones privadas, y garantizar por parte del estado la proteccion de los derecho y garantias constitucionales.
LA EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA (1999 - 2019)Alan Vargas Lima
Se pretende desarrollar los antecedentes de la creación del primer Tribunal Constitucional en Bolivia, la configuración constitucional del sistema de control plural de constitucionalidad de acuerdo a las normas previstas en la Constitución aprobada el 7 de febrero de 2009, y el notable desarrollo jurisprudencial de algunos institutos jurídicos, a través de las sentencias más relevantes que conforman las principales líneas jurisprudenciales creadas por el máximo órgano contralor de la constitucionalidad en el país durante dos décadas de vigencia.
Principios Fundamentales del Derecho Constitucional estipulados en el Titulo I de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.
Autor: María Anantta García.
Universidad Fermín Toro
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017Alan Vargas Lima
“El Amparo Constitucional es una garantía jurisdiccional que protege los derechos fundamentales de la persona (con excepción de la libertad de locomoción), cuando éstos son violados, restringidos o amenazados por una autoridad cualquiera o por particulares. Se trata de una garantía muy amplia a la que, sin embargo, sólo se puede recurrir cuando no hay otra vía que conceda la ley para la protección de los derechos individuales” (Pablo Dermizaky. 1923-2015).
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019Alan Vargas Lima
Se pretende dar a conocer que “El Amparo Constitucional es una garantía jurisdiccional que protege los derechos fundamentales de la persona (con excepción de la libertad de locomoción), cuando éstos son violados, restringidos o amenazados por una autoridad cualquiera o por particulares. Se trata de una garantía muy amplia a la que, sin embargo, sólo se puede recurrir cuando no hay otra vía que conceda la ley para la protección de los derechos individuales” (Pablo Dermizaky. 1923-2015).
Bloque de Constitucionalidad y Medio Ambiente en Bolivia 2019Alan Vargas Lima
Esta presentación, pretende mostrar la importancia del Bloque de Constitucionalidad para la protección efectiva del Medio Ambiente en Bolivia, a la luz de la Constitución Política del Estado, la jurisprudencia interamericana y la Opinión Consultiva Nº 23 sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos.
Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales en Bolivia - 2017Alan Vargas Lima
Muestra algunos aspectos relevantes sobre la configuración constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional en Bolivia, los Principios procesales de la Jurisdicción Constitucional, haciendo énfasis en la fuerza vinculante de la Jurisprudencia Constitucional en Bolivia.
Sistema de control constitucional_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Planteamiento del problema: la indisoluble simbiosis entre principio democrático y procedimiento legislativo
(Planteamiento de la profesora Cecilia Mora-Donatto)
LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (concreta) EN BOLIVIA 2021Alan Vargas Lima
acción de inconstitucionalidad cuya finalidad es sanear o depurar el ordenamiento jurídico a través de un fallo con efectos derogatorios o abrogatorios de la norma que resulte incompatible
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Los principios fundamentales del derecho constitucional son todos aquellos que se encuentran inmersos en la carta magna, y que sirven para regular la conducta y actuacion tanto de las personas, como de los organismos publicos, organizaciones privadas, y garantizar por parte del estado la proteccion de los derecho y garantias constitucionales.
LA EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA (1999 - 2019)Alan Vargas Lima
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Principios Fundamentales del Derecho Constitucional estipulados en el Titulo I de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.
Autor: María Anantta García.
Universidad Fermín Toro
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017Alan Vargas Lima
“El Amparo Constitucional es una garantía jurisdiccional que protege los derechos fundamentales de la persona (con excepción de la libertad de locomoción), cuando éstos son violados, restringidos o amenazados por una autoridad cualquiera o por particulares. Se trata de una garantía muy amplia a la que, sin embargo, sólo se puede recurrir cuando no hay otra vía que conceda la ley para la protección de los derechos individuales” (Pablo Dermizaky. 1923-2015).
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Se pretende dar a conocer que “El Amparo Constitucional es una garantía jurisdiccional que protege los derechos fundamentales de la persona (con excepción de la libertad de locomoción), cuando éstos son violados, restringidos o amenazados por una autoridad cualquiera o por particulares. Se trata de una garantía muy amplia a la que, sin embargo, sólo se puede recurrir cuando no hay otra vía que conceda la ley para la protección de los derechos individuales” (Pablo Dermizaky. 1923-2015).
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Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Fundamentalmente, el término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un río, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho, en tal sentido Fuentes del Derecho se puede definir como los diferentes procesos por los cuales se origina una ley o norma jurídica.
Posteriormente, cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.
Por ende, se considera como fuentes del derecho: La Constitución, la ley, el tratado Reglamentos, decreto ley, la costumbre, jurisprudencia y las doctrinas
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Ensayo musa majad derecho constitucional
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO CONSTITUCIONAL
Principios Fundamentales
del Derecho Constitucional
PARTICIPANTE:
Majad Rondón, Musa Ammar
C.I.: V-12.973.754
2. SAN CRISTÓBAL, AGOSTO DE 2017
La característica fundamental del Derecho Constitucional refiere a la
supremacía del mismo mediante la regulación general de la sociedad. En este
sentido, el Derecho constitucional es un sistema conceptual y normativo, que, en
cuanto disciplina jurídica, estudia los fundamentos esenciales de la organización
política jurídica del Estado y de la sociedad. Ya Duverger enfatiza que el mismo
“…estudia las instituciones políticas desde un ángulo jurídico" (citado por
Carruitero, 2003).
En este marco, se entiende entonces que el contenido del Derecho
Constitucional entra en la relación que existe entre, por un lado, el Estado y la
Constitución, y, por el otro, el Estado y los individuos (Díaz, 2010).
Así, y respecto a los principios constitucionales, debe tenerse presente que son
una “…regla básica que guía el funcionamiento coherente y equilibrado de la
estructura de una Constitución formal de un Estado determinado”, los cuales
sirven “para garantizar la vigencia, estabilidad y el respeto a la Constitución”
(Quisbert, 2006).
La dinámica mencionada, se puede especificar mediante el principio de la
supremacía constitucional y de la aplicación directa de la Constitución, el principio
de legalidad y la supranacionalidad, el principio de la formación del derecho por
grado, el principio de la personalidad jurídica del estado, las personas jurídicas
estatales, el principio de los fines democráticos, sociales y de justicia del Estado,
el principio de la primacía y progresividad de los derechos constitucionales, el
principio de la universalidad del control judicial sobre los actos estatales y la
garantía de la Constitución.
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3. El primero de los mencionados, el principio de la Supremacía Constitucional y
de la aplicación directa de la Constitución, implica los métodos de regulación
superior y jerárquica Constitucional y de la Aplicación Directa de la Constitución,
según el artículo 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999). Éste indica que la Constitución es la norma suprema y el fundamento del
ordenamiento jurídico, donde todas las personas y órganos que ejercen el Poder
Público se encuentran estrictamente sujetos a lo que ésta establece.
El principio de la legalidad y la supranacionalidad es un principio fundamental
del Derecho Público, conforme al cual todo ejercicio de potestades debe
sustentarse en normas jurídicas que determinen un órgano competente y un
conjunto de materias que caen bajo su jurisdicción. El mismo permite la seguridad
jurídica de cada acto que tenga lugar en todos los aspectos consagrados en la
sociedad, y se encuentra en el artículo 137 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999).
El principio de la formación del derecho por grado refiere al conjunto de normas
que conforman el ordenamiento jurídico, de manera tal que cada norma surge o
tiene su origen de otra, siendo el criterio supremo que argumenta la existencia de
todas las normas que conforman el ordenamiento jurídico. En este sentido, la
Constitución abarca las normas sobre la institución y el ejercicio del poder estatal,
por lo que vincula a todos los poderes y órganos del Estado. Así, se ubican el
Rango Constitucional, el Rango Legal y el Rango Sub- Legal. Estos se convierten
en fuentes del Derecho Venezolano, en función de una relación especifica:
Constitución, Tratados, Leyes Orgánicas, Leyes Especiales, Leyes Ordinarias,
Decretos-Leyes, Reglamentos, Ordenanzas, Resoluciones, Principios Generales
del Derecho, Costumbre, Jurisprudencia, Doctrina.
Con el principio de la personalidad jurídica del Estado, las personas jurídicas
estatales, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
establece la personalidad Jurídica de la Nación, los Estados, los Municipios y de
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4. los Institutos Autónomos (artículo 136 de la misma). Las personas jurídicas
estatales, como sujetos de derecho cuyos órganos conforman la Administración
Pública, son las que constituyen objeto de regulación por parte del derecho
administrativo; no obstante, no tienen una sola forma jurídica, pues pueden tenerla
de derecho público o de derecho privado.
Respeto al principio de la primacía y progresividad de los derechos
constitucionales, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999), artículo 19, se plantea que el Estado debe garantizar a toda persona,
conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y
ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
También se exalta la garantía estatal de los mismos, conforme al principio de la
progresividad, lo que implica necesariamente que la interpretación de las normas
correspondientes y cualquier revisión constitucional futura debe realizarse de
manera más favorable al ejercicio y goce de los derechos y, además, conforme al
principio de la no discriminación.
En torno al principio de la universalidad del control judicial sobre los actos
estatales y la garantía de la Constitución, la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999), en el artículo 253 establece que “la potestad de
administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en
nombre de la República por autoridad de la ley”, por lo que “corresponde a los
órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia
mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar
sus sentencias...”.
En función de lo precedente, el alcance real en la sociedad del país, respecto
de los lineamientos fundamentales que contienen tanto los principios como los
valores constitucionales, constituyen base primaria para la interpretación y
aplicación de los derechos fundamentales.
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5. REFERENCIAS
Carruitero, F. (2003). Nociones Fundamentales del Derecho Constitucional.
Madrid: BGL.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Díaz, W. (2010). Comentarios al Código procesal constitucional (2da ed.). Lima:
Ediciones Legales.
Quisbert, E. (2006). Derecho Constitucional. La Paz: Apuntes Jurídicos.
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6. REFERENCIAS
Carruitero, F. (2003). Nociones Fundamentales del Derecho Constitucional.
Madrid: BGL.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Díaz, W. (2010). Comentarios al Código procesal constitucional (2da ed.). Lima:
Ediciones Legales.
Quisbert, E. (2006). Derecho Constitucional. La Paz: Apuntes Jurídicos.
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