El Ministerio de Relaciones Laborales de Ecuador emitió un reglamento para el registro de contratos de trabajo y actas de finiquito a través de su página web. El reglamento establece que los empleadores deben registrar los contratos de trabajo dentro de los 30 días posteriores al inicio de la relación laboral y las actas de finiquito dentro de los 30 días posteriores a la terminación de la relación laboral. De no cumplirse estos plazos, el Ministerio puede imponer multas de $200 por cada incumplimiento.
Carta a la Contraloría General de Estado por desvío de fondos del Municipio d...Mauro Andino
Carta dirigida a la Contraloría General del Estado, suscrita por el asambleísta Mauro Andino el 12 de abril de 2013, ante el desvío de fondos de las cuentas del Municipio de Riobamba.
Carta a la Contraloría General de Estado por desvío de fondos del Municipio d...Mauro Andino
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De acuerdo a lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República y las Entidades Federativas, no podrán contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales. A través de la presente regulación, el Infonavit, en su carácter de autoridad fiscal, establece las reglas a través de las cuales las personas físicas y morales que pretendan celebrar contrato con las dependencias y entidades a que se refiere el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, puedan obtener las constancias necesarias del INFONAVIT para efectos de los dispuesto en el precepto legal antes citado.
Acuerdo acdo.sa2.hct.280617/149.p.dir por el que se actualizan los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado y se aprueban las reglas del sistema de dictamen electrónico del imss (sideimss).
Segundo suplemento al registro oficial no. 946Conaudisa
NAC-DGERCGC17-00000103 Apruébese el formulario 101
para la declaración del impuesto a la renta y
presentación de estados financieros de sociedades y
establecimientos permanentes
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los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
25. reglamento para el registro de contratos de trabajo y actas de finiquito
1. ______________________________________________________________________________________________________________________
REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE CONTRATOS DE
TRABAJO Y ACTAS DE FINIQUITO
El Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Acuerdo Ministerial
Nº. MRL-2014-0192, publicado en Registro Oficial Suplemento Nº. 358 de
21 de Octubre de 2014, emitió el Reglamento para el Registro de Contratos
de Trabajo y Actas de Finiquito. Este documento tiene por objeto establecer
el procedimiento para la inscripción de los convenios de trabajo y de las
actas de finiquito por terminación de relación laboral, que se realizará a
través de la página web del Ministerio de Relaciones Laborales,
www.relacioneslaborales.gob.ec.
DEL REGISTRO DE CONTRATOS DE TRABAJO.-
El empleador deberá registrar el contrato de trabajo en el plazo de
treinta días contados a partir del inicio de la relación laboral, en el
Ministerio de Relaciones Laborales, a través de su página web,
www.relacioneslaborales.gob.ec, conforme a las condiciones y requisitos
establecidos en el aplicativo desarrollado para el efecto en esa página. En el
sistema se deberá registrar toda la información solicitada, de manera
obligatoria, y cargar la siguiente documentación:
1.- El contrato firmado por las partes (representante legal y trabajador),
en formato PDF; y,
2.- El aviso de entrada del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
del trabajador, en formato PDF, el que deberá coincidir con la fecha de
inicio del contrato.
Ingresada la información solicitada por el Sistema de Registros de
Contratos, se procederá con la impresión del talón resumen que servirá
como constancia del registro.
En caso de incumplimiento del registro del contrato de trabajo dentro
del plazo señalado, el Ministerio emitirá la resolución sancionatoria
respectiva por un valor de doscientos dólares de los Estados Unidos de
América -US $ 200,oo-. La referida multa se impondrá por cada contrato
de trabajo que incurra en el mencionado incumplimiento.
El pago de la multa no exime al empleador del cumplimiento del
registro del contrato de trabajo, en un plazo de quince días contados a partir
de su notificación con la resolución sancionatoria previa, siendo facultad
del Ministerio sancionarlo en lo posterior, después de los procedimientos
respectivos, hasta que cumpla con el mismo.
DEL REGISTRO DE ACTAS DE FINIQUITO DE TERMINACIÓN DE
RELACIÓN LABORAL
El empleador elaborará y registrará el pago de las actas de finiquito por
terminación de la relación laboral, en el plazo de treinta días contados a
partir de dicha terminación, en la página web del Ministerio de Relaciones
Laborales. En el sistema se deberá registrar toda la información solicitada,
de manera obligatoria, y cargar la siguiente documentación:
1.- El acta de finiquito generada por el sistema, debidamente firmada
por las partes (representante legal y trabajador), en formato PDF; y,
2.- El comprobante de pago, en formato PDF (cheque certificado,
transferencia bancaria, etcétera).
En el caso de consignarse el pago en el Ministerio se deberán seguir
los siguientes pasos:
a.- Generada el acta de finiquito a través del sistema, el empleador
deberá acercarse ante el Inspector del Trabajo para obtener la autorización
del depósito a la cuenta del Ministerio de Relaciones Laborales; y,
b.- Realizado el depósito se deberá cargar en el sistema, en formato
PDF, el acta de finiquito y el comprobante de dicho depósito.
En caso de incumplimiento del registro y pago de los valores
establecidos en el acta de finiquito dentro del plazo señalado, El Ministerio
emitirá la resolución sancionatoria respectiva por un valor de doscientos
dólares de los Estados Unidos de América -US $ 200,oo-. La referida multa
se impondrá por cada acta de finiquito que incurra en el mencionado
incumplimiento. El pago de la multa no exime al empleador del
cumplimiento del registro y pago de los valores establecidos en el acta de
finiquito, en un plazo de quince días contados a partir de su notificación
con la resolución sancionatoria previa, siendo facultad del Ministerio
sancionarlo en lo posterior, después de los procedimientos respectivos,
hasta que cumpla con el mismo.
DATOS PARA ACCEDER AL PROCEDIMIENTO
Para acceder a los sistemas mencionados, tanto empleadores como
trabajadores deberán generar un usuario y una clave secreta utilizando los
sistemas de la página web del Ministerio de Relaciones Laborales. La
responsabilidad derivada de la falta de cuidado, de la indebida reserva o del
mal uso, será exclusiva del empleador o del trabajador.
El empleador puede realizar los registros todos los días del año. Se
considerará como registro de un mismo día, el ingresado al sistema hasta
las 23h59m59s (veintitrés horas, cincuenta y nueve minutos y cincuenta y
nueve segundos), zona horaria GMT-05:00, correspondiente al territorio
continental de la República del Ecuador.
Fuente: Acuerdo Ministerial Nº. MRL-2014-0192 del Ministerio de
Relaciones Laborales, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nº. 358
de 21 de Octubre de 2014.
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