2. ANTECEDENTES
El Médico Pediatra y Psicólogo Arnold
Gesell, trabajó en temas relacionados al
estudio de conductas
infantiles durante el desarrollo humano; para
tal efecto utilizó cámaras de video y capturas
fotográficas, además de espejos
unidireccionales y construyó un domo (más
conocido como Gesell dome, en inglés),
mediante el cual observaba las conductas
infantiles, de esta manera tenía la posibilidad
de observar la conducta de sus pacientes sin
ejercer ninguna influencia derivada del
propio efecto de la observación.
(1880-1961)
3.
4.
5. RESEÑA EN EL MP
El incremento de casos de violencia sexual en nuestro Pais,
incluyendo la explotación sexual con fines de lucro, el trafico de
menores, las violaciones sexuales , entre otras formas, llevó a que
un grupo de profesionales del Instituto de Medicina Legal a
presentar y gestionar un proyecto para evitar revictimizar a los
menores ya que en un caso de violencia sexual un menor podía
ser interrogado hasta 14 veces por distintas instancias siendo
expuesto incluso a declarar en presencia del presunto agresor, y
en diferentes escenarios que conducían a la revictimización, con
un abordaje inadecuado que los hacía sentir culpables de la
situación frente a personas que no tenían la preparación idónea
para realizar estas entrevistas.
7. • Es así como el Instituto de Medicina Legal a través de sistema fiscal
establece alianzas estratégicas a nivel interinstitucional, involucrando
a diversos organismos internacionales como el “Fondo para las
Naciones Unidas para la Infancia” - UNICEF y la “Cooperación
Belga para el Desarrollo”, realizan un estudio para determinar los
lugares de mayor incidencia de los casos de violencia sexual y se
logra la instalación e implementación inicial de cuatro espacios
acondicionados o Cámaras Gesell en los lugares donde se identifica
el más alto nivel de incidencia en violencia sexual y trata de personas
con fines de explotación sexual; posteriormente, Medicina Legal y el
Ministerio Público logran la implementación de nuevos ambientes de
Cámara Gesell y Salas de Entrevista a nivel nacional, contando en la
actualidad con estos ambientes en los 24 departamentos del Perú.
8.
9. • La Cámara Gesell es una
herramienta de vital
importancia que permite
aplicar el procedimiento
de Entrevista Única para
la toma de declaración
testimonial que forma
parte de la investigación y
está dirigida a las
personas víctimas de
violencia.
10. OBJETIVO
• El objetivo principal era evitar la revictimización e iniciar el proceso de
reparación psicológica del daño en la víctima, buscando reducir los 14
interrogatorios que pasaba un niño, niña o adolescente víctima de violencia
sexual en tres pasos: primero, denuncia y toma de declaración, segundo
evaluación médico legal y entrevista única y realización de pericia psicológica y
tercero, atención complementaria a la victima.
• Además, se buscaba realizar una entrevista única que reúna a todos los
operadores por única vez, y un EXPERTO aborde a la víctima en un ambiente
especial en el cual los operadores de justicia y otros intervinientes tengan la
oportunidad y la capacidad de participar en dicha declaración.
• Luego la perennización de la entrevista en un DVD lo cual permitiría que el
menor no sea expuesto nuevamente a interrogatorios ya que los operadores
tendrían la oportunidad de visualizar la entrevista en el momento que lo requiere
sin tener que exponer a menor
11. DENUNCIA Y FECHA
PARA ENTREVISTA
UNICA
EVALUACION MEDICA
ENTREVISTA UNICA
EVALUACION PSICOLOGICA
ATENCION
COMPLEMENTARIA
DE LA VICTIMA
12. • La implementación del
procedimiento ha generado
en el tiempo, el aumento de
atenciones bajo la práctica
de Entrevista Única, con
cifras que van desde 5315
entrevistas en 24 ambientes
acondicionados durante el
año 2012, hasta 11,699
entrevistas en 93 ambientes
acondicionados, durante el
año 2017.
13.
14.
15. En primera instancia fue
Diseñada
exclusivamente
Para los casos de Delitos
Contra la libertad sexual
De menores de edad y
trata de personas.
GUIA 2009-2013
16. En merito a la Ley N°
30364 -2016
«Ha sido desarrollado bajo los
enfoques de genero, integralidad,
interculturalidad , derechos
humanos , interseccionalidad ,
generacional y bajo el espectro de
los principios de igualdad y no
discriminación, interés superior
del niño, debida diligencia ,
intervención inmediata y
oportuna, sencillez y oralidad ,así
como racionalidad , a la luz del
cogido procesal Penal.
17. • La guía constituye
una herramienta de
trabajo para los
operadores de justicia,
orientada a unificar
criterios de actuación
y adecuada
conducción del
procedimiento de
Entrevista única.
18. PARA QUIENES SE
APLICA?
TODOS LOS TIPOS
DE VIOLENCIA EN
EL MARCO DE LA
LEY N° 30364
VIOLENCIA FISICA
VIOLENCIA PSICOLOGICA
VIOLENCIA SEXUAL
VIOLENCIA ECONOMICA
O PATRIMONIAL
19. VIOLENCIA FISICA:
Incluye el maltrato por
negligencia , descuido o
por privación de las
necesidades básicas , que
hayan ocasionado daño
físico o que puedan llegar
a ocasionarlo, sin
importar el tiempo que se
requiera para su
recuperación.
• VIOLENCIA
PSICOLOGICA: Es la
acción o conducta,
tendiente a controlar o
aislar a la persona
contra su voluntad , a
humillarla o
avergonzarla y que
puede ocasionar daños
psíquicos.
20. • VIOLENCIA SEXUAL: Se
considera también, la
exposición a material
pornográfico y que vulneran
el derecho de las personas a
decidir voluntariamente
acerca de su vida sexual o
reproductiva, a través de
amenazas coerción , uso de
la fuerza o intimidación.
VIOLENCIA ECONOMICA :
ocasiona menoscabo en los
recursos económicos o
patrimoniales de cualquier
persona a través:
- Perdida sustracción ,
destrucción , retención o
apropiación indebida de
objetos, instrumentos de
trabajo, documentos personales
, bienes, valores y derechos
patrimoniales.
- Limitación de los recursos
económicos destinados a
satisfacer sus necesidades o
privación de los medios
indispensable para vivir una
vida digna
- Limitación o control de sus
ingresos .
21. INTERVINIENTES
• JUEZ DE FAMILIA
• JUEZ PENAL
• FISCAL
• PSICOLOGO
• DIGITADOR
• ABOGADO DEFENSOR PUBLICO DE LA VICTIMA
Y DEL DENUNCIADO
• UDAVIT
22. JUEZ DE FAMILIA:
Cuando es el primero
en conocer la denuncia,
puede solicitar la sala
de entrevista o Cámara
Gesell
• JUEZ PENAL:
Cuando requiera
practicar la
declaración
ampliatoria de la
victima.
23. FISCAL Penal : Es quien
conduce la investigación,
desde su inicio hasta su
culminación. Si el
investigado es menor de edad
quien dirige es el Fiscal de
familia.
• PSICOLOGO: debe estar
capacitado en tecnicas de
entrevista forense y contar
con la experiencia
necesaria.
• Realiza las coordinaciones
previas con los operadores
intervinientes a fin de tener
información necesaria que
le permita realizar la
entrevista , recaudando los
elementos facticos que
ayuden al esclarecimiento.
24. • DIGITADOR: Es un técnico
que cuenta con estudios
certificados de ofimática y
conocimiento en manejo de
quipos audiovisuales. Tiene
que revisar los equipos de
audio y video, obtiene los
datos de los intervinientes y
digita la entrevista , luego
grabara en soporte informático
(CD O DVD) , verificara con
el fiscal o juez la calidad de la
grabación de la entrevista.
INTERPRETE O TRADUCTOR:
Se ubica al costado del psicólogo
se limita a trasmitir las pregustas
de este y las respuestas evitando
la emisión de contenidos
subjetivos.
25. • ABOGADO O
DEFENSOR PUBLICO:
Es necesario la
participación del abogado
o defensor publico de la
victima y del denunciado.
• UDAVIT: interviene en la
etapa previa y posterior a
la realización del
procedimiento de
Entrevista única , brinda
contención emocional y
acompañamiento a las
victimas a fin de asegurar
su adecuada participación
procesal y evitar la re
victimización.
26. IMPORTANCIA EN EL
SISTEMA DE JUSTICIA
• Permitir la recopilación de la
información de manera objetiva y
pertinente a fin de esclarecer los
hechos materia de investigación.
• Permitir el debido proceso mediante
la presencia en vivo y directo de los
operadores de justicia y los
representantes de la víctima y del
denunciado en la sala de
observación formulando preguntas
que conduzcan al esclarecimiento de
los hechos investigados.
27. -En la actualidad permite
que el Ministerio Publico
lidere y promueva el
sistema integral de
atención a la víctima de
violencia sexual infantil,
centrando la atención en
ellas.
* La toma de declaraciones
con presencia de fiscal
garantiza la legitimidad de
la misma y la validez legal
del procedimiento de
entrevista, reduciendo el
tiempo en los servicios de
atención en la etapa
prejudicial.
28. Tener calidad legal de prueba pre
constituida a través de la
perennización de la entrevista vía
audio y video.
* Permitir uniformizar el
procedimiento de atención de los
operadores involucrados en los
procesos de denuncia.
Garantizar y proporcionar un trato
humano y respetuoso de las
personas que enfrentan un
proceso judicial.
Brindar atención oportuna y
prioritaria en los casos donde se
tome conocimiento inmediato de
hechos que atenten contra la
integridad sexual de una persona.
Derecho a la defensa del
supuesto agresor.
29. - El poder judicial a implementado
cámaras Gesell a nivel nacional.
- Es tomada en cuenta el Código de
Procesal Penal en el art. 242
numeral 1.
«Las declaraciones de las niñas ,
niños adolescentes será realizadas
con la intervención de psicólogos
especializados en cámara Gesell o
salas de entrevistas implementadas
por el Ministerio Publico.
Las declaraciones y entrevistas
serán filmadas y grabadas a fin de
evitar la revixtimazacion de los
agraviados.»
- Esta presente en diversos
plenarios del Poder Judicial.
- Creado una directiva del uso de
Cámara Gesell 2017.